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1
CENTRO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN
C E F O R C A D
MEDIOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Lic. Gustavo Juan Proleón Ponce
2
MEDIOS DE RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS
La solución de conflictos, se define como los mecanismos
formales o informales que las partes utilizan para resolver sus
diferencias.
Formas de solución:
A)Directa.-
La solución depende de las partes sin facilitamiento de un
tercero.
A.1 La negociación «Pura» o llamada también «Trato
directo». Aquí lo que se hace es «negociar» con la otra parte
el logro de sus intereses. Ej. El sindicato de una empresa
reclama mejoras de carácter económico. El proceso debería
culminar con el «Trato directo».
3
A.2 Negociación «asistida», se da con la
intervención de un tercero. En el ej. Anterior sino se
da la solución, interviene un tercero; sino hay un
acuerdo, pueden ir a la huelga (medida de fuerza).
Formas
de
solución
Negociación
Pura -
directa
Negociación
asistida
Trato directo
- Conciliación.
- Mediación.
- Arbitraje.
4
B) Asistida.-
Facilitado por un tercero. Tenemos:
La conciliación.- Esta persona propone formas de
solución.
La mediación.- No propone formas de solución; su
papel más bien es de índole psicológico.
El arbitraje.- Esta persona decide en lugar de las
partes, pero utilizando para ello la aplicación de una de
las propuestas sometidas a decisión por los miembros
en conflicto. Es decir el «dejar que otro decida por
Usted».
5
La negociación «Pura» o Trato directo
El trato directo es una
confrontación “cara a cara” con
otra persona, la cual permite
conocer el estado de animo y las
actitudes en su comportamiento.
El trato directo utiliza los principios
de la entrevista, ligada a la
persuasión, a la razón para el
esclarecimiento de las ideas de la
otra persona, así como del sentido
del deber con nosotros mismos y
con la sociedad.
6
En otras palabras hay que hacer “entrar en razón “ a
las personas que se obstinan en obstruir y que con
su conducta ponen en peligro la convivencia social,
perjudicándose a sí misma.
En todo conflicto existen actitudes y comportamientos
conflictivos:
Actitudes conflictivas.-
Entre las más importantes tenemos:
a) Emociones.
b) Percepciones.
Comportamientos Conflictivos.-
7
a) Emociones:
Son una variable constante en una situación de conflicto.
Las partes vienen con una carga emotiva o afectiva
producto de una historia conflictiva intrincada (confuso).
Las partes generalmente experimentan miedo, enojo,
desconfianza, envidia, deseos de venganza.
Las emociones deben ser manejadas primero antes que
cualquier otro asunto, la prioridad ante sentimientos muy
fuertes no recae en buscar soluciones a los problemas
sino a ser escuchados.
Las técnicas más conocidas para manejar las
emociones son: Paráfrasis o la llamada “reunión por
separado”.
Si las partes se encuentran
emocionalmente alteradas. Una tercera
persona, ajena a los intereses de las
partes en conflicto, se reúne con una de
ellas para escuchar sus puntos de vista,
sin emitir opinión.
El «arte de escuchar» se aplica con
toda su plenitud. Después la otra parte
habla del mismo problema, emitiendo
su versión de los hechos. La tercera
persona no debe dar información sobre
lo que «le han dicho». Solo deben
escuchar.
La técnica de «reunión por separado»
9
El objetivo aquí es buscar el
«desahogo», «cartasis» de las
emociones encerradas y darles
«puertas abiertas» para
manifiestan toda su intensidad.
Una vez hecho esto, ambas
partes deben estar en mejor
condición de «hablar con la
razón», que de apelar a los gritos,
arrebatos y hasta los golpes en la
búsqueda, no de la solución sino
de la «venganza» ante una
supuesta afrenta personal.
10
b) Percepciones:
Los estudios en Psicología social demuestran que cada
persona aprecia la realidad de modos distintos,
distorsiona la imagen de su contraparte, lo cual genera
situaciones conflictivas.
Cada una de las partes a menudo piensa:
Que tiene la razón (reforzamiento)
Que la otra parte es su enemigo (imagen de enemigo)
Que sus actos son razonables (racionalización)
Que está siendo víctima de la otra parte.
Que la otra parte no vale nada ( deshumanización)
Que la otra parte es siempre así (generalizaciones)
11
Comportamientos conflictivos.-
En los comportamientos que se pueden presentar
encontramos:
Competir: Satisfago mis intereses.
Acceder: Satisfago los intereses del otro.
Inacción: No satisfago ningún interés.
Huida: Ya que el costo del problema es alto.
Resolver: Satisfago mis intereses y los del otro.
Transigir: Medianamente satisfago mis
intereses y los del otro.
12
MEDIOS DE RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS
Modos formales.- Nos referimos a las vías
procesales normados por nuestra
legislación, a través de las cuales se
resuelven los conflictos. Ej. Civil, penal y
las vías administrativas (procedimientos
elaborados, reglamentados por las distintas
autoridades e instituciones del gobierno).
La solución de conflictos, se define como los mecanismos
formales o informales que las partes utilizan para resolver sus
diferencias.
13
Modos no formales.- Llamados también
métodos alternativos de resolución de
conflictos (MARC), son mecanismos en
base a los cuales se trata de resolver
conflictos, sin embargo el hecho de que se
los considere informales no quiere decir
que nuestra legislación no los reconozca, la
diferencia es que los procedimientos en
estos modos son flexibles.
Dentro de estos métodos alternativos de
solución de conflictos (MASC) como la
Conciliación, mediación, negociación y
arbitraje.
14
15
NEGOCIACIÓN
APROXIMACIÓN CONCEPTUAL A LA NEGOCIACIÓN:
Rodríguez y Ramos (1999).- «Es el arte de
convencer, de exponer nuestros puntos de vista,
recibir otros y estar dispuestos a que de su
mezcla e interrelación salgan las soluciones
convenientes».
La negociación es el proceso por el cual las
partes interesadas resuelven conflictos, acuerdan
líneas de conducta, buscan ventajas individuales
o colectivas, procuran obtener resultados que
sirvan a sus intereses mutuos.
16
La negociación es un proceso de comunicación
dinámico en el cual dos o más partes intentan
resolver diferencias y defender intereses en
forma directa a través del diálogo con el fin de
lograr una solución o un acuerdo satisfactorio.
Se suele pensar que la negociación sólo se da
entre grandes ejecutivos y que es sólo una
cuestión de dinero, pero lo cierto es que la
negociación es algo que todos nosotros
realizamos a diario en distintos aspectos de
nuestras vidas cada vez que existen conflictos de
intereses (generados por las diferencias propias
de las personas, preferencias, gustos, valores,
actitudes, etc.) y se pretende llegar a un acuerdo.
17
Hay negociación cuando acordamos las condiciones de
compra-venta de un producto, cuando pretendemos resolver
un conflicto laboral, cuando vamos a asociarnos con alguien,
pero también hay negociación cuando nos ponemos de
acuerdo con nuestra pareja en qué película ver, cuando nos
ponemos de acuerdo con nuestros vecinos en la decoración
del vecindario, cuando vamos a la tienda y pedimos un
descuento, etc.
La negociación «es un proceso social de resolución de
conflictos, que consiste en un procedimiento de discusión
que se establece entre partes adversas, cara a cara, cuyo
objetivo es llegar a un acuerdo que sea mutuamente
aceptable para todos».
18
La negociación es:
Un mecanismo no adversarial o no confrontativo;
Es un proceso voluntario;
Usualmente informal;
No estructurado, al que las partes recurren para
lograr un acuerdo mutuamente aceptable, sin la
intervención de un tercero neutral.
Generalmente la negociación guarda relación con un
proceso de concesiones y compromisos mutuos
donde las partes han vencido discusiones y presiones
hasta alcanzar la solución de sus divergencias.
19
La negociación vincula a dos o más actores
interdependientes que enfrentan divergencias y que, en
vez de evadir el problema o llegar a una confrontación,
se entregan a la búsqueda conjunta de un acuerdo, de
solución, de arreglo.
La negociación ofrece opciones, no alternativas; las
opciones suponen una promesa.
En la negociación las partes aceptan sentarse a la mesa
a negociar cómo resolver su conflicto, sin regulación
jurídica directa a la que se sometan.
La promesa es el compromiso de satisfacer la necesidad
del otro a través de un acuerdo, pero esa promesa desde
el momento de acordar se comienza a construir.
20
En definitiva se puede entender a la negociación;
Como una instancia o proceso de diálogo;
Acercamiento entre las partes involucradas en
un conflicto;
De forma voluntaria acceden a deponer
posiciones, exponer criterios, intereses y
argumentos;
Con el fin de buscar una solución satisfactoria
a través de una cooperación mutua.
21
Elementos de una Negociación
No debemos olvidar que toda negociación debe tener
cuando menos, los siguientes elementos:
1. Deben existir dos o más partes.
2. Deben existir intereses comunes e intereses
opuestos.
3. Las partes deben tener alguna dosis de poder
(algo que dependa de una de las partes y que
interese a la otra parte).
4. Las partes deben buscar directamente, sin la
intervención de terceros, una solución a sus
problemas.
22
a) La definición del conflicto.- Es el ejercicio mental y verbal
que realizan las partes, para reconocer y expresar qué tipo
de conflictos tienen y cuáles son sus características. De
este modo, se tendrá claro de qué se trata durante la
discusión y toma de decisiones para resolverlo.
b) El análisis del conflicto.- El conocimiento más profundo del
conflicto permite llegar a establecer lo que éste significa en
la vida de cada una de las partes. Otros elementos a tener
en cuenta son las expectativas, las capacidades, las
voluntades y los intereses opuestos que tienen las partes.
Esto facilita que se tome conciencia sobre las causas del
conflicto; cuáles son sus posibles consecuencias en caso
de que no se resuelva y qué ventajas habría si se resuelve.
Pautas para conducir un proceso de negociación
23
c) La generación de opciones.- Es un paso que
se debe seguir luego de que el conflicto y sus
consecuencias son conocidos. En este momento
se identifican diversas opciones para poder
solucionarlo, porque puede haber más de una
opción que se puede aplicar.
d) La selección de opción.- De todas las opciones
que pueden ayudar a resolver el conflicto, es
necesario seleccionar una. Esa selección se hace
considerando los aspectos positivos y negativos
que cada opción sugerida tiene, descartando las
que tienen mayores aspectos negativos.
24
e) El seguimiento.- Es un paso muy
importante. La resolución de un conflicto
no asegura su cumplimiento. Es
necesario asignar tareas y
responsabilidades para asegurar que se
den los pasos necesarios para que la
solución del conflicto sea definitiva.
f) La evaluación.- Es el control que se
hace para comprobar si los pasos
necesarios para resolver el conflicto
están siendo ejecutados por las
personas comprometidas, con los
recursos asignados, en la forma
acordada y en el tiempo establecido.
25
VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÓN COMO
MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
1. La solución al conflicto se alcanza en un tiempo
reducido de tiempo, en comparación con otros
métodos (por ej. Las decisiones judiciales).
2. Menores costos, por menos formalidades en los
procedimientos y tiempo utilizado.
3. Posibilidad de afrontar nuevos conflictos
(Conflictos de relaciones, comunicacionales, de
intereses, entre otros).
26
4. Ofrecen soluciones más adecuadas a algunos tipos de
conflictos (familiares, laborales).
5. La intervención directa de las partes en la solución del
conflicto permite que estas se sientan más responsables no
solo del problema, sino que también de la forma de
resolverlo y de como van a cuidar que los acuerdos se
cumplan.
6. Desarrollo de habilidades, como la creatividad, la
elocuencia, la exposición clara y coherente de ideas.
7. La posibilidad de obtener beneficios recíprocos, lo que
no suele ocurrir en las formas tradicionales.
27
LA MEDIACIÓN
La mediación es un mecanismo alternativo de
resolución de conflictos, por la cual las partes, asistidas
por un tercero neutral llamado mediador, procuran un
acuerdo voluntario, que verse sobre materia transigible
(tolerar, soportar, aceptar), de carácter extrajudicial y
definitivo, que ponga fin al conflicto.
28
La mediación es una forma de resolver
conflictos entre dos o más personas, con la
ayuda de una tercera persona imparcial, el
mediador.
Los mediadores pueden ser alumnos,
profesores, padres.
No son jueces ni árbitros, no imponen
soluciones ni opinan sobre quién tiene la verdad.
Lo que buscan es satisfacer las necesidades de
las partes en disputa, regulando el proceso de
comunicación.
Si las partes colaboran, es posible llegar a una
solución en la que todos ganen o, al menos,
queden satisfechos.
29
Existencia de acuerdo entre las partes para asistir a la
mediación o una solicitud a un centro de mediación
autorizado.
Capacidad para transigir (Consentir en parte con lo que
no se cree justo, razonable o verdadero, a fin de llegar
a un ajuste o concordia, para evitar algún mal, o por
espíritu de condescendencia).
La mediación debe versar sobre materia transigible
(tolerar, aceptar).
Voluntad para participar del proceso (no es obligatorio)
Requisitos para participar en una mediación:
30
Es necesario reconocer la figura y el rol que
juega el tercero imparcial llamado mediador
dentro de una negociación asistida o
mediación.
Es importante recalcar que el mediador no es
la persona que propone soluciones al conflicto
ni decide sobre las mismas.
Es un colaborador que encamina un proceso
de diálogo.
El mediador equilibra el desbalance de poder
de las partes en conflicto, el mediador es
quien encamina y dirige el proceso.
31
Perfil que debe tener un mediador
Habilidad para organizar la
información.
Habilidad para comunicarse.
Creatividad.
Imparcialidad.
Neutralidad.
Definición de roles.
Ser ágil y efectivo.
Generador de opciones.
Estratégico.
Debe conocer a las partes y al
conflicto.
32
Ser flexible con sus ideas.
Ser responsable.
Ser paciente.
Ser empático.
Ser discreto.
Saber escuchar.
No juzgar.
Ser respetuoso.
Ser objetivo.
Crear un clima de confianza.
No sentirse responsable de los resultados.
No ser manipulable.
Saber sobre conflictos.
Preocuparse más por el proceso mismo que
por el resultado final.
33
34
Funciones del mediador
No debe estar implicado en el conflicto, ni directa ni
indirectamente.
Formar parte sólo cuando sea necesario y ser admitido
por las partes en conflicto.
Mostrar un interés imparcial en el problema.
Explicar el papel a desempeñar, el método del proceso
y las ventajas que acarrea.
Controlar el proceso.
No controlar los resultados.
Ser imparcial y neutral.
Discreción absoluta con toda la información.
35
No imponer soluciones o ideas.
Ayudar a las partes a que se entiendan, a
que encuentren soluciones entre ellas.
Ayudar a que las partes se tranquilicen.
No juzgar y, por tanto, no dar la razón ni a
uno ni a otro.
Facilitar la comunicación entre las partes.
Su responsabilidad no es resolver el
conflicto. Éste debe ser resuelto por las
partes en conflicto, que son las responsables
de su resolución.
36
Habilidades necesarias para resolver un conflicto
Buscar un lugar tranquilo.
Escuchar con atención.
Emplear un volumen de voz bajo y un
tono calmado.
Dejar que la persona exprese su
irritación y sentimientos,
aceptándolos como una reacción
normal ante tal situación.
Reflejar esos sentimientos, reconocer
su irritación y manifestar
comprensión sin que se de a
entender que se está de acuerdo.
37
Capacidad para comunicar:
 Escucha activa.- Se muestra de la siguiente
manera;
- Mostrar interés.
- Clarificar el problema a través de preguntas.
- Parafrasear.
- Reflejar; definir con nuestras palabras sus
sentimientos.
- Resumir; tanto sus sentimientos como sus
hechos.
- Dar estructura, organizando sus ideas.
 Empatía; comprendiendo y entendiéndolo.
 Fedd-back; todo lo que se le dice influye en él.
 Mensajes en primera persona.
38
Características del proceso de mediación:
1. Extrajudicial.- Se refiere a que la mediación se
desarrolla fuera de un proceso judicial.
2. Intervención de un tercero imparcial.-
Involucra la intervención de una persona
elegida por las partes o designada por el
Centro de Mediación para que asista a las
personas o instituciones en conflicto, a quien se
le conoce como mediador.
3. Economía procesal.- La mediación no implica
gastos excesivos e innecesarios de dinero ni
tiempo.
39
4. Celeridad.- Generalmente la mediación se desarrolla en
periodos cortos de tiempo.
5. Es un proceso flexible.- El proceso de mediación se
rige a las necesidades y exigencia de las partes en
conflicto.
6. No adversarial.- Las partes no se confrontan ya que
trabajan juntas en búsqueda de acuerdos.
7. Confidencial.- El proceso de mediación se realiza solo
entre las partes y el mediador, lo que ahí se trata no es de
uso público al menos que las partes mismas hayan
acordado la divulgación del proceso y la participación de
personas ajenas al proceso, es el caso de los
observadores.
40
8. Es un proceso voluntario.- Son las
partes quienes dan su consentimiento
para participar en la mediación, a tal
punto que ellos en el momento que lo
consideren podrían decidir abandonarlo
sin sanción alguna.
9. Es equitativa.- No existe el concepto
de ganadores ni perdedores, como
sucede generalmente en un proceso
judicial e inclusive en algunos casos de
arbitraje.
10. Es participativa.- Son las partes que
intervienen las que construyen los
acuerdos a través de un involucramiento
directo en los procesos de diálogo.
41
11. Fortalece las relaciones.- La mediación encamina un
acercamiento entre las partes a través del diálogo que
evita un desgaste de las relaciones que es un
denominador común en los procesos judiciales.
12. Acuerdos duraderos.- Por ser las mismas partes
quienes discuten sobre sus conflictos y son ellas las que
llegan a consensos, los acuerdos se convierten en
duraderos y existe una mayor posibilidad de cumplimiento
y ejecución de los mismos.
13. Contribuye a la descongestión de los órganos
judiciales.- Nuestro sistema judicial como en cualquier
otro en Sudamérica, existen muchos problemas en la
dilatación y prolongación de procesos; por lo que la
mediación tiende a aliviar las cargas procesales.
42
ETAPAS DE LA MEDIACIÓN EN LA
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Identificación del problema.
Análisis y elección del ámbito de resolución del conflicto.
Elección del mediador.
Recopilación de información.
Definición del problema.
Búsqueda de opciones.
Redefinición de las propuestas.
Negociación.
Redacción del acuerdo.
Seguimiento y verificación del cumplimiento de acuerdos y compromisos.
43
LA CONCILIACIÓN
La Conciliación es una institución
que se encuentra regulada por
Ley N° 26872, que se constituye
como un mecanismo alternativo
para la solución de conflictos, por
el cual las partes acuden ante un
Centro de Conciliación
extrajudicial a fin que se les
asista en la búsqueda de una
solución consensual al conflicto.”
44
El conciliador es la persona capacitada, acreditada
y autorizada por el Ministerio de Justicia, para
ejercer la función conciliadora.
Dentro de sus funciones está promover el proceso
de comunicación entre las partes y, eventualmente,
proponer formulas conciliatorias no obligatorias.
Para el ejercicio de la función conciliadora se
requiere estar adscrito ante un Centro de
Conciliación autorizado y tener vigente la
habilitación en el Registro de Conciliadores del
Ministerio de Justicia, el que regulará el
procedimiento de renovación de habilitación de los
conciliadores.
45
Ser ciudadano en ejercicio.
Haber aprobado el Curso de Formación y Capacitación de
Conciliadores dictado por entidad autorizada por el Ministerio de
Justicia.
Capacitado en técnicas de negociación y en medios alternativos
de solución de conflictos.
Carecer de antecedentes penales.
Cumplir con los demás requisitos que exija el Reglamento (Su
acreditación se efectuará ante el Ministerio de Justicia y estará
adscrito a un Centro de Conciliación autorizado).
Requisitos de los conciliadores:
46
VENTAJAS DE LA CONCILIACIÓN:
Es confidencial, la información es reservada nadie
se entera de su caso.
Ambas partes ganan, en la conciliación las dos
partes salen ganando, salen beneficiados si llegan
a un acuerdo.
Es rápida, solo dura 30 días calendarios.
Es económica, porque sólo hay que hacer un pago
único y mínimo.
Mejora la relación, toda vez que si hay acuerdo,
las partes siguen siendo amigas.
47
QUÉ MATERIAS SON CONCILIABLES:
ASUNTOS CIVILES Y COMERCIALES:
Desalojos.
Otorgamientos de Escritura.
Interdictos.- Es un procedimiento civil
sumario que se usa para para adquirir,
recobrar, retener la posesión o paralizar la
obra nueva.
Pago de Deudas (Soles, Dólares, Etc.)
Indemnización.
48
División y Partición de
Bienes.
Resolución de Contratos.
Incumplimiento de
Contratos.
Retracto.- el derecho de
recuperar la cosa vendida
que el vendedor se reserva;
Compra-Venta.
Ofrecimiento de Pago.
Pago de Alquileres.
49
Asuntos de Familia
Régimen de Visitas.
Alimentos, Tenencia.
Liquidación de Sociedades de
Gananciales.
Asuntos Laborales
Remuneraciones.
Beneficios Sociales, Etc.
50
ARBITRAJE
Es un procedimiento por el cual
se somete una controversia (O
disputa, es una discrepancia de
opinión existente entre las partes
sobre un asunto, bien sea por
desacuerdo, discusión de debate,
etc.);
Por acuerdo de las partes, a un
árbitro o a un tribunal de varios
árbitros que DICTA una decisión
sobre la controversia que ES
OBLIGATORIA para las partes.
51
El arbitraje, es una forma de
resolver un litigio sin acudir a la
jurisdicción ordinaria.
Es una estrategia de resolución
de conflictos junto a la
negociación, mediación y
conciliación.
Las partes, de mutuo acuerdo,
deciden nombrar a un tercero
independiente, denominado
árbitro, y que será el encargado
de resolver el conflicto.
52
El arbitraje es un Mecanismo Alternativo de
Solución de Conflictos establecido en la
Constitución Política y en la Ley, mediante el
cual, las partes involucradas en un conflicto
de carácter transigible, delegan expresamente
su solución a un Tribunal de arbitramento,
integrado por uno o tres árbitros especialistas
en el tema a dirimir, el cual queda
transitoriamente investido de la facultad de
administrar justicia, profiriendo una decisión
denominada laudo arbitral, la cual tiene los
mismos efectos de una sentencia proferida
por los jueces de la República.
53
Al escoger el arbitraje, las partes
optan por un procedimiento
privado de solución de
controversias en lugar de acudir
ante los tribunales.
Un proceso de arbitraje
únicamente puede tener lugar si
ambas partes lo han acordado.
Una controversia existente
puede someterse a arbitraje
mediante un acuerdo de
sometimiento entre las partes.
54
El arbitraje es un proceso en el cual se trata de resolver
extrajudicialmente las diferencias que surjan en las
relaciones entre dos o más partes, quienes acuerden la
intervención de un tercero (arbitro o tribunal arbitral),
para que los resuelva.
Es un mecanismo típicamente adversarial, cuya
estructura es básicamente la de un litigio. El rol del
arbitro es similar al del juez; las partes le presentan el
caso, prueban los hechos y sobre esa base decide la
controversia.
A diferencia de la conciliación y mediación, el tercero
neutral no ayuda ni colabora con las partes a efectos de
resolver el conflicto mas bien impone una solución vía
Laudo Arbitral, que tiene efectos de sentencia judicial.
55
Ventajas del arbitraje:
Universalidad. Por medio de la justicia arbitral, se
pueden resolver todo tipo de conflictos, con la condición
que estos sean transigibles.
Celeridad. El arbitramento es una opción rápida, si se
tiene en cuenta que el tiempo para fallar es el que las
partes acuerden o en su defecto, el término de seis (6)
meses.
Eficacia. Los fallos arbitrales (laudos) producen los
mismos efectos jurídicos que las sentencias proferidas
por los jueces de la República.
56
Inmediación. La interrelación de los árbitros con las partes es
permanente; los árbitros decretan y practican directamente las
pruebas con la colaboración de las partes y sus apoderados, lo
que redunda a favor de la verdad y lealtad procesal.
Informalidad. El proceso arbitral no es informal en estricto
sentido, pero sí reviste a los árbitros de suficiente discrecionalidad
para la instrucción del proceso.
Economía. La economía del proceso arbitral no hay que mirarla y
pensarla únicamente en su costo, sino también en su agilidad y
prontitud.
Reserva. El proceso arbitral es reservado.
Idoneidad. Las especiales calidades morales y profesionales de
los árbitros son garantía de imparcialidad, equidad y justicia en los
fallos.
57
Principios del arbitraje:
Igualdad: las partes deben ser tratadas por igual, con los
mismos derechos y obligaciones.
Audiencia: las partes tiene derecho a exponer sus
razonamientos, ya sea por escrito o de manera presencial.
Contradicción: las partes, en concreto el demandado, tiene
derecho a saber de qué se le acusa.
Libertad de configuración del Proceso Arbitral: las partes
pueden determinar el proceso incluso una vez esté
comenzado si están de acuerdo.
Confidencialidad: ni las partes, ni el árbitro, ni la corte
pueden hacer público lo que conozcan durante el arbitraje, ni
el laudo final. Salvo acuerdo de las partes.
58
IMPORTANCIA DEL ARBITRAJE
El estado reconoce a las decisiones arbitrales como cosa
juzgada, la misma que tiene que cumplirse.
El art. 83 de la ley Nº 26572, prescribe que el “el laudo
arbitral consentido y/o ejecutoriado tiene valor a la de una
sentencia y es eficaz y de obligatorio cumplimiento.
Si lo ordenado en el laudo arbitral no se cumple, el
interesado podrá solicitar su ejecución forzada ante el
juez, especializado en lo civil del lugar de la sede del
arbitraje que corresponda”.
Debe tenerse presente que los árbitros no tienen el
“imperium”, propio de los magistrados del poder judicial,
sin embargo los jueces tienen la obligación de hacer
cumplir los laudos en las que ha participado el arbitro.
59
LOS ARBITROS
El arbitro es la persona elegida por las partes
para resolver una controversia.
Debe poseer integridad moral y buen criterio,
debe ser confiable.
El árbitro debe reunir cualidades de idoneidad
y experiencia, aplicando su criterio personal y
buen juicio, manteniendo la imparcialidad e
independencia frente a las partes.
60
REGLAS DE ÉTICA DEL
ARBITRO
1. Aceptar el cargo con el ánimo de actuar con
celeridad y justicia.
2. No tener compromiso alguno con las partes.
3. Evitar cualquier situación que ponga en duda su
neutralidad.
4. Si su neutralidad se ha afectado apartarse del
caso, si a pesar de ello las partes ratifican su
confianza, solo seguirá si su conciencia estima
que debe proseguir arbitrando.
5. Debe abstenerse actuar en forma subjetiva,
leudando en forma más objetiva.
61
6. No debe excederse en su autoridad.
7. Velar que el procedimiento se conduzcan con
normalidad y no perjudicar la imagen del arbitraje.
8. Debe evitar situaciones conflictivas entre las partes
promoviendo la celeridad en el proceso.
9. Dar oportunidad a las partes a argumentar su defensa
respetando sus opiniones con cordura y corrección.
10. Debe mantener la confidencialidad en todo el
proceso; sin transmitir a nadie las decisiones que se
tomen ni anticipar su opinión a ninguna de las partes.
62
63
64
65
Lic. Gustavo Juan Proleón Ponce

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Medios de resolución de conflictos

  • 1. 1 CENTRO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN C E F O R C A D MEDIOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Lic. Gustavo Juan Proleón Ponce
  • 2. 2 MEDIOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS La solución de conflictos, se define como los mecanismos formales o informales que las partes utilizan para resolver sus diferencias. Formas de solución: A)Directa.- La solución depende de las partes sin facilitamiento de un tercero. A.1 La negociación «Pura» o llamada también «Trato directo». Aquí lo que se hace es «negociar» con la otra parte el logro de sus intereses. Ej. El sindicato de una empresa reclama mejoras de carácter económico. El proceso debería culminar con el «Trato directo».
  • 3. 3 A.2 Negociación «asistida», se da con la intervención de un tercero. En el ej. Anterior sino se da la solución, interviene un tercero; sino hay un acuerdo, pueden ir a la huelga (medida de fuerza). Formas de solución Negociación Pura - directa Negociación asistida Trato directo - Conciliación. - Mediación. - Arbitraje.
  • 4. 4 B) Asistida.- Facilitado por un tercero. Tenemos: La conciliación.- Esta persona propone formas de solución. La mediación.- No propone formas de solución; su papel más bien es de índole psicológico. El arbitraje.- Esta persona decide en lugar de las partes, pero utilizando para ello la aplicación de una de las propuestas sometidas a decisión por los miembros en conflicto. Es decir el «dejar que otro decida por Usted».
  • 5. 5 La negociación «Pura» o Trato directo El trato directo es una confrontación “cara a cara” con otra persona, la cual permite conocer el estado de animo y las actitudes en su comportamiento. El trato directo utiliza los principios de la entrevista, ligada a la persuasión, a la razón para el esclarecimiento de las ideas de la otra persona, así como del sentido del deber con nosotros mismos y con la sociedad.
  • 6. 6 En otras palabras hay que hacer “entrar en razón “ a las personas que se obstinan en obstruir y que con su conducta ponen en peligro la convivencia social, perjudicándose a sí misma. En todo conflicto existen actitudes y comportamientos conflictivos: Actitudes conflictivas.- Entre las más importantes tenemos: a) Emociones. b) Percepciones. Comportamientos Conflictivos.-
  • 7. 7 a) Emociones: Son una variable constante en una situación de conflicto. Las partes vienen con una carga emotiva o afectiva producto de una historia conflictiva intrincada (confuso). Las partes generalmente experimentan miedo, enojo, desconfianza, envidia, deseos de venganza. Las emociones deben ser manejadas primero antes que cualquier otro asunto, la prioridad ante sentimientos muy fuertes no recae en buscar soluciones a los problemas sino a ser escuchados. Las técnicas más conocidas para manejar las emociones son: Paráfrasis o la llamada “reunión por separado”.
  • 8. Si las partes se encuentran emocionalmente alteradas. Una tercera persona, ajena a los intereses de las partes en conflicto, se reúne con una de ellas para escuchar sus puntos de vista, sin emitir opinión. El «arte de escuchar» se aplica con toda su plenitud. Después la otra parte habla del mismo problema, emitiendo su versión de los hechos. La tercera persona no debe dar información sobre lo que «le han dicho». Solo deben escuchar. La técnica de «reunión por separado»
  • 9. 9 El objetivo aquí es buscar el «desahogo», «cartasis» de las emociones encerradas y darles «puertas abiertas» para manifiestan toda su intensidad. Una vez hecho esto, ambas partes deben estar en mejor condición de «hablar con la razón», que de apelar a los gritos, arrebatos y hasta los golpes en la búsqueda, no de la solución sino de la «venganza» ante una supuesta afrenta personal.
  • 10. 10 b) Percepciones: Los estudios en Psicología social demuestran que cada persona aprecia la realidad de modos distintos, distorsiona la imagen de su contraparte, lo cual genera situaciones conflictivas. Cada una de las partes a menudo piensa: Que tiene la razón (reforzamiento) Que la otra parte es su enemigo (imagen de enemigo) Que sus actos son razonables (racionalización) Que está siendo víctima de la otra parte. Que la otra parte no vale nada ( deshumanización) Que la otra parte es siempre así (generalizaciones)
  • 11. 11 Comportamientos conflictivos.- En los comportamientos que se pueden presentar encontramos: Competir: Satisfago mis intereses. Acceder: Satisfago los intereses del otro. Inacción: No satisfago ningún interés. Huida: Ya que el costo del problema es alto. Resolver: Satisfago mis intereses y los del otro. Transigir: Medianamente satisfago mis intereses y los del otro.
  • 12. 12 MEDIOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Modos formales.- Nos referimos a las vías procesales normados por nuestra legislación, a través de las cuales se resuelven los conflictos. Ej. Civil, penal y las vías administrativas (procedimientos elaborados, reglamentados por las distintas autoridades e instituciones del gobierno). La solución de conflictos, se define como los mecanismos formales o informales que las partes utilizan para resolver sus diferencias.
  • 13. 13 Modos no formales.- Llamados también métodos alternativos de resolución de conflictos (MARC), son mecanismos en base a los cuales se trata de resolver conflictos, sin embargo el hecho de que se los considere informales no quiere decir que nuestra legislación no los reconozca, la diferencia es que los procedimientos en estos modos son flexibles. Dentro de estos métodos alternativos de solución de conflictos (MASC) como la Conciliación, mediación, negociación y arbitraje.
  • 14. 14
  • 15. 15 NEGOCIACIÓN APROXIMACIÓN CONCEPTUAL A LA NEGOCIACIÓN: Rodríguez y Ramos (1999).- «Es el arte de convencer, de exponer nuestros puntos de vista, recibir otros y estar dispuestos a que de su mezcla e interrelación salgan las soluciones convenientes». La negociación es el proceso por el cual las partes interesadas resuelven conflictos, acuerdan líneas de conducta, buscan ventajas individuales o colectivas, procuran obtener resultados que sirvan a sus intereses mutuos.
  • 16. 16 La negociación es un proceso de comunicación dinámico en el cual dos o más partes intentan resolver diferencias y defender intereses en forma directa a través del diálogo con el fin de lograr una solución o un acuerdo satisfactorio. Se suele pensar que la negociación sólo se da entre grandes ejecutivos y que es sólo una cuestión de dinero, pero lo cierto es que la negociación es algo que todos nosotros realizamos a diario en distintos aspectos de nuestras vidas cada vez que existen conflictos de intereses (generados por las diferencias propias de las personas, preferencias, gustos, valores, actitudes, etc.) y se pretende llegar a un acuerdo.
  • 17. 17 Hay negociación cuando acordamos las condiciones de compra-venta de un producto, cuando pretendemos resolver un conflicto laboral, cuando vamos a asociarnos con alguien, pero también hay negociación cuando nos ponemos de acuerdo con nuestra pareja en qué película ver, cuando nos ponemos de acuerdo con nuestros vecinos en la decoración del vecindario, cuando vamos a la tienda y pedimos un descuento, etc. La negociación «es un proceso social de resolución de conflictos, que consiste en un procedimiento de discusión que se establece entre partes adversas, cara a cara, cuyo objetivo es llegar a un acuerdo que sea mutuamente aceptable para todos».
  • 18. 18 La negociación es: Un mecanismo no adversarial o no confrontativo; Es un proceso voluntario; Usualmente informal; No estructurado, al que las partes recurren para lograr un acuerdo mutuamente aceptable, sin la intervención de un tercero neutral. Generalmente la negociación guarda relación con un proceso de concesiones y compromisos mutuos donde las partes han vencido discusiones y presiones hasta alcanzar la solución de sus divergencias.
  • 19. 19 La negociación vincula a dos o más actores interdependientes que enfrentan divergencias y que, en vez de evadir el problema o llegar a una confrontación, se entregan a la búsqueda conjunta de un acuerdo, de solución, de arreglo. La negociación ofrece opciones, no alternativas; las opciones suponen una promesa. En la negociación las partes aceptan sentarse a la mesa a negociar cómo resolver su conflicto, sin regulación jurídica directa a la que se sometan. La promesa es el compromiso de satisfacer la necesidad del otro a través de un acuerdo, pero esa promesa desde el momento de acordar se comienza a construir.
  • 20. 20 En definitiva se puede entender a la negociación; Como una instancia o proceso de diálogo; Acercamiento entre las partes involucradas en un conflicto; De forma voluntaria acceden a deponer posiciones, exponer criterios, intereses y argumentos; Con el fin de buscar una solución satisfactoria a través de una cooperación mutua.
  • 21. 21 Elementos de una Negociación No debemos olvidar que toda negociación debe tener cuando menos, los siguientes elementos: 1. Deben existir dos o más partes. 2. Deben existir intereses comunes e intereses opuestos. 3. Las partes deben tener alguna dosis de poder (algo que dependa de una de las partes y que interese a la otra parte). 4. Las partes deben buscar directamente, sin la intervención de terceros, una solución a sus problemas.
  • 22. 22 a) La definición del conflicto.- Es el ejercicio mental y verbal que realizan las partes, para reconocer y expresar qué tipo de conflictos tienen y cuáles son sus características. De este modo, se tendrá claro de qué se trata durante la discusión y toma de decisiones para resolverlo. b) El análisis del conflicto.- El conocimiento más profundo del conflicto permite llegar a establecer lo que éste significa en la vida de cada una de las partes. Otros elementos a tener en cuenta son las expectativas, las capacidades, las voluntades y los intereses opuestos que tienen las partes. Esto facilita que se tome conciencia sobre las causas del conflicto; cuáles son sus posibles consecuencias en caso de que no se resuelva y qué ventajas habría si se resuelve. Pautas para conducir un proceso de negociación
  • 23. 23 c) La generación de opciones.- Es un paso que se debe seguir luego de que el conflicto y sus consecuencias son conocidos. En este momento se identifican diversas opciones para poder solucionarlo, porque puede haber más de una opción que se puede aplicar. d) La selección de opción.- De todas las opciones que pueden ayudar a resolver el conflicto, es necesario seleccionar una. Esa selección se hace considerando los aspectos positivos y negativos que cada opción sugerida tiene, descartando las que tienen mayores aspectos negativos.
  • 24. 24 e) El seguimiento.- Es un paso muy importante. La resolución de un conflicto no asegura su cumplimiento. Es necesario asignar tareas y responsabilidades para asegurar que se den los pasos necesarios para que la solución del conflicto sea definitiva. f) La evaluación.- Es el control que se hace para comprobar si los pasos necesarios para resolver el conflicto están siendo ejecutados por las personas comprometidas, con los recursos asignados, en la forma acordada y en el tiempo establecido.
  • 25. 25 VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÓN COMO MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 1. La solución al conflicto se alcanza en un tiempo reducido de tiempo, en comparación con otros métodos (por ej. Las decisiones judiciales). 2. Menores costos, por menos formalidades en los procedimientos y tiempo utilizado. 3. Posibilidad de afrontar nuevos conflictos (Conflictos de relaciones, comunicacionales, de intereses, entre otros).
  • 26. 26 4. Ofrecen soluciones más adecuadas a algunos tipos de conflictos (familiares, laborales). 5. La intervención directa de las partes en la solución del conflicto permite que estas se sientan más responsables no solo del problema, sino que también de la forma de resolverlo y de como van a cuidar que los acuerdos se cumplan. 6. Desarrollo de habilidades, como la creatividad, la elocuencia, la exposición clara y coherente de ideas. 7. La posibilidad de obtener beneficios recíprocos, lo que no suele ocurrir en las formas tradicionales.
  • 27. 27 LA MEDIACIÓN La mediación es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos, por la cual las partes, asistidas por un tercero neutral llamado mediador, procuran un acuerdo voluntario, que verse sobre materia transigible (tolerar, soportar, aceptar), de carácter extrajudicial y definitivo, que ponga fin al conflicto.
  • 28. 28 La mediación es una forma de resolver conflictos entre dos o más personas, con la ayuda de una tercera persona imparcial, el mediador. Los mediadores pueden ser alumnos, profesores, padres. No son jueces ni árbitros, no imponen soluciones ni opinan sobre quién tiene la verdad. Lo que buscan es satisfacer las necesidades de las partes en disputa, regulando el proceso de comunicación. Si las partes colaboran, es posible llegar a una solución en la que todos ganen o, al menos, queden satisfechos.
  • 29. 29 Existencia de acuerdo entre las partes para asistir a la mediación o una solicitud a un centro de mediación autorizado. Capacidad para transigir (Consentir en parte con lo que no se cree justo, razonable o verdadero, a fin de llegar a un ajuste o concordia, para evitar algún mal, o por espíritu de condescendencia). La mediación debe versar sobre materia transigible (tolerar, aceptar). Voluntad para participar del proceso (no es obligatorio) Requisitos para participar en una mediación:
  • 30. 30 Es necesario reconocer la figura y el rol que juega el tercero imparcial llamado mediador dentro de una negociación asistida o mediación. Es importante recalcar que el mediador no es la persona que propone soluciones al conflicto ni decide sobre las mismas. Es un colaborador que encamina un proceso de diálogo. El mediador equilibra el desbalance de poder de las partes en conflicto, el mediador es quien encamina y dirige el proceso.
  • 31. 31 Perfil que debe tener un mediador Habilidad para organizar la información. Habilidad para comunicarse. Creatividad. Imparcialidad. Neutralidad. Definición de roles. Ser ágil y efectivo. Generador de opciones. Estratégico. Debe conocer a las partes y al conflicto.
  • 32. 32 Ser flexible con sus ideas. Ser responsable. Ser paciente. Ser empático. Ser discreto. Saber escuchar. No juzgar. Ser respetuoso. Ser objetivo. Crear un clima de confianza. No sentirse responsable de los resultados. No ser manipulable. Saber sobre conflictos. Preocuparse más por el proceso mismo que por el resultado final.
  • 33. 33
  • 34. 34 Funciones del mediador No debe estar implicado en el conflicto, ni directa ni indirectamente. Formar parte sólo cuando sea necesario y ser admitido por las partes en conflicto. Mostrar un interés imparcial en el problema. Explicar el papel a desempeñar, el método del proceso y las ventajas que acarrea. Controlar el proceso. No controlar los resultados. Ser imparcial y neutral. Discreción absoluta con toda la información.
  • 35. 35 No imponer soluciones o ideas. Ayudar a las partes a que se entiendan, a que encuentren soluciones entre ellas. Ayudar a que las partes se tranquilicen. No juzgar y, por tanto, no dar la razón ni a uno ni a otro. Facilitar la comunicación entre las partes. Su responsabilidad no es resolver el conflicto. Éste debe ser resuelto por las partes en conflicto, que son las responsables de su resolución.
  • 36. 36 Habilidades necesarias para resolver un conflicto Buscar un lugar tranquilo. Escuchar con atención. Emplear un volumen de voz bajo y un tono calmado. Dejar que la persona exprese su irritación y sentimientos, aceptándolos como una reacción normal ante tal situación. Reflejar esos sentimientos, reconocer su irritación y manifestar comprensión sin que se de a entender que se está de acuerdo.
  • 37. 37 Capacidad para comunicar:  Escucha activa.- Se muestra de la siguiente manera; - Mostrar interés. - Clarificar el problema a través de preguntas. - Parafrasear. - Reflejar; definir con nuestras palabras sus sentimientos. - Resumir; tanto sus sentimientos como sus hechos. - Dar estructura, organizando sus ideas.  Empatía; comprendiendo y entendiéndolo.  Fedd-back; todo lo que se le dice influye en él.  Mensajes en primera persona.
  • 38. 38 Características del proceso de mediación: 1. Extrajudicial.- Se refiere a que la mediación se desarrolla fuera de un proceso judicial. 2. Intervención de un tercero imparcial.- Involucra la intervención de una persona elegida por las partes o designada por el Centro de Mediación para que asista a las personas o instituciones en conflicto, a quien se le conoce como mediador. 3. Economía procesal.- La mediación no implica gastos excesivos e innecesarios de dinero ni tiempo.
  • 39. 39 4. Celeridad.- Generalmente la mediación se desarrolla en periodos cortos de tiempo. 5. Es un proceso flexible.- El proceso de mediación se rige a las necesidades y exigencia de las partes en conflicto. 6. No adversarial.- Las partes no se confrontan ya que trabajan juntas en búsqueda de acuerdos. 7. Confidencial.- El proceso de mediación se realiza solo entre las partes y el mediador, lo que ahí se trata no es de uso público al menos que las partes mismas hayan acordado la divulgación del proceso y la participación de personas ajenas al proceso, es el caso de los observadores.
  • 40. 40 8. Es un proceso voluntario.- Son las partes quienes dan su consentimiento para participar en la mediación, a tal punto que ellos en el momento que lo consideren podrían decidir abandonarlo sin sanción alguna. 9. Es equitativa.- No existe el concepto de ganadores ni perdedores, como sucede generalmente en un proceso judicial e inclusive en algunos casos de arbitraje. 10. Es participativa.- Son las partes que intervienen las que construyen los acuerdos a través de un involucramiento directo en los procesos de diálogo.
  • 41. 41 11. Fortalece las relaciones.- La mediación encamina un acercamiento entre las partes a través del diálogo que evita un desgaste de las relaciones que es un denominador común en los procesos judiciales. 12. Acuerdos duraderos.- Por ser las mismas partes quienes discuten sobre sus conflictos y son ellas las que llegan a consensos, los acuerdos se convierten en duraderos y existe una mayor posibilidad de cumplimiento y ejecución de los mismos. 13. Contribuye a la descongestión de los órganos judiciales.- Nuestro sistema judicial como en cualquier otro en Sudamérica, existen muchos problemas en la dilatación y prolongación de procesos; por lo que la mediación tiende a aliviar las cargas procesales.
  • 42. 42 ETAPAS DE LA MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Identificación del problema. Análisis y elección del ámbito de resolución del conflicto. Elección del mediador. Recopilación de información. Definición del problema. Búsqueda de opciones. Redefinición de las propuestas. Negociación. Redacción del acuerdo. Seguimiento y verificación del cumplimiento de acuerdos y compromisos.
  • 43. 43 LA CONCILIACIÓN La Conciliación es una institución que se encuentra regulada por Ley N° 26872, que se constituye como un mecanismo alternativo para la solución de conflictos, por el cual las partes acuden ante un Centro de Conciliación extrajudicial a fin que se les asista en la búsqueda de una solución consensual al conflicto.”
  • 44. 44 El conciliador es la persona capacitada, acreditada y autorizada por el Ministerio de Justicia, para ejercer la función conciliadora. Dentro de sus funciones está promover el proceso de comunicación entre las partes y, eventualmente, proponer formulas conciliatorias no obligatorias. Para el ejercicio de la función conciliadora se requiere estar adscrito ante un Centro de Conciliación autorizado y tener vigente la habilitación en el Registro de Conciliadores del Ministerio de Justicia, el que regulará el procedimiento de renovación de habilitación de los conciliadores.
  • 45. 45 Ser ciudadano en ejercicio. Haber aprobado el Curso de Formación y Capacitación de Conciliadores dictado por entidad autorizada por el Ministerio de Justicia. Capacitado en técnicas de negociación y en medios alternativos de solución de conflictos. Carecer de antecedentes penales. Cumplir con los demás requisitos que exija el Reglamento (Su acreditación se efectuará ante el Ministerio de Justicia y estará adscrito a un Centro de Conciliación autorizado). Requisitos de los conciliadores:
  • 46. 46 VENTAJAS DE LA CONCILIACIÓN: Es confidencial, la información es reservada nadie se entera de su caso. Ambas partes ganan, en la conciliación las dos partes salen ganando, salen beneficiados si llegan a un acuerdo. Es rápida, solo dura 30 días calendarios. Es económica, porque sólo hay que hacer un pago único y mínimo. Mejora la relación, toda vez que si hay acuerdo, las partes siguen siendo amigas.
  • 47. 47 QUÉ MATERIAS SON CONCILIABLES: ASUNTOS CIVILES Y COMERCIALES: Desalojos. Otorgamientos de Escritura. Interdictos.- Es un procedimiento civil sumario que se usa para para adquirir, recobrar, retener la posesión o paralizar la obra nueva. Pago de Deudas (Soles, Dólares, Etc.) Indemnización.
  • 48. 48 División y Partición de Bienes. Resolución de Contratos. Incumplimiento de Contratos. Retracto.- el derecho de recuperar la cosa vendida que el vendedor se reserva; Compra-Venta. Ofrecimiento de Pago. Pago de Alquileres.
  • 49. 49 Asuntos de Familia Régimen de Visitas. Alimentos, Tenencia. Liquidación de Sociedades de Gananciales. Asuntos Laborales Remuneraciones. Beneficios Sociales, Etc.
  • 50. 50 ARBITRAJE Es un procedimiento por el cual se somete una controversia (O disputa, es una discrepancia de opinión existente entre las partes sobre un asunto, bien sea por desacuerdo, discusión de debate, etc.); Por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal de varios árbitros que DICTA una decisión sobre la controversia que ES OBLIGATORIA para las partes.
  • 51. 51 El arbitraje, es una forma de resolver un litigio sin acudir a la jurisdicción ordinaria. Es una estrategia de resolución de conflictos junto a la negociación, mediación y conciliación. Las partes, de mutuo acuerdo, deciden nombrar a un tercero independiente, denominado árbitro, y que será el encargado de resolver el conflicto.
  • 52. 52 El arbitraje es un Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos establecido en la Constitución Política y en la Ley, mediante el cual, las partes involucradas en un conflicto de carácter transigible, delegan expresamente su solución a un Tribunal de arbitramento, integrado por uno o tres árbitros especialistas en el tema a dirimir, el cual queda transitoriamente investido de la facultad de administrar justicia, profiriendo una decisión denominada laudo arbitral, la cual tiene los mismos efectos de una sentencia proferida por los jueces de la República.
  • 53. 53 Al escoger el arbitraje, las partes optan por un procedimiento privado de solución de controversias en lugar de acudir ante los tribunales. Un proceso de arbitraje únicamente puede tener lugar si ambas partes lo han acordado. Una controversia existente puede someterse a arbitraje mediante un acuerdo de sometimiento entre las partes.
  • 54. 54 El arbitraje es un proceso en el cual se trata de resolver extrajudicialmente las diferencias que surjan en las relaciones entre dos o más partes, quienes acuerden la intervención de un tercero (arbitro o tribunal arbitral), para que los resuelva. Es un mecanismo típicamente adversarial, cuya estructura es básicamente la de un litigio. El rol del arbitro es similar al del juez; las partes le presentan el caso, prueban los hechos y sobre esa base decide la controversia. A diferencia de la conciliación y mediación, el tercero neutral no ayuda ni colabora con las partes a efectos de resolver el conflicto mas bien impone una solución vía Laudo Arbitral, que tiene efectos de sentencia judicial.
  • 55. 55 Ventajas del arbitraje: Universalidad. Por medio de la justicia arbitral, se pueden resolver todo tipo de conflictos, con la condición que estos sean transigibles. Celeridad. El arbitramento es una opción rápida, si se tiene en cuenta que el tiempo para fallar es el que las partes acuerden o en su defecto, el término de seis (6) meses. Eficacia. Los fallos arbitrales (laudos) producen los mismos efectos jurídicos que las sentencias proferidas por los jueces de la República.
  • 56. 56 Inmediación. La interrelación de los árbitros con las partes es permanente; los árbitros decretan y practican directamente las pruebas con la colaboración de las partes y sus apoderados, lo que redunda a favor de la verdad y lealtad procesal. Informalidad. El proceso arbitral no es informal en estricto sentido, pero sí reviste a los árbitros de suficiente discrecionalidad para la instrucción del proceso. Economía. La economía del proceso arbitral no hay que mirarla y pensarla únicamente en su costo, sino también en su agilidad y prontitud. Reserva. El proceso arbitral es reservado. Idoneidad. Las especiales calidades morales y profesionales de los árbitros son garantía de imparcialidad, equidad y justicia en los fallos.
  • 57. 57 Principios del arbitraje: Igualdad: las partes deben ser tratadas por igual, con los mismos derechos y obligaciones. Audiencia: las partes tiene derecho a exponer sus razonamientos, ya sea por escrito o de manera presencial. Contradicción: las partes, en concreto el demandado, tiene derecho a saber de qué se le acusa. Libertad de configuración del Proceso Arbitral: las partes pueden determinar el proceso incluso una vez esté comenzado si están de acuerdo. Confidencialidad: ni las partes, ni el árbitro, ni la corte pueden hacer público lo que conozcan durante el arbitraje, ni el laudo final. Salvo acuerdo de las partes.
  • 58. 58 IMPORTANCIA DEL ARBITRAJE El estado reconoce a las decisiones arbitrales como cosa juzgada, la misma que tiene que cumplirse. El art. 83 de la ley Nº 26572, prescribe que el “el laudo arbitral consentido y/o ejecutoriado tiene valor a la de una sentencia y es eficaz y de obligatorio cumplimiento. Si lo ordenado en el laudo arbitral no se cumple, el interesado podrá solicitar su ejecución forzada ante el juez, especializado en lo civil del lugar de la sede del arbitraje que corresponda”. Debe tenerse presente que los árbitros no tienen el “imperium”, propio de los magistrados del poder judicial, sin embargo los jueces tienen la obligación de hacer cumplir los laudos en las que ha participado el arbitro.
  • 59. 59 LOS ARBITROS El arbitro es la persona elegida por las partes para resolver una controversia. Debe poseer integridad moral y buen criterio, debe ser confiable. El árbitro debe reunir cualidades de idoneidad y experiencia, aplicando su criterio personal y buen juicio, manteniendo la imparcialidad e independencia frente a las partes.
  • 60. 60 REGLAS DE ÉTICA DEL ARBITRO 1. Aceptar el cargo con el ánimo de actuar con celeridad y justicia. 2. No tener compromiso alguno con las partes. 3. Evitar cualquier situación que ponga en duda su neutralidad. 4. Si su neutralidad se ha afectado apartarse del caso, si a pesar de ello las partes ratifican su confianza, solo seguirá si su conciencia estima que debe proseguir arbitrando. 5. Debe abstenerse actuar en forma subjetiva, leudando en forma más objetiva.
  • 61. 61 6. No debe excederse en su autoridad. 7. Velar que el procedimiento se conduzcan con normalidad y no perjudicar la imagen del arbitraje. 8. Debe evitar situaciones conflictivas entre las partes promoviendo la celeridad en el proceso. 9. Dar oportunidad a las partes a argumentar su defensa respetando sus opiniones con cordura y corrección. 10. Debe mantener la confidencialidad en todo el proceso; sin transmitir a nadie las decisiones que se tomen ni anticipar su opinión a ninguna de las partes.
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  • 65. 65 Lic. Gustavo Juan Proleón Ponce