Conferencia Violencia de género y derechos sexuales y reproductivos, impartida por Perla Guadalupe Castillo Solis, en Septiembre de 2016 en colaboración con Ricardo Ruiz Carbonell. Sede Hotel Corona, Ensenada, B.C.
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Violencia de género y derechos sexuales y reproductivos
1.
2. Antes de ver qué es la
Violencia de género
distingamos algunos conceptos
claves para comprenderla:
Patriarcado, Machismo, Misoginia,
Masculinidad hegemónica,
3. ¿Qué es: Violencia de género?
Notas del
Curso:Armonización
legislativa con
perspectiva de género,
impartido por Dr. Ricardo
Ruiz Carbonell en
Oaxaca de Juárez.
5. Fuente: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, 2007
Violencia contra
las Mujeres
6.
7. Violencia familiar:
Es el acto abusivo de poder u omisión
intencional, dirigido a dominar, someter,
controlar, o agredir de manera física, verbal,
psicológica, patrimonial, económica y sexual
a las mujeres, dentro o fuera del domicilio
familiar, cuyo Agresor tenga o haya tenido
relación de parentesco por consanguinidad
o afinidad, de matrimonio, concubinato o
mantengan o hayan mantenido una relación
de hecho.
Fuente: Título II, Cap. I, Art. 7., 10, 16, 18, 21. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre
de Violencia, 2007.
Violencia Laboral y Docente:
Se ejerce por las personas que tienen un
vínculo laboral, docente o análogo con
la víctima, independientemente de la
relación jerárquica, consistente en un acto
o una omisión en abuso de poder que
daña la autoestima, salud, integridad,
libertad y seguridad de la víctima, e
impide su desarrollo y atenta contra la
igualdad. Puede consistir en un solo
evento dañino o en una serie de eventos
cuya suma produce el daño. También
incluye el acoso o el hostigamiento sexual
Violencia en la Comunidad:
Son los actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y
propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público
Violencia Institucional:
Son los actos u omisiones de las y los servidores
públicos de cualquier orden de gobierno que
discriminen o tengan como fin dilatar,
obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de
los derechos humanos de las mujeres así
como su acceso al disfrute de políticas
públicas destinadas a prevenir, atender, investigar,
sancionar y erradicar los diferentes tipos de
violencia.
Violencia Feminicida:
Es la forma extrema de violencia de género
contra las mujeres, producto de la violación
de sus derechos humanos, en los ámbitos
público y privado, conformada por el
conjunto de conductas misóginas que
pueden conllevar impunidad social y del
Estado y puede culminar en homicidio y
otras formas de muerte violenta de mujeres.
8. Sistema Nacional
para Prevenir,
Atender,
Sancionar y
Erradicar la
Violencia contra
las mujeres
Secretaría
de
Gobernación
Comisión de
Erradicación Secretaría
de
Desarrollo
Social
Secretaría
de
Educación
Pública
Comisión de
Prevención
Procuradurí
a General de
la República
Comisión de
Sanción
Secretaría de
Seguridad
Pública
Secretaría
de Salud
Comisión de
Atención
Mecanismos
para el
Adelanto de
las Mujeres
en las
entidades
federativas
Sistema
Nacional
para el
Desarrollo
Integral de
la Familia
Consejo
Nacional para
Prevenir la
Discriminación
Instituto
Nacional de
las Mujeres
Secretaría
técnica
Autoridades responsables en materia de prevención, atención, sanción y
erradicación de la violencia contra las mujeres:
El Sistema contará con
Comisiones por cada uno
de los Ejes de Acción,
para llevar un puntual
seguimiento de los
mismos y estar en aptitud
de implementar las
políticas públicas
conducentes y favorecer
la ejecución del
Programa Integral (Art. 43
RLGAMVLV)
9. Principales responsabilidades estatales frente a situaciones de
violencia de género y contra las mujeres.
Prevenir/ Reducir
los factores de
riesgo de la
violencia contra
las mujeres
Atender/Protección y
garantizar los
derechos de las
víctimas
Investigar y
sancionar
REPARAR/
Acciones para
restituir-rehabilitar a
la víctimas y
Garantizar la no
repetición
Anticipar y evitar la generación de la violencia en
todos sus tipos y modalidades
Detectar en forma oportuna los posibles actos de
violencia contra las mujeres
Disminuir el número de víctimas mediante
acciones disuasivas que desalienten la violencia
Atención médica, psicológica y jurídica gratuita,
integral y especializada
Proporcionar servicios integrales a los agresores
Brindar servicios de orientación
interinstitucionales
Investigación oficiosa, oportuna, competente, con
independencia e imparcial; así como exhaustiva
Medidas de restitución, rehabilitación, compensación,
satisfacción y medidas de no repetición. Restitución.-
devolver a las víctimas a la situación anterior a la
comisión del delito o a la violación de sus derechos
humanos. Rehabilitación.-facilitar a las víctimas hacer
frente a los efectos sufridos por causa del hecho
punible o de las violaciones a los derechos humanos.
Medidas de no repetición.-que el hecho punible o la
violación de sus derechos sufrida por la víctima no
vuelva a ocurrir. Medida de satisfacción: Una disculpa
pública de parte del Estado.
Sistema
Nacional para
Prevenir,
Atender,
Sancionar y
Erradicar la
Violencia contra
las mujeres
10. Definición de los derechos sexuales y reproductivos de las personas tanto en la Conferencia sobre
Población y Desarrollo (El Cairo, 1994) como la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995).
11. Definición de los derechos sexuales y reproductivos de las personas tanto en la Conferencia sobre
Población y Desarrollo (El Cairo, 1994) como la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995).
12. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.
13. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.
14. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.
15. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.
16. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.
17. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.
18. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.
19. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.
20. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.
21. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.
22. Carta adoptada por la Federación Internacional de Planificación de la Familia (FPFE) de la que es miembro
junto con organizaciones de otros 170 países del mundo.