2. A ninguna persona podrá impedírsele que se dedique a la
profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode,
siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá
vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los
derechos del tercero, o por resolución gubernativa, dictada
en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los
derechos de la sociedad.
Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin
la retribución y sin su pleno conocimiento (…).
Art. 5°
3. Deriva del vocablo honor y se da como una
respuesta, de parte de quien lo otorga, a un
cumplimiento del deber prestado por parte del
médico, haciéndole con ello digno y honorable.
Honorario
4. Art. 38: Los profesionistas podrán prestar sus
servicios mediante el pago que fijen libremente
con la parte que contrate.
Ley General del Trabajo
5. Art. 2606: El que presta y el que recibe los
servicios profesionales, puede fijar, de común
acuerdo, retribución debida por ellos. Cuando
se trate de profesionista que estuvieron
sindicalizados, se observarán las disposiciones
relativas establecidas en el respectivo contrato
de trabajo.
Código Civil
6. Gravedad
Reputación del médico
Situación socioeconómica del paciente
Costumbres del lugar
Empleo de materiales específicos
Aspectos a considerar.
7. El cobro deberá ser, sin embargo, siempre
razonable y someterse a discusión si fuese
necesario.
Deben de resarcir también los costos de vida
digna que se imponen también al profesional,
como son los gastos en que deba incurrir para
su superación con el propósito de mantenerse
actualizado en su hacer.
8. El pago se hará en el lugar en que fue prestado
el servicio.
No es moralmente adecuado cobrar los
honorarios de forma anticipada.
La dicotomía es un acto indiscutiblemente
reprobable.
Deben ser dignos pero no abusivos.
Condiciones
9. Se considera que los honorarios profesionales
en la institución hacen referencia,
primordialmente, a la experiencia y habilidad
técnica, al trabajo intelectual, a la
responsabilidad profesional, al prestigio
personal, a la condición del enfermo y a las
circunstancias del caso, así como al prestigio y
a la buena fama de la institución.
10.
11. López de la Peña, Xavier A.
El médico y la ley, Honorarios médicos
profesionales.
México, 1998
Bibliografía