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FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana
1
REGLAMENTO ORGÁNICO
DEL
SERVICIO FEMENINO
DE
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana
2
Editado por:
Departamento Nacional de Doctrina F. S. B.
Comisión Nacional de F. S. B.
Año 2015
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana
3
El Servicio Femenino Nacional de Falange Socialista Boliviana, se encuentra integrado a la
estructura orgánica general del Partido, obedeciendo en sus lineamientos a los problemas
propios que corresponden a la mujer boliviana.
Es un organismo que obedece a la línea teórica del Partido y la ejecuta a través de sus
direcciones, con idénticas responsabilidades y derechos que las demás reparticiones del
Partido. Se encuentran comprendidas en el Servicio Femenino todas las mujeres falangistas; y
dirige y orienta las actividades femeninas de diferente índole, tanto dentro como fuera de F. S.
B.
ESTRUCTURA
CAPITULO I
DE LAS ORGANIZACIONES NACIONALES
Este Servicio Nacional está dirigido por una falangista que tiene el cargo de Delegada Nacional
de Dirección Femenina. Es designada por el Jefe del Partido y forma parte del Consejo
Ejecutivo Nacional; le corresponden las siguientes atribuciones:
a) Representa al Partido en todos los actos público femeninos.
b) Convoca a Concentraciones Nacionales Femeninas y Conferencias de dirigentes; y
sugiere la realización de estos y otros eventos a las Delegadas Regionales, previa
consulta con Jefatura, cuando así lo determinan las conveniencias de F. S. B.
c) Dirige las relaciones del Servicio Femenino con instituciones y agrupaciones de
mujeres sean de carácter cívico, religioso, social y político.
d) Instruye a los organismos regionales la labor política que deben realizar las
organizaciones femeninas de cada distrito, tanto en lo territorial como en lo funcional.
e) Preside las reuniones y deliberaciones de la Dirección Nacional Femenina.
f) Es responsable dentro del Servicio Femenino del control permanente de la línea
política, de acuerdo a la orientación general y a las directivas del Partido.
g) Suscribe pactos o acuerdos en representación del Servicio Femenino, con instituciones
de mujeres sean estas nacionales o internacionales, previa aprobación de Jefatura.
Dirección Nacional Femenina. Es un organismo político de asesoramiento a la Delegada
Nacional en la conducción del Servicio Femenino del Partido y además, de ejecución a través
de sus Direcciones Nacionales de que se compone. Consta de las siguientes Direcciones:
1. Dirección Nacional de Organización.
2. Dirección Nacional de Administración y Hacienda.
3. Dirección Nacional de Planificación.
4. Dirección Nacional de Juventudes Femeninas.
5. Dirección Nacional de Cooperación.
6. Dirección Nacional de Asistencia Social.
7. Dirección Nacional de Doctrina y Cultura.
8. Dirección Nacional de Propaganda.
9. Dirección Nacional de Control y Disciplina.
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana
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Cada una de estas direcciones se encuentra a cargo de una Directora Nacional: así Directora
Nacional de Planificación, etc. Estas Directoras Nacionales son nombradas por el Jefe del
Partido en consulta con la Delegada Nacional, y forman parte para cumplir sus respectivas
labores de los Departamentos Nacionales correspondientes.
Además de constituir en conjunto un organismo de asesoramiento para la Delegada Nacional,
cada una de las Directoras tiene la responsabilidad de su dirección en escala nacional.
Sucesivamente y por turno, cada 15 días la Delegada Nacional de Dirección femenina, asistirá
conjuntamente con las Directoras Nacionales, a las reuniones del Consejo Directivo Nacional
del Partido.
DE LAS DIRECCIONES NACIONALES FEMENINAS
Dirección Nacional de Organización.
Organización Política: Es el encuadramiento de los militantes de un partido a una estructura o
conformación, con el fin de coordinar los esfuerzos, distribuir las actividades y aprovechar
ordenadamente los medios para alcanzar los objetivos de una Causa. Corresponden a la
Directora de Organización Femenina, las siguientes atribuciones:
a) Tiene a su cargo la incorporación de todas las mujeres de F. S. B. dentro de la
estructura del Servicio Femenino. Controla el funcionamiento de las organizaciones
femeninas partidarias en las regiones, zonas, provincias y cantones. Traza, orienta y
dirige la política orgánica y supervigila los cuadros femeninos en cada Distrito.
b) Facciona y lleva las listas y nóminas de dirigentes y militantes del Servicio Femenino,
para hacerlas conocer al Departamento Nacional de Organización, para su afiliación en
el registro nacional.
c) Debe llevar una relación de todas las instituciones femeninas, sean de carácter local o
nacional ajenas al Partido, para adecuar el control y la penetración partidaria en ellas.
d) Se encarga igualmente de la organización del archivo del Servicio Femenino de F. S. B.
Dirección Nacional de Administración y Hacienda
Se preocupa por suministrar bienes, rentas y recursos para sufragar los gastos que demanda la
actividad partidaria. Cuida que el abastecimiento de los medios de la lucha, sea eficaz y
permanente. Así mismo, vela por la conservación, buen empleo y uso de estos bienes y
recursos económicos.
La Dirección Nacional femenina de Administración y Hacienda, tiene las siguientes obligaciones
y atribuciones:
a) Tiene a su cargo el manejo y control de los fondos y recursos recaudados. Sus
actividades y atribuciones están señaladas en el Reglamento del Departamento
Nacional de Administración y Hacienda.
b) Instruye a los organismos del Servicio Femenino los procedimientos y métodos para la
recaudación de contribuciones económicas con destino a la caja del Partido.
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana
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c) Traza planes necesarios para la ejecución de la política económica partidaria, dentro
de los organismos femeninos, ya sean propios o ajenos a F. S. B.
d) Es de su responsabilidad, el cuidado y conservación de todos los muebles e inmuebles
del Servicio Femenino.
Dirección Nacional de Planificación.
Planificación política es la regulación metódica y el control unificado de los medios y funciones
partidarias, para lograr sistemáticamente determinados objetivos, sean estos de orden
político, económico, social, técnico y de otra naturaleza.
La Dirección femenina de Planificación es el organismo superior, que debe adecuar la táctica y
planteamientos generales del Partido a las condiciones particulares y especiales del Servicio
Femenino.
Le corresponden desarrollar las siguientes atribuciones:
a) Planificar la actividad de las diferentes organizaciones femeninas, de acuerdo a las
necesidades partidarias y a la naturaleza de cada una de ellas.
b) Traza métodos y señala los medios que se deben seguir para la introducción y
expansión del Servicio Femenino de F. S. B., dentro de las organizaciones o
instituciones que agrupan a las mujeres, sean de carácter cívico, social o religioso.
c) Designa de entre mujeres profesionales de F. S. B. a las delegadas que han de integrar
las comisiones y subcomisiones en el Departamento Nacional de Planificación, en
problemas y asuntos referentes a la mujer.
d) Sugiere las formas para que actúen las mujeres falangistas, tanto en el aspecto
territorial como funcional, así sea en las actividades intelectuales, laborales,
campesinas y de cualquier otra índole.
Dirección Nacional de Juventudes Femeninas
Se dedicará especialmente a la formación o educación social en sus diferentes aspectos. Es
su misión fundamental trazar las normas y ver las formas para que las jóvenes femeninas
actúen activamente en las luchas partidarias y procurará plasmar en ellas un espíritu
nacional que aglutine a las generaciones jóvenes en torno a los ideales cívicos y morales
del Partido. Le corresponden las siguientes atribuciones:
a) Dirige las juventudes femeninas para que cumplan sus deberes activamente, tanto
dentro como fuera del Partido.
b) Orientará la formación de agrupaciones y ateneos juveniles femeninos, sean de
carácter cultural, cívico y social; principalmente en las Universidades, Liceos, Normales
y otros centros de estudio, lo mismo que entre las jóvenes campesinas de los núcleos
rurales y centros laborales.
c) Debe hacer que las legiones femeninas tengan como principio y como norma la
cooperación y el vínculo de asociación entre el Partido y la familia.
d) Buscará que la formación de la juventud, principalmente de jefes y dirigentes, se
realice mediante un plan y sistema que permitan ayudar y orientar a las jóvenes en
todos los aspectos que se refieran a fortalecer sus conocimientos y asumir sus
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana
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responsabilidades; así como acrecentar sus convicciones en la comunidad de objetivos
patrióticos que persigue el Partido.
Dirección Nacional de Asistencia Social
Asistencia social partidaria es la obligación que tiene F. S. B. de prestarle su cooperación a todo
militante que, por cualquier circunstancia de la lucha particular, se encuentre en estado de
necesidad. Tiene por finalidad socorrer, favorecer, ayudar, amparar, auxiliar, defender o
proteger el capital humano. A través de esta Dirección se expresa el espíritu de camaradería y
justicia social del Partido.
Son atribuciones de la Directora Nacional de Asistencia Social, las siguientes:
a) Debe instruir y ordenar la formación de botiquines y equipos de auxilio en todos los
Distritos Regionales del país.
b) Formará un Consejo Nacional de Asistencia Social, con atribuciones y facultades
sujetas a reglamentación especial.
c) Es de su deber instruir y supervigilar, la organización de la asistencia social en todas las
Células del Partido, principalmente se deberá cooperar con medios económicos y
materiales en las regiones donde el Partido haya planteado su lucha en forma violenta
y aguerrida, llegando a actitudes de hecho.
d) Para circunstancias especiales la Directora de Asistencia Social debe contar con los
materiales y medios necesarios para prestar atenciones de emergencia.
e) Llevará una estadística y relación de las clínicas, hospitales, sanatorios y farmacias, con
especificación de detalles que sean necesarios para la dirección superior.
f) Con los profesionales del Partido, constituirá las secciones de defensa legal, asistencia
médica, dental, sanitaria y farmacéutica; así mismo, llevará una nómina de enfermeras
y sanitarios militantes de F. S. B.
Dirección Nacional de Cooperación.
Cooperación partidaria es la acción que busca estrechar los vínculos de solidaridad falangista,
con el fin de lograr e incrementar la camaradería, la amistad y la comprensión entre falangistas
sin ninguna discriminación de jerarquía o sexo. Le corresponden las atribuciones siguientes:
a) Promueve actos de carácter social para regular y controlar el esparcimiento, buen
trato y la comprensión entre falangistas.
b) Persigue elevar el espíritu y la moral de los militantes, para lo que deberá propender a
que las reuniones sociales se conviertan en formadoras del carácter austero y sobrio
del falangista.
Dirección Nacional de Doctrina y Cultura
Doctrina partidaria es el conjunto de preceptos que forman el cuerpo teórico de F. S. B.,
conforme al espíritu de su prédica y sistema demócrata cristiano.
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana
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Cultura partidaria es el estudio, conocimiento, aplicación y desarrollo de los hechos,
planteamientos y realizaciones que han caracterizado el desenvolvimiento de F. S. B. en la vida
política nacional.
A la Directora Nacional de Doctrina y Cultura, le corresponden las siguientes atribuciones:
a) Difundir la doctrina de Falange Socialista Boliviana, principalmente en los aspectos y
partes que tratan sobre la mujer o el Servicio Femenino del Partido.
b) Tiene a su cargo la organización y promoción de actos, con los que se persigan la
mayor culturización de la mujer falangista.
c) Elevar el nivel político de las militantes mujeres.
d) Promover conferencias, debates y actos sobre temas doctrinarios y culturales.
Dirección Nacional Femenina de Propaganda
Propaganda partidaria es la actividad que tiene por objeto difundir y popularizar los
planteamientos políticos, doctrinales y de cualquier otra índole que corresponden a Falange
Socialista Boliviana, para lograr su difusión general.
Corresponden a la Directora Nacional de Propaganda, las siguientes atribuciones:
a) Organizar la difusión y circulación de la propaganda y prensa del Partido, en los
círculos femeninos.
b) Elaborar la propaganda especial que corresponde al Servicio Femenino, dándole las
formas más sencillas de comprensión y entendimiento.
c) Deberá promover campañas radiales y periodísticas favorables a los intereses y
aspiraciones de la mujer boliviana y en especial sobre temas y aspectos que se refieran
a la mujer falangista.
d) Patrocinará conjuntamente con la Directora de Doctrina y Cultura, la impresión de un
boletín femenino.
Dirección Nacional de Control y Disciplina
Control y disciplina partidarios son los preceptos y normas que deben observarse dentro de los
diferentes organismos de F. S. B., para regular el comportamiento tanto de dirigentes como de
militantes, velando por el cumplimiento de las reglamentaciones y buen desenvolvimiento del
Partido. A la Directora de Control y Disciplina, le corresponden las siguientes atribuciones:
a) Debe cuidar que en todos los actos de carácter partidario, tanto militantes como
dirigentes observen la compostura, el trato social y moral que debe caracterizar la
decencia entre falangistas.
b) En los casos en que se observara inconducta partidaria, informará sobre el particular a
los organismos disciplinarios correspondientes.
c) Logrará en lo posible la capacitación táctica de las militantes femeninas, en los
aspectos sobre acción partidaria en los que tengan que tomar parte la mujer.
d) Procurará informes sobre aspectos y actividades que interesen al Partido, en su
seguridad y para el éxito de sus operaciones.
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana
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e) Supervigilará el cumplimiento de las penas y sanciones que impongan los organismos
disciplinarios a las militantes mujeres.
CAPITULO II
DE LAS ORGANIZACIONES REGIONALES
Delegada Regional de Dirección Femenina
En los distritos regionales del Partido, el Servicio Femenino estará dirigido por una Delegada
Regional de Dirección Femenina. Forma parte del Consejo Ejecutivo Regional. Corresponden a
la Delegada Regional Femenina, las siguientes atribuciones:
a) Tiene a su cargo la organización y dirección del Servicio Femenino en su Distrito, de
conformidad a las normas establecidas en el presente Reglamento.
b) Debe cumplir las instrucciones emanadas de la Dirección Nacional Femenina y hacerlas
conocer a las organizaciones de su distrito.
c) Promoverá concentraciones y conferencias de dirigentes femeninas regionales.
Dirección Regional Femenina
Es un organismo político de asesoramiento a la Delegada Regional Femenina y además, de
ejecución a través de sus diferentes direcciones de que se compone. Cada una de ellas está
dirigida por una Directora: así Directora Regional de Organización Femenina, etc.
Las Directoras Regionales son designadas por la Delegada Regional de Dirección Femenina
correspondiente. Tiene autoridad regional dentro de lo que concierne a sus funciones. La
Dirección Regional Femenina se compone de las mismas Direcciones Nacionales o de las que
fueran necesarias en cada Distrito.
Delegada Zonal de Dirección Femenina
En las zonas del Partido la Dirección Femenina está a cargo de una Delegada Zonal que es
designada por el Jefe de Zona, previa consulta con la Delegada Regional. Forma parte del
Consejo Ejecutivo de la Zona.
En las zonas las mujeres no forman células, ni organismos aparte de los otros sectoresy actúan
en las organizaciones generales que tenga el Partido, con idénticas responsabilidades y
derechos que cualquier militante.
Delegada Provincial de Dirección Femenina
Dirige y organiza las actividades del Servicio Femenino en la Provincia. Es designada por el
Secretario Provincial con la obligación de comunicar a la Delegada Regional. Integra el Consejo
Provincial. Tiene las siguientes atribuciones.
a) Hará conocer en la Provincia las instrucciones emitidas o dirigidas, concernientes al
Servicio Femenino.
b) Promoverá la organización de ligas femeninas y familiares, con fiens de defensa civil y
popular.
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana
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c) Buscará la difusión de los planteamientos falangistas que se relacionan con el interés
de la mujer.
Delegada Seccional de Dirección Femenina
Dirige y orienta las actividades del Servicio femenino en cada Sección de Provincia y forma
parte del Consejo Seccional. Es designada por el Secretario Seccional, quien debe comunicar a
la Delegada Provincial Femenina. Podrá organizar los Servicios de Asistencia Social,
Cooperación, Propaganda, Administración y Hacienda.
Delegada Cantonal de Dirección Femenina
Es la encargada de dirigir a las mujeres falangistas dentro del Cantón correspondiente. Es
designada por Secretario Cantonal, debiendo dar parte de dicho nombramiento a la Delegada
Seccional de dirección femenina.
Organización Celular
En las diferentes zonas que se dividen las capitales de las regiones y de las Provincias muy
extendidas y pobladas, la organización es celular.
Cada célula agrupa de 3 a 5 personas afines por sus relaciones de amistad, ocupación, etc. El
Servicio Femenino no tiene células territoriales separadas, las tiene únicamente funcionales.
Cada célula funcional femenina tiene una Secretaria General responsable. El trabajo celular se
efectúa por las camaradas en forma conjunta.
Son células territoriales las que se organizan en relación al lugar donde viven los militantes. Las
células rurales y de provincia corresponden en su clasificación a las territoriales.
Se consideran células funcionales todas aquellas formadas por militantes que trabajan en las
empresas comerciales, industriales, bancarias, ministerios, hospitales o que estudian en las
universidades, colegios, liceos, o tienen alguna actividad en los ateneos, centros de cultura,
agrupaciones de profesionales y en general en los centros de trabajo y concentración humana.
Las células femeninas serán nominadas con el nombre de mujeres bolivianas ilustres, cuya
memoria debe honrar el partido.
Aprobado en la Sala de Sesiones de la XII Gran Concentración Nacional de Falange Socialista
Boliviana.

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LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1079
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Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana (1960)

  • 1. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana 1 REGLAMENTO ORGÁNICO DEL SERVICIO FEMENINO DE FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA
  • 2. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana 2 Editado por: Departamento Nacional de Doctrina F. S. B. Comisión Nacional de F. S. B. Año 2015
  • 3. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana 3 El Servicio Femenino Nacional de Falange Socialista Boliviana, se encuentra integrado a la estructura orgánica general del Partido, obedeciendo en sus lineamientos a los problemas propios que corresponden a la mujer boliviana. Es un organismo que obedece a la línea teórica del Partido y la ejecuta a través de sus direcciones, con idénticas responsabilidades y derechos que las demás reparticiones del Partido. Se encuentran comprendidas en el Servicio Femenino todas las mujeres falangistas; y dirige y orienta las actividades femeninas de diferente índole, tanto dentro como fuera de F. S. B. ESTRUCTURA CAPITULO I DE LAS ORGANIZACIONES NACIONALES Este Servicio Nacional está dirigido por una falangista que tiene el cargo de Delegada Nacional de Dirección Femenina. Es designada por el Jefe del Partido y forma parte del Consejo Ejecutivo Nacional; le corresponden las siguientes atribuciones: a) Representa al Partido en todos los actos público femeninos. b) Convoca a Concentraciones Nacionales Femeninas y Conferencias de dirigentes; y sugiere la realización de estos y otros eventos a las Delegadas Regionales, previa consulta con Jefatura, cuando así lo determinan las conveniencias de F. S. B. c) Dirige las relaciones del Servicio Femenino con instituciones y agrupaciones de mujeres sean de carácter cívico, religioso, social y político. d) Instruye a los organismos regionales la labor política que deben realizar las organizaciones femeninas de cada distrito, tanto en lo territorial como en lo funcional. e) Preside las reuniones y deliberaciones de la Dirección Nacional Femenina. f) Es responsable dentro del Servicio Femenino del control permanente de la línea política, de acuerdo a la orientación general y a las directivas del Partido. g) Suscribe pactos o acuerdos en representación del Servicio Femenino, con instituciones de mujeres sean estas nacionales o internacionales, previa aprobación de Jefatura. Dirección Nacional Femenina. Es un organismo político de asesoramiento a la Delegada Nacional en la conducción del Servicio Femenino del Partido y además, de ejecución a través de sus Direcciones Nacionales de que se compone. Consta de las siguientes Direcciones: 1. Dirección Nacional de Organización. 2. Dirección Nacional de Administración y Hacienda. 3. Dirección Nacional de Planificación. 4. Dirección Nacional de Juventudes Femeninas. 5. Dirección Nacional de Cooperación. 6. Dirección Nacional de Asistencia Social. 7. Dirección Nacional de Doctrina y Cultura. 8. Dirección Nacional de Propaganda. 9. Dirección Nacional de Control y Disciplina.
  • 4. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana 4 Cada una de estas direcciones se encuentra a cargo de una Directora Nacional: así Directora Nacional de Planificación, etc. Estas Directoras Nacionales son nombradas por el Jefe del Partido en consulta con la Delegada Nacional, y forman parte para cumplir sus respectivas labores de los Departamentos Nacionales correspondientes. Además de constituir en conjunto un organismo de asesoramiento para la Delegada Nacional, cada una de las Directoras tiene la responsabilidad de su dirección en escala nacional. Sucesivamente y por turno, cada 15 días la Delegada Nacional de Dirección femenina, asistirá conjuntamente con las Directoras Nacionales, a las reuniones del Consejo Directivo Nacional del Partido. DE LAS DIRECCIONES NACIONALES FEMENINAS Dirección Nacional de Organización. Organización Política: Es el encuadramiento de los militantes de un partido a una estructura o conformación, con el fin de coordinar los esfuerzos, distribuir las actividades y aprovechar ordenadamente los medios para alcanzar los objetivos de una Causa. Corresponden a la Directora de Organización Femenina, las siguientes atribuciones: a) Tiene a su cargo la incorporación de todas las mujeres de F. S. B. dentro de la estructura del Servicio Femenino. Controla el funcionamiento de las organizaciones femeninas partidarias en las regiones, zonas, provincias y cantones. Traza, orienta y dirige la política orgánica y supervigila los cuadros femeninos en cada Distrito. b) Facciona y lleva las listas y nóminas de dirigentes y militantes del Servicio Femenino, para hacerlas conocer al Departamento Nacional de Organización, para su afiliación en el registro nacional. c) Debe llevar una relación de todas las instituciones femeninas, sean de carácter local o nacional ajenas al Partido, para adecuar el control y la penetración partidaria en ellas. d) Se encarga igualmente de la organización del archivo del Servicio Femenino de F. S. B. Dirección Nacional de Administración y Hacienda Se preocupa por suministrar bienes, rentas y recursos para sufragar los gastos que demanda la actividad partidaria. Cuida que el abastecimiento de los medios de la lucha, sea eficaz y permanente. Así mismo, vela por la conservación, buen empleo y uso de estos bienes y recursos económicos. La Dirección Nacional femenina de Administración y Hacienda, tiene las siguientes obligaciones y atribuciones: a) Tiene a su cargo el manejo y control de los fondos y recursos recaudados. Sus actividades y atribuciones están señaladas en el Reglamento del Departamento Nacional de Administración y Hacienda. b) Instruye a los organismos del Servicio Femenino los procedimientos y métodos para la recaudación de contribuciones económicas con destino a la caja del Partido.
  • 5. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana 5 c) Traza planes necesarios para la ejecución de la política económica partidaria, dentro de los organismos femeninos, ya sean propios o ajenos a F. S. B. d) Es de su responsabilidad, el cuidado y conservación de todos los muebles e inmuebles del Servicio Femenino. Dirección Nacional de Planificación. Planificación política es la regulación metódica y el control unificado de los medios y funciones partidarias, para lograr sistemáticamente determinados objetivos, sean estos de orden político, económico, social, técnico y de otra naturaleza. La Dirección femenina de Planificación es el organismo superior, que debe adecuar la táctica y planteamientos generales del Partido a las condiciones particulares y especiales del Servicio Femenino. Le corresponden desarrollar las siguientes atribuciones: a) Planificar la actividad de las diferentes organizaciones femeninas, de acuerdo a las necesidades partidarias y a la naturaleza de cada una de ellas. b) Traza métodos y señala los medios que se deben seguir para la introducción y expansión del Servicio Femenino de F. S. B., dentro de las organizaciones o instituciones que agrupan a las mujeres, sean de carácter cívico, social o religioso. c) Designa de entre mujeres profesionales de F. S. B. a las delegadas que han de integrar las comisiones y subcomisiones en el Departamento Nacional de Planificación, en problemas y asuntos referentes a la mujer. d) Sugiere las formas para que actúen las mujeres falangistas, tanto en el aspecto territorial como funcional, así sea en las actividades intelectuales, laborales, campesinas y de cualquier otra índole. Dirección Nacional de Juventudes Femeninas Se dedicará especialmente a la formación o educación social en sus diferentes aspectos. Es su misión fundamental trazar las normas y ver las formas para que las jóvenes femeninas actúen activamente en las luchas partidarias y procurará plasmar en ellas un espíritu nacional que aglutine a las generaciones jóvenes en torno a los ideales cívicos y morales del Partido. Le corresponden las siguientes atribuciones: a) Dirige las juventudes femeninas para que cumplan sus deberes activamente, tanto dentro como fuera del Partido. b) Orientará la formación de agrupaciones y ateneos juveniles femeninos, sean de carácter cultural, cívico y social; principalmente en las Universidades, Liceos, Normales y otros centros de estudio, lo mismo que entre las jóvenes campesinas de los núcleos rurales y centros laborales. c) Debe hacer que las legiones femeninas tengan como principio y como norma la cooperación y el vínculo de asociación entre el Partido y la familia. d) Buscará que la formación de la juventud, principalmente de jefes y dirigentes, se realice mediante un plan y sistema que permitan ayudar y orientar a las jóvenes en todos los aspectos que se refieran a fortalecer sus conocimientos y asumir sus
  • 6. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana 6 responsabilidades; así como acrecentar sus convicciones en la comunidad de objetivos patrióticos que persigue el Partido. Dirección Nacional de Asistencia Social Asistencia social partidaria es la obligación que tiene F. S. B. de prestarle su cooperación a todo militante que, por cualquier circunstancia de la lucha particular, se encuentre en estado de necesidad. Tiene por finalidad socorrer, favorecer, ayudar, amparar, auxiliar, defender o proteger el capital humano. A través de esta Dirección se expresa el espíritu de camaradería y justicia social del Partido. Son atribuciones de la Directora Nacional de Asistencia Social, las siguientes: a) Debe instruir y ordenar la formación de botiquines y equipos de auxilio en todos los Distritos Regionales del país. b) Formará un Consejo Nacional de Asistencia Social, con atribuciones y facultades sujetas a reglamentación especial. c) Es de su deber instruir y supervigilar, la organización de la asistencia social en todas las Células del Partido, principalmente se deberá cooperar con medios económicos y materiales en las regiones donde el Partido haya planteado su lucha en forma violenta y aguerrida, llegando a actitudes de hecho. d) Para circunstancias especiales la Directora de Asistencia Social debe contar con los materiales y medios necesarios para prestar atenciones de emergencia. e) Llevará una estadística y relación de las clínicas, hospitales, sanatorios y farmacias, con especificación de detalles que sean necesarios para la dirección superior. f) Con los profesionales del Partido, constituirá las secciones de defensa legal, asistencia médica, dental, sanitaria y farmacéutica; así mismo, llevará una nómina de enfermeras y sanitarios militantes de F. S. B. Dirección Nacional de Cooperación. Cooperación partidaria es la acción que busca estrechar los vínculos de solidaridad falangista, con el fin de lograr e incrementar la camaradería, la amistad y la comprensión entre falangistas sin ninguna discriminación de jerarquía o sexo. Le corresponden las atribuciones siguientes: a) Promueve actos de carácter social para regular y controlar el esparcimiento, buen trato y la comprensión entre falangistas. b) Persigue elevar el espíritu y la moral de los militantes, para lo que deberá propender a que las reuniones sociales se conviertan en formadoras del carácter austero y sobrio del falangista. Dirección Nacional de Doctrina y Cultura Doctrina partidaria es el conjunto de preceptos que forman el cuerpo teórico de F. S. B., conforme al espíritu de su prédica y sistema demócrata cristiano.
  • 7. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana 7 Cultura partidaria es el estudio, conocimiento, aplicación y desarrollo de los hechos, planteamientos y realizaciones que han caracterizado el desenvolvimiento de F. S. B. en la vida política nacional. A la Directora Nacional de Doctrina y Cultura, le corresponden las siguientes atribuciones: a) Difundir la doctrina de Falange Socialista Boliviana, principalmente en los aspectos y partes que tratan sobre la mujer o el Servicio Femenino del Partido. b) Tiene a su cargo la organización y promoción de actos, con los que se persigan la mayor culturización de la mujer falangista. c) Elevar el nivel político de las militantes mujeres. d) Promover conferencias, debates y actos sobre temas doctrinarios y culturales. Dirección Nacional Femenina de Propaganda Propaganda partidaria es la actividad que tiene por objeto difundir y popularizar los planteamientos políticos, doctrinales y de cualquier otra índole que corresponden a Falange Socialista Boliviana, para lograr su difusión general. Corresponden a la Directora Nacional de Propaganda, las siguientes atribuciones: a) Organizar la difusión y circulación de la propaganda y prensa del Partido, en los círculos femeninos. b) Elaborar la propaganda especial que corresponde al Servicio Femenino, dándole las formas más sencillas de comprensión y entendimiento. c) Deberá promover campañas radiales y periodísticas favorables a los intereses y aspiraciones de la mujer boliviana y en especial sobre temas y aspectos que se refieran a la mujer falangista. d) Patrocinará conjuntamente con la Directora de Doctrina y Cultura, la impresión de un boletín femenino. Dirección Nacional de Control y Disciplina Control y disciplina partidarios son los preceptos y normas que deben observarse dentro de los diferentes organismos de F. S. B., para regular el comportamiento tanto de dirigentes como de militantes, velando por el cumplimiento de las reglamentaciones y buen desenvolvimiento del Partido. A la Directora de Control y Disciplina, le corresponden las siguientes atribuciones: a) Debe cuidar que en todos los actos de carácter partidario, tanto militantes como dirigentes observen la compostura, el trato social y moral que debe caracterizar la decencia entre falangistas. b) En los casos en que se observara inconducta partidaria, informará sobre el particular a los organismos disciplinarios correspondientes. c) Logrará en lo posible la capacitación táctica de las militantes femeninas, en los aspectos sobre acción partidaria en los que tengan que tomar parte la mujer. d) Procurará informes sobre aspectos y actividades que interesen al Partido, en su seguridad y para el éxito de sus operaciones.
  • 8. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana 8 e) Supervigilará el cumplimiento de las penas y sanciones que impongan los organismos disciplinarios a las militantes mujeres. CAPITULO II DE LAS ORGANIZACIONES REGIONALES Delegada Regional de Dirección Femenina En los distritos regionales del Partido, el Servicio Femenino estará dirigido por una Delegada Regional de Dirección Femenina. Forma parte del Consejo Ejecutivo Regional. Corresponden a la Delegada Regional Femenina, las siguientes atribuciones: a) Tiene a su cargo la organización y dirección del Servicio Femenino en su Distrito, de conformidad a las normas establecidas en el presente Reglamento. b) Debe cumplir las instrucciones emanadas de la Dirección Nacional Femenina y hacerlas conocer a las organizaciones de su distrito. c) Promoverá concentraciones y conferencias de dirigentes femeninas regionales. Dirección Regional Femenina Es un organismo político de asesoramiento a la Delegada Regional Femenina y además, de ejecución a través de sus diferentes direcciones de que se compone. Cada una de ellas está dirigida por una Directora: así Directora Regional de Organización Femenina, etc. Las Directoras Regionales son designadas por la Delegada Regional de Dirección Femenina correspondiente. Tiene autoridad regional dentro de lo que concierne a sus funciones. La Dirección Regional Femenina se compone de las mismas Direcciones Nacionales o de las que fueran necesarias en cada Distrito. Delegada Zonal de Dirección Femenina En las zonas del Partido la Dirección Femenina está a cargo de una Delegada Zonal que es designada por el Jefe de Zona, previa consulta con la Delegada Regional. Forma parte del Consejo Ejecutivo de la Zona. En las zonas las mujeres no forman células, ni organismos aparte de los otros sectoresy actúan en las organizaciones generales que tenga el Partido, con idénticas responsabilidades y derechos que cualquier militante. Delegada Provincial de Dirección Femenina Dirige y organiza las actividades del Servicio Femenino en la Provincia. Es designada por el Secretario Provincial con la obligación de comunicar a la Delegada Regional. Integra el Consejo Provincial. Tiene las siguientes atribuciones. a) Hará conocer en la Provincia las instrucciones emitidas o dirigidas, concernientes al Servicio Femenino. b) Promoverá la organización de ligas femeninas y familiares, con fiens de defensa civil y popular.
  • 9. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Servicio Femenino de Falange Socialista Boliviana 9 c) Buscará la difusión de los planteamientos falangistas que se relacionan con el interés de la mujer. Delegada Seccional de Dirección Femenina Dirige y orienta las actividades del Servicio femenino en cada Sección de Provincia y forma parte del Consejo Seccional. Es designada por el Secretario Seccional, quien debe comunicar a la Delegada Provincial Femenina. Podrá organizar los Servicios de Asistencia Social, Cooperación, Propaganda, Administración y Hacienda. Delegada Cantonal de Dirección Femenina Es la encargada de dirigir a las mujeres falangistas dentro del Cantón correspondiente. Es designada por Secretario Cantonal, debiendo dar parte de dicho nombramiento a la Delegada Seccional de dirección femenina. Organización Celular En las diferentes zonas que se dividen las capitales de las regiones y de las Provincias muy extendidas y pobladas, la organización es celular. Cada célula agrupa de 3 a 5 personas afines por sus relaciones de amistad, ocupación, etc. El Servicio Femenino no tiene células territoriales separadas, las tiene únicamente funcionales. Cada célula funcional femenina tiene una Secretaria General responsable. El trabajo celular se efectúa por las camaradas en forma conjunta. Son células territoriales las que se organizan en relación al lugar donde viven los militantes. Las células rurales y de provincia corresponden en su clasificación a las territoriales. Se consideran células funcionales todas aquellas formadas por militantes que trabajan en las empresas comerciales, industriales, bancarias, ministerios, hospitales o que estudian en las universidades, colegios, liceos, o tienen alguna actividad en los ateneos, centros de cultura, agrupaciones de profesionales y en general en los centros de trabajo y concentración humana. Las células femeninas serán nominadas con el nombre de mujeres bolivianas ilustres, cuya memoria debe honrar el partido. Aprobado en la Sala de Sesiones de la XII Gran Concentración Nacional de Falange Socialista Boliviana.