DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
La participación de los trabajadores en la empresa
1. LA PARTICIPACIÓN DE LOS
TRABAJADORES EN LA
EMPRESA
Imagen de: http://www.letraslibres.com/blogs/articulos-recientes/sindicatos
2. La libertad sindical
• Reconocida en el art. 28 CE:
– Vertiente positiva: afiliación, darse de baja,
fundar sindicatos y confederaciones.
– Vertiente negativa: Derecho a no afiliarse.
• Modelos o niveles de representación:
– Representación sindical:
• Representantes sindicales.
• Sección sindical.
– Representación unitaria:
• Delegados de personal.
• Comité de empresa.
3. La representación unitaria
• Representan a todos los trabajadores de la empresa.
• Elegidos a través de las elecciones sindicales:
– Elegibles: mayores de 18 años con antigüedad de al menos 6
meses (3 por convenio).
– Electores: mayores de 16 años con antigüedad de 1 mes.
– Empresas de 50 ó más trabajadores: habrá comité de
empresa y dos colegios electorales (cuello blanco:
administrativos y técnicos; cuello azul: trabajadores y operarios).
– Empresas de menos de 50 trabajadores: un solo colegio
electoral y se eligen a delegados de personal.
– Listas cerradas (comité de empresa) y lista alfabética
(delegados de personal, para elegir mediante casilla de
verificación).
– Las candidaturas de menos del 5%, no obtienen
representantes y sus votos anulados.
4. Los delegados de personal
• Los delegados de personal: cuando la
empresa tiene menos de 50 trabajadores.
Actúan de forma mancomunada (común
acuerdo: unánime).
Número de trabajadores Número de delegados de personal
De 6 a 10 1 delegado: voluntario, si la mayoría de
los trabajadores lo deciden por mayoría.
De 11 a 30 1 delegado de personal. Obligatorio.
De 31 a 49 3 delegados de personal. Obligatorio.
5. El comité de empresa
• Comité de empresa: Cuando la empresa tiene 50 o más
trabajadores. Actúan de forma colegiada (mayoría).
– Habrá un secretario y un presidente.
– Para 4 años.
– Reglamento propio.
– Reunión cada dos meses, o petición de al menos de 1/3 de sus
miembros.
Nº de trabajadores Nº de miembros del comité de empresa
De 50 a 100 5
De 101 a 250 9
De 251 a 500 13
De 501 a 750 17
De 751 a 1000 21 miembros
De 1001 en adelante 2 miembros por cada 1000 trabajadores o fracción,
hasta un máximo de 75 miembros.
6. Otros comités
• Comité de empresa conjunto: la suma de
trabajadores de empresas en una misma
provincia o municipios limítrofes tiene que ser de
50.
• Comité intercentros: empresas que tienen
varios comités conjuntos. Máximo de 13
miembros. Por convenio colectivo.
• Comité de empresa europeo: creación de la
dirección de la empresa a petición de 100
trabajadores, de al menos de 2 centros de 2
países de la Unión Europea. Funciones de
información y consulta.
7. Competencias de la
representación unitaria
• Recibir información sobre:
– Situación económica de la empresa.
– Evolución probable del empleo.
– Sanciones impuestas por faltas muy graves.
– El absentismo de la plantilla.
– Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, etc.
• Recibir copia básica de los contratos y la notificación de las
prórrogas en 10 días.
• Emitir informes sobre despidos, suspensiones, reducciones
de plantilla, traslados, etc.
• Vigilar el cumplimiento de las normas y de las condiciones
de seguridad e higiene en la empresa.
• Participar en la gestión de obras sociales y de conciliación.
• Colaborar con la empresa en la productividad.
• Informar a sus representados de todos lo temas de interés.
8. Garantías de la
representación unitaria
• Expediente
contradictorio.
• No pueden ser
despedidos ni
sancionados durante su
mandato (4 años+1)
(labores de
representación)
• Prioridad de
permanencia en la
empresa.
• Libertad de expresión y
comunicación.
• Crédito horario retribuido.
Nº trabajadores en
empresa
Crédito
horas mes
Hasta 100 15
De 101 a 250 20
De 251 a 500 30
De 501 a 750 35
De 751 en adelante 40
9. Representación sindical
• La forman los sindicatos, que son
asociaciones sin ánimo de lucro, de
trabajadores por cuenta ajena, que tienen
como objetivo la defensa de los intereses
profesionales, económicos y laborales de
sus afiliados.
10. Ley Orgánica de Libertad
Sindical
• Reconocida en el artículo 28.1 CE.
Derechos
reconocidos
- Derecho a fundar sindicatos
-Libertad de afiliación a un sindicato.
-Derecho a elegir a sus representantes dentro de su sindicato.
- Derecho a ejercer la actividad sindical.
Se podrán
afiliar…
-Trabajadores por cuenta ajena.
-Parados.
-Funcionarios.
-Trabajadores que se hayan jubilado o incapacitado por razón de su
trabajo.
-Trabajadores por cuenta propia que no tengan trabajadores
contratados.
No se pueden
afiliar…
-Miembros de las Fuerzas Armadas y de los Institutos Armados de
carácter militar.
-Jueces, Magistrados y Fiscales, mientras se hallen en activo.
No se les
aplica la
- Los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que
no tengan carácter militar: se regirán por su normativa específica.
11. Ley Orgánica de Libertad
Sindical
• Derecho de reunión de los trabajadores:
– Condiciones favorables en la empresa.
– Fuera del horario de trabajo.
• Procedimiento:
– Convocatoria: representación unitaria o 33% de
los trabajadores.
– Presiden los representantes.
– Orden del día cerrado.
– Comunicación a la empresa 48 horas antes.
– Los acuerdos a toda la plantilla requieren
mayoría absoluta.
12. Ley Orgánica de Libertad
Sindical
• Limitación del empresario por:
– No han transcurrido más de 2 meses de la
anterior reunión, salvo que sea información
de negociación de convenio colectivo.
– No se han reparado daños de reuniones
anteriores.
– Si la empresa está en situación de cierre
patronal.
13. Las elecciones sindicales:
resultados
Nivel de
representatividad
Características
Sindicato más
representativo a nivel
estatal
Los que obtengan, a nivel estatal, al
menos 10% de los representantes de
los trabajadores en las empresas.
Sindicato más
representativo a nivel de
comunidad autónoma
Los que obtengan, en este nivel, al
menos el 15% de los representantes
siempre que cuenten con un mínimo de
1500 trabajadores.
Sindicato más
representativo del sector
Los que hayan obtenido en un
determinado ámbito funcional y
territorial, al menos el 10% de los
representantes de los trabajadores.
14. Capacidades de los sindicatos
a) Tener representación institucional ante las
Administraciones Públicas u otras entidades
públicas (*)
b) Promover y participar en la negociación colectiva.
c) Participar como interlocutores en la determinación
de las condiciones de trabajo en la Administración
Pública.
d) Participar en los sistemas no jurisdiccionales de
solución de conflictos.
e) Promover las elecciones sindicales.
f) Obtener cesiones de inmuebles temporales (*)
g) Cualquier otra función representativa que se
establezca.
– Los sindicatos menos representativos, no pueden ejercer
las capacidades a) y f).
15. Secciones sindicales
• Son grupos organizados de trabajadores afiliados
a un sindicato.
• Derechos de las secciones sindicales:
– A presentarse a las elecciones a representantes.
– A plantear huelgas.
– A plantear conflictos colectivos.
• Derechos de los afiliados:
– Constituir secciones sindicales y elegir al delegado
sindical.
– Celebrar reuniones (fuera del horario de trabajo y
previo aviso al empresario).
– Distribuir y recibir información del sindicato.
– Recaudar las cuotas, aunque hoy ya están
domiciliadas.
16. Secciones sindicales
• Si son las más representativas o tienen
representación unitaria, tendrán estos
derechos añadidos:
– Disponer de un tablón de anuncios en el
centro y que esté disponible.
– Negociar convenios colectivos.
– Disponer de un local para desarrollar sus
actividades (250 trabajadores).
17. Delegados sindicales
• Sólo representan a los trabajadores de un sindicato de la
empresa.
• Su designación tiene que ser comunicada a la empresa.
• Requisitos:
– Empresa con 250 trabajadores o más.
– Que el sindicato tenga, al menos, 1 representante dentro del
comité de empresa.
• Derechos:
– Los mismos que los delegados de personal y miembros del
comité de empresa.
– Obtener la misma información y documentación que la empresa
entregue al comité de empresa.
– Asistir con voz, pero sin voto, a las reuniones del comité de
empresa y de los órganos encargados de la seguridad e higiene.
– Ser tenidos en cuenta a la hora de adoptar medidas de carácter
colectivo que afecten a los trabajadores y en particular a sus
afiliados.
18. Delegados sindicales
Número de delegados sindicales por sección sindical
Secciones sindicales de sindicatos que no hayan obtenido el 10% de los
votos en la elección de miembros de comité de empresa
1
Secciones sindicales de sindicatos que
hayan obtenido, al menos, el 10% de los
votos
De 250 a 750 trabajadores 1
De 751 a 2.000 trabajadores 2
De 2.001 a 5.000 trabajadores 3
De 5.001 en adelante 4
19. Representantes de los
empresarios
• Son las Asociaciones Empresariales.
• Se asocian para la defensa y la promoción
de sus intereses económicos y sociales.