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del Medio Ambiente”
Docente:
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2012 Dra. Yocasta S. Valenzuela A
2. Charles Alexander Kiss define el derecho internacional ambiental
como:
“La más nueva de las ramas del derecho internacional que
comprende aquellas normas jurídicas internacionales cuyo
propósito es proteger el medio ambiente y que tiene por objetivo
la protección de la biosfera de un deterioro mayor que podría
poner en peligro su funcionamiento presente y futuro.”
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3. En primer término se puede entender al derecho internacional del
Medio Ambiente como:
“El conjunto de principios y normas jurídicas que tienen por objeto la
preservación, conservación y mejoramiento del ambiente dentro y
fuera de los límites territoriales de los Estados”.
Algunos conceptos de Derecho Internacional del Medio Ambiente
Es importante subrayar que es a través de los Tratados y los Actos
Internacionales que, como expresión de la voluntad de los Estados, se
introduce el Derecho de Medio Ambiente como un Derecho Humano.
Humano
La necesidad de afrontar problemas ambientales en forma colectiva se
expresa en el hecho de que en la actualidad se cuentan con mas
aproximadamente de 960 instrumentos jurídicos, vinculantes y no
vinculantes.
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4. El Derecho Internacional contemporáneo contempla como una de sus
funciones principales la protección del Medio Ambiente en cuanto interés
general de la comunidad internacional en su conjunto, que no puede ser
abordado de modo unilateral por los Estados y que se concreta en la
existencia de una serie de normas que limitan el ejercicio de la soberanía.
Este desarrollo del Derecho Internacional del Medio Ambiente se da en
virtud de la necesidad de protección de bienes jurídicos de interés macro
colectivos o de dimensión universal.
Ya Friedmann, había puesto de manifiesto la existencia de distintos niveles
del Derecho Internacional distinguiendo dos tipos de derecho internacional:
*De coexistencia y
*De cooperación, ubicándose dentro de este último tipo el derecho
internacional del medio ambiente.
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5. Antecedentes del Derecho Internacional del Medio
Ambiente
El DIMA se remonta a la década de los años sesenta…[la finalidad
principal de estos Convenios Internacionales era el valor económico de
los recursos naturales y no esencialmente la protección de dichos
recursos y del medio ambiente. Por ello, se afirma que el inicio del DIMA
tiene un enfoque económico y una perspectiva antropocéntrica].
Momentos que marcan la protección del medio ambiente:
La Declaración de Estocolmo de 1972.
La Carta de la Naturaleza de 1982. (Resolución que acentúa la
importancia de la naturaleza para la existencia del hombre.)
La Cumbre de Río de 1992, dedicada al medio ambiente y al desarrollo.
La Cumbre Mundial para el Desarrollo Sostenible del 2002.
Sin dejar de Mencionar la Declaración del Milenio del 2000 cuya objetivo
7 está destinado al Desarrollo Sostenible y a la Protección del Medio
Ambiente.
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6. Organizaciones del Derecho Internacional del Medio
Ambiente
Según Ramón Martín Mateo, existen dos tipos de organizaciones
que a estos niveles inciden en la tutela ambiental:
Las de carácter general incluidas en el Sistema de las Naciones
Unidas.
Las destinadas a sectores concretos creados por Tratados
internacionales específicos, los órganos de las grandes Convenciones
Internacionales de Medio Ambiente.
Las de carácter general incluidas en el Sistema de las Naciones
Unidas:
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA),
con sede en Nairobi, Kenia, que tiene algunas ramificaciones como la
establecida en México para América Latina y el Caribe, que tiene a su
cargo la red de formación ambiental en este ámbito.
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7. Otras instituciones
• Organización Mundial para la Salud (OMS).
• Organización Marítima Internacional (OMI)
• Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura (UNESCO) y su Comisión Oceanográfica Intergubernamental
(COI), Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, mejor conocido
como Banco Mundial (BM), gestiona con el PNUMA y el PNUD el Fondo
para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), también conocido como Global
Environment Facility (GEF).
• Agencia Internacional para la Energía Atómica (AIEA).
• Grupo de Expertos y Aspectos Científicos de la Contaminación Marina
(GESAMP).
• Grupo Internacional para el Cambio Climático que agrupa a las Agencias
con incidencia en esta materia (IPCC).
8. Las destinadas a sectores concretos creados por Tratado
Internacionales específicos:
Órganos permanentes creados por los convenios internacionales: una
Secretaría Permanente, una Conferencia de las Partes y un Comité
Científico y Tecnológico, entre otros, con la misión de dar seguimiento
a los compromisos contraídos por las Partes, como en el caso del
Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y el
Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos
Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.
Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).
Organizaciones no gubernamentales (ONGs)
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9. ¡Gracias!
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