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Alumno : Carlos Navarrete C.
Docente s : Dra. León , Dra. Sciaraffia
Universidad de Chile
Facultad de Odontología
Dirección de Pregrado
Clínica Integral del Adulto
 MundoAntiguo (4500-1200 a.C.)
Preocupación por determinar lo que esta bien y
que esta mal, aplicando unos códigos morales, en
caso de infringirlos suponía un castigo.
Importancia del mito: la explicación de por que
esta bien o mal está referida a la religión. Los
códigos/normas morales vienen marcadas por la
tradición. Los códigos se basan en las leyes
naturales e inmutables.
Egipto: Sabiduría de Amenope. Hay textos escritos
que recogen las normas morales.
Mesopotamia: Código de Hammurabi, Hay textos
escritos que recogen las normas morales.
Grecia: (VIII-II a.C.)
 Arcaica (VIII-VI a.C.)
Homero: escribe la hiliada y la odisea en las que se defiende la ética del
mundo antiguo. Héroes mitológicos con unos valores (fuerza física,
valentía, belleza, habilidad y linaje.)Estos héroes deben ser imitados.
 Clásica (V-IV a.C.)
Sofistas/presocráticos: Conjunto de filósofos que ponen en duda los
códigos morales del mundo antiguo. Frente a la imposición surge la
convencionalidad/relativismo
 Edad Moderna (s. XV-XVII)
Descartes:
Separa la razón y la fe. La ética deja de estar influida por la religión.
S. XVIII: la ilustración: la razón como única fuente de conocimiento.
Rama de la Filosofía que se Ocupa del
estudio racional de la Moral, laVirtud, el
Deber, la Felicidad y el BuenVivir.
Constituye reflexión sobre hechos y busca las
razones que justifican la adopción de
determinados parámetros.
Ética
El ejercicio de la Profesión Odonto-
Estomatológica se ve regulado tanto por la ética
como por la jurisdicción
Este Marco
jurídico es
proporcionado
Por:
Constitución
política de la
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Códigos: Civil,
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importante
para Nosotros)
Leyes, normas,
derechos,
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Código
Sanitario
Regula los aspectos de la salud de la
población en toda la República, en tanto
promoción, protección y recuperación
Art. 115 Los
Cirujanos-Dentistas
sólo podrán prestar
atenciones
estomatológicas,
adquirir y prescribir
los medicamentos
necesarios para el
ejercicio de su
profesión
Art. 124 Los Médicos-
Cirujanos, los Cirujanos-
Dentistas y las Matronas
podrán mantener
existencias de fármacos
para ser administrados
por ellos.
Art. 112 Sólo podrán
desempeñar
actividades propias de
la medicina, la
Odontología y la
Farmacia quienes
posean el títulos
respectivos entregados
por la Universidad de
Chile u Otra Universidad
Reconocida por el
estado.
Código Penal
Ej:
Multa de 1 a 4 UTM el que ejerciere sin
titulo legal, ni permiso de autoridad
competente, los profesionales de
médico, cirujano, dentista o
farmacéutico.
Delitos Médicos
Dentro de nuestro actuar profesional cuando realizamos cualquiera de las
siguientes acciones:
• Certificación falsa.
• Recetación abusiva de estupefacientes.
•Violación del secreto profesional.
• No prestación de servicio durante el turno que señala la autoridad
administrativa.
• Negarse a ser perito o testigo a petición de la autoridad competente.
• El aborto criminal.
• La omisión de denuncias de lesiones sospechosas. En el caso del Síndrome del
Niño Agredido. Si nosotros vemos que existe la posibilidad de que las lesiones
que nosotros estamos evaluando corresponden a un síndrome de esas
características, tenemos la obligación legal de proteger a ese niño.
La ley exige ciertos requisitos para que haya responsabilidad
profesional
 A.- Debe existir una norma legal regulatoria:
Código Civil:
“Por regla general, todo daño que pueda imputarse a malicia o negligencia a otra
persona debe ser reparado por ésta”.
Código Penal, Art. 491: “El médico cirujano, farmacéutico, flebotómiano
(Odontólogo), matrona, que causare mal a las personas con negligencia culpable en
el desempeño de su profesión, incurrirá respectivamente en las penas del artículo
anterior”.
 B.- El siguiente requisito es que, el profesional debe haber transgredido la
norma establecida, en forma involuntaria, por que de no ser así, se estaría
frente a un delito.
 C.- Debe existir daño efectivo en el paciente a causa del actuar profesional,
es decir relación de causalidad. El mal producido debe ser real, un daño físico
que ocasiona un deterioro de la vida, la integridad física del paciente, ya sea
en el presente o en el futuro.
Efectuar Diagnóstico
Completo del paciente,
indicando condiciones
o alteraciones
preexistentes
Realizar anamnesis
exhaustiva conTodos
los datos Médico-
personales en la Ficha
Clínica.
Poseer medios técnicos
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adecuadas para los
procedimientos que se
deban realizar
Informar al paciente de
los pro y contras de las
intervenciones,
asegurándose de que
comprenda a cabalidad
la situación
Nunca realizar
procedimientos en los
cuales la técnica o la
actualización de
conocimientos es
deficiente
Derivar a la
especialidad en caso de
que se requiera.
Realizar modelos de
estudios y protocolos
de fotografías clínicas.
Ser prudente y
criterioso con los
planes de tratamiento,
llevar al día la
Evolución clínica
Nunca mentirle a un
paciente o crearle
falsas expectativas.
Construir
consentimiento
informado.
Tributaria
• Actuar siempre dentro de la legalidad.
• Precisar de un contador
• Dar boletas por los servicios
Laboral
• Pago de sueldos, cotizaciones al día e impuestos fiscales.
Clínicos
• Informar las condiciones de los trabajos realizados
• Consentimiento informado
• Presupuestos
• Actualizaciones de tarifas acordes a la ética.
• Hernandez, Nelsón. De la responsabilidad jurídica del médico. Editorial
Ateproca, 1999.
Dr. Oscar CastroVásquez, Odontólogo Forense. PrincipalesCausas de
Querellas contra Odontólogos.
APRUEBA NORMA GENERALTECNICA N° 6, SOBREATENCION
ODONTOLOGICA. EXENTA N° 652.
• Constitución de la República de Chile. Disponible:
http://www.ispch.cl/ley20285/t_activa/marco_normativo/7c/dfl_725_67.pdf.
• Código Sanitario. Disponible:
http://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Chile.pdf
• Reglamento Ley 20.584. Disponible:
http://www.conicyt.cl/fonis/files/2013/03/Decreto-Nº-41-Reglamento-ley-
20.584- sobre-Fichas-Cl%C3%ADnicas.pdf
• Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN. Disponible:
Chilehttp://salunet.minsal.gov.cl/portal/page?_pageid=1101,5508839&_dad
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  • 1. Alumno : Carlos Navarrete C. Docente s : Dra. León , Dra. Sciaraffia Universidad de Chile Facultad de Odontología Dirección de Pregrado Clínica Integral del Adulto
  • 2.  MundoAntiguo (4500-1200 a.C.) Preocupación por determinar lo que esta bien y que esta mal, aplicando unos códigos morales, en caso de infringirlos suponía un castigo. Importancia del mito: la explicación de por que esta bien o mal está referida a la religión. Los códigos/normas morales vienen marcadas por la tradición. Los códigos se basan en las leyes naturales e inmutables. Egipto: Sabiduría de Amenope. Hay textos escritos que recogen las normas morales. Mesopotamia: Código de Hammurabi, Hay textos escritos que recogen las normas morales.
  • 3. Grecia: (VIII-II a.C.)  Arcaica (VIII-VI a.C.) Homero: escribe la hiliada y la odisea en las que se defiende la ética del mundo antiguo. Héroes mitológicos con unos valores (fuerza física, valentía, belleza, habilidad y linaje.)Estos héroes deben ser imitados.  Clásica (V-IV a.C.) Sofistas/presocráticos: Conjunto de filósofos que ponen en duda los códigos morales del mundo antiguo. Frente a la imposición surge la convencionalidad/relativismo
  • 4.  Edad Moderna (s. XV-XVII) Descartes: Separa la razón y la fe. La ética deja de estar influida por la religión. S. XVIII: la ilustración: la razón como única fuente de conocimiento. Rama de la Filosofía que se Ocupa del estudio racional de la Moral, laVirtud, el Deber, la Felicidad y el BuenVivir. Constituye reflexión sobre hechos y busca las razones que justifican la adopción de determinados parámetros. Ética
  • 5. El ejercicio de la Profesión Odonto- Estomatológica se ve regulado tanto por la ética como por la jurisdicción Este Marco jurídico es proporcionado Por: Constitución política de la República Códigos: Civil, procesal, penal y Sanitario(mas importante para Nosotros) Leyes, normas, derechos, reglamentos
  • 6. Código Sanitario Regula los aspectos de la salud de la población en toda la República, en tanto promoción, protección y recuperación Art. 115 Los Cirujanos-Dentistas sólo podrán prestar atenciones estomatológicas, adquirir y prescribir los medicamentos necesarios para el ejercicio de su profesión Art. 124 Los Médicos- Cirujanos, los Cirujanos- Dentistas y las Matronas podrán mantener existencias de fármacos para ser administrados por ellos. Art. 112 Sólo podrán desempeñar actividades propias de la medicina, la Odontología y la Farmacia quienes posean el títulos respectivos entregados por la Universidad de Chile u Otra Universidad Reconocida por el estado.
  • 7. Código Penal Ej: Multa de 1 a 4 UTM el que ejerciere sin titulo legal, ni permiso de autoridad competente, los profesionales de médico, cirujano, dentista o farmacéutico. Delitos Médicos Dentro de nuestro actuar profesional cuando realizamos cualquiera de las siguientes acciones: • Certificación falsa. • Recetación abusiva de estupefacientes. •Violación del secreto profesional. • No prestación de servicio durante el turno que señala la autoridad administrativa. • Negarse a ser perito o testigo a petición de la autoridad competente. • El aborto criminal. • La omisión de denuncias de lesiones sospechosas. En el caso del Síndrome del Niño Agredido. Si nosotros vemos que existe la posibilidad de que las lesiones que nosotros estamos evaluando corresponden a un síndrome de esas características, tenemos la obligación legal de proteger a ese niño.
  • 8. La ley exige ciertos requisitos para que haya responsabilidad profesional  A.- Debe existir una norma legal regulatoria: Código Civil: “Por regla general, todo daño que pueda imputarse a malicia o negligencia a otra persona debe ser reparado por ésta”. Código Penal, Art. 491: “El médico cirujano, farmacéutico, flebotómiano (Odontólogo), matrona, que causare mal a las personas con negligencia culpable en el desempeño de su profesión, incurrirá respectivamente en las penas del artículo anterior”.  B.- El siguiente requisito es que, el profesional debe haber transgredido la norma establecida, en forma involuntaria, por que de no ser así, se estaría frente a un delito.  C.- Debe existir daño efectivo en el paciente a causa del actuar profesional, es decir relación de causalidad. El mal producido debe ser real, un daño físico que ocasiona un deterioro de la vida, la integridad física del paciente, ya sea en el presente o en el futuro.
  • 9. Efectuar Diagnóstico Completo del paciente, indicando condiciones o alteraciones preexistentes Realizar anamnesis exhaustiva conTodos los datos Médico- personales en la Ficha Clínica. Poseer medios técnicos e instalaciones adecuadas para los procedimientos que se deban realizar Informar al paciente de los pro y contras de las intervenciones, asegurándose de que comprenda a cabalidad la situación Nunca realizar procedimientos en los cuales la técnica o la actualización de conocimientos es deficiente Derivar a la especialidad en caso de que se requiera. Realizar modelos de estudios y protocolos de fotografías clínicas. Ser prudente y criterioso con los planes de tratamiento, llevar al día la Evolución clínica Nunca mentirle a un paciente o crearle falsas expectativas. Construir consentimiento informado.
  • 10. Tributaria • Actuar siempre dentro de la legalidad. • Precisar de un contador • Dar boletas por los servicios Laboral • Pago de sueldos, cotizaciones al día e impuestos fiscales. Clínicos • Informar las condiciones de los trabajos realizados • Consentimiento informado • Presupuestos • Actualizaciones de tarifas acordes a la ética.
  • 11. • Hernandez, Nelsón. De la responsabilidad jurídica del médico. Editorial Ateproca, 1999. Dr. Oscar CastroVásquez, Odontólogo Forense. PrincipalesCausas de Querellas contra Odontólogos. APRUEBA NORMA GENERALTECNICA N° 6, SOBREATENCION ODONTOLOGICA. EXENTA N° 652. • Constitución de la República de Chile. Disponible: http://www.ispch.cl/ley20285/t_activa/marco_normativo/7c/dfl_725_67.pdf. • Código Sanitario. Disponible: http://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Chile.pdf • Reglamento Ley 20.584. Disponible: http://www.conicyt.cl/fonis/files/2013/03/Decreto-Nº-41-Reglamento-ley- 20.584- sobre-Fichas-Cl%C3%ADnicas.pdf • Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN. Disponible: Chilehttp://salunet.minsal.gov.cl/portal/page?_pageid=1101,5508839&_dad =por tal&_schema=PORTAL2 •http://biblioteca.uandes.cl/documentos/DesplegarTesis.asp?nombre=C:/w ww/biblioteca/documentos/Pcarrasco.xml