Juventudes afrodescendientes realidades y derechos incumplidos
Actas observadas enero 2013
1. Capacitación a los Jurados Electorales Especiales
-enero 2013 -
Tratamiento
de las
actas observadas
2. Objetivos de aprendizaje:
Reconocer los elementos necesarios referidos a
impugnaciones y actas observadas para el correcto
ejercicio de la función jurisdiccional de los Jurados
Electorales Especiales.
Reconocer los procedimientos acerca del tratamiento de
actas observadas para su correcta resolución durante el
proceso de consulta popular de revocatorias del mandato
de autoridades municipales 2013.
Evaluar la importancia de las herramientas brindadas, con
respecto al tema de actas observadas, para el buen
desempeño jurisdiccional.
3. Base Legal
Constitución Política del Perú.
Ley No. 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modificada por la Ley
No. 27369.
Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Ley No. 26486.
Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales Ley
No. 26487.
Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano Ley
No. 26300.
Resolución No. 777-2012-JNE, que aprueba el reglamento del
procedimiento aplicable a las actas observadas para el proceso
de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades
municipales del 2012 (recobró vigencia por la Resolución No.
1073-2012-JNE)
4. Abreviaturas
CPP - Constitución Política del Perú.
LOE - Ley Orgánica de Elecciones.
LOJNE - Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones.
LOONPE - Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos
Electorales.
LDPCC - Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano.
LOM - Ley Orgánica de Municipalidades.
JNE - Jurado Nacional de Elecciones.
JEE - Jurado Electoral Especial.
ONPE - Oficina Nacional de Procesos Electorales.
ODPE - Oficina Descentralizada de Procesos Electorales.
6. Tiene por finalidad recibir los votos que
emitan los electores en los procesos
Mesa de electorales de referéndum y otras
consultas populares; así como el
sufragio escrutinio, el computo y la elaboración de
las actas electorales
7. IMPUGNACIÓN A LA IDENTIDAD
DEL ELECTOR
Referida a la identidad del elector.
IMPUGNACIÓN A LA CÉDULA
Referida a la validez de la marca
por el elector.
8. Cuando la IMPUGNACIÓN
CONTRA LA IDENTIDAD DEL
El JEE tiene el plazo de 3 días
ELECTOR es declarada
naturales contados a partir
infundada por la MESA DE
del día siguiente de recibida
SUFRAGIO, y esta decisión es Contra dicha
el acta electoral con la
apelada, la cédula de votación decisión no cabe
impugnación para resolver
y el DNI del ciudadano son recurso de
las apelaciones contra las
colocados en un sobre apelación alguno
decisiones adoptadas por la
especial, el cual a su vez, es ante el JNE.
Mesa de Sufragio respecto
colocado en el sobre
de las impugnaciones de
plastificado que corresponde al
identidad.
ejemplar del acta electoral del
JEE (sobre celeste).
9. Si la impugnación CONTRA
LA CÉDULA DE VOTACIÓN es
declarada fundada o El JEE deberá resolver en un
infundada por la MESA DE plazo máximo de (3) tres
SUFRAGIO y esta decisión es días naturales contados a
apelada, la cédula se partir del día siguiente de la
coloca en el sobre recepción de las Contra esta
especial, el cual a su vez, es impugnaciones de cédula resolución no
colocado en el sobre de votación, los recursos procede recurso
plastificado que de apelación interpuestos de apelación
corresponde al ejemplar del contra la decisión ante el JNE.
acta electoral del JEE de la adoptada por la mesa de
elección respectiva (sobre sufragio.
celeste).
12. Cuando la cruz (+) o
Cuando la cruz (+) o el el aspa (x)
aspa (x) está dentro del sobrepasa el
recuadro de la opción. recuadro, pero el
cruce de las líneas
está dentro de este.
Cuando la cruz (+) o el Cuando la cruz (+)
aspa (x) está o el aspa (x) tiene
remarcada. líneas que no son
rectas.
13. Cuando se Cuando se usa
marca más de un signo
una opción. distinto de la
cruz (+) o el
aspa (x).
Cuando el
elector marca
con una cruz (+)
o aspa (x) cuyo Cuando la
cruce o cédula está
intersección rota en
está fuera del alguna parte.
recuadro.
14. A tener en cuenta en todas las elecciones:
VOTO NULO
Cuando no
tiene firma del
Presidente de
la mesa de
sufragio.
VOTO BLANCO
Cuando no hay
ninguna marca.
15. Es el documento en el que se registran los
actos, hechos e incidencias que se producen en
Acta una mesa de sufragio, desde su instalación hasta
electoral el cierre, consta de tres secciones (Res. No. 777-
2012-JNE).
Instalación
Secciones
Sufragio
17. TOTAL DE ELECTORES HÁBILES
Es el número de
ciudadanos asignados a
un determinado grupo de
votación. (artículos 52° y
53° de la LOE).
TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON
Es el número de
electores que acude a
votar a una
determinada mesa de
sufragio.
18. Los miembros de mesa emiten 5 ejemplares del acta electoral de la misma elección
19. Es el ejemplar correspondiente a la ODPE que por
Acta encontrarse sin datos, incompleta, con error
observada material, con caracteres, signos o grafías ilegibles, no
puede ser contabilizada en el centro de cómputo.
Funciones de la ODPE y el JEE
1 2
El JEE resuelve las
La ODPE procesa su ejemplar
observaciones mediante una
de acta electoral e identifica
resolución. Luego, remite la
las observaciones, luego
resolución y el acta observada
separa el acta observada para
a la ODPE para su respectivo
su entrega al JEE respectivo.
cómputo.
20. ACTA CON
ACTA INCOMPLETA
ERROR MATERIAL
ACTA SIN DATOS
ILEGIBILIDAD
ACTA CON VOTO IMPUGNADO
ACTA CON SOLICITUD
DE NULIDAD
21. Acta incompleta
No se indica el
TOTAL DE
CIUDADANOS QUE
VOTARON
26. El acta electoral con NO será ingresada a la
grafías, signos, o caracteres contabilización de votos
ilegibles, sin datos, incompleta hasta que el JEE resuelva
o con error material y con levantando las
votos impugnados observaciones.
En caso de haberse
consignado un guion (-
), Ø, línea oblicua (/), o -o- en Se ingresará al Por lo tanto, NO será
los casilleros del total de votos cómputo como considerada como
de las organizaciones valor cero (0). acta observada.
políticas, votos en
blanco, nulos o impugnados.
27. No se consideran actas observadas…
Aquellas que en cualquiera de sus 3 secciones conste
las firmas y datos de los 3 miembros de mesa y en las
otras 2 secciones las firmas y datos de por lo menos 2
miembros de la mesa.
Aquellas en las que cuenta con miembros de mesa
iletrados, siempre que dichos miembros estén
debidamente identificados. En este caso se debe
imprimir su huella digital. Solo en este supuesto la falta
de firma no abona a la observación del acta.
Aquellas en las que no se haya colocado el lacrado
sobre los resultados en la mesa de sufragio, siempre
que se haya subsanado tal situación en la ODPE en
presencia del fiscalizador.
28. PERIODO DE APELACIÓN
TRÁMITE RESUELTO
RESOLUCIÓN
NO
ACTAS OBSERVADAS PERIODO DE
RESOLVER RESUELTO
IMPUGNACION
SI
APELACIÓN ARCHIVO
APELACIÓN
JNE
RESOL
VER
- FUNDADO
- FUNDADO EN PARTE
- NULO
FUNDADO /
INFUNDADO INFUNDADO
RECURSO
EXTRAORDINARIO