UNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdf
Res economia207 16
1. 17
Viedma, 14 de Abril de 2016 BOLETIN OFICIAL N° 5450
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por la Ley T N° 2603, Ley T N° 3883, Decreto 206/13, Ley N° 4794 y Ley
A n° 2938;
Por ello:
La Secretaria de Turismo
del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte
RESUELVE:
Artículo 1°.- Habilitar por el término de un (1) año a partir de la fecha al
señor Claudio Daniel Barbieri, D. N. I. 16.090.379, como Prestador de
Turismo Activo para la modalidad Turismo Aventura, específicamente en
las actividades de Buceo Submarinismo y para la modalidad de Ecoturismo,
específicamente en las actividades de Paseos Náuticos, conforme el Artículo
2°, Apartado 1.1. inciso e) y Apartado 1.2, Inciso g) de la Ley T N° 3883, a
desarrollarse en el Área Natural Protegida Bahía de San Antonio, de la
Provincia de Río Negro.
Art. 2°.- Registrar, comunicar, notificar a los interesados, publicar y
cumplido archivar.-
Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.
———
Resolución Nº 050/16 ST
San C. de Bariloche, 28 de Marzo de 2016.
Visto: el Expte. N° 17.131-T-12 caratulado “S/Inscripción Registro de
Prestadores en Turismo Activo María Laura Varela”, del Registro del
Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, y,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 26 de Junio del 2014, mediante Resolución N° 020/14 ST
se habilitó por el término de un año, a la señora María Laura Varela, CUIT
27-20365077-4 como prestador de Turismo Activo para la modalidad
Turismo de Aventura, específicamente en las actividades de Buceo
Submarinismo y para la modalidad de Ecoturismo, específicamente en las
actividades de Observación de Fauna Marina y Paseos Náuticos, a desarrollarse
bajo en nombre fantasía “MARSUB”, en el Área Natural Protegida Bahía
San Antonio, Provincia de Río Negro;
Que con fecha 16 de Octubre de 2015 mediante Resolución n° 106/15 ST
se otorgó una prórroga por el término de Sesenta (60) días para cumplimentar
con toda la documentación necesaria para su renovación de la Habilitación
como Prestador de Turismo Activo;
Que mediante Resolución n° 769/SAyDS/15 de fecha 03/08/15 la Secretaría
de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable aprobó la reglamentación del
Registro de Operadores con Ballenas, el Plan de Manejo Anual de Ballena
Franca Austral — Período 2015 y la Zona Controlada del manejo del recurso;
además prórroga la vigencia de las Resoluciones N° 735/SAM/12 327/SAyDS/
13 en relación a la habilitación de los Operadores con Ballenas en el que se
menciona: d) “MARSUB” a cargo de María Laura Varela, inscripción N° 02/
2013, Resolución N° 322/SAyDS/13 (Expte. N° 164.842-SAM-2012);
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por la Ley T N° 2603, Ley T N° 3883, Decreto 206/13, Ley N° 4794 y Ley
A n° 2938;
Por ello:
La Secretaria de Turismo
del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte
RESUELVE:
Artículo 1°.- Habilitar por el término de un (1) año a partir de la fecha a
la señora María Laura Varela, D. N. I. 20.365.077, como Prestador de
Turismo Activo para la modalidad Turismo Aventura, específicamente en
las actividades de Buceo/Submarinismo y para la modalidad de Ecoturismo,
específicamente en las actividades de Observación de Fauna Marina y Paseos
Náuticos, conforme el Artículo 2°, Apartado 1.1. Inciso e) y Apartado 1.2,
Inciso f) y g) de la Ley T N° 3883, a desarrollarse en el Área Natural
Protegida Bahía de San Antonio, de la Provincia de Río Negro.
Art. 2°.- Registrar, comunicar, notificar a los interesados, publicar y
cumplido archivar.-
Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.
———
Resolución Nº 051/16 ST
San C. de Bariloche, 28 de Marzo de 2016.
Visto: el Expte. N° 17.130-T-12 caratulado “S/ Inscripción Registro de
Prestadores en Turismo Activo “Horacio R. Leal, del Registro del Ministerio
de Turismo, Cultura y Deporte, y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 25 de julio del 2013, mediante Resolución N° 033/13
SCFyCT se habilitó hasta el día 22 de mayo del 2014 al señor Horacio
Ricardo Leal, CUIT 20-08210264-8 como prestador de Turismo Activo
para la modalidad Turismo de Aventura, específicamente en las actividades
de Buceo/Submarinismo y Pesca Embarcada y para la modalidad de
Ecoturismo, específicamente en las actividades de Observación de Aves,
Flora y Fauna, a desarrollarse bajo en nombre fantasía “Cota Cero”, en el
Area Natural Protegida Bahía de San Antonio, Balneario Las Grutas, Pro-
vincia de Río Negro;
Que con fecha 12 de junio de 2014, el señor Horacio Ricardo Leal
presentó copia del seguro de responsabilidad civil, póliza N° 705978 y de
accidentes personales, póliza N° 3092006; con vigencia desde 23/05/14 al
23/05/15 y desde el 24/05/14 al 24/05/15 respectivamente;
Que con fecha 16 de Octubre de 2015 mediante Resolución N° 106/15
ST se otorgó una prórroga por el término de Sesenta (60) días para
cumplimentar con toda la documentación necesaria para su renovación de la
Habilitación como Prestador de Turismo Activo;
Que mediante Resolución n° 769/SA y DS/15 de fecha 03/08/15 la
Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable aprobó la
reglamentación del Registro de Operadores con Ballenas, el Plan de Manejo
Anual de Ballena Franca Austral — Período 2015 y la Zona Controlada del
manejo del recurso; además prórroga la vigencia de las Resoluciones n° 735/
SAM/12 327/SA yDS/13 en relación a la habilitación de los Operadores con
Ballenas en el que se menciona: b) “Cota Cero” a cargo del Sr. Horacio
Ricardo Leal, inscripción N° 04/2012, del Registro de Operadores con Ballenas,
según Resolución N° 705/SMA/12 (Expte. N° 164.844-SAM-2012);
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por la Ley T N° 2603, Ley T N° 3883, Decreto 206/13, Ley N° 4794 y Ley
A N° 2938;
Por ello:
La Secretaria de Turismo
del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte
RESUELVE:
Artículo 1°.- Habilitar por el término de un (1) año a partir de la fecha al
señor Horacio Ricardo Leal, D.N.I. 08.210.264, como Prestador de Turismo
Activo para la modalidad Turismo Aventura, específicamente en las
actividades de Buceo/Submarinismo y Pesca Embarcada y para la modalidad
de Ecoturismo, específicamente en las actividades de Observación de Aves,
Flora y Fauna, conforme el Artículo 2°, Apartado 1.1. Inciso e) y j) y
Apartado 1.2, Inciso f) de la Ley T N° 3883, a desarrollarse en el Area
Natural Protegida Bahía de San Antonio, de la Provincia de Río Negro.
Art. 2°.- Registrar, comunicar, notificar a los interesados, publicar y
cumplido archivar.-
Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.
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Provincia de Río Negro
MINISTERIO DE ECONOMIA
Resolución Nº 207
Viedma, 05 de abril de 2015.
Visto: el Expediente N° 042.266-ED-2000 del Registro del Ministerio de
Economía, y;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo N° 87° de la Ley H N° 3.186, establece que toda
contratación que realice la administración deberá ajustarse al procedimiento
de la licitación pública, con excepción de aquella en que su factor determinante,
esté fundado en el monto que dá lugar a los procedimientos excepcionales de
licitación privada o concurso de precios o en forma directa;
Que el Apartado a) del citado Artículo establece que el Poder Ejecutivo,
por vía reglamentaria, fijará los montos máximos, autorizados para cada
procedimiento, quedando asimismo facultado para reajustarlos, teniendo en
cuenta los índices que al efecto elaboran las oficinas técnicas;
Que mediante Decreto N° 903/2000, se fijaron los montos máximos
para cada procedimiento y se facultó al Ministerio de Economía a ajustar los
mismos, conforme a los requerimientos del funcionamiento de compras,
mediante la utilización del índice de precios minorista nivel general,
establecido por la Secretaría de Planificación y Desarrollo Económico de la
Provincia, obrante a fs. 96;
Que la Subsecretaría de Hacienda ha tomado debida intervención a fs. 98;
Que a fs. 98 la Secretaría de Hacienda autorizó el incremento del monto
de la Licitación Privada en Pesos Trescientos sesenta y cinco mil doscientos
diecinueve con noventa y nueve centavos ($ 365.219,99);
Que por sugerencia de la Fiscalía de Estado efectuada por medio de la
Vista 00892/16, se redondea el monto definido para la licitación privada;
Que según el Artículo 28° de la Ley K N° 4.794, que regula las transferencias
de competencia, por la nueva organización ministerial, corresponde al
Ministerio de Economía las funciones del ex - Ministerio de Hacienda, Obras
y Servicios Públicos;
Que por Resolución N° 358/14, se actualizaron los montos máximos de
los diferentes tipos de procedimientos de contrataciones;
Que es necesario adecuar los montos del régimen de contrataciones a las
necesidades del administrador, con el objeto de mantener una política
administrativa, ordenada y acorde a la evolución de los cambios que
diariamente se producen, y contribuir a mejorar las compras del Estado, con
un fuerte contenido de eficiencia, disminución de costos, transparencia y
rapidez;
2. 18
Viedma, 14 de Abril de 2016BOLETIN OFICIAL N° 5450
Que el presente trámite se encuadra en el Apartado a) del Art. 87 de la
Ley H N° 3186 y Punto 2 y 3 del Art. 10 Anexo II del Decreto H N° 1737/
98;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del
Ministerio a fojas 101/102, la Contaduría General a fojas 103/104, y a fs.
105/106 la Fiscalía de Estado mediante Vista N° 00892/16;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto
N° 903/00 y el Art. 15 de la Ley K N° 4.794 y modificatoria 4.907;
Por ello:
El Ministro de Economía
RESUELVE:
Artículo 1°.- Actualizar como montos máximos de los diferentes tipos de
procedimientos de contrataciones, los que a continuación se detallan:
a) Licitación Privada: Hasta la suma de Pesos trescientos sesenta y cinco
mil doscientos veinte.- ($ 365.220,00).-
b) Concurso de Precios: Hasta el cincuenta por ciento (50%) del monto
establecido para la licitación privada.-
c) Contratación directa: Hasta el cinco por ciento (5%) del monto
establecido para la licitación privada.-
Art. 2°.- Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial, pasar a la
Contaduría General y archivar.-
Lic. Isaías Kremer, Mtro. de Económia - Mirta Etcheverry, Secretaria de
Administración y Control.
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Provincia de Río Negro
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS
Resolución Nº 474
Expediente N° 19224-SGAL-92
Viedma, 06 Abril de 2016.
Visto el expediente de referencia y el Decreto N° 2359/94, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones obrantes en el expediente de referencia, se
tramitó la conformación y aprobación del “Consorcio de Regantes Allen -
Fernández Oro”;
Que como consecuencia de dicha aprobación se dictó la Resolución N°
2125/93, por la que se inscribe el Consorcio de marras en el Registro de
Consorcios de Riego, quien en consecuencia comienza a regir el Contralor
Institucional de dicho Ente, según las atribuciones del registro referido;
Que han sido oportunamente presentados los Balances cerrados en los
años 2013 y 2014, un informe económico financiero actualizado a la fecha
de Asamblea y el Presupuesto 2015-2016;
Que a fs. 1578/1583 obra el Orden del Día propuesto y la publicación
correspondiente en Diario y Boletín Oficial con la antelación establecida
estatutariamente;
Que se requiere la aprobación de la Asamblea General Ordinaria, celebrada
el día 10/12/15 cuya Acta N° 25 consta a fs. 1650/1654 en la que se trata y
aprueba: Memoria, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos
correspondientes a los Ejercicios Económicos N° 20 y 21, cerrados el 30/
04/13 y 30/04/14 respectivamente, Presupuesto, Canon de Riego, Artículo
30° del Estatuto del Consorcio, elección de Presidente, cinco miembros
titulares y seis miembros suplentes y Comisión Revisora de Cuentas, todos
por finalización de mandato;
Que a fs. 1657 obra Acta N° 530 de distribución de cargos, rectificada a
fs. 1660/1661 mediante el Acta N° 531 aceptando la renuncia al cargo de
uno de los consorcistas electos, por los motivos esgrimidos a fs. 1662;
Que a fs. 1663/1684, se deja constancia de que los directivos electos se
encuentran libres de deudas con el Consorcio, al día de la aceptación de
cargos;
Que de acuerdo a documentación obrante en el expediente de referencia,
se han cumplimentado todos los recaudos estatutarios y legales vigentes;
Que el presente acto encuentra sustento legal en el artículo 6° del Decreto
N° 2359/94;
Por ello,
El Superintendente General de Aguas
RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Asamblea General Ordinaria del Consorcio de
Regantes Allen - Fernández Oro, celebrada el día 10 de diciembre de 2015,
según consta en Acta Asamblearia N° 25 que se adjunta a fojas 1650/1654 del
expediente de referencia.
Art. 2°.- Aprobar la Memoria, Informe de Comisión Revisora de Cuentas
y Balance General correspondiente a los Ejercicios Económicos N° 20 y N°
21 cerrados 30/04/13 y el 30/04/14, respectivamente, y el Informe
Económico Financiero al 09/12/15.
Art. 3°.- Aprobar la elección de los miembros de la Comisión
Administradora, por la cuál quedan designados los Sres. Carlos Zanardi como
Presidente, Martín Borocci, Gustavo Fernández Escudero, Francisco José
López, Walter Gentili y Leonardo Ariel Lorente como titulares y Martín
Rodríguez, Miguel Gentile, Alejandro Hernández, Mariano Sánchez, Walter
Ferroni y Ricardo Cocci como miembros suplentes.
Art. 4°.- Aprobar la elección de la Comisión Revisora de Cuentas, por un
nuevo período de un (1) año, quedando integrada por los Sres. Pascual
Calicchia, Fernando Moretti y Rubén Fernández.
Art. 5°.- Aprobar el Presupuesto, Plan de Trabajo y Costos de los distintos
rubros que integran el canon de riego para el período 01/05/15 al 30/04/16
que asciende a un monto de $ 7.509.945,00.-
Art. 6°.- Aprobar el valor del Canon de Riego resultante de $ 790,52/ha/
año y la modalidad de facturación que se hará de la siguiente manera:
$ 540,00 para el 1º Bimestre de 2016.
$ 790,52 a partir el 2° Bimestre de 2016.
Art. 7°.- Aprobar la determinación de la Asamblea con respecto al
tratamiento del Artículo 30° del Estatuto.
Art. 8°.- Aprobar la Comisión Directiva que según los Artículos 3° y 4° de
la presente Resolución y el Acta N° 531 de reunión de distribución de cargos
que se adjunta a fs. 1660/1661, queda conformada de la siguiente manera:
Presidente: Carlos Zanardi
Vicepresidente: Martín Rodríguez
Secretario: Gustavo Fernández Escudero
Prosecretario : Francisco José López
Tesorero: Walter Adrián Gentili
Protesorero : Leandro Ariel Lorente
Suplentes: Miguel Gentile
Alejandro Hernández
Mariano Sánchez
Walter Ferroni
Ricardo Cocci
Revisores de Cuentas:Pascual Calicchia,
Fernando Moretti,
Rubén Fernández.
Art. 9°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
cumplido, Archívese.
Ing. Fernando J. Curetti, Superintendente General D.P.A.
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Resolución Nº 477
Expediente N° 57381-IGRH-16
Viedma, 06 de Abril de 2016.
Visto el expediente de referencia, por el cual tramita la delimitación de la
línea de ribera del Lago Moreno, en relación a los inmuebles cuya nomenclatura
catastral de origen son 19-1-G-021-02A y 02B, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 3 se presentó el Agrimensor Antonio G. Locria (matrícula A-
2595-3), requiriendo las instrucciones especiales de mensura conforme lo
prevé la Resolución N° 2540/08, para tramitar mesura particular de
unificación de los inmuebles referidos;
Que a fs. 4 a 11 obran antecedentes catastrales del inmueble referido;
Que a fs. 12 se expidieron las respectivas instrucciones especiales de
mensura, incluyendo las cotas que definen las líneas de ribera y ocupación
por crecidas ordinarias, conforme a la Resolución N° 2136/07 y las notas
que debe contener el plano respectivo;
Que a fs. 14 se presentó el plano de mensura realizado en cumplimiento
de las referidas instrucciones especiales de mensura, el cual tiene la
conformidad de la Intendencia General de Recursos Hídricos, conforme nota
de fs. 15;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo conforme
el plano presentado, en los términos previstos por el artículo 67° y
concordantes de la Reglamentación Provincial de Mensuras, aprobada por
Decreto E N° 1220/02;
Que ha dictaminado la Dirección de Asuntos Legales, encontrándose
exceptuada la intervención de Fiscalía de Estado, conforme al criterio que
surge en Vista N° 05490-15;
Que la presente halla sustento legal en los artículos 16° inciso g), 260° y
concordantes del Código de Aguas y su reglamentación contenida en el
Decreto Q N° 1923/96;
Por ello,
El Superintendente General de Aguas
RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el trazado de las Líneas de Ribera y Ocupación por
Crecidas Ordinarias establecido en el plano de mensura particular de
unificación de los inmuebles nomenclatura catastral de origen 19-1-G-021-
02A y 02B obrante a fs. 14, y cuya copia se adjunta a la presente.
Art. 2°.- La presente aprobación se limita a lo concerniente a la definición
de la línea de ribera y conexas. El profesional actuante es responsable de que
lo consignado en el plano refleja fielmente lo indicado en las respectivas
Instrucciones Especiales de Mensura.
Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese al solicitante, publíquese
en el Boletín Oficial, cumplido, Archívese.
Ing. Fernando J. Curetti, Superintendente General D.P.A.