SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  42
1
SUJETA A MODALIDAD
 CONDICIÓN.- atañe su existencia misma
 TÉRMINO Y PLAZO.- no hiere la existencia misma de
la obligación solo aplazan ya que hay circunstancias
que impiden su exigibilidad
 CONDICION SUSPENSIVA.- Es un
acontecimiento futuro de realización incierta
que suspende el nacimiento de un derecho y
obligación es decir se aplazan ya que hay
una circunstancia que impide su exigibilidad
CONDICIONALES
MODALES O CON CARGA
 Herencia, legado, donación quien lo recibe no tiene
la obligación de cumplirlo es decir lo puede rechazar
 Los contratos o actos gratuitos solo obligan a quien
concede el beneficio y regularmente no crean
compromiso de quien lo recibe y por eso suelen ser
llamados unilaterales
 Un acto de beneficencia lo normal es que el
favorecido este exento de una obligación
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
 EL PAGO.- Consiste en el cumplimiento de una
obligación que se ejecuta con la intención de
extinguir una deuda preexistente
 EL PAGO.- es el cumplimiento efectivo de la
obligación
 EL PAGO.- es el modo normal de extinguir las
obligaciones
 LAS OBLIGACIONES.- fueron creadas para
extinguirse mediante el PAGO
EL INCUMPLIMIENTO NO IMPUTABLE AL DEUDOR
 Cuando el deudor no paga y la obligación se hace
exigible por plazo o por petición, legal se incurre en
MORA con las consecuencias legales
correspondientes
 1.-) exigir el pago exacto de la prestación no
cumplida con el pago de una indemnización
moratoria que sufre el acreedor por el simple retardo
en el cumplimiento de la obligación
 2.-) originar una compensación llamada
compensatoria, es decir el pago de los daños y
perjuicios que se causan al acreedor por el
incumplimiento absoluto de la obligación
LA TEORIA DE LOS RIESGOS
 Es cuando una de las partes no puede cumplir su obligación
por que se lo impide un caso fortuito o de fuerza mayor, la
otra parte también será dispensada de cumplir la suya
 -Imposibilidad de cumplimiento por caso fortuito proviene
de un acontecimiento ajeno al deudor e irresistible lo libera
del cumplimiento y lo exonera de toda responsabilidad.
 - Pero la obligación reciproca del contratante, si tiene la
posibilidad de ser ejecutada.
 ¿Quién soporta esa pedida?, ¿Quién corrió el riesgo y sufre
la consecuencia de aquí surge la “Teoría de los Riesgos”
 “Nadie puede estar obligado a lo imposible”
 - No se descarta la posibilidad de que las mismas partes
celebren un nuevo contrato en diversas fechas y resarcir la
pérdida que es lo que acontece en la práctica.
REGLA PARTICULAR PARA LOS CONTRATOS TRANSLATIVOS DE
PROPIEDAD
 Compra – Venta la propiedad no se transferirá si no
hasta el momento en que la cosa se haga cierta y
determinada con conocimiento del acreedor
 Ejemplo si se vende una tonelada de trigo el
vendedor sigue siendo el dueño hasta que la cosa (1
tonelada trigo) sea entregada al comprador
 Es decir la propiedad se pierde cuando el vendedor
recibe el pago y se gana cuando el comprador paga y
recibe el bien (1 tonelada de trigo)
SANEAMIENTO POR EVICCION
 Tendrá lugar cuando se prive al comprador, por
sentencia firme y en virtud de un derecho anterior a
la compra de la cosa comprada.
 En el caso de fincas si estuviese gravada sin
mencionarlo el contrato o la escritura con alguna
carga o servidumbre “no aparente” motivo por el
cual de haberlo sabido no la hubiese adquirido el
comprador podrá pedir la rescisión del contrato a no
ser que prefiera la indemnización correspondiente.
SANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS
 El vendedor esta obligado al saneamiento por los
defectos ocultos de la cosa vendida si la hace impropia
para el uso a que se destina o disminuye este uso ya que
de haberlos conocido el comprador no la habría adquirido
o hubiera pagado menos precio por ella el comprador
podrá optar por la rescisión del contrato y pedir una
indemnización por los daños y perjuicios
 Si la cosa vendida con algún vicio oculto se pierde por
caso fortuito podrá este reclamar el precio que pago, con
la rebaja que la cosa tenía al tiempo de perderse más
daños y perjuicios si el vendedor obro de mala fe.
PROTECCION DEL DERECHO DEL
ACREEDOR
 Cualquier contrato del deudor que afecte su patrimonio
implica una consecuencia para la garantía del acreedor
quirografario para protegerlo se ha establecido 1.-)
 CONDICIÓN OBLICUA.- Solo la puede ejercer el
acreedor por la inacción del deudor en la protección de
su propio patrimonio. Es decir los deudores de mi
deudor son también mis deudores
 CONDICION PAULIANA.- Solamente se puede ejercer
sobre el deudor que se encuentre en estado de
insolvencia es decir revocar los actos fraudulentos del
deudor que haya realizado para evitar el cumplimiento
de su obligación para con el acreedor
BIBLIOGRAFIAS
 Rojina Villegas Rafael Compendio Derecho Civil Editorial Porrua
edición Sexta1999
 Guillermo F. Margadant S. Derecho Romano editorial Esfinge
edición 1986
 Bejarano Sánchez Manuel Obligaciones Civiles Editorial Harla
tercera edición 1984
 Agenda Civil para el Distrito Federal editorial ISEF edición 2014
 S.C.J.N. pagina electrónica
 http://info5.jurídicas.unam,mx/ libro “TRATADO DE LAS
OBLIGACIONES” del autor Pothier, Robert Joseph
12
12
• A PLAZO Y TERMINO
• SIMPLES Y COMPLEJAS
• DIVISIBLES E INDIVISIBLES
MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES
13
 Por modalidad se entiende el “modo de
ser o de manifestarse una cosa”, y tal el
significado del vocablo, resulta que las
obligaciones pueden ser o manifestarse
de diversas formas:
 simples y complejas; de dar, de
hacer, de no hacer; licitas o ilícitas,
etc.
15
CONDICIÓN ES UN HECHO FUTURO E INCIERTO
DEL QUE DEPENDE EL NACIMIENTO O LA
EXTINCIÓN DE UN DERECHO ARTÍCULO 1938 DEL
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (C.C.)
1- DEBE CONSISTIR EN UN HECHO FUTURO
2- EL HECHO DEBE SER INCIERTO:
ES DECIR, QUE NO SE PUEDA SABER SI SE
REALIZARA O NO.
16
DE TALES CARACTERÍSTICAS SE PUEDE DEDUCIR
QUE NO CONSTITUYEN VERDADERAS
CONDICIONES LO SIGUIENTE:
1.-LOS HECHOS PASADOS NI PRESENTES, PUES SI
NO EXISTEN O NO HAN EXISTIDO EL DERECHO NO
NACE.
2.- LOS HECHOS FUTUROS QUE NECESARIAMENTE
HAN DE PRODUCIRSE, TAMPOCO
CONSTITUYEN CONDICIÓN SINO PLAZO.
17
Art. 1939 del C.C. Las condiciones suspensivas.-
son aquellas que retrasan el comienzo de los efectos
de un acto jurídico a que el acontecimiento suceda.
Por ejemplo, te daré cien dólares, si apruebas el
examen del próximo jueves de Derecho Civil.
 ART 1940 C.C. La Condición Resolutoria.-
hace depender de ese acontecimiento el fin de
la existencia del negocio.
 Por ejemplo, te pagaré cien dólares
mensuales hasta que te recibas de
abogado.
19
 EJEMPLO: EN CASO DE UNA
DEUDA DE CARÁCTER
PECUNIARIA EL OBJETO ES
DECIR MONEDAS PODRIA SER
UNA OBLIGACION DIVISIBLE
PARA EL DEUDOR YA QUE
PODRIA PAGARLO EN PARTES
HASTA PAGAR TODA LA DEUDA
 DIVISIBLES
 PARA EL DERECHO ROMANO
JUSTINIANO DECIA QUE LA
OBLIGACION DIVISIBLE NACE
DEL OBJETO DE LA
OBLIGACION ES DECIR DE LO
QUE SE DEBE DAR, HACER O
NO HACER
ARTICULO 2003 CODIGO CIVIL DEL
DISTRITO FEDERAL
 LAS OBLIGACIONES
SON DIVISIBLES
CUANDO TIENEN
POR OBJETO
PRESTACIONES DE
CUMPLIRSE
PARCIALMENTE
 Indivisibles: Para el
derecho romano
Justiniano decía que
la obligación
indivisible por la
facultad que tiene el
creedor para exigir
todo de una persona
(deudor)
ARTÍCULO 2003 CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO
FEDERAL
 LAS OBLIGACIONES SON
INDIVISIBLES SI LAS
PRESTACIONES NO
PUDIESEN SER
CUMPLIDAS SOLO POR
ENTERO
Indivisibilidad objetiva o absoluta
 Va ligada con la
naturaleza física
propia de la
prestación ya que se
puede afectar la
proporcionalidad o la
calidad
INDIVISIBILIDAD SUBJETIVA O RELATIVA
 ESTA DEPENDE BÁSICAMENTE
DEL ACUERDO CONTRACTUAL
A QUE SE HA LLEGADO ES
DECIR LOS CONTRATANTES
DECIDEN DARLE UN CARÁCTER
DE INDIVISIBILIDAD A UNA
PRESTACIÓN QUE POR SU
PROPIA NATURALEZA ES
DIVISIBLE
DIFERENCIAS ENTRE OBLIGACIONES DIVISIBLES E INDIVISIBLES
DIVISIBLES:
1. PRESTAMOS YA QUE SE PUEDE PAGAR EN CUOTAS O PAGOS
2. TERRENOS SE PUEDEN DAR EN PARTES PROPORCIONADAS
3. SE PUEDE PAGAR UNA OBLIGACIÓN CON VARIAS SESIONES DE
UN SERVICIO ESPECÍFICO
INDIVISIBLES:
1. ANIMALES.- NO SE PUEDE PRETENDER LA INTEGRIDAD DE UN
ANIMAL SI ESTE SE DIVIDE.
2. BIENES MUEBLES.- VEHÍCULOS, BICICLETA, ZAPATOS, ETC.
NOTA: LAS DIFERENCIAS DADAS PUEDEN ENCASILLARSE EN
AMBOS LADOS SI ASÍ LO ESTIPULAN LAS PARTES LEGALMENTE
OBLIGACION
A = ACREDOR B = DEUDOR
vs.
OBLIGACIÓN CUMPLIDA
OBLIGACIÓN PLURAL O COMPUESTA
A = ACREDOR B = DEUDOR (2)
B = DEUDOR (1)
OBLIGACIÓN MANCOMUNADA (ROMA)
 “MANCOMUN” cuyo significado es manos
comunes o conjuntas, en vistas a un fin único.
 “PRORRATEAR” cuyo significado es el reparto
de una cantidad entre diversos individuos de
acuerdo a la proporción que le corresponde a
cada uno, es la distribución proporcional de
algo en numerosas partes
ARTICULO 1984 CODIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL
 CUANDO HAY
PLURALIDAD DE
ACREEDORES O DE
DEUDORES
TRATÁNDOSE DE UNA
MISMA OBLIGACIÓN
EXISTE LA
MANCOMUNIDAD
EJEMPLO OBLIGACIÓN MANCOMUNADA
HARRY LÓPEZ LE PRESTA $ 100.000 A TERMINATOR PÉREZ Y ROCKY
CHÁVEZ, SOLO LE PUEDE COBRAR $50,000 A ROCKY CHÁVEZ Y $ 50,000
A TERMINATOR PÉREZ
OBLIGACION SOLIDARIA (Roma)
Para el derecho romano “SOLIDITAS”
El Derecho considera que la solidaridad también es
fundamental para que una sociedad pueda progresar,
pues es el modo en el que derechos y obligaciones se
equilibran y se encuentra la armonía.
Justiniano
ARTÍCULO 1988 CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL
 HABRÁ SOLIDARIDAD
CUANDO DOS O MAS
ACREEDORES O
DEUDORES CADA UNO
O DE POR SI EL
CUMPLIMIENTO DE UN
DERECHO U
OBLIGACIÓN
EJEMPLO OBLIGACION SOLIDARIA
HARRY LÓPEZ LE PRESTA $ 100.000 A TERMINATOR PÉREZ Y
ROCKY CHÁVEZ, Y LE PUEDE COBRAR LOS $100,000 A
ROCKY CHÁVEZ Y/O A TERMINATOR PÉREZ
P./J. 6/96 citada, aparece publicada en el Semanario
Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época,
Tomo III, febrero de 1996, página 39. Notas: 166950.
VI.3o.A.139 A. Tribunales Colegiados de Circuito. Novena
Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Tomo XXX, Julio de 2009, Pág. 1927. –
Fianza cuando se expide para garantizar el cumplimiento
de todas y cada una de las obligaciones del contrato, y
en un 10% del monto de la obligación principal, debe
interpretarse que la obligación tiene carácter indivisible
por convenio de las partes.
PARTES DEL CONTRATO DE GARANTIA “FIANZA”
RESOLUCION DE LA JURISPRUDENCIA
 definió que los contratos de fianzas son accesorios de
las obligaciones que garantizan, de manera que si la
obligación principal es susceptible de cumplirse en
parcialidades, por considerarse divisible, lo correcto
es que sólo se exija al fiador la proporción
correspondiente al incumplimiento del obligado
principal; empero, cuando la obligación principal es
indivisible en razón de su objeto, o bien porque las
partes al momento de contratar así lo estipulen o,
porque en caso de controversia el juzgador así lo
determine, entonces la fianza será exigible en su
totalidad debido a la imposibilidad del cumplimiento
parcial de la obligación.
BIBLIOGRAFIAS
 Rojina Villegas Rafael Compendio Derecho Civil
Editorial Porrua edición Sexta1999
 Guillermo F. Margadant S. Derecho Romano editorial
Esfinge edición 1986
 Bejarano Sánchez Manuel Obligaciones Civiles
Editorial Harla tercera edición 1984
 Agenda Civil para el Distrito Federal editorial ISEF
edición 2014
 S.C.J.N. pagina electrónica

Contenu connexe

Tendances

1. obligaciones y sus modalidades (informe)
1.  obligaciones y sus modalidades (informe)1.  obligaciones y sus modalidades (informe)
1. obligaciones y sus modalidades (informe)Gerson Cabrera Cieza
 
Derecho de obligaciones
Derecho de obligacionesDerecho de obligaciones
Derecho de obligacionesosinariss
 
Extinción de las obligaciones por causa distinta de
Extinción de las obligaciones por causa distinta deExtinción de las obligaciones por causa distinta de
Extinción de las obligaciones por causa distinta deLorena González Franco
 
Efectos de la Obligaciones Naturales
Efectos de la Obligaciones NaturalesEfectos de la Obligaciones Naturales
Efectos de la Obligaciones NaturalesHernan Osorio
 
Cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento e incumplimiento de las obligacionesCumplimiento e incumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento e incumplimiento de las obligacionesMaribel Guillen
 
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion   Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion Nellys Mercedes Sanabria
 
Obligaciones alternativas y facultativas
Obligaciones alternativas y facultativasObligaciones alternativas y facultativas
Obligaciones alternativas y facultativasShirlene Sánchez
 
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Marvin Espinal
 
Capitulo 6 obligaciones - 1ª clase
Capitulo 6   obligaciones - 1ª claseCapitulo 6   obligaciones - 1ª clase
Capitulo 6 obligaciones - 1ª clasevglibota
 
Clase modalidades del acto jurídico
Clase modalidades del acto jurídicoClase modalidades del acto jurídico
Clase modalidades del acto jurídicoEusebia UretaCardenas
 

Tendances (20)

1. obligaciones y sus modalidades (informe)
1.  obligaciones y sus modalidades (informe)1.  obligaciones y sus modalidades (informe)
1. obligaciones y sus modalidades (informe)
 
Obligaciones civiles - Subrogación por pago
Obligaciones civiles - Subrogación por pagoObligaciones civiles - Subrogación por pago
Obligaciones civiles - Subrogación por pago
 
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacer
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacerPresentacion de obligaciones de hacer y no hacer
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacer
 
Presentacion Obligaciones de dar gpo 2 20110
Presentacion Obligaciones de dar gpo 2  20110Presentacion Obligaciones de dar gpo 2  20110
Presentacion Obligaciones de dar gpo 2 20110
 
Derecho de obligaciones
Derecho de obligacionesDerecho de obligaciones
Derecho de obligaciones
 
Extinción de las obligaciones por causa distinta de
Extinción de las obligaciones por causa distinta deExtinción de las obligaciones por causa distinta de
Extinción de las obligaciones por causa distinta de
 
Obligaciones alternativas
Obligaciones alternativasObligaciones alternativas
Obligaciones alternativas
 
Efectos de la Obligaciones Naturales
Efectos de la Obligaciones NaturalesEfectos de la Obligaciones Naturales
Efectos de la Obligaciones Naturales
 
Cumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligacionesCumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligaciones
 
Obligaciones de dar
Obligaciones de darObligaciones de dar
Obligaciones de dar
 
Negocio juridico
Negocio juridicoNegocio juridico
Negocio juridico
 
Responsabilidad civil
Responsabilidad civilResponsabilidad civil
Responsabilidad civil
 
Cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento e incumplimiento de las obligacionesCumplimiento e incumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones
 
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion   Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
 
Obligaciones alternativas y facultativas
Obligaciones alternativas y facultativasObligaciones alternativas y facultativas
Obligaciones alternativas y facultativas
 
Cuadro sinoptico
Cuadro sinopticoCuadro sinoptico
Cuadro sinoptico
 
Obligaciones con clausula penal.
Obligaciones con clausula penal.Obligaciones con clausula penal.
Obligaciones con clausula penal.
 
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
 
Capitulo 6 obligaciones - 1ª clase
Capitulo 6   obligaciones - 1ª claseCapitulo 6   obligaciones - 1ª clase
Capitulo 6 obligaciones - 1ª clase
 
Clase modalidades del acto jurídico
Clase modalidades del acto jurídicoClase modalidades del acto jurídico
Clase modalidades del acto jurídico
 

Similaire à Modalidades de las obligaciones

Contrato
ContratoContrato
Contratoyibert
 
Presentacion El Pago
Presentacion El PagoPresentacion El Pago
Presentacion El PagoElmer
 
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)fasaen
 
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)fasaen
 
Derecho romano IIj.pptx
Derecho romano IIj.pptxDerecho romano IIj.pptx
Derecho romano IIj.pptxWuendyJuarez
 
clases de obligaciones derecho civil
  clases de obligaciones derecho civil   clases de obligaciones derecho civil
clases de obligaciones derecho civil Xiomara Gonzalez
 
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.Marlenne Juárez Rodríguez
 
Extinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptxExtinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptxDiegoOrtiz745986
 
modos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptxmodos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptxcarlosromero606050
 
Clasificaciã“n de las obligaciones ramon
Clasificaciã“n de las obligaciones ramonClasificaciã“n de las obligaciones ramon
Clasificaciã“n de las obligaciones ramonSilvana Quercia
 
Clasificacion de las obligaciones yoisbel
Clasificacion de las obligaciones yoisbelClasificacion de las obligaciones yoisbel
Clasificacion de las obligaciones yoisbelKarolina Suarez
 
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docxLOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docxBenitaOrtiz
 
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion dixsontorbello
 
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcionTEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripciondixsontorbello
 

Similaire à Modalidades de las obligaciones (20)

Contrato
ContratoContrato
Contrato
 
Presentacion El Pago
Presentacion El PagoPresentacion El Pago
Presentacion El Pago
 
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)
 
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)
Expo adrian word (incumplimiento de las obligaciones)
 
Derecho romano IIj.pptx
Derecho romano IIj.pptxDerecho romano IIj.pptx
Derecho romano IIj.pptx
 
Codigo Civil IV
Codigo Civil IVCodigo Civil IV
Codigo Civil IV
 
clases de obligaciones derecho civil
  clases de obligaciones derecho civil   clases de obligaciones derecho civil
clases de obligaciones derecho civil
 
Obligaciones -slideshare
Obligaciones -slideshareObligaciones -slideshare
Obligaciones -slideshare
 
Yyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyppppppppp
YyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyypppppppppYyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyppppppppp
Yyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyyppppppppp
 
Tesina romano
Tesina romanoTesina romano
Tesina romano
 
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.
 
Extinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptxExtinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptx
 
modos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptxmodos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptx
 
Clasificaciã“n de las obligaciones ramon
Clasificaciã“n de las obligaciones ramonClasificaciã“n de las obligaciones ramon
Clasificaciã“n de las obligaciones ramon
 
Clasificacion de las obligaciones yoisbel
Clasificacion de las obligaciones yoisbelClasificacion de las obligaciones yoisbel
Clasificacion de las obligaciones yoisbel
 
Derecho Romano
Derecho Romano Derecho Romano
Derecho Romano
 
PREGUNTAS FRECUENTES DE LA MATERIA OBLIGACIONES CIVILES
PREGUNTAS FRECUENTES DE LA MATERIA OBLIGACIONES CIVILESPREGUNTAS FRECUENTES DE LA MATERIA OBLIGACIONES CIVILES
PREGUNTAS FRECUENTES DE LA MATERIA OBLIGACIONES CIVILES
 
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docxLOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
 
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion
 
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcionTEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion
TEMA 14 Remision de la deuda confusion y prescripcion
 

Dernier

Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdfNeurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptxEcosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptxolgakaterin
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónLourdes Feria
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dstEphaniiie
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...JonathanCovena1
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 

Dernier (20)

Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdfNeurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
 
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptxEcosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes d
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 

Modalidades de las obligaciones

  • 1. 1
  • 2. SUJETA A MODALIDAD  CONDICIÓN.- atañe su existencia misma  TÉRMINO Y PLAZO.- no hiere la existencia misma de la obligación solo aplazan ya que hay circunstancias que impiden su exigibilidad  CONDICION SUSPENSIVA.- Es un acontecimiento futuro de realización incierta que suspende el nacimiento de un derecho y obligación es decir se aplazan ya que hay una circunstancia que impide su exigibilidad CONDICIONALES
  • 3. MODALES O CON CARGA  Herencia, legado, donación quien lo recibe no tiene la obligación de cumplirlo es decir lo puede rechazar  Los contratos o actos gratuitos solo obligan a quien concede el beneficio y regularmente no crean compromiso de quien lo recibe y por eso suelen ser llamados unilaterales  Un acto de beneficencia lo normal es que el favorecido este exento de una obligación
  • 4. EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES  EL PAGO.- Consiste en el cumplimiento de una obligación que se ejecuta con la intención de extinguir una deuda preexistente  EL PAGO.- es el cumplimiento efectivo de la obligación  EL PAGO.- es el modo normal de extinguir las obligaciones  LAS OBLIGACIONES.- fueron creadas para extinguirse mediante el PAGO
  • 5. EL INCUMPLIMIENTO NO IMPUTABLE AL DEUDOR  Cuando el deudor no paga y la obligación se hace exigible por plazo o por petición, legal se incurre en MORA con las consecuencias legales correspondientes  1.-) exigir el pago exacto de la prestación no cumplida con el pago de una indemnización moratoria que sufre el acreedor por el simple retardo en el cumplimiento de la obligación  2.-) originar una compensación llamada compensatoria, es decir el pago de los daños y perjuicios que se causan al acreedor por el incumplimiento absoluto de la obligación
  • 6. LA TEORIA DE LOS RIESGOS  Es cuando una de las partes no puede cumplir su obligación por que se lo impide un caso fortuito o de fuerza mayor, la otra parte también será dispensada de cumplir la suya  -Imposibilidad de cumplimiento por caso fortuito proviene de un acontecimiento ajeno al deudor e irresistible lo libera del cumplimiento y lo exonera de toda responsabilidad.  - Pero la obligación reciproca del contratante, si tiene la posibilidad de ser ejecutada.  ¿Quién soporta esa pedida?, ¿Quién corrió el riesgo y sufre la consecuencia de aquí surge la “Teoría de los Riesgos”  “Nadie puede estar obligado a lo imposible”  - No se descarta la posibilidad de que las mismas partes celebren un nuevo contrato en diversas fechas y resarcir la pérdida que es lo que acontece en la práctica.
  • 7. REGLA PARTICULAR PARA LOS CONTRATOS TRANSLATIVOS DE PROPIEDAD  Compra – Venta la propiedad no se transferirá si no hasta el momento en que la cosa se haga cierta y determinada con conocimiento del acreedor  Ejemplo si se vende una tonelada de trigo el vendedor sigue siendo el dueño hasta que la cosa (1 tonelada trigo) sea entregada al comprador  Es decir la propiedad se pierde cuando el vendedor recibe el pago y se gana cuando el comprador paga y recibe el bien (1 tonelada de trigo)
  • 8. SANEAMIENTO POR EVICCION  Tendrá lugar cuando se prive al comprador, por sentencia firme y en virtud de un derecho anterior a la compra de la cosa comprada.  En el caso de fincas si estuviese gravada sin mencionarlo el contrato o la escritura con alguna carga o servidumbre “no aparente” motivo por el cual de haberlo sabido no la hubiese adquirido el comprador podrá pedir la rescisión del contrato a no ser que prefiera la indemnización correspondiente.
  • 9. SANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS  El vendedor esta obligado al saneamiento por los defectos ocultos de la cosa vendida si la hace impropia para el uso a que se destina o disminuye este uso ya que de haberlos conocido el comprador no la habría adquirido o hubiera pagado menos precio por ella el comprador podrá optar por la rescisión del contrato y pedir una indemnización por los daños y perjuicios  Si la cosa vendida con algún vicio oculto se pierde por caso fortuito podrá este reclamar el precio que pago, con la rebaja que la cosa tenía al tiempo de perderse más daños y perjuicios si el vendedor obro de mala fe.
  • 10. PROTECCION DEL DERECHO DEL ACREEDOR  Cualquier contrato del deudor que afecte su patrimonio implica una consecuencia para la garantía del acreedor quirografario para protegerlo se ha establecido 1.-)  CONDICIÓN OBLICUA.- Solo la puede ejercer el acreedor por la inacción del deudor en la protección de su propio patrimonio. Es decir los deudores de mi deudor son también mis deudores  CONDICION PAULIANA.- Solamente se puede ejercer sobre el deudor que se encuentre en estado de insolvencia es decir revocar los actos fraudulentos del deudor que haya realizado para evitar el cumplimiento de su obligación para con el acreedor
  • 11. BIBLIOGRAFIAS  Rojina Villegas Rafael Compendio Derecho Civil Editorial Porrua edición Sexta1999  Guillermo F. Margadant S. Derecho Romano editorial Esfinge edición 1986  Bejarano Sánchez Manuel Obligaciones Civiles Editorial Harla tercera edición 1984  Agenda Civil para el Distrito Federal editorial ISEF edición 2014  S.C.J.N. pagina electrónica  http://info5.jurídicas.unam,mx/ libro “TRATADO DE LAS OBLIGACIONES” del autor Pothier, Robert Joseph
  • 12. 12 12 • A PLAZO Y TERMINO • SIMPLES Y COMPLEJAS • DIVISIBLES E INDIVISIBLES MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES
  • 13. 13
  • 14.  Por modalidad se entiende el “modo de ser o de manifestarse una cosa”, y tal el significado del vocablo, resulta que las obligaciones pueden ser o manifestarse de diversas formas:  simples y complejas; de dar, de hacer, de no hacer; licitas o ilícitas, etc.
  • 15. 15 CONDICIÓN ES UN HECHO FUTURO E INCIERTO DEL QUE DEPENDE EL NACIMIENTO O LA EXTINCIÓN DE UN DERECHO ARTÍCULO 1938 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (C.C.) 1- DEBE CONSISTIR EN UN HECHO FUTURO 2- EL HECHO DEBE SER INCIERTO: ES DECIR, QUE NO SE PUEDA SABER SI SE REALIZARA O NO.
  • 16. 16 DE TALES CARACTERÍSTICAS SE PUEDE DEDUCIR QUE NO CONSTITUYEN VERDADERAS CONDICIONES LO SIGUIENTE: 1.-LOS HECHOS PASADOS NI PRESENTES, PUES SI NO EXISTEN O NO HAN EXISTIDO EL DERECHO NO NACE. 2.- LOS HECHOS FUTUROS QUE NECESARIAMENTE HAN DE PRODUCIRSE, TAMPOCO CONSTITUYEN CONDICIÓN SINO PLAZO.
  • 17. 17 Art. 1939 del C.C. Las condiciones suspensivas.- son aquellas que retrasan el comienzo de los efectos de un acto jurídico a que el acontecimiento suceda. Por ejemplo, te daré cien dólares, si apruebas el examen del próximo jueves de Derecho Civil.
  • 18.  ART 1940 C.C. La Condición Resolutoria.- hace depender de ese acontecimiento el fin de la existencia del negocio.  Por ejemplo, te pagaré cien dólares mensuales hasta que te recibas de abogado.
  • 19. 19
  • 20.
  • 21.  EJEMPLO: EN CASO DE UNA DEUDA DE CARÁCTER PECUNIARIA EL OBJETO ES DECIR MONEDAS PODRIA SER UNA OBLIGACION DIVISIBLE PARA EL DEUDOR YA QUE PODRIA PAGARLO EN PARTES HASTA PAGAR TODA LA DEUDA  DIVISIBLES  PARA EL DERECHO ROMANO JUSTINIANO DECIA QUE LA OBLIGACION DIVISIBLE NACE DEL OBJETO DE LA OBLIGACION ES DECIR DE LO QUE SE DEBE DAR, HACER O NO HACER
  • 22. ARTICULO 2003 CODIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL  LAS OBLIGACIONES SON DIVISIBLES CUANDO TIENEN POR OBJETO PRESTACIONES DE CUMPLIRSE PARCIALMENTE
  • 23.  Indivisibles: Para el derecho romano Justiniano decía que la obligación indivisible por la facultad que tiene el creedor para exigir todo de una persona (deudor)
  • 24. ARTÍCULO 2003 CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL  LAS OBLIGACIONES SON INDIVISIBLES SI LAS PRESTACIONES NO PUDIESEN SER CUMPLIDAS SOLO POR ENTERO
  • 25. Indivisibilidad objetiva o absoluta  Va ligada con la naturaleza física propia de la prestación ya que se puede afectar la proporcionalidad o la calidad
  • 26. INDIVISIBILIDAD SUBJETIVA O RELATIVA  ESTA DEPENDE BÁSICAMENTE DEL ACUERDO CONTRACTUAL A QUE SE HA LLEGADO ES DECIR LOS CONTRATANTES DECIDEN DARLE UN CARÁCTER DE INDIVISIBILIDAD A UNA PRESTACIÓN QUE POR SU PROPIA NATURALEZA ES DIVISIBLE
  • 27. DIFERENCIAS ENTRE OBLIGACIONES DIVISIBLES E INDIVISIBLES DIVISIBLES: 1. PRESTAMOS YA QUE SE PUEDE PAGAR EN CUOTAS O PAGOS 2. TERRENOS SE PUEDEN DAR EN PARTES PROPORCIONADAS 3. SE PUEDE PAGAR UNA OBLIGACIÓN CON VARIAS SESIONES DE UN SERVICIO ESPECÍFICO INDIVISIBLES: 1. ANIMALES.- NO SE PUEDE PRETENDER LA INTEGRIDAD DE UN ANIMAL SI ESTE SE DIVIDE. 2. BIENES MUEBLES.- VEHÍCULOS, BICICLETA, ZAPATOS, ETC. NOTA: LAS DIFERENCIAS DADAS PUEDEN ENCASILLARSE EN AMBOS LADOS SI ASÍ LO ESTIPULAN LAS PARTES LEGALMENTE
  • 28. OBLIGACION A = ACREDOR B = DEUDOR vs.
  • 30. OBLIGACIÓN PLURAL O COMPUESTA A = ACREDOR B = DEUDOR (2) B = DEUDOR (1)
  • 31. OBLIGACIÓN MANCOMUNADA (ROMA)  “MANCOMUN” cuyo significado es manos comunes o conjuntas, en vistas a un fin único.  “PRORRATEAR” cuyo significado es el reparto de una cantidad entre diversos individuos de acuerdo a la proporción que le corresponde a cada uno, es la distribución proporcional de algo en numerosas partes
  • 32. ARTICULO 1984 CODIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL  CUANDO HAY PLURALIDAD DE ACREEDORES O DE DEUDORES TRATÁNDOSE DE UNA MISMA OBLIGACIÓN EXISTE LA MANCOMUNIDAD
  • 33.
  • 34. EJEMPLO OBLIGACIÓN MANCOMUNADA HARRY LÓPEZ LE PRESTA $ 100.000 A TERMINATOR PÉREZ Y ROCKY CHÁVEZ, SOLO LE PUEDE COBRAR $50,000 A ROCKY CHÁVEZ Y $ 50,000 A TERMINATOR PÉREZ
  • 35. OBLIGACION SOLIDARIA (Roma) Para el derecho romano “SOLIDITAS” El Derecho considera que la solidaridad también es fundamental para que una sociedad pueda progresar, pues es el modo en el que derechos y obligaciones se equilibran y se encuentra la armonía. Justiniano
  • 36. ARTÍCULO 1988 CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL  HABRÁ SOLIDARIDAD CUANDO DOS O MAS ACREEDORES O DEUDORES CADA UNO O DE POR SI EL CUMPLIMIENTO DE UN DERECHO U OBLIGACIÓN
  • 37.
  • 38. EJEMPLO OBLIGACION SOLIDARIA HARRY LÓPEZ LE PRESTA $ 100.000 A TERMINATOR PÉREZ Y ROCKY CHÁVEZ, Y LE PUEDE COBRAR LOS $100,000 A ROCKY CHÁVEZ Y/O A TERMINATOR PÉREZ
  • 39. P./J. 6/96 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, febrero de 1996, página 39. Notas: 166950. VI.3o.A.139 A. Tribunales Colegiados de Circuito. Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXX, Julio de 2009, Pág. 1927. – Fianza cuando se expide para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones del contrato, y en un 10% del monto de la obligación principal, debe interpretarse que la obligación tiene carácter indivisible por convenio de las partes.
  • 40. PARTES DEL CONTRATO DE GARANTIA “FIANZA”
  • 41. RESOLUCION DE LA JURISPRUDENCIA  definió que los contratos de fianzas son accesorios de las obligaciones que garantizan, de manera que si la obligación principal es susceptible de cumplirse en parcialidades, por considerarse divisible, lo correcto es que sólo se exija al fiador la proporción correspondiente al incumplimiento del obligado principal; empero, cuando la obligación principal es indivisible en razón de su objeto, o bien porque las partes al momento de contratar así lo estipulen o, porque en caso de controversia el juzgador así lo determine, entonces la fianza será exigible en su totalidad debido a la imposibilidad del cumplimiento parcial de la obligación.
  • 42. BIBLIOGRAFIAS  Rojina Villegas Rafael Compendio Derecho Civil Editorial Porrua edición Sexta1999  Guillermo F. Margadant S. Derecho Romano editorial Esfinge edición 1986  Bejarano Sánchez Manuel Obligaciones Civiles Editorial Harla tercera edición 1984  Agenda Civil para el Distrito Federal editorial ISEF edición 2014  S.C.J.N. pagina electrónica

Notes de l'éditeur

  1. E