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MAESTRÍA DE DERECHO DE AMPARO
DR. FRANCISCO XAVIER GARCÍA JIMÉNEZ




                                      1
DIVISIÓN DE PODERES
 La libertad humana es el elemento
 más preciado del hombre después de
 la vida, es indispensable para vivir,
 crear y desarrollarse, es lo que motiva
 al hombre a derribar todo aquello que
 interfiera con ella.


                                           2
 El    principio    de    supremacía
 constitucional    hace      que      la
 Constitución Política de los Estados
 Unidos Mexicanos se encuentre en la
 cúspide del sistema jurídico nacional.
 Sobre ella ninguna otra ley ni acto de
 autoridad puede existir. Constituye la
 base del estado de Derecho

                                       3
LA SUPREMACÍA DE LA
          CONSTITUCIÓN
 Todo derecho que emana de la
 Constitución constituye la patente de
 vigencia de supremacía de la norma,
 de acuerdo con el artículo 133 sobre
 la cual no existe ningún otro
 ordenamiento legal por encima de ella
 que tenga validez
                                         4
PRINCIPIO DE RIGIDEZ
         CONSTITUCIONAL
 Este principio prohíbe que la Carta
 Magna sea reformada libremente, ya que
 para ello se requiere de un procedimiento
 en que actúa el Congreso de la Unión y
 la    legislatura   de     los   estados,
 requiriéndose de dos terceras partes de
 los miembros que la integran el primero y
 por mas de la mitad de los segundos
                                             5
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES O
 FUNDAMENTALES DEL JUICIO DE
           AMPARO
 Representan    las reglas que dan
 forma al juicio de garantías,
 regulando      los    aspectos      de
 procedencia, competencia, forma de
 tramitación, reglas de resolución y
 efectos de la sentencia que se dicte
                                          6
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
 Estos han nacido junto con el propio
 juicio de amparo, y otros se han
 creado a lo largo de su evolución,
 fundamentándose en la propia
 Constitución en los artículos 103 y
 107 que han dado lugar a la ley de la
 materia (Ley de Amparo)

                                         7
PRINCIPIO DE COMPETENCIA DE
     LOS TRIBUNALES DE LA
FEDERACIÓN PARA CONOCER DEL
           AMPARO
 Como medio de control constitucional
 por órgano judicial, es conocido por
 tribunales que integran al Poder
 Judicial de la Federación
                                         8
EL PODER JUDICIAL FEDERAL
             Se integra por:
 Suprema corte de Justicia
 Tribunal Federal Electoral
 Tribunales Colegiados de Circuito
 Tribunales Unitarios de Circuito
 Juzgados de Distrito
 Consejo de la Judicatura Federal
                                      9
PRINCIPIO DE PROCEDENCIA
DEL AMPARO CONTRA ACTOS
      DE AUTORIDAD
 Se entiende por autoridad, a las
 personas que desarrollan actos en
 cumplimiento de sus funciones de
 gobierno, frente a los gobernados.

                                  10
 Las personas pueden integrar al
 gobierno propiamente o a un órgano
 descentralizado, por lo que la
 autoridad es aquel organismo que la
 ley faculta para emitir actos
 unilaterales y que deban ser
 obedecidos por los gobernados al
 estar respaldados por el imperio del
 Estado
                                    11
PRINCIPIO DE PARTE
           AGRAVIADA
 Este principio implica que el juicio de
 amparo jamás se iniciará de forma
 oficiosa u automática por parte de las
 autoridades para conocer de él;
 requiere que aquella persona que
 crea verse afectada por una ley o
 acto de alguna autoridad reclame
 dicha violación vía judicial
                                        12
 El agraviado es la persona que
 teniendo la calidad de gobernado,
 resiente en su esfera jurídica, los
 efectos de un acto de autoridad, que
 han dañado, lesionado o vulnerado
 un derecho de forma directa y
 personal. Al ejercer su derecho de
 demandar dicha reparación adquiere
 la condición de quejoso
                                    13
 El amparo debe ser iniciado por la
 demanda que haga valer la persona
 que ha sido afectada por un acto de
 autoridad, quien podrá impugnar el
 acto reclamado por si mismo, por
 medio     de     su    apoderado  o
 representante legal o por cualquier
 otra persona siempre que aparezca
 como quejoso la persona que haya
 resentido los efectos del agravio
                                       14
 Con motivo de este principio, el juicio
 de amparo adquiere la condición de
 medio de control constitucional por
 órgano judicial, permitiendo que los
 tribunales federales conozcan de la
 controversia respectiva, debido a que
 el agraviado por el acto de autoridad,
 insta para que el Tribunal Federal
 entre en conocimiento y resuelva
 conforme a Derecho
                                        15
AGRAVIO PERSONAL Y DIRECTO
 Se integra por la lesión, daño o
 agravio a un gobernado por parte de
 un acto de autoridad en el que de
 forma directa afecta su esfera
 personal en el ámbito de sus
 derechos emanados y consagrados
 por la Carta Magna

                                   16
PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD
 Es la base principal que rige la
 procedencia del juicio de amparo en
 el que antes de iniciar su
 procedimiento jurisdiccional, se debe
 agotar previamente todos y cada uno
 de los recursos ordinarios de
 impugnación que establezca la ley de
 la materia correspondiente al agravio
                                     17
 Este principio opera exclusivamente
 en relación a los recursos ordinarios o
 medios legales de defensa que
 tiendan a anular, invalidar, revocar o
 modificar el acto de autoridad,
 mismos que debieron haberse
 realizado en tiempo y forma
 establecidos por la ley de la materia
 respectiva en todas sus partes
                                        18
PRINCIPIO DE PROSECUCIÓN
          JUDICIAL
 Este principio exige que todos los
 juicios de amparo se substancien
 respetando las diversas reglas que se
 encuentran      inscritas    en     la
 Constitución, como las que dan forma
 a la Ley de Amparo
                                      19
 Los jueces federales están sujetos a
 tramitar el amparo atendiendo y
 respetando en todo tiempo las
 disposiciones legales, con lo que
 todos los juicios tendrán el mismo
 trámite, sin que quede al arbitrio del
 juez el procedimiento del juicio de
 garantías.

                                      20
PRINCIPIO DE ESTRICTO
          DERECHO
 Este principio obliga a los jueces de
 amparo a estudiar exclusivamente la
 controversia que haya sido planteada
 ante ellos, resolviendo con base en
 las consideraciones vertidas por el
 quejoso en su demanda y no
 analizando el acto de autoridad en
 cuanto a su constitucionalidad
                                      21
 Por virtud de este principio, el juez
 debe estudiar el acto y defender la
 Constitución, estudiando únicamente
 los conceptos de violación que haya
 expresado el quejoso en su demanda
 o los agravios esgrimidos en los
 escritos de recursos

                                      22
PRINCIPIO DE SUPLENCIA DE LA
     QUEJA DEFICIENTE
 Una de las excepciones al principio
 de estricto derecho que dan forma a
 la suplencia de la deficiencia de la
 queja, es que opera exclusivamente
 en relación a los conceptos de
 violación de la demanda de amparo
                                    23
 Y de los agravios esgrimidos en los
 escritos de recursos, sin que otro
 punto de dicho libelo pueda se
 materia de la suplencia, a menos que
 se trate de amparo agrario en que
 también se suple la deficiencia del
 señalamiento del acto reclamado por
 el quejoso

                                    24
PRINCIPIO DE LA RELATIVIDAD
    DE LAS SENTENCIAS
 Este   principio implica que la
 ejecutoria en que se otorgue el
 amparo y laa protección de la justicia
 federal, solamente beneficiará a quien
 haya comparecido ante el juez federal
 en demanda de la declaratoria de
 inconstitucionalidad     del      acto
 reclamado
                                      25
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
 Conforme a la reforma constitucional
 y modificación a la Ley de Amparo, el
 principio de relatividad de las
 sentencia se modifico. ¿En qué
 consistieron    las    modificaciones?
 ¿Cómo        beneficiaron     a     los
 gobernados? ¿Cómo se deben
 tramitar los beneficios ante las
 autoridades federales?
                                       26
Realizar un análisis y
   posteriormente comentar
 Hacer una reseña ejecutiva de las
 reformas constitucionales en relación
 al juicio de amparo, así como de la
 Ley de Amparo


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Los principios rectores del amparo -Dr. Francisco Xavier García Jímenéz

  • 1. MAESTRÍA DE DERECHO DE AMPARO DR. FRANCISCO XAVIER GARCÍA JIMÉNEZ 1
  • 2. DIVISIÓN DE PODERES  La libertad humana es el elemento más preciado del hombre después de la vida, es indispensable para vivir, crear y desarrollarse, es lo que motiva al hombre a derribar todo aquello que interfiera con ella. 2
  • 3.  El principio de supremacía constitucional hace que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encuentre en la cúspide del sistema jurídico nacional. Sobre ella ninguna otra ley ni acto de autoridad puede existir. Constituye la base del estado de Derecho 3
  • 4. LA SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN  Todo derecho que emana de la Constitución constituye la patente de vigencia de supremacía de la norma, de acuerdo con el artículo 133 sobre la cual no existe ningún otro ordenamiento legal por encima de ella que tenga validez 4
  • 5. PRINCIPIO DE RIGIDEZ CONSTITUCIONAL  Este principio prohíbe que la Carta Magna sea reformada libremente, ya que para ello se requiere de un procedimiento en que actúa el Congreso de la Unión y la legislatura de los estados, requiriéndose de dos terceras partes de los miembros que la integran el primero y por mas de la mitad de los segundos 5
  • 6. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES O FUNDAMENTALES DEL JUICIO DE AMPARO  Representan las reglas que dan forma al juicio de garantías, regulando los aspectos de procedencia, competencia, forma de tramitación, reglas de resolución y efectos de la sentencia que se dicte 6
  • 7. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES  Estos han nacido junto con el propio juicio de amparo, y otros se han creado a lo largo de su evolución, fundamentándose en la propia Constitución en los artículos 103 y 107 que han dado lugar a la ley de la materia (Ley de Amparo) 7
  • 8. PRINCIPIO DE COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE LA FEDERACIÓN PARA CONOCER DEL AMPARO  Como medio de control constitucional por órgano judicial, es conocido por tribunales que integran al Poder Judicial de la Federación 8
  • 9. EL PODER JUDICIAL FEDERAL Se integra por:  Suprema corte de Justicia  Tribunal Federal Electoral  Tribunales Colegiados de Circuito  Tribunales Unitarios de Circuito  Juzgados de Distrito  Consejo de la Judicatura Federal 9
  • 10. PRINCIPIO DE PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA ACTOS DE AUTORIDAD  Se entiende por autoridad, a las personas que desarrollan actos en cumplimiento de sus funciones de gobierno, frente a los gobernados. 10
  • 11.  Las personas pueden integrar al gobierno propiamente o a un órgano descentralizado, por lo que la autoridad es aquel organismo que la ley faculta para emitir actos unilaterales y que deban ser obedecidos por los gobernados al estar respaldados por el imperio del Estado 11
  • 12. PRINCIPIO DE PARTE AGRAVIADA  Este principio implica que el juicio de amparo jamás se iniciará de forma oficiosa u automática por parte de las autoridades para conocer de él; requiere que aquella persona que crea verse afectada por una ley o acto de alguna autoridad reclame dicha violación vía judicial 12
  • 13.  El agraviado es la persona que teniendo la calidad de gobernado, resiente en su esfera jurídica, los efectos de un acto de autoridad, que han dañado, lesionado o vulnerado un derecho de forma directa y personal. Al ejercer su derecho de demandar dicha reparación adquiere la condición de quejoso 13
  • 14.  El amparo debe ser iniciado por la demanda que haga valer la persona que ha sido afectada por un acto de autoridad, quien podrá impugnar el acto reclamado por si mismo, por medio de su apoderado o representante legal o por cualquier otra persona siempre que aparezca como quejoso la persona que haya resentido los efectos del agravio 14
  • 15.  Con motivo de este principio, el juicio de amparo adquiere la condición de medio de control constitucional por órgano judicial, permitiendo que los tribunales federales conozcan de la controversia respectiva, debido a que el agraviado por el acto de autoridad, insta para que el Tribunal Federal entre en conocimiento y resuelva conforme a Derecho 15
  • 16. AGRAVIO PERSONAL Y DIRECTO  Se integra por la lesión, daño o agravio a un gobernado por parte de un acto de autoridad en el que de forma directa afecta su esfera personal en el ámbito de sus derechos emanados y consagrados por la Carta Magna 16
  • 17. PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD  Es la base principal que rige la procedencia del juicio de amparo en el que antes de iniciar su procedimiento jurisdiccional, se debe agotar previamente todos y cada uno de los recursos ordinarios de impugnación que establezca la ley de la materia correspondiente al agravio 17
  • 18.  Este principio opera exclusivamente en relación a los recursos ordinarios o medios legales de defensa que tiendan a anular, invalidar, revocar o modificar el acto de autoridad, mismos que debieron haberse realizado en tiempo y forma establecidos por la ley de la materia respectiva en todas sus partes 18
  • 19. PRINCIPIO DE PROSECUCIÓN JUDICIAL  Este principio exige que todos los juicios de amparo se substancien respetando las diversas reglas que se encuentran inscritas en la Constitución, como las que dan forma a la Ley de Amparo 19
  • 20.  Los jueces federales están sujetos a tramitar el amparo atendiendo y respetando en todo tiempo las disposiciones legales, con lo que todos los juicios tendrán el mismo trámite, sin que quede al arbitrio del juez el procedimiento del juicio de garantías. 20
  • 21. PRINCIPIO DE ESTRICTO DERECHO  Este principio obliga a los jueces de amparo a estudiar exclusivamente la controversia que haya sido planteada ante ellos, resolviendo con base en las consideraciones vertidas por el quejoso en su demanda y no analizando el acto de autoridad en cuanto a su constitucionalidad 21
  • 22.  Por virtud de este principio, el juez debe estudiar el acto y defender la Constitución, estudiando únicamente los conceptos de violación que haya expresado el quejoso en su demanda o los agravios esgrimidos en los escritos de recursos 22
  • 23. PRINCIPIO DE SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE  Una de las excepciones al principio de estricto derecho que dan forma a la suplencia de la deficiencia de la queja, es que opera exclusivamente en relación a los conceptos de violación de la demanda de amparo 23
  • 24.  Y de los agravios esgrimidos en los escritos de recursos, sin que otro punto de dicho libelo pueda se materia de la suplencia, a menos que se trate de amparo agrario en que también se suple la deficiencia del señalamiento del acto reclamado por el quejoso 24
  • 25. PRINCIPIO DE LA RELATIVIDAD DE LAS SENTENCIAS  Este principio implica que la ejecutoria en que se otorgue el amparo y laa protección de la justicia federal, solamente beneficiará a quien haya comparecido ante el juez federal en demanda de la declaratoria de inconstitucionalidad del acto reclamado 25
  • 26. TRABAJO DE INVESTIGACIÓN  Conforme a la reforma constitucional y modificación a la Ley de Amparo, el principio de relatividad de las sentencia se modifico. ¿En qué consistieron las modificaciones? ¿Cómo beneficiaron a los gobernados? ¿Cómo se deben tramitar los beneficios ante las autoridades federales? 26
  • 27. Realizar un análisis y posteriormente comentar  Hacer una reseña ejecutiva de las reformas constitucionales en relación al juicio de amparo, así como de la Ley de Amparo 27