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Viedma, 30 de Junio de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5263
Resolución EPRE Nº 130/14
Cipolletti, 29/04/2014, Visto, el expediente del
Registro del Ente Provincial Regulador de la
Electricidad de Río Negro Nº 16616/12 caratulado
"Ajuste del Cuadro Tarifario Período Agosto 2009
- Octubre 2009 Distribuidora EDERSA", y;
Considerando ....
El Directorio del
Ente Provincial Regulador de la Electricidad
R E S U E L V E
Artículo 1°: Rechazar el cálculo del Ajuste del
Costo de Abastecimiento correspondiente al
trimestre Agosto - Octubre 2009 presentado por
La Distribuidora EdERSA, por los fundamentos
desarrollados en la motivación de este acto.
Art. 2°: Aprobar el cálculo del Ajuste del Costo
de Abastecimiento correspondiente al trimestre
Agosto - Octubre 2009 elaborado por este Ente y
cuya metodología se expone a fs. 223-225,
resumido en el único Anexo que forma parte
integrante de esta resolución, a aplicar en la
Actualización del Cuadro Tarifario Febrero-Abril
2010.
Art. 3°: Téngase por incorporado como Anexo
que forma parte integrante de esta Resolución el
Ajuste del Cuadro Tarifario del Trimestre Agosto -
Octubre 2009.
Art. 4°: Regístrese, notifíquese a La Distribuidora
EdERSA y publíquese en la página web del EPRE y
en el Boletín Oficial.
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE
Nota: La versión completa de la presente Re-
solución se puede consultar en la página web del
EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central
del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Ne-
gro.
—–—
Resolución EPRE Nº 133/14
Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expediente del
Registro del Ente Provincial Regulador de la
Electricidad de Río Negro Nº 22815/13 caratulado
"Inspecciones de Seguridad Pública en puntos EPRE
Mes Julio 2013, Distribuidora EdERSA", y;
Considerando ....
El Directorio del
Ente Provincial Regulador de la Electricidad
R E S U E L V E
Artículo 1°: Tener por presentados en debido
plazo los descargos por parte de La Distribuidora
EdERSA contra las imputaciones formuladas por
Resolución EPRE AL N° 493/13.
Art. 2°: No hacer lugar a los descargos planteados
por La Distribuidora EdERSA, de acuerdo a las
consideraciones expuestas en la motivación de esta
Resolución.
Art. 3°: Aplicarle a La Distribuidora EdERSA
una sanción total de multa equivalente a Pesos
Doscientos Ochenta y Siete Mil Ochenta y Siete
87/100 ($ 287.087,87), por los incumplimientos
a las obligaciones previstas en el Art. 24° de la Ley
J N° 2.902 y Art. 25 inc. m) del Contrato de
Concesión, ocurridos en las circunstancias de hecho
y de derecho desarrolladas en la motivación de esta
Resolución. El detalle desagregado de multas por
cada anomalía sancionada surge de los Anexos
denominados "cálculo de multa" que forman parte
integrante de esta Resolución.
Art. 4°: El importe total de las multas dispuestas
en el artículo 3° deberá ser descontada por La
Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de
abastecimiento del próximo período, aplicable al
cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del
valor monetario de dicho ajuste, discriminando
dicho monto bajo la leyenda "Créditos por
aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE"
conforme la metodología que se establece en la
Resolución EPRE N° 508/00.
Art. 5°: Reiterar las ordenes dispuestas por Re-
solución EPRE AL N° 493/13 haciéndole saber a
EdERSA que deberá acreditar, dentro del plazo
máximo de 20 días hábiles, en forma documental
y/o digital (aportando los elementos probatorios
que garanticen nitidez e identificación indubitable
de las instalaciones eléctricas) ante este Ente haber
dado solución total a todas las anomalías identifi-
cadas en los Anexos II y III de esta Resolución,
bajo apercibimiento de aplicar nuevas sancio-
nes.
Art. 6°: Ténganse por incorporados los Anexos
I "Anomalías con solución total", Anexo II
"Anomalía con solución parcial", Anexo III
"Anomalías sin intervención" , Anexo IV "Cálculo
de Multa A" y Anexo V "Cálculo de Multa B", que
forman parte integrante de la presente reso-
lución
Art. 7°: Regístrese y previo cumplimiento del
Art. 12 de la Ley K N° 88, publíquese en el Boletín
Oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página
web de este organismo y notifíquese a la
Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la
resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica
a los fines de verificar el cumplimiento de lo
ordenado en los Arts. 4° y 5°.
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE
Nota: La versión completa de la presente Re-
solución se puede consultar en la página web del
EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del
EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
—–—
Resolución EPRE Nº 134/14
Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expediente del
Registro del Ente Provincial Regulador de la
Electricidad de Río Negro Nº 23091/13 caratulado:
"Inspecciones de Seguridad Pública en Puntos EPRE
Mes Octubre 2013, Distribuidora EdERSA", y;
Considerando ....
El Directorio del
Ente Provincial Regulador de la Electricidad
R E S U E L V E
Artículo 1°: Tener por presentados en debido
plazo los descargos por parte de La Distribuidora
EdERSA contra las imputaciones formuladas por
Resolución EPRE AL N° 677/13.
Art. 2°: No hacer lugar a los descargos planteados
por La Distribuidora EdERSA, de acuerdo a las
consideraciones expuestas en la motivación de esta
Resolución.
Art. 3°: Aplicarle a La Distribuidora EdERSA
una sanción total de multa equivalente a Pesos
Cuatrocientos Cuatro Mil Novecientos Ochenta y
Cuatro 01/100 ($ 404.984,01), por los
incumplimientos a las obligaciones previstas en el
Art. 24° de la Ley J N° 2.902 y Art. 25 inc. m) del
Contrato de Concesión, ocurridos en las
circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas
en la motivación de esta Resolución. El detalle
desagregado de multas por cada anomalía sancionada
surge de los Anexos denominados "cálculo de multa"
que forman parte integrante de esta Resolu-
ción.
Art. 4°: El importe total de las multas dispuestas
en el artículo 3° deberá ser descontada por La
Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de
abastecimiento del próximo período, aplicable al
cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del
valor monetario de dicho ajuste, discriminando
dicho monto bajo la leyenda "Créditos por
aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE"
conforme la metodología que se establece en la
Resolución EPRE N° 508/00.
Art. 5°: Reiterar las ordenes dispuestas por Art.
2° de la Resolución EPRE AL N° 677/13 haciéndole
saber a EdERSA que deberá acreditar, dentro del
plazo máximo de veinte (20) días hábiles, en forma
documental y/o digital (aportando los elementos
probatorios que garanticen nitidez e identificación
indubitable de las instalaciones eléctricas) ante este
Ente haber dado solución total a todas las anomalías
identificadas en los Anexos II y III de esta Resolu-
ción, bajo apercibimiento de aplicar nuevas
sanciones.
Art. 6°: Ténganse por incorporados los Anexos
I "Anomalías con solución total", Anexo II
"Anomalía con solución parcial", Anexo III
"Anomalías sin intervención" , Anexo IV "Cálculo
de Multa A" y Anexo V "Cálculo de Multa B", que
forman parte integrante de la presente reso-
lución
Art. 7°: Regístrese y previo cumplimiento del
Art. 12 de la Ley K N° 88, publíquese en el boletín
oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página
web de este organismo y notifíquese a la
Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la
resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica
a los fines de verificar el cumplimiento de lo
ordenado en los Arts. 4° y 5°.
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE
Nota: La versión completa de la presente Re-
solución se puede consultar en la página web del
EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central
del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Ne-
gro.
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Resolución EPRE Nº 135/14
Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expe-
diente del Registro del Ente Provincial Re-
gulador de la Electricidad de Río Negro Nº
22806/13 caratulado "Seguridad Pública
B° 12 de Septiembre de Cipolletti", y; Consi-
derando ....
El Directorio del
Ente Provincial Regulador de la Electricidad
R E S U E L V E
Artículo 1°: Tener por no presentados descargos
por parte de La Distribuidora EdERSA contra las
imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL
N° 494/13.
Art. 2°: Aplíquese a La Distribuidora EdERSA
una sanción de multa equivalente a Pesos
Doscientos Un Mil Trescientos Cincuenta y Tres
28/100 ($ 201.353,28) por los incumplimientos a
las obligaciones previstas en el Art. 24° de la Ley J
N° 2.902, Art. 25 inc. m) del Contrato de Concesión
y Art. 6° inc. b) del Régimen de Suministro,
ocurridos en las circunstancias de hecho y de
derecho desarrolladas en la motivación de esta
Resolución.
Art. 3°: El importe total de las multas dis-
puestas en el artículo 2° deberá ser descontada
por La Distribuidora EdERSA del ajuste del
cuadro de abastecimiento del próximo período,
aplicable al cuadro tarifario correspon-
diente, descontándolo del valor monetario de
dicho ajuste, discriminando dicho monto bajo la
leyenda "Créditos por aplicación de sanciones
dispuestas por el EPRE" conforme la meto-
dología que se establece en la Resolución EPRE N°
508/00.
Art. 4°: Reiterar la orden impartida en el Art.
2° de la Resolución EPRE AL N° 494/13 haciéndole
saber a EdERSA que deberá acreditar, dentro del
plazo máximo de veinte (20) días hábiles, en forma
documental y/o digital (aportando los elementos
probatorios que garanticen nitidez e identificación
indubitable de las instalaciones eléctricas) ante
este Ente haber dado solución total a todas las
anomalías identificadas en los presentes
actuaciones, bajo apercibimiento de aplicar nuevas
sanciones.
Art. 5°: Ténganse por incorporados el Anexo
único que forman parte integrante de la presente
resolución.
15
Viedma, 30 de Junio de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5263
Art. 6°: Regístrese y previo cumplimiento del
Art. 12 de la Ley K N° 88, modificado por la Ley
N° 4.739, publíquese en el boletín oficinal de la
Provincia de Río Negro y en la página web de este
organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA.
Luego de notificarse la resolución, pasen las
actuaciones al Área Técnica a los fines de verificar
el cumplimiento de lo ordenado en los Arts. 3° y
4°.
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE
Nota: La versión completa de la presente Re-
solución se puede consultar en la página web del
EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central
del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Ne-
gro.
—–—
Resolución EPRE Nº 136/14
Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expediente del
Registro del Ente Provincial Regulador de la
Electricidad de Río Negro Nº 22529/13 caratulado
"Inspecciones de Seguridad Pública en puntos EPRE
Mes Abril 2013, Distribuidora EdERSA", y;
Considerando ....
El Directorio del
Ente Provincial Regulador de la Electricidad
R E S U E L V E
Artículo 1°: Tener por presentados los descargos
por parte de La Distribuidora EdERSA contra las
imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL
N° 474/13.
Art. 2°: No hacer lugar a los descargos planteados
por La Distribuidora EdERSA, de acuerdo a las
consideraciones expuestas en la motivación de esta
Resolución.
Art. 3°: Aplicarle a La Distribuidora EdERSA
una sanción total de multa equivalente a Pesos
Cuatrocientos Noventa y Un Mil Ochocientos
Veinticuatro 68/100 ($ 491.824,68), por los
incumplimientos a las obligaciones previstas en el
Art. 24° de la Ley J N° 2.902 y Art. 25 inc. m) del
Contrato de Concesión, ocurridos en las
circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas
en la motivación de esta Resolución. El detalle
desagregado de multas por cada anomalía sancionada
surge de los Anexos denominados "cálculo de multa"
que forman parte integrante de esta Resolución.
Art. 4°: El importe total de las multas dispuestas
en el artículo 3° deberá ser descontada por La
Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de
abastecimiento del próximo período, aplicable al
cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del
valor monetario de dicho ajuste, discriminando
dicho monto bajo la leyenda "Créditos por
aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE"
conforme la metodología que se establece en la
Resolución EPRE N° 508/00.
Art. 5°: Reiterar las ordenes dispuestas a fs. 45/
46 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar,
dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles,
en forma documental y/o digital (aportando los
elementos probatorios que garanticen nitidez e
identificación indubitable de las instalaciones
eléctricas) ante este Ente haber dado solución to-
tal a todas las anomalías identificadas en el Anexo
III de esta Resolución, bajo apercibimiento de
aplicar nuevas sanciones.
Art. 6°: Ténganse por incorporados los Anexos
I "Anomalías con solución total", Anexo II
"Anomalía con solución parcial", Anexo III
"Anomalías sin intervención" , Anexo IV "Cálculo
de Multa A" y Anexo V "Cálculo de Multa B", que
forman parte integrante de la presente resolución
Art. 7°: Regístrese y previo cumplimiento del
Art. 12 de la Ley K N° 88, publíquese en el Boletín
Oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página
web de este organismo y notifíquese a la
Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la
resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica
a los fines de verificar el cumplimiento de lo
ordenado en los Arts. 4° y 5°.
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE
Nota: La versión completa de la presente Re-
solución se puede consultar en la página web del
EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central
del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Ne-
gro.
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Resolución EPRE Nº 137/14
Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expediente del
Registro del Ente Provincial Regulador de la
Electricidad de Río Negro Nº 22368/13 caratulado
"Inspecciones de Seguridad Pública en Puntos EPRE
Mes Febrero 2013, Distribuidora EdERSA", y;
Considerando ....
El Directorio del
Ente Provincial Regulador de la Electricidad
R E S U E L V E
Artículo 1°: Tener por presentados en debido
plazo los descargos por parte de La Distribuidora
EdERSA contra las imputaciones formuladas por
Resolución EPRE AL N° 567/13.
Art. 2°: No hacer lugar a los descargos planteados
por La Distribuidora EdERSA, de acuerdo a las
consideraciones expuestas en la motivación de esta
Resolución.
Art. 3°: Aplicarle a La Distribuidora EdERSA
una sanción total de multa equivalente a Pesos
Doscientos Cincuenta y Un Mil Doscientos Setenta
Y Cuatro 89/100 ($ 251.274,89), por los
incumplimientos a las obligaciones previstas en el
Art. 24° de la Ley J N° 2.902 y Art. 25 inc. m) del
Contrato de Concesión, ocurridos en las
circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas
en la motivación de esta Resolución. El detalle
desagregado de multas por cada anomalía sancionada
surge de los Anexos denominados "cálculo de multa"
que forman parte integrante de esta Resolu-
ción.
Art. 4°: El importe total de las multas dispuestas
en el artículo 3° deberá ser descontada por La
Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de
abastecimiento del próximo período, aplicable al
cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del
valor monetario de dicho ajuste, discriminando
dicho monto bajo la leyenda "Créditos por
aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE"
conforme la metodología que se establece en la
Resolución EPRE N° 508/00.
Art. 5°: Reiterar las ordenes dispuestas a fs. 45/
46 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar,
dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles,
en forma documental y/o digital (aportando los
elementos probatorios que garanticen nitidez e
identificación indubitable de las instalaciones
eléctricas) ante este Ente haber dado solución to-
tal a todas las anomalías identificadas en los Anexos
II y III de esta Resolución, bajo apercibimiento de
aplicar nuevas sanciones.
Art. 6°: Ténganse por incorporados los Anexos
I "Anomalías con solución total", Anexo II
"Anomalía con solución parcial", Anexo III
"Anomalías sin intervención" , Anexo IV "Cálculo
de Multa A" y Anexo V "Cálculo de Multa B", que
forman parte integrante de la presente resolu-
ción
Art. 7°: Regístrese y previo cumplimiento del
Art. 12 de la Ley K N° 88, publíquese en el Boletín
Oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página
web de este organismo y notifíquese a la
Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la
resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica
a los fines de verificar el cumplimiento de lo
ordenado en los Arts. 4° y 5°.
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE
Nota: La versión completa de la presente Re-
solución se puede consultar en la página web del
EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del
EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
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Resolución EPRE Nº 138/14
Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expediente del
Registro del Ente Provincial Regulador de la
Electricidad de Río Negro Nº 22281/13 caratulado
"Inspecciones de Seguridad Pública en puntos EPRE
mes Enero 2013, Distribuidora EdERSA", y;
Considerando ....
El Directorio del
Ente Provincial Regulador de la Electricidad
R E S U E L V E
Artículo 1°: Tener por presentados los descargos
por parte de La Distribuidora EdERSA contra las
imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL
N° 421/13.
Art. 2°: No hacer lugar a los descargos planteados
por La Distribuidora EdERSA, de acuerdo a las
consideraciones expuestas en la motivación de esta
Resolución.
Art. 3°: Aplicarle a La Distribuidora EdERSA
una sanción total de multa equivalente a Pesos
Doscientos Noventa y Cinco Mil Cuatrocientos
Veintinueve 06/100 ($ 295.429,06), por los
incumplimientos a las obligaciones previstas en el
Art. 24° de la Ley J N° 2.902 y Art. 25 inc. m) del
Contrato de Concesión, ocurridos en las
circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas
en la motivación de esta Resolución. El detalle
desagregado de multas por cada anomalía sancionada
surge de los Anexos denominados "cálculo de multa"
que forman parte integrante de esta Resolu-
ción.
Art. 4°: El importe total de las multas dispuestas
en el artículo 3° deberá ser descontada por La
Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de
abastecimiento del próximo período, aplicable al
cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del
valor monetario de dicho ajuste, discriminando
dicho monto bajo la leyenda "Créditos por
aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE"
conforme la metodología que se establece en la
Resolución EPRE N° 508/00.
Art. 5°: Reiterar las ordenes dispuestas a fs. 41/
42 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar,
dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles,
en forma documental y/o digital (aportando los
elementos probatorios que garanticen nitidez e
identificación indubitable de las instalaciones
eléctricas) ante este Ente haber dado solución to-
tal a todas las anomalías identificadas en los Anexos
II y III de esta Resolución, bajo apercibimiento de
aplicar nuevas sanciones.
Art. 6°: Ténganse por incorporados los Anexos
I "Anomalías con solución total", Anexo II
"Anomalía con solución parcial", Anexo III
"Anomalías sin intervención" , Anexo IV "Cálculo
de Multa A" y Anexo V "Cálculo de Multa B", que
forman parte integrante de la presente reso-
lución
Art. 7°: Regístrese y previo cumplimiento del
Art. 12 de la Ley K N° 88, publíquese en el Boletín
Oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página
web de este organismo y notifíquese a la
Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la
resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica
a los fines de verificar el cumplimiento de lo
ordenado en los Arts. 4° y 5°.
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE
Nota: La versión completa de la presente Re-
solución se puede consultar en la página web del
EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central
del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Ne-
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  • 1. 14 Viedma, 30 de Junio de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5263 Resolución EPRE Nº 130/14 Cipolletti, 29/04/2014, Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 16616/12 caratulado "Ajuste del Cuadro Tarifario Período Agosto 2009 - Octubre 2009 Distribuidora EDERSA", y; Considerando .... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad R E S U E L V E Artículo 1°: Rechazar el cálculo del Ajuste del Costo de Abastecimiento correspondiente al trimestre Agosto - Octubre 2009 presentado por La Distribuidora EdERSA, por los fundamentos desarrollados en la motivación de este acto. Art. 2°: Aprobar el cálculo del Ajuste del Costo de Abastecimiento correspondiente al trimestre Agosto - Octubre 2009 elaborado por este Ente y cuya metodología se expone a fs. 223-225, resumido en el único Anexo que forma parte integrante de esta resolución, a aplicar en la Actualización del Cuadro Tarifario Febrero-Abril 2010. Art. 3°: Téngase por incorporado como Anexo que forma parte integrante de esta Resolución el Ajuste del Cuadro Tarifario del Trimestre Agosto - Octubre 2009. Art. 4°: Regístrese, notifíquese a La Distribuidora EdERSA y publíquese en la página web del EPRE y en el Boletín Oficial. Firmado: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE Nota: La versión completa de la presente Re- solución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Ne- gro. —–— Resolución EPRE Nº 133/14 Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 22815/13 caratulado "Inspecciones de Seguridad Pública en puntos EPRE Mes Julio 2013, Distribuidora EdERSA", y; Considerando .... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad R E S U E L V E Artículo 1°: Tener por presentados en debido plazo los descargos por parte de La Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL N° 493/13. Art. 2°: No hacer lugar a los descargos planteados por La Distribuidora EdERSA, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la motivación de esta Resolución. Art. 3°: Aplicarle a La Distribuidora EdERSA una sanción total de multa equivalente a Pesos Doscientos Ochenta y Siete Mil Ochenta y Siete 87/100 ($ 287.087,87), por los incumplimientos a las obligaciones previstas en el Art. 24° de la Ley J N° 2.902 y Art. 25 inc. m) del Contrato de Concesión, ocurridos en las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución. El detalle desagregado de multas por cada anomalía sancionada surge de los Anexos denominados "cálculo de multa" que forman parte integrante de esta Resolución. Art. 4°: El importe total de las multas dispuestas en el artículo 3° deberá ser descontada por La Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de abastecimiento del próximo período, aplicable al cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del valor monetario de dicho ajuste, discriminando dicho monto bajo la leyenda "Créditos por aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE" conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE N° 508/00. Art. 5°: Reiterar las ordenes dispuestas por Re- solución EPRE AL N° 493/13 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar, dentro del plazo máximo de 20 días hábiles, en forma documental y/o digital (aportando los elementos probatorios que garanticen nitidez e identificación indubitable de las instalaciones eléctricas) ante este Ente haber dado solución total a todas las anomalías identifi- cadas en los Anexos II y III de esta Resolución, bajo apercibimiento de aplicar nuevas sancio- nes. Art. 6°: Ténganse por incorporados los Anexos I "Anomalías con solución total", Anexo II "Anomalía con solución parcial", Anexo III "Anomalías sin intervención" , Anexo IV "Cálculo de Multa A" y Anexo V "Cálculo de Multa B", que forman parte integrante de la presente reso- lución Art. 7°: Regístrese y previo cumplimiento del Art. 12 de la Ley K N° 88, publíquese en el Boletín Oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página web de este organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica a los fines de verificar el cumplimiento de lo ordenado en los Arts. 4° y 5°. Firmado: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE Nota: La versión completa de la presente Re- solución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro. —–— Resolución EPRE Nº 134/14 Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 23091/13 caratulado: "Inspecciones de Seguridad Pública en Puntos EPRE Mes Octubre 2013, Distribuidora EdERSA", y; Considerando .... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad R E S U E L V E Artículo 1°: Tener por presentados en debido plazo los descargos por parte de La Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL N° 677/13. Art. 2°: No hacer lugar a los descargos planteados por La Distribuidora EdERSA, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la motivación de esta Resolución. Art. 3°: Aplicarle a La Distribuidora EdERSA una sanción total de multa equivalente a Pesos Cuatrocientos Cuatro Mil Novecientos Ochenta y Cuatro 01/100 ($ 404.984,01), por los incumplimientos a las obligaciones previstas en el Art. 24° de la Ley J N° 2.902 y Art. 25 inc. m) del Contrato de Concesión, ocurridos en las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución. El detalle desagregado de multas por cada anomalía sancionada surge de los Anexos denominados "cálculo de multa" que forman parte integrante de esta Resolu- ción. Art. 4°: El importe total de las multas dispuestas en el artículo 3° deberá ser descontada por La Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de abastecimiento del próximo período, aplicable al cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del valor monetario de dicho ajuste, discriminando dicho monto bajo la leyenda "Créditos por aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE" conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE N° 508/00. Art. 5°: Reiterar las ordenes dispuestas por Art. 2° de la Resolución EPRE AL N° 677/13 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles, en forma documental y/o digital (aportando los elementos probatorios que garanticen nitidez e identificación indubitable de las instalaciones eléctricas) ante este Ente haber dado solución total a todas las anomalías identificadas en los Anexos II y III de esta Resolu- ción, bajo apercibimiento de aplicar nuevas sanciones. Art. 6°: Ténganse por incorporados los Anexos I "Anomalías con solución total", Anexo II "Anomalía con solución parcial", Anexo III "Anomalías sin intervención" , Anexo IV "Cálculo de Multa A" y Anexo V "Cálculo de Multa B", que forman parte integrante de la presente reso- lución Art. 7°: Regístrese y previo cumplimiento del Art. 12 de la Ley K N° 88, publíquese en el boletín oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página web de este organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica a los fines de verificar el cumplimiento de lo ordenado en los Arts. 4° y 5°. Firmado: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE Nota: La versión completa de la presente Re- solución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Ne- gro. —–— Resolución EPRE Nº 135/14 Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expe- diente del Registro del Ente Provincial Re- gulador de la Electricidad de Río Negro Nº 22806/13 caratulado "Seguridad Pública B° 12 de Septiembre de Cipolletti", y; Consi- derando .... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad R E S U E L V E Artículo 1°: Tener por no presentados descargos por parte de La Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL N° 494/13. Art. 2°: Aplíquese a La Distribuidora EdERSA una sanción de multa equivalente a Pesos Doscientos Un Mil Trescientos Cincuenta y Tres 28/100 ($ 201.353,28) por los incumplimientos a las obligaciones previstas en el Art. 24° de la Ley J N° 2.902, Art. 25 inc. m) del Contrato de Concesión y Art. 6° inc. b) del Régimen de Suministro, ocurridos en las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución. Art. 3°: El importe total de las multas dis- puestas en el artículo 2° deberá ser descontada por La Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de abastecimiento del próximo período, aplicable al cuadro tarifario correspon- diente, descontándolo del valor monetario de dicho ajuste, discriminando dicho monto bajo la leyenda "Créditos por aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE" conforme la meto- dología que se establece en la Resolución EPRE N° 508/00. Art. 4°: Reiterar la orden impartida en el Art. 2° de la Resolución EPRE AL N° 494/13 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles, en forma documental y/o digital (aportando los elementos probatorios que garanticen nitidez e identificación indubitable de las instalaciones eléctricas) ante este Ente haber dado solución total a todas las anomalías identificadas en los presentes actuaciones, bajo apercibimiento de aplicar nuevas sanciones. Art. 5°: Ténganse por incorporados el Anexo único que forman parte integrante de la presente resolución.
  • 2. 15 Viedma, 30 de Junio de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5263 Art. 6°: Regístrese y previo cumplimiento del Art. 12 de la Ley K N° 88, modificado por la Ley N° 4.739, publíquese en el boletín oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página web de este organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica a los fines de verificar el cumplimiento de lo ordenado en los Arts. 3° y 4°. Firmado: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE Nota: La versión completa de la presente Re- solución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Ne- gro. —–— Resolución EPRE Nº 136/14 Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 22529/13 caratulado "Inspecciones de Seguridad Pública en puntos EPRE Mes Abril 2013, Distribuidora EdERSA", y; Considerando .... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad R E S U E L V E Artículo 1°: Tener por presentados los descargos por parte de La Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL N° 474/13. Art. 2°: No hacer lugar a los descargos planteados por La Distribuidora EdERSA, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la motivación de esta Resolución. Art. 3°: Aplicarle a La Distribuidora EdERSA una sanción total de multa equivalente a Pesos Cuatrocientos Noventa y Un Mil Ochocientos Veinticuatro 68/100 ($ 491.824,68), por los incumplimientos a las obligaciones previstas en el Art. 24° de la Ley J N° 2.902 y Art. 25 inc. m) del Contrato de Concesión, ocurridos en las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución. El detalle desagregado de multas por cada anomalía sancionada surge de los Anexos denominados "cálculo de multa" que forman parte integrante de esta Resolución. Art. 4°: El importe total de las multas dispuestas en el artículo 3° deberá ser descontada por La Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de abastecimiento del próximo período, aplicable al cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del valor monetario de dicho ajuste, discriminando dicho monto bajo la leyenda "Créditos por aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE" conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE N° 508/00. Art. 5°: Reiterar las ordenes dispuestas a fs. 45/ 46 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles, en forma documental y/o digital (aportando los elementos probatorios que garanticen nitidez e identificación indubitable de las instalaciones eléctricas) ante este Ente haber dado solución to- tal a todas las anomalías identificadas en el Anexo III de esta Resolución, bajo apercibimiento de aplicar nuevas sanciones. Art. 6°: Ténganse por incorporados los Anexos I "Anomalías con solución total", Anexo II "Anomalía con solución parcial", Anexo III "Anomalías sin intervención" , Anexo IV "Cálculo de Multa A" y Anexo V "Cálculo de Multa B", que forman parte integrante de la presente resolución Art. 7°: Regístrese y previo cumplimiento del Art. 12 de la Ley K N° 88, publíquese en el Boletín Oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página web de este organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica a los fines de verificar el cumplimiento de lo ordenado en los Arts. 4° y 5°. Firmado: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE Nota: La versión completa de la presente Re- solución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Ne- gro. —–— Resolución EPRE Nº 137/14 Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 22368/13 caratulado "Inspecciones de Seguridad Pública en Puntos EPRE Mes Febrero 2013, Distribuidora EdERSA", y; Considerando .... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad R E S U E L V E Artículo 1°: Tener por presentados en debido plazo los descargos por parte de La Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL N° 567/13. Art. 2°: No hacer lugar a los descargos planteados por La Distribuidora EdERSA, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la motivación de esta Resolución. Art. 3°: Aplicarle a La Distribuidora EdERSA una sanción total de multa equivalente a Pesos Doscientos Cincuenta y Un Mil Doscientos Setenta Y Cuatro 89/100 ($ 251.274,89), por los incumplimientos a las obligaciones previstas en el Art. 24° de la Ley J N° 2.902 y Art. 25 inc. m) del Contrato de Concesión, ocurridos en las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución. El detalle desagregado de multas por cada anomalía sancionada surge de los Anexos denominados "cálculo de multa" que forman parte integrante de esta Resolu- ción. Art. 4°: El importe total de las multas dispuestas en el artículo 3° deberá ser descontada por La Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de abastecimiento del próximo período, aplicable al cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del valor monetario de dicho ajuste, discriminando dicho monto bajo la leyenda "Créditos por aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE" conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE N° 508/00. Art. 5°: Reiterar las ordenes dispuestas a fs. 45/ 46 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles, en forma documental y/o digital (aportando los elementos probatorios que garanticen nitidez e identificación indubitable de las instalaciones eléctricas) ante este Ente haber dado solución to- tal a todas las anomalías identificadas en los Anexos II y III de esta Resolución, bajo apercibimiento de aplicar nuevas sanciones. Art. 6°: Ténganse por incorporados los Anexos I "Anomalías con solución total", Anexo II "Anomalía con solución parcial", Anexo III "Anomalías sin intervención" , Anexo IV "Cálculo de Multa A" y Anexo V "Cálculo de Multa B", que forman parte integrante de la presente resolu- ción Art. 7°: Regístrese y previo cumplimiento del Art. 12 de la Ley K N° 88, publíquese en el Boletín Oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página web de este organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica a los fines de verificar el cumplimiento de lo ordenado en los Arts. 4° y 5°. Firmado: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE Nota: La versión completa de la presente Re- solución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro. —–— Resolución EPRE Nº 138/14 Cipolletti, 12/05/2014, Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 22281/13 caratulado "Inspecciones de Seguridad Pública en puntos EPRE mes Enero 2013, Distribuidora EdERSA", y; Considerando .... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad R E S U E L V E Artículo 1°: Tener por presentados los descargos por parte de La Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL N° 421/13. Art. 2°: No hacer lugar a los descargos planteados por La Distribuidora EdERSA, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la motivación de esta Resolución. Art. 3°: Aplicarle a La Distribuidora EdERSA una sanción total de multa equivalente a Pesos Doscientos Noventa y Cinco Mil Cuatrocientos Veintinueve 06/100 ($ 295.429,06), por los incumplimientos a las obligaciones previstas en el Art. 24° de la Ley J N° 2.902 y Art. 25 inc. m) del Contrato de Concesión, ocurridos en las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución. El detalle desagregado de multas por cada anomalía sancionada surge de los Anexos denominados "cálculo de multa" que forman parte integrante de esta Resolu- ción. Art. 4°: El importe total de las multas dispuestas en el artículo 3° deberá ser descontada por La Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de abastecimiento del próximo período, aplicable al cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del valor monetario de dicho ajuste, discriminando dicho monto bajo la leyenda "Créditos por aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE" conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE N° 508/00. Art. 5°: Reiterar las ordenes dispuestas a fs. 41/ 42 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles, en forma documental y/o digital (aportando los elementos probatorios que garanticen nitidez e identificación indubitable de las instalaciones eléctricas) ante este Ente haber dado solución to- tal a todas las anomalías identificadas en los Anexos II y III de esta Resolución, bajo apercibimiento de aplicar nuevas sanciones. Art. 6°: Ténganse por incorporados los Anexos I "Anomalías con solución total", Anexo II "Anomalía con solución parcial", Anexo III "Anomalías sin intervención" , Anexo IV "Cálculo de Multa A" y Anexo V "Cálculo de Multa B", que forman parte integrante de la presente reso- lución Art. 7°: Regístrese y previo cumplimiento del Art. 12 de la Ley K N° 88, publíquese en el Boletín Oficinal de la Provincia de Río Negro y en la página web de este organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la resolución, pasen las actuaciones al Área Técnica a los fines de verificar el cumplimiento de lo ordenado en los Arts. 4° y 5°. Firmado: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE Nota: La versión completa de la presente Re- solución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Ne- gro.