1. Nuevo Reglamento de
Extranjería y otras
novedades.
Autoras:
Fernanda Martínez
Liboreiro CEAIN, 2011
María Beato Ruiz
Coordinadora-editora:
Begoña Olabarrieta
3. MÓDULO 1: CONTEXTO SOCIAL,
NORMATIVO Y DE EJERCICIO DE
DERECHOS DE LAS PERSONAS
EXTRANJERAS EN ESPAÑA
MÓDULO 2: EL NUEVO REGLAMENTO
DE EXTRANJERÍA
MÓDULO 3: LOS CAMBIOS EN EL
REGLAMENTO DE COMUNITARIOS
ANEXO: Recursos de Extranjería en la
Web
4. MÓDULO 1: CONTEXTO SOCIAL, NORMATIVO Y
DE EJERCICIO DE DERECHOS DE LAS
PERSONAS EXTRANJERAS EN ESPAÑA
UNIDAD DIDÁCTICA 1- Cifras y futuro de la
inmigración en España
UNIDAD DIDÁCTICA 2.-- Normativa y distintos
regímenes de Extranjería
UNIDAD DIDÁCTICA 3.- Algunos derechos básicos
de las personas extranjeras contenidos en la Ley de
Extranjería 4/2000 en su redacción dada por la Ley
Orgánica 2/2009
5. MÓDULO 2: EL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA
UNIDAD DIDÁCTICA 4.-Presentación del Real Decreto 557/2011.
UNIDAD DIDÁCTICA 5.- Régimen General de Entrada, Estancia,
Permanencia
y Regreso a territorio español
UNIDAD DIDÁCTICA 6.- Regímenes de estancia
UNIDAD DIDÁCTICA 7.-Resdiencia temporal
UNIDAD DIDÁCTICA 8.- Otras fórmulas de residencia y trabajo
temporal
menos conocidas, pero no por ello menos importantes
UNIDAD DIDÁCTICA 9.- Residencias por circunstancias
excepcionales
UNIDAD DIDÁCTICA 10.- Nuevas fórmulas legales pata protección
de mujeres
en situación irregular
UNIDAD DIDÁCTICA 11- Menores extranjeros y jóvenes extutelados
UNIDAD DIDÁCTICA 12.- Residencia de larga duración y residencia
de larga
duración UE
UNIDAD DIDÁCTICA 13.- Extinción y modificación de autorizaciones
UNIDAD DIDÁCTICA 14.- Procedimiento sancionador
6. MÓDULO 3: LOS CAMBIOS EN EL
REGLAMENTO DE COMUNITARIOS
UNIDAD DIDÁCTICA 15.-Novedades en el
Régimen de Comunitarios
ANEXO: Recursos de Extranjería en la Web
7. ¿Crees que estamos ante un
cambio del ciclo migratorio?
Los expertos señalan que si hoy tenemos un 12’1 %
de población extranjera en España, esta cifra se va a
mantener e incluso se incrementará en un futuro, de tal
forma, que en los próximos años, un 15% de las
personas que conviven con nosotros de forma estable
serán de otra nacionalidad que no es la española.
La crisis no anulará los datos de la estructura
demográfica española ni europea que necesitará a
medio y largo plazo mano de obra venida de otros
países
Por lo tanto , es necesario manejar nociones de
extranjería para gestionar correctamente la diversidad
en el seno de nuestra sociedad, desde los servicios
públicos y privados.
9. Reforma de la ley de extranjería LO 4/2000 por la ley orgánica 2/2009 de 11
de diciembre.
Nuevo Reglamento de Extranjería 557/2011
Modificación del RD de Comunitarios 240/2007por sentencia del TS ganada
por Andalucía Acoge y la APDHA
Se está preparando una nueva ley de igualdad de trato y no discriminación
que está en fase de proyecto y ha comenzado su andadura parlamentaria
Otras leyes muy importantes que han aparecido en este intervalo de tiempo
son la ley de Asilo o la reforma del Código Penal que también nos afecta.
10. Algunos derechos de los
extranjeros en España
Derecho al voto : La Campaña “Aquí vivo aquí voto” y la plataforma
“Tod@s iguales , t@dos ciudadan@s”
Libertades de reunión y manifestación, Libertad de asociación, Libertad de
sindicación y huelga. STC 234/2007
Derecho a la educación STC 234/2007
Asistencia sanitaria, problemas prácticos.
El proyecto de ley de Igualdad de Trato y No discriminación
11. Asistencia sanitaria
Toda persona sin medios económicos
tiene derecho a asistencia sanitaria si
no la tiene reconocida en ningún
régimen de Seguridad Social. Estamos
hablando de extranjeros
extracomunitarios o Ciudadanos de la
Unión empadronados en Andalucia.
El centro de salud correspondiente no
puede negarse a asignarnos médico, y
mientras tramita la solicitud debe
asignar facultativo provisionalmente.
14. Normativas que manejamos
Ley Orgánica de Extranjería 4/2000. Última reforma LO 2/2009.
Reglamento de Extranjería RD 2393/2004. que será sustituido el 30 de
junio por el 557/2011.
RD 240/2007 de comunitarios y sus familiares. Modificado por la STS
1/6/2010 (Andalucía Acoge-APDHA)
Normativa específica para apátridas, protección internacional (ley de
Asilo)
OTRAS NORMAS DE INTERÉS: Ley del Registro Civil , Código Civil y normas de
Derecho internacional privado, Leyes procesales, Directivas europeas ,
Instrucciones generales de la Dirección General de Inmigración, Instrucciones del
ministerio fiscal, normativa sectorial que afecte de forma distinta a los extranjeros
(SS, educación, sanidad, etc)
16. RÉGIMEN GENERAL
DE EXTRANJERÍA.
NACIONALES DE
TERCEROS PAÍSES.
NACIONALES: Un
certificado verde deben
RÉGIMEN acompañar a su pasaporte
COMUNITARIO. FAMILIARES: una tarjeta
Nacionales de UE,
EEE y Suiza. Y sus
familiares.
Otros poco comunes:
asilados, apátridas,
etc.
17. -- no han
entrado
por puesto
fronterizo
En ambos
¿En que casos:
-- han
situación Situación entrado
de irregular. con visado
extranjería o sin él
para una Con pasaporte,
se puede estancia y cédula de
encontrar se han inscripción , DNI
quedado comunitario
un nacional __________
más
de tercer tiempo
país en - regulares indocumentado
y han s
España? sin documento
perdido la
autorizació de su país que
Situación n que lo identifique
regular tenían)
18. Residencia temporal:
Inicial (1 año)
Primera renovación (2 años)
RÉGIMEN GENERAL Segunda renovación (2 años)
DE EXTRANJERÍA. Victimas de violencia (5 años)
NACIONALES DE Menores ( renovable cada
TERCEROS PAÍSES. año)
Tipos según Excepcionales (renovable cada
duración año)
Residencia de larga duración/
larga duración UE (cinco
años)
TIPOS DE RESIDENCIAS SEGÚN FINALIDAD : no lucrativas, reagrupación
familiar, Residencias y trabajo por cuenta propia o ajena, víctimas de violencia
de género, Circunstancias excepcionales (arraigo social, familiar, laboral),
enfermedad, colaboración con la justicia, víctimas de trata, menores no
acompañados y extutelados, investigadores , blue card, trabajadores de
temporada, trabajadores transfronterizos y prestación transnacional de
servicios residencia de apátridas y refugiados.
20. PASAPORTE NIE .TENER NIE NO IMPLICA ESTAR
Lo expide el país de la nacionalidad y acredita la REGULAR
identidad
Se asigna a todo extranjero comunitario o extracomunitario
que tenga un procedimiento de extranjería o que quiera
realizar cualquier trámite legal o económico en España.. Si es a
instancia del interesado para que se lo den no puede estar en
VISADO situación irregular
Es una pegatina que se
adhiere al pasaporte, que
se solicita en el Consulado
y permite que las
autoridades de frontera CÉDULA DE INSCRIPCIÓN
permitan la entrada de la
persona extranjera en
TÍTULO DE VIAJE
Se emite para aquellas personas que no
territorio español La tramitación es igual que la de la puede ser documentado por la misión
cédula de inscripción. Se concede a diplomática u oficina consular y
los extranjeros que se encuentren demuestren su identidad y la
en España, carezcan de pasaporte y concurrencia de razones excepcionales de
demuestren una necesidad índole humanitaria, interés público o, en
excepcional de salir del territorio su caso, el cumplimiento de compromisos
español. Puede contener o no una de España, que justifiquen su
autorización de regreso a territorio documentación por parte de las
español. autoridades españolas.
Se prevé ahora expresamente en los casos
de MENAS o Trata , en los que la
indocumentación es muy frecuente.
TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros)
acreditar su situación legal en España.
21. En rojo las que vamos a abordar especialmente
ESTRUCTURA DEL
REGLAMENTO
22. Título I. Régimen de entrada y salida de territorio español
Título II. Tránsito aeroportuario.
Título III. La estancia en España.
Título IV. Residencia temporaL
Título V. Residencia temporal por circunstancias excepcionales.
Título VI. Residencia de larga duración.
Título VII. Extinción de las autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo.
Gestión colectiva de contrataciones en origen
23. Título VIII. Gestión colectiva de contrataciones en origen.
Título IX. Procedimiento especial para grandes empresas o sectores estratégicos.
Título X. Trabajadores transfronterizos.
Título XI. Menores extranjeros.
Título XII. Modificación de las situaciones de los extranjeros en España.
Título XIII. Documentación de los extranjeros.
Título XIV. Infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador.
Título XV Oficinas de Extranjería y Centros de migraciones.
25. Lluvia de ideas
Las Oficinas
de
El nuevo informe de Esfuerzo de Extranjeros
integración. Siempre se valora en pasan a
positivo. Diplomas de haber hecho cursos. llamarse
Oficinas de
En las renovaciones, además de los Extranjería
requisitos de cada tipo de autorización,
se valorara:
-carencia de antecedentes penales
-no tener deudas en Seguridad Social
Se fomenta la
y Hacienda
movilidad entre
-tener a los menores a cargo
países de la
escolarizados. Si no están
Unión Europea
escolarizados tenemos 30 días para
para nacionales
hacerlo o nos denegarán.
de terceros países
- Si falla algún requisito , podemos
aportar el informe autonómico del
esfuerzo de integración , siempre en
positivo
26. Por fin, se establecen
con claridad,
refiriéndose a REAGRUPACIÓN FAMILIAR
PORCENTAJES DEL Se puede reagrupar a parejas
IPREM ( 532’51€ ) de hecho incluso no
CUALES SON LOS registradas
MEDIOS Se delimita claramente la
ECONÓMICOS reagrupación de ascendientes
MÍNIMOS Se necesitará nuevo informe de
NECESARIOS en
vivienda en las renovaciones si
reagrupaciones,
familiares residencias se cambia de domicilio
no lucrativas, medios
de vida de los
extutelados para
quedarse en España,
medios económicos de Por orden ministerial podrán
los empleadores meter cuando quieran la SNE
personas físicas, etc, en el arraigo social , lo que
equivale a eliminar en la
práctica la figura
27. Se complica y se hace
La persona que no tenga a los más larga la tramitación
menores a su cargo de ofertas en el SAE y
escolarizados NO PODRÁ el certificado de que no
RENOVAR. Se le da 30 días aparecen trabajadores
para que lo haga. tiene un contenido más
extenso
Mejora la protección de
las víctimas de violencia
de género y de sus
hijos menores: Se les
da una autorización de
residencia y trabajo Mejora la protección
provisional y si hay de las víctimas de
condena una residencia y trata y de las
trabajo de 5 años para personas que
ella y sus hijos. colaboran contra las
redes organizadas
28. En arraigo social es posible Se arbitran soluciones para
presentar dos contratos los trabajadores que llegan
concatenados de 6 meses en de su país y ha fallecido o
agricultura, y varios a tiempo desaparecido el empleador o
parcial para una misma no puede contratarlos. Se les
actividad, con un mínimo de 30 permite un plazo para buscar
horas nuevo empleador en la
misma actividad
En arraigo familiar , por
fin, los padres en
situación irregular de
niños españoles podrán
obtener la residencia por Los informes de arraigo y de
arraigo. vivienda los siguen haciendo
los Ayuntamientos en
Andalucía. Se permite que si
En arraigo laboral se no se emiten en plazo de 30
reduce de un año a 6 días se acredite el arraigo por
meses el tiempo que otros medios de prueba
hay que acreditar
29. Se establece un nuevo
régimen para
Se regula el retorno voluntario,
menores, con
por programas o fuera de ellos,
renovación cada año, y
con una prohibición general de
se establecen
regreso de 3 años.
requisitos económicos
imposibles para los
jóvenes ex tutelados
que cumplen la
mayoría de edad
Aparecen nuevas figuras de Se consagra la
residencia y de residencia y trabajo: distinción entre
Altamente cualificados con tarjeta azul residencia de larga
UE, investigadores, se establecen duración y
procedimientos preferentes para residencia de larga
grandes empresas y sectores duración UE, y se
estratégicos de la economía, etc. establece la
posibilidad de
recuperación por una
fórmula muy sencilla
30. Se olvida de regular el
trabajo de extranjeros
en tercer grado y
libertad condicional a
pesar de que lo hemos
pedido
Queda pendiente regular los
CIEs, espacios sin derechos.
Campaña “Que el derecho no
se pare a la puerta de los
CIEs”
31. Residencia por
situación situación de Residencia Residencia de
circunstancias
irregular estancia temporal larga duración
excepcionales
para visita (h. 90 días arraigo : laboral, social,
no lucrativa larga duración
prorrog) familiar
por protección
internacional, seguridad
por estudios, voluntariado nacional, colaboración con por reagrupación familiar
larga duración UE
y prácticas no laborales autoridades públicas,
colaboración contra redes
organizadas,
Residencia temporal y
razones humanitarias
trabajo por cuenta ajena y
(enfermedad)
cuenta propia
Mujeres víctimas de
violencia y victimas de Residencia y trabajo para la investigación, blue card, residencia con
trata excepción para trabajar, cuenta ajena de duración determinada,
prestaciones transnacionales de servicios
Menores No
Acompañados y
Extutelados
Autorización para
quienes hayan retornado
voluntariamente
34. Entrar por puesto habilitado con pasaporte o título de viaje
Tener Visado para una estancia o residencia/Hay países que
no necesitan visado para estancias de hasta tres meses.
Justificar el objeto y condiciones de la estancia
Acreditar medios económicos suficientes o poder
conseguirlos
Certificados sanitarios (no siempre)
No tener una prohibición de entrada o no haber adquirido un
compromiso voluntario durante un tiempo a territorio español
No ser un peligro para el orden público o la seguridad
nacional ( v.gr.no tener antecedentes)
35. Autorización de regreso.
¿Cuándo la pedimos?
La tarjeta está caducada en
tiempo de renovación
En caso de hurto , robo,
pérdida o destrucción y han
pedido DUPLICADO
se tenga YA la resolución
favorable de la primera tarjeta
pero no la tarjeta en sí.
37. Estacias de corta duración
( visita turística, cultural,
de negocios o familiar) de
90 días prorrogables por
otros 90.
Estancias por estudios,
movilidad de alumnos,
prácticas no laborales y
servicios de voluntariado
38. ESTANCIA DE CORTA
DURACIÓN POR RAZONES
DE TURISMO, VISITA,
PROFESIONALES,
ESTUDIOS (90 DÍAS,
PRORROGABLES POR
OTROS 90 DÍAS)
39. Pasaporte o título de viaje válido
Billete de ida y vuelta
Demostrar los motivos y finalidad del
viaje.
Posesión de medios económicos.
Seguro médico y requisitos sanitarios
cuando lo diga el Ministerio del Interior y
No tener prohibición de entrada ni ser
un peligro para el orden público
40. Cómo demostrar los motivos del
viaje
Para un viaje familiar o turístico
Reserva de hotel
Reserva de un viaje organizado
Carta de invitación :
http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/
Solic_Carta__Inv.pdf. Tasa 103 €
Para un viaje de negocios
Invitación de una empresa para participar en
reuniones de carácter comercial
Documentos que demuestren relaciones
comerciales
Tarjetas de acceso a ferias y congresos
Otros
41. Qué medios económicos me
piden
Durante el año 2011, la cantidad mínima a acreditar es de 64,14
euros por persona y día, con un mínimo de 577,26 euros o su
equivalente legal en moneda extranjera.
Novedad: tiene en cuenta que en la carta de invitación se diga que
el invitante asume la manutención
Por qué medios se prueba:
• Exhibiéndolos si son en efectivo
• Cheques certificados
• Cheques de viaje
• cartas de pago
• tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta
bancaria o una libreta bancaria puesta al día
42. CABE LA PRÓRROGA , CON
REGLAS DISTINTAS EN
CASO DE QUE SE HAYA
ENTRADO CON VISADO
(NORMATIVA DE LA UNIÓN
EUROPEA) O SIN VISADO
(TRES MESES, RESOLUCIÓN
EN 72 HORAS,
ACREDITACIÓN DE MOTIVOS
EXCEPCIONALES, MEDIOS
DE VIDA, SEGURO MÉDICO,
BILLETE DE VUELTA, ETC)
43. AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR
ESTUDIOS, MOVILIDAD DE
ALUMNOS, PRÁCTICAS NO
LABORALES O SERVICIOS DE
VOLUNTARIADO
44. estudios en un centro de enseñanza autorizado
en un programa de tiempo completo, que
conduzca a un título o certificado
Realización de actividades de investigación o
formación
Se computa la mitad del Participación en un programa de movilidad de
tiempo de estancia de alumnos, para seguir un programa de
estudios para la residencia enseñanza secundaria y/o bachillerato
de larga duración.
Realización de prácticas no laborales en un
organismo o entidad pública o privada.
Prestación de un servicio de voluntariado con
objetivos de interés general.
45. El visado de estudios y demás se piden desde el país de origen
Hay que demostrar a comprobar por el Consulado.
• Si quien viaja es menor de edad tiene autorización de sus padres-
• Además del coste de los estudios, demostrar para mantenerse el 100% IPREM, salvo que el alojamiento ya esté
pagado o lo pague el programa de movilidad.
• Si viene con familiares 75% para el primero + 50% para sucesivos
• Seguro de enfermedad
• Si la estancia es superior a 6 meses: Certificado sanitario y Antecedentes penales en su país de origen
Hay que demostrar a comprobar por la Subdelegación del Gobierno
• Antecedentes penales en España
• La comprobación de la admisión en el centro de estudios, de investigación, la participación en un programa de
movilidad (secundaria o bachillerato) o las condiciones de la prestación de un servicio de voluntariado
Se puede reagrupar al cónyuge o pareja de hecho y a los hijos menores de 18 años o
discapacitados de forma simultánea o posterior a la solicitud de visado y NO PODRÁN
TRABAJAR
El estudiante sólo puede trabajar a tiempo parcial si es compatible con los estudios y no
es el medio de vida para costear su estancia en España. Lo solicita su empleador
personalmente en la Subdelegación y no se le aplica la Situación Nacional de Empleo
48. La persona extranjera es autorizada a permanecer en
España porque tiene medios para vivir holgadamente sin
necesidad de trabajar.
2.130’04 €
Se pide desde el Consulado del país de origen
Hay que demostrar como medios económicos; Para sí: 400% del IPREM y
Por cada uno de los familiares que le acompañen: un 100% del IPREM
adicional.
La dan por un año y se renueva por dos años y dos años hasta larga duración.
50. La persona extranjera es autorizada a permanecer en España en virtud del
derecho a la reagrupación familiar ejercido por un extranjero residente.
Condiciones del tiempo de
REQUISITOS residencia del reagrupante
A VALORAR
Acreditar parentesco y que sea
uno de los que permite la ley
Acreditar medios económicos
Tener una vivienda adecuada
51. UN AÑO COMO REGLA GENERAL . El reagrupante tiene que
tener una autorización para residir en España durante un año y
solicitado la autorización para residir por, al menos, otro año.
TIEMPO DE
RESIDENCIA
DEL
REAGRUPANTE LARGA DURACIÓN PARA LA REAGRUPACIÓN DE
ASCENDIENTES tendrá que ser titular de una autorización de
residencia de larga duración o de larga duración-UE concedida
en España
SIN ESPERAR UN AÑO ALGUNOS REGÍMENES
PRIVILEGIADOS: Los extranjeros residentes en España en
base a su previa condición de residentes de larga duración-UE
en otro Estado miembro de la Unión Europea, titulares de una
Tarjeta azul-UE o beneficiarios del régimen especial de
investigadores.
REAGRUPACIÓN POR FAMILIARES REAGRUPADOS:
Tienen que independizar su residencia. Los ascendientes
tienen que esperar a la larga duración salvo para reagrupar a
hijos menores o incapaces.
52. FAMILIARES
REAGRUPABLE
S
Cónyuge o pareja
Hijos o tutelados
Ascendientes en primer grado
53. Cónyuge, siempre que no se encuentre separado de hecho o de derecho y
que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.
Pareja de hecho registrada.
Pareja de hecho no registrada.
Hijos o los de su cónyuge o pareja incluidos los adoptados:
• menores de dieciocho años /-discapacitados no sean objetivamente capaces de proveer a
sus propias necesidades
• sobre quienes se ostente la patria potestad en solitario o se tenga la custodia y estén
efectivamente a cargo del reagrupante.
Representados legalmente por el reagrupante, cuando sean menores de
dieciocho años o tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces
de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud
54. Ascendientes en primer grado, o los de su cónyuge o pareja, cuando:
• el reagrupante sea residentes de larga duración ,
• sus ascendientes estén a su cargo (51% del producto interior bruto per cápita, en
cómputo anual, del país de residencia de éste),
• sean mayores de sesenta y cinco años
• y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España
• Si no tienen 65 años que existan circunstancias humanitarias.
• ascendiente conviviera con el reagrupante en el país de origen en el momento en que
este último obtuvo su autorización;
• cuando el ascendiente sea incapaz y su tutela esté otorgada al extranjero residente o a
su cónyuge o pareja reagrupada;
• o cuando el ascendiente no sea objetivamente capaz de proveer a sus propias
necesidades.
• Cuando se quiera reagrupar a padre y madre y uno de ellos sea más joven de 65.
55. Si reagrupa a UNA PERSONA: 150% DEL IPREM
MENSUAL
MEDIOS
ECONÓMICOS
REAGRUPANTE
SI YA SON DOS DE FAMILIA POR CADA
PERSONA ADICIONAL UN 50% DEL IPREM
MENSUAL
perspectiva de mantenimiento de medios
económicos valorando los 6 meses previos. (si
se hace con la renovación la reagrupación se
comprueba de oficio)¡
se pueden rebajar las exigencias económicas
para hacer valer el principio de interés superior
del menor o en casos humanitarios
individualizados PREVIO INFORME DE la
Dirección General de Inmigración.
56. INFORME DE
VIVIENDA
En Andalucía siguen haciendo los informes de vivienda los
Ayuntamientos por la ley de autonomía local Andaluza (art.
9.28)
Plazo 30 días. Si no se cumple el interesado puede utilizar
todos los medios de prueba admisibles en Derecho
Contenido del informe de vivienda
• título que habilite para la ocupación de la vivienda, (reagrupante o cualquier
otra persona de la unidad familiar)
• número de habitaciones,
• uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda,
• número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y
equipamiento.
57. Independencia de
autorización
CÓNYUGE O PAREJA QUE SIGUE CASAD@
• No tener deudas en Hacienda o en Seguridad Social
• tener medios económicos para no lucrativa, contrato o contratos de duración de un año con SMI o cuenta propia.
DIVORCIO O NULIDAD. Se conserva con dos años de residencia casados .
Si es VÍCTIMA DE VIOLENCIA, se le da una residencia por 5 años. Tiene tramitación
preferente.
VIUDAS O VIUDOS del reagrupante también conservan la residencia.
• Al independizar la tarjeta del reagrupante, el resto de reagrupados que de ellos dependan conservan la residencia y
renovarán con la persona de quien dependan.
RESIDENCIA INDEPENDIENTE DE HIJOS Y MENORES :
• mayoría de edad y suficiencia de recursos
• mayoría de edad y 5 años de residencia.
RESIDENCIA INDEPENDIENTE DE ASCENDIENTES REAGRUPADOS: cuando obtengan
una autorización para trabajar.
La residencia independiente se da por un año, pero teniendo en cuenta el tiempo previo
que se lleve residiendo.
58. Se presenta 60 días antes o 90 días después de la caducidad de la tarjeta de
reagrupado y teniendo el reagrupante su tarjeta en vigor.
Puede CAMBIARSE DE REAGRUPANTE si la persona que reagrupó no cumple
los requisitos (tendrá que ser residente en España y parte de la unidad
familiar o progenitor residente aunque no sea parte de la unidad familiar.)
Requisitos novedosos:
• Tener escolarizados a los menores en edad de escolarización obligatoria
• Medios económicos a demostrar: el 100% del IPREM y se pueden computar los ingresos
provenientes del sistema de asistencia social.
• Que la vivienda habitual sea adecuada: si es la misma se presenta el título para él o para alguien de su
unidad familiar , si cambia hay NUEVO INFORME DE VIVIENDA.
• Se valora antecedentes penales, deudas en materia tributaria y de Seguridad Social y Esfuerzo de
integración
Silencio positivo a los tres meses
La fecha de la tarjeta del reagrupado se extiende hasta la duración de la del
reagrupante.
60. Ostenta esta autorización de
residencia la persona extranjera
mayor de 16 años autorizada a
permanecer en España por un periodo
superior a 90 días e inferior a 5 años,
y a ejercer una actividad laboral por
cuenta ajena.
61. El empleador va a la
procedimiento Subdelegación a hacer una
contratación en origen para
un extranjero que está en su
país. se le aplica la situación
nacional de empleo salvo
art. 40LOEX
Se envía a origen donde la Va a la oficina de extranjeros
persona extranjera pide , presenta el EX01+contrato
visado aportando el contrato para un año+ medios y
entra en España y se da de situación económica del
alta en SS en tres meses, TIE empresario+
un mes documentación y paga la
tasa. Minimo 190 euros
resolución favorable de la
Subdelegación
Novedad
es
62. Se establecen los MEDIOS DE VIDA DEL EMPLEADOR PERSONA FÍSICA EN UN 100 %
DEL IPREM después de deducir los costes salariales. Sólo se computan subvenciones por
dependencia y cuidado de menores.
POSIBILIDAD DE CAMBIAR DE EMPLEADOR, si el trabajador llega a España y su
empleador a fallecido, o ha desaparecido la empresa o por imposibilidad sobrevenida del
empresario que ha de comunicarlo.
Se establecen ESPECIALIDADES DE PROCEDIMIENTO PARA LAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS QUE TENGAN TRANSFERIDAS LAS COMPETENCIAS (Cataluña y
Andalucía, si bien parece que no se materializará en breve respecto de esta última)
En el ART. 69 HAY CAUSAS DE DENEGACIÓN MUY PREOCUPANTES: Nuevas causas de
denegación de las iniciales por causas imputables al empleador (no haber tenido de alta el año
en contratos anteriores, haber amortizado puestos de trabajo, etc.)
En las RENOVACIONES, art 71, también se pueden denegar también por esas causas del
art. 69 y la vuelven la necesidad de escolarizacion , la falta de antecedentes, estar al corriente
en hacienda y ss y el esfuerzo de integración , además de las renovaciones normales.
Para determinar la Situación Nacional de empleo, la TRAMITACIÓN DE OFERTA ANTE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO ES MÁS LARGA Y EL CONTENIDO DE LOS
CERTIFICADOS es muy discutible para la eficacia de la correcta gestión de las migraciones.
63. OTRAS RESIDENCIAS TEMPORALES:
RESIDENCIA Y TRABAJO PARA LA
INVESTIGACIÓN, TARJETA AZUL UE,
CUENTA AJENA DE DURACIÓN
DETERMINADA, CUENTA PROPIA
PRESTACIONES TRANSNACIONALES DE
SERVICIOS, RESIDENCIA TEMPORAL CON
EXCEPCIÓN PARA TRABAJAR
65. Es una autorización que autoriza a residir y trabajar
con contrato , sólo en el marco de un convenio de
investigación, por un tiempo entre tres meses y 5
años. Hay que firmar un convenio de acogida de
investigación con un organismo de investigación o
de desarrollo tecnológico oficialmente acreditado
por la Administración. La titulación de la persona
investigadora que se va a contratar ha de ser
habilitante para hacer el doctorado.
66. Si viene de una situación similar desde un país de la UE
se le permite presentar la solicitud en España. En caso
contrario es como un cuenta ajena y necesitará visado.
Resolución en 45 días en lugar de 3 meses
Reagrupación familiar no exige ningún plazo de espera
Se renueva año a año hasta larga duración.
68. Es una contratación de un extranjero
muy cualificado que está en su país
de origen o en otro estado europeo.
Se aplican trámites muy rápidos. El
puesto que venga a cubrir debe estar
mejor remunerado que en el
convenio colectivo.
69. DEFINICIÓN DE ALTAMENTE CUALIFICADO; titulados superiores (mínimo tres años de estudios que
dé acceso a una profesión de alto nivel de capacitación o para ingresar en un programa de investigación
avanzada) o acrediten un mínimo de cinco años de experiencia profesional
El salario bruto anual medio debe ser 1’5 el que señale el convenio colectivo aplicable, o bien 1’2 para
algunas profesiones de los grupos 1 u 2 de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones en
que haya especial necesidad
Necesita visado, salvo casos de movilidad desde una situación similar desde un país UE . Se aplica la
situación nacional de empleo
El plazo de resolución es preferente de 45 días y 15 días para el visado. La inicial es por un año, y
renueva por dos y por dos años. Pero no se le exige tiempos mínimos de cotización.
Reagrupación familiar : inmediata
Si llevas 18 meses en otro país de la UE con una tarjeta azul, puedes venir a España y ser
contratado, pero tiene que solicitarlo el empleador en el plazo máximo de un mes desde la entrada. Te
expiden mientras resuelven una autorización de estancia provisional.
71. Es una contratación TEMPORAL de trabajadores
extranjeros para campañas agrícolas, contratos de
temporada, o contratos de obra y servicio. Prevé que
regresen a sus países cuando finalice el contrato.
72. QUÉ
ACTIVIDADES
De temporada o campaña.(Máximo 9 meses en un
período de 12)
-De obras o servicios (máximo 12 meses , prorrogable excepcionalmente
por causas sobrevenidas y si lo permite la normativa laboral) para el montaje
de plantas, construcción de infraestructuras, instalación y mantenimiento de
equipos productivos
De carácter temporal realizadas por personal de alta dirección, deportistas
profesionales, artistas, así como otros colectivos que se determinen por el
gobierno.
De formación y realización de
prácticas profesionales.
73. El empresario debe poner a disposición del interesado un alojamiento
adecuado, salvo excepciones y organizar los viajes de ida y vuelta y costear
como mínimo el primero
Los requisitos con como un cuenta ajena inicial
El trabajador tiene que firmar un compromiso de no retorno, y si no podrá
sancionársele con la no concesión de una autorización durante tres años
Si se gestiona para más de 10 trabajadores puede utilizarse el procedimiento
de la gestión colectiva de contrataciones en origen.
No se aplica la Situación Nacional de Empleo para la instalación de equipos
productivos y para los trabajadores de temporada que hayan regresado dos
años consecutivos a sus países
Los trabajadores de temporada o campaña no tendrán TIE
75. Es la autorización para empresarios o
autónomos extranjeros mayores de 18
años que realizan una actividad por
cuenta propia hasta que cumple los 5
años de residencia.
76. Se pide desde el Consulado del país de origen, aunque también podemos presentar
arraigo social con un proyecto empresarial
Los requisitos generales no han cambiado, e incluyen como siempre, entre los
generales tener las licencias oportunas, la cualificación requerida, y un plan de
empresa con su previsión de viabilidad.
Los medios económicos que debe acreditar para su manutención son los de
reagrupación familiar.
La limitación de la autorización es autonómica limitada a una sola actividad
Hay alguna novedad en las renovaciones ya que:
• Si hay descubiertos en la cotización , se puede renovar si se demuestra la actividad
• Podrá renovar si el cónyuge o pareja tiene medios económicos suficientes, conforme a las normas de
reagrupación familiar.
• Si el interesado está cobrando la protección de Seguridad Social de autónomos por cese de actividad.
78. Es la autorización que obtendrá el trabajador extranjero que
trabaja con un contrato para una empresa extranjera no
comunitaria y viene a España a través de ese contrato para:
-prestar servicios a alguien que está establecido en España
-viene a un centro de trabajo de esa empresa en España
-o es una persona altamente cualificada que viene a España
como asesor para empresas que están en España y van a
realizar obras y servicios fuera de la Unión Europea
80. Una cosa es la autorización de residencia o
estancia que se rige por sus normas y necesita
sus correspondientes visados y otra la
autorización para trabajar por cuenta propia o
ajena. Teniendo la primera, hay personas que,
por sus circunstancias especiales, no
necesitarán la segunda y podrán desarrollar
una actividad laboral con una excepción para
trabajar
¿QUIÉNES SON
ESAS PERSONAS?
81. Técnicos, investigadores y científicos , profesores invitados por la Administración o Universidades o
Personal directivo o profesorado de instituciones culturales o docentes de reconocido prestigio
funcionarios civiles o militares de las Administraciones estatales extranjeras por acuerdos de
cooperación
Corresponsales
Artistas
Miembros de misiones científicas internacionales
Ministros religiosos , aunque no seminaristas ni novicios
Representantes de sindicatos y organizaciones empresariales
Menores extranjeros en edad laboral tutelados
83. Ser residente legal de carácter
A qué temporal en España (aunque ya
personas se hemos visto que por error también se
aplica lo aplican a los residentes de larga
duración).
Se acojan a un programa de retorno
voluntario financiado por una
Administración (OIM, SPEE, otros)
retornen por sus medios a su país al
margen de cualquier programa y
decidan ir al Consulado y adoptar un
compromiso de no retorno durante
tres años.
84. Hay que renunciar a la residencia
que se tiene y entregar la tarjeta
en el Consulado
Se acepta no regresar a España
durante el período de tres años,
ampliable por orden ministerial
sine die.
85. Si el retorno fue a través de un programa, cuando
quiera volver no se le aplicará la Situación Nacional
de Empleo. Sí se aplica la SNE si el retorno se hace
fuera de un programa.
Se les puede hacer ofertas nominativas a través del
antiguo contingente (actual gestión colectiva de
contrataciones en origen). Tienen preferencia para
ser escogidos si no son nominativas.
La tramitación es preferente y se reduce el plazo de la
resolución para la concesión a 45 días.
ATENCIÓN ¡¡EL TIEMPO DE RESIDENCIA TEMPORAL ANTERIOR, SE
COMPUTARÁ A LOS EFECTOS DE LA RESIDENCIA CONTINUADA
PARA LA OBTENCIÓN DE LA RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN!!
87. La gestión colectiva de contrataciones en origen se regula todos los
años por orden ministerial y establece el procedimiento y el número
y características de los puestos de trabajo de carácter estable que
necesita el mercado laboral español para personas que estén en el
extranjero.
También regula algunos visados para búsqueda de empleo de tres
meses de duración para hijos y nietos de españoles o actividades
determinadas.
Las personas trabajadoras serán seleccionadas en sus países de
origen a partir de ofertas genéricas, y en algún caso nominativas,
presentadas por los empresarios, con tramitación especial.
pueden valerse de este tipo de trámites las ofertas de duración
determinada cuando afecten a más de 10 trabajadores. La persona
que venga a residir y trabajar a España a través de la gestión
colectiva de la contratación en origen tiene especialidades en el
procedimiento de solicitud de visado. La gestión y selección puede
hacerse por asociaciones empresariales.
Los plazos de tramitación son muy cortos, e intervienen los
sindicatos y se informa a la Comisión Laboral Tripartita.
88. PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZAR LA
ENTRADA, RESIDENCIA Y TRABAJO EN
ESPAÑA, DE EXTRANJEROS EN CUYA
ACTIVIDAD PROFESIONAL CONCURRAN
RAZONES DE INTERÉS ECONÓMICO,
SOCIAL O LABORAL, O CUYO OBJETO SEA
LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE
INVESTIGACIÓN O DESARROLLO O
DOCENTES, QUE REQUIERAN ALTA
CUALIFICACIÓN, O DE ACTUACIONES
ARTÍSTICAS DE ESPECIAL INTERÉS
89. Personal directivo o altamente cualificado de muy grandes empresas
(+500 trabajadores, volumen de negocio de 200-100 millones de euros,
etc)
Personal directivo o altamente cualificado para PYMES en los siguientes
sectores:
• tecnología de la información y las comunicaciones, energías renovables, medioambiente,
agua y tratamiento de aguas, ciencias de salud, biofarma y biotecnología y aeronáutica y
aeroespacial y otros que autorice la Secretaria General de Inmigración.
Persona directivo o altamente cualificado para un proyecto empresarial
de interés público por crear empleo, ser una inversión extraordinaria o
sea una innovación relevante.
• También pueden ir por esta vía:
En determinados casos profesores de universidad , técnicos y científicos
de universidades y centros I+D o empresas
Artistas en un proyecto de reconocido prestigio internacional que tenga
interés cultural.
90. Para pedir qué tipo de
autorización
por cuenta ajena.
prestación transnacional de servicios.
Tarjeta azul-UE.
investigación.
duración determinada
91. Qué ventajas tiene
Se tramita ante la Dirección General de Inmigración
El plazo de resolución es UN MES Y el plazo de visado
es de 10 días.
Muchas ventajas en la reagrupación: Puede hacerse
desde el primer momento , puede autorizar a trabajar,
Resolución de la reagrupación tiene el plazo de un mes y
la concesión del visado ha de hacerse en 10 días.
93. Nacional de tercer país
Que reside en el Extranjero, en una zona fronteriza con España
Que ejerce actividades por cuenta ajena (se le aplica la SNE) o propia en territorio español
No puede tener antecedentes penales ni figurar como rechazable en territorio Schengen
La duración de la autorización oscila entre tres meses y un año. Se renueva año a año
La autorización se limita a un espacio geográfico y a una actividad concreta y no da ningún derecho de
residencia, aunque cuando se solicite una autorización , podrá aportarse para su valoración.
94. REGULACIÓN DE LA
RESIDENCIA Y TRABAJO DE
PENADOS EN TERCER
GRADO Y LIBERTAD
CONDICIONAL: PETICIÓN
DE ANDALUCÍA ACOGE
DURANTE LA SOLICITUD DE
RESIDENCIA.
95. Extranjer@s en prisión = Carencia
Grupo vulnerable de redes
Desconocimiento del sociales
idioma Necesidad de
Insuficiencia de
formación en
recursos de
extranjería por
ONGs y
par te de los
penitenciarios
profesionales
Desorientación que puedan
ante el sistema realizar los
jurídico español Prácticas trámites fuera o
recursos
admin. no
Prioridad de la habitacionales
ajustadas extranjería frente para salidas
a la al derecho
legalidad individual de
Pérdida de reinserción social
documentación Falta de una
y de identidad debida gestión de
la diversidad
Trámites dentro de prisión
transnacionales para adaptar a las
Falta de apoyo por muy cárceles a las
parte de sus necesidades
complicados y
derivadas de la
propios normativas nueva realidad
Consulados complejas
96. Propuesta por ahora
desoída y olvidada, a la
espera de unas
Instrucciones
Propuesta Andalucía acoge al
Reglamento de extranjería
PROPUESTA DE UN NUEVO CAPÍTULO
XI, DENTRO DEL TÍTULO IV
(RESIDENCIA TEMPORAL): Residencia
y Trabajo de penados extranjeros
98. arraigo: laboral, social, familiar
Protección internacional: ley de asilo y protección internacional
Razones humanitarias: víctimas de determinados delitos, enfermedad, peligro de
regreso a por el visado a su país.
Colaboración con autoridades públicas o razones de seguridad nacional o interés
público
Víctimas de violencia y víctimas de trata
El Consejo de Ministros cuando circunstancias de naturaleza económica, social o
laboral lo aconsejen (a propuesta y con informe de determinados órganos)
El titular de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, podrá otorgar
autorizaciones individuales no previstas en el Reglamento
101. ARRAIGO
LABORAL
2 años de estancia continuada en territorio
Español
Acreditar una relación laboral no inferior a 6
meses, reconocida por sentencia, o por
NOVEDAD resolución administrativa confirmatoria del
acta de infacción de la Inspección de Trabajo.
(Exige que se denuncie al trabajador)
Carecer de antecedentes penales ni aquí ni en
el país donde se haya residido los últimos 5
años.
102. MEDIOS DE VIDA
un contrato de trabajo de un año de duración para
ARRAIGO SOCIAL un solo empleador
SECTOR AGRARIO: podrán ser dos de 6 meses
para distintos empleadores concatenados
Demostrar tres años de estancia TIEMPO PARCIAL: varios contratos de la misma
continuada en España actividad con un mínimo de 30 horas.
Carecer de antecedentes penales Tener un proyecto empresarial para darse de alta
por cuenta propia
Demostrar medios económicos suficientes y que
así lo recomiende el informe de arraigo
Presentar INFORME DE ARRAIGO
SOCIAL EMITIDO POR LA COMUNIDAD
En principio no se aplica la SNE , pero
AUTÓNOMA O EL AYUNTAMIENTO, O
por orden ministerial en cualquier
JUSTIFICARLO POR OTROS MEDIOS
momento nos pueden aplicar el catálogo
DE PRUEBA , o alternativamente tener
de difícil cobertura o la necesidad de
cónyuge, pareja registrada, ascendiente
gestionar una oferta ante el SAE.
o descendiente en primer grado y línea
directa residiendo legalmente en España
103. MEDIOS DE VIDA
• un contrato de trabajo de un año de duración para un
solo empleador
• SECTOR AGRARIO. podrán ser dos de 6 meses para
distintos empleadores concatenados
• TIEMPO PARCIAL VARIOS EMPLEADORES
(EMPLEO DOMÉSTICO DISCONTINUO) todos de la
misma actividad con un mínimo de 30 horas con
duración todos ellos de un año
• Tener un proyecto empresarial para darse de alta por
cuenta propia
• Demostrar medios económicos suficientes y que así lo
recomiende el informe de arraigo
104. QUIEN HACE EL
INFORME DE ARRAIGO
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, que deberá
emitirlo en el plazo máximo de 30 días desde la
solicitud y dar cuenta telemática a la Oficina de
Extranjería.
EL AYUNTAMIENTO si por acuerdo la Comunidad
Autónoma con las Entidades Locales se decide que
sean estas sigan haciéndolo, comunicándolo a la
Secretaría General de Inmigración. El plazo es el
mismo, 30 días, con igual obligación de dar cuenta
telemática a la Oficina de Extranjería
Andalucía
En caso de que el informe no haya sido emitido
en plazo,, podrá justificarse el arraigo por
cualquier medio de prueba admitido en Derecho
105. Andalucía es la única Comunidad Autónoma
que tiene ya solucionado de forma
generalizada por una ley que los informes de
arraigo y vivienda lo asumen Ayuntamiento:
9.28 Ley 5/2010 de Autonomía Local de
Andalucía: “Ejecución de las políticas de
inmigración a través de la acreditación del
arraigo para la integración social de
inmigrantes, así como la acreditación de la
adecuación de la vivienda para el
reagrupamiento familiar de inmigrantes.”
106. Contenido del informe
Tiempo de permanencia en el domicilio
habitual donde debe estar empadronado
Medios económicos, recomendando la
concesión si no hay contrato
Vínculos familiares
Esfuerzo de integración
Otros
107. ARRAIGO FAMILIAR
Padre o madre de niñ@
español@
a su cargo
que conviva con éste/ o esté al
Novedad
corriente de sus obligaciones
paternofiliales
IMPORTANTE
Hij@s de padre o madre que
hubieran sido originariamente
españoles
108. Cualquier Arraigo permite trabajar
Cuando se renueva el primer año
con contrato pasamos a cuenta
ajena inicial: 190 euros de tasas.
Las debe pagar el empleador
109. Otras circunstancias
excepcionales: víctimas de
determinados delitos
- Algunos delitos contra derechos de los trabajadores
-Negarse a prestar un servicio público o profesional a una
persona por el hecho de ser extranjera.
-Delitos con agravante por conductas racistas
-Delitos de violencia en el ámbito familiar
Tiene que haber recaído sentencia donde se confirme que
el solicitante es víctima
110. Enfermedad sobrevenida o prolongación de la
estancia de menores que han venido por
tratamiento médico
CASO GENERAL ENFERMEDAD
-Sobrevenida
- Grave
-Asistencia especializada a la que no se tenga acceso en el país
de origen
-Grave peligro para la salud o la vida
-Acreditado por informe clínico
NOVEDAD: Menor extranjero que haya
venido por tratamiento médico y se le ha
acabado el tiempo de estancia
111. Otras: peligro de regreso al país.
Colaboración con las
autoridades.
RIESGO DE REGRESO AL PAÍS PARA RECOGER
EL VISADO: Las personas que lo solicitan
deben cumplir todos los requisitos para
tener una autorización excepto la del visado.
Colaborar con las autoridades administrativas , policiales , fiscales
o judiciales (no en la lucha contra redes organizadas que tiene sus
propios artículos)
-Razones de interés público
-ATENCIÓN : La competencia para resolver es de la Secretaría de
Estado de Seguridad o la Secretaría de Estado de Inmigración y
Emigración y no de la Subdelegación del Gobierno de la provincia.
113. Con la orden de alejamiento o informe del Ministerio
Fiscal se dará de oficio una autorización de residencia y
trabajo PROVISIONAL para ella y sus hijos menores
que autoriza a trabajar
Una vez haya sentencia CONDENATORIA PARA EL
AGRESOR se le dará UNA AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA Y TRABAJO POR 5 AÑOS, para ella y sus
hijos menores o discapacitados
Si la sentencia es ABSOLUTORIA PARA EL AGRESOR no
aprecia que hubo violencia PODRÁ reactivarse o incoarse el
procedimiento sancionador de extranjería
114. En principio a la víctima no se le
abre o se suspende el
procedimiento sancionador de
extranjería
Tramitación preferente.
La víctima puede pedirlo por sí o
por medio de representante.
115. Se solicitará una autorización de residencia y trabajo
desde que haya una orden de protección a su favor o
un informe del Ministerio Fiscal
Automáticamente de oficio se le debe emitir una
autorización de residencia y trabajo provisional que
no tiene limitaciones geográficas ni de actividad
También podrá pedir autorización de residencia por
circunstancias excepcionales para sus hijos menores
de edad, y de trabajo (sin limitación) si tienen más
de 16 años. También para los hijos discapacitados de
cualquier edad si no se valen por sí mismos.
116. En el plazo de un mes de la concesión debe pedir tarjeta,
de duración anual.
También podrá pedir autorización de residencia por
circunstancias excepcionales para sus hijos menores de
edad, y de trabajo (sin limitación) si tienen más de 16 años.
También para los hijos discapacitados de cualquier edad i
La subdelegación informa al Juzgado sobre esta situación
en el procedimiento penal.
117. Cuando recae sentencia, el Ministerio Fiscal lo comunica
a Extranjería
Si la sentencia confirma que hay violencia:
• si ha solicitado autorización de residencia y trabajo, se le concede
en el plazo de 20 días, por cinco años.
• Si no tiene solicitada autorización, el Ministerio Fiscal debe
informarle de la posibilidad de autorización para ella y sus hijos .
EL PLAZO ES DE 6 MESES
• En cualquier caso se archiva cualquier procedimiento sancionador
Si la sentencia es absolutoria y no demuestra la
violencia:
• Se deniega la autorización
• Pierde eficacia las autorizaciones provisionales
• No computa el tiempo de residencia provisional a ningún efecto
• Se reabre o inicia procedimiento sancionador.
118. HAY NOVEDADES MUY IMPORTANTES
EN PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS
DE TRATA Y PARA LAS PERSONAS
QUE COLABORAN CONTRA REDES
ORGANIZADAS. 5 AÑOS DE
RESIDENCIA, PERIODO DE
REFLEXIÓN , RETORNO ASISTIDO
122. RESIDENCIA DE HIJO DE RESIDENTE QUE
NACE EN ESPAÑA.
• Adquiere automáticamente la misma autorización del
progenitor residente legal.
HIJO O HIJA NACIDA EN ESPAÑA DE
PERSONA A SU VEZ REAGRUPADA POR
RESIDENTE LEGAL .
• Adquiere automáticamente una autorización de
residencia por reagrupación que depende de su
progenitor directo
• Al renovar se aplican las normas de reagrupación familiar
y se computan los medios de vida y la vivienda del primer
reagrupante y del padre o madre reagrupada.
123. RESIDENCIA DE HIJO NO NACIDO EN ESPAÑA DE
RESIDENTE LEGAL, QUE SE ENCUENTRA EN ESPAÑA
Y NO HA SEGUIDO EL TRÁMITE DE REAGRUPACIÓN .
• Para regularizar su situación legal en España tendrá que acreditar:
• dos años de estancia continuada
• Medios económicos del progenitor
• Informe de vivienda
• Escolarización durante el tiempo de estancia
• La duración de la residencia es la misma que la que aparece en la TIE
del progenitor o tutor, salvo que sea comunitario en cuyo caso será de 5
años.
Todas estas autorizaciones AUTORIZAN A TRABAJAR
DESDE LA EDAD LABORAL
Se renuevan por las normas de REAGRUPACIÓN
FAMILIAR.
125. Son desplazamientos de menores por un máximo
de 90 días a nuestro país desde un tercer país.
(Ejemplo: Vacaciones por la Paz) promovidos por
Administraciones, fundaciones, asociaciones sin
ánimo de lucro con fin de tratamiento médico,
vacaciones o escolarización
Se intensifica el control de la Administración para evitar que los niños
se queden en territorio español en familias de acogida sin título legal
alguno, en guardas de hecho
• Autorización de los padres, informes de la Subdelegación y de las CCAA, compromiso de
no adopción de las familias acogedoras si las hay, garantías para el regreso al país de
origen.
Si el fin es escolarización se documenta como estudios,
podría ser anual , pero se ha de renovar el programa todos los
años con los mismos requisitos.
127. Determinación de la edad cuando hay dudas por decreto del
Ministerio Fiscal basándose en la documentación o en pruebas
médicas (oseométricas)
Si es menor: desamparo y guarda inmediata. Constitución de la
tutela por los servicios de protección de menores.
REPATRIACIÓN. Principio general : volver con sus padres o ponerlo
a disposición de los servicios de protección de menores del país de
procedencia, siempre teniendo en cuenta el interés superior del
niño. En este reglamento MUCHAS MÁS GARANTÍAS PARA LA
DEFENSA DEL MENOR SI NO QUIERE MARCHARSE.
128. Obligatoriamente, se le da una autorización residencia cuando se demuestre la
imposibilidad de repatriación o a los 9 meses de estar a disposición de los servicios de
protección
EFECTOS RETROACTIVOS
Si no tiene pasaporte y no puede obtenerlo : CÉDULA DE INSCRIPCIÓN.
Se renueva AÑO A AÑO. Es un nuevo régimen
TRAMITACIÓN PREFERENTE: Resolución en un mes.
Mayor control por las autoridades de extranjería y actuaciones de oficio. La tarjeta se pide
ante la Oficina de extranjería
AUTORIZACIÓN PARA TRABAJAR: No está clara. Parece que hay que solicitarla para el
tiempo que el niño tiene garantizada la actividad.
130. SI ACCEDE A LA MAYORÍA DE
EDAD Y TIENE
AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA.
Se renueva una vez le caduque, aunque ya haya cumplido la
mayoría de edad, no antes.
Si no tiene un trabajo, OBTENDRÁ UNA AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA NO LUCRATIVA SI:
◦ Demuestre medios económicos mensuales que representen el 100% del
IPREM.
◦ Se valorará que cuente con informes positivos sobre su grado de inserción
que se refieran a:
Respeto a las normas de convivencia del centro.
Conocimiento de las lenguas oficiales.
Existencia de lazos familiares en territorio español.
El tiempo que ha estado sujeto a un acogimiento, guarda o tutela de hecho por
ciudadano o institución española.
Continuidad en sus estudios.
Existencia de una oferta o contrato de trabajo.
La participación en itinerarios de formación.
MODIFICACIÓN DE RESIDENCIA POR MINORÍA DE EDAD O NO
LUCRATIVA A RESIDENCIA Y TRABAJO: La puede pedir , con
UNO O VARIOS CONTRATOS SUCESIVOS, cumpliendo los
requisitos de la modificación de autorizaciones.
131. SI ACCEDE A LA MAYORÍA DE EDAD SIN AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA: PUEDE OBTENER UNA AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES.
Lo pide el propio niño PERSONALMENTE 60 días
antes de cumplir la mayoría de edad, o ya siendo
mayor de edad durante los 90 días siguientes a la
fecha de su cumpleaños.
Aportará:
Una certificación del servicio de protección
recomendando la concesión.
Y suficiencia de medios económicos consistentes en :
◦ Contar con ingresos que sean como mínimo el 100% del
IPREM.
◦ Contar con un contrato o varios contratos de vigencia
sucesiva
◦ Tener un plan de negocio viable que previsiblemente
provea una ganancia del 100% del IPREM.
Si hay actividad lucrativa la residencia conlleva derecho
a trabajar y está condicionada a darse de alta en
Seguridad Social en el plazo de un mes.
133. RESIDENCIA DE LARGA
DURACIÓN
Residencia que se renueva por cinco años
No se pierde por caducidad de la tarjeta
Nos piden informe de escolarización para obtenerla
Tiene un régimen privilegiado de recuperación si se
pierde en determinados supuestos.
134. Residentes continuados durante 5 años en España o titulares de blue card que hayan
residido 5 años en la UE y los dos últimos años en España, con un máximo de ausencias.
Residentes que tengan una pensión española de jubilación contributiva
Residentes que tengan una pensión española contributiva de incapacidad permanente
absoluta o gran invalidez , u otra, de cuantía suficiente para su sostenimiento.
Residentes nacidos en España, que antes de la mayoría de edad hayan residido en
España tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
Españoles de origen que hayan perdido la nacionalidad española
Residentes que al llegar a la mayoría de edad hayan estado 5 años bajo la tutela de una
entidad pública española
Apátridas, refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria si su situación ha sido
reconocida legalmente.
Personas que hayan contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o
cultural de España o a la proyección de España en el exterior.
135. Para que LA RESIDENCIA SE ENTIENDA CONTINUADA A
LOS EFECTOS DE CONSEGUIR UNA RESIDENCIA DE
LARGA DURACIÓN (igual para la larga duración UE)
Residencia legal y continuada durante 5 años, ausencia
permitida:
• 6 meses continuados, siempre que durante los 5 años no se haya
ausentado más de 10 meses.
• Por motivos laborales, ausencias de 6 meses continuados, y un total de
un año a lo largo de los 5 años
Haber residido con una tarjeta azul-UE durante 5 años en
territorio de la Unión Europea si los dos últimos ha residido
en territorio español, ausencia permitida:
• Se pueden ausentar de la Unión Europea hasta 12 meses seguidos, y un
máximo de 18 meses dentro de los cinco años.
136. Residencia de larga duración UE
5 años de residencia continuada (con las
mismas ausencias que la anterior figura)
Seguro de enfermedad público o privado
Medios de vida (reagrupación familiar)
Siendo residente legal, se computa para
la residencia de larga duración UE el 50%
del tiempo de estancia por estudios
137. Si soy residente de larga duración en otro país de la UE, puedo
trasladarme dentro de la Unión durante un período de tres meses con
absoluta libertad.
Si decido quedarme a residir en España en el plazo de esos tres meses:
• Si no quiero trabajar , acreditaré los medios de vida y alojamiento para la obtención de una
RESIDENCIA NO LUCRATIVA.
• Si quiero TRABAJAR: No se me aplica la Situación Nacional de Empleo, aunque sí debo
cumplir los requisitos de la autorización correspondiente. Hay que darse de alta en la SS
en el plazo de tres meses desde la resolución.
El plazo para la resolución es de 45 días.
La autorización que obtenga tiene una duración de 5 años.
Cuando cumpla los requisitos de residencia de larga duración UE en
España perderá la condición de residente de larga duración en otro país
de la UE.
138. PARA REAGRUPARA A MI FAMILIA Por supuesto,
no tienes que esperar un año ni nada parecido.
Puedes pedir la reagrupación
• conjuntamente contigo
• posteriormente
• antes de llegar a España
• Después de entrar en territorio español, y si ellos están aquí el
plazo legal de permanencia es de tres meses.
No necesitan visado si viven ya en un país de la UE.
Resuelve el Subdelegado del Gobierno de la
provincia donde vayáis a residir.
140. Recuperar Larga duración
• Perdió la residencia de larga duración por los motivos tasados
• Ausencia de más de 12 meses
• Haber adquirido la larga duración en otro estado miembro
• Compromiso de no retorno
• No tiene antecedentes
• No tiene enfermedades del Reglamento sanitario internacional
• ha pagado la tasa
• No ha incumplido el compromiso de no retorno (no se computan estancias de turismo o visita
por tres meses)
Recuperar
Larga duración UE
• Perdió la residencia de larga duración UE por los siguientes motivos:
- Ausencia de territorio de la UE por más de 12 meses
- Hubiese adquirido la residencia de larga duraición en otro país UE
-Ausencia de España por más de 6 años
• No tener antecedentes
• recursos fijos y regulares suficientes
• Seguro público o privado de enfermedad
142. EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL
DE FORMA AUTOMÁTICA SIN NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO ADMINISTRATIVO
-Porque caduquen y no se renueven en plazo
-Porque no se renueven de forma extraordinaria en los supuestos de estados de alarma,
excepción y sitio.
-Por tener una prohibición de entrada en territorio español.
SIGUIENDO EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO PARA EL OTORGAMIENTO,
MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE AUTORIZACIONES PREVISTO LEGALMENTE.
-Cuando se cambie o pierda la nacionalidad, sin perjuicio de la obtención de una
nueva residencia.
-Cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su concesión.
-Cuando se compruebe la inexactitud grave de las circunstancias alegadas.
-Cuando deje de tener pasaporte, salvo que realice los trámites de renovación o
recuperación
-Por ausencias de más de 6 meses. (salvo que sea en una relación laboral de
cooperación o por un programa de movilidad por estudios en la UE.
143. EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA
TEMPORAL Y TRABAJO POR INVESTIGACIÓN o ALTAMENTE
CUALIFICADOS
DE FORMA AUTOMÁTICA SIN NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO
ADMINISTRATIVO
-Porque caduquen y no se renueven en plazo
-Porque no se renueven de forma extraordinaria en los supuestos de estados
de alarma, excepción y sitio.
SIGUIENDO EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO PARA EL OTORGAMIENTO,
MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE AUTORIZACIONES PREVISTO LEGALMENTE.
-Cuando se hubiese obtenido fraudulentamente
-Cuando desaparezcan las circunstancias que concurrían para su concesión
-Cuando se resida en España para fines distintos (investigación o trabajo de
alta cualificación)
144. EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA
TEMPORAL Y TRABAJO PARA VÍCTIMAS SDE TRATA
DE FORMA AUTOMÁTICA SIN NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO
ADMINISTRATIVO
-Porque caduquen y no se renueven en plazo
-Porque no se renueven de forma extraordinaria en los supuestos de estados
de alarma, excepción y sitio.
CON PROCEDIMIENTO- PARA LOS CASOS DE QUE SE HAYA OTORGADO EN
ATENCIÓN A LA COOPERACIÓN DE LA VÍCTIMA CON LAS AUTORIDADES
-Que un juez declare que la denuncia es fraudulenta o infundada o en
caso de fraude en la cooperación de la presunta víctima.
-Cuando desaparezcan las circunstancias que concurrían para su concesión.
-Cuando deje de cooperar.
-Cuando reanude las relaciones con los autores del delito voluntaria y
activamente.
145. EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN y LARGA
DURACIÓN UE
-Fraude en su obtención
-Orden de expulsión legalmente impuesta
-Ausencias de más de 12 meses consecutivos fuera de la
UE (salvo actividades de cooperación en el extranjero)
-Haber adquirido la residencia de larga duración- UE en
otro estado miembro
147. Residencia y trabajo o
residencia con
excepción para
Estudios, investigación, trabajar, altamente
formación o prácticas cualificados,
investigación
Tener un contrato de trabajo o una actividad por cuenta propia a desarrollar que cumpla
los requisitos para cada tipo de autorización.
-Llevar tres años en España
-Ha superado los estudios con aprovechamiento
-No haya sido becado en programas de cooperación
-También en ese momento puede pedir residencia para sus familiares cumpliendo los requisitos
de reagrupación familiar.
-La solitud de modificación si se hace antes de la caducidad prorroga la estancia hasta la
resolución.
-Una vez hay resolución favorable hay que darse de alta en el plazo de un mes en Seguridad
Social.
-OJO NOVEDAD: EXCEPCIONALMENTE PUEDE REDUCIRSE EL PLAZO DE
TRES AÑOS en algunos casos de Ciencias de la Salud o Médicos militares (se contempla
hasta una autorización provisional)
-OJO NOVEDAD: Si no cumple los requisitos para la modificación, pero sí para una
residencia inicial, se da la autorización, condicionándola a presentar el correspondiente
visado.
148. Residencia y trabajo
por cuenta ajena o
propia o residencia
con excepción para
Residencia / trabajar,
investigadores, alta
Residencia comunitaria cualificación
Quien lleva un año de residencia sin autorización para trabajar puede pedir el cambio.
-Se da un mes desde la resolución que lo consienta para darse de alta en la Seguridad Social.
-Si es para cambiar a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena:
oEs el empleador quien ha de ir a la Subdelegación del Gobierno a presentar la solicitud
de modificación personalmente
oNo se aplica la Situación Nacional de Empleo.
-También se contempla el caso del comunitario o familiar de comunitario que dejan de serlo y deciden
pasar a régimen general.
oEn este caso hay que conocer también la regulación y los motivos por el RD 240/2007,
que regula el Régimen comunitario.
149. Compatibilidad cuenta propia y ajena o compatibilidad de varias autorizaciones
de cuenta propia con ámbito geográfico distinto
PARA COMPABILIDAD CUENTA PROPIA Y CUENTA AJENA:
Hay que cumplir los requisitos de ambas autorizaciones.
Hay que demostrar que es compatible la realización simultánea ambas
actividades
La compatibilidad se da por todo el tiempo de vigencia de la
renovación que se trate salvo que se pida aportando contrato
concreto de duración inferior.
PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE CUENTA PROPIA EN DISTINTAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS:
Hay que solicitarlo siempre para el mismo sector de
actividad. (probablemente es ilegal)
150. Residencia por
circunstancias Residencia, residencia y
excepcionales trabajo o residencia con
exceptuación de la
autorización de trabajo,
altamente cualificados,
investigadores
ATENCIÓN: Se confirma legalmente, sin mucha lógica, ya que le aplican la normativa de
requisitos de renovación de cuenta ajena (art. 71) que la renovación de los arraigos que permiten
trabajar no se consideran una renovación de autorización de trabajo (tasa de 76 euros) , sino una
autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena, por lo que se pagan las tasas superiores a
190 euros.
SI LA AUTORIZACIÓN QUE TENÍA AUTORIZABA A TRABAJAR:
oLo presenta el interesado
oTiene que cumplir los requisitos de renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo (art. 71)
oLa autorización es por dos años y se conserva el tiempo de residencia anterior.
oPero tiene la consideración de cuenta ajena inicial
SI LA AUTORIZACIÓN QUE TENÍA NO AUTORIZABA A TRABAJAR
oLo presenta el empleador
oNo se aplica la Situación Nacional de Empleo
oTiene un mes para darse de alta en la Seguridad Social desde la resolución
oTambién es para dos años e igualmente se le computa el tiempo de residencia anterior.
151. Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo.
CAMBIO DEL LÍMITE GEOGRÁFICO O DE ACTIVIDAD DE UNA AUTORIZACIÓN INICIAL
El interesado puede pedir el cambio de limitación geográfica o de actividad.
Se le aplica la situación nacional de empleo
Es competente el órgano donde se vaya a empezar la nueva actividad
CAMBIO DE CUENTA PROPIA A CUENTA AJENA Y VICEVERSA.
Hay que esperar a tener la autorización renovada, o en trámite de renovación (salvo excepciones) y cumplir los requisitos:
Para pasar a cuenta propia: haber cotizado lo suficiente como para renovar
Para pasar a cuenta ajena:
otener un contrato de duración suficiente +
o estar al corriente de las obligaciones de Seguridad Social y tributarias
CAMBIO DE CUENTA PROPIA O AJENA A RESIDENCIA NO LUCRATIVA, ALTA CUALIFICACIÓN, INVESTIGADORES, RESIDENCIA CON EXCEPCION
PARA TRABAJAR.
Tiene que haber renovado
Cumplir los requisitos de cotización de la anterior autorización y los requisitos para acceder a la nueva.
EXCEPCIONALMENTE SE PUEDE PEDIR ANTES DE LA RENOVACIÓN CUANDO HAYA CAUSAS SOBREVENIDAS Y SEA NECESARIO PARA SUBSISTIR.
LA DURACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN MODIFICADA ES LA QUE RESTE O LA CORRESPONDIENTE A LA RENOVACIÓN.
154. LEVES
No comunicar a las autoridades cambios de
nacionalidad, estado civil o domicilio u otras
circunstancias.
Presentar la renovación de las autorizaciones dentro
de los tres meses siguientes a la caducidad.
Trabajar por cuenta propia sin autorización de trabajo
teniendo residencia legal.
Multa de hasta 500 euros
Trabajar en actividad o ámbito geográfico fuera de la
limitación de la tarjeta.
Contratar a un trabajador extranjero para una
ocupación o ámbito geográfico que no le permita su
tarjeta
155. GRAVES
Encontrarse en España en situación
irregular
Estar trabajando sin autorización de
residencia
Ocultar con mala fe los cambios de
nacionalidad, estado civil o domicilio y
falsear los datos del padrón (es decir,
que se manifieste que se vive en un
lugar siendo falso) Multas de 501 hasta 10000 euros
No cumplir las medidas de seguridad y PODRA SUSTITUIRSE POR
EXPULSIÓN
pública, presentación periódica o
alejamiento de fronteras o lugares
impuestos.
Cometer la tercera infracción leve en
un año de la misma naturaleza
Participar en actividades graves
contrarias al orden público
156. Salir de territorio español por puestos no
habilitados, no presentar documentación o GRAVES
incumplir una prohibición de salida.
No pedir la expedición de la Tarjeta de Identificación
de Extranjeros (TIE)
El empresario: No dar de alta al extranjero si se pide
una autorización para él o no registrar el contrato
en las condiciones que se pactaron salvo que
justifique por qué no ha podido hacerlo.
Multas de 501 hasta 10000 euros
Casarse por conveniencia o simular una pareja de
hecho o asumir la tutela de alguien , si se hace por
dinero o por conseguir indebidamente un derecho
de residencia.
Hacer una carta de invitación y consentir que la
persona extranjera invitada permanezca a su cargo
tras la expiración del visado.
Titular de la vivienda: Consentir la inscripción de un
extranjero en el Padrón no siendo real.
157. Participar en actividades contrarias a la MUY GRAVES
seguridad o el interés nacional, o
contrarias al orden público muy graves
Promover para enriquecerse la
inmigración clandestina
Realizar conductas discriminatorias por
motivos raciales, étnicos, nacionales o
religiosos.
Con carácter
Contratar a trabajadores sin permiso de general de desde
residencia y trabajo 10.001 hasta
100.000 euros
Titular de una vivienda que empadrona (excepciones) O
a un extranjero a cambio de dinero EXPULSIÓN
Simular una relación laboral que no
existe con un extranjero
Cometer la tercera infracción grave en
un año
El incumplimiento de determinadas
obligaciones por parte de los
transportistas como no comprobar si
tienen documentación o no asumir la
repatriación.
158. Es causa de expulsión LA CONDENA
dentro o fuera de España, por una
conducta dolosa que constituya en
nuestro país delito sancionado con pena
privativa de libertad superior a un año,
salvo que los antecedentes penales
hubieran sido cancelados
160. Procedimiento preferente, para
determinados casos de expulsiones.
Procedimiento ordinario, para las todas
las infraciones sin no se dice otra cosa.
Procedimiento simplificado para las
infracciones leves
Procedimiento por infracciones del
orden social
Procedimento de imposición de multas
162. No cabe sancionar con multa y expulsion, O UNA U OTRA.
La expulsión conlleva la pérdida de la autorización de residencia que tuviéramos.
Si la persona en situación irregular reside legalmente en otro estado de la UE se le conmina a
que vuelva a él de forma inmediata.
Hay casos protegidos contra la expulsión (en la práctica no funciona con quienes tienen
antecedentes penales aunque acabamos de tener una sentencia favorable)
• nacidos en España que hayan residido legalmente en los últimos cinco años.
• Residentes de larga duración (en la resolución hay que valorar antes de expulsar todos los vínculos con España, familiares
, tiempo de residencia, etc)
• Españoles de origen que hubiesen perdido la nacionalidad.
• Beneficiarios de una prestación de incapacidad permanente, desempleo o una prestación asistencial
• Familiares de cualquiera de los anteriores si ha residido dos años legalmente en España (cónyuge, ascendientes e hijos
menores o mayores con discapacidad)
• Embarazadas cuando haya riesgo para la gestación.
La expulsión conlleva una prohibición de entrada sin límite mínimo y 5 años de máximo. En
casos graves de orden público podría llegar a los 10 años.
Cabe no imponerla cuando abandone durante el procedimiento de expulsión el territorio o
revocarla si se ha ido en período de cumplimiento voluntario
Atención porque una expulsión SE PUEDE REVOCAR en determinados supuestos.
163. Una expulsión puede revocarse:
víctimas de violencia o de trata o
en casos de colaboración contra
redes organizadas. Se valorará
caso por caso, la revocación,
cuando se presente una solicitud
de autorización de residencia por
circunstancias excepcionales
164. Procedimiento ordinario, con carácter general.
Procedimiento preferente, cuando hay riesgo de fuga o falta de
colaboración o en caso de personas condenadas.
Procedimiento del art. 57.7 de la LOEX para expulsar a personas que
ya tienen expulsión y que están incursas en un procedimento penal
para el que se prevean penas inferiores a 6 años. Aún no hay
sentencia
Art. 89 del Código Penal, ya hay condena inferior a 6 años. Se da
audiencia a todas las partes interesadas.
166. Acuerdo de Iniciación, 15
días para alegar y para
proponer prueba,
abriéndose un período de
prueba de 10 a 30 días
viendo el resultado de las
Si se trata de expulsión se da pruebas, se formula
UN PERÍODO VOLUNTARIO PROPUESTA DE
de 15 días, minimo de 7, RESOLUCIÓN , fijando la
máximo de 30. Salvo menores sancion y las medidas
escolarizados hasta final de cautelares que no podrá ser
curso, salvo otro progenitor. INTERNAMIENTO, O
ARCHIVANDO
Si no se va , se puede detener
y expulsar en 72 horas o
ingresar en el CIE.
Trámite de 15 días para
alegaciones y se manda a
La resolución por la Subdelegación para que
Subdelegación se en 10 resuelva.
días salvo actuaciones
complementarias en que
se dará audiencia 7 días:
Se decreta expulsión o
multa
168. Encontrarse irregularmente en territorio español si además
concurre:
• Riesgo de incomparecencia.
• Que el extranjero evite o dificulte la expulsión, sin perjuicio de las actuaciones en
ejercicio de sus derechos.
• Que el extranjero represente un riesgo para el orden público, la seguridad pública
o la seguridad nacional.
Actividades contrarias a la seguridad nacional, orden público o
perjudiciales para las relaciones internacionales de España.
Favorecer con ánimo de lucro, individualmente la inmigración
clandestina
Incumplimiento de las medidas impuestas por razón de seguridad
pública
Realización de actividades contrarias al orden público graves
Condena por pena superior a un año salvo antecedentes
cancelados
169. Acuerdo de Iniciación
con abogado e
La ejecución se intérprete, dando 48
realiza de forma horas para alegar.
inmediata solicitando
al juez el cese del
internamiento si se En las alegaciones el
hubiese ya acordado letrado puede pedir
para la expulsión. prueba que se
celebrará en tres días si
La expulsión ha de se admite
comunicarse al
consulado o al
Ministerio de Asuntos
Exteriores.
se hace una propuesta
de resolución y se dan
48 horas al interesado
La resolución por la para alegar y se manda
Subdelegación se dicta a Subdelegación
de forma inmediata
170. Como medida cautelar el
instructor puede pedir
motivadamente al juez de
instrucción el ingreso en el CIE
por el tiempo imprescindible con
un máximo de 60 días. El juez
decide el internamiento. Si el juez
lo deniega, el instructor podrá
adoptar otras medidas:
-Retirar pasaporte
-Presentación periódica
-Residencia obligatoria en un
lugar
171. TRÁMITES A SEGUIR PARA
EXPULSAR A PERSONA
EXTRANJERA CON
EXPULSIÓN DECRETADA E
INCURSA EN UN
PROCEDIMIENTO PENAL
172. El art. 57.7. Expulsión mixta. Especialidad
administrativa y penal para extranjeros
IMPUTADOS EN SITUACIÓN IRREGULAR:
En vía administrativa el extranjero ya está sancionado
con expulsión ,
además está incurso en un procedimiento penal de
delito o falta
se le puede sustituir el procesamiento por esa expulsión
con prohibición de entrada de hasta 10 años, siempre
que la pena prevista para el delito del que se le acusa
sea inferior a 6 años (art. 57.7 de la LOEX) .
No cabe: En los casos en los artículos 312.1, 313.1 y
318 bis del Código Penal la expulsión se llevará a efecto
una vez cumplida la pena privativa de libertad.
174. Art. 89 CP- para personas CONDENADAS no
residentes legales
PENAS INFERIORES A 6 AÑOS :
REGLA GENERAL Se sustituye la
pena por expulsión salvo que el
juez motivadamente aprecie
razones que justifiquen el
cumplimiento en España/
- Se decide en sentencia. Tb en auto CUALQUIERA QUE SEA LA PENA AL
motivado posterior ACCEDER AL TERCER GRADO O A
- archiva cualquier solicitud para LAS ¾ PARTES DE CONDENA : Lo
residir y trabajar tiene que pedir el Ministerio fiscal
- lleva aparejada prohibición de
entrada de 5 a 10 años. (modulado)
- Si regresa cumple prisión/ si es en
frontera lo vuelven a expulsar y
reanudación del cómputo de la
prohibición de entrada.
NORMAS COMUNES
siempre con audiencia del penado que podrá exponer sus razones de
arraigo y oponerse
No es aplicable no en 312, 313, 318 bis
si no está privado de libertad puede acordarse el internamiento en CIE
con los límites de la LOEX
Si no se puede ejecutar , se cumple la condena o suspensión o
sustitución del art. 88.
ATENCIÓN : NO DEBE SER RETROACTIVO SI NO ES MÁS FAVORABLE