SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  4
Foja:42
                                                            Cuarenta y Dos
C.A. de Temuco
Temuco, treinta y uno de mayo de dos mil diez.
       VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
        A fojas 18, con fecha 13 de mayo de 2010, comparece Mario Omar
Millanao Millape y deduce recurso de protección en contra de Carabineros
de Chile Prefectura de Malleco a favor de los menores Matías Omar
Millanao Escobar de 10 años y Damariz Magdalena Millanao Escobar de 6
años de edad, domiciliados en la Comunidad Autónoma de Temu Cui Cui.
En síntesis relata que el día 1 de mayo de 2010 en la tarde, junto a su
señora Elvira y sus hijos citados en predios de Forestal Mininco se
dirigieron en búsqueda de leña de desechos de pino que regala la empresa
para calefaccionar su casa. Estando en esos lugares llegó el señor René
Urban y le señaló “ mira huevón, concha de tu madre, aquí te pillé in
fraganti, huevón, botándome los árboles”. Le expresó que no se encontraba
dentro de su predio y además le señaló que no tenía motosierra y que no
tenía la leña dentro de su camioncito. Estando en esto, sus hijos menores
dormían; en el intertanto, Héctor Urban profería insultos en contra de ellos
y en presencia de los niños, como son “concha de tu madre, indio de
mierda, matemos a estos huevones”. Precisó que estaba asustado y además
Carabineros no hacía nada. El actor tomó un palo y de repente se abalanzan
sobre él, su hija saltó lejos y lo arrinconaron los dos Urban y Carabineros
de Chile, que lo apuntaron con las armas y luego lo golpearon de manera
brutal para luego esposarlo. Precisa que Carabineros tomó a su hijo y con
un fuerte tirón de pelo lo empujó hacia el lado, tomando el brazo por la
espalda y apuntándolo con una pistola. Por lo que estima que Carabineros
ha procedido de manera totalmente arbitraria e ilegal afectando las
garantías de artículo 19 N° 1 y 19 N°2 respecto a sus hijos, por lo que pide
a Carabineros de Chile abstenerse de realizar acciones que vulneren los
derechos de niños de comunidades indígenas y en el caso de órdenes
judiciales los procedimientos se adecuen a los estándares de la Convención
de los Derechos del Niño. Acompañó documentos a fs. 7 consistente en un
informe sicológico respecto del grupo familiar.
                 A fojas 36, la Prefectura de Malleco, responde que el 1 de
mayo de 2010 cerca de las 13:00 hrs., el propietario del fundo Monte
Negro, René Urban se pudo percatar que individuos desconocidos
momentos antes habían procedido a la tala ilegal de 42 árboles nativos de
su propiedad. Ante lo cual por averiguaciones de Carabineros habían
detectado el paso de un camión blanco sin mayores antecedentes. Luego,
cerca de las 16:00 hrs, Carabineros se percató de la misma presencia del
camión blanco, información transmitida al señor Urban. Hecho lo anterior,
René Urban transmitió esta información a su hijo Héctor quien concurrió a
verificar la información. Por lo que, Carabineros junto a los señores Urban
concurrieron al lugar. Estando allí, las personas que estaban junto al
camión reconocieron en primera instancia que su conducta era negativa,
pero luego de un momento Mario Millanao Millape después de hablar
telefónicamente cambió su actitud usando un lenguaje desafiante y
agresivo, lo que derivó en que éste tomara un rosón y agrediera a René
Urban lo que fue advertido por su hijo Héctor, el que recibió un golpe en su
cuerpo desplazando, además, a su agresor por medio de un empujón.
Producto de lo anterior Carabineros procedió a intervenir demostrando las
demás personas unidas a Mario Millanao una actitud hostil como lo es
Bernabé Huenchullán. Explica que todo el actuar de Carabineros fue
abiertamente obstruido por las personas que acompañaban a Millano y
Huenchullán, “utilizando a dos menores de edad”, impidiendo el
desplazamiento del vehículo policial. Precisa que no se utilizaron armas,
sólo las esposas de seguridad. Luego, los imputados fueron trasladados al
Hospital de Collipulli, los que resultaron con las lesiones que allí se
detallan. De la misma forma resultaron con lesiones René Urban y su hijo.
Todo lo anterior fue puesto en conocimiento del Fiscal José Traipe
Sepúlveda por el delito de daño simple. Finalmente, da cuenta de otra
denuncia interpuesta el 2 de mayo del presente a las 14:30 horas respecto
del hecho ocurrido el 1 de mayo por Elba Morales Escobar. Acompañaron
documentos de fs. 25 a 34.
Se trajeron los autos en relación a fs. 40.

      CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que el objeto del recurso de protección consiste en la
actuación arbitraria e ilegal de Carabineros, quienes ante una situación
como la sucedida debiendo haber actuado y protegido la integridad física y
síquica de los menores citados no lo hicieron, lo que vulnera las garantías
del artículo 19 N°1 y 2 de la Carta Política.
SEGUNDO: Que analizados los antecedentes en su contexto y de acuerdo
a la sana crítica, tal como además lo expone detalladamente el informe de
Carabineros de fs. 35 lo que se dio cuenta además al Fiscal José Traipe
Sepúlveda, Carabineros en un procedimiento de rigor y estando como se
aprecia en el recurso, los recurrentes en una situación de flagrancia
respecto al delito de daños simples, analizado dicho contexto donde se
produce una situación de conflicto y de tensión, el actuar de Carabineros en
ese momento consistió en reducir a las personas imputadas de los hechos
que se investigan mediante el uso de las esposas, por lo que la presencia del
grupo familiar hace imposible distinguir en ese momento cómo proceder
frente a adultos o niños, puesto que había que realizar el acto de detener a
los imputados. En consecuencia, era imposible exigir otra conducta al
actuar de Carabineros. Puntualizando que de no ser así se habrían
producido seguramente otras consecuencias, como dan cuenta el relato del
informe de lesiones tanto del señor Urban como de los señores Millanao y
Huenchullán.
TERCERO: Que así las cosas no vislumbran los sentenciadores de
mayoría de qué manera, por no existir otra, se habrían vulnerado las
garantías del artículo 19 N°1 y 2 de la Constitución Política respecto de los
menores citados, por lo que sólo cabe rechazar el recurso interpuesto.
Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución
Política de la República y Auto acordado de tramitación del recurso de
protección de la Excelentísima Corte Suprema de 24 de junio de 1992 y sus
modificaciones posteriores SE DECLARA:
I.- Que se rechaza el recurso de protección interpuesto por Mario Millanao
Millape a fs. 18 y siguientes en contra de Carabineros de Chile Prefectura
Malleco.
Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Álvaro Mesa Latorre,
quien fue del parecer de acoger el recurso sólo en cuanto Carabineros de
Prefectura de Malleco cuando tenga que realizar un procedimiento judicial
respecto de los menores Matías Millanao Escobar y Damaris Magdalena
Millanao Escobar tendrá presente su edad y el cuidado y respeto que se le
debe dar a su desarrollo e integridad de acuerdo a lo que dispone la
Convención de los Derechos del Niño. Lo anterior, porque según la sana
crítica, de los antecedentes acompañados y de la relación del informe del
recurrido se desprende que Carabineros tuvo una actitud pasiva
-conociendo desde ya el lugar- pudo haber actuado de manera más activa
resguardando la integridad y el desarrollo de los menores. En todo caso, no
señala de manera alguna de qué forma los menores habrían obstaculizado la
labor policial ni menos aún desprendiéndose de la edad de ellos, 10 y 6
años. Integridad, obviamente, que se ve dañada cuando el padre o los
familiares se ven reducidos o detenidos en situaciones que pudieran
haberse evitado sin producirse las lesiones que da cuenta el informe de fs.
35.
       Redacción de la sentencia y del voto de minoría Ministro Sr. Álvaro
Mesa Latorre.
       Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad.
       ROL 666-2010




                                SR. GRANDÓN




      Sr. LLANOS
Pronunciada por la Primera Sala.
Presidente Ministro Sr. Álvaro Mesa Latorre, Ministro Sr. Julio César
Grandón Castro y Ministro Sr. Leopoldo Llanos Sagristá. Se deja
constancia que el Ministro Sr. Álvaro Mesa Latorre no fima, no obstante
haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrase
con permiso.




En Temuco, a treinta y uno de mayo de dos mil diez de dos mil diez,
notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Contenu connexe

Tendances

236 2005,123-2006 usurpacion agravada teofilo noa
236 2005,123-2006 usurpacion agravada teofilo noa236 2005,123-2006 usurpacion agravada teofilo noa
236 2005,123-2006 usurpacion agravada teofilo noaMiguel Angel de la Cruz
 
Informe de la Defensoría del Pueblo sobre la represión a la marcha por el TIP...
Informe de la Defensoría del Pueblo sobre la represión a la marcha por el TIP...Informe de la Defensoría del Pueblo sobre la represión a la marcha por el TIP...
Informe de la Defensoría del Pueblo sobre la represión a la marcha por el TIP...Boris Iván Miranda
 
Informe defensorial intervencion_marcha_indigena
Informe defensorial intervencion_marcha_indigenaInforme defensorial intervencion_marcha_indigena
Informe defensorial intervencion_marcha_indigenaErbol Digital
 
Fallo: Procesan a un acusado por la desaparición de Alberto Agapito Ledo
Fallo: Procesan a un acusado por la desaparición de Alberto Agapito Ledo Fallo: Procesan a un acusado por la desaparición de Alberto Agapito Ledo
Fallo: Procesan a un acusado por la desaparición de Alberto Agapito Ledo Eduardo Nelson German
 
Jairo sira 23813449_cuadro_comparativo
Jairo sira 23813449_cuadro_comparativoJairo sira 23813449_cuadro_comparativo
Jairo sira 23813449_cuadro_comparativoJairo Perdomo
 
Presenciadelejercitonacionalponealbordedeunposibledesplazamientoaloshabitante...
Presenciadelejercitonacionalponealbordedeunposibledesplazamientoaloshabitante...Presenciadelejercitonacionalponealbordedeunposibledesplazamientoaloshabitante...
Presenciadelejercitonacionalponealbordedeunposibledesplazamientoaloshabitante...Crónicas del despojo
 
Estudio Jurídico Flores Prado / Jurisprudencia / Sentencia del caso "los laur...
Estudio Jurídico Flores Prado / Jurisprudencia / Sentencia del caso "los laur...Estudio Jurídico Flores Prado / Jurisprudencia / Sentencia del caso "los laur...
Estudio Jurídico Flores Prado / Jurisprudencia / Sentencia del caso "los laur...ESTUDIO JURIDICO FLORES PRADO
 
Violación al derecho humanitario territorio embera
Violación al derecho humanitario territorio emberaViolación al derecho humanitario territorio embera
Violación al derecho humanitario territorio emberaCrónicas del despojo
 
Sentencia caso Gabriel
Sentencia caso GabrielSentencia caso Gabriel
Sentencia caso Gabriel20minutos
 
Desalojo arbitrario e ilegal contra la comunidad de Pitalito
Desalojo arbitrario e ilegal contra la comunidad de Pitalito  Desalojo arbitrario e ilegal contra la comunidad de Pitalito
Desalojo arbitrario e ilegal contra la comunidad de Pitalito Crónicas del despojo
 
Sentencia rit 096 2005
Sentencia rit 096 2005Sentencia rit 096 2005
Sentencia rit 096 2005bv
 
Top copiapó 2008.15.05 rit26 08 homic simp-at11n 5 y 6-l.vig-abs 2 acus congr...
Top copiapó 2008.15.05 rit26 08 homic simp-at11n 5 y 6-l.vig-abs 2 acus congr...Top copiapó 2008.15.05 rit26 08 homic simp-at11n 5 y 6-l.vig-abs 2 acus congr...
Top copiapó 2008.15.05 rit26 08 homic simp-at11n 5 y 6-l.vig-abs 2 acus congr...bv
 
Sintesis informativa 17 05 2013
Sintesis informativa 17 05 2013Sintesis informativa 17 05 2013
Sintesis informativa 17 05 2013megaradioexpress
 
Sentecia+ +confirman+robo+agravado+-+merly+vega+-
Sentecia+ +confirman+robo+agravado+-+merly+vega+-Sentecia+ +confirman+robo+agravado+-+merly+vega+-
Sentecia+ +confirman+robo+agravado+-+merly+vega+-pamela flores
 
275 2018 confirmatoria ultimo
275 2018 confirmatoria ultimo275 2018 confirmatoria ultimo
275 2018 confirmatoria ultimogenesis ramirez
 
Cuaderno de anotaciones: Elementos para exigir nuestros derechos
Cuaderno de anotaciones: Elementos para exigir nuestros derechosCuaderno de anotaciones: Elementos para exigir nuestros derechos
Cuaderno de anotaciones: Elementos para exigir nuestros derechosComisión Colombiana de Juristas
 
Manifestacion personal del ee. ee.
Manifestacion personal del ee. ee.Manifestacion personal del ee. ee.
Manifestacion personal del ee. ee.nelson aguila falcon
 

Tendances (20)

236 2005,123-2006 usurpacion agravada teofilo noa
236 2005,123-2006 usurpacion agravada teofilo noa236 2005,123-2006 usurpacion agravada teofilo noa
236 2005,123-2006 usurpacion agravada teofilo noa
 
Noticias tumaco
Noticias tumacoNoticias tumaco
Noticias tumaco
 
Informe Defensor marcha indígena
Informe Defensor marcha indígenaInforme Defensor marcha indígena
Informe Defensor marcha indígena
 
Informe de la Defensoría del Pueblo sobre la represión a la marcha por el TIP...
Informe de la Defensoría del Pueblo sobre la represión a la marcha por el TIP...Informe de la Defensoría del Pueblo sobre la represión a la marcha por el TIP...
Informe de la Defensoría del Pueblo sobre la represión a la marcha por el TIP...
 
Informe defensorial intervencion_marcha_indigena
Informe defensorial intervencion_marcha_indigenaInforme defensorial intervencion_marcha_indigena
Informe defensorial intervencion_marcha_indigena
 
Fallo: Procesan a un acusado por la desaparición de Alberto Agapito Ledo
Fallo: Procesan a un acusado por la desaparición de Alberto Agapito Ledo Fallo: Procesan a un acusado por la desaparición de Alberto Agapito Ledo
Fallo: Procesan a un acusado por la desaparición de Alberto Agapito Ledo
 
Jairo sira 23813449_cuadro_comparativo
Jairo sira 23813449_cuadro_comparativoJairo sira 23813449_cuadro_comparativo
Jairo sira 23813449_cuadro_comparativo
 
Expediente penal original fffff
Expediente penal original fffffExpediente penal original fffff
Expediente penal original fffff
 
Presenciadelejercitonacionalponealbordedeunposibledesplazamientoaloshabitante...
Presenciadelejercitonacionalponealbordedeunposibledesplazamientoaloshabitante...Presenciadelejercitonacionalponealbordedeunposibledesplazamientoaloshabitante...
Presenciadelejercitonacionalponealbordedeunposibledesplazamientoaloshabitante...
 
Estudio Jurídico Flores Prado / Jurisprudencia / Sentencia del caso "los laur...
Estudio Jurídico Flores Prado / Jurisprudencia / Sentencia del caso "los laur...Estudio Jurídico Flores Prado / Jurisprudencia / Sentencia del caso "los laur...
Estudio Jurídico Flores Prado / Jurisprudencia / Sentencia del caso "los laur...
 
Violación al derecho humanitario territorio embera
Violación al derecho humanitario territorio emberaViolación al derecho humanitario territorio embera
Violación al derecho humanitario territorio embera
 
Sentencia caso Gabriel
Sentencia caso GabrielSentencia caso Gabriel
Sentencia caso Gabriel
 
Desalojo arbitrario e ilegal contra la comunidad de Pitalito
Desalojo arbitrario e ilegal contra la comunidad de Pitalito  Desalojo arbitrario e ilegal contra la comunidad de Pitalito
Desalojo arbitrario e ilegal contra la comunidad de Pitalito
 
Sentencia rit 096 2005
Sentencia rit 096 2005Sentencia rit 096 2005
Sentencia rit 096 2005
 
Top copiapó 2008.15.05 rit26 08 homic simp-at11n 5 y 6-l.vig-abs 2 acus congr...
Top copiapó 2008.15.05 rit26 08 homic simp-at11n 5 y 6-l.vig-abs 2 acus congr...Top copiapó 2008.15.05 rit26 08 homic simp-at11n 5 y 6-l.vig-abs 2 acus congr...
Top copiapó 2008.15.05 rit26 08 homic simp-at11n 5 y 6-l.vig-abs 2 acus congr...
 
Sintesis informativa 17 05 2013
Sintesis informativa 17 05 2013Sintesis informativa 17 05 2013
Sintesis informativa 17 05 2013
 
Sentecia+ +confirman+robo+agravado+-+merly+vega+-
Sentecia+ +confirman+robo+agravado+-+merly+vega+-Sentecia+ +confirman+robo+agravado+-+merly+vega+-
Sentecia+ +confirman+robo+agravado+-+merly+vega+-
 
275 2018 confirmatoria ultimo
275 2018 confirmatoria ultimo275 2018 confirmatoria ultimo
275 2018 confirmatoria ultimo
 
Cuaderno de anotaciones: Elementos para exigir nuestros derechos
Cuaderno de anotaciones: Elementos para exigir nuestros derechosCuaderno de anotaciones: Elementos para exigir nuestros derechos
Cuaderno de anotaciones: Elementos para exigir nuestros derechos
 
Manifestacion personal del ee. ee.
Manifestacion personal del ee. ee.Manifestacion personal del ee. ee.
Manifestacion personal del ee. ee.
 

Similaire à Recurso de Proteccion Millanao Escobar

La Comisión Colombiana de Juristas urge a actuar frente a amenazas y asesinat...
La Comisión Colombiana de Juristas urge a actuar frente a amenazas y asesinat...La Comisión Colombiana de Juristas urge a actuar frente a amenazas y asesinat...
La Comisión Colombiana de Juristas urge a actuar frente a amenazas y asesinat...Comisión Colombiana de Juristas
 
13 de Septiembre: HOSTIGAMIENTOS Y DETENCION ARBITRARIA POR PARTE DE MILITARE...
13 de Septiembre: HOSTIGAMIENTOS Y DETENCION ARBITRARIA POR PARTE DE MILITARE...13 de Septiembre: HOSTIGAMIENTOS Y DETENCION ARBITRARIA POR PARTE DE MILITARE...
13 de Septiembre: HOSTIGAMIENTOS Y DETENCION ARBITRARIA POR PARTE DE MILITARE...FundaDHOC
 
Caso sabino romero
Caso sabino romeroCaso sabino romero
Caso sabino romeroMama Tierra
 
Perjuicio antijurídico causado por paramilitares tambien es atribuible al est...
Perjuicio antijurídico causado por paramilitares tambien es atribuible al est...Perjuicio antijurídico causado por paramilitares tambien es atribuible al est...
Perjuicio antijurídico causado por paramilitares tambien es atribuible al est...coeuropa
 
Denuncia desaparición de comunero del resguardo indígena yaguara
Denuncia desaparición de comunero del resguardo indígena  yaguara Denuncia desaparición de comunero del resguardo indígena  yaguara
Denuncia desaparición de comunero del resguardo indígena yaguara Fundación Dhoc
 
Denuncia del caso orellana ante la oea
Denuncia del caso orellana ante la oeaDenuncia del caso orellana ante la oea
Denuncia del caso orellana ante la oeaErbol Digital
 
Resolución de sobreseimiento a félix yupanqui
Resolución de sobreseimiento a félix yupanquiResolución de sobreseimiento a félix yupanqui
Resolución de sobreseimiento a félix yupanquiErbol Digital
 
Casos de Derecho Penal (Sentencias) y Providencias.
Casos de Derecho Penal (Sentencias) y Providencias.Casos de Derecho Penal (Sentencias) y Providencias.
Casos de Derecho Penal (Sentencias) y Providencias.Ana Quintero
 
Queja d derecho penal
Queja d derecho penalQueja d derecho penal
Queja d derecho penalcolpleyd
 
Bajo fundadores17sept
Bajo fundadores17septBajo fundadores17sept
Bajo fundadores17septFundaDHOC
 
Denuncia del caso orellana ante la onu
Denuncia del caso orellana ante la onuDenuncia del caso orellana ante la onu
Denuncia del caso orellana ante la onuErbol Digital
 
Caso Hermanos Restrepo Por:Joselin Gutierrez
Caso Hermanos Restrepo Por:Joselin GutierrezCaso Hermanos Restrepo Por:Joselin Gutierrez
Caso Hermanos Restrepo Por:Joselin GutierrezJoselinGutierrez10
 
Consejos comunitarios de curvaradó recuperan predios colectivos
Consejos comunitarios de curvaradó recuperan predios colectivosConsejos comunitarios de curvaradó recuperan predios colectivos
Consejos comunitarios de curvaradó recuperan predios colectivosCrónicas del despojo
 
Exposicion (2)
Exposicion (2)Exposicion (2)
Exposicion (2)glasoce
 
Accion urgente AMENAZAN LIDEREZAS DEL PROCESO DE COMUNIDADES NEGRAS Y DEFENSO...
Accion urgente AMENAZAN LIDEREZAS DEL PROCESO DE COMUNIDADES NEGRAS Y DEFENSO...Accion urgente AMENAZAN LIDEREZAS DEL PROCESO DE COMUNIDADES NEGRAS Y DEFENSO...
Accion urgente AMENAZAN LIDEREZAS DEL PROCESO DE COMUNIDADES NEGRAS Y DEFENSO...Crónicas del despojo
 
Informe Causa Vallejos[1]
Informe Causa Vallejos[1]Informe Causa Vallejos[1]
Informe Causa Vallejos[1]guest448f883
 

Similaire à Recurso de Proteccion Millanao Escobar (20)

La Comisión Colombiana de Juristas urge a actuar frente a amenazas y asesinat...
La Comisión Colombiana de Juristas urge a actuar frente a amenazas y asesinat...La Comisión Colombiana de Juristas urge a actuar frente a amenazas y asesinat...
La Comisión Colombiana de Juristas urge a actuar frente a amenazas y asesinat...
 
13 de Septiembre: HOSTIGAMIENTOS Y DETENCION ARBITRARIA POR PARTE DE MILITARE...
13 de Septiembre: HOSTIGAMIENTOS Y DETENCION ARBITRARIA POR PARTE DE MILITARE...13 de Septiembre: HOSTIGAMIENTOS Y DETENCION ARBITRARIA POR PARTE DE MILITARE...
13 de Septiembre: HOSTIGAMIENTOS Y DETENCION ARBITRARIA POR PARTE DE MILITARE...
 
Caso sabino romero
Caso sabino romeroCaso sabino romero
Caso sabino romero
 
Perjuicio antijurídico causado por paramilitares tambien es atribuible al est...
Perjuicio antijurídico causado por paramilitares tambien es atribuible al est...Perjuicio antijurídico causado por paramilitares tambien es atribuible al est...
Perjuicio antijurídico causado por paramilitares tambien es atribuible al est...
 
Denuncia desaparición de comunero del resguardo indígena yaguara
Denuncia desaparición de comunero del resguardo indígena  yaguara Denuncia desaparición de comunero del resguardo indígena  yaguara
Denuncia desaparición de comunero del resguardo indígena yaguara
 
Denuncia del caso orellana ante la oea
Denuncia del caso orellana ante la oeaDenuncia del caso orellana ante la oea
Denuncia del caso orellana ante la oea
 
Resolución de sobreseimiento a félix yupanqui
Resolución de sobreseimiento a félix yupanquiResolución de sobreseimiento a félix yupanqui
Resolución de sobreseimiento a félix yupanqui
 
Casos de Derecho Penal (Sentencias) y Providencias.
Casos de Derecho Penal (Sentencias) y Providencias.Casos de Derecho Penal (Sentencias) y Providencias.
Casos de Derecho Penal (Sentencias) y Providencias.
 
Santa cruz barillas
Santa cruz barillasSanta cruz barillas
Santa cruz barillas
 
Queja d derecho penal
Queja d derecho penalQueja d derecho penal
Queja d derecho penal
 
Denuncia
DenunciaDenuncia
Denuncia
 
Bajo fundadores17sept
Bajo fundadores17septBajo fundadores17sept
Bajo fundadores17sept
 
Denuncia del caso orellana ante la onu
Denuncia del caso orellana ante la onuDenuncia del caso orellana ante la onu
Denuncia del caso orellana ante la onu
 
Caso Hermanos Restrepo Por:Joselin Gutierrez
Caso Hermanos Restrepo Por:Joselin GutierrezCaso Hermanos Restrepo Por:Joselin Gutierrez
Caso Hermanos Restrepo Por:Joselin Gutierrez
 
Consejos comunitarios de curvaradó recuperan predios colectivos
Consejos comunitarios de curvaradó recuperan predios colectivosConsejos comunitarios de curvaradó recuperan predios colectivos
Consejos comunitarios de curvaradó recuperan predios colectivos
 
10 de junio del 2014
10 de junio del 201410 de junio del 2014
10 de junio del 2014
 
Exposicion (2)
Exposicion (2)Exposicion (2)
Exposicion (2)
 
teoria del caso
teoria del casoteoria del caso
teoria del caso
 
Accion urgente AMENAZAN LIDEREZAS DEL PROCESO DE COMUNIDADES NEGRAS Y DEFENSO...
Accion urgente AMENAZAN LIDEREZAS DEL PROCESO DE COMUNIDADES NEGRAS Y DEFENSO...Accion urgente AMENAZAN LIDEREZAS DEL PROCESO DE COMUNIDADES NEGRAS Y DEFENSO...
Accion urgente AMENAZAN LIDEREZAS DEL PROCESO DE COMUNIDADES NEGRAS Y DEFENSO...
 
Informe Causa Vallejos[1]
Informe Causa Vallejos[1]Informe Causa Vallejos[1]
Informe Causa Vallejos[1]
 

Plus de cidsur

Sentencia Daniel Levinao
Sentencia Daniel LevinaoSentencia Daniel Levinao
Sentencia Daniel Levinaocidsur
 
Sentencia Vania Queipul
Sentencia Vania QueipulSentencia Vania Queipul
Sentencia Vania Queipulcidsur
 
Recurso
RecursoRecurso
Recursocidsur
 
Sentencia Peaje Quino, TOP Angol
Sentencia Peaje Quino, TOP AngolSentencia Peaje Quino, TOP Angol
Sentencia Peaje Quino, TOP Angolcidsur
 
Sentencia Absolucion Mauricio Huaiquilao, Luis Tralcal Quidel
Sentencia Absolucion Mauricio Huaiquilao, Luis Tralcal QuidelSentencia Absolucion Mauricio Huaiquilao, Luis Tralcal Quidel
Sentencia Absolucion Mauricio Huaiquilao, Luis Tralcal Quidelcidsur
 
Sentencia Amenazas Testigo Protegido
Sentencia Amenazas Testigo ProtegidoSentencia Amenazas Testigo Protegido
Sentencia Amenazas Testigo Protegidocidsur
 
SENTENCIA NIÑOS MUKO BAJO, INTERROGADOS POR CARABINEROS
SENTENCIA NIÑOS MUKO BAJO, INTERROGADOS POR CARABINEROSSENTENCIA NIÑOS MUKO BAJO, INTERROGADOS POR CARABINEROS
SENTENCIA NIÑOS MUKO BAJO, INTERROGADOS POR CARABINEROScidsur
 
RECURSO DE PROTECCION ESCUELA BLANCO LEPIN
RECURSO DE PROTECCION ESCUELA BLANCO LEPINRECURSO DE PROTECCION ESCUELA BLANCO LEPIN
RECURSO DE PROTECCION ESCUELA BLANCO LEPINcidsur
 
Sentencia Vania Queipul
Sentencia Vania QueipulSentencia Vania Queipul
Sentencia Vania Queipulcidsur
 
Sentencia fundo praderas
Sentencia fundo praderasSentencia fundo praderas
Sentencia fundo praderascidsur
 
Centre for investigation and defence south
Centre for investigation and defence southCentre for investigation and defence south
Centre for investigation and defence southcidsur
 

Plus de cidsur (11)

Sentencia Daniel Levinao
Sentencia Daniel LevinaoSentencia Daniel Levinao
Sentencia Daniel Levinao
 
Sentencia Vania Queipul
Sentencia Vania QueipulSentencia Vania Queipul
Sentencia Vania Queipul
 
Recurso
RecursoRecurso
Recurso
 
Sentencia Peaje Quino, TOP Angol
Sentencia Peaje Quino, TOP AngolSentencia Peaje Quino, TOP Angol
Sentencia Peaje Quino, TOP Angol
 
Sentencia Absolucion Mauricio Huaiquilao, Luis Tralcal Quidel
Sentencia Absolucion Mauricio Huaiquilao, Luis Tralcal QuidelSentencia Absolucion Mauricio Huaiquilao, Luis Tralcal Quidel
Sentencia Absolucion Mauricio Huaiquilao, Luis Tralcal Quidel
 
Sentencia Amenazas Testigo Protegido
Sentencia Amenazas Testigo ProtegidoSentencia Amenazas Testigo Protegido
Sentencia Amenazas Testigo Protegido
 
SENTENCIA NIÑOS MUKO BAJO, INTERROGADOS POR CARABINEROS
SENTENCIA NIÑOS MUKO BAJO, INTERROGADOS POR CARABINEROSSENTENCIA NIÑOS MUKO BAJO, INTERROGADOS POR CARABINEROS
SENTENCIA NIÑOS MUKO BAJO, INTERROGADOS POR CARABINEROS
 
RECURSO DE PROTECCION ESCUELA BLANCO LEPIN
RECURSO DE PROTECCION ESCUELA BLANCO LEPINRECURSO DE PROTECCION ESCUELA BLANCO LEPIN
RECURSO DE PROTECCION ESCUELA BLANCO LEPIN
 
Sentencia Vania Queipul
Sentencia Vania QueipulSentencia Vania Queipul
Sentencia Vania Queipul
 
Sentencia fundo praderas
Sentencia fundo praderasSentencia fundo praderas
Sentencia fundo praderas
 
Centre for investigation and defence south
Centre for investigation and defence southCentre for investigation and defence south
Centre for investigation and defence south
 

Recurso de Proteccion Millanao Escobar

  • 1. Foja:42 Cuarenta y Dos C.A. de Temuco Temuco, treinta y uno de mayo de dos mil diez. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: A fojas 18, con fecha 13 de mayo de 2010, comparece Mario Omar Millanao Millape y deduce recurso de protección en contra de Carabineros de Chile Prefectura de Malleco a favor de los menores Matías Omar Millanao Escobar de 10 años y Damariz Magdalena Millanao Escobar de 6 años de edad, domiciliados en la Comunidad Autónoma de Temu Cui Cui. En síntesis relata que el día 1 de mayo de 2010 en la tarde, junto a su señora Elvira y sus hijos citados en predios de Forestal Mininco se dirigieron en búsqueda de leña de desechos de pino que regala la empresa para calefaccionar su casa. Estando en esos lugares llegó el señor René Urban y le señaló “ mira huevón, concha de tu madre, aquí te pillé in fraganti, huevón, botándome los árboles”. Le expresó que no se encontraba dentro de su predio y además le señaló que no tenía motosierra y que no tenía la leña dentro de su camioncito. Estando en esto, sus hijos menores dormían; en el intertanto, Héctor Urban profería insultos en contra de ellos y en presencia de los niños, como son “concha de tu madre, indio de mierda, matemos a estos huevones”. Precisó que estaba asustado y además Carabineros no hacía nada. El actor tomó un palo y de repente se abalanzan sobre él, su hija saltó lejos y lo arrinconaron los dos Urban y Carabineros de Chile, que lo apuntaron con las armas y luego lo golpearon de manera brutal para luego esposarlo. Precisa que Carabineros tomó a su hijo y con un fuerte tirón de pelo lo empujó hacia el lado, tomando el brazo por la espalda y apuntándolo con una pistola. Por lo que estima que Carabineros ha procedido de manera totalmente arbitraria e ilegal afectando las garantías de artículo 19 N° 1 y 19 N°2 respecto a sus hijos, por lo que pide a Carabineros de Chile abstenerse de realizar acciones que vulneren los derechos de niños de comunidades indígenas y en el caso de órdenes judiciales los procedimientos se adecuen a los estándares de la Convención de los Derechos del Niño. Acompañó documentos a fs. 7 consistente en un informe sicológico respecto del grupo familiar. A fojas 36, la Prefectura de Malleco, responde que el 1 de mayo de 2010 cerca de las 13:00 hrs., el propietario del fundo Monte Negro, René Urban se pudo percatar que individuos desconocidos momentos antes habían procedido a la tala ilegal de 42 árboles nativos de su propiedad. Ante lo cual por averiguaciones de Carabineros habían detectado el paso de un camión blanco sin mayores antecedentes. Luego, cerca de las 16:00 hrs, Carabineros se percató de la misma presencia del camión blanco, información transmitida al señor Urban. Hecho lo anterior, René Urban transmitió esta información a su hijo Héctor quien concurrió a verificar la información. Por lo que, Carabineros junto a los señores Urban concurrieron al lugar. Estando allí, las personas que estaban junto al camión reconocieron en primera instancia que su conducta era negativa,
  • 2. pero luego de un momento Mario Millanao Millape después de hablar telefónicamente cambió su actitud usando un lenguaje desafiante y agresivo, lo que derivó en que éste tomara un rosón y agrediera a René Urban lo que fue advertido por su hijo Héctor, el que recibió un golpe en su cuerpo desplazando, además, a su agresor por medio de un empujón. Producto de lo anterior Carabineros procedió a intervenir demostrando las demás personas unidas a Mario Millanao una actitud hostil como lo es Bernabé Huenchullán. Explica que todo el actuar de Carabineros fue abiertamente obstruido por las personas que acompañaban a Millano y Huenchullán, “utilizando a dos menores de edad”, impidiendo el desplazamiento del vehículo policial. Precisa que no se utilizaron armas, sólo las esposas de seguridad. Luego, los imputados fueron trasladados al Hospital de Collipulli, los que resultaron con las lesiones que allí se detallan. De la misma forma resultaron con lesiones René Urban y su hijo. Todo lo anterior fue puesto en conocimiento del Fiscal José Traipe Sepúlveda por el delito de daño simple. Finalmente, da cuenta de otra denuncia interpuesta el 2 de mayo del presente a las 14:30 horas respecto del hecho ocurrido el 1 de mayo por Elba Morales Escobar. Acompañaron documentos de fs. 25 a 34. Se trajeron los autos en relación a fs. 40. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el objeto del recurso de protección consiste en la actuación arbitraria e ilegal de Carabineros, quienes ante una situación como la sucedida debiendo haber actuado y protegido la integridad física y síquica de los menores citados no lo hicieron, lo que vulnera las garantías del artículo 19 N°1 y 2 de la Carta Política. SEGUNDO: Que analizados los antecedentes en su contexto y de acuerdo a la sana crítica, tal como además lo expone detalladamente el informe de Carabineros de fs. 35 lo que se dio cuenta además al Fiscal José Traipe Sepúlveda, Carabineros en un procedimiento de rigor y estando como se aprecia en el recurso, los recurrentes en una situación de flagrancia respecto al delito de daños simples, analizado dicho contexto donde se produce una situación de conflicto y de tensión, el actuar de Carabineros en ese momento consistió en reducir a las personas imputadas de los hechos que se investigan mediante el uso de las esposas, por lo que la presencia del grupo familiar hace imposible distinguir en ese momento cómo proceder frente a adultos o niños, puesto que había que realizar el acto de detener a los imputados. En consecuencia, era imposible exigir otra conducta al actuar de Carabineros. Puntualizando que de no ser así se habrían producido seguramente otras consecuencias, como dan cuenta el relato del informe de lesiones tanto del señor Urban como de los señores Millanao y Huenchullán. TERCERO: Que así las cosas no vislumbran los sentenciadores de mayoría de qué manera, por no existir otra, se habrían vulnerado las
  • 3. garantías del artículo 19 N°1 y 2 de la Constitución Política respecto de los menores citados, por lo que sólo cabe rechazar el recurso interpuesto. Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto acordado de tramitación del recurso de protección de la Excelentísima Corte Suprema de 24 de junio de 1992 y sus modificaciones posteriores SE DECLARA: I.- Que se rechaza el recurso de protección interpuesto por Mario Millanao Millape a fs. 18 y siguientes en contra de Carabineros de Chile Prefectura Malleco. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Álvaro Mesa Latorre, quien fue del parecer de acoger el recurso sólo en cuanto Carabineros de Prefectura de Malleco cuando tenga que realizar un procedimiento judicial respecto de los menores Matías Millanao Escobar y Damaris Magdalena Millanao Escobar tendrá presente su edad y el cuidado y respeto que se le debe dar a su desarrollo e integridad de acuerdo a lo que dispone la Convención de los Derechos del Niño. Lo anterior, porque según la sana crítica, de los antecedentes acompañados y de la relación del informe del recurrido se desprende que Carabineros tuvo una actitud pasiva -conociendo desde ya el lugar- pudo haber actuado de manera más activa resguardando la integridad y el desarrollo de los menores. En todo caso, no señala de manera alguna de qué forma los menores habrían obstaculizado la labor policial ni menos aún desprendiéndose de la edad de ellos, 10 y 6 años. Integridad, obviamente, que se ve dañada cuando el padre o los familiares se ven reducidos o detenidos en situaciones que pudieran haberse evitado sin producirse las lesiones que da cuenta el informe de fs. 35. Redacción de la sentencia y del voto de minoría Ministro Sr. Álvaro Mesa Latorre. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. ROL 666-2010 SR. GRANDÓN Sr. LLANOS
  • 4. Pronunciada por la Primera Sala. Presidente Ministro Sr. Álvaro Mesa Latorre, Ministro Sr. Julio César Grandón Castro y Ministro Sr. Leopoldo Llanos Sagristá. Se deja constancia que el Ministro Sr. Álvaro Mesa Latorre no fima, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrase con permiso. En Temuco, a treinta y uno de mayo de dos mil diez de dos mil diez, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.