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ENJ-200: Procedimiento Administrativo, Desde la Perspectiva Ambiental (Dra. Marisol Castillo)
- 1. Procedimiento Administrativo
Desde la perspectiva Ambiental
Lunes 18 de Junio del 2012
Docente: Dra. Marisol Castillo
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2012
- 2. Ley General Sobre Medio Ambiente y Recursos
Naturales
Considera la legislación existente hasta la fecha
Tiene principios
Tiene sus objetivos
Crea la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y
Recursos Naturales, actual Ministerio de Medio Ambiente
y Recursos Naturales (Ministerio Ambiente)
Contenido
Reorganiza las instituciones existentes
Dispone de instrumentos de gestión del
desarrollo sostenible
Crea sanciones administrativas y jurídicas
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- 3. Objetivos
Ley No. 64-00, General Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales,
de fecha 18 de Agosto del 2000
Es el marco jurídico que tiene por objetivo establecer las normas y
políticas ambientales para la conservación, protección,
mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos
naturales, buscando alcanzar el desarrollo sostenible del país.
Previene, regula y controla cualquiera de las causas y actividades
que generen deterioro al medio ambiente, con el propósito de
evitar la degradación o destrucción del patrimonio natural y
cultural.
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- 4. Objetivos
Ley No. 64-00, General Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales,
de fecha 18 de Agosto del 2000
Establece los medios, formas y oportunidades para la conservación y el
uso sostenible de los recursos naturales.
Promueve la utilización correcta del espacio físico a través de un
ordenamiento territorial.
Propicia un ambiente sano que contribuya al sostenimiento de la salud y
prevención de las enfermedades (Art.15)
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- 5. Instancias Creadas por la Ley 64-00
Cinco Viceministerios (Arts. 20-23) Nuevo Marco
Institucional
El Consejo Nacional de MA y RN (Art. 19)
Oficina Sectorial de Planificación y Programación (Art. 21)
Sistema Nacional de Gestión Ambiental (Arts. 24-26)
El Fondo Nacional del MA y RN (Arts. 71-75)
Unidades de Gestión Ambiental Municipales y Sectoriales (Arts. 24-26)
Procuraduría para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales
(Arts. 165-166)
Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA) o “Policía Ambiental
(Decreto 1194-00 d/f 13-Nov-00)
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- 6. Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos
Naturales
Normativa Ambiental Posterior (1/2)
• De Calidad de Aire y Control de Emisiones
• Sobre Calidad de Agua y Control de Descargas
• Para la Gestión Ambiental de Residuos Sólidos No
Peligrosos
• Para la Gestión Ambiental de Desechos Radiactivos
• Para la Protección Contra Ruidos
• Para Operaciones de Minería No Metálica
•Para la Gestión Ambiental de Marinas y Otras Facilidades
que Ofrecen Servicios a Embarcaciones Recreativas
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- 7. Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos
Naturales
Normativa Ambiental Posterior (2/2)
•
Para la Gestión Integral de Desechos Infecciosos
• Sobre Calidad de Aguas Subterráneas y Descargas al Subsuelo
• Para Estaciones de Servicios
• Del Sistema de Permisos y Licencias Ambientales
• Reglamento de Autorizaciones Ambientales (2-2-2011).
(Res. 02-11)
• Para el Registro y Certificación de Prestadores de Servicios
Ambientales
• De Evaluación de Impacto Ambiental
• Para Autorizar la Extracción de Materiales de la Corteza Terrestre
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- 9. Propósito Principal de
la Fiscalización Ambiental:
Lograr el cumplimiento de las leyes,
reglamentos y normas ambientales
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- 11. O esto…
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- 12. O esto…
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- 17. Monitoreo
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- 21. Mecanismo
S = [(A + B) * C] * D
Donde:
B = Componente ambiental C = Condición
S = Sanción de la sanción, socioeconómica
subdividido en: del infractor, ya
A= Bv = Daño ambiental a sea persona
Componente física o jurídica.
medio o recurso natural
procedimental
(según agenda verde)
de la sanción
D=Agravantes
Bm = Daño a la calidad del
ambiente (según
agenda marrón)
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- 22. “…Considerando: Que para realizar una efectiva gestión del medio
ambiente y los recursos naturales se hace necesario desconcentrar y
unificar las áreas de trabajo y funciones del Ministerio Ambiente
hacia todo el territorio nacional, como forma de potenciar los
impactos positivos de las mismas, en la población y organizaciones
de las diferentes provincias y municipios del país… ”
Resolución No. 011/2008, que crea las Direcciones Provinciales de
Medio Ambiente y Recursos Naturales, de fecha 21 de septiembre del
2008
(Tercer Considerando)
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- 23. Competencia
• Atribuciones a partir de las siguientes disposiciones legales:
-Ley General Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No. 64-00
-Reglamento para el Control, Vigilancia e Inspección Ambiental y la Aplicación
de Sanciones Administrativas
-Manual de Vigilancia e Inspección Ambiental
• Procedimientos para la Fiscalización:
-Sistema Nacional de Gestión Ambiental y Recursos Naturales
-Sistema Nacional de Áreas Protegidas
-Proceso de Evaluación Ambiental
-Emergencias Ambientales
-Protección, Conservación, Uso, Aprovechamiento y Calidad del Medio
Ambiente y los Recursos Naturales
-Aplicación de Sanciones Administrativas
-Responsabilidad Civil
-Otras Formas (Coordinación, Colaboración, Cooperación)
• Ejemplos y Desafíos
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- 24. Atribución Fiscalizadora según la
Ley 64-00
Instancias de Coordinación
Ministerio Ambiente
Unidades de Gestión Ambiental
Municipales y Sectoriales (UGAM’s)
Procuraduría para la Defensa del Medio
Ambiente y los Recursos Naturales
Servicio Nacional de Protección
Ambiental (SENPA) o “Policía
Ambiental”
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- 25. Atribución Fiscalizadora
de la ley 64-00
De las Competencias y Sanciones Administrativas
Art. 167.- El MINISTERIO AMBIENTE, queda
facultado para disponer diferentes medidas como
sanción administrativa:
Multa
Limitación o restricción de las actividades
Sujeción a modalidades o procedimientos
Decomiso
Incautación
Prohibición o suspensión temporal o provisional
Clausura parcial o total
Art. 168.- Las resoluciones administrativas
dictadas por el MINISTERIO AMBIENTE son
independientes de la responsabilidad civil o penal
que pudiera derivarse de las violaciones a la
presente ley.
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- 26. Reglamento para el Control, Vigilancia e
Inspección Ambiental y la Aplicación de
Sanciones Administrativas
Objetivos (Art. 1)
-Disponer los procedimientos para el control, vigilancia y las inspecciones
ambientales, estableciendo los medios, formas y procedimientos Administrativos
para la aplicación de las sanciones administrativas (…)
Principios (Art. 2)
-Transparencia, Legalidad, Control de la Discrecionalidad, Eficacia y Eficiencia,
Equidad e Imparcialidad, Prevención, Cumplimiento Voluntario, Del Debido
Proceso.
Definiciones Básicas (Art. 3)
-Acta de Inspección, Clausura, Daño Ambiental, Decomiso, Emplazamiento,
Incautación, Infracción Administrativa Ambiental, Informe Técnico, Inspección
de Seguimiento o Cumplimiento, Medidas de Prevención (…)
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- 27. Reglamento para el Control, Vigilancia e
Inspección Ambiental y la Aplicación de
Sanciones Administrativas
• De las Medidas de Prevención y Protección (Art. 10 al Art. 13)
Art. 10.- Los Inspectores están facultados a tomar las siguientes medidas:
a) Inmediata Suspensión;
b) Restricción Temporal;
c) Decomiso
d) Incautación
e) Ordenar la ejecución e implementación de medidas
f) Sujeción del desarrollo o realización de la actividad a condiciones y requisitos especiales.
Párrafos:
1) Incautaciones, Ratificadas mediante Resolución Administrativa;
2) Bienes Semovientes, Fungibles y Perecederos, podrán ser enajenados;
3) Especies Biodiversidad y Vida Silvestre, bajo algún tipo de protección, serán decomisados
inmediatamente y reubicados de conformidad a las disposiciones técnicas;
4) Podrán ser aplicadas en la primera Inspección,
5) Aplicar cualquiera de las medidas establecidas en el Art. 167 de la Ley No. 64-00.
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- 28. Reglamento para el Control, Vigilancia e
Inspección Ambiental y la Aplicación de
Sanciones Administrativas
De las Medidas de Prevención y Protección (Art. 10 al Art. 13)
Art. 11.- Las medidas de fiscalización ambiental, no se considerarán una
sanción administrativa sino una acción cautelar independiente del proceso
sancionador a que diera lugar una infracción administrativa.
Art. 12.- Se clasificarán las infracciones administrativas en leve, grave y
muy grave, conforme a los siguientes criterios:
1) Negligencia o imprudencia;
2) Inobservancia de las disposiciones administrativas ambientales;
3) Fragilidad;
4) Daños mitigables o no mitigables;
5) Daños persistentes o no persistentes;
6) Daños reversibles o irreversibles;
7) Daños puntuales o Daños extensos;
8) Daños a la salud humana.
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- 29. Reglamento para el Control, Vigilancia e
Inspección Ambiental y la Aplicación de
Sanciones Administrativas
• Sanciones Administrativas (Art. 16) Conforme a lo
establecido en el Art. 167 de la Ley No. 64-00, El
MINISTERIO AMBIENTE está facultada para disponer [...]
las siguientes medidas:
-Sanción Pecuniaria
-Decomiso
-Incautación
-Prohibición, Suspensión Temporal de Actividades [...]
-Limitación o Restricción de actividades [...]
-Sujeción de actividades a modalidades especiales[...]
-Clausura Parcial o Total
-Suspensión de Autorización Ambiental
-Cancelación de Autorización Ambiental
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- 30. Reglamento para el Control, Vigilancia e
Inspección Ambiental y la Aplicación de
Sanciones Administrativas
Del Procedimiento Sancionador: Establecido en los Art. 21 al
Art. 24, iniciando con la preparación del expediente por parte de
la Dirección Legal para la imposición de las sanciones
administrativas y su posterior notificación de la resolución
sancionadora al Administrado, fundamentando y motivando dicha
resolución deFundamentar la manera: las facultades
1. la siguiente decisión en
administrativas;
2. Una relación de los hechos que describan la situación de
la infracción;
3. Los daños que se hubieran producido o puedan producirse;
4. La gravedad de la infracción;
5. La reincidencia;
6. Relación entre los hechos y los artículos de la ley
aplicables a los ilícitos encontrados.
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- 31. Manual de Vigilancia e
Inspección Ambiental
Guía las funciones para fiscalizar el cumplimiento
ambiental:
Objetivos de la Vigilancia e Inspección (Art. 3 y 7)
Responsabilidades, Facultades y Deberes del Vigilante y del
Inspector (Art. 4 y 8)
Proceso de Vigilancia y de Inspección (Art. 5 y 9)
Instrumentos para la Vigilancia e Inspección (Art. 6 y 11)
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- 32. Vamos a hacer un breve
resumen de lo tratado…
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- 33. Reglamento para el Control,
Vigilancia e Inspección Ambiental y la Aplicación
de Sanciones Administrativas
Acta de
Del Procedimiento Sancionador Inspección
Cálculo de la Multa
Direcciones Provinciales
Viceministerios Informe de Inspección
Dirección Legal Remisión Expediente Sancionatorio
a la Dirección Legal
Elaboración Resolución Administrativa en la Dirección Legal
y Remisión al Viceministerio o Dirección Provincial
Notificación Resolución Administrativa por parte de la Dirección Provincial
y Remisión Ejemplar Notificado a la Dirección Legal
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- 34. Reglamento para el Control,
Vigilancia e Inspección Ambiental y la
Aplicación de Sanciones Administrativas
Del Procedimiento Sancionador Acta de Inspección
*Direcciones Provinciales Remisión de
Notificación a Cálculo de la Multa
*Dirección Legal la Dirección Legal
Dirección
Provincial
Notificación de
Resolución
Informe de Inspección
Administrativa al
Administrado
Remisión de Expediente
Sancionatorio
a la Dirección Legal
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- 36. Informe de Inspección de Ilícito
Ambiental, Identificación y Referencia
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- 41. Recursos de los particulares frente
a la administración pública.
CONCLUSIÓN Recurso Gracioso.- Este recurso que
es denominado indistintamente como
de gracia, de reconsideración,
gracioso, o de revocación
• La Sanción Administrativa es un acto administrativa, es interpuesto por
dictado a través del procedimiento ante la misma autoridad que ha
correspondiente que impone un mal dictado un acto administrativo, con
jurídico al administrado, privando, el propósito de que éste sea
limitando o restringiendo parte de sus revocado o reformado.
derechos o imponiendo ciertas Recurso Jerárquico.- Este recurso se
obligaciones de hacer o de no hacer, como conoce con los nombres de alzada,
consecuencia del incumplimiento de una gubernativo, jerárquico,
obligación legalmente predeterminada. administrativo, y se interpone por
ante funcionario de mayor jerarquía
Su diferencia con la Sanción Penal en relación con el que ha tomado la
estriba en el órgano llamado a apreciar y decisión impugnada.
aplicar la Sanción Administrativa es la
Administración. No pudiendo conllevar la El interesado tiene diez (10) días
privación de libertad, la cual debe para interponer este recurso.
imponerse por orden judicial en virtud de recurso jerárquico, que como se sabe
nuestro mandato constitucional. no es contencioso, se puede obtener
la suspensión, anulación o
modificación de los actos
Una vez notificada la resolución
administrativos ya que sus
sancionadora, el administrado o ente
decisiones no adquieren la autoridad
regulado se ajustará al procedimiento
de la cosa juzgada. Una vez la
establecido en la Ley 1494-47, del 2 de
Administración se pronuncia en
agosto de 1947, que establece la
relación al Recurso, si el
Jurisdicción Contenciosa Administrativa
interesado no está conforme dispone
en la República Dominicana, y a la Ley
de 30 días de plazo para apelar ante
No.13-07 que transfiere las funciones de
el Tribunal Contencioso-
la Cámara de Cuentas al Tribunal
Administrativo.
Contencioso Tributario.
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