El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
Dec1991 13
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BOLETIN OFICIAL N° 5217
Que en este orden de cosas se dispone que el personal que revista en la
Ley L N° 1.844 que cumpla Extensión Horaria u Hora Pasiva en Centros
Asistenciales los días 24, 25 y 31 de Diciembre de 2013 y 1° de Enero de
2014 percibirá el doble a lo establecido en el Decreto n° 3/05 y modificatorios;
Que asimismo, el personal que revista en la Ley L N° 1.904 que
cumpla guardia activa o pasiva en esos días percibirá el doble de puntos
asignados para un día no laborable, de asueto o feriado, según corresponda;
Que siendo la presente una medida extraordinaria que conlleva un
importante esfuerzo económico para las arcas provinciales, se estima
apropiado que sus consecuencias favorables recaigan como premio para
aquellos agentes que cumplen efectivamente con sus tareas, incentivándose
el esfuerzo por contribuir a la calidad de la prestación de servicios los días
indicados;
Que el artículo 2° de la Ley A N° 2.397 faculta a los titulares de los
Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial a dictar las normas que regulen en
su ámbito de aplicación el sistema de bonificaciones y adicionales personales
y/o funcionales;
Que han tomado debida intervención en materia de sus respectivas
competencias, la Secretaría de la Función Pública y Reconversión del Estado,
Ministerio de Economía y la Fiscalía de Estado mediante Vista N° 9.188-13;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo
181 ° Inciso 1) de la Constitución Provincial;
Viedma, 20 de Enero de 2014
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro
DECRETA
Artículo 1º.- Establecer que el personal que revista en la Ley L N° 1.844
que cumpla Extensión Horaria u Hora Pasiva en Centros Asistenciales los
días 24, 25 y 31 de Diciembre de 2013 y 1° de Enero de 2014 percibirá el
doble a lo dispuesto en el Decreto n° 3/05 y modificatorios, según
corresponda.Art. 2°.- Disponer que el personal que revista en la Ley L N° 1.904 que
cumpla guardia activa o pasiva los días 24, 25 y 31 de Diciembre de 2013 y
1° de Enero de 2014 percibirá el doble de puntos asignados para un día no
laborable, de asueto o feriado, según corresponda.Art. 3°.- Establecer que el personal que revista en la Ley L N° 1.844 y la
Ley L N° 1904 que preste funciones en Centros Asistenciales de Salud los
días 24, 25 y 31 de Diciembre de 2013 y 1° de Enero de 2014 percibirá el
doble del valor hora normal y habitual.Art. 4°.- Autorizar al Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones
presupuestarias que considere necesaria para dar cumplimiento al presente
Decreto.Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros
de Economía y de Salud.Art. 6°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín
Oficial y archivar.
WERETILNECK - A. Palmieri - N. C. Delfino.-
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DECRETOS SINTETIZADOS
–—
DECRETO Nº 1809.- 22-11-2013.- Otórgase un
aporte no reintegrable, a favor del Sr.
Curihuinca, Julio de la localidad de S. C. de
Bariloche. Expte. Nº 174.262-SPYPDS-2.013.
DECRETO Nº 1897.- 09-12-2013.-Otórgase un
aporte no reintegrable a favor de setenta y seis
(76) familias carenciadas de la localidad de Villa
Regina y Chichinales. Expte. Nº 175.091-SP2.013.
DECRETO Nº 1901.- 09-12-2013.- Dar de baja, a
partir del 2 de diciembre de 2013, las designaciones de los Sres. Funcionarios de la Secretaría
de Seguridad y Justicia. Y designar a partir del 2
de diciembre de 2013, a los Sres. Funcionarios
del Mtrio. de Seguridad y Justicia.
DECRETO Nº 1902.- 09-12-2013.- Ratifícase en
todos sus términos el Convenio celebrado entre
el Ministerio de Desarrollo Social y la asociación
civil denominada Aunar Asociación de Apoyo
al Discapacitado, de la ciudad de Luis Beltrán.
Expte. Nº 173.701-CPD-2.013.
DECRETO Nº 1903.- 09-12-2013.- Otorgar un
Subsidio a favor de la Asociación Civil Grupo
Encuentro, para ser destinado a solventar los
gastos del Proyecto “Futuro Verde” del
Programa de Inclusión Comunitaria (P.I.C.).,
de S. C. de Bariloche. Expte. Nº 120.420-SSyJ2013.
DECRETO Nº 1921.- 12-12-2013.- Otorgar un
aporte no reintegrable a favor del Sindicato de
Trabajadores de la Industria de la Alimentación,
con sede en Gral. Roca. Expte. Nº 117.167DP-13.
DECRETO Nº 1924.- 12-12-2013.- Otórguese un
aporte no reintegrable a la Municipalidad de
Coronel Belisle, para ser destinado a solventar
los gastos de organización que demanden las
actividades con motivo de conmemorase la
Fiesta del Centenario de dicha Localidad. Expte.
Nº 25819-A-2.013.
DECRETO Nº 1926.- 12-12-2013.- Otorgar un
aporte no reintegrable, a los Municipios de la
Provincia de Río Negro. Expte. Nº 117.394SA-13.
DECRETO Nº 1973.- 19-12-2013.- Otorgar un
aporte no reintegrable, a favor de treinta y
cuatro (34) familias carenciadas de Cipolletti.
Expte. Nº 174.489-SP-13.
DECRETO Nº 1977.- 19-12-2013.- Conceder al
agente Enrico Fernando Margiotta Ruiz
(DNI. Nº 31.063.357, a partir del 24 de
Diciembre de 2.013 licencia sin goce de haberes
por un (1) año, prevista en el Artículo 48º de la
Ley L Nº 3.487 en concordancia con el Artículo
46º de la Ley L Nº 3.487. Expte. Nº 21.745-SI13.
DECRETO Nº 1987.- 19-12-2013.- Promover
automáticamente, de conformidad a lo
establecido en los Artículos 12º Agrupamiento Administrativo y 15º Agrupamiento
Profesional Anexo II de la Ley L Nº 1.844 a
los agentes de la planta permanente del
Ministerio de Economía. Expte. Nº 19.545IPAP-13.
DECRETO Nº 1989.- 19-12-2013.- Otorgar un
aporte no reintegrable, a beneficiarios varios.
Expte. Nº 174.136-SGYA-13.
DECRETO Nº 1990.- 19-12-2013.- Otórgase un
aporte no reintegrable, a favor de la Empresa
Viviendas Rionegrinas Sociedad del Estado,
destinado a cubrir la deuda impositiva mantenida
para facilitar su disolución. Expte. Nº 83750DGA-13.
DECRETO Nº 1991.- 20-12-2013.- Otorgar al
personal de la Administración Pública de la
Provincia de Río Negro, asueto administrativo los días 24, 30 y 31 de Diciembre de
2.013.
DECRETO Nº 1999.- 20-12-2013.- Otorgar un
subsidio a favor de la Fundación FUTAPS de la
ciudad de Viedma, para ser destinado a solventar
los gastos del Proyecto “Unidos por el Cambio”
del Programa de Inclusión Comunitaria (P.I.C.).
Expte. Nº 120.811-SSyJ-13.
DECRETO Nº 2001.- 26-12-2013.- Otorgar un
aporte no reintegrable a favor del Sindicato
Obreros Empacadores de Fruta de Río Negro y
Neuquén. Expte. Nº 175.313-SP-13.
DECRETO Nº 2002.- 26-12-2013.- Dejar sin
efecto, a partir de la fecha del presente Decreto,
el Contrato de Locación de Servicios en relación
de dependencia, celebrado entre el Mtrio. de
Educación y Derechos Humanos de la Pcia. de
Río Negro y la Lic. en Diseño Gráfico María
Cecilia Barbieri (DNI. Nº 28.916.200),
aprobado en el marco de las actuaciones
administrativas tramitadas por Expediente Nº
143.496-EDU-2.012. Expte. Nº 053.334-ART13.
RESOLUCIONES
–—
Provincia de Río Negro
MINISTERIO DE GOBIERNO
Inspección General de Personas Jurídicas
Resolución Nº 04
Viedma, 10 de Enero de 2014.
Visto: el expediente N° 11.630-IGPJ-2013,
caratulado “Acceso Asociación Civil” (Cipolletti)
S/ personería jurídica, adjunta documentación”, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 consta nota suscripta por los
señores Presidente y Secretario de la institución
mencionada y se presentan ante este Organismo a
efectos de tramitar la personería jurídica en los
términos del Art. 33° y 45° del Código Civil, así
mismo, surge la sede social de la Asociación en los
términos del Art. 11° del Decreto N° 725/07,
reglamentario de la Ley K N° 3827, el cual será
tenido como válido para esta Inspección General
de Personas Jurídicas a todos los efectos legales de
notificación, inspecciones y demás, debiendo
informar todo cambio en el plazo estipulado en el
Art. 12° del mencionado Decreto. La inobservancia
de este artículo, dará lugar a aplicaciones de
sanciones por parte de la mencionada Inspección
General, de acuerdo a lo normado en los Arts. 11°
y 13°;
Que a fojas 3 y 4 obra Acta Constitutiva,
Estatuto Social suscripto por las autoridades (fs. 5/
11), aceptación de los distintos cargos
institucionales (fs. 15/19), inventario patrimonial
(fs. 14), nómina de socios (fs. 13), y constancia de
tasa retributiva de servicios conforme Ley K N°
4486. inc. D, apartado 2.1 (fs. 4, vuelta);
Que a fojas 22 y 39 obra nota del Inspector
General de Personas Jurídicas solicitando
documentación a completar para culminar el
trámite, así mismo, a fojas 24 y 40, mediante notas
de
fecha
13/11/2013
y
13/12/2013
respectivamente, se realiza la presentación por
parte de la Asociación Civil de la documentación
solicitada;
Que de fojas 41/50 consta copia certificada del
Acta Constitutiva y Estatuto Social volcado a Libro
de Actas de Asambleas Generales, previamente
autorizado con las firmas pertinentes;
Que habiéndose cumplido con los requisitos
exigidos por Ley Provincial N° 3.827, demás
reglamentaciones vigentes y que su Estatuto Social