1. “TUS DERECHOS SON NUESTRO DEBER”
Carrera 50 Bruselas x Calle 49 Varsovia. Hispania. Antioquia. Telefax: 843 28 62 Ext. 111.
PERSONERÍA MUNICIPAL DE HISPANIA
Ministério Público
ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN
TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCION
MISION
VISION
FUNDAMENTOS LEGALES
OBJETIVOS DEL PLAN DE ANTICORRUPCION Y DE ATENCIO AL
CIUDADANO
OBJETIVOS GENERALES
OBJETIVOS ESPECIFICOS
ELEMENTOS DEL PLAN DE ANTICORRUPCION Y DE ATENCIO AL
CIUDADANO
MAPA DE RIESGO DE ANTICORRUPCION
MEDIDAS PARA MITIGAR LOS RIESGOS
ESTRATEGIAS CON EL FIN DE REDUCIR LOS TRAMITES
INNECESARIOS
MECANISMOS PARA MEJORA LA ATENCIO AL CIUDADANO
TERMINOS Y DEFINICIONES
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MISIÓN
La Personería del Municipio de Hispania es una Agencia del Ministerio
Público que fundamentada en los principios de transparencia, equidad
y excelencia busca la observancia de la Constitución y las Leyes,
mediante la ejecución de las Acciones Jurídicas pertinentes para la
defensa de los interese de la sociedad, procurando la protección de
las garantías ciudadanas y ejerciendo la vigilancia de la conducta
oficial de los servidores públicos.
VISIÓN
La Personería Municipal de Hispania será modelo como Agencia del
Ministerio Público Territorial prestando sus servicios en defensa de los
derechos ciudadanos de manera respetuosa, eficiente e imparcial,
tanto para la comunidad que representa como para las entidades con
la que interactúa en ejercicio de sus funciones legales y
Constitucionales, pretendiendo el beneficio de la comunidad en
general y el logro de la excelencia en su gestión.
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INTRODUCCION
En aras de dar cumplimiento a los requerimientos de la Ley 1474 de 2011 en su
artículo 73 que estipula el “PLAN ANTICORRUPCIÓN Y ATENCIÓN AL
CIUDADANO: cada entidad del orden Nacional, Departamental y Municipal deberá
elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al
ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos
de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos
riesgos, las estrategias anti trámites y los mecanismos para mejorar la atención al
ciudadano.”;
El Personero Municipal de Hispania – Antioquia como Alta Dirección ha querido
definir los mecanismos básicos para proteger los derechos humanos,
fundamentales, proteger el patrimonio público como agencia especial del
Ministerio Publico, conforme al mandato constitucional y legal, está comprometida
en la defensa y guarda de los derechos humanos y la protección del interés
general.
Conocedores de la necesidad de brindar espacios para que la ciudadanía participe
y se comprometa en la vigilancia del quehacer del Estado, este plan se
fundamenta en la importancia de crear un ambiente de empoderamiento de lo
público y de corresponsabilidad con los ciudadanos.
Y con el fin de dar cumplimiento a la Ley 1474 de 2011”Estatuto Anticorrupción” la
Personería Municipal de Hispania, elaboro la presente estrategia como
instrumento de tipo preventivo para el control de la gestión y lucha contra la
corrupción y atención al ciudadano para el año 2013.
En cabeza del Personero Municipal.
DIEGO ALBERTO RODRIGUEZ AGUDELO
Personero Municipal 2012 -2016
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FUNDAMENTOS LEGALES
DESCRIPCIÓN CONTENIDO
Constitución Política Constitución Política de 1,991
Ley 87 de 1993 Por la cual se establecen normas
para el ejercicio del control interno
en las entidades y organismos del
Estado y se dictan otras
disposiciones
Ley 134 de 1994 Por la cual se dictan normas sobre
mecanismos de participación
ciudadana
Ley 136 de 1,994 Por la cual se dictan normas
tendientes a modernizar la
organización y el funcionamiento de
los municipios
Ley 142 de 1994 Por la cual se establece el régimen
de los servicios públicos
domiciliarios y se dictan otras
disposiciones.
Ley 190 de 1995 Por la cual se dictan normas
tendientes a preservar la moralidad
en la Administración Pública y se
fijan disposiciones con el objeto de
erradicar la corrupción
administrativa.
Ley 489 de 1998 Rendición de cuentas
Ley 594 de 2000 Por la cual se dicta la Ley General de
Archivos.
Ley 599 de 2000 Código Penal
Ley 600 de 2000 Código de Procedimiento Penal
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Ley 734 de 2002 Por la cual se expide el Código Único
Disciplinario
Ley 850 de 2003 Por medio de la cual se reglamentan
las veedurías ciudadanas
Ley 906 de 2004 Sistema Penal Acusatorio
Ley 962 de 2005 Por la cual se dictan disposiciones
sobre racionalización de trámites y
procedimientos administrativos de
los organismos y entidades del
Estado y de los particulares que
ejercen funciones públicas o prestan
servicios públicos
Resolución 484 de 2005 Competencias Ministerio Público
Ley 1151 de 2007 Mediante la cual se expide el Plan
Nacional de Desarrollo 2006-2010
Decreto 2150 de 1995 Por el cual se suprimen y reforman
regulaciones, procedimientos o
trámites innecesarios existentes en
la Administración Pública.
Decreto 1151de 2.008 Por el cual se establecen los
lineamientos generales de la
Estrategia de Gobierno en Línea de
la República de Colombia, se
reglamenta parcialmente la Ley 962
de 2005, y se dictan otras
disposiciones
Directiva Presidencial 12 de 2002 Lucha contra la corrupción en la
contratación estatal.
Directiva Presidencial 09 de 1999 Lineamientos para la
implementación de la política de
Lucha Contra la Corrupción
Ley 909 de 2004 Empleo Publico y carrera
administrativa
Decreto 785 de 2005 Clasificación estructura
administrativa códigos niveles
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Decreto 2772 de 2005 Competencias Laborales
comportamentales
Decreto 1599 de 2004 Modelo Estándar de Control Interno
MECI
Decreto 872 de 2003 Sistema de Gestión de calidad sector
publico
Ley 1474 de 2011 Dictan normas para fortalecer los
mecanismos de prevención,
investigación y sanción de actos de
corrupción y la efectividad del
control de la gestión pública
Sistema de Gestión de calidad sector
publico
Ley 1551 de 2012 “Por la cual se dictan normas para
modernizar la organización y el
funcionamiento de los Municipios”
OBJETIVOS DEL PLAN DE ANTICORRUPCION Y DE ATENCION AL
CIUDADANO
Objetivos Generales
Adoptar e implementar el Plan Anticorrupción y de Atención al
Ciudadano, conforme a lo establece la Ley 1474 de 2011 o Estatuto
Anticorrupción.
Diseñar las acciones que apunten a mejorar las debilidades identificadas
en el proceso de autoevaluación.
Objetivos Específicos
Identificar las causas que provocan las debilidades detectadas.
Identificar las fortalezas que hagan factible el mejoramiento de las
debilidades.
Identificar las acciones de mejoramiento a aplicar.
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ELEMENTOS DEL PLAN ANTICORRUPCION Y DE ATENCION AL
CIUDADANO.
De Conformidad con lo señalado en el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011,
se tendrán como elementos de la estructura del Pla Anticorrupción y de
atención al ciudadano los siguientes:
1). Mapa de Riesgos de Corrupción.
2). Medidas para Mitigar los Riesgos.
3). Estrategias anti tramites
4). Mecanismos para mejorar la atención al ciudadano.
MAPA DE RIESGO DE CORRUPCIÓN
Entidad: PERSONERO MUNICIPAL HISPANIA – ANTIOQUIA
Misión:
La Personería Municipal de Hispania tiene como misión la guarda y divulgación de los derechos humanos, la veeduría
ciudadana para garantizar la protección del interés público, la vigilancia de la gestión de las instituciones y servidores
públicos del orden territorial; la orientación de nuestros esfuerzos en diseñar y ejecutar programas que generen cultura
ciudadana, así mismo buscamos satisfacer y garantizar un servicio eficiente, organizado, asequible, justo, democrático y
participativo en nuestra comunidad en general.
IDENTIFICACIÓN ANALISIS MEDIDAS DE
MITIGACIÓN
SEGUIMIENTO
Proceso y
objetivo
Causas Riesgo Probabilid
ad de
materializ
ación
VALORA
CIÓN
Administr
ación del
riesgo
Acciones Respons
able
Indicador
Tipo de
control
Direcciona
miento
estratégico
Exceso de
poder o
Autoridad
y manejo
de
Influencias
.
N
°
Descripción Alto Correctiv
o
ZONA
DE
RIESGO
IMPORTA
NTE.
Reducir el
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Elaborar,
adoptar e
impleme
ntar el
Código
de Ética
Revisión
y ajuste
del
manual
de
funciones
y
compete
ncias
laborales
de la
personerí
a
Municipal
.
Persone
ro
Municip
al
Persone
ro
Municip
al
Elaboració
n del
código de
ética en el
primer
semestre.
Realizar la
revisión y
ajuste del
manual de
funciones y
competenci
as
laborales
de la
personería.
3 Amiguismo
y
Clientelism
o.
Extralimitac
ión de
funciones
De
Información
y
Ausencia
de
capacitaci
ón para
2 Ocultar a la
ciudadanía
la
información
Medio Correctiv
o
ZONA
DE
RIESGO
MODERA
Capacitar
el
personer
o idóneo
Persone
ro
Municip
al
Uso
permanent
e de la
pagina web
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Documenta
ción
De
Investigació
n y Sanción
direcciona
r de una
manera
favorable
el control
y la
transparen
cia de la
gestión
pública.
Aplicación
de
Sanciones
por falta a
la ética del
servidor
público
3
considerad
a pública
Desconoci
miento de
la ley,
mediante
interpretaci
ones
subjetivas
de las
normas
vigentes
para evitar
o postergar
su
aplicación.
alto
correctivo
DO –
Evitar el
Riesgo
ZONA
DE
RIESGO
INACEPT
ABLE –
Reducir el
Riesgo.
para el
manejo
de
herramie
ntas
informáti
cas
Facilitar
los
medios
tecnológi
cos para
la
socializa
ción de la
informaci
ón
institucio
nal.
Capacitar
al
personal
de la
personerí
a
Municipal
sobre
normativi
dad
vigente.
Persone
ro
Municip
al
Persone
ro
Municip
al
de la
personería
para la
publicación
de todos
los actos
públicos.
Adquirir
herramient
as
tecnológica
s
Capacitacio
nes
programad
as en
normas y
medidas de
control
interno y
sanciones
disciplinaria
s
De
Tramites
y/o
Servicios
Seguimien
to a las
quejas
presentad
as por los
ciudadano
s
Actualizaci
ón de
procedimi
entos
debidame
nte
estandariz
ados y
adoptados
2
2
2
Falta de
información
sobre
estado del
proceso del
trámite por
parte del
ciudadano
Tráfico de
influencia,
amiguismo,
persona
influyente
Deficiencia
s en el
manejo
documental
y de
Medio
Medio
Medio
Correctiv
o
Correctiv
o
correctivo
ZONA
DE
RIESGO
TOLERAB
LE –
Reducció
n del
Riesgo.
D-20
ZONA DE
RIESGO
MODERA
DO –
Evitar el
Riesgo.
ZONA DE
RIESGO
MODERA
Registro
y control
de las
quejas
Capacitar
al
personal
en MECI
con el fin
de
identificar
y
caracteri
zar
procesos
Capacitar
al
personal
Persone
ro
Municip
al
Persone
ro
Municip
al
Persone
ro
municip
Procesos
de
retroalimen
tación con
la
comunidad
Capacitacio
nes
programad
as
Capacitacio
nes
programad
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ELEMENTOS PLAN ANTICORRUPCION Y ATENCION AL CIUDADANO
MEDIDAS PARA MITIGAR LOS RIESGOS
La Personería Municipal de Hispania cuenta con un mapa de riesgo, donde los
identifica describe sus causas.
a). La Personería Municipal cuenta con los siguientes medios informativos, donde
se divulgan los actos administrativos y demás documentos de interés público.
1). Una Página web institucional del municipio, está en proceso de creación.
2). Una Cartelera Informativa.
b). Dando cumplimiento al Art. 76 de la Ley 1474 de 2011 en el sitio web de la
Personería Municipal de Hispania se cuenta con el alcance de PETICIONES,
QUEJAS Y RECLAMOS, espacio para que los ciudadanos presentes quejas y
denuncias de los actos corruptivos realizados por funcionarios de esta entidad.
c). Dando aplicación al Decreto 1716 de 2009, se estableció el comité de
conciliación por medio del cual la formulación, evaluación y difusión de las
políticas en materia de prevención de las conductas antijurídicas por parte de los
servidores y entidades públicas, del fallo jurídico y la extensión de sus efectos.
d). Adelantar las investigaciones disciplinarias que fuesen necesarias por efecto
de los presuntos hechos de corrupción que pudieren presentarse o dar traslado de
las mismas a la Procuraduría General de la Nación y a los de mas organismos de
control.
Implement
ación de
un plan
institucion
al de
capacitaci
ón
archivo DO –
Evitar el
Riesgo
en la
normativi
daad
vigente
al as
10. “TUS DERECHOS SON NUESTRO DEBER”
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e). Audiencias Públicas de Rendición de cuentas en aras de que el ciudadano
pueda opinar acerca de la gestión de la Personería Municipal.
f). Veedurías Ciudadanas; Permitir a los ciudadanos o a las diferentes
organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre el proceso de las gestión
pública.
g). Buzón de quejas y reclamos; permitir a los ciudadanos o a los diferentes
organizaciones comunitarias poner en conocimiento las anomalías presentadas en
la debida prestación del servicio por parte de algún funcionario o área.
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ESTRATEGIAS CON EL FIN DE REDUCIR LOS TRÁMITES INNECESARIOS
a). La Personería Municipal de Hispania propenderá por la aplicación integral del
decreto legislativo 19 del 10 de enero por el cual se dictan normas para suprimir o
reformar regulaciones, procedimientos y tramites innecesarios existentes en la
administración pública.
b). La Personería va crear una página Web, donde los usuarios podrán
próximamente realizar y revisar el estado de su tramite;entre otros servicios.
MECANISMOS PARA MEJORAR LA ATENCION AL CIUDADANO
a). Recepcionar las peticiones, quejas y reclamos a través de la página web.
b). Recepcionar las peticiones, quejas y reclamos a través del medio de
presentación personal.
c). Actualización permanente de la página web del municipio. Que permita
garantizar la participación ciudadana en forma real y efectiva.
d). Desarrollar periódicamente audiencias públicas con el fin de conocer y evaluar
las necesidades de la comunidad.
e). Utilizar el correo de la Personería para mantener una comunicación más rápida
y eficaz en las PQR.
DEFINICIONES Y TERMINOS
Alcance de la auditoría. El marco o límite de la auditoría y las materias, temas,
segmentos o actividades que son objeto de la misma.
Auditores externos. Profesionales facultados que no son empleados de la
organización cuyas afirmaciones o declaraciones auditan.
Auditores internos. Profesionales empleados por una organización para
examinar
continuamente y evaluar el sistema de control interno y presentar los resultados de
su investigación y recomendaciones a la alta dirección de la entidad.
Auditoría Gubernamental. La externa que realiza el Ministerio de Auditoría y
Control como Entidad de Fiscalización Superior de la República de Cuba, a
cualquier persona natural o jurídica que tenga vínculos con el Presupuesto del
Estado.
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Auditoría especial. Consiste en la verificación de los asuntos y temas específicos
de una parte de las operaciones financieras o administrativas, de determinados
hechos o de situaciones especiales y responden a una solicitud determinada.
Auditoría financiera o de estados financieros. Consiste en el examen y
evaluación de los documentos, operaciones, registros y estados financieros del
auditado, para determinar si éstos reflejan razonablemente, su situación financiera
y los resultados de sus operaciones, así como el cumplimiento de las
disposiciones económico-financieras, con el objetivo de mejorar los
procedimientos relativos a la gestión económico-financiera y el control interno.
Auditoría fiscal. Consiste en el examen de las operaciones con los tributos al
fisco, a los que está obligada cualquier persona natural o jurídica; con el objetivo
de determinar si se efectúan en la cuantía que corresponda, dentro de los plazos y
formas establecidas y, proceder conforme a derecho.
Auditoría de gestión u operacional. Consiste en el examen y evaluación de la
gestión de un organismo, entidad, programa o proyecto, para establecer el grado
de economía, eficiencia, eficacia, calidad e impacto de su desempeño en la
planificación, control y uso de los recursos y en la conservación y preservación del
medio ambiente, así como comprobar la observancia de las disposiciones que le
son aplicables.
Auditoría temática. Consiste en la verificación y evaluación exhaustiva de una
cuenta contable, un objetivo determinado, o cuestiones de repercusión económica
que respondan a necesidades específicas.
Auditoría de sistema. Consiste en la verificación del estado de implantación de
los sistemas contables y de control interno, que permite evaluar el cumplimiento
de los principios y procedimientos de control interno y de contabilidad
generalmente aceptados, el grado de actualización de la contabilidad, el empleo
correcto de las cuentas contables y la elaboración y aplicación de los sistemas de
costos.
Auditoría de seguimiento o recurrente. Consiste en el examen y evaluación del
cumplimiento de las medidas dictadas para dar solución a las deficiencias
detectadas en una auditoría anterior, a fin de determinar si la entidad ha tenido o
no, avances en la administración y control de sus recursos; incluye la verificación
del sistema de control interno.
Auditoría de cumplimiento. Consiste en el examen y evaluación que se realiza
con el objetivo de verificar el cumplimiento de las leyes, decretos-leyes, decretos y
demás disposiciones jurídicas inherentes a la actividad sujeta a revisión.
Auditoría de tecnologías de la información. Consiste en el examen de las
políticas, procedimientos y utilización de los recursos informáticos; confiabilidad y
validez de la información, efectividad de los controles en las áreas, las
aplicaciones, los sistemas de redes y otros vinculados a la actividad informática.
Auditoría. Técnica de control, dirigida a valorar, el control interno y la
observancia de las Normas Generales de Contabilidad. Comprende un examen
independiente de los registros de contabilidad y otra evidencia relacionada con
una entidad para apoyar la opinión experta imparcial sobre la confiabilidad de los
estados financieros.
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Control administrativo. Procedimiento de control interno que no tiene relación
directa con la confiabilidad de los registros contables.
Control Contable. Procedimiento de control interno que se relaciona directamente
con la protección de los activos o con la confiabilidad de los registros contables.
Control interno. Todas las medidas utilizadas por una empresa para protegerse
contra errores, desperdicios o fraudes y para asegurar la confiabilidad de los datos
contables.Está diseñado para ayudar a la operación eficiente de una empresa y
para asegurar el cumplimiento de las políticas de la empresa.
Dictamen. Opinión o juicio que se emite por escrito, respecto a los estados
financieros u otras actividades, como resultado de una auditoría financiera.
Economía. Se obtiene cuando se reduce al mínimo el costo de los recursos que
se
emplean en una actividad, con la debida consideración a su calidad apropiada.
Eficacia. El grado en que se cumplen los objetivos y la relación entre el efecto
deseado en una actividad y su efecto real.
Eficiencia. La relación que existe entre el producto (en término de bienes,
servicios u otros resultados) y los recursos empleados en su producción.
Entidad (empresarial). Una unidad económica que realiza transacciones
comerciales que se deben registrar, resumir y reportar. Se considera la entidad
separada de su propietario o propietarios.
Estados Financieros. Fuentes de información sobre la marcha de la entidad
empresarial.
Evidencia de auditoría. Las pruebas que obtiene el auditor durante la ejecución
de la auditoría, que hace patente y manifiesta la certeza o convicción sobre los
hechos o hallazgos que prueban y demuestran claramente éstos, con el objetivo
de fundamentar y respaldar sus opiniones y conclusiones.
Fiscalización. Acción y efecto de fiscalizar Fiscalizar. Hacer el oficio de fiscal.
Criticar y traer a juicio las acciones u obras de alguien.
Hallazgos. Son el resultado de un proceso de recopilación y síntesis de
información: la suma y la organización lógica de información relacionada con la
entidad, actividad, situación o asunto que se haya revisado o evaluado para llegar
a conclusiones al respecto o para cumplir alguno de los objetivos de la auditoría.
Sirven de fundamento a las conclusiones del auditor y a las recomendaciones que
formula para que se adopten las medidas correctivas.
Hoja de trabajo. Una hoja grande de columnas diseñada para colocar en forma
conveniente todos los datos contables que se necesitan en un momento
determinado.
Facilita la preparación de los estados financieros y el trabajo de ajuste y cierre de
las Cuentas. Igualmente se utiliza como Papel de Trabajo cuando sea necesario
en el transcurso de una auditoría.
Incumplimiento. No pago de intereses o capital de un pagaré en la fecha de
vencimiento.
Informe de auditoría. Expresión escrita por el auditor respecto a los resultados de
las verificaciones realizadas durante la ejecución de la auditoría, manifestando sus
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criterios y comentarios respecto a los estados financieros y otros hechos
económicos.
Informe de los auditores. El informe emitido después de auditar un tema o los
estados financieros de una empresa.
Limitaciones al alcance de la auditoría. Factores externos a la unidad de
auditoría que hayan impedido al auditor obtener toda la información y
explicaciones que considere necesarias para cumplir con los objetivos de su
trabajo.
Normas de auditoría: Constituyen el conjunto de reglas que deben cumplirse
para realizar una auditoría con la calidad y eficiencias indispensables.
Aceptar el riesgo: Decisión informada de aceptar las consecuencias y
probabilidad de un riesgo en particular.
Control correctivo: Conjunto de acciones tomadas para eliminar la(s) causa(s) de
una no conformidad detectada u otra situación no deseable.
Control preventivo: Conjunto de acciones tomadas para eliminar la(s) causa(s)
de una conformidad potencial u otra situación potencial no deseable.
Administración de Riesgos: Conjunto de elementos de control que al
interrelacionarse, permiten a la entidad pública evaluar aquellos eventos
negativos, tanto internos como externos, que puedan afectar o impedir el logro de
sus objetivos institucionales o los eventos positivos que permitan identificar
oportunidades para un mejor cumplimiento de su función. Se constituye en el
componente de control que al interactuar sus diferentes elementos le permite a la
entidad pública autocontrolar aquellos eventos que pueden afectar el cumplimiento
de sus objetivos.
Análisis de riesgo: Elemento de control que permite establecer la probabilidad de
ocurrencia de los eventos positivos y/o negativos y el impacto de sus
consecuencias, calificándolos y evaluándolos a fin de determinar la capacidad de
la entidad pública para su aceptación y manejo. Se debe llevar a cabo un uso
sistemático de la información disponible para determinar qué tan frecuentemente
pueden ocurrir eventos especificados y la magnitud de sus consecuencias.
Autoevaluación del control: Elemento de control que, basado en un conjunto de
mecanismos de verificación y evaluación, determina la calidad y efectividad de los
controles internos a nivel de los procesos y de cada área organizacional
responsable, permitiendo emprender las acciones de mejoramiento del control
requeridas. Se basa en una revisión periódica y sistemática de los procesos de la
entidad para asegurar que los controles establecidos son aún eficaces y
apropiados.
Compartir el riesgo: Se asocia con la forma de protección para disminuir las
pérdidas que ocurran luego de la materialización de un riesgo, es posible realizarlo
mediante contratos, seguros, cláusulas contractuales u otros medios que puedan
aplicarse.
Consecuencia: Es el resultado de un evento expresado cualitativa o
cuantitativamente, sea este una pérdida, perjuicio, desventaja o ganancia, frente a
la consecución de los objetivos de la entidad o el proceso.
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Evaluación del riesgo: Proceso utilizado para determinar las prioridades de la
Administración del Riesgo comparando el nivel de un determinado riesgo con
respecto a un estándar determinado.
Evento: Incidente o situación que ocurre en un lugar determinado durante un
periodo de tiempo determinado. Este puede ser cierto o incierto y su ocurrencia
puede ser única o ser parte de una serie.
Frecuencia: Medida del coeficiente de ocurrencia de un evento expresado como
la cantidad de veces que ha ocurrido un evento en un tiempo dado.
Identificación del riesgo: elemento de control, que posibilita conocer los eventos
potenciales, estén o no bajo el control de la entidad pública, que ponen en riesgo
el
logro de su misión, estableciendo los agentes generadores, las causas y los
efectos de su ocurrencia. se puede entender como el proceso que permite
determinar qué podría suceder, por qué sucedería y de qué manera se llevaría a
cabo.
Monitorear: Comprobar, Supervisar, observar, o registrar la forma en que se lleva
a cabo una actividad con el fin de identificar sus posibles cambios.
Pérdida: Consecuencia negativa que trae consigo un evento.
Probabilidad: grado en el cual es probable que ocurra de un evento, este se debe
medir a través de la relación entre los hechos ocurridos realmente y la cantidad de
eventos que pudieron ocurrir.
Proceso de administración de riesgo: aplicación sistemática de políticas,
procedimientos y prácticas de administración a las diferentes etapas de la
administración del riesgo
Reducción del riesgo: aplicación de controles para reducir las probabilidades de
ocurrencia de un evento y/o su ocurrencia.
Riesgo: posibilidad de que suceda algún evento que tendrá un impacto sobre los
objetivos institucionales o del proceso. Se expresa en términos de probabilidad y
consecuencias.
Riesgo inherente: es aquel al que se enfrenta una entidad en ausencia de
acciones de la dirección para modificar su probabilidad o impacto.
Riesgo residual: nivel de riesgo que permanece luego de tomar medidas de
tratamiento de riesgo.
Sistema de Administración de Riesgo: conjunto de elementos del
direccionamiento estratégico de una entidad concerniente a la Administración del
Riesgo.
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RESOLUCIÓN Nro. 007
(De Abril 30 de 2013)
POR LA CUAL SE ADOPTA EL PLAN ANTICORRUPCION Y ATENCIÓN AL CIUDADANO DE
LA PERSONERIA MUNICIPAL DE HISPANIA, EN LA VIGENCIA 2013.
EL PERSONERO MUNICIPAL DE HISPANIA, en uso de sus facultades Constitucionales
y Legales en especial las conferidas en la Ley 87 de 1993 y el decreto 1599 de 2005, Ley
1474 de 2011 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 73 de la ley 1474 de 2011 establece la obligatoriedad de
adoptar en entidades públicas un Plan Anticorrupción y de atención al
ciudadano, como herramienta para fortalecer los mecanismos de prevención,
investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la
gestión pública;
Que la ley 87 de noviembre 29 de 1993 establece claramente los objetivos,
características y elementos del control interno y las funciones a cumplir por los
comités asesores de control interno de las entidades oficiales, entre los que
esta prevenir acciones que atenten contra el detrimento patrimonial y la
estabilidad de los entes públicos.
Que el decreto 2641 del 17 de diciembre 2012 Por el cual se reglamentan los
artículos 73 y 76 de la Ley 1474 de 2011, decreta: "cada entidad del orden
Nacional, Departamental y Municipal deberá elaborar anualmente una
estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano", asignando
al Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha
contra la Corrupción señalar una metodología para diseñar y hacerle
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seguimiento a la estrategia.
Que igualmente el artículo 76 de la Ley 1474 de 2011, establece que "en toda
entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de
recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los
ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de
la entidad." correspondiendo al Programa Presidencial de Modernización,
Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción señalar los estándares
que deben cumplir las entidades públicas para dar cumplimiento a lo allí
establecido;
Que mediante la circular externa no. 001 de 2011 del Consejo Asesor del
Gobierno Nacional en materia de Control Interno de las entidades orden
nacional y territorial se brindaron las orientaciones para el seguimiento a la
atención adecuada de los derechos de petición.
Que mediante el decreto número 4637 de 2011 se creó el Departamento
Administrativo de la Presidencia de la República la Secretaría de
Transparencia, asignándole dentro de sus funciones, el "Señalar la
metodología para diseñar y hacer seguimiento a las estrategias de lucha contra
la corrupción y de atención al ciudadano que deberán elaborar anualmente las
entidades del orden Nacional y territorial, de conformidad con lo señalado en el
artículo 73 de la Ley 1474 de 2011... ",así como también, "señalar los
estándares que deben tener en cuenta las entidades públicas para la
organización de las unidades o dependencias de quejas, sugerencias y
reclamos ... ".
Que la Secretaría de Transparencia del Departamento Administrativo de la
Presidencia de la República elaboró el documento "Estrategias para la
Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano", conforme a
los lineamientos establecidos en los artículos 73 y 76 de la Ley 1474 de 2011,
en el cual se señalan de una parte la metodología para diseñar y hacer
seguimiento a la estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al
ciudadano, y de la otra, los estándares que deben cumplir las entidades
públicas para las oficinas de quejas, sugerencias y reclamos.
Que el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano está contemplado en el
Modelo Integrado de Planeación y Gestión, que articula el quehacer de las
entidades, mediante los lineamientos de cinco políticas de desarrollo
administrativo y el monitoreo y evaluación de los avances en la gestión
Institucional y sectorial.
Que se ha presentado para la consideración y/a probación el Plan
Anticorrupción y de atención al ciudadano al Personero, para proceder aprobar
dicho plan;
Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
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RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Aprobar y adoptar el Plan Anticorrupción y de atención al
Ciudadano contenido en el documento anexo el cual hace parte del presente acto
administrativo.
PARÁGRAFO PRIMERO: El plan aprobado en este artículo estará integrado por
los siguientes Componentes: Primer Componente: Metodología para la
identificación de riesgos de corrupción y acciones para su manejo; Segundo
Componente: Estrategia Antitramites; Tercer Componente: Rendición de cuentas;
Cuarto Componente: Mecanismos para mejorar la atención al ciudadano.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Se nombrará como líder de gestionar las acciones
para evitar las acciones de corrupción y será el Personero Municipal.
PARÁGRAFO TERCERO: Este plan será anualizado y será obligación de la
secretario personería y personero
ARTÍCULO SEGUNDO: Para el cabal cumplimiento y el desarrollo del Plan
Anticorrupción y de atención al ciudadano el secretario personería y el personero
para el logro de los indicadores.
ARTÍCULO TERCERO: Conforme a la normatividad vigente, el jefe de la oficina
de control interno o quien haga sus veces, deberá publicar cada seis (6) meses en
el sitio web de la entidad, un informe pormenorizado sobre el grado de
cumplimiento del Plan Anticorrupción y de atención al ciudadano, so pena de
incurrir en falta disciplinaria grave.
ARTÍCULO CUARTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición.
Dada en el Municipio de Hispania a los treinta (30) días del mes de Abril de dos
mil trece (2013).
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COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
DIEGO ALBERTO RODRIGUEZ AGUDELO
Personero Municipal