2. Capacitar y promover una oferta formativa
Proporcionar información y orientación
Evaluar y acreditar oficialmente la cualificación.
3. Instrumento:
Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales
Acciones:
Reconocimiento, evaluación y registro.
Información y orientación.
4. Administración General del Estado -> Es el
que regula y coordina.
Consejo General de Formación Profesional es
el órgano:
◦ Consultivo, de participación y agentes sociales
◦ Encargado del asesoramiento del Gobierno en
materia de FP.
Instituto Nacional de Cualificaciones-> Es el
responsable de definir, elaborar y mantener
el Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales y el Catálogo Modular de FP.
5. Colaboración necesario para el desarrollo:
◦ Empresas + Administraciones públicas
◦ Universidades
◦ Cámaras de comercio
◦ Entidades de formación
6. Se organiza en módulos formativos
articulados en un catálogo modular de
formación profesional y ordenados por
niveles de cualificación.
Se garantizará la actualización permanente
del catálogo, previa la consulta al consejo
general de la formación profesional, de tal
forma que atienda en todo momento a los
requerimientos delsistema educativo.
7. Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
• Son expedidos por las administraciones competentes.
• Acreditan las correspondientes cualificaciones profesionales a quienes los hayan
obtenido.
• Surten los correspondientes efectos académicos.
La evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a
través de la experiencia laboral han de garantizar:
• la fiabilidad.
• la objetividad.
• el rigor técnico de la evaluación.
El reconocimiento de las competencias profesionales, cuando no completen las
cualificaciones recogidas en algún título de formación profesional o certificado
de profesionalidad, se realizará a través de una acreditación parcial acumulable.
El gobierno previa consulta al consejo general de la formación profesional, fijará los
requisitos y procedimientos para la evaluación y acreditación de las
competencias.
8. Acciones formativas (capacitan para el
desempeño cualificado de profesiones)
Acceso al empleo y participación activa
◦ Vida social
◦ Cultural
◦ Económica
Enseñanzas de FP inicial
Acciones de inserción y reinserción laboral
Acciones de cara a la formación continua en
empresas (adquirir y actualizar las
competencias profesionales)
9. La administración General del Estado determina los títulos y certificados
de profesionalidad
Las Administraciones educativas podrán ampliar los contenidos de los
títulos de FP
Las ofertas públicas de FP favorecerán la utilización de las TIC
Las ofertas formativas referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones
profesionales se desarrollarán atendiendo a las medidas establecidas en
el Plan Nacional de Acción para el Empleo
Las administraciones públicas garantizarán la coordinación de las ofertas
de FP para responder a las necesidades de cualificación y optimizar el
uso de recursos públicos
Las instituciones o entidades que desarrollen ofertas formativas
sostenidas con fondos públicos están obligadas a facilitar a las
Administraciones la información requerida para el
seguimiento, estadística y evaluación de las actuaciones
En el acceso a las ofertas formativas se tendrán en cuenta las
acreditaciones previstas en el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002
http://fpformacionpro
fesional.com/pro-
OURENSE/
10. La administración crea, autoriza, homologa y
gestiona los centros.
Establece su financiación.
Las características básicas serán indicadas
por el Consejo General de la Formación
Profesional. La administración establecerá las
características específicas
11. Imparten todas las ofertas formativas.
Son centros creados y autorizados por la
Administración.
Su composición y funciones son establecidas
por las CCAA.
El director es elegido por la administración
entre el cuerpo de funcionarios públicos
docentes previa consulta con los órganos
colegiados del centro.