SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  10
Estatutos.



Título I Nombre, Orientación y Objetivos.

           a) El Centro de Alumnos de Ingeniería Comercial, CAICO, es un organismo único,
              autónomo y democrático, que representa a todos los alumnos de pregrado de la
              Escuela de Ingeniería Comercial de la Universidad Austral de Chile, Campus Isla Teja.

           b) Tiene carácter autónomo en cuanto a su funcionamiento, decisiones, actuaciones,
              generación de sus dirigentes, organización y dictación de normas internas.
           c) Es único porque Representa a todos los estudiantes de la escuela, directamente, o a
              través de las instancias intermedias establecidas en el presente Reglamento, o
              reconocidas por el CAICO.
           d) Y es democrático ya que el CAICO es electo en forma democrática, de conformidad al
              presente reglamento y las normas que rigen al tribunal calificador de elecciones.

           e) Orientación: bajo los estatutos de la Universidad Austral de Chile asumimos como
              propios la adhesión a los valores culturales, intelectuales y morales de la sociedad y
              en consecuencia se reconocen y aseguran a los miembros “el derecho al desarrollo
              personal y a la libre expresión de sus ideas dentro del mutuo respeto, la búsqueda de
              la excelencia y el apego a la verdad exigidos por la naturaleza de la institución”1.

           f) Objetivos: Velar por los intereses del grupo estudiantil que representa. Organizar,
              coordinar y supervisar la participación estudiantil. Lograr que el conocimiento de la
              realidad social del país y de la región sea parte fundamental en la formación de los
              alumnos. Estimular y apoyar actividades destinadas a lograr el bienestar social de los
              estudiantes y, en lo posible, de la comunidad en que está inserta. Promover una solida
              formación cultural en el alumno. Estimular la creación y el desarrollo de iniciativas
              estudiantiles de diversa índole.

Título II De los estudiantes.

           a) Son parte del Centro de Alumnos de Ingeniería Comercial todos los estudiantes de
              pregrado que cumplan los requisitos de ingreso y permanencia en la carrera de
              Ingeniería Comercial desarrollando sus estudios y actividades conducentes a la
              obtención del título profesional.
           b) “Los estudiantes de la Universidad Austral de Chile tienen el derecho esencial a una
              educación de calidad en el marco de sus políticas generales y de sus posibilidades
              materiales, en un ambiente de tolerancia, de libertad y de respeto irrestricto a los


1
    Estatutos de la Universidad Austral de Chile. Art 2.
derechos fundamentales garantizados por la constitución, tanto como al ejercicio del
                libre desarrollo de la personalidad.”2

Título III De la organización estudiantil.

Los organismos directivos del CAICO son:

           a) Comité Directivo: Encabeza el CAICO. Sus funciones son:

                1.- Nombrar y remover los miembros del comité directivo.

                2.-Difundir los Estatutos vigentes.

                3.- Asumir la última responsabilidad de las actuaciones en las cuales los organismos
                dependientes del comité directivo se vean involucrados, liberándose de esta
                responsabilidad al desautorizar públicamente y antes de que ocurra el acto que no
                cuenta con apoyo oficial.

                4.- Mantener archivo oficial de lo que suceda en él.

                5.- Administrar el patrimonio del CAICO.

                6.-Dar cuenta de la gestión a lo menos una vez al año.

                7.-Convocar al Tribunal Calificador de Elecciones y proporcionarle los materiales para
                su correcto desempeño.

                8.- Representar a los estudiantes de la carrera de ingeniería comercial en las instancias
                superiores ya sean de origen estudiantil y/o académica que correspondan.

                Está formado por a lo menos 4 cargos: presidencia, vicepresidencia, Secretaría
                General y Tesorería, llamados también cargos principales.

           b) Las funciones, atribuciones y algunos límites mínimos de estos se enumeran a
              continuación con la particularidad de no ser exhaustiva y, sin perjuicio de ella, los
              miembros del comité directivo colaborarán cumpliendo con los encargos que el
              presidente les encomiende.

                -Presidencia: cargo que podrá ser ejercido por alumnos que cursen, a la hora de
                postular, de segundo al cuarto año. El presidente no puede ser reelecto en el mismo
                cargo, entendiéndose así que este podrá asumir cualquier otro rol en una presunta

2
    Estatutos de la Universidad Austral de Chile. Art. 24.
reelección de su lista, menos el cargo de presidente. Dentro de sus funciones se
encuentra la de presidir y convocar las reuniones del comité directivo. Representar al
CAICO y sus posturas ante las autoridades de la escuela y otros organismos
pertinentes. Se considera la postura del CAICO la que se adopte en Asamblea. Además
debe dar cuenta pública y detallada de la gestión realizada al término del periodo
mandado por los alumnos en las elecciones. También puede definir nuevas funciones y
atribuciones de los miembros del comité directivo. No podrá atribuir derechos o
deberes que se opongan abiertamente a lo señalado en estos estatutos o que superen
sus propias funciones o atribuciones.

- Vicepresidencia: dentro de sus funciones está la de representar al CAICO cuando el
presidente lo solicite en los organismos respectivos cuando este faltare por motivos de
fuerza mayor con todas las atribuciones del cargo de Presidente. Además coordinará y
supervisará la labor de los posibles equipos de trabajo dependientes del comité
directivo.

- Secretaría General: dentro de sus funciones está la de levantar actas de las sesiones,
llevar el control de quórums y/o asistencias del comité directivo y asambleas. Además
deberá someter a aprobación, en cada sesión, el acta de la sesión anterior. También
debe velar por el cumplimiento de estos estatutos.

-Tesorería: dentro de sus funciones está la de administrar y llevar una cuenta de todos
los ingresos y gastos del CAICO en la cual aparezcan convenientemente justificados y
dar cuenta de ello al comité directivo en pleno a lo menos 1 vez cada semestre.
Además deberá facilitar la información que le fuese solicitada por algún miembro del
CAICO que se refiera a administración y finanzas.

Sin perjuicio de lo anterior el presidente podrá ampliar el número, funciones y las
atribuciones de los miembros del comité directivo dentro de sus propias facultades.
En el caso de sumar cargos pasarán a ser llamados, para efectos de este estatuto,
cargos opcionales: entre estos podemos encontrar Coordinadores de áreas de interés
y/o delegados específicos. Sus funciones son definidas por el presidente tal como lo
explicita en sus funciones.

En el caso de la participación en los consejos superiores, de la facultad o de la escuela
por parte del CAICO la responsabilidad primera recae en el presidente y este puede
delegar en quien estime conveniente con el requisito de que sea parte de los cargos
superiores o un encargado exclusivo de estas instancias, pero nunca alguien de fuera
del comité directivo o un cargo opcional con otra finalidad.
c) Asambleas Estudiantiles: Es la instancia máxima de participación y decisión estudiantil
   al interior del CAICO.
    1.- Pueden ser de carácter:
        1.1.- Ordinaria: Tienen como objetivo principal comunicar y/o dar cuenta de las
        gestiones que se llevara o se llevaron a cabo por parte del comité directivo. Se
        realizarán, como mínimo, al principio y al final del semestre. Son convocadas por el
        comité directivo por medio de los medios formales de comunicación. En el caso de
        proponer algo que debe ser aprobado por medio de votación se puede llamar a
        una asamblea de carácter resolutiva. Si la información dada en esta instancia es
        considerada por la asamblea suficiente se puede dar paso al carácter resolutivo en
        los puntos que se traten, posibilitando el rápido despacho de asuntos pertinentes,
        esto último se rige por las especificaciones de quórum de las asambleas
        resolutivas.
        1.2.- Extraordinaria: Tienen como objetivo principal comunicar o resolver sobre
        asuntos no programados. Estas pueden ser convocadas por el comité directivo o
        por un alumno de la carrera con el apoyo por escrito (nombre, rut y firma) de un
        decimo de los alumnos inscritos a la fecha. En el caso de intentar resolver algo por
        medio de votación puede llamar a una asamblea resolutiva. Si la información dada
        en esta instancia es considerada por la asamblea suficiente se puede dar paso al
        carácter resolutivo en los puntos que se traten, posibilitando el rápido despacho
        de asuntos pertinentes, esto último se rige por las especificaciones de quórum de
        las asambleas resolutivas.
        1.3.-Resolutivas: son las que tienen como único objetivo votar para tomar una
        postura o resolución sobre algún asunto. Sólo se llevarán a cabo una votación y
        por tanto debe responder ante un quórum de un tercio de los alumnos inscritos a
        la fecha en la carrera, logrado éste correrá la mayoría simple para resolver el
        asunto en cuestión. Este tipo de asambleas podrán convocar un consejo ampliado
        o claustro de carrera, instancia que reúne a todos los actores de la escuela de
        ingeniería comercial. Esta Asamblea puede ser convocadas por la asamblea sea
        esta ordinaria o extraordinaria. Al momento de ser convocada empieza a correr el
        plazo de cinco días hábiles en los cuales se deberán informar sobre las distintas
        posturas por los medios formales del CAICO y al finalizar éste se llevará a cabo la
        asamblea resolutiva. Si la información es dada en una asamblea ordinaria o
        extraordinaria y es considerada por la asamblea suficiente se puede dar paso al
        carácter resolutivo en los puntos que se traten, posibilitando el rápido despacho
        de asuntos pertinentes.

    2.- Existe un tipo de asamblea especial: las asambleas constituyentes que tienen por
    objetivo aprobar modificaciones o adiciones a los estatutos constituyentes del CAICO
    y por tanto pueden ser convocadas solamente por las asambleas, ya sean ordinarias o
    extraordinarias. Debe responder ante un quórum de un tercio de los alumnos inscritos
    a la fecha en la carrera y se considera la moción aprobada si se obtiene a lo menos dos
tercios. En el caso de no lograr el quórum esta asamblea puede llamar un plebiscito
   presencial con los mismos requisitos de validez y aprobación.

   3.- a excepción de la asamblea constituyente todas las decisiones tomadas en las
   asambleas se regirán por la letra d del título III.



d) Sobre la Toma de Decisiones:

   1.- Todas las decisiones solo necesitan para ser tomadas tener el apoyo de la mayoría
   simple (50%+1) mientras cumplan con el quórum correspondiente.

   2.- Todas las decisiones serán tomadas con las personas que se encuentren en la
   asamblea (no existe quórum) a excepción de las decisiones que impliquen el cese de
   actividades académicas, en este caso será de un tercio de los estudiantes matriculados
   a la fecha.

   3.- si no se cumpliera el quórum excepcional la carrera deberá abstenerse de votar en
   la instancia que requiera la postura.

   4.- la forma en que se llevará a cabo la toma de decisiones esta dado por:
        4.1.- Explicar opciones a votar.
        4.2.- Tiempo de Preguntas y propuestas alternativas.
        4.3.- cerrar momentáneamente la sala y tomar nota de la asistencia para validar el
        quórum necesario.
        4.4.- en el caso de estar frente a dos opciones de votación esta se debe realizar a
        mano alzada preguntando y contando ambas posturas. En el caso de tener más
        opciones se debe llevar a cabo una votación por medio de una papeleta secreta e
        individual que explicite la opción elegida, esta puede ser proporcionada por el
        comité directivo o por los mismos asistentes. En ambos casos la sala debe
        permanecer cerrada.
        4.5.-luego de la cuenta de las manos alzadas o la recolección de las papeletas se
        contarán el total de votos para evitar fraudes electorales al cotejar con las cifras
        obtenidas en el punto 4.3 de la presente letra y titulo.
        4.6.- en el caso de tener más de dos opciones se escrutarán las papeletas a viva
        voz para luego anunciar la opción ganadora de la votación y por tanto esa se
        convertirá en la decisión tomada por la asamblea de la carrera de ingeniería
        comercial.
5.-Existen dos tipos de plebiscitos presenciales y no presenciales:


       5.1.- Presenciales: son convocados por asamblea constituyente y se rigen por
       requisitos de validez y aprobación específicos de esta instancia antepuestos en el
       punto 2º de la letra c del título III del presente estatuto. Además serán regidos en
       forma por las letras c y d del título V de los presentes estatutos que se apliquen a
       la decisión a tomar. En cuanto al tribunal calificador de elecciones queda al arbitrio
       del comité directivo su conformación siguiendo los objetivos y funciones que este
       tribunal persigue, expresados en los puntos 1º al 6º de la letra a del título IV.
       5.2.- No presenciales: pueden ser convocados si se cumplen dos requisitos de
       carácter copulativos:

                5.2.1.- Encontrarse la carrera en una situación de excepción en la cual los
                estudiantes no estén obligados a asistir a las dependencias de la
                universidad por motivos académicos.
                5.2.2.- No cumplir con el quórum adecuado durante una asamblea para
                resolver un asunto pertinente durante este estado de excepción.
                Al manifestar que se cumplen los dos requisitos anteriores el comité
                deberá convocar a un plebiscito no presencial dado de la siguiente forma:
                5.2.3.-el quórum de validez será de un 50% de los estudiantes inscritos en
                la carrera a la fecha y la aprobación de dará por mayoría simple. Revisar
                quórum debido a las facilidades que significa votar on-line.
                5.2.4.-Forma
                Y a su vez convocar al tribunal calificador de elecciones dado de esta
                forma:
                5.2.5.- cuatro integrantes voluntarios de entre los asistentes a la asamblea
                en que se convoca a esta instancia y un representante del comité directivo
                que deben seguir los objetivos y funciones que este tribunal persigue,
                expresados en los puntos 1º al 6º de la letra a del título IV.




e) ¿Facultad?¿Federación?

Autonomía o vinculación tanto con la facultad como la federación
Título IV Del Tribunal Calificador de Elecciones.

        a) El tribunal calificador de elecciones, TRICEL, es el organismo encargado de
           implementar y supervisar todo proceso eleccionario o de sufragio universal en el
           interior del CAICO.
           Sus funciones son:

             1.-Velar por la observación de las normas estatutarias y reglamentarias en el
             respectivo proceso eleccionario.

             2.- Calificar la elección dando su dictamen respecto a la legitimidad o nulidad parcial o
             total del acto.

             3.- Determinar la lista de personas con derecho a voto de acuerdo a este estatuto.

             4.- atender e investigar los reclamos y observaciones presentados por cualquier
             estudiante, que haya ejercido su derecho a voto, con respecto a la elección.

             5.- Emitir resoluciones frente a los casos o reclamos presentados para su fallo y
             conocimiento.

             6.- distribuir el material necesario para la implementación del acto eleccionario y
             recoger el mismo luego de realizado luego de realizado el acto.
        b)   El TRICEL tendrá carácter temporal cumpliendo sus funciones sólo respecto al acto
             eleccionario para el cual fue constituido.
        c)   El TRICEL se constituye un día después de finalizado el proceso de inscripción de listas
             o dos días después de la resolución de plebiscitos o llamado a votación extraordinaria
             por cese de las funciones del comité directivo.
        d)   El TRICEL estará compuesto por:
             1.- Un miembro del Comité Directivo que posea un cargo principal que deberá presidir
             el tribunal. En el caso de elecciones extraordinarias debe ser un miembro del comité
             de transición.
             2.-3 ó 4 vocales, esto es en el caso de elecciones personas externas a los postulantes y
             a la directiva en curso. En el caso de plebiscito serán los interesados en participar en el
             proceso de manera voluntaria. Se decidirá entre 3 ó 4 para que el TRICEL quede
             siempre con un número impar de integrantes totales.
             3.- Para elecciones también formarán parte del TRICEL los apoderados de las listas
             postulantes.
        e)   Todos los integrantes del TRICEL deben ser alumnos regulares.
        f)   El cargo de miembro del TRICEL es incompatible con el de candidato a una elección
             para la cual se constituye.
        g)   El TRICEL cesa sus funciones cuando se produce el cambio de mando.
Título V De las elecciones.

        a) Fechas:
           1.- el proceso comenzará con el llamado a elecciones que comenzará la segunda o
           tercera semana de octubre. Aquí inicia el plazo de inscripciones que se cerrará el
           viernes de la misma semana a las 12 del día a partir del día siguiente toma la dirección
           del proceso el TRICEL. A partir de ese viernes a las 12 del día se puede comenzar la
           campaña de los postulantes. La votación se realizará la primera semana de noviembre
           los días lunes y martes.
           2.- Los días pueden cambiarse por motivos de fuerza mayor pero las semanas o los
           meses no.
        b) Requisitos:
           1.- Todos los postulantes deben ser alumnos regulares de la carrera de ingeniería
           comercial y cumplir con los requisitos específicos para los cargos
           2.- La lista debe incluir a lo menos una persona de cada generación.
           3.- Además en la inscripción debe presentar: los nombres de, a lo menos, los
           postulantes a los cargos principales, a lo menos un apoderado de lista y 4 vocales de
           mesa.
        c) Constitución de Mesa:
           1.- las mesas se constituirán como máximo a las 10 de la mañana para esto deben
           estar presente el presidente del TRICEL, los apoderados de la lista y a lo menos dos
           vocales. El presidente junto con los apoderados toman juramento a los vocales y se
           levanta el acta única que debe contener todas las novedades pertinentes y alegatos
           que se produzcan durante el proceso. La urna es cerrada y el presidente del TRICEL
           puede hacer abandono de la mesa.
           2.- la urna no se vuelve a abrir hasta que termina la jornada que dura 6 horas cada día.
           Ahí en presencia del TRICEL en pleno se cuentan los votos y se deja registro de esto. Al
           día siguiente se vuelven a contar los votos y luego se abre la mesa.
           3.- El TRICEL para que no se interrumpa el proceso puede acordar turnos con los
           vocales, apoderados, procurando que siempre estén a lo menos dos personas en la
           mesa, de los cuales uno tiene que ser vocal y es el que preside la mesa. En estos caso
           cada vez que se retira o ingresa un nuevo integrante debe quedar registrado la hora y
           a firma en el caso de que no vuelva a ser parte de la mesa.
           4.-Se entiende como vocal una persona externa a los postulantes y a la directiva en
           ejercicio que fueron presentados por las listas como requisito de inscripción, sin
           perjuicio de esto un vocal puede ser una persona voluntaria que ofreció su ayuda para
           el proceso eleccionario.
           5.- Las listas deben retirar sus respectivas propagandas o no se abrirá la mesa hasta
           que esto suceda.
d) Votos:
   1.- serán timbrados de alguna forma en la mesa para impedir que se agreguen votos
   falsos.
   2.-el voto es secreto por tanto se deberá habilitar un espacio para tener privacidad al
   emitir el voto y complementarlo con un perímetro en el cual no podrán ingresar
   personas determinadas por el TRICEL que pueden, o influir el voto, o impedir el normal
   progreso del proceso eleccionario.
   3.-al estudiante que vota, de ahora en adelante votante, se le pedirá su credencial
   universitaria o carnet para corroborar en las lista de inscritos su pertenencia a la
   carrera, luego de esto se le explican las opciones y la manera valida de votar, luego se
   le invita al espacio habilitado para emitir el voto, y a su regreso el votante deberá
   doblar debidamente su voto e introducirlo en la urna. Al terminar esta acción debe
   firmar la lista y recuperar su credencial universitaria o carnet. Así estará entendida la
   forma de votar.
e) Elección:
   1.- el quórum para la validez de la elección es de un tercio de los alumnos inscritos a la
   fecha en la carrera.
   2.- para que la lista sea electa, dependiendo de la situación debe cumplir con una
   aprobación de: más de un cuarto de aprobación en el caso de que se presente una
   lista, si son dos lista que postulan es la que obtenga la mayoría simple (esto quiere
   decir el 50% más un voto) y si son más de dos listas deben obtener una diferencia de
   3% de aprobación con respecto a la que le sigue en mayoría. De no alcanzarse dicha
   diferencia se procederá a definir entre las dos más altas votaciones una segunda
   vuelta. Estás se realizarán la última semana de noviembre o la primera de diciembre. Si
   en el caso que se presente una lista y sea rechazada se considerará una ausencia de
   lista y lo que sigue será regido por la siguiente letra
f) Ausencia de listas:
   1.- es cuando al finalizar el proceso de inscripción no se recibieron postulaciones, o al
   finalizar las votaciones con solo un postulante se rechazo a esta. En el caso de un error
   de forma en la inscripción debe corregirse antes de 2 días hábiles del cierre de la
   inscripción.
   2.- en estos casos se mantiene el comité directivo de manera interina y llamará a
   elecciones en marzo, de volverse a repetir la ausencia de lista se hará un nuevo
   llamado en agosto. Mientras tanto el comité directivo asumirá las funciones
   pertinentes. Si se vuelve a repetir en agosto la ausencia, se vuelve al normal
   cumplimiento de fechas estipulado por los estatutos.
Título VI Del cese en las funciones del comité directivo.

        a) Será causa del cese de las funciones del Comité Directivo el actuar en contra de sus
           orientaciones y objetivos contenidos en el Título I puntos a y b. Además de encontrar
           en manifiesto estado de abandono las funciones contenidas en el Título III letra a
           números del 1 al 8 y letra b. También son causal toda actividad reñida con la ley.
        b) El cese debe ser aprobado en una asamblea extraordinaria de carácter especial en la
           cual se debe cumplir un quórum de un tercio de los inscritos a la fecha pero la moción
           será aprobada con mayoría cualificada de un 67%. El comité directivo completo
           (cargos principales y designados por el presidente dentro de sus facultades) tienen
           derecho a defenderse pero no a votar.
        c) En la misma Asamblea se deberá convocar y establecer un comité de transición el cual
           tendrá un plazo máximo de dos semanas para llamar a elecciones extraordinarias, de
           acuerdo a los presentes estatutos; y en el plazo máximo de un mes, desde la
           destitución del comité directivo, para entregar las funciones al nuevo comité directivo.
        d) El comité de transición debe estar integrado por a lo menos 1 persona de cada
           generación con un máx. de 7 integrantes, los cuales no deben haber pertenecido al
           comité directivo saliente y su única función es articular el próximo proceso
           eleccionario lo antes posible.
        e) El patrimonio debe ser declarado públicamente tanto al inicio como al finalizar el
           periodo de transición.

Titulo VII De la modificación de los estatutos.

        a) Estos estatutos son de carácter rígidos e inapelables, es decir, no se aceptan
           excepciones, solo reformas.
        b) Cualquier posible reforma a los presentes estatutos deberá seguir las siguientes
           normas:
           1.- Deberá ser tratada, discutida, y votada ampliamente en grupos de trabajos
           mandados para este fin especifico llamado Comisión Reformadora: organismo
           autónomo del comité directivo que debe ser convocado por la asamblea. Puede estar
           integrado por todas las personas que deseen y tendrán sus propios cargos funcionales
           al trabajo. Si es integrado por un miembro del comité directivo este no tiene derecho a
           voto, si a voz.
           2.- podrá ser presentada a la asamblea la reforma definitiva solo a través de los
           miembros de la comisión reformadora.
           3.- Los requisitos de validez y aprobación están contenidos en el número 2 de la letra c
           del título III del presente estatuto.
           4.- la reforma entrará en vigencia a partir del primer día hábil del semestre siguiente a
           la aprobación.
           5.- el secretario general tendrá la responsabilidad de publicar la reforma y actualizar
           los presentes estatutos antes de la entrada en vigencia de la misma.

Contenu connexe

Tendances

ORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRA
ORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRAORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRA
ORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRAjennifer1207
 
gobierno de uniguajira
gobierno de uniguajiragobierno de uniguajira
gobierno de uniguajirairinalisney
 
Estatutos Caic, 2007 UFT
Estatutos Caic, 2007 UFTEstatutos Caic, 2007 UFT
Estatutos Caic, 2007 UFTelseba1
 
Reglamento interno del grupo (jul, 2011)
Reglamento interno del grupo (jul, 2011)Reglamento interno del grupo (jul, 2011)
Reglamento interno del grupo (jul, 2011)Bryan Astorga
 

Tendances (7)

Estatuto del cejop
Estatuto del cejopEstatuto del cejop
Estatuto del cejop
 
Propuesta estatutosLideres
Propuesta estatutosLideresPropuesta estatutosLideres
Propuesta estatutosLideres
 
ORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRA
ORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRAORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRA
ORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRA
 
gobierno de uniguajira
gobierno de uniguajiragobierno de uniguajira
gobierno de uniguajira
 
Estatutos Caic, 2007 UFT
Estatutos Caic, 2007 UFTEstatutos Caic, 2007 UFT
Estatutos Caic, 2007 UFT
 
Reglamento interno del grupo (jul, 2011)
Reglamento interno del grupo (jul, 2011)Reglamento interno del grupo (jul, 2011)
Reglamento interno del grupo (jul, 2011)
 
Estatuto
Estatuto Estatuto
Estatuto
 

Similaire à Estatutos caico

Estatutos base de la federación de estudiantes universidad viña del mar i
Estatutos base de la federación de estudiantes universidad viña del mar iEstatutos base de la federación de estudiantes universidad viña del mar i
Estatutos base de la federación de estudiantes universidad viña del mar icongresouvm2012
 
Estatuto del Centro de Estudiantes del Liceo Zapallar
Estatuto del Centro de Estudiantes del Liceo ZapallarEstatuto del Centro de Estudiantes del Liceo Zapallar
Estatuto del Centro de Estudiantes del Liceo ZapallarClaudia Espinoza
 
Nuevo estatuto feuach 2013
Nuevo estatuto feuach 2013Nuevo estatuto feuach 2013
Nuevo estatuto feuach 2013Luxazo Diaz
 
Estatutos tipo centros de alumnos decreto 524
Estatutos tipo centros de alumnos   decreto 524Estatutos tipo centros de alumnos   decreto 524
Estatutos tipo centros de alumnos decreto 524Luis Paredes Ampuero
 
Reglamento de Comunidad Estudiantil
Reglamento de Comunidad EstudiantilReglamento de Comunidad Estudiantil
Reglamento de Comunidad Estudiantilkarladc
 
Estatutos consejo de representantes campus ignacio domeyko
Estatutos consejo de representantes campus ignacio domeykoEstatutos consejo de representantes campus ignacio domeyko
Estatutos consejo de representantes campus ignacio domeykoingenieriaenconstruccion
 
Estatuto del Centro de Estudiantes de IFDC
Estatuto del Centro de Estudiantes de IFDCEstatuto del Centro de Estudiantes de IFDC
Estatuto del Centro de Estudiantes de IFDCFabián Fernández
 
Gobierno escolar y demás estamentos de participación
Gobierno escolar y demás estamentos de participaciónGobierno escolar y demás estamentos de participación
Gobierno escolar y demás estamentos de participaciónadriana margarita
 
Reglamento interno del iup santiago mariño
Reglamento interno del iup santiago mariñoReglamento interno del iup santiago mariño
Reglamento interno del iup santiago mariñoWuilsonjose161196
 
Similitud con alguna herramienta metodológica en la gestión
Similitud con alguna herramienta metodológica en la gestiónSimilitud con alguna herramienta metodológica en la gestión
Similitud con alguna herramienta metodológica en la gestiónGuillermo Tascon
 

Similaire à Estatutos caico (20)

Estatuto cee 2012 2
Estatuto cee 2012 2Estatuto cee 2012 2
Estatuto cee 2012 2
 
Estatuto 2013 Centro de Estudiantes Liceo Zapallar
Estatuto 2013 Centro de Estudiantes Liceo ZapallarEstatuto 2013 Centro de Estudiantes Liceo Zapallar
Estatuto 2013 Centro de Estudiantes Liceo Zapallar
 
Estatutos base de la federación de estudiantes universidad viña del mar i
Estatutos base de la federación de estudiantes universidad viña del mar iEstatutos base de la federación de estudiantes universidad viña del mar i
Estatutos base de la federación de estudiantes universidad viña del mar i
 
Estatuto del Centro de Estudiantes del Liceo Zapallar
Estatuto del Centro de Estudiantes del Liceo ZapallarEstatuto del Centro de Estudiantes del Liceo Zapallar
Estatuto del Centro de Estudiantes del Liceo Zapallar
 
Nuevo estatuto feuach 2013
Nuevo estatuto feuach 2013Nuevo estatuto feuach 2013
Nuevo estatuto feuach 2013
 
Estatutos tipo centros de alumnos decreto 524
Estatutos tipo centros de alumnos   decreto 524Estatutos tipo centros de alumnos   decreto 524
Estatutos tipo centros de alumnos decreto 524
 
Reglamento de Comunidad Estudiantil
Reglamento de Comunidad EstudiantilReglamento de Comunidad Estudiantil
Reglamento de Comunidad Estudiantil
 
Nuevo estatuto feua ch. 2013
Nuevo estatuto feua ch. 2013Nuevo estatuto feua ch. 2013
Nuevo estatuto feua ch. 2013
 
Estatuto FEUACh
Estatuto FEUAChEstatuto FEUACh
Estatuto FEUACh
 
Nuevo estatuto feua ch. 2013 (1)
Nuevo estatuto feua ch. 2013 (1)Nuevo estatuto feua ch. 2013 (1)
Nuevo estatuto feua ch. 2013 (1)
 
Estatutos FEUACh 2013
Estatutos FEUACh 2013Estatutos FEUACh 2013
Estatutos FEUACh 2013
 
Estatutos consejo de representantes campus ignacio domeyko
Estatutos consejo de representantes campus ignacio domeykoEstatutos consejo de representantes campus ignacio domeyko
Estatutos consejo de representantes campus ignacio domeyko
 
Estatuto del Centro de Estudiantes de IFDC
Estatuto del Centro de Estudiantes de IFDCEstatuto del Centro de Estudiantes de IFDC
Estatuto del Centro de Estudiantes de IFDC
 
Gobierno escolar y demás estamentos de participación
Gobierno escolar y demás estamentos de participaciónGobierno escolar y demás estamentos de participación
Gobierno escolar y demás estamentos de participación
 
Cuestionario 1 (1).docx
Cuestionario 1 (1).docxCuestionario 1 (1).docx
Cuestionario 1 (1).docx
 
Normas Cde
Normas CdeNormas Cde
Normas Cde
 
Normas Cde
Normas CdeNormas Cde
Normas Cde
 
Reglamento interno del iup santiago mariño
Reglamento interno del iup santiago mariñoReglamento interno del iup santiago mariño
Reglamento interno del iup santiago mariño
 
Estatutos
Estatutos Estatutos
Estatutos
 
Similitud con alguna herramienta metodológica en la gestión
Similitud con alguna herramienta metodológica en la gestiónSimilitud con alguna herramienta metodológica en la gestión
Similitud con alguna herramienta metodológica en la gestión
 

Plus de Felipe Zamora

Elecciones miraflores
Elecciones mirafloresElecciones miraflores
Elecciones mirafloresFelipe Zamora
 
Formato debate Feuach 2015
Formato debate Feuach 2015Formato debate Feuach 2015
Formato debate Feuach 2015Felipe Zamora
 
Seguridad informática
Seguridad informáticaSeguridad informática
Seguridad informáticaFelipe Zamora
 
como gestionar_talento_empresa
como gestionar_talento_empresacomo gestionar_talento_empresa
como gestionar_talento_empresaFelipe Zamora
 
herramientas gestion_del_talento
herramientas gestion_del_talentoherramientas gestion_del_talento
herramientas gestion_del_talentoFelipe Zamora
 
guia definitiva_inteligencia_empresarial
guia definitiva_inteligencia_empresarialguia definitiva_inteligencia_empresarial
guia definitiva_inteligencia_empresarialFelipe Zamora
 
Resolución Semana Facultad
Resolución Semana FacultadResolución Semana Facultad
Resolución Semana FacultadFelipe Zamora
 
Compromiso de trabajo conjunto ingeniería comercial 2012
Compromiso de trabajo conjunto ingeniería comercial 2012Compromiso de trabajo conjunto ingeniería comercial 2012
Compromiso de trabajo conjunto ingeniería comercial 2012Felipe Zamora
 
Resumen jornadas de paro 1
Resumen jornadas de paro 1Resumen jornadas de paro 1
Resumen jornadas de paro 1Felipe Zamora
 
Declaración pública federación de estudiantes
Declaración pública  federación de estudiantesDeclaración pública  federación de estudiantes
Declaración pública federación de estudiantesFelipe Zamora
 
Declaración pública federación de estudiantes
Declaración pública  federación de estudiantesDeclaración pública  federación de estudiantes
Declaración pública federación de estudiantesFelipe Zamora
 
Análisis del proyecto curricular ingeniería comercial
Análisis del proyecto curricular ingeniería comercialAnálisis del proyecto curricular ingeniería comercial
Análisis del proyecto curricular ingeniería comercialFelipe Zamora
 

Plus de Felipe Zamora (20)

Elecciones teja
Elecciones tejaElecciones teja
Elecciones teja
 
Elecciones miraflores
Elecciones mirafloresElecciones miraflores
Elecciones miraflores
 
Formato debate Feuach 2015
Formato debate Feuach 2015Formato debate Feuach 2015
Formato debate Feuach 2015
 
Seguridad informática
Seguridad informáticaSeguridad informática
Seguridad informática
 
como gestionar_talento_empresa
como gestionar_talento_empresacomo gestionar_talento_empresa
como gestionar_talento_empresa
 
herramientas gestion_del_talento
herramientas gestion_del_talentoherramientas gestion_del_talento
herramientas gestion_del_talento
 
guia definitiva_inteligencia_empresarial
guia definitiva_inteligencia_empresarialguia definitiva_inteligencia_empresarial
guia definitiva_inteligencia_empresarial
 
Manual php5 basico
Manual php5 basicoManual php5 basico
Manual php5 basico
 
Cuenta pública
Cuenta públicaCuenta pública
Cuenta pública
 
Resolución Semana Facultad
Resolución Semana FacultadResolución Semana Facultad
Resolución Semana Facultad
 
Facea2012
Facea2012 Facea2012
Facea2012
 
Facea2012
Facea2012Facea2012
Facea2012
 
Proyecto n5 caico
Proyecto n5 caicoProyecto n5 caico
Proyecto n5 caico
 
Proyecto n3 caico
Proyecto n3 caicoProyecto n3 caico
Proyecto n3 caico
 
Compromiso de trabajo conjunto ingeniería comercial 2012
Compromiso de trabajo conjunto ingeniería comercial 2012Compromiso de trabajo conjunto ingeniería comercial 2012
Compromiso de trabajo conjunto ingeniería comercial 2012
 
Resumen jornadas de paro 1
Resumen jornadas de paro 1Resumen jornadas de paro 1
Resumen jornadas de paro 1
 
Comunicado oficial
Comunicado oficialComunicado oficial
Comunicado oficial
 
Declaración pública federación de estudiantes
Declaración pública  federación de estudiantesDeclaración pública  federación de estudiantes
Declaración pública federación de estudiantes
 
Declaración pública federación de estudiantes
Declaración pública  federación de estudiantesDeclaración pública  federación de estudiantes
Declaración pública federación de estudiantes
 
Análisis del proyecto curricular ingeniería comercial
Análisis del proyecto curricular ingeniería comercialAnálisis del proyecto curricular ingeniería comercial
Análisis del proyecto curricular ingeniería comercial
 

Estatutos caico

  • 1. Estatutos. Título I Nombre, Orientación y Objetivos. a) El Centro de Alumnos de Ingeniería Comercial, CAICO, es un organismo único, autónomo y democrático, que representa a todos los alumnos de pregrado de la Escuela de Ingeniería Comercial de la Universidad Austral de Chile, Campus Isla Teja. b) Tiene carácter autónomo en cuanto a su funcionamiento, decisiones, actuaciones, generación de sus dirigentes, organización y dictación de normas internas. c) Es único porque Representa a todos los estudiantes de la escuela, directamente, o a través de las instancias intermedias establecidas en el presente Reglamento, o reconocidas por el CAICO. d) Y es democrático ya que el CAICO es electo en forma democrática, de conformidad al presente reglamento y las normas que rigen al tribunal calificador de elecciones. e) Orientación: bajo los estatutos de la Universidad Austral de Chile asumimos como propios la adhesión a los valores culturales, intelectuales y morales de la sociedad y en consecuencia se reconocen y aseguran a los miembros “el derecho al desarrollo personal y a la libre expresión de sus ideas dentro del mutuo respeto, la búsqueda de la excelencia y el apego a la verdad exigidos por la naturaleza de la institución”1. f) Objetivos: Velar por los intereses del grupo estudiantil que representa. Organizar, coordinar y supervisar la participación estudiantil. Lograr que el conocimiento de la realidad social del país y de la región sea parte fundamental en la formación de los alumnos. Estimular y apoyar actividades destinadas a lograr el bienestar social de los estudiantes y, en lo posible, de la comunidad en que está inserta. Promover una solida formación cultural en el alumno. Estimular la creación y el desarrollo de iniciativas estudiantiles de diversa índole. Título II De los estudiantes. a) Son parte del Centro de Alumnos de Ingeniería Comercial todos los estudiantes de pregrado que cumplan los requisitos de ingreso y permanencia en la carrera de Ingeniería Comercial desarrollando sus estudios y actividades conducentes a la obtención del título profesional. b) “Los estudiantes de la Universidad Austral de Chile tienen el derecho esencial a una educación de calidad en el marco de sus políticas generales y de sus posibilidades materiales, en un ambiente de tolerancia, de libertad y de respeto irrestricto a los 1 Estatutos de la Universidad Austral de Chile. Art 2.
  • 2. derechos fundamentales garantizados por la constitución, tanto como al ejercicio del libre desarrollo de la personalidad.”2 Título III De la organización estudiantil. Los organismos directivos del CAICO son: a) Comité Directivo: Encabeza el CAICO. Sus funciones son: 1.- Nombrar y remover los miembros del comité directivo. 2.-Difundir los Estatutos vigentes. 3.- Asumir la última responsabilidad de las actuaciones en las cuales los organismos dependientes del comité directivo se vean involucrados, liberándose de esta responsabilidad al desautorizar públicamente y antes de que ocurra el acto que no cuenta con apoyo oficial. 4.- Mantener archivo oficial de lo que suceda en él. 5.- Administrar el patrimonio del CAICO. 6.-Dar cuenta de la gestión a lo menos una vez al año. 7.-Convocar al Tribunal Calificador de Elecciones y proporcionarle los materiales para su correcto desempeño. 8.- Representar a los estudiantes de la carrera de ingeniería comercial en las instancias superiores ya sean de origen estudiantil y/o académica que correspondan. Está formado por a lo menos 4 cargos: presidencia, vicepresidencia, Secretaría General y Tesorería, llamados también cargos principales. b) Las funciones, atribuciones y algunos límites mínimos de estos se enumeran a continuación con la particularidad de no ser exhaustiva y, sin perjuicio de ella, los miembros del comité directivo colaborarán cumpliendo con los encargos que el presidente les encomiende. -Presidencia: cargo que podrá ser ejercido por alumnos que cursen, a la hora de postular, de segundo al cuarto año. El presidente no puede ser reelecto en el mismo cargo, entendiéndose así que este podrá asumir cualquier otro rol en una presunta 2 Estatutos de la Universidad Austral de Chile. Art. 24.
  • 3. reelección de su lista, menos el cargo de presidente. Dentro de sus funciones se encuentra la de presidir y convocar las reuniones del comité directivo. Representar al CAICO y sus posturas ante las autoridades de la escuela y otros organismos pertinentes. Se considera la postura del CAICO la que se adopte en Asamblea. Además debe dar cuenta pública y detallada de la gestión realizada al término del periodo mandado por los alumnos en las elecciones. También puede definir nuevas funciones y atribuciones de los miembros del comité directivo. No podrá atribuir derechos o deberes que se opongan abiertamente a lo señalado en estos estatutos o que superen sus propias funciones o atribuciones. - Vicepresidencia: dentro de sus funciones está la de representar al CAICO cuando el presidente lo solicite en los organismos respectivos cuando este faltare por motivos de fuerza mayor con todas las atribuciones del cargo de Presidente. Además coordinará y supervisará la labor de los posibles equipos de trabajo dependientes del comité directivo. - Secretaría General: dentro de sus funciones está la de levantar actas de las sesiones, llevar el control de quórums y/o asistencias del comité directivo y asambleas. Además deberá someter a aprobación, en cada sesión, el acta de la sesión anterior. También debe velar por el cumplimiento de estos estatutos. -Tesorería: dentro de sus funciones está la de administrar y llevar una cuenta de todos los ingresos y gastos del CAICO en la cual aparezcan convenientemente justificados y dar cuenta de ello al comité directivo en pleno a lo menos 1 vez cada semestre. Además deberá facilitar la información que le fuese solicitada por algún miembro del CAICO que se refiera a administración y finanzas. Sin perjuicio de lo anterior el presidente podrá ampliar el número, funciones y las atribuciones de los miembros del comité directivo dentro de sus propias facultades. En el caso de sumar cargos pasarán a ser llamados, para efectos de este estatuto, cargos opcionales: entre estos podemos encontrar Coordinadores de áreas de interés y/o delegados específicos. Sus funciones son definidas por el presidente tal como lo explicita en sus funciones. En el caso de la participación en los consejos superiores, de la facultad o de la escuela por parte del CAICO la responsabilidad primera recae en el presidente y este puede delegar en quien estime conveniente con el requisito de que sea parte de los cargos superiores o un encargado exclusivo de estas instancias, pero nunca alguien de fuera del comité directivo o un cargo opcional con otra finalidad.
  • 4. c) Asambleas Estudiantiles: Es la instancia máxima de participación y decisión estudiantil al interior del CAICO. 1.- Pueden ser de carácter: 1.1.- Ordinaria: Tienen como objetivo principal comunicar y/o dar cuenta de las gestiones que se llevara o se llevaron a cabo por parte del comité directivo. Se realizarán, como mínimo, al principio y al final del semestre. Son convocadas por el comité directivo por medio de los medios formales de comunicación. En el caso de proponer algo que debe ser aprobado por medio de votación se puede llamar a una asamblea de carácter resolutiva. Si la información dada en esta instancia es considerada por la asamblea suficiente se puede dar paso al carácter resolutivo en los puntos que se traten, posibilitando el rápido despacho de asuntos pertinentes, esto último se rige por las especificaciones de quórum de las asambleas resolutivas. 1.2.- Extraordinaria: Tienen como objetivo principal comunicar o resolver sobre asuntos no programados. Estas pueden ser convocadas por el comité directivo o por un alumno de la carrera con el apoyo por escrito (nombre, rut y firma) de un decimo de los alumnos inscritos a la fecha. En el caso de intentar resolver algo por medio de votación puede llamar a una asamblea resolutiva. Si la información dada en esta instancia es considerada por la asamblea suficiente se puede dar paso al carácter resolutivo en los puntos que se traten, posibilitando el rápido despacho de asuntos pertinentes, esto último se rige por las especificaciones de quórum de las asambleas resolutivas. 1.3.-Resolutivas: son las que tienen como único objetivo votar para tomar una postura o resolución sobre algún asunto. Sólo se llevarán a cabo una votación y por tanto debe responder ante un quórum de un tercio de los alumnos inscritos a la fecha en la carrera, logrado éste correrá la mayoría simple para resolver el asunto en cuestión. Este tipo de asambleas podrán convocar un consejo ampliado o claustro de carrera, instancia que reúne a todos los actores de la escuela de ingeniería comercial. Esta Asamblea puede ser convocadas por la asamblea sea esta ordinaria o extraordinaria. Al momento de ser convocada empieza a correr el plazo de cinco días hábiles en los cuales se deberán informar sobre las distintas posturas por los medios formales del CAICO y al finalizar éste se llevará a cabo la asamblea resolutiva. Si la información es dada en una asamblea ordinaria o extraordinaria y es considerada por la asamblea suficiente se puede dar paso al carácter resolutivo en los puntos que se traten, posibilitando el rápido despacho de asuntos pertinentes. 2.- Existe un tipo de asamblea especial: las asambleas constituyentes que tienen por objetivo aprobar modificaciones o adiciones a los estatutos constituyentes del CAICO y por tanto pueden ser convocadas solamente por las asambleas, ya sean ordinarias o extraordinarias. Debe responder ante un quórum de un tercio de los alumnos inscritos a la fecha en la carrera y se considera la moción aprobada si se obtiene a lo menos dos
  • 5. tercios. En el caso de no lograr el quórum esta asamblea puede llamar un plebiscito presencial con los mismos requisitos de validez y aprobación. 3.- a excepción de la asamblea constituyente todas las decisiones tomadas en las asambleas se regirán por la letra d del título III. d) Sobre la Toma de Decisiones: 1.- Todas las decisiones solo necesitan para ser tomadas tener el apoyo de la mayoría simple (50%+1) mientras cumplan con el quórum correspondiente. 2.- Todas las decisiones serán tomadas con las personas que se encuentren en la asamblea (no existe quórum) a excepción de las decisiones que impliquen el cese de actividades académicas, en este caso será de un tercio de los estudiantes matriculados a la fecha. 3.- si no se cumpliera el quórum excepcional la carrera deberá abstenerse de votar en la instancia que requiera la postura. 4.- la forma en que se llevará a cabo la toma de decisiones esta dado por: 4.1.- Explicar opciones a votar. 4.2.- Tiempo de Preguntas y propuestas alternativas. 4.3.- cerrar momentáneamente la sala y tomar nota de la asistencia para validar el quórum necesario. 4.4.- en el caso de estar frente a dos opciones de votación esta se debe realizar a mano alzada preguntando y contando ambas posturas. En el caso de tener más opciones se debe llevar a cabo una votación por medio de una papeleta secreta e individual que explicite la opción elegida, esta puede ser proporcionada por el comité directivo o por los mismos asistentes. En ambos casos la sala debe permanecer cerrada. 4.5.-luego de la cuenta de las manos alzadas o la recolección de las papeletas se contarán el total de votos para evitar fraudes electorales al cotejar con las cifras obtenidas en el punto 4.3 de la presente letra y titulo. 4.6.- en el caso de tener más de dos opciones se escrutarán las papeletas a viva voz para luego anunciar la opción ganadora de la votación y por tanto esa se convertirá en la decisión tomada por la asamblea de la carrera de ingeniería comercial.
  • 6. 5.-Existen dos tipos de plebiscitos presenciales y no presenciales: 5.1.- Presenciales: son convocados por asamblea constituyente y se rigen por requisitos de validez y aprobación específicos de esta instancia antepuestos en el punto 2º de la letra c del título III del presente estatuto. Además serán regidos en forma por las letras c y d del título V de los presentes estatutos que se apliquen a la decisión a tomar. En cuanto al tribunal calificador de elecciones queda al arbitrio del comité directivo su conformación siguiendo los objetivos y funciones que este tribunal persigue, expresados en los puntos 1º al 6º de la letra a del título IV. 5.2.- No presenciales: pueden ser convocados si se cumplen dos requisitos de carácter copulativos: 5.2.1.- Encontrarse la carrera en una situación de excepción en la cual los estudiantes no estén obligados a asistir a las dependencias de la universidad por motivos académicos. 5.2.2.- No cumplir con el quórum adecuado durante una asamblea para resolver un asunto pertinente durante este estado de excepción. Al manifestar que se cumplen los dos requisitos anteriores el comité deberá convocar a un plebiscito no presencial dado de la siguiente forma: 5.2.3.-el quórum de validez será de un 50% de los estudiantes inscritos en la carrera a la fecha y la aprobación de dará por mayoría simple. Revisar quórum debido a las facilidades que significa votar on-line. 5.2.4.-Forma Y a su vez convocar al tribunal calificador de elecciones dado de esta forma: 5.2.5.- cuatro integrantes voluntarios de entre los asistentes a la asamblea en que se convoca a esta instancia y un representante del comité directivo que deben seguir los objetivos y funciones que este tribunal persigue, expresados en los puntos 1º al 6º de la letra a del título IV. e) ¿Facultad?¿Federación? Autonomía o vinculación tanto con la facultad como la federación
  • 7. Título IV Del Tribunal Calificador de Elecciones. a) El tribunal calificador de elecciones, TRICEL, es el organismo encargado de implementar y supervisar todo proceso eleccionario o de sufragio universal en el interior del CAICO. Sus funciones son: 1.-Velar por la observación de las normas estatutarias y reglamentarias en el respectivo proceso eleccionario. 2.- Calificar la elección dando su dictamen respecto a la legitimidad o nulidad parcial o total del acto. 3.- Determinar la lista de personas con derecho a voto de acuerdo a este estatuto. 4.- atender e investigar los reclamos y observaciones presentados por cualquier estudiante, que haya ejercido su derecho a voto, con respecto a la elección. 5.- Emitir resoluciones frente a los casos o reclamos presentados para su fallo y conocimiento. 6.- distribuir el material necesario para la implementación del acto eleccionario y recoger el mismo luego de realizado luego de realizado el acto. b) El TRICEL tendrá carácter temporal cumpliendo sus funciones sólo respecto al acto eleccionario para el cual fue constituido. c) El TRICEL se constituye un día después de finalizado el proceso de inscripción de listas o dos días después de la resolución de plebiscitos o llamado a votación extraordinaria por cese de las funciones del comité directivo. d) El TRICEL estará compuesto por: 1.- Un miembro del Comité Directivo que posea un cargo principal que deberá presidir el tribunal. En el caso de elecciones extraordinarias debe ser un miembro del comité de transición. 2.-3 ó 4 vocales, esto es en el caso de elecciones personas externas a los postulantes y a la directiva en curso. En el caso de plebiscito serán los interesados en participar en el proceso de manera voluntaria. Se decidirá entre 3 ó 4 para que el TRICEL quede siempre con un número impar de integrantes totales. 3.- Para elecciones también formarán parte del TRICEL los apoderados de las listas postulantes. e) Todos los integrantes del TRICEL deben ser alumnos regulares. f) El cargo de miembro del TRICEL es incompatible con el de candidato a una elección para la cual se constituye. g) El TRICEL cesa sus funciones cuando se produce el cambio de mando.
  • 8. Título V De las elecciones. a) Fechas: 1.- el proceso comenzará con el llamado a elecciones que comenzará la segunda o tercera semana de octubre. Aquí inicia el plazo de inscripciones que se cerrará el viernes de la misma semana a las 12 del día a partir del día siguiente toma la dirección del proceso el TRICEL. A partir de ese viernes a las 12 del día se puede comenzar la campaña de los postulantes. La votación se realizará la primera semana de noviembre los días lunes y martes. 2.- Los días pueden cambiarse por motivos de fuerza mayor pero las semanas o los meses no. b) Requisitos: 1.- Todos los postulantes deben ser alumnos regulares de la carrera de ingeniería comercial y cumplir con los requisitos específicos para los cargos 2.- La lista debe incluir a lo menos una persona de cada generación. 3.- Además en la inscripción debe presentar: los nombres de, a lo menos, los postulantes a los cargos principales, a lo menos un apoderado de lista y 4 vocales de mesa. c) Constitución de Mesa: 1.- las mesas se constituirán como máximo a las 10 de la mañana para esto deben estar presente el presidente del TRICEL, los apoderados de la lista y a lo menos dos vocales. El presidente junto con los apoderados toman juramento a los vocales y se levanta el acta única que debe contener todas las novedades pertinentes y alegatos que se produzcan durante el proceso. La urna es cerrada y el presidente del TRICEL puede hacer abandono de la mesa. 2.- la urna no se vuelve a abrir hasta que termina la jornada que dura 6 horas cada día. Ahí en presencia del TRICEL en pleno se cuentan los votos y se deja registro de esto. Al día siguiente se vuelven a contar los votos y luego se abre la mesa. 3.- El TRICEL para que no se interrumpa el proceso puede acordar turnos con los vocales, apoderados, procurando que siempre estén a lo menos dos personas en la mesa, de los cuales uno tiene que ser vocal y es el que preside la mesa. En estos caso cada vez que se retira o ingresa un nuevo integrante debe quedar registrado la hora y a firma en el caso de que no vuelva a ser parte de la mesa. 4.-Se entiende como vocal una persona externa a los postulantes y a la directiva en ejercicio que fueron presentados por las listas como requisito de inscripción, sin perjuicio de esto un vocal puede ser una persona voluntaria que ofreció su ayuda para el proceso eleccionario. 5.- Las listas deben retirar sus respectivas propagandas o no se abrirá la mesa hasta que esto suceda.
  • 9. d) Votos: 1.- serán timbrados de alguna forma en la mesa para impedir que se agreguen votos falsos. 2.-el voto es secreto por tanto se deberá habilitar un espacio para tener privacidad al emitir el voto y complementarlo con un perímetro en el cual no podrán ingresar personas determinadas por el TRICEL que pueden, o influir el voto, o impedir el normal progreso del proceso eleccionario. 3.-al estudiante que vota, de ahora en adelante votante, se le pedirá su credencial universitaria o carnet para corroborar en las lista de inscritos su pertenencia a la carrera, luego de esto se le explican las opciones y la manera valida de votar, luego se le invita al espacio habilitado para emitir el voto, y a su regreso el votante deberá doblar debidamente su voto e introducirlo en la urna. Al terminar esta acción debe firmar la lista y recuperar su credencial universitaria o carnet. Así estará entendida la forma de votar. e) Elección: 1.- el quórum para la validez de la elección es de un tercio de los alumnos inscritos a la fecha en la carrera. 2.- para que la lista sea electa, dependiendo de la situación debe cumplir con una aprobación de: más de un cuarto de aprobación en el caso de que se presente una lista, si son dos lista que postulan es la que obtenga la mayoría simple (esto quiere decir el 50% más un voto) y si son más de dos listas deben obtener una diferencia de 3% de aprobación con respecto a la que le sigue en mayoría. De no alcanzarse dicha diferencia se procederá a definir entre las dos más altas votaciones una segunda vuelta. Estás se realizarán la última semana de noviembre o la primera de diciembre. Si en el caso que se presente una lista y sea rechazada se considerará una ausencia de lista y lo que sigue será regido por la siguiente letra f) Ausencia de listas: 1.- es cuando al finalizar el proceso de inscripción no se recibieron postulaciones, o al finalizar las votaciones con solo un postulante se rechazo a esta. En el caso de un error de forma en la inscripción debe corregirse antes de 2 días hábiles del cierre de la inscripción. 2.- en estos casos se mantiene el comité directivo de manera interina y llamará a elecciones en marzo, de volverse a repetir la ausencia de lista se hará un nuevo llamado en agosto. Mientras tanto el comité directivo asumirá las funciones pertinentes. Si se vuelve a repetir en agosto la ausencia, se vuelve al normal cumplimiento de fechas estipulado por los estatutos.
  • 10. Título VI Del cese en las funciones del comité directivo. a) Será causa del cese de las funciones del Comité Directivo el actuar en contra de sus orientaciones y objetivos contenidos en el Título I puntos a y b. Además de encontrar en manifiesto estado de abandono las funciones contenidas en el Título III letra a números del 1 al 8 y letra b. También son causal toda actividad reñida con la ley. b) El cese debe ser aprobado en una asamblea extraordinaria de carácter especial en la cual se debe cumplir un quórum de un tercio de los inscritos a la fecha pero la moción será aprobada con mayoría cualificada de un 67%. El comité directivo completo (cargos principales y designados por el presidente dentro de sus facultades) tienen derecho a defenderse pero no a votar. c) En la misma Asamblea se deberá convocar y establecer un comité de transición el cual tendrá un plazo máximo de dos semanas para llamar a elecciones extraordinarias, de acuerdo a los presentes estatutos; y en el plazo máximo de un mes, desde la destitución del comité directivo, para entregar las funciones al nuevo comité directivo. d) El comité de transición debe estar integrado por a lo menos 1 persona de cada generación con un máx. de 7 integrantes, los cuales no deben haber pertenecido al comité directivo saliente y su única función es articular el próximo proceso eleccionario lo antes posible. e) El patrimonio debe ser declarado públicamente tanto al inicio como al finalizar el periodo de transición. Titulo VII De la modificación de los estatutos. a) Estos estatutos son de carácter rígidos e inapelables, es decir, no se aceptan excepciones, solo reformas. b) Cualquier posible reforma a los presentes estatutos deberá seguir las siguientes normas: 1.- Deberá ser tratada, discutida, y votada ampliamente en grupos de trabajos mandados para este fin especifico llamado Comisión Reformadora: organismo autónomo del comité directivo que debe ser convocado por la asamblea. Puede estar integrado por todas las personas que deseen y tendrán sus propios cargos funcionales al trabajo. Si es integrado por un miembro del comité directivo este no tiene derecho a voto, si a voz. 2.- podrá ser presentada a la asamblea la reforma definitiva solo a través de los miembros de la comisión reformadora. 3.- Los requisitos de validez y aprobación están contenidos en el número 2 de la letra c del título III del presente estatuto. 4.- la reforma entrará en vigencia a partir del primer día hábil del semestre siguiente a la aprobación. 5.- el secretario general tendrá la responsabilidad de publicar la reforma y actualizar los presentes estatutos antes de la entrada en vigencia de la misma.