1. MUNICIPIO DE VILLA RICA CAUCA
SECRETARIA DE EDUCACION,
CULTURA Y DEPORTE.
COORDINACION DE
JUVENTUD.
CREACION DE LA PLATAFORMA DE JUVENTUD
MUNICIPIO DE VILLA RICA CAUCA.
¿Qué son y para qué sirven las Plataformas de
juventud?
Las Plataforma de Juventud Municipal, hacen parte
del Subsistema de Participación contemplado en la
Ley 1622 de 2013, y fueron creadas con el objetivo
de establecer más y mejores mecanismos de
participación Juvenil en el cumplimiento de las
siguientes funciones:
1. Servir de instancia asesora de los Consejos de Juventud, a nivel Municipal.
2. Impulsar la conformación de procesos y prácticas organizativas y espacios
de participación de las y los jóvenes, atendiendo a sus diversas formas de
expresión, a fin de que puedan ejercer una agencia efectiva para la defensa de
sus intereses colectivos.
3. Participar en el diseño y desarrollo de agendas, municipales,
departamentales y nacionales de juventud.
4. Realizar veeduría y control social a la implementación de las agendas locales,
municipales y territoriales de las juventudes.
Nota: El sistema municipal de juventud, debe funcionar para garantizar los derechos y la
participación de las personas hombres y mujeres con edades entre los 14 y los 28 años
Aspectos para fortalecer
TÉCNICO: Orientar inversiones estrategias con experticias
HUMANO: aumento y cualificación del talento humano.
POLÍTICO: incidir en los espacios de decisión e inversión publica
FINANCIERO: mayores recursos para inversión
2. SISTEMA MUNICIPAL DE JUVENTUD
Subsistema
Institucional
Subsistema de
Participación
ALCALDÍA DE
VILLA RICA
CAUCA
Designado
Designado
Designado
Comisión de
Concertación y
Decisión.
COMCODE
CONSEJO DE
JUVENTUD
PLATAFORMA
JUVENIL.
ASAMBLEA
JUVENIL
Delegado
Delegado
Delegado
DECISIÓN
Se requerirá dos tercios de los votos de los miembros para tomar una
decisión, requiriéndose para la toma de decisión la presencia de al menos
2 de los delegados de cada subsistema
(+) Política Pública: Formular, revisar y
actualizar, socializar
(+) Medidas de garantía: Consejo de
política social
Coordinador de
Juventud
Oficina asesora
de planeación
SECRETARIA TÉCNICA
3. Vamos a
Constituir la
Plataforma de
Juventud en mi
territorio!!!!
Construir una LÍNEA BASE* de las
ORGANIZACIONES JUVENILES incluyendo
TODAS las prácticas existentes en Villa Rica.
Art. 61. Las entidades encargadas de Juventud en los entes
territoriales Municipales, Distritales y Locales, convocarán
la conformación inicial de la Plataforma Municipal (...)
Campaña de convocatoria. Esta convocatoria debe incluir
la FECHA DE REUNIÓN PARA LA CONFORMACIÓN DE
LA PLATAFORMA.
Difunda y comparta la información con el apoyo de
ORGANIZACIONES, CANALES ALIADOS,
INSTITUCIONES, MEDIOS COMUNITARIOS y a partir del
uso de las NUEVAS TECNOLOGÍAS
Los temas a tratar para la
construcción de agenda juvenil.
- El modelo de Plan de
Acción para el trabajo
de la plataforma.
- El modelo de
reglamento interno
para el funcionamiento
de la Plataforma.
1. Previo a la APERTURA de la Convocatoria
Inicial DEFINA con la PERSONERÍA
MUNICIPAL el proceso y formato de
Registro de la Plataforma**.
2. jornada de conformación de la Plataforma.
3. Durante la reunión CONVIENE diligenciar
un acta que dé cuenta del desarrollo de la
sesión y la constitución de la Plataforma
4. Cada sesión que se realice de la
PLATAFORMA debe tener un acta que
consigne el desarrollo de la sesión.
5. Es necesario definir un mecanismo para el
seguimiento y cumplimiento a los
compromisos que en este espacio se
generen
4. Inscribe tu grupo, parche, colectivo, organización, iniciativa o tu comité, en la secretaria
de Educación municipal, oficina de la juventud, desde el 28 de Febrero hasta el 24 de abril
de 2014 y participa en la instalación de la plataforma juvenil el 25 de Abril de 2014. No te
quedes por fuera, participa y decide ya.
MAYORES INFORMES
JUAN CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Cel 3218029810 – Email oficinaninezyjuventud@villarica-
cauca.gov.co
“ES EL TIEMPO DE INVERTIR EN LA GENTE”
Conforme a lo establecido en la ley 1622 Art. 60 el registro de la
Plataforma de Juventud se realizará ante LA PERSONERÍA
MUNICIPAL quien se encargará del acompañamiento y
seguimiento al cumplimento de las acciones contempladas en las
agendas juveniles.
El registro será realizado por el Coordinador o Responsable de Juventud.
El comité electo durante la sesión de conformación de la Plataforma tendrá la responsabilidad
de convocar a una segunda sesión de trabajo para construir la agenda juvenil y con base en
ella elaborar el un Plan de Trabajo de la Plataforma.
Por agenda juvenil se entenderá el conjunto de temas priorizados por los jóvenes
asistentes a la Plataforma para atención a sus necesidades.
La convocatoria inicial de conformación deberá realizarse dentro del año
siguiente de la entrada en vigencia de la Ley 1622 de 2013. (Abril 29 de 2014).
Una vez sea registrada ante la Personería la Plataforma Municipal, es posible incluir más
procesos, prácticas y/o organizaciones que cumplan con los requisitos establecidos. Para
ello, quienes estén interesados deberán diligenciar el formato de línea base.
Acérquese a la Personería Municipal y en el formato correspondiente inscriba su Proceso,
práctica y/o organización juvenil para ser parte de la Plataforma.