SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  7
Estructura Organizativa del Estado venezolano
Venezuela: es una República Federal que está ubicada en América del Sur.
Este país está dividido en Entidades Federales: 24 Estados, el Distrito
Capital (que comprende parte de la ciudad de Caracas) y una zona en
reclamación. Se incluyen también las Dependencias Federales (islas, en su
mayoría deshabitadas) y los Territorios Federales.
Los Estados federales, son iguales en lo político y poseen las mismas
competencias, cada uno tiene un Gobernador (Jefe Ejecutivo Regional), un
Gabinete de Secretarios, un Secretario de Gobierno, un Procurador, un
Consejo Legislativo (Parlamento Regional que aprueba leyes estadales), un
Contralor, Policía, Bandera, Escudo, Himno y una Constitución propia (excepto
el Distrito Capital, las Dependencias Federales y los territorios Federales), ya
que estos tienen rango federal.
A nivel nacional cada estado está representado en la Asamblea Nacional de
Venezuela de acuerdo a su población por un sistema de representación
proporcional, y adicionalmente como mínimo cada estado elige 3 diputados.
Los estados se dividen en Municipios Autónomos y estos a su vez en
Parroquias civiles. Cada estado determina en cuantos municipios se organiza y
cada municipio tiene un Alcalde, un Gabinete de Directores, un Contralor, un
Procurador, Policía y un Concejo Municipal que emite ordenanzas, mediante
Ley Estadal los municipios se pueden asociar en Distritos Metropolitanos.
Finalmente, según el Artículo 171 de la Constitución venezolana de 1999,
cuando 2 o más municipios pertenecientes a una o más entidades
federales tengan intereses comunes, pueden asociarse constituyéndose en
Distritos Metropolitanos o Alcaldías mayores.
Estado Falcón: Falcón es uno de los 24 estados que, junto con el Distrito
Capital y las Dependencias Federales, forman la República Bolivariana de
Venezuela. Se bautizó con ese nombre en honor a Juan Crisóstomo Falcón,
líder de la Guerra Federal. Su capital es Coro, fundada el26 de julio de 1527.
Está ubicado en la región centroccidental: limita al norte con el Golfo de
Venezuela, el mar Caribe (Océano Atlántico) y el grupo sotavento de las
Antillas Neerlandesas (Aruba, Bonaire y Curazao), al este con el Golfo
Triste (mar Caribe), al sur con Yaracuy y Lara, y al oeste con Zulia.
Al norte de la ciudad de Coro se encuentra la Península de Paraguana, unida al
continente por el istmo de los Médanos, con 27 km de largo y 6 km de ancho.
Las principales actividades económicas del estado están relacionadas con la
industria petrolera. En la península de Paraguana se encuentran dos
refinerías de gran capacidad, así como también la ciudad de Punto Fijo.
Su superficie es de 24 800 km² y su población es de 1 029 638 (2015).
Municipio Miranda: Es uno de los 25 municipios que forman parte del Estado
Falcón, Venezuela. Su capital es la ciudad de Coro. Tiene una superficie de
1.805 Km2
y que para 2011 su población es de 249.107 habitantes. Éste
municipio está conformado por 7 parroquias, Guzmán Guillermo, Mitare, Río
Seco, Sabaneta, San Antonio, San Gabriel y Santa Ana; estas tres últimas
parroquias conforman la ciudad de Coro.
El punto estratégico de la ubicación del municipio hace que el comercio sea
una de las actividades más importantes, además del auge del turismo por la
declaración de Santa Ana de Coro como Patrimonio de la Humanidad en 1993.
Geografía: Se encuentra al sur de la Península de Paraguana, con la cual se
conecta a través del istmo de los Médanos. El Municipio Miranda se ubica en el
centro geográfico del Estado Falcón, presenta una vegetación xerófila en la
zona de la llanura norte que limita con el Golfete de Coro en esta área se
encuentra el Parque Nacional Los Médanos de Coro; hacia el sur y el este se
encuentran tierras montañosas por la Sierra de San Luis, donde se encuentra
el Parque Nacional Juan Crisóstomo Falcón.
El río Mitare es el curso de agua más importante del municipio y la mayor
concentración de agua dulce se encuentra en el Embalse El Isiro. Las
temperaturas máximas registradas superan los 41 °C y la mínima de 23 °C; el
promedio anual de lluvias es de 442 mm con máximas de 839 y mínimas de
129mm
1) La estructura del Estado o el Poder Público Nacional está constituido por
todas aquellas instituciones u órganos del Gobierno señaladas en
Nuestra Carta Fundamental, con competencia a nivel Nacional; así se
detallan la existencia del Poder Legislativo (Asamblea Nacional),
Ejecutivo (Presidente o Presidenta, Vicepresidente o Vicepresidenta),
Judicial (Tribunal Supremo de Justicia, Tribunales y Juzgados),
Ciudadano (Fiscalía General de la República, Contraloría General de la
República y Defensoría del Pueblo) y Electoral (Consejo Nacional
Electoral).
Poder Público Nacional. Artículo 136
El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el
Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo,
Judicial, Ciudadano y Electoral.
Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los
órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de
los fines del Estado.
2) Estructura del Estado en Venezuela
• a) Poder Público Nacional (constituido por todas aquellas instituciones u
órganos del Gobierno señaladas en nuestra Carta Fundamental, con competencia
a nivel Nacional, a saber: Poder Legislativo (Asamblea Nacional), Ejecutivo
(Presidente o Presidenta, Vicepresidente o Vicepresidenta), Judicial (Tribunal
Supremo de Justicia, Tribunales y Juzgados), Ciudadano (Fiscalía General de la
República, Contraloría General de la República y Defensoría del Pueblo) y,
Poder Electoral (Consejo Nacional Electoral).
• b) Poder Público Estadal ("Los Estados son entidades autónomas e iguales en lo
político, con personalidad jurídica plena, y quedan obligados a mantener la
independencia, soberanía e integridad nacional, y a cumplir y hacer cumplir
esta Constitución y las leyes de la República." (CRBV-Artículo 159), así se
detallan la existencia del Poder Legislativo Estadal (Consejo Legislativo),
Ejecutivo (Gobernador), Judicial (Dirección Ejecutiva de la Magistratura con
sus oficinas regionales), Ciudadano (Contraloría autónoma).
• c) Poder Público Municipal "(Los Municipios constituyen la unidad política
primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y
autonomía dentro de los límites de esta Constitución y de la ley" (CRBV-
Artículo 168), están constituidos por las parroquias, las comunas, consejos
comunales).
El Poder Legislativo
Está compuesto por una cámara en la Asamblea Nacional representada por diputados y
diputadas representantes de los estados y pueblos indígenas de la República; en los
estados representa este poder el Consejo Legislativo.
Este poder está constituido por los siguientes organismos:
• Asamblea Nacional
Poder Ejecutivo
Es ejercido por el Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente o
Vicepresidenta Ejecutivo, Ministros o Ministras y demás funcionarios.
Este poder está constituido por los siguientes organismos:
Poder Judicial
El Poder Judicial es el encargado de administrar justicia emanada de los ciudadanos y se
imparte en nombre de la República por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal
Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la
Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de
justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia y los abogados
autorizados por el ejercicio.
Este poder está constituido por el siguiente organismo:
• Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales
• Ministerio Público
• Defensoría Pública
Poder Ciudadano
El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el
Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la
República; los cuales tienen a su cargo prevenir, investigar y sancionar los hechos que
atentan contra la ética pública y moral administrativa; velar por la buena gestión y la
legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio
de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la
educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la
democracia, la responsabilidad social y el trabajo.
Este poder está constituido por los siguientes organismos:
• Defensoría del Pueblo
• Fiscalía General de la República (Ministerio Público)
• Contraloría General de la República
Poder Electoral
El Poder Electoral lo ejerce el Consejo Nacional Electoral como ente rector y como
organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de
Participación Política y Financiamiento.
Este poder está constituido por los siguientes organismos:
• Consejo Nacional Electoral
• Junta Electoral Nacional
• Comisión de Registro Civil y Electoral
• Comisión de Participación Política y Financiamiento
De la administración capitalista neoliberal a la comunal venezolana
La Ciudadanía Organizada como Poder Popular Constituyente aún no está facultada
para modificar directamente en Asambleas Comunales y Populares de Ciudadanos y
Ciudadanas, el régimen de la Administración Pública Nacional del Estado Neoliberal
Burgués, sino que debe acudir al Poder Constituido del Estado o Poder Público
Nacional, a través de la Soberanía Originaria del Estado (Ley Orgánica del Consejo
Federal de Gobierno, Artículo 1°) que finalmente tributaría su Poder en la Asamblea
Nacional, para hacer las transformaciones políticas, sociales y económicas de la
Revolución Bolivariana, manteniéndose así el ejercicio del Poder en manos de un grupo
de "representantes populares" con la excusa de mantener y conservar "el orden
constitucional" porque estamos en el período de transición del Estado Liberal Burgués
al Estado Socialista. Esto sería válido si los asambleístas estuviesen decididamente
abocados a constituir asambleas populares de ciudadanos y ciudadanas en los sectores y
comunidades para consolidar el Parlamento Comunal. Si los 98 diputados del pueblo se
distribuyeran a razón de cuatro asambleístas por parroquia, para empezar en la región
capital, convocando a la comunidad organizada periódicamente haciendo uso de su
investidura y logística, así podríamos hablar de esa Nueva Institucionalidad en coyunda
con la Ciudadanía Organizada para dirimir sobre precios, sueldos y salarios,
productividad local, control y seguridad ciudadana, eficiencia y eficacia de los servicios
públicos, ejecutividad de las políticas de desarrollo socio-comunitaria, adaptaciones e
innovaciones en la productividad y economía parroquiales, y de todo lo que involucra la
vida social en Venezuela.
Desde el punto de vista del funcionamiento del Poder Público Nacional-Estatal, para
solicitar al Estado Constituido un nuevo modelo de organización administrativa (en
cualesquiera de sus niveles), se tiene que pasar primero por la instancia estatal
encargada de proponer y realizar modificaciones en la estructura departamental-
institucional como son: la Presidencia de la República, la Vicepresidencia, los
Ministerios y demás instancias conforme a la ley; órganos que están regulados
internamente por un Reglamento Orgánico decretado por el Presidente de la República
en Consejo de Ministros (según está contemplado en los Artículos 1° y 2° de la Nueva
Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Central) según Decreto
Presidencial publicado en Gaceta Oficial N° 38.024 del 16 de septiembre de 2004, y,
existe el Ministerio de Planificación y Desarrollo que tiene entre sus competencias:
Numeral 1: La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de planificación y
desarrollo institucional. Numeral 2: La formulación de estrategias de desarrollo
económico y social de la Nación, y la preparación de las proyecciones y alternativas.
Numeral 3: La formulación y seguimiento del Plan de la Nación, del Plan Operativo
Anual y del Plan de Inversiones Públicas. La propuesta de los lineamientos de la
planificación del Estado y de la planificación física y espacial en escala nacional, y, así
siguen 17 Numerales más. El Numeral 12, por ejemplo, es de gran interés pues trata de:
La regulación y formulación de las políticas de reclutamiento, selección, formación,
evaluación, promoción, remuneración, seguridad social y egreso de los funcionarios
públicos.
Y es que los cambios en la estructura del Estado y de la Sociedad están contemplados a
su vez en la Ley Orgánica de Planificación (Gaceta Oficial N° 5.554 Extraordinario del
13 de noviembre de 2001) que según su Artículo 2°: Definición, Título I: Disposiciones
Fundamentales, contempla sobre que el "... cambio estructural –(ha de ser)– de
conformidad con la Constitución de la República" como Proyecto de País Socialista
aprobado por elección nacional en 2006, por lo que, introducir una propuesta de
modificación estatal en cualquier forma, ha de hacerse a través de los órganos y medios
correspondientes en concordancia con la Soberanía Originaria del Estado según la Ley
Orgánica del Consejo Federal de Gobierno. Incluso, a nivel del Gobierno del Distrito
Capital, que aunque esté "influido" por la participación del co-gobierno comunitario,
estas decisiones del Poder Popular Constituyente, se realizan a través de los consejos
comunales y demás organizaciones afines, y tienen que ser sometidas al dictamen del
Poder Constituido (Estado), cuyo procedimiento aún no está definido, es decir, esta
relación de transformaciones del Estado Capitalista al Estado-Pueblo no tiene articulado
en nuestras leyes. Si bien la Ley Orgánica de las Comunas contempla la Participación
Social, el Parlamento Comunal y Cogobierno comunitario, convertir la Administración
del Estado Burgués en una Administración Socialista requiere de mano fuerte y fino
tacto por parte del gobierno y de esfuerzo considerable de la sociedad en su totalidad,
todo lo que indica que el Estado Burgués no podrá transformarse sin el concurso
determinante de Pueblo Organizado en Asambleas Populares y Tribunales Locales de la
Revolución Socialista, construyéndose la Dictadura Moral Bolivariana para la
conformación de la República Popular y la Comuna Universal en la Región Venezolana.
La ley que regula el proceso de descentralización y transferencia de competencias
administrativo-gubernamentales, como estrategia del Gobierno Central para avanzar en
términos socialistas, es decir, la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno
(09/02/2010) no tiene injerencia con el aspecto de la organización de la Administración
Pública Central, pero sí alude la contratación y/o modificación público-institucional al
tener que involucrarse en la creación de dependencias, departamentos o coordinaciones
pero la modificación de los espacios territoriales y la creación de nuevos Distritos
Motores de Desarrollo que requieren la creación de cargos públicos, están contemplados
previamente en una estructura bajo el control del Poder Público Nacional, en
consecuencia el Poder Popular sigue sometido al dictamen de la burguesía.
Y es que los cambios en la estructura del Estado y de la Sociedad están contemplados a
su vez en la Ley Orgánica de Planificación (Gaceta Oficial N° 5.554 Extraordinario del
13 de noviembre de 2001) que según su Artículo 2°: Definición, Título I: Disposiciones
Fundamentales, contempla sobre que el "... cambio estructural –(ha de ser)– de
conformidad con la Constitución de la República" como Proyecto de País Socialista
aprobado por elección nacional en 2006, por lo que, introducir una propuesta de
modificación estatal en cualquier forma, ha de hacerse a través de los órganos y medios
correspondientes en concordancia con la Soberanía Originaria del Estado según la Ley
Orgánica del Consejo Federal de Gobierno. Incluso, a nivel del Gobierno del Distrito
Capital, que aunque esté "influido" por la participación del co-gobierno comunitario,
estas decisiones del Poder Popular Constituyente, se realizan a través de los consejos
comunales y demás organizaciones afines, y tienen que ser sometidas al dictamen del
Poder Constituido (Estado), cuyo procedimiento aún no está definido, es decir, esta
relación de transformaciones del Estado Capitalista al Estado-Pueblo no tiene articulado
en nuestras leyes. Si bien la Ley Orgánica de las Comunas contempla la Participación
Social, el Parlamento Comunal y Cogobierno comunitario, convertir la Administración
del Estado Burgués en una Administración Socialista requiere de mano fuerte y fino
tacto por parte del gobierno y de esfuerzo considerable de la sociedad en su totalidad,
todo lo que indica que el Estado Burgués no podrá transformarse sin el concurso
determinante de Pueblo Organizado en Asambleas Populares y Tribunales Locales de la
Revolución Socialista, construyéndose la Dictadura Moral Bolivariana para la
conformación de la República Popular y la Comuna Universal en la Región Venezolana.
La ley que regula el proceso de descentralización y transferencia de competencias
administrativo-gubernamentales, como estrategia del Gobierno Central para avanzar en
términos socialistas, es decir, la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno
(09/02/2010) no tiene injerencia con el aspecto de la organización de la Administración
Pública Central, pero sí alude la contratación y/o modificación público-institucional al
tener que involucrarse en la creación de dependencias, departamentos o coordinaciones
pero la modificación de los espacios territoriales y la creación de nuevos Distritos
Motores de Desarrollo que requieren la creación de cargos públicos, están contemplados
previamente en una estructura bajo el control del Poder Público Nacional, en
consecuencia el Poder Popular sigue sometido al dictamen de la burguesía.

Contenu connexe

Tendances

Diferencia entre la constitucion de 1961 y 1999
Diferencia entre la constitucion de 1961 y 1999Diferencia entre la constitucion de 1961 y 1999
Diferencia entre la constitucion de 1961 y 1999
marigaby01
 
Resumen análisis plan nacional simón bolívar
Resumen análisis plan nacional simón bolívarResumen análisis plan nacional simón bolívar
Resumen análisis plan nacional simón bolívar
rgcordido
 
Seguridad y Soberania Alimentaria de Venezuela
Seguridad y Soberania Alimentaria de VenezuelaSeguridad y Soberania Alimentaria de Venezuela
Seguridad y Soberania Alimentaria de Venezuela
Gaetano Sanchez
 
Venezuela sociedad multietnica y pluricultural
Venezuela sociedad multietnica y pluriculturalVenezuela sociedad multietnica y pluricultural
Venezuela sociedad multietnica y pluricultural
jenny78
 

Tendances (20)

Constituciones 1961 1999
Constituciones 1961 1999Constituciones 1961 1999
Constituciones 1961 1999
 
Tema 4 la constitucion
Tema 4 la constitucionTema 4 la constitucion
Tema 4 la constitucion
 
Plan De Desarrollo Económico Y Social De La Nación
Plan De Desarrollo Económico Y Social De La NaciónPlan De Desarrollo Económico Y Social De La Nación
Plan De Desarrollo Económico Y Social De La Nación
 
Gestión pública en Venezuela
Gestión pública en Venezuela Gestión pública en Venezuela
Gestión pública en Venezuela
 
Sociedad, estado y nación de Venezuela
Sociedad, estado y nación de Venezuela Sociedad, estado y nación de Venezuela
Sociedad, estado y nación de Venezuela
 
La forma del estado venezolano
La forma del estado venezolanoLa forma del estado venezolano
La forma del estado venezolano
 
Diferencia entre la constitucion de 1961 y 1999
Diferencia entre la constitucion de 1961 y 1999Diferencia entre la constitucion de 1961 y 1999
Diferencia entre la constitucion de 1961 y 1999
 
Dimension territorial de la soberania de venezuela
Dimension territorial de la soberania de venezuelaDimension territorial de la soberania de venezuela
Dimension territorial de la soberania de venezuela
 
Plan de la patria 5to Objetivo
Plan de la patria 5to Objetivo Plan de la patria 5to Objetivo
Plan de la patria 5to Objetivo
 
La Supremacía de la Constitución. Estructura Jerárquica del Orden Jurídico.
La Supremacía de la Constitución. Estructura Jerárquica del Orden Jurídico.La Supremacía de la Constitución. Estructura Jerárquica del Orden Jurídico.
La Supremacía de la Constitución. Estructura Jerárquica del Orden Jurídico.
 
Resumen análisis plan nacional simón bolívar
Resumen análisis plan nacional simón bolívarResumen análisis plan nacional simón bolívar
Resumen análisis plan nacional simón bolívar
 
Soberania y poder popular
Soberania y poder popularSoberania y poder popular
Soberania y poder popular
 
Bases Legales Vinculadas a la Protección Civil y Administración de Desastres
Bases Legales Vinculadas a la Protección Civil y Administración de DesastresBases Legales Vinculadas a la Protección Civil y Administración de Desastres
Bases Legales Vinculadas a la Protección Civil y Administración de Desastres
 
Pcad mision sucre
Pcad mision sucrePcad mision sucre
Pcad mision sucre
 
Ordenacion del territorio Venezolano
Ordenacion del territorio VenezolanoOrdenacion del territorio Venezolano
Ordenacion del territorio Venezolano
 
Seguridad y Soberania Alimentaria de Venezuela
Seguridad y Soberania Alimentaria de VenezuelaSeguridad y Soberania Alimentaria de Venezuela
Seguridad y Soberania Alimentaria de Venezuela
 
VENEZUELA. Soberania territorio y petroleo.
VENEZUELA. Soberania territorio y petroleo.VENEZUELA. Soberania territorio y petroleo.
VENEZUELA. Soberania territorio y petroleo.
 
Legislacion venezolana
Legislacion venezolanaLegislacion venezolana
Legislacion venezolana
 
Organizacion en el nuevo Modelo Social
Organizacion en el nuevo Modelo SocialOrganizacion en el nuevo Modelo Social
Organizacion en el nuevo Modelo Social
 
Venezuela sociedad multietnica y pluricultural
Venezuela sociedad multietnica y pluriculturalVenezuela sociedad multietnica y pluricultural
Venezuela sociedad multietnica y pluricultural
 

Similaire à Estructura organizativa del estado venezolano

Actividad Espacio geográfico y de la división político territorial de la repú...
Actividad Espacio geográfico y de la división político territorial de la repú...Actividad Espacio geográfico y de la división político territorial de la repú...
Actividad Espacio geográfico y de la división político territorial de la repú...
UftD
 
Poder publico saia
Poder publico saiaPoder publico saia
Poder publico saia
CParadas
 
Tema 3 la forma del estado venezolano
Tema 3 la forma del estado venezolanoTema 3 la forma del estado venezolano
Tema 3 la forma del estado venezolano
corderomp
 
EL ESTADO PERUANO.pptx
EL ESTADO PERUANO.pptxEL ESTADO PERUANO.pptx
EL ESTADO PERUANO.pptx
JosyRios
 

Similaire à Estructura organizativa del estado venezolano (20)

Forma del estado venezolano
Forma del estado venezolano Forma del estado venezolano
Forma del estado venezolano
 
División territorial de venezuela
División territorial de venezuelaDivisión territorial de venezuela
División territorial de venezuela
 
EL_ESTADO_PERUANO.pdf
EL_ESTADO_PERUANO.pdfEL_ESTADO_PERUANO.pdf
EL_ESTADO_PERUANO.pdf
 
Actividad Espacio geográfico y de la división político territorial de la repú...
Actividad Espacio geográfico y de la división político territorial de la repú...Actividad Espacio geográfico y de la división político territorial de la repú...
Actividad Espacio geográfico y de la división político territorial de la repú...
 
trabajo de regimen y sistema politico colombiano
trabajo de regimen y sistema politico colombianotrabajo de regimen y sistema politico colombiano
trabajo de regimen y sistema politico colombiano
 
Poder publico saia
Poder publico saiaPoder publico saia
Poder publico saia
 
Rafael_gonzales_tarea_2
Rafael_gonzales_tarea_2Rafael_gonzales_tarea_2
Rafael_gonzales_tarea_2
 
La organizacion del edo
La organizacion del edoLa organizacion del edo
La organizacion del edo
 
sistemas jurídicos de venezluela.pdf
sistemas jurídicos de venezluela.pdfsistemas jurídicos de venezluela.pdf
sistemas jurídicos de venezluela.pdf
 
sistemas jurídicos de venezluela.pdf
sistemas jurídicos de venezluela.pdfsistemas jurídicos de venezluela.pdf
sistemas jurídicos de venezluela.pdf
 
Forma del estado Venezolano
Forma del estado VenezolanoForma del estado Venezolano
Forma del estado Venezolano
 
Trabajo derecho administrativo
Trabajo derecho administrativoTrabajo derecho administrativo
Trabajo derecho administrativo
 
Tema 3 la forma del estado venezolano
Tema 3 la forma del estado venezolanoTema 3 la forma del estado venezolano
Tema 3 la forma del estado venezolano
 
Marlen Gafaro Ortiz 40514835
Marlen Gafaro Ortiz 40514835Marlen Gafaro Ortiz 40514835
Marlen Gafaro Ortiz 40514835
 
UNIDAD 4 EL ESTADO MEXICANO (1).ppt
UNIDAD 4 EL ESTADO MEXICANO (1).pptUNIDAD 4 EL ESTADO MEXICANO (1).ppt
UNIDAD 4 EL ESTADO MEXICANO (1).ppt
 
Inicio de la democracia y el poder publico nacional
Inicio de la democracia y el poder publico nacionalInicio de la democracia y el poder publico nacional
Inicio de la democracia y el poder publico nacional
 
Estructura del estado
Estructura del estadoEstructura del estado
Estructura del estado
 
EL ESTADO PERUANO.pptx
EL ESTADO PERUANO.pptxEL ESTADO PERUANO.pptx
EL ESTADO PERUANO.pptx
 
Estado_de_Derecho.pptx
Estado_de_Derecho.pptxEstado_de_Derecho.pptx
Estado_de_Derecho.pptx
 
Derecho Administrativo
Derecho AdministrativoDerecho Administrativo
Derecho Administrativo
 

Dernier

sigof.sisfoh.gob.pe_consulta_hogares_ULE_busqueda_print.php (1).pptx
sigof.sisfoh.gob.pe_consulta_hogares_ULE_busqueda_print.php (1).pptxsigof.sisfoh.gob.pe_consulta_hogares_ULE_busqueda_print.php (1).pptx
sigof.sisfoh.gob.pe_consulta_hogares_ULE_busqueda_print.php (1).pptx
sutti0808
 
analisis tecnologico( diagnostico tecnologico, herramienta de toma de deciones)
analisis tecnologico( diagnostico tecnologico, herramienta de toma de deciones)analisis tecnologico( diagnostico tecnologico, herramienta de toma de deciones)
analisis tecnologico( diagnostico tecnologico, herramienta de toma de deciones)
Ricardo705519
 
MODIFICADO - CAPITULO II DISEÑO SISMORRESISTENTE DE VIGAS Y COLUMNAS.pdf
MODIFICADO - CAPITULO II DISEÑO SISMORRESISTENTE DE VIGAS Y COLUMNAS.pdfMODIFICADO - CAPITULO II DISEÑO SISMORRESISTENTE DE VIGAS Y COLUMNAS.pdf
MODIFICADO - CAPITULO II DISEÑO SISMORRESISTENTE DE VIGAS Y COLUMNAS.pdf
vladimirpaucarmontes
 
PRESENTACION NOM-009-STPS-TRABAJOS EN ALTURAS
PRESENTACION NOM-009-STPS-TRABAJOS EN ALTURASPRESENTACION NOM-009-STPS-TRABAJOS EN ALTURAS
PRESENTACION NOM-009-STPS-TRABAJOS EN ALTURAS
ejcelisgiron
 
CLASe número 4 fotogrametria Y PARALAJE.pptx
CLASe número 4 fotogrametria Y PARALAJE.pptxCLASe número 4 fotogrametria Y PARALAJE.pptx
CLASe número 4 fotogrametria Y PARALAJE.pptx
bingoscarlet
 
LA APLICACIÓN DE LAS PROPIEDADES TEXTUALES A LOS TEXTOS.pdf
LA APLICACIÓN DE LAS PROPIEDADES TEXTUALES A LOS TEXTOS.pdfLA APLICACIÓN DE LAS PROPIEDADES TEXTUALES A LOS TEXTOS.pdf
LA APLICACIÓN DE LAS PROPIEDADES TEXTUALES A LOS TEXTOS.pdf
bcondort
 

Dernier (20)

Maquinaria Agricola utilizada en la produccion de Piña.pdf
Maquinaria Agricola utilizada en la produccion de Piña.pdfMaquinaria Agricola utilizada en la produccion de Piña.pdf
Maquinaria Agricola utilizada en la produccion de Piña.pdf
 
MANTENIBILIDAD Y CONFIABILIDAD DE LOS SISTEMAS MECANICOS
MANTENIBILIDAD Y CONFIABILIDAD DE LOS SISTEMAS MECANICOSMANTENIBILIDAD Y CONFIABILIDAD DE LOS SISTEMAS MECANICOS
MANTENIBILIDAD Y CONFIABILIDAD DE LOS SISTEMAS MECANICOS
 
Quimica Raymond Chang 12va Edicion___pdf
Quimica Raymond Chang 12va Edicion___pdfQuimica Raymond Chang 12va Edicion___pdf
Quimica Raymond Chang 12va Edicion___pdf
 
sigof.sisfoh.gob.pe_consulta_hogares_ULE_busqueda_print.php (1).pptx
sigof.sisfoh.gob.pe_consulta_hogares_ULE_busqueda_print.php (1).pptxsigof.sisfoh.gob.pe_consulta_hogares_ULE_busqueda_print.php (1).pptx
sigof.sisfoh.gob.pe_consulta_hogares_ULE_busqueda_print.php (1).pptx
 
UNIDAD II 2.pdf ingenieria civil lima upn
UNIDAD  II 2.pdf ingenieria civil lima upnUNIDAD  II 2.pdf ingenieria civil lima upn
UNIDAD II 2.pdf ingenieria civil lima upn
 
Propuesta para la creación de un Centro de Innovación para la Refundación ...
Propuesta para la creación de un Centro de Innovación para la Refundación ...Propuesta para la creación de un Centro de Innovación para la Refundación ...
Propuesta para la creación de un Centro de Innovación para la Refundación ...
 
analisis tecnologico( diagnostico tecnologico, herramienta de toma de deciones)
analisis tecnologico( diagnostico tecnologico, herramienta de toma de deciones)analisis tecnologico( diagnostico tecnologico, herramienta de toma de deciones)
analisis tecnologico( diagnostico tecnologico, herramienta de toma de deciones)
 
MODIFICADO - CAPITULO II DISEÑO SISMORRESISTENTE DE VIGAS Y COLUMNAS.pdf
MODIFICADO - CAPITULO II DISEÑO SISMORRESISTENTE DE VIGAS Y COLUMNAS.pdfMODIFICADO - CAPITULO II DISEÑO SISMORRESISTENTE DE VIGAS Y COLUMNAS.pdf
MODIFICADO - CAPITULO II DISEÑO SISMORRESISTENTE DE VIGAS Y COLUMNAS.pdf
 
nomenclatura de equipo electrico en subestaciones
nomenclatura de equipo electrico en subestacionesnomenclatura de equipo electrico en subestaciones
nomenclatura de equipo electrico en subestaciones
 
Gestion de proyectos para el control y seguimiento
Gestion de proyectos para el control  y seguimientoGestion de proyectos para el control  y seguimiento
Gestion de proyectos para el control y seguimiento
 
JM HIDROGENO VERDE- OXI-HIDROGENO en calderas - julio 17 del 2023.pdf
JM HIDROGENO VERDE- OXI-HIDROGENO en calderas - julio 17 del 2023.pdfJM HIDROGENO VERDE- OXI-HIDROGENO en calderas - julio 17 del 2023.pdf
JM HIDROGENO VERDE- OXI-HIDROGENO en calderas - julio 17 del 2023.pdf
 
Sesion 6 _ Curso Integrador II_TSZVQJ.pdf
Sesion 6 _ Curso Integrador II_TSZVQJ.pdfSesion 6 _ Curso Integrador II_TSZVQJ.pdf
Sesion 6 _ Curso Integrador II_TSZVQJ.pdf
 
PRESENTACION NOM-009-STPS-TRABAJOS EN ALTURAS
PRESENTACION NOM-009-STPS-TRABAJOS EN ALTURASPRESENTACION NOM-009-STPS-TRABAJOS EN ALTURAS
PRESENTACION NOM-009-STPS-TRABAJOS EN ALTURAS
 
COMPEDIOS ESTADISTICOS DE PERU EN EL 2023
COMPEDIOS ESTADISTICOS DE PERU EN EL 2023COMPEDIOS ESTADISTICOS DE PERU EN EL 2023
COMPEDIOS ESTADISTICOS DE PERU EN EL 2023
 
Controladores Lógicos Programables Usos y Ventajas
Controladores Lógicos Programables Usos y VentajasControladores Lógicos Programables Usos y Ventajas
Controladores Lógicos Programables Usos y Ventajas
 
CLASe número 4 fotogrametria Y PARALAJE.pptx
CLASe número 4 fotogrametria Y PARALAJE.pptxCLASe número 4 fotogrametria Y PARALAJE.pptx
CLASe número 4 fotogrametria Y PARALAJE.pptx
 
CALCULO SISTEMA DE PUESTA A TIERRA PARA BAJA TENSION Y MEDIA TENSION
CALCULO SISTEMA DE PUESTA A TIERRA PARA BAJA TENSION Y MEDIA TENSIONCALCULO SISTEMA DE PUESTA A TIERRA PARA BAJA TENSION Y MEDIA TENSION
CALCULO SISTEMA DE PUESTA A TIERRA PARA BAJA TENSION Y MEDIA TENSION
 
Elaboración de la estructura del ADN y ARN en papel.pdf
Elaboración de la estructura del ADN y ARN en papel.pdfElaboración de la estructura del ADN y ARN en papel.pdf
Elaboración de la estructura del ADN y ARN en papel.pdf
 
PostgreSQL on Kubernetes Using GitOps and ArgoCD
PostgreSQL on Kubernetes Using GitOps and ArgoCDPostgreSQL on Kubernetes Using GitOps and ArgoCD
PostgreSQL on Kubernetes Using GitOps and ArgoCD
 
LA APLICACIÓN DE LAS PROPIEDADES TEXTUALES A LOS TEXTOS.pdf
LA APLICACIÓN DE LAS PROPIEDADES TEXTUALES A LOS TEXTOS.pdfLA APLICACIÓN DE LAS PROPIEDADES TEXTUALES A LOS TEXTOS.pdf
LA APLICACIÓN DE LAS PROPIEDADES TEXTUALES A LOS TEXTOS.pdf
 

Estructura organizativa del estado venezolano

  • 1. Estructura Organizativa del Estado venezolano Venezuela: es una República Federal que está ubicada en América del Sur. Este país está dividido en Entidades Federales: 24 Estados, el Distrito Capital (que comprende parte de la ciudad de Caracas) y una zona en reclamación. Se incluyen también las Dependencias Federales (islas, en su mayoría deshabitadas) y los Territorios Federales. Los Estados federales, son iguales en lo político y poseen las mismas competencias, cada uno tiene un Gobernador (Jefe Ejecutivo Regional), un Gabinete de Secretarios, un Secretario de Gobierno, un Procurador, un Consejo Legislativo (Parlamento Regional que aprueba leyes estadales), un Contralor, Policía, Bandera, Escudo, Himno y una Constitución propia (excepto el Distrito Capital, las Dependencias Federales y los territorios Federales), ya que estos tienen rango federal. A nivel nacional cada estado está representado en la Asamblea Nacional de Venezuela de acuerdo a su población por un sistema de representación proporcional, y adicionalmente como mínimo cada estado elige 3 diputados. Los estados se dividen en Municipios Autónomos y estos a su vez en Parroquias civiles. Cada estado determina en cuantos municipios se organiza y cada municipio tiene un Alcalde, un Gabinete de Directores, un Contralor, un Procurador, Policía y un Concejo Municipal que emite ordenanzas, mediante Ley Estadal los municipios se pueden asociar en Distritos Metropolitanos. Finalmente, según el Artículo 171 de la Constitución venezolana de 1999, cuando 2 o más municipios pertenecientes a una o más entidades federales tengan intereses comunes, pueden asociarse constituyéndose en Distritos Metropolitanos o Alcaldías mayores. Estado Falcón: Falcón es uno de los 24 estados que, junto con el Distrito Capital y las Dependencias Federales, forman la República Bolivariana de Venezuela. Se bautizó con ese nombre en honor a Juan Crisóstomo Falcón, líder de la Guerra Federal. Su capital es Coro, fundada el26 de julio de 1527. Está ubicado en la región centroccidental: limita al norte con el Golfo de Venezuela, el mar Caribe (Océano Atlántico) y el grupo sotavento de las Antillas Neerlandesas (Aruba, Bonaire y Curazao), al este con el Golfo Triste (mar Caribe), al sur con Yaracuy y Lara, y al oeste con Zulia. Al norte de la ciudad de Coro se encuentra la Península de Paraguana, unida al continente por el istmo de los Médanos, con 27 km de largo y 6 km de ancho. Las principales actividades económicas del estado están relacionadas con la industria petrolera. En la península de Paraguana se encuentran dos refinerías de gran capacidad, así como también la ciudad de Punto Fijo. Su superficie es de 24 800 km² y su población es de 1 029 638 (2015).
  • 2. Municipio Miranda: Es uno de los 25 municipios que forman parte del Estado Falcón, Venezuela. Su capital es la ciudad de Coro. Tiene una superficie de 1.805 Km2 y que para 2011 su población es de 249.107 habitantes. Éste municipio está conformado por 7 parroquias, Guzmán Guillermo, Mitare, Río Seco, Sabaneta, San Antonio, San Gabriel y Santa Ana; estas tres últimas parroquias conforman la ciudad de Coro. El punto estratégico de la ubicación del municipio hace que el comercio sea una de las actividades más importantes, además del auge del turismo por la declaración de Santa Ana de Coro como Patrimonio de la Humanidad en 1993. Geografía: Se encuentra al sur de la Península de Paraguana, con la cual se conecta a través del istmo de los Médanos. El Municipio Miranda se ubica en el centro geográfico del Estado Falcón, presenta una vegetación xerófila en la zona de la llanura norte que limita con el Golfete de Coro en esta área se encuentra el Parque Nacional Los Médanos de Coro; hacia el sur y el este se encuentran tierras montañosas por la Sierra de San Luis, donde se encuentra el Parque Nacional Juan Crisóstomo Falcón. El río Mitare es el curso de agua más importante del municipio y la mayor concentración de agua dulce se encuentra en el Embalse El Isiro. Las temperaturas máximas registradas superan los 41 °C y la mínima de 23 °C; el promedio anual de lluvias es de 442 mm con máximas de 839 y mínimas de 129mm 1) La estructura del Estado o el Poder Público Nacional está constituido por todas aquellas instituciones u órganos del Gobierno señaladas en Nuestra Carta Fundamental, con competencia a nivel Nacional; así se detallan la existencia del Poder Legislativo (Asamblea Nacional), Ejecutivo (Presidente o Presidenta, Vicepresidente o Vicepresidenta), Judicial (Tribunal Supremo de Justicia, Tribunales y Juzgados), Ciudadano (Fiscalía General de la República, Contraloría General de la República y Defensoría del Pueblo) y Electoral (Consejo Nacional Electoral). Poder Público Nacional. Artículo 136 El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado. 2) Estructura del Estado en Venezuela
  • 3. • a) Poder Público Nacional (constituido por todas aquellas instituciones u órganos del Gobierno señaladas en nuestra Carta Fundamental, con competencia a nivel Nacional, a saber: Poder Legislativo (Asamblea Nacional), Ejecutivo (Presidente o Presidenta, Vicepresidente o Vicepresidenta), Judicial (Tribunal Supremo de Justicia, Tribunales y Juzgados), Ciudadano (Fiscalía General de la República, Contraloría General de la República y Defensoría del Pueblo) y, Poder Electoral (Consejo Nacional Electoral). • b) Poder Público Estadal ("Los Estados son entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena, y quedan obligados a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional, y a cumplir y hacer cumplir esta Constitución y las leyes de la República." (CRBV-Artículo 159), así se detallan la existencia del Poder Legislativo Estadal (Consejo Legislativo), Ejecutivo (Gobernador), Judicial (Dirección Ejecutiva de la Magistratura con sus oficinas regionales), Ciudadano (Contraloría autónoma). • c) Poder Público Municipal "(Los Municipios constituyen la unidad política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de esta Constitución y de la ley" (CRBV- Artículo 168), están constituidos por las parroquias, las comunas, consejos comunales). El Poder Legislativo Está compuesto por una cámara en la Asamblea Nacional representada por diputados y diputadas representantes de los estados y pueblos indígenas de la República; en los estados representa este poder el Consejo Legislativo. Este poder está constituido por los siguientes organismos: • Asamblea Nacional Poder Ejecutivo Es ejercido por el Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo, Ministros o Ministras y demás funcionarios. Este poder está constituido por los siguientes organismos: Poder Judicial El Poder Judicial es el encargado de administrar justicia emanada de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de
  • 4. justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia y los abogados autorizados por el ejercicio. Este poder está constituido por el siguiente organismo: • Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales • Ministerio Público • Defensoría Pública Poder Ciudadano El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República; los cuales tienen a su cargo prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública y moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo. Este poder está constituido por los siguientes organismos: • Defensoría del Pueblo • Fiscalía General de la República (Ministerio Público) • Contraloría General de la República Poder Electoral El Poder Electoral lo ejerce el Consejo Nacional Electoral como ente rector y como organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Participación Política y Financiamiento. Este poder está constituido por los siguientes organismos: • Consejo Nacional Electoral • Junta Electoral Nacional • Comisión de Registro Civil y Electoral • Comisión de Participación Política y Financiamiento De la administración capitalista neoliberal a la comunal venezolana
  • 5. La Ciudadanía Organizada como Poder Popular Constituyente aún no está facultada para modificar directamente en Asambleas Comunales y Populares de Ciudadanos y Ciudadanas, el régimen de la Administración Pública Nacional del Estado Neoliberal Burgués, sino que debe acudir al Poder Constituido del Estado o Poder Público Nacional, a través de la Soberanía Originaria del Estado (Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, Artículo 1°) que finalmente tributaría su Poder en la Asamblea Nacional, para hacer las transformaciones políticas, sociales y económicas de la Revolución Bolivariana, manteniéndose así el ejercicio del Poder en manos de un grupo de "representantes populares" con la excusa de mantener y conservar "el orden constitucional" porque estamos en el período de transición del Estado Liberal Burgués al Estado Socialista. Esto sería válido si los asambleístas estuviesen decididamente abocados a constituir asambleas populares de ciudadanos y ciudadanas en los sectores y comunidades para consolidar el Parlamento Comunal. Si los 98 diputados del pueblo se distribuyeran a razón de cuatro asambleístas por parroquia, para empezar en la región capital, convocando a la comunidad organizada periódicamente haciendo uso de su investidura y logística, así podríamos hablar de esa Nueva Institucionalidad en coyunda con la Ciudadanía Organizada para dirimir sobre precios, sueldos y salarios, productividad local, control y seguridad ciudadana, eficiencia y eficacia de los servicios públicos, ejecutividad de las políticas de desarrollo socio-comunitaria, adaptaciones e innovaciones en la productividad y economía parroquiales, y de todo lo que involucra la vida social en Venezuela. Desde el punto de vista del funcionamiento del Poder Público Nacional-Estatal, para solicitar al Estado Constituido un nuevo modelo de organización administrativa (en cualesquiera de sus niveles), se tiene que pasar primero por la instancia estatal encargada de proponer y realizar modificaciones en la estructura departamental- institucional como son: la Presidencia de la República, la Vicepresidencia, los Ministerios y demás instancias conforme a la ley; órganos que están regulados internamente por un Reglamento Orgánico decretado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros (según está contemplado en los Artículos 1° y 2° de la Nueva Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Central) según Decreto Presidencial publicado en Gaceta Oficial N° 38.024 del 16 de septiembre de 2004, y, existe el Ministerio de Planificación y Desarrollo que tiene entre sus competencias: Numeral 1: La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de planificación y desarrollo institucional. Numeral 2: La formulación de estrategias de desarrollo económico y social de la Nación, y la preparación de las proyecciones y alternativas. Numeral 3: La formulación y seguimiento del Plan de la Nación, del Plan Operativo Anual y del Plan de Inversiones Públicas. La propuesta de los lineamientos de la planificación del Estado y de la planificación física y espacial en escala nacional, y, así siguen 17 Numerales más. El Numeral 12, por ejemplo, es de gran interés pues trata de: La regulación y formulación de las políticas de reclutamiento, selección, formación, evaluación, promoción, remuneración, seguridad social y egreso de los funcionarios públicos.
  • 6. Y es que los cambios en la estructura del Estado y de la Sociedad están contemplados a su vez en la Ley Orgánica de Planificación (Gaceta Oficial N° 5.554 Extraordinario del 13 de noviembre de 2001) que según su Artículo 2°: Definición, Título I: Disposiciones Fundamentales, contempla sobre que el "... cambio estructural –(ha de ser)– de conformidad con la Constitución de la República" como Proyecto de País Socialista aprobado por elección nacional en 2006, por lo que, introducir una propuesta de modificación estatal en cualquier forma, ha de hacerse a través de los órganos y medios correspondientes en concordancia con la Soberanía Originaria del Estado según la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno. Incluso, a nivel del Gobierno del Distrito Capital, que aunque esté "influido" por la participación del co-gobierno comunitario, estas decisiones del Poder Popular Constituyente, se realizan a través de los consejos comunales y demás organizaciones afines, y tienen que ser sometidas al dictamen del Poder Constituido (Estado), cuyo procedimiento aún no está definido, es decir, esta relación de transformaciones del Estado Capitalista al Estado-Pueblo no tiene articulado en nuestras leyes. Si bien la Ley Orgánica de las Comunas contempla la Participación Social, el Parlamento Comunal y Cogobierno comunitario, convertir la Administración del Estado Burgués en una Administración Socialista requiere de mano fuerte y fino tacto por parte del gobierno y de esfuerzo considerable de la sociedad en su totalidad, todo lo que indica que el Estado Burgués no podrá transformarse sin el concurso determinante de Pueblo Organizado en Asambleas Populares y Tribunales Locales de la Revolución Socialista, construyéndose la Dictadura Moral Bolivariana para la conformación de la República Popular y la Comuna Universal en la Región Venezolana. La ley que regula el proceso de descentralización y transferencia de competencias administrativo-gubernamentales, como estrategia del Gobierno Central para avanzar en términos socialistas, es decir, la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno (09/02/2010) no tiene injerencia con el aspecto de la organización de la Administración Pública Central, pero sí alude la contratación y/o modificación público-institucional al tener que involucrarse en la creación de dependencias, departamentos o coordinaciones pero la modificación de los espacios territoriales y la creación de nuevos Distritos Motores de Desarrollo que requieren la creación de cargos públicos, están contemplados previamente en una estructura bajo el control del Poder Público Nacional, en consecuencia el Poder Popular sigue sometido al dictamen de la burguesía.
  • 7. Y es que los cambios en la estructura del Estado y de la Sociedad están contemplados a su vez en la Ley Orgánica de Planificación (Gaceta Oficial N° 5.554 Extraordinario del 13 de noviembre de 2001) que según su Artículo 2°: Definición, Título I: Disposiciones Fundamentales, contempla sobre que el "... cambio estructural –(ha de ser)– de conformidad con la Constitución de la República" como Proyecto de País Socialista aprobado por elección nacional en 2006, por lo que, introducir una propuesta de modificación estatal en cualquier forma, ha de hacerse a través de los órganos y medios correspondientes en concordancia con la Soberanía Originaria del Estado según la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno. Incluso, a nivel del Gobierno del Distrito Capital, que aunque esté "influido" por la participación del co-gobierno comunitario, estas decisiones del Poder Popular Constituyente, se realizan a través de los consejos comunales y demás organizaciones afines, y tienen que ser sometidas al dictamen del Poder Constituido (Estado), cuyo procedimiento aún no está definido, es decir, esta relación de transformaciones del Estado Capitalista al Estado-Pueblo no tiene articulado en nuestras leyes. Si bien la Ley Orgánica de las Comunas contempla la Participación Social, el Parlamento Comunal y Cogobierno comunitario, convertir la Administración del Estado Burgués en una Administración Socialista requiere de mano fuerte y fino tacto por parte del gobierno y de esfuerzo considerable de la sociedad en su totalidad, todo lo que indica que el Estado Burgués no podrá transformarse sin el concurso determinante de Pueblo Organizado en Asambleas Populares y Tribunales Locales de la Revolución Socialista, construyéndose la Dictadura Moral Bolivariana para la conformación de la República Popular y la Comuna Universal en la Región Venezolana. La ley que regula el proceso de descentralización y transferencia de competencias administrativo-gubernamentales, como estrategia del Gobierno Central para avanzar en términos socialistas, es decir, la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno (09/02/2010) no tiene injerencia con el aspecto de la organización de la Administración Pública Central, pero sí alude la contratación y/o modificación público-institucional al tener que involucrarse en la creación de dependencias, departamentos o coordinaciones pero la modificación de los espacios territoriales y la creación de nuevos Distritos Motores de Desarrollo que requieren la creación de cargos públicos, están contemplados previamente en una estructura bajo el control del Poder Público Nacional, en consecuencia el Poder Popular sigue sometido al dictamen de la burguesía.