2. LA SENTENCIA Definición. CLASIFICACION. Sentencias Definitivas, Previas y Mixtas. Sentencias Contradictorias y en Defecto. Sentencias Ordinarias y de Expediente. Sentencias Declarativas, Constitutivas, Condenatorias y Absolutorias. Sentencias en primera, Unica y Ultima Instancia.
3.
4. SENTENCIAS DEFINITIVAS Decide la instancia, pone fin a la contestación o resuelve con respecto a un incidente .EFECTOS. Tienen Autoridad de Cosa Juzgada Desapoderan al Juez en Relación a lo Fallado. Pueden impugnarse por la vía de recurso procedente.
6. IMPORTANCIA DE LA DISTINCION ENTRE LAS PREPARATORIAS Y LAS INTERLOCUTORIAS, A) El ejercicio de las vías de recurso es posible contra las sentencias interlocutorias antes de que intervenga sentencia definitiva mientras que en las preparatorias no es posible. B) Los medios de derecho que podían ser invocados contra la sentencia interlocutoria que ha adquirido la autoridad de la cosa juzgada no pueden ser invocados contra la sentencia definitiva dictada a consecuencia de ella.
7. EFECTOS DE LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA. A) Cuando se ordena una medida, el tribunal que la ha ordenado no puede retractarse y en consecuencia debe proceder a efectuarla. B) La sentencia interlocutoria debe de ejecutarse antes que el juez decida sobre el fondo. C) La sentencia interlocutoria, aunque prejuzga el fondo, no liga al juez.
8. SENTENCIAS PROVISIONALES. No resuelven el fondo del proceso sino que decide sobre medidas urgentes. Asuntos provisionales. No tienen Autoridad de Cosa Juzgada. SENTENCIAS MIXTAS. Resuelven una parte de lo principal y a la vez ordenan una medida de instrucción o provisional.
9. Es contradictoria la sentencia intervenida en un Procedimiento en que tanto el demandante como el demandado han presentado conclusiones. Es en defecto la sentencia intervenida en un Procedimiento en que el demandado no ha comparecido o en el que el demandante o el demandado han presentado conclusiones. SENTENCIAS CONTRADICTORIAS Y SENTENCIAS EN DEFECTO
10. Las Sentencias Ordinarias son las sentencias propiamente dichas, es decir, las que intervienen a título de decisión del juez, respecto de una diferencia real de intereses entre las partes. Las Sentencias de Expediente es la pronunciada respecto de un proceso entre las partes que han estado desde el principio o que han llegado a ponerse de acuerdo acerca de la cuestión sometida al tribunal. SENTENCIAS ORDINARIAS Y DE EXPEDIENTE
11. Las Sentencias Declarativas son las que comprenden la existencia de un derecho o de una situación jurídica. Por ej. La que se dicta en ocasión de una Verificación de Escritura o en un Saneamiento. Las Constitutivas son aquellas por medio de las cuales es creada una situación jurídica, bien sea modificando un estado de cosas anterior, o sea decretando su abolición o cambiándolo por otro. Sentencias Declarativas, Constitutivas, Condenatorias y Absolutorias.
12. Las Condenatorias son las que imponen a la parte vencida en juicio el cumplimiento de una pretensión, sea positiva, de dar y hacer, sea negativa, de no hacer. Las Absolutorias son las que intervienen cuando el tribunal, acogiendo la defensa del demandado, rechaza las pretensiones del demandante.
13. SENTENCIAS EN PRIMERA, UNICA Y ULTIMA INSTANCIA. A) Es la que un tribunal de Primer Grado de Jurisdicción dicta a cargo de apelación. B) Es cuando el Segundo Grado de Jurisdicción es suprimido por la ley, siendo susceptible de los recursos extraordinarios. C) Es cuando la sentencia es apelable y el recurso de apelación es interpuesto. Aquí, la decisión del Juez de Segundo grado se dice que es el última instancia.
14. REGLAS DE LA SENTENCIA Ser encabezada en Nombre de la República. Lugar donde la sentencia es rendida, con indicación del Tribunal. Nombre de los Jueces, asistidos del secretario y dictada en Audiencia Pública. Nombre de los abogados y de las partes, así como la transcripción de las conclusiones. Los puntos de hecho y de derecho Los Motivos El Dispositivo.
15. Los 5 Planos de la Sentencia. El Plano Fáctico. El Plano Linguistico. El Plano Regulatorio. El Plano Lógico. El Plano Axiológico.
16. PRONUNCIAMIENTO Y NOTIFICACION Pronunciamiento de la Sentencia (Art. 17 Ley 821 de Organización Judicial). Lectura pública, la fecha de la sentencia. El juez se desapodera. Notificación de la Sentencia. Darla a conocer. Punto de partida de los plazos para recursos. Requisito previo a la ejecución. Alguacil comisionado si es en defecto y en - 6 meses Notificación al abogado en la instancia. Indicar en la notificación el recurso correspondiente
17. EJECUCION DE LAS SENTENCIAS CONDICIONES PARA LA EJECUCION (Arts. 113, 114 y 115 Ley 834). MOMENTO DE LA EJECUCION. (notificación y copia certificada de la sent. con autoridad de cosa juzgada. CARÁCTER DE LA EJECUCION. (Art.117). HORAS Y DIAS DE LA EJECUCION (Art.121).
18. EJECUCION DE LAS SENTENCIAS LA EJECUCION PROVISIONAL: permiso de ejecución anticipada desde su notificación. PUEDE SER: LEGAL O JUDICIAL. La Judicial: Sin o Con prestación de garantía.