1. La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está
conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye
el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La
base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y
carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten
resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
El Derecho efectivo positivo está formado por
las leyes, normativas, reglamentos y resoluciones creadas por el Estado para la
conservación del orden social. Se trata de normas cuyo cumplimiento es obligatorio para
todos los ciudadanos.
El Derecho subjetivo , en cambio, es la facultad propia de un sujeto para realizar o no una
cierta conducta. Se trata de la potestad que el hombre tiene, en conformidad con una
norma jurídica, para desarrollar su propia actividad frente a otro.
2. La Publicidad es el conjunto de estrategias con las que una empresa da a conocer sus productos
a la sociedad. La publicidad utiliza como principal herramienta los medios de comunicación,
estos son tan diversos y tienen tanta expansión e impacto en el público en general que son
fundamentales para el comercio en general. Si un producto no es publicitado, difícilmente las
personas lo conocerán y se referirán a él como algo de buena calidad respecto al nombre que
posee. La publicidad es una estrategia de marketing para posicionar los productos en el
mercado global, su participación en la expansión de las empresas es precisa y necesaria.
Tipos de publicidad
Publicidad de productos
Este tipo de publicidad está pensada para dar a conocer las características y ventajas de
un producto. Se utiliza cuando se quiere sacar al mercado un nuevo producto o servicio,
anunciar cambios en los ya existentes o aumentar las ventas de los mismos. Por este
motivo, siempre deben reflejar los intereses del público objetivo al que va dirigida.
Publicidad corporativa
Este tipo de campañas publicitarias tienen un gran peso en al estrategia de las empresas
que ofrecen productos o servicios para otras empresas. La publicidad corporativa ayuda a
generar confianza en los clientes actuales y a atraer a otros nuevos a través de un mensaje
enfocado en las bondades de la empresa, sus recursos, su posición en el mercado y su
estabilidad económica.
Publicidad de respuesta directa.
3. Publicidad de respuesta directa
Este tipo de publicidad tiene por objetivo que los consumidores faciliten sus datos,
generalmente a cambio de un incentivo como un regalo gratis o un descuento. La
información obtenida resulta muy valiosa para crear futuras campañas. No obstante,
este tipo de campañas también pueden ser utilizadas para vender los productos
directamente a los clientes. En este caso, la información sobre el producto se incluye en
el anuncio junto con el precio y los datos de contacto que se solicitan.
Publicidad financiera
Las campañas de publicidad financiera son muy útiles para recaudar fondos cuando se
quiere hacer crecer el negocio o llevar acabo una inversión importante. Este tipo de
publicidad puede publicarse en forma de anuncio en los medios tradicionales o en la
red, dando a conocer la marca entre analistas, accionistas, inversores potenciales y
asesores. Además, suelen publicarse los resultados financieros, las novedades,
contratos importantes o lanzamientos de nuevos productos para mantener a la
audiencia informada sobre la actividad de la misma.
4. DERECHOS DEL CONSUMIDOR Y PUBLICIDAD La Ley General para la defensa de los
consumidores y usuarios determina que:
- El contenido de la publicidad podrá ser exigido por los consumidores y usuarios siempre.
- Las prestaciones, condiciones y garantías son exigibles aunque no figuren expresamente
en el contrato. - Las cláusulas y condiciones que se apliquen a la oferta, a la promoción y a
la venta, deben ser claros, concretos y sencillos.
- La publicidad debe cumplir siempre el derecho de los consumidores a una información
cierta, eficaz, veraz y objetiva. Debe ser veraz, sobre todo en : - Origen, naturaleza,
composición y finalidad de lo ofrecido. - Categoría, calidad y cantidad. - Peligrosidad y
cualquier circunstancia especial. - Precio o presupuesto. - La oferta, promoción o
publicidad ilícitas, serán perseguidas y sancionadas como fraude.
5. La publicidad ilícita
El concepto de publicidad ilícita engloba las siguientes categorías: - La publicidad que
atente contra la dignidad de las personas o contra los valores y derechos reconocidos en
la Constitución, especialmente en lo que se refiere a la infancia, la juventud y a la mujer.
- La publicidad engañosa que es la que de algún modo, incluida su presentación, puede
inducir a error a sus destinatarios y afectar a su comportamiento económico. También es
engañosa la publicidad que silencie datos fundamentales de un producto o servicio si
dicha omisión induce a error a los destinatarios de la publicidad. La publicidad engañosa,
está tipificada como infracción administrativa por fraude al consumidor y puede ser
sancionada por ello.
6. - La publicidad desleal la que tiene como objeto desacreditar o menospreciar a otra
empresa de la competencia. También es desleal la que se aprovecha del nombre, marca
y prestigio de un producto o servicio para imitarlo de algún modo: en el nombre,
envase, etc. y producir error o confusión en el destinatario. La publicidad desleal que
provoque error en el consumidor también está tipificada como infracción administrativa
por fraude al consumidor y puede ser sancionada por ello.
- - La publicidad subliminal aquella que utiliza métodos que se basan en que el
destinatario no es consciente de que se emite publicidad pero siente el estímulo de
consumir un determinado producto. Es muy difícil de probar y para algunos expertos no
existe. La Ley por si acaso, la incluye dentro de la publicidad ilícita.
- - La publicidad encubierta en televisión. La Ley que rige las emisiones de televisión
prohíbe utilizar nombres de marcas comerciales en carteles y decorados o hablar de
ellas si no es indicando claramente que se trata de un espacio publicitario dentro del
programa que se esté emitiendo. Para ello debe anunciarse claramente e indicarse
expresamente en pantalla que se está haciendo publicidad.
7. ¿Qué es Derecho de Autor?
El Derecho de Autor es el sistema jurídico
por el cual se concede a los autores
derechos morales y patrimoniales sobre sus
obras, en cumplimiento a lo dispuesto por la
Constitución del Ecuador y la Declaración
Universal de los Derechos Humanos.
Las obras protegidas comprenden, entre
otras, las siguientes: novelas, poemas, obras
de teatro, periódicos, programas
informáticos, bases de datos, películas,
composiciones musicales, coreografías,
pinturas, dibujos, fotografías, obras
escultóricas, obras arquitectónico,
publicidad, mapas, dibujos técnicos, obras
de arte aplicadas a la industria.
El uso de una obra sin la autorización
expresa de su autor es considerado ilegal y
puede ser castigado con multas e incluso
prisión.
Marcas y Patentes
Registro de una marca
La marca es el signo que hace que un
producto o servicio se distinga de otro
(s) de su mismo tipo y/o clase. Al llevar
a cabo un registro de marca no significa
que deberá de realizarse el producto o
servicio obligatoriamente por el hecho
de haber realizado el trámite. Es
recomendable lleva a cabo el trámite ya
que con éste se obtiene el uso exclusivo
de uso en todo el país por tiempo
indefinido.
El registro no solamente se puede hacer
de marca, si no que también se puede
llevar a cabo el registro de avisos
comerciales, lemas de negocios
(slogans), así como nombres
comerciales.