1. LOS DERECHOS HUMANOS
Los Derechos Humanos son aquellas condiciones instrumentales que le permiten a la persona su realización en
consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o
básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna,
sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional
o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad
intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie
ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre,
el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad
de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre
no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales
del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se
han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio
de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las
Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno
cumplimiento de dicho compromiso;
LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común
por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones,
inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos
y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación
universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados
bajo su jurisdicción.
Los Derechos Humanos Son:Toda persona tiene derecho:
A la vida.
A la integridad personal -física, psíquica
2. Y moral.
A la libertad personal.
A peticionar ante las autoridades.
A la libertad de expresión.
A la protección de la libertad de conciencia y de
Religión.
A reunirse libremente y a asociarse.
A la identidad y la nacionalidad.
A la propiedad privada.
A circular y a residir en el territorio de un Estado.
A un juicio justo en un plazo razonable ante un tribunal
Objetivo, independiente e imparcial y a la doble instancia judicial.
A la presunción de inocencia.
A la defensa.
A no ser discriminado.
A trabajar.
A la salud.
A la cultura.
A la protección y asistencia familiar.
A la asistencia de niños y adolescentes.
A recibir protección y asistencia durante el embarazo
Y parto.
A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.
A la educación pública y gratuita en todos
Los niveles de enseñanza.
A un medio ambiente sano y equilibrado.
A la autodeterminación de los pueblos.
A la protección de su salud, seguridad e intereses
Económicos y a una información adecuada y veraz
En relación al consumo y uso de bienes y servicios
A vivir en paz.
Al desarrollo humano económico y social sostenible.
3. El catálogo completo de derechos humanos puede encontrarse
En la Constitución Nacional y en los instrumentos jurídicos
Internacionales sobre derechos humanos vigentes en la República
Argentina.
¿Quién garantiza el ejercicio de los derechos
Humanos?
El Estado es el responsable de respetar, garantizar y promover
El ejercicio de los derechos humanos. Respetarlos significa no
Interferir con áreas específicas de la vida individual;
Garantizarlos implica adoptar las medidas necesarias para lograr
Su satisfacción en la población, y asegurar la prestación
De determinados servicios.
¿Qué recursos tiene el Estado para garantizar
El ejercicio de los derechos humanos?
Los derechos humanos están contemplados en la primera
Parte de la Constitución Nacional. Incluso en el año
1994, a través del artículo 75 inciso 22 se han
Incorporado a la Constitución Nacional una serie de instrumentos
Jurídicos internacionales sobre derechos humanos.
Asimismo, están vigentes en la República Argentina
Una serie de instrumentos jurídicos universales e interamericanos
Así como leyes, decretos y otras normas jurídicas.
¿Qué función cumple la Secretaría
De Derechos Humanos?
La Secretaría de Derechos Humanos promueve el conocimiento
Y el ejercicio de los derechos humanos en todo el país.
Para ello, asiste al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
En todo lo concerniente a la elaboración y ejecución
De las políticas, planes y programas para la promoción
Y la protección de los derechos civiles, políticos,
Económicos, sociales, culturales, comunitarios y los derechos
4. De incidencia colectiva en general y coordina las acciones vinculadas
A la promoción y protección de los derechos humanos
Con otros Ministerios del Poder Ejecutivo Nacional, el Poder Judicial,
El Ministerio Público, el Defensor del Pueblo y el Congreso
De la Nación y con las organizaciones de la sociedad civil,
En especial las organizaciones gubernamentales de derechos humanos.
Asimismo, interviene en la observación activa, el seguimiento
Y la denuncia de casos y situaciones relativos a los derechos
Humanos, civiles, políticos, económicos, sociales,
Culturales, comunitarios y de incidencia colectiva, conjuntamente
Con los organismos nacionales, provinciales, municipales y organizaciones
¿Dónde se puede dirigir una consulta o
Una denuncia sobre derechos humanos?
En el año 2003 se creó un área especial
Dentro de la Secretaría de Derechos Humanos para recepcionar
El conjunto de denuncias que tengan por temática la violación
De los derechos humanos fundamentales amparados por la Constitución
Nacional, incluyendo aquellos que son de competencia específica
Del INADI y del Programa Anti-Impunidad, las cuales son giradas
A estos organismos para su tramitación ulterior.
Para comunicarse hay que dirigirse al Centro de Recepción
De Denuncias y Orientación Ciudadana de lunes a viernes
De 10 a 16 hs.
5. El concepto de derecho fundamental, es quizá el más importante de las Constituciones contemporáneas. Colombia
acogió esta figura en la Constitución de 1991. Una definición sintética de estos derechos es la siguiente: son los
derechos inherentes a la persona humana. Usualmente se les ha identificado con los derechos individuales, sin
embargo en Colombia han sido reconocidos por la Corte Constitucional algunos derechos pertenecientes a la llamada
segunda generación, es decir, ha reconocido como derechos fundamentales ciertos derechos sociales que son
necesarios para que la persona humana cuente con una vida digna.
El título II capítulo I de nuestra Carta Política se ocupa según se indica de forma expresa de los "derechos
fundamentales", sin embargo la Corte Constitucional ha sostenido que el Constituyente no determinó en forma
taxativa cuáles eran los derechos constitucionales fundamentales, sino que fue su voluntad conferir simplemente un
efecto indicativo a la ubicación y titulación de las normas constitucionales.
Por consiguiente, hay que concluir que en nuestro país los derechos fundamentales no sólo son los que aparecen en el
título y capítulos referidos, en vista de ello nuestra Corte Constitucional utiliza para reconocer los derechos
fundamentales otros criterios1. Para la Corte hay criterios principales y subsidiarios de interpretación. Acoge como
principales: el que se trate de un derecho esencial de la persona y el reconocimiento expreso de la Constituyente (un
caso ejemplificativo es el artículo 44 que se refiere a los derechos de los niños como derechos fundamentales); acoge
como criterios auxiliares, los cuáles no bastan por sí solos: la inclusión del derecho en tratados internacionales, que se
trate de un derecho de aplicación inmediata; que posea un "plus" para su modificación (se refiere a los que requieren
de referendo para ser reformados) y por último la ubicación y denominación.
Así mismo, para que un determinado derecho sea tenido como fundamental la Corte Constitucional Colombiana
considera que debe reunir tres requisitos: conexión directa con los principios constitucionales, eficacia directa y
contenido esencial (núcleo básico del derecho).
algunos de los derechos humanos son estos:
1.- A la vida.
2.- A la integridad personal -física, psíquica y moral.
3.- A la libertad personal.
4.- A peticionar ante las autoridades.
6. 5.- A la libertad de expresión.
6.- A la protección de la libertad de conciencia y de religión.
7.- A reunirse libremente y a asociarse.
8.- A la identidad y la nacionalidad.
9.- A la propiedad privada.
10.- A circular y a residir en el territorio de un Estado.
11.- A un juicio justo en un plazo razonable ante un tribunal objetivo, independiente e imparcial y a la doble instancia
judicial.
12.- A la presunción de inocencia.
13.- A la defensa.
14.- A no ser discriminado.
15.- A trabajar.
16.- A la salud.
17.- A la cultura.
18.- A la protección y asistencia familiar.
19.- A la asistencia de niños y adolescentes.
20.- A recibir protección y asistencia durante el embarazo y parto.
21.- A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.
22.- A la educación pública y gratuita en todos los niveles de enseñanza.
23.- A un medio ambiente sano y equilibrado.
24.- A la autodeterminación de los pueblos.
25.- A la protección de su salud, seguridad e intereses económicos y a una información adecuada y veraz en relación al
consumo y uso de bienes y servicios.
26.- A vivir en paz.
27.- Al desarrollo humano económico y social sostenible.
1. Actividad : Preguntas de los derechos humanos.
Derechos humanos.
1. ¿Qué son los derechos humanos?
2. ¿Hay alguna jerarquía entre los derechos humanos?
3. ¿Qué tipos de obligaciones hay en relación con los derechos humanos?
4. ¿Tienen obligaciones los individuos, además de los Estados?
5. ¿Es posible hacer efectivos los derechos humanos cuando los recursos son limitados?
7. 6. ¿Hay diferencias entre los derechos individuales y los derechos colectivos?
7. ¿Dependen los derechos humanos del contexto cultural?
8. ¿Cuál es la relación entre los derechos humanos y el desarrollo humano?
9. ¿Cuál es la relación entre los derechos humanos, la Declaración del Milenio y los Objetivos de Desarrollo del
Milenio?
10. ¿Cuál es la relación entre los derechos humanos y la reducción de la pobreza?
11. ¿Cuál es la relación entre los derechos humanos y la buena gobernanza?
12. ¿Cuál es la relación entre los derechos humanos y el crecimiento económico?
13. ¿Exige la realización de los derechos humanos una gran maquinaria de gobierno?
14. ¿Cómo pueden los derechos humanos ayudar a resolver las disyuntivas de política?
15. ¿Cómo pueden influir los derechos humanos en los presupuestos nacionales?
16. ¿Qué es el enfoque basado en los derechos humanos?
17. ¿Qué valor añade al desarrollo el enfoque basado en los derechos humanos?
18. ¿Cuál es la relación entre un enfoque basado en los derechos humanos y la incorporación
De la perspectiva de género?
19. ¿Puede un enfoque basado en los derechos humanos ayudar a resolver los conflictos entre
Los distintos interesados directos en el desarrollo?
20. ¿Exige el enfoque basado en los derechos humanos que los organismos de desarrollo
De las Naciones Unidas abandonen su imparcialidad?
21. ¿Es compatible un enfoque basado en los derechos humanos con el requisito de la identificación nacional?
Consulta.
Toda persona tiene derecho:
A la vida.
A la integridad personal -física, psíquica
y moral.
A la libertad personal.
A peticionar ante las autoridades.
A la libertad de expresión.
A la protección de la libertad de conciencia y de
religión.
A reunirse libremente y a asociarse.
A la identidad y la nacionalidad.
8. A la propiedad privada.
A circular y a residir en el territorio de un Estado.
A un juicio justo en un plazo razonable ante un tribunal
objetivo, independiente e imparcial y a la doble instancia judicial.
A la presunción de inocencia.
A la defensa.
A no ser discriminado.
A trabajar.
A la salud.
A la cultura.
A la protección y asistencia familiar.
A la asistencia de niños y adolescentes.
A recibir protección y asistencia durante el embarazo
Y parto.
A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.
A la educación pública y gratuita en todos
Los niveles de enseñanza.
A un medio ambiente sano y equilibrado.
A la autodeterminación de los pueblos.
A la protección de su salud, seguridad e intereses
Económicos y a una información adecuada y veraz
En relación al consumo y uso de bienes y servicios
A vivir en paz.
Al desarrollo humano económico y social sostenible.
El catálogo completo de derechos humanos puede encontrarse
En la Constitución Nacional y en los instrumentos jurídicos
Internacionales sobre derechos humanos vigentes en la República
Argentina.