Este documento describe los principales órganos estatales encargados de las relaciones internacionales, incluyendo al jefe de estado, jefe de gobierno, ministro de relaciones exteriores, misiones diplomáticas, misiones especiales, cónsules generales y cónsules. Explica las funciones de estos órganos centrales y externos, así como la clasificación de agentes diplomáticos y cónsules.
2. Órganos Estatales encargados de las
Relaciones Internacionales
• Jefe de estado
• Jefe de gobierno o Primeros
Ministros
• Ministros de Relaciones
Exteriores
Órganos
Centrales
• Misiones Diplomáticas
permanentes
• Misiones especiales y
consulados.
Órganos
Exteriores
3. Órganos centrales
• Los órganos de la administración central son
aquellos órganos creados por el ordenamiento
interno para el ejercicio de competencias en el
ámbito interno de Estado, pero que además
también tienen atribuidas competencias en el
ámbito de las relaciones internacionales. Éste es
el caso del Jefe de Estado, del Jefe de Gobierno o
el Ministro de Asuntos Exteriores.
4. Jefe de estado
• Son el órgano supremo de las relaciones exteriores, dirige el departamento de
relaciones exteriores, recibe jefes y representantes de estados extranjeros, envío
de agentes diplomáticos y consulares, concertación de tratados, ratificación y
denuncia de ellos, declaración de guerra y concertación de paz
Jefe de
gobierno o
primeros
ministros
• Es la dirección esencial de todos los asuntos del Estado por tal razón es
considerado un órgano internacional, el funcionamiento es dentro y fuera del
territorio nacional iguales cortesías, inmunidades y derechos, que al secretario
de Estado o ministro de Relaciones Exteriores.
Ministros de
Relaciones
Exteriores
• Es la organización administrativa a través de la cual ejerce sus funciones el
Ministro o Secretario de Estado. Por medio de este se mantienen las relaciones
del Estado con las naciones extranjeras, recibe sus diplomáticos y concede el
exequátur a sus cónsules, procede el nombramiento de los funcionarios
diplomáticos y consulares en el exterior, mantiene correspondencia con el
cuerpo diplomático, negocia tratados y vigila su cumplimiento, protege a los
nacionales en el exterior, estimula los intereses económicos y comerciales en el
extranjero. Los Ministerios, Secretarias de Estado o cancillerías para la mejor
distribución de su trabajo tiene una serie de departamentos, direcciones,
divisiones, secciones y oficinas, además tiene uno o más viceministros o
subsecretarios , una dirección general administrativa y un departamento de
política exterior al que se le asigna gran importancia.
5. Ministro de Asuntos Exteriores
• Se podría definir como el funcionario público que actúa en representación
del Jefe de Estado, con su consentimiento y su control, o bien del
Parlamento, como director de las relaciones internacionales de su país.
• La función de los Ministros de Asuntos Exteriores, se caracteriza por una
doble calidad: a) es el director de las relaciones internacionales del Estado,
con todo lo que ello implica y b) es el jefe de todo el servicio diplomático y
consular del estado así como de todos los organismos y personas que
tengan algo que ver con las citadas relaciones internacionales.
Secretaría de Relaciones Exteriores
• Promover, propiciar y asegurar la coordinación de acciones en el exterior
de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
• Dirigir el servicio exterior en sus aspectos diplomático y consular en los
términos de la Ley del Servicio Exterior
• Coadyuvar a la promoción comercial y turística del país a través de sus
embajadas y consulados.
• Capacitar a los miembros del Servicio Exterior Mexicano en las áreas
comercial y turística, para que puedan
6. Órganos de la Administración Exterior
• Los órganos de la administración exterior son
aquellos órganos del Estado creados directamente
para el ejercicio de competencias en el ámbito de las
relaciones internacionales. Dentro de esta categoría
podemos distinguir entre los órganos externos
permanentes (que constituyen la diplomacia clásica
formada por las Misiones diplomáticas, las
representaciones ante organizaciones
internacionales y las Oficinas consulares) y los
órganos externos temporales, también denominada
diplomacia ad hoc.
7. Misiones
Permanentes
• Todos los agentes diplomáticos gozan
de los mismos derechos,
prerrogativas e inmunidades,
cualquiera que sea su categoría, salvo
en materia de precedencia y etiqueta,
para la cuál rige el principio
establecido de la antigüedad en sus
funciones. Los jefes de misiones son
asistidos en su labor por el personal
diplomático a sus órdenes, Ministros
Consejeros, Consejeros, Secretarios
de primera, segunda y tercera clases y
agregados. Suelen designarse
también funcionarios especializados;
agregados militares, navales o aéreos,
Consejeros o agregados económicos o
comerciales, culturales, obreros,
agrícolas, etcétera, cuyas
instrucciones le son impartidas por el
Ministro del ramo, sin perjuicio de la
representación diplomática ordinaria.
Misiones
Especiales
• Existe otra de carácter especial,
permanente o transitoria, como son
los enviados en Misión Especial, los
cuáles son generalmente transitorios,
negocian un asunto determinado,
tienen las mismas jerarquías que las
ordinarias y gozan de los mismos
privilegios e inmunidades. Son
designados para intervenir en
congresos y conferencias
internacionales.
8. Agentes Diplomáticos
Los Agentes Diplomáticos son los representantes de un Estado en el
extranjero, a los cuales, para el cumplimiento independiente de sus
funciones se le reconocen ciertas prerrogativas. El jefe de la Misión
Diplomática tiene carácter representativo, porque lleva la palabra del
Estado o de sus jefes.
• a) Representación del Estado acreditante ante el gobierno del Estado
receptor.
• b) Protección de los nacionales o de los intereses del Estado acreditante
ante el Estado receptor.
• c) Facultad de negociación ante el Estado receptor.
• d) Recolectar mediante medios legales, información de la situación del
Estado receptor para enviarla al Estado acreditante.
• e) Promover las relaciones de amistad entre ambos países,
desarrollando las relaciones económicas, culturales y científicas.
9. Clasificación de los Agentes Diplomáticos
• LA PRIMERA, incluía a los Embajadores, nuncios y legados
pontificios.
• LA SEGUNDA, comprendía a los enviados extraordinarios,
ministros plenipotenciarios e internuncios.
• LA TERCERA, que sólo implica a los encargados de negocios.
10. Los Cónsules
El cónsul es un funcionario que se encarga de realizar una serie de tareas
administrativas por parte de un estado en el territorio del Estado receptor.
“Funcionario consular significa cualquier persona, incluyendo al jefe de un
puesto consular, a quien ha sido confiado el ejercicio de funciones
consulares.”
Las principales funciones consulares son:
• a) Proteger los intereses de sus connacionales, tanto personas físicas
como jurídicas, dentro del territorio del Estado receptor y con lo límites
fijados en el Derecho internacional.
• b) Promover el comercio y el desarrollo de las relaciones económicas,
culturales y científicas, entre el Estado acreditante con el Estado
receptor.
• c) Informar a su gobierno y a las personas interesadas de las
condiciones y la evolución económica, cultural y científica del Estado
receptor.
• d) Facilitar pasaportes y documentos de viaje a los nacionales de su
propio Estado y los visados necesarios y demás documentos que
necesiten los extranjeros que pretendan visitar el Estado acreditante.
11. • 1. Cónsul general. Que generalmente tiene a
su cargo un distrito consular amplio e
importante, o bien tiene a su cargo, varios
distritos consulares.
• 2. Cónsul. Que tiene a su cargo un distrito
consular.
• 3. Vice cónsul. Funge como cónsul en la
ausencia de Cónsules generales o Cónsules.
• 4. Agentes consulares. Que cumple una
función consular restringida, similar a los
cónsules electi u honorarios.
Clasificación
de los
Cónsules