Este documento presenta la capacidad C3 "Abrir datos de su organización generando valor económico y social con criterios técnicos adecuados" del curso "Portales Open data" que se llevará a cabo los martes del 14 al 28 de mayo. Incluye una breve introducción al concepto y principios del gobierno abierto y la transparencia, así como a la reutilización de información, y resume las legislaciones española, europea y andaluza sobre el derecho de acceso a la información y la reutilización de datos del sector públic
2. Objetivo competencial
Aplicar los principios del
Gobierno Abierto en el
desarrollo de las
competencias directivas
en la
Junta de Andalucía
Capacidades:
C3. Abrir datos de su organización
generando valor económico y
social con criterios técnicos
adecuados
3. Martes 14
Gobierno
Abierto
Javier García
León
09.00
Presentación
Concepto y
principios
11.00 Descanso
Sus
Martes 21
Transpar
encia
Emilio Guichot,
Manuel Sanchez
09.00
Presentación
Transparencia y
acceso a la
información
11.00 Descanso
Martes 28
Open
Data
Javier García
León
09.00
Presentación
Reutilización
información
11.00 Descanso
Portales OD
7. Derecho de Acceso
• Convenio del Consejo de Europa sobre el Acc
2009• Artículo 10 - Los documentos hechos públicos a iniciativa
de las autoridades públicas
Por su propia iniciativa y cuando sea conveniente, las
autoridades públicas tomarán las medidas necesarias
para poner a disposición de todos los documentos
públicos en su poder para promover la transparencia y la
eficacia de la administración y para fomentar la
participación informada del público en materias del interés
general.
9. • Artículo 3. Ámbito objetivo de aplicación.
1.Se entiende por reutilización el uso de
documentos que obran en poder de las
Administraciones y organismos del
sector público,
por personas físicas o jurídicas, con fines
comerciales o no comerciales,
siempre que dicho uso no constituya una
actividad administrativa pública.
Queda excluido de este concepto el
intercambio de documentos entre
Administraciones y organismos del
sector público en el ejercicio de las
funciones públicas que tengan atribuidas.
14. • CAPÍTULO II
El derecho de
información sanitaria
Artículo 4. Derecho a la
información
asistencial.
Artículo 6. Derecho a la
información
epidemiológica.
• CAPÍTULO IV
15. Disposición final quinta. Reutilización de información del sector público.
• En la reutilización de información del sector público se estará a lo previsto en
la legislación vigente en esta materia.