2. TRANSFORMACION
TRANSFORMACION
la Empresa se convierte en otro
tipo de Sociedad, pero
conservando su personería
Jurídica, obligando a la nueva
sociedad creada a asumir el Activo
y obligaciones
3. Aumentar el capital
Modificar la responsabilidad
Cambiar el giro
Ganar prestigio
Ampliar el volumen económico y financiero para obtener mayor
rentabilidad.
CAUSAS DE UNA TRANSFORMACIONCAUSAS DE UNA TRANSFORMACION
4. REQUISITOSREQUISITOS
1. Acuerdo unánime de los socios para
transformar la Sociedad.
2. Confeccionar el Balance general cerrado al día anterior
del acuerdo.
3. Redactar el acuerdo de transformación.
4. Publicación por un día en el Diario oficial de la Ciudad
5. Inscribir el acuerdo incluyendo copia de Balance, en
los Registros Públicos.
5. DERECHO DEL SOCIO A SEPARARSEDERECHO DEL SOCIO A SEPARARSE
OPOSICION DE ACREEDORESOPOSICION DE ACREEDORES
BALANCE DE TRANSFORMACIONBALANCE DE TRANSFORMACION
VIGENCIA DE LA TRANSFORMACIONVIGENCIA DE LA TRANSFORMACION
6. ASPECTO TRIBUTARIOASPECTO TRIBUTARIO
PROCESO CONTABLE DE TRANSFORMACIONPROCESO CONTABLE DE TRANSFORMACION
• Preparar el Balance de Situación de la Empresa al inicio del proceso.
• Reabrir las cuentas contables al inicio del proceso de transformación.
• Realizar los asientos contables de ajustes. Como son: disminución del
capital en caso el socio retire, pago a proveedores, regularización de
inventarios, etc.
• Registrar estas operaciones en el Libro diario, mayor y determinar al final
el Balance de transformación.
• Se realizará la transferencia de los activos y pasivos a la nueva sociedad.-
• Se recepciona contablemente las acciones o participaciones de la nueva
sociedad ya transformada.
• Se seguirán los mismos libros contables hasta que se terminen su registro,
luego aperturar nuevos libros contables con el nombre de la nueva
Sociedad.
Sigue afectos al I. R. e IGV.
7. TRANSFORMACION DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EN S.A.C.:
Con fecha 1 de junio del 2010 se pide transformar COMERCIAL AGROPECUARIA DEL NORTE S.R.L. en una
Sociedad Anónima cuyo nombre será COMERCIAL AGROPECUARIA DEL NORTE S.A.
Datos Adicionales:
• Hubo un faltante de mercadería de S/.2,000
• CTS por regularizar por S/, 3,000
TRANSFORMACION DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EN S.A.C.:
Con fecha 1 de junio del 2010 se pide transformar COMERCIAL AGROPECUARIA DEL NORTE S.R.L. en una
Sociedad Anónima cuyo nombre será COMERCIAL AGROPECUARIA DEL NORTE S.A.
Datos Adicionales:
• Hubo un faltante de mercadería de S/.2,000
• CTS por regularizar por S/, 3,000
COMERCIAL AGROPECUARIA DEL NORTE S.R.LTDA
BALANCE GENERAL AL 31 DE MAYO DEL 2010
Expresados en Nuevos Soles
ACTIVO PASIVO
Activo Corriente: Pasivo Corriente:
CAJA Y BANCOS 40,000.00 PROVEEDORES 30,000.00
CLIENTES 35,000.00 Letras por pagar 30,000.00
Letras por Cobrar 32,000.00 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 10,000.00
Cobranza dudosa 3,000.00 Otras cuentas por pagar diversas 10,000.00
CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 12,000.00 BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES 20,000.00
PROVISION PARA CUENTAS DE COBRANZA
DUDOSA -3,000.00 CTS 20,000.00
MERCADERIAS 70,000.00 Total Pasivo corriente S/. 60,000.00
Total Activo Corriente S/. 154,000.00
Patrimonio
Neto:
Activo No Corriente: CAPITAL 60,000.00
INMUEBLES MAQ. Y EQUIPOS 55,000.00 RESERVAS 20,000.00
Unid. De Transportes 40,000.00 RESULTADOS ACOMULADOS 34,000.00
8. COMERCIAL AGROPECUARIA DEL NORTE S. A. C.
BALANCE GENERAL AL 30 DE JUNIO DEL 2010
Expresados en Nuevos Soles
ACTIVO PASIVO
Activo Corriente: Pasivo Corriente:
CAJA Y BANCOS 40,000.00
PROVEEDORE
S 30,000.00
CLIENTES 35,000.00 Letras por pagar
30,000.0
0
Letras por Cobrar 32,000.00 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 10,000.00
Cobranza dudosa 3,000.00 Otras cuentas por pagar diversas
10,000.0
0
CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 12,000.00 BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES 23,000.00
PROVISION PARA CUENTAS DE COBRANZA
DUDOSA -3,000.00 CTS
20,000.0
0
MERCADERIAS 68,000.00 Total Pasivo corriente S/. 63,000.00
Total Activo Corriente S/. 152,000.00
Patrimonio
Neto:
Activo No Corriente: CAPITAL 60,000.00
INMUEBLES MAQ. Y EQUIPOS 55,000.00 RESERVAS 20,000.00
Unid. De Transportes 40,000.00 RESULTADOS ACOMULADOS 29,000.00
Muebles y Enseres 15,000.00 Total Patrimonio S/. 109,000.00
DEPREC. Y AMORTIZ.
ACOMULABLE -35,000.00
Total Activo No Corriente S/. 20,000.00
9. Es el proceso mediante el cual dos o más Sociedades cualquiera sea su razón
social, previa extinción de la personería Jurídica de estas, reúnen sus
patrimonios y dan nacimiento a una nueva Sociedad.
Es el proceso mediante el cual dos o más Sociedades cualquiera sea su razón
social, previa extinción de la personería Jurídica de estas, reúnen sus
patrimonios y dan nacimiento a una nueva Sociedad.
FUSIONFUSION
CLASES DE FUSION:
• FUSIÓN PARA FORMAR UNA NUEVA SOCIEDAD
2. POR ABSORCIÓN
CLASES DE FUSION:
• FUSIÓN PARA FORMAR UNA NUEVA SOCIEDAD
2. POR ABSORCIÓN
VENTAJAS DE LA FUSION:
• Permite conocer las actividades de dos o más empresas distintas.
• Se evita la competencia entre las mismas sociedades.
• Permite competir con otras sociedades poderosas.
• Se logra mayor capitalización para hacer frente a las obligaciones
• Optimiza los gastos por duplicidad de actividades.
10. REQUISITOSREQUISITOS 1. Acuerdo unánime de los socios para transformar la
Sociedad.
2. Confeccionar el Balance general cerrado al día
anterior del acuerdo.
3. Redactar el acuerdo de fusión
4. Publicación 3 veces en el Diario oficial de la Ciudad
con intervalos de 5 días.
5. Inscribir el acuerdo incluyendo copia de Balance en los
Registros Públicos.
DERECHO DEL SOCIO A SEPARARSEDERECHO DEL SOCIO A SEPARARSE
OPOSICION DE ACREEDORESOPOSICION DE ACREEDORES
11. PROCESO DE FUSION:
1.Una vez obtenido el proyecto de fusión se convocará a una ASAMBLEA
GENERAL a todas las empresas participantes en la fusión, comunicándose a
estas con una anticipación de 10 días para ver el tema y determinar su
aprobación.
2.Al cabo de los 10 días cada sociedad participante (Socios, accionistas,
obligacionistas) deben recurrir a la Asamblea .
3.Transcurridos los 30 días de aprobación se gestiona el otorgamiento de la
ESCRITURA DE FUSION.
4.Cada Empresa absorbida formula un Balance un día antes de la entrada de
vigencia de la fusión y la Empresa absorbente centraliza los balances de las
demás y genera un BALANCE GENERAL al día de entrada en vigencia la fusión.
PROCESO DE FUSION:
1.Una vez obtenido el proyecto de fusión se convocará a una ASAMBLEA
GENERAL a todas las empresas participantes en la fusión, comunicándose a
estas con una anticipación de 10 días para ver el tema y determinar su
aprobación.
2.Al cabo de los 10 días cada sociedad participante (Socios, accionistas,
obligacionistas) deben recurrir a la Asamblea .
3.Transcurridos los 30 días de aprobación se gestiona el otorgamiento de la
ESCRITURA DE FUSION.
4.Cada Empresa absorbida formula un Balance un día antes de la entrada de
vigencia de la fusión y la Empresa absorbente centraliza los balances de las
demás y genera un BALANCE GENERAL al día de entrada en vigencia la fusión.
12. DIRIGIRDIRIGIR
ANULACION DE LA FUSIONANULACION DE LA FUSION
ASPECTO TRIBUTARIO:
Una vez entrada en vigencia la Fusión de la empresa, se comunicará a la SUNAT
este proceso dentro de los 05 días hábiles para obtener el RUC y se regirá
tributariamente de acuerdo a las normas del Impuesto a la Renta e Impuesto
General a las Ventas.
Las otras empresas extinguidas producto de esta fusión tienen plazo de 3 meses
para presentar su Declaración Jurada del Impuesto a la Renta (Balance General)
ASPECTO TRIBUTARIO:
Una vez entrada en vigencia la Fusión de la empresa, se comunicará a la SUNAT
este proceso dentro de los 05 días hábiles para obtener el RUC y se regirá
tributariamente de acuerdo a las normas del Impuesto a la Renta e Impuesto
General a las Ventas.
Las otras empresas extinguidas producto de esta fusión tienen plazo de 3 meses
para presentar su Declaración Jurada del Impuesto a la Renta (Balance General)
Transcurrida 3 meses no se aprueba el proyecto de fusión, esta queda nula.Transcurrida 3 meses no se aprueba el proyecto de fusión, esta queda nula.
13. PROCESO CONTABLEPROCESO CONTABLE
FUSIONAR DOS EMPRESAS PARA FORMAR UNA NUEVA:
Se cuentan con 02 Balances de las Empresas: MONTOYA S. C. y DISTRIBUIDORA JM S.R.L. Se fusionan
formando una nueva sociedad con el nombre de COMERCIAL CHIMU S.A.C.
Datos adicionales (Empresa 01)
• Se cancelan los Beneficios sociales de los trabajadores en S/.3,000 pagándose con cheque.
• Se retira un socio que tiene una participación del 40%, pagándose con cheque.
16. ESCISION
Proceso mediante el cual una Empresa o Sociedad decide fraccionar su
patrimonio en dos o mas bloques para dar nacimiento a otras Sociedades ó
para conservar una de ellas.
ESCISION
Proceso mediante el cual una Empresa o Sociedad decide fraccionar su
patrimonio en dos o mas bloques para dar nacimiento a otras Sociedades ó
para conservar una de ellas.
RAZONES DE LA ESCISION:
• Especialización de Actividades.
• Establecer Alianzas estratégicas.
• Obtener beneficios Tributario.
RAZONES DE LA ESCISION:
• Especialización de Actividades.
• Establecer Alianzas estratégicas.
• Obtener beneficios Tributario.
CLASES DE ESCISION:CLASES DE ESCISION:
Escisión Total:
17. Escisión Parcial:
Vigencia de la Escisión:
La Escisión entra en vigencia después de aprobación el Proyecto de Escisión por las
Juntas generales de cada Empresa, previa inscripción de la Escritura Pública en los
Registros.
INSCRIPCION EN EL REGISTRO:
La Escritura se escisión se otorga después de los 30 días contados a partir de la última
aviso de publicación si no hubiera oposición
18. .
EJERCICIO CONTABLEEJERCICIO CONTABLE
CASO PRACTICO DE ESCION:
BAYER SAC con fecha 1 de junio del 2010 decide escindir su Patrimonio en dos bloques.
El primer bloque es transferido a la Empresa CHIMU SAC de la cual recibe 2400 acciones
de S/100 cada una y con el segundo bloque constituye la Empresa IMPORTADORA ACEX
SAC la cual emite 3255 acciones de S/.100 c/u. Todo el trámite se realiza ante el Notario
Cieza Urrelo.
21. DISOLUCIONDISOLUCION
FINFIN
CAUSAS DE DISOLUCION:
Causas Generales:
Vencimiento del plazo de duración de la Empresa (Sociedad Colectiva)
Continuada inactividad de la Junta General de la Sociedad.
Pérdidas contables constantes que reduzca el patrimonio neto en montos inferiores
Acuerdo de la Junta de acreedores.
Resolución adoptada por la Corte Suprema.
Acuerdo de la Junta General sin mediar causa legal o estatutaria.
CAUSAS DE DISOLUCION:
Causas Generales:
Vencimiento del plazo de duración de la Empresa (Sociedad Colectiva)
Continuada inactividad de la Junta General de la Sociedad.
Pérdidas contables constantes que reduzca el patrimonio neto en montos inferiores
Acuerdo de la Junta de acreedores.
Resolución adoptada por la Corte Suprema.
Acuerdo de la Junta General sin mediar causa legal o estatutaria.
Acto por el cual se pone punto final a las operaciones de la Empresa con sus
socios, clientes, proveedores, acreedores, etc. Entrando a un proceso de
liquidación.
Acto por el cual se pone punto final a las operaciones de la Empresa con sus
socios, clientes, proveedores, acreedores, etc. Entrando a un proceso de
liquidación.
22. Causas Específicas:
Por muerte o incapacidad sobreviviente de uno de los socios.
se disuelve cuando no queda ningún socio comanditario o ningún
socio colectivo, salvo que dentro del plazo de 6 meses haya sido
sustituido, el socio que falta.
se disuelve también si cesan en su cargo todos los administradores y
que dentro de los 6 meses no se ha designado el sustituto.
Causas Específicas:
Por muerte o incapacidad sobreviviente de uno de los socios.
se disuelve cuando no queda ningún socio comanditario o ningún
socio colectivo, salvo que dentro del plazo de 6 meses haya sido
sustituido, el socio que falta.
se disuelve también si cesan en su cargo todos los administradores y
que dentro de los 6 meses no se ha designado el sustituto.
CONVOCATORIA AL ACUERDO DE DISOLUCION:
Lo convoca el Gerente, socio o Administrador.
DISOLUCION A SOLICITUD DEL PODER JUDICIAL:
Por alterar el orden público o las buenas costumbres
PUBLICACACION E INSCIPCION DEL ACUERDO DE DISOLUCION:
CONVOCATORIA AL ACUERDO DE DISOLUCION:
Lo convoca el Gerente, socio o Administrador.
DISOLUCION A SOLICITUD DEL PODER JUDICIAL:
Por alterar el orden público o las buenas costumbres
PUBLICACACION E INSCIPCION DEL ACUERDO DE DISOLUCION:
23. LIQUIDADORES:
LIQUIDACIONLIQUIDACION
1. La junta general, los socios o en su caso el Juez designa a los liquidadores.
2. Si los liquidadores no asumen el cargo dentro de 5 días, se convoca
nuevamente a los sustitutos.
3. El cargo de liquidador es remunerado.
4. Los liquidadores pueden ser P. N. ó P.J.(Representante)
5. Los socios que representen la décima parte del capital social tienen derecho
a designar un representante que vigile las operaciones de liquidación.
Disuelta la sociedad se abre el periodo de liquidación, a cargo
de los liquidadores agregando en la razón social “en
liquidación”.
24. FUNCIONES DE LOS LIQUIDADORES
1. Formular el inventario, Estados Financieros y demás cuentas al día en que se inicie
la liquidación.
2. Los liquidadores tiene la facultad solicitar el apoyo de los directores o
administradores en la formulación de documentos.
3. Llevar y custodiar los libros y correspondencia de la sociedad en liquidación y
entregarlas a la persona que habrá que conservarlas luego de la extinción de la
Sociedad.
4. Velar por la integridad del patrimonio de la sociedad.
5. Realizar las operaciones pendientes y las nuevas que sean necesarias para la
liquidación de la sociedad.
6. Exigir el pago de los créditos y dividendos pasivos existentes al momento de
iniciarse la liquidación.
7. Generar transacciones y asumir compromisos y obligaciones que sean necesarias
en el proceso de liquidación.
8. Pagas a los acreedores, proveedores y a los socios.
9. Convocar a la Junta general cuando lo considere necesario para el proceso de la
liquidación.
1. Formular el inventario, Estados Financieros y demás cuentas al día en que se inicie
la liquidación.
2. Los liquidadores tiene la facultad solicitar el apoyo de los directores o
administradores en la formulación de documentos.
3. Llevar y custodiar los libros y correspondencia de la sociedad en liquidación y
entregarlas a la persona que habrá que conservarlas luego de la extinción de la
Sociedad.
4. Velar por la integridad del patrimonio de la sociedad.
5. Realizar las operaciones pendientes y las nuevas que sean necesarias para la
liquidación de la sociedad.
6. Exigir el pago de los créditos y dividendos pasivos existentes al momento de
iniciarse la liquidación.
7. Generar transacciones y asumir compromisos y obligaciones que sean necesarias
en el proceso de liquidación.
8. Pagas a los acreedores, proveedores y a los socios.
9. Convocar a la Junta general cuando lo considere necesario para el proceso de la
liquidación.
25. ASPECTO TRIBUTARIO
Se deben presentar los balances producto de la liquidación
ASPECTO TRIBUTARIO
Se deben presentar los balances producto de la liquidación
FIN DE LA FUNCION DE LOS LIQUIDADORES:
Por haberse realizado la liquidación.
Por la remoción por parte de la Junta General ó renuncia del liquidador. (Para que
surta efecto la remoción o renuncia el liquidador debe ser sustituido).
Resolución judicial emitida a solicitud de los socios.
FIN DE LA FUNCION DE LOS LIQUIDADORES:
Por haberse realizado la liquidación.
Por la remoción por parte de la Junta General ó renuncia del liquidador. (Para que
surta efecto la remoción o renuncia el liquidador debe ser sustituido).
Resolución judicial emitida a solicitud de los socios.
CADUCIDAD DE RESPONSALIDAD DEL LIQUIDADOR:
La responsabilidad del liquidador caduca a los 02 años contados desde la
terminación del cargo o desde el día en que se inscribe la extinción de la
Sociedad en Registros Públicos.
CADUCIDAD DE RESPONSALIDAD DEL LIQUIDADOR:
La responsabilidad del liquidador caduca a los 02 años contados desde la
terminación del cargo o desde el día en que se inscribe la extinción de la
Sociedad en Registros Públicos.
26. CASO PRACTICO:
Los liquidadores Huerto, Gamboa y Guzmán, con fecha 05 de marzo del 2010
inician el proceso de liquidación de la Empresa TRANSPORTES JAICOB S.A.C.
CASO PRACTICO:
Los liquidadores Huerto, Gamboa y Guzmán, con fecha 05 de marzo del 2010
inician el proceso de liquidación de la Empresa TRANSPORTES JAICOB S.A.C.
27. NOTA: La distribución del producto de la liquidación se determina de la siguiente forma:
Dinero en cuenta liquidación 12,578
Menos Impuesto a la Renta a pagar -1,673
_______
Para los Accionistas S/. 10,905
NOTA: La distribución del producto de la liquidación se determina de la siguiente forma:
Dinero en cuenta liquidación 12,578
Menos Impuesto a la Renta a pagar -1,673
_______
Para los Accionistas S/. 10,905
28. EXTINCION DE SOCIEDADES
Una vez realiza la distribución del haber social, la extinción se inscribe en el
Registro Público y dicha solicitud se presenta con la firma de los liquidadores
indicando como se ha dividido dicho haber social.
EXTINCION DE SOCIEDADES
Una vez realiza la distribución del haber social, la extinción se inscribe en el
Registro Público y dicha solicitud se presenta con la firma de los liquidadores
indicando como se ha dividido dicho haber social.
CADUCIDAD DE COMPROMISO:
El tiempo para que el acreedor pueda exigir que le paguen sus
deudas pendientes frente a los socios, accionistas y frente a los
liquidadores caduca a los dos años de la inscripción de la extinción
en los Registros Públicos,
CADUCIDAD DE COMPROMISO:
El tiempo para que el acreedor pueda exigir que le paguen sus
deudas pendientes frente a los socios, accionistas y frente a los
liquidadores caduca a los dos años de la inscripción de la extinción
en los Registros Públicos,