1. ARTÍCULO 17
1) Introducción:
Vamos a comenzar comentando el derecho a la vivienda ya que es una parte importante
relacionado a dicho artículo. Además comentar que la falta de este derecho está vinculada a la
pérdida de otros derechos como puede ser el derecho a la seguridad o la libertad.
Porque si una persona se queda en la calle, ¿qué seguridad tiene? Igualmente pasa con el
derecho a la libertad. Si privas a una persona de los medios para vivir deja de ser libre para
elegir dónde hacerlo. Se le está condicionando a vivir en la calle.
2) Noticias
Un juez de Lanzarote para un desahucio
http://politica.elpais.com/politica/2013/03/16/actualidad/1363461783_148405.html
“Un Juez de Lanzarote para un desahucio tras la sentencia del Tribunal de la UE”
La sentencia del Tribunal de la UE permite paralizar desahucios de viviendas cuando las
hipotecas contienen cláusulas abusivas. En esta noticia podemos comprobar cómo se está
empezando a dictar leyes y sentencias que ayuden al cumplimiento del derecho previamente
comentado.
Esta noticia cuenta cómo un juez de Lanzarote paralizó un desahucio tras la petición del
abogado del hombre el cual iba a ser desahuciado al apelar a la sentencia del Tribunal de la UE.
Tras comprobarse que en el contrato entre el banco y la víctima contenía cláusulas abusivas
relacionadas con los intereses de la demora del pago.
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
2. Los desahucios, la ley hipotecaria y la ejecución son declarados ilegales
por Europa
Publicado online en Crisol de ciudad Real
Esta noticia afirma que los desahucios son ilegales según la última sentencia del Tribunal
europeo o contravienen las normas europeas y nacionales de protección a los consumidores o
no garantizan el derecho a tutela judicial efectiva a los deudores
A partir de la sentencia los jueces sí pueden controlar la validez de los contratos y suspender
los procedimientos pero, o solamente por cierto tiempo, o no reconoce la violación sistemática
de los derechos humanos en la declaración universal o tampoco la reconoce en el Pacto
Internacional de los derechos económicos, sociales y culturales
El autor propone al estado español garantizar el derecho a una vivienda que sea adecuada
para un ser humano
“Zwangsräumungen in den USA: Wohnen auf Abruf”
Trata de la situación de los desahucios en los EE.UU al comienzo de 2012, especialmente
Florida
Un estado de 18 millones de habitantes, 7.3. millones sin casa (comienzo de 2012)
* 760 evacuaciones forzosas cada día
* Viviendas perdieron más de 49% de valor
* Existe ayuda del gobierno, pero sólo para 1-2 millones personas
* No hay ninguna ley a favor o en contra de los desahucios
* Amnistía internacional y Occpy soportan moralmente y manifiestan a favor de una ley para
proteger a los propietarios
En conclusión:
- los dos países no respetan al artículo 17 de la declaración universal de derechos humanos
- en ambos casos sería recomendable que constituyeran una ley para proteger a sus habitantes
en crisis
3. Laamenazadelademoliciónjudicialpendesobre700viviendasilegales
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/08/15/andalucia/1345055464_565441.html
Como vemos en el artículo, todo el mundo tiene derecho a una vivienda, pero ¿cuándo estas
son ilegales y la administración quiere destruirlas, dónde nos posicionamos?
El terreno que fue lo que compraron no se lo quitan en ningún momento, pero cuánto este lo
compraron sabían que era ilegal construir su vivienda ahí, y aun así lo hicieron. Por lo que de
algún modo la culpa es de cada uno de ellos y no de la administración.
Pero como contrapunto está el hecho de que la administración ha dejado que esto suceda. Ha
esperado más de 5 años a que la gente ya se asiente en sus casas para destruirlas en vez de
haber parado las obras desde el primer momento. Por lo que esta situación es complicada
porque ambas partes están haciendo que cumplir el artículo 17 sea una cuestión ética difícil de
resolver.
María Medina Amores
Cristina Muñoz Santos
Ina Lorchi