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Este proyecto está
financiado por la Unión
Europea
Implementado por
Integración de niños, niñas y
adolescentes migrantes no
acompañados en Europa
Barbara Kőhalmi
Taller Regional sobre Asistencia y Protección a Niñas,
Niños y Adolescentes Migrantes No Acompañados
31 de mayo de 2016, Mexico City
Índice
• Marco internacional
• Marco europeo
• La experiencia húngara
2
Marco internacional
Solución duradera (Sano y Salvo, ACNUR 2014)
«Una solución duradera es una solución sostenible
que garantiza que los niños no acompañados
puedan desarrollarse hasta la edad adulta en un
entorno en el que se satisfagan sus necesidades y
se cumplan sus derechos definidos en la
Convención sobre los Derechos del Niño, y en el
que no se ponga al niño en riesgo de persecución ni
perjuicio grave».
31/05/16 3
Marco internacional
¿Qué solución duradera existe?
•Integración local
•Retorno y reintegración
•Solución en un tercer país
31/05/16 4
31/05/16 5
Marco internacional
Integración local
Observación general del CRC n.º 6 (2005) sobre el tratamiento de niños
no acompañados y solos fuera de su país de origen
•opción principal si el retorno al país de origen resulta imposible por
motivos legales o fundamentados en hechos
•se debe basar en un estatuto jurídico seguro (incluyendo el estatuto
de residencia)
•se debe regir por los derechos del CRC que son plenamente
aplicables a todos los niños que permanecen en el país (con
independencia de que esto se deba al reconocimiento de su condición
de refugiado, a otros obstáculos jurídicos al retorno o cuando la
ponderación judicial basada en los intereses superiores desaconseje el
retorno)
31/05/16 6
Marco internacional
• las autoridades competentes deben realizar una evaluación de la
situación del niño y previa consulta al niño y a su tutor, determinar
el programa adecuado a largo plazo dentro de la comunidad local,
así como otras medidas necesarias para facilitar dicha integración
• la colocación a largo plazo se deberá decidir teniendo en cuenta los
intereses superiores del niño y el cuidado institucional se deberá
emplear únicamente como último recurso
• los menores no acompañados deberán tener acceso a los mismos
derechos (incluyendo a la educación, el empleo y la atención
sanitaria) que disfrutan los niños nacionales.
• es posible que el país de acogida tenga que prestar especial
atención a las medidas adicionales necesarias para hacer frente a la
situación de vulnerabilidad del menor (incluyendo, por ejemplo, a
través de una formación adicional por lo que respecta al idioma).
31/05/16 7
Marco internacional
Determinación de los intereses superiores para encontrar
una solución duradera
•El propósito consiste en examinar las circunstancias
individuales para entender cuál es la mejor solución
•Idealmente la institución responsable deberá ser
independiente, sin conflictos de intereses
•Deberá ser realizada por personal con conocimientos
técnicos en materia de protección de menores
•En algunos países la determinación de los intereses
superiores es responsabilidad de las autoridades de
asilo/migración
•En el caso de los niños no solicitantes de asilo, la
determinación podrá ser responsabilidad del sistema judicial
o de protección de menores
31/05/16 8
Marco europeo
Plan de acción sobre los menores no acompañados
(2010-2014)
Las soluciones duraderas se deberán basar en la
evaluación individual de los intereses superiores del
niño y consistirán en lo siguiente:
•retorno y reintegración en el país de origen;
•concesión del estatuto de protección internacional u
otro estatuto jurídico que permita a los menores
conseguir integrarse en el Estado miembro de
residencia;
•reubicación en un Estado miembro de la UE.
31/05/16 9
Marco europeo
Una decisión sobre el futuro de cada menor no
acompañado
•debe ser adoptada por las autoridades competentes
•en el plazo más breve posible (si es posible en un
máximo de seis meses)
•tomando en cuenta la obligación de intentar localizar a
la familia,
•estudiar otras posibilidades de reintegración en su
sociedad de origen, y
•valorar la mejor solución para los intereses superiores
del niño.
31/05/16 10
Marco europeo
Marco jurídico - Soluciones duraderas
Texto refundido de la Directiva sobre requisitos de reconocimiento
(2011/95/UE)
Art. 34 Con el fin de facilitar la integración de los beneficiarios de
protección internacional en la sociedad, los Estados miembros
garantizarán el acceso a los programas de integración que consideren
oportunos a fin de tener en cuenta las necesidades específicas de los
beneficiarios del estatuto de refugiado o del estatuto de protección
subsidiaria, o crearán condiciones previas que garanticen el acceso a
dichos programas.
Art. 35 Los Estados miembros podrán prestar asistencia a los
beneficiarios de protección internacional que deseen repatriarse.
31/05/16 11
Marco europeo
Directiva contra la trata de seres humanos (2011/36/UE)
Considerando (23) Debe adoptarse, en el plazo más breve posible, una
decisión sobre el futuro de cada uno de los menores no acompañados
víctimas, con objeto de hallar soluciones duraderas basadas en una
evaluación individual del interés superior del menor, que debe ser la
consideración primordial.
Una solución duradera puede ser el retorno y la reintegración al país de
origen o al país de retorno, la integración en la sociedad de acogida, la
concesión del estatuto de protección internacional o la concesión de otro
estatuto con arreglo al Derecho nacional del Estado miembro.
Art. 16.2. Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para
hallar una solución duradera basada en una evaluación individual del
interés superior del menor.
31/05/16 12
La experiencia húngara
31/05/16 13
Marco jurídico
Legislación húngara sobre menores no acompañados
•Ley LXXX de Asilo
•Decreto Gubernamental 301/2007 (XI.9.) sobre la aplicación
de la Ley de Asilo
•Ley XXXI de 1997 sobre Protección de Menores
•Decreto Gubernamental 149/1997. (IX. 10.) sobre las
autoridades de protección de menores y los procedimientos
de tutela y protección de menores
•NM. Decreto Ministerial 15/1998. (IV. 30.) sobre las tareas
profesionales y la gestión del bienestar del niño, y las
instituciones de protección de menores que proporcionan
atención personal
•Ley CXC de 2011 sobre Educación Pública Nacional
14
Estrategia 2014-2020
Estrategia de migración (2014-2020)
Los niños y adultos jóvenes no acompañados y solos que reciben asistencia posterior
al abandono del centro de acogida y que son reconocidos como refugiados o
beneficiarios de protección subsidiaria afrontan numerosas desventajas; por tanto,
resulta fundamental garantizar su protección y ayudarlos en su integración durante
su estancia en la institución y cuando abandonen la institución para comenzar una
vida independiente.
Actividades:
•Aumento de la protección de niños no acompañados y solos que son refugiados o
beneficiarios de protección subsidiaria, prestando especial atención a la trata de
personas
•Aumentar la capacidad del personal que trabaja con niños y jóvenes adultos no
acompañados y solos que reciben asistencia posterior al abandono del centro de
acogida
•Crear un sistema de ayuda financiera y prestaciones para beneficiarios de asistencia
posterior una vez que abandonan el centro de acogida infantil
•Modificar la legislación cuando proceda para facilitar la naturalización de niños y
jóvenes adultos no acompañados o solos reconocidos como beneficiarios de
protección subsidiaria
31/05/16 15
Principales características de los menores no
acompañados que llegan a Hungría (2015)
• Hungría es un país de tránsito:
• Menores no acompañados solicitantes de asilo registrados: 8804 personas frente a
• menores no acompañados acogidos en centros: 3516 personas
• Sexo: niños 99,4 %, niñas 0,6 %
• Principales países de origen: Afganistán (82,5 %),
Siria (5,8 %), Kosovo (6,7 %), Pakistán (1,5 %)
• Edad
• menos de 10 años 0,3 %
• 10-14 años 11,5 %
• 14-18 años 88,2 %
31/05/16 16
Procedimiento de asilo para menores
no acompañados en Hungría
• Personas que necesitan tratamiento especial
• Los intereses superiores del niño son un principio
básico
• El procedimiento se realiza en función de la
prioridad
• Designación de un tutor legal y un tutor de
protección del menor
• La determinación de la edad es responsabilidad
de un experto forense cualificado
• Estatuto concedido: refugiado, beneficiario de
protección subsidiaria, estatuto de tolerancia31/05/16 17
Recepción de menores no acompañados
en Hungría
• Desde 2011 los menores no acompañados se alojan en centros de
protección de menores (centros para menores no acompañados en
Fót y Hódmezővásárhely)
• Reciben la misma atención que los ciudadanos húngaros
• Atención integral en centros de acogida: alojamiento, alimentación
(cinco veces al día teniendo en cuenta las prácticas religiosas y
culturales), ropa, atención sanitaria, educación, asistencia para el
desarrollo psicológico y personal.
• Sus necesidades especiales (por ejemplo, barreras del idioma)
relacionadas con su situación de vulnerabilidad son tenidas en
cuenta (folleto informativo elaborado para el personal de
protección de menores)
• Profesionales en materia de protección de menores que trabajan
con menores no acompañados (supervisores de protección de
niños y adolescentes, asistentes de protección de menores,
pedagogos sociales, psicólogos, profesores cualificados)31/05/16 18
Integración de menores no
acompañados que se asientan de forma
permanente en Hungría
1. Educación
•Principal paso para una integración social
próspera
•Educación obligatoria 6/8 – 16 años (integrados
con alumnos húngaros)
•Principales dificultades: En la mayoría de los casos
los menores no acompañados presentan bajos
niveles de formación y tienen problemas con el
idioma
•Asistencia en los centros para menores no
acompañados: aulas de estudio bien equipadas,
clases de idiomas, desarrollo de competencias de
adaptación, programas extrainstitucionales para31/05/16 19
Integración de menores no
acompañados que se asientan de forma
permanente en Hungría
2. Sistema de asistencia tras el abandono del
centro de acogida
•Los menores no acompañados beneficiarios de
protección internacional son aptos para programas
de asistencia posterior al abandono del centro de
acogida en las mismas condiciones que los niños
húngaros
•18-24 años
•Firman un acuerdo con el centro para menores no
acompañados.
•el tutor de protección del menor no acompañado
tiene la obligación de informarle acerca de la
posibilidad de solicitar asistencia posterior al31/05/16 20
Integración de menores no
acompañados que se asientan de forma
permanente en Hungría
• Principal asistencia: alojamiento, asistencia al
bienestar, asistencia en la administración oficial, en la
búsqueda de empleo, en la adquisición de
competencias sociales
• Principales elementos: (proporcionados por los
educadores que trabajan en los centros para menores
no acompañados)
– seguimiento educativo (seguimiento de su trayectoria
educativa/laboral)
– seguimiento del estilo de vida (asistencia del menor no
acompañado para que adquiera conocimientos generales
de las normas de convivencia)
– seguimiento económico (cómo ahorrar)31/05/16 21
Ayudas complementarias
Fondo Europeo para los Refugiados
2 proyectos del centro para menores no acompañados
ubicado en Fót recibieron la ayuda del Ministerio del Interior
(autoridad responsable) entre el 01/07/2014 y el 30/06/2015
en relación con la integración de los menores no
acompañados.
1. «Belépő» (Entrada)
•Grupo diana: solicitantes de asilo
•Objetivo: aumentar la seguridad y mejorar las condiciones de
recepción de los menores no acompañados, así como evitar la
hospitalización y la victimización
•Elementos: desarrollo de competencias de idiomas, cursos de
tutoría, actividades artísticas y creativas durante el tiempo de
ocio, actividades informativas sobre la trata de seres humanos
31/05/16 22
Ayudas complementarias
2. «Itthon» (Centro)
•Grupo diana: beneficiarios de protección
internacional
•Objetivo: realización de un programa de
integración complejo, compuesto por múltiples
pasos
•Elementos: desarrollo individual de competencias
de idiomas, actividades de orientación cultural,
programas de salud mental, actividades de ayuda
para el comienzo de una vida independiente
(educación y/o formación profesional)
31/05/16 23
Programa profesional especial diseñado para la
integración de menores no acompañados
• Centro para menores no acompañados de
Hódmezővásárhely
• 3 periodos:
1. Adaptación (primer mes)
2. Corrección (segundo mes)
3. Integración (tercer mes)
• 4 pilares:
1. Educación y desarrollo
2. Asistencia sanitaria
3. Evaluación del estado psicológico y orientación
4. Asistencia jurídica
31/05/16 24
Conclusión
• Hungría es un país de tránsito, por lo que menos
menores no acompañados permanecen en el país
• La legislación y las prácticas se ajustan a las normas
europeas e internacionales
• El sistema de cuidado infantil también está implicado
en la integración de los menores no acompañados
• Ayudas complementarias del Fondo Europeo para los
Refugiados
31/05/16 25
Barbara Kőhalmi
barbara.kohalmi@bm.gov.hu
¡Muchas gracias por su
atención!
31/05/16 26

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Integración de niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados en Europa

  • 1. Este proyecto está financiado por la Unión Europea Implementado por Integración de niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados en Europa Barbara Kőhalmi Taller Regional sobre Asistencia y Protección a Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes No Acompañados 31 de mayo de 2016, Mexico City
  • 2. Índice • Marco internacional • Marco europeo • La experiencia húngara 2
  • 3. Marco internacional Solución duradera (Sano y Salvo, ACNUR 2014) «Una solución duradera es una solución sostenible que garantiza que los niños no acompañados puedan desarrollarse hasta la edad adulta en un entorno en el que se satisfagan sus necesidades y se cumplan sus derechos definidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, y en el que no se ponga al niño en riesgo de persecución ni perjuicio grave». 31/05/16 3
  • 4. Marco internacional ¿Qué solución duradera existe? •Integración local •Retorno y reintegración •Solución en un tercer país 31/05/16 4
  • 6. Marco internacional Integración local Observación general del CRC n.º 6 (2005) sobre el tratamiento de niños no acompañados y solos fuera de su país de origen •opción principal si el retorno al país de origen resulta imposible por motivos legales o fundamentados en hechos •se debe basar en un estatuto jurídico seguro (incluyendo el estatuto de residencia) •se debe regir por los derechos del CRC que son plenamente aplicables a todos los niños que permanecen en el país (con independencia de que esto se deba al reconocimiento de su condición de refugiado, a otros obstáculos jurídicos al retorno o cuando la ponderación judicial basada en los intereses superiores desaconseje el retorno) 31/05/16 6
  • 7. Marco internacional • las autoridades competentes deben realizar una evaluación de la situación del niño y previa consulta al niño y a su tutor, determinar el programa adecuado a largo plazo dentro de la comunidad local, así como otras medidas necesarias para facilitar dicha integración • la colocación a largo plazo se deberá decidir teniendo en cuenta los intereses superiores del niño y el cuidado institucional se deberá emplear únicamente como último recurso • los menores no acompañados deberán tener acceso a los mismos derechos (incluyendo a la educación, el empleo y la atención sanitaria) que disfrutan los niños nacionales. • es posible que el país de acogida tenga que prestar especial atención a las medidas adicionales necesarias para hacer frente a la situación de vulnerabilidad del menor (incluyendo, por ejemplo, a través de una formación adicional por lo que respecta al idioma). 31/05/16 7
  • 8. Marco internacional Determinación de los intereses superiores para encontrar una solución duradera •El propósito consiste en examinar las circunstancias individuales para entender cuál es la mejor solución •Idealmente la institución responsable deberá ser independiente, sin conflictos de intereses •Deberá ser realizada por personal con conocimientos técnicos en materia de protección de menores •En algunos países la determinación de los intereses superiores es responsabilidad de las autoridades de asilo/migración •En el caso de los niños no solicitantes de asilo, la determinación podrá ser responsabilidad del sistema judicial o de protección de menores 31/05/16 8
  • 9. Marco europeo Plan de acción sobre los menores no acompañados (2010-2014) Las soluciones duraderas se deberán basar en la evaluación individual de los intereses superiores del niño y consistirán en lo siguiente: •retorno y reintegración en el país de origen; •concesión del estatuto de protección internacional u otro estatuto jurídico que permita a los menores conseguir integrarse en el Estado miembro de residencia; •reubicación en un Estado miembro de la UE. 31/05/16 9
  • 10. Marco europeo Una decisión sobre el futuro de cada menor no acompañado •debe ser adoptada por las autoridades competentes •en el plazo más breve posible (si es posible en un máximo de seis meses) •tomando en cuenta la obligación de intentar localizar a la familia, •estudiar otras posibilidades de reintegración en su sociedad de origen, y •valorar la mejor solución para los intereses superiores del niño. 31/05/16 10
  • 11. Marco europeo Marco jurídico - Soluciones duraderas Texto refundido de la Directiva sobre requisitos de reconocimiento (2011/95/UE) Art. 34 Con el fin de facilitar la integración de los beneficiarios de protección internacional en la sociedad, los Estados miembros garantizarán el acceso a los programas de integración que consideren oportunos a fin de tener en cuenta las necesidades específicas de los beneficiarios del estatuto de refugiado o del estatuto de protección subsidiaria, o crearán condiciones previas que garanticen el acceso a dichos programas. Art. 35 Los Estados miembros podrán prestar asistencia a los beneficiarios de protección internacional que deseen repatriarse. 31/05/16 11
  • 12. Marco europeo Directiva contra la trata de seres humanos (2011/36/UE) Considerando (23) Debe adoptarse, en el plazo más breve posible, una decisión sobre el futuro de cada uno de los menores no acompañados víctimas, con objeto de hallar soluciones duraderas basadas en una evaluación individual del interés superior del menor, que debe ser la consideración primordial. Una solución duradera puede ser el retorno y la reintegración al país de origen o al país de retorno, la integración en la sociedad de acogida, la concesión del estatuto de protección internacional o la concesión de otro estatuto con arreglo al Derecho nacional del Estado miembro. Art. 16.2. Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para hallar una solución duradera basada en una evaluación individual del interés superior del menor. 31/05/16 12
  • 14. Marco jurídico Legislación húngara sobre menores no acompañados •Ley LXXX de Asilo •Decreto Gubernamental 301/2007 (XI.9.) sobre la aplicación de la Ley de Asilo •Ley XXXI de 1997 sobre Protección de Menores •Decreto Gubernamental 149/1997. (IX. 10.) sobre las autoridades de protección de menores y los procedimientos de tutela y protección de menores •NM. Decreto Ministerial 15/1998. (IV. 30.) sobre las tareas profesionales y la gestión del bienestar del niño, y las instituciones de protección de menores que proporcionan atención personal •Ley CXC de 2011 sobre Educación Pública Nacional 14
  • 15. Estrategia 2014-2020 Estrategia de migración (2014-2020) Los niños y adultos jóvenes no acompañados y solos que reciben asistencia posterior al abandono del centro de acogida y que son reconocidos como refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria afrontan numerosas desventajas; por tanto, resulta fundamental garantizar su protección y ayudarlos en su integración durante su estancia en la institución y cuando abandonen la institución para comenzar una vida independiente. Actividades: •Aumento de la protección de niños no acompañados y solos que son refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria, prestando especial atención a la trata de personas •Aumentar la capacidad del personal que trabaja con niños y jóvenes adultos no acompañados y solos que reciben asistencia posterior al abandono del centro de acogida •Crear un sistema de ayuda financiera y prestaciones para beneficiarios de asistencia posterior una vez que abandonan el centro de acogida infantil •Modificar la legislación cuando proceda para facilitar la naturalización de niños y jóvenes adultos no acompañados o solos reconocidos como beneficiarios de protección subsidiaria 31/05/16 15
  • 16. Principales características de los menores no acompañados que llegan a Hungría (2015) • Hungría es un país de tránsito: • Menores no acompañados solicitantes de asilo registrados: 8804 personas frente a • menores no acompañados acogidos en centros: 3516 personas • Sexo: niños 99,4 %, niñas 0,6 % • Principales países de origen: Afganistán (82,5 %), Siria (5,8 %), Kosovo (6,7 %), Pakistán (1,5 %) • Edad • menos de 10 años 0,3 % • 10-14 años 11,5 % • 14-18 años 88,2 % 31/05/16 16
  • 17. Procedimiento de asilo para menores no acompañados en Hungría • Personas que necesitan tratamiento especial • Los intereses superiores del niño son un principio básico • El procedimiento se realiza en función de la prioridad • Designación de un tutor legal y un tutor de protección del menor • La determinación de la edad es responsabilidad de un experto forense cualificado • Estatuto concedido: refugiado, beneficiario de protección subsidiaria, estatuto de tolerancia31/05/16 17
  • 18. Recepción de menores no acompañados en Hungría • Desde 2011 los menores no acompañados se alojan en centros de protección de menores (centros para menores no acompañados en Fót y Hódmezővásárhely) • Reciben la misma atención que los ciudadanos húngaros • Atención integral en centros de acogida: alojamiento, alimentación (cinco veces al día teniendo en cuenta las prácticas religiosas y culturales), ropa, atención sanitaria, educación, asistencia para el desarrollo psicológico y personal. • Sus necesidades especiales (por ejemplo, barreras del idioma) relacionadas con su situación de vulnerabilidad son tenidas en cuenta (folleto informativo elaborado para el personal de protección de menores) • Profesionales en materia de protección de menores que trabajan con menores no acompañados (supervisores de protección de niños y adolescentes, asistentes de protección de menores, pedagogos sociales, psicólogos, profesores cualificados)31/05/16 18
  • 19. Integración de menores no acompañados que se asientan de forma permanente en Hungría 1. Educación •Principal paso para una integración social próspera •Educación obligatoria 6/8 – 16 años (integrados con alumnos húngaros) •Principales dificultades: En la mayoría de los casos los menores no acompañados presentan bajos niveles de formación y tienen problemas con el idioma •Asistencia en los centros para menores no acompañados: aulas de estudio bien equipadas, clases de idiomas, desarrollo de competencias de adaptación, programas extrainstitucionales para31/05/16 19
  • 20. Integración de menores no acompañados que se asientan de forma permanente en Hungría 2. Sistema de asistencia tras el abandono del centro de acogida •Los menores no acompañados beneficiarios de protección internacional son aptos para programas de asistencia posterior al abandono del centro de acogida en las mismas condiciones que los niños húngaros •18-24 años •Firman un acuerdo con el centro para menores no acompañados. •el tutor de protección del menor no acompañado tiene la obligación de informarle acerca de la posibilidad de solicitar asistencia posterior al31/05/16 20
  • 21. Integración de menores no acompañados que se asientan de forma permanente en Hungría • Principal asistencia: alojamiento, asistencia al bienestar, asistencia en la administración oficial, en la búsqueda de empleo, en la adquisición de competencias sociales • Principales elementos: (proporcionados por los educadores que trabajan en los centros para menores no acompañados) – seguimiento educativo (seguimiento de su trayectoria educativa/laboral) – seguimiento del estilo de vida (asistencia del menor no acompañado para que adquiera conocimientos generales de las normas de convivencia) – seguimiento económico (cómo ahorrar)31/05/16 21
  • 22. Ayudas complementarias Fondo Europeo para los Refugiados 2 proyectos del centro para menores no acompañados ubicado en Fót recibieron la ayuda del Ministerio del Interior (autoridad responsable) entre el 01/07/2014 y el 30/06/2015 en relación con la integración de los menores no acompañados. 1. «Belépő» (Entrada) •Grupo diana: solicitantes de asilo •Objetivo: aumentar la seguridad y mejorar las condiciones de recepción de los menores no acompañados, así como evitar la hospitalización y la victimización •Elementos: desarrollo de competencias de idiomas, cursos de tutoría, actividades artísticas y creativas durante el tiempo de ocio, actividades informativas sobre la trata de seres humanos 31/05/16 22
  • 23. Ayudas complementarias 2. «Itthon» (Centro) •Grupo diana: beneficiarios de protección internacional •Objetivo: realización de un programa de integración complejo, compuesto por múltiples pasos •Elementos: desarrollo individual de competencias de idiomas, actividades de orientación cultural, programas de salud mental, actividades de ayuda para el comienzo de una vida independiente (educación y/o formación profesional) 31/05/16 23
  • 24. Programa profesional especial diseñado para la integración de menores no acompañados • Centro para menores no acompañados de Hódmezővásárhely • 3 periodos: 1. Adaptación (primer mes) 2. Corrección (segundo mes) 3. Integración (tercer mes) • 4 pilares: 1. Educación y desarrollo 2. Asistencia sanitaria 3. Evaluación del estado psicológico y orientación 4. Asistencia jurídica 31/05/16 24
  • 25. Conclusión • Hungría es un país de tránsito, por lo que menos menores no acompañados permanecen en el país • La legislación y las prácticas se ajustan a las normas europeas e internacionales • El sistema de cuidado infantil también está implicado en la integración de los menores no acompañados • Ayudas complementarias del Fondo Europeo para los Refugiados 31/05/16 25