SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  2
Télécharger pour lire hors ligne
Pág. 2 BOLETIN OFICIAL Martes 31 de Marzo de 2015
LEYES
LEY Nº 9.632
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva, para
que a través del Ministerio de Infraestructura, realice la
pavimentación y señalización de la Ruta Provincial Nº 28, que
une la localidad de Malanzán con Nacate, en el departamento
Juan Facundo Quiroga.
Artículo 2º.- Delégase a la Autoridad de Aplicación
para que realice el debido estudio y evaluación del impacto
ambiental que corresponda, en la Reserva Provincial de Uso
Múltiple Guasamayo.
Artículo 3º.- Los gastos que demande el
cumplimiento del Artículo 1º de la presente ley serán tomados
del Ejercicio Presupuestario 2015.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en
el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la
Provincia, en La Rioja, 129° Período Legislativo, a once días
del mes de diciembre del año dos mil catorce. Proyecto
presentado por el diputado Mauro Claudio Luján.
Sergio Guillermo Casas - Presidente Cámara de Diputados
- Jorge Raúl Machicote - Secretario Legislativo
DECRETO Nº 125
La Rioja, 13 de febrero de 2015
Visto: el Expte. Código A1 Nº 12677-6/14, mediante
el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto
de la Ley Nº 9.632, y en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 126º, inc. 1) de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Promúlgase la Ley Nº 9.632, sancionada
por la Cámara de Diputados de la Provincia, con fecha 11 de
diciembre de 2014.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por
los señores Ministros de Hacienda, de Infraestructura, y
Secretario General y Legal de la Gobernación.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente
archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Bosetti,
N.G., M.I. - Paredes Urquiza, A.N., S.G. y L.G.
DECRETOS
DECRETO N° 406
La Rioja, 30 de marzo de 2015
Visto: El Artículo 126º Inc. 3º, el Art. 87º y 169° de
la Constitución Provincial y la ley Electoral Nº 5.139, con las
modificaciones introducidas por la Leyes Nº 8.141 y 8.142;
Ley Nº 8.506; y concordantes y complementarias; y,
Considerando:
Que, teniendo en cuenta que a finales del presente
año 2015 finalizan los mandatos vigentes de los cargos
electivos corresponde convocar a elecciones provinciales y
municipales con la antelación temporal necesaria.
Que por las normas citadas se autoriza a la Función
Ejecutiva Provincial a convocar a elecciones para la
renovación de mandatos tanto de cargos ejecutivos como
legislativos, de nivel provincial y municipal, en los casos y
épocas que dichas normas determinan, debiendo actuarse
garantizando la participación de las minorías como lo ordena
el Art. 87° de la Constitución Provincial, y el cumplimiento de
lo establecido en el Art. 81° de la Carta Magna: igualdad real
de oportunidades.
Que la ley electoral provincial establece que la
convocatoria debe efectuarse con una antelación mínima de
noventa días a la fecha del comicio, debiéndose expresar la
fecha de elección, clase y número de cargos a cubrir, periodo
por el que se elige, número de candidatos por los que puede
votar el elector. Y la indicación del sistema electoral aplicable.
Que asimismo el Artículo 141º de la Ley Electoral
Provincial establece expresamente que la Función Ejecutiva
Provincial convocará simultáneamente a elecciones
provinciales y municipales.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el
Artículo 126° de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Convócase al electorado de la Provincia
de La Rioja, para que el día 05 de julio de 2015 proceda a
elegir Gobernador y Vicegobernador de la Provincia para el
periodo 2015 - 2019, tomándose a la misma como distrito
electoral único; siendo de aplicación el sistema electoral
previsto por el Art. 127 de la Ley Electoral Provincial Nº
5.139; Ley Nº 8.506; y sus respectivas normas concordantes y
complementarias.
Artículo 2º.- Convócase al electorado de la Provincia
de La Rioja, para que el día referido en el artículo anterior
proceda a elegir Diputados Provinciales en el número de
titulares y suplentes para cada uno de los Departamentos que
de seguido se enumeran:
Arauco: 3 Titulares - 2 Suplentes
Chamical: 3 Titulares - 2 Suplentes
Chilecito: 4 Titulares - 3 Suplentes
General Belgrano: 1 Titular - 1 Suplente
Famatina: 1 Titular - 1 Suplente
General Lamadrid: 1 Titular - 1 Suplente
General Ortiz de Ocampo: 1 Titular - 1 Suplente
General San Martín: 1 Titular - 1 Suplente
Independencia: 1 Titular - 1 Suplente
San Blas de los Sauces: 1 Titular - 1 Suplente
Ángel Vicente Peñaloza: 1 Titular - 1 Suplente
En todos los casos citados por este artículo se tomará a
cada Departamento como distrito único; siendo de aplicación
el sistema electoral previsto por el Art. 130 y concordantes de
la Ley Electoral Provincial Nº 5.139; Ley 8.506; y sus
respectivas normas concordantes y complementarias.
El mandato de los electos será de cuatro años y
abarcará el periodo 2015 - 2019.
Artículo 3º.- Convócase al electorado de la Provincia
de La Rioja, para que el día referido en el Artículo 1º del
presente proceda a elegir Intendente y Viceintendente en cada
Martes 31 de Marzo de 2015 BOLETIN OFICIAL Pág. 3
uno de los 18 Departamentos de la provincia, los que serán
tomados como distrito único, siendo de aplicación el sistema
electoral previsto por el Artículo 171 de la Constitución
Provincial; Ley Electoral Provincial Nº 5.139; Ley Nº 8.506; y
sus respectivas normas modificatorias y complementarias.
El mandato de los electos será por cuatro años,
comprendiendo el periodo 2015 - 2019.
Artículo 4º.- Convócase al electorado de la Provincia
de La Rioja, para que el día referido en el Artículo 1º del
presente proceda a elegir Concejales Municipales en el
número de titulares y suplentes que a continuación se indica:
Ángel Vicente Peñaloza: 7 Titulares - 4 Suplentes
Arauco: 11 Titulares - 6 Suplentes
Capital: 15 Titulares - 8 Suplentes
Castro Barros: 7 Titulares - 4 Suplentes
Chamical: 9 Titulares - 5 Suplentes
Chilecito: 13 Titulares - 7 Suplentes
Coronel Felipe Varela: 7 Titulares - 4 Suplentes
Famatina: 7 Titulares - 4 Suplentes.
General Belgrano: 7 Titulares - 4 Suplentes
General Lamadrid: 7 Titulares - 4 Suplentes
General Ortiz de Ocampo: 7 Titulares - 4 Suplentes
General San Martín: 7 Titulares - 4 Suplentes
Independencia: 7 Titulares - 4 Suplentes
General Juan Facundo Quiroga: 7 Titulares - 4 Suplentes
Rosario Vera Peñaloza: 9 Titulares - 5 Suplentes
San Blas de los Sauces: 7 Titulares - 4 Suplentes
Sanagasta: 7 Titulares - 4 Suplentes
Vinchina: 7 Titulares - 4 Suplentes
En todos los casos citados por este artículo se tomará
a cada Departamento como distrito único, siendo de aplicación
el sistema electoral previsto por el Artículo 171 de la
Constitución Provincial; Ley Electoral Provincial Nº 5.139;
Ley Nº 8.506; y sus respectivas normas modificatorias y
complementarias.
El mandato de los electos será de cuatro años y
abarcará el periodo 2015 - 2019.
Artículo 5º.- Exhórtarse a los partidos políticos
reconocidos en el ámbito local, sean de orden provincial o
departamental, a activar los mecanismos de selección interna
de modo que permitan la oportuna presentación de candidatos
a la elección convocada por el presente, garantizando la
igualdad real de oportunidades previsto en el Art. 81° de la
Constitución Provincial.
Artículo 6º.- Tendrán vigencia en el acto comicial
convocado por el presente y para la determinación de los
candidatos electos, las normas contenidas en la Constitución
Provincial, en la ley Electoral Provincial Nº 5.139 y
modificatorias, y las normas electorales generales
complementarias.
Artículo 7º.- Remítase copia del presente decreto al
Ministerio del Interior de la Nación, a la Cámara Nacional
Electoral, al señor Juez Federal con competencia electoral en
el Distrito La Rioja, al Tribunal Superior de Justicia, al
Presidente del Tribunal Electoral Provincial y a la Cámara de
Diputados de la Provincia.
Artículo 8º.- El presente decreto será publicado y
difundido en el Boletín Oficial, en los diarios locales de
circulación en la Provincia en las emisoras de radiodifusión y
Canal Provincial de Televisión, no menos de tres veces
durante los diez (10) primeros días de su dictado.
Artículo 9°.- El presente decreto será refrendado por
el señor Ministro de Gobierno y Derechos Humanos.
Artículo 10º.- Comuníquese, publíquese, insértese en
el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Saúl, Claudio Nicolás,
M.G.J.S. y DD.HH.
LICITACIONES
Presidencia de la Nación
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios
Secretaría de Obras Públicas
Subsecretaría de Obras Públicas
Vialidad Nacional
Aviso de Llamado a Licitación
La Dirección Nacional de Vialidad 8° Dto. La Rioja
comunica el llamado a Licitación Pública Nacional de la
siguiente Obra:
Licitación Pública Nacional N° 01/15
Obra: Ejecución de Carpeta Tipo Arena Asfalto de 2
cm de espesor, incluido riego de liga para reparaciones de
baches. Ruta: Nacional N° 79 - Provincia de La Rioja.
Tramo: Ulapes-Empalme con Ruta Nacional N° 141;
Empalme Ruta con Ruta Nacional N° 141-Empalme con Ruta
Nacional N° 77 (Desiderio Tello); Empalme con Ruta
Provincial N° 31 (Catuna) - Olta (Control Policial).
Garantía de Oferta: Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000).
Fecha de Apertura de Ofertas: Se realizará el día 29
de abril de 2015, a horas 11:00.
Fecha de Venta del Pliego: A partir del 20 de febrero
de 2015.
Plazo de Obra: 2 meses.
Valor del Pliego: Pesos Dos Mil ($ 2.000).
Lugar de Apertura: Salón de Reuniones Planta Baja
Av. Ortiz de Ocampo N° 1310 - ciudad de La Rioja.
Lugar de Venta: Secc. Contaduría - Av. Ortiz de
Ocampo N° 1310 - ciudad de La Rioja.
Consulta del Pliego: Div. Conservación - Av. Ortiz
de Ocampo N° 1310 - ciudad de La Rioja.
N° 16.884 - 20/02 al 28/04/2015
* * *
Universidad Nacional de Chilecito
Llamado a Licitación Pública Nacional N° 01/15
La Universidad Nacional de Chilecito, llama a
Licitación Pública Nacional para la obra “Ampliación I
Colegio Nacional Agrotécnico, Ing. Julio César Martínez”.
Presupuesto Oficial: $ 10.274.776,53 (Pesos Diez
Millones Doscientos Setenta y Cuatro Mil Setecientos Setenta
y Seis con Cincuenta y Tres Centavos).
Garantía de la Oferta: Uno por ciento (1%) del valor
total de la oferta.
Plazo de Ejecución: 12 meses.
Recepción de Ofertas: Hasta el 29/04/15 a las 12:00
horas en domicilio UNdeC.

Contenu connexe

Tendances

Ley Electoral Provincial (Ley N° 5139 - revisada al 25-03-2015)
Ley Electoral Provincial (Ley N° 5139 - revisada al 25-03-2015)Ley Electoral Provincial (Ley N° 5139 - revisada al 25-03-2015)
Ley Electoral Provincial (Ley N° 5139 - revisada al 25-03-2015)
Eduardo Nelson German
 
Orden del Día, 040314
Orden del Día, 040314Orden del Día, 040314
Orden del Día, 040314
IdRivadeneyra
 

Tendances (17)

Convocar concurso-oposición para la provisión, como personal funcionario, dos...
Convocar concurso-oposición para la provisión, como personal funcionario, dos...Convocar concurso-oposición para la provisión, como personal funcionario, dos...
Convocar concurso-oposición para la provisión, como personal funcionario, dos...
 
JNE - Resolución N° 331-2015 - Aprueban Reglamento del Procedimiento aplicabl...
JNE - Resolución N° 331-2015 - Aprueban Reglamento del Procedimiento aplicabl...JNE - Resolución N° 331-2015 - Aprueban Reglamento del Procedimiento aplicabl...
JNE - Resolución N° 331-2015 - Aprueban Reglamento del Procedimiento aplicabl...
 
Ley Electoral Provincial (Ley N° 5139 - revisada al 25-03-2015)
Ley Electoral Provincial (Ley N° 5139 - revisada al 25-03-2015)Ley Electoral Provincial (Ley N° 5139 - revisada al 25-03-2015)
Ley Electoral Provincial (Ley N° 5139 - revisada al 25-03-2015)
 
Ley voto joven paso y convocatoria a elecciones
Ley voto joven paso y convocatoria a eleccionesLey voto joven paso y convocatoria a elecciones
Ley voto joven paso y convocatoria a elecciones
 
JNE - Establecen Reglas sobre la Oportunidad de Renuncias de Afiliados de Par...
JNE - Establecen Reglas sobre la Oportunidad de Renuncias de Afiliados de Par...JNE - Establecen Reglas sobre la Oportunidad de Renuncias de Afiliados de Par...
JNE - Establecen Reglas sobre la Oportunidad de Renuncias de Afiliados de Par...
 
Ley 27.120 parlasur
Ley 27.120 parlasurLey 27.120 parlasur
Ley 27.120 parlasur
 
Extracto parlamentarios
Extracto parlamentariosExtracto parlamentarios
Extracto parlamentarios
 
Interponen acción declarativa de certeza
Interponen acción declarativa de certezaInterponen acción declarativa de certeza
Interponen acción declarativa de certeza
 
Cronograma Electoral | #Elecciones2019 | Acordada 7/19 y Anexo
Cronograma Electoral | #Elecciones2019 | Acordada 7/19 y AnexoCronograma Electoral | #Elecciones2019 | Acordada 7/19 y Anexo
Cronograma Electoral | #Elecciones2019 | Acordada 7/19 y Anexo
 
Decreto PEN 233/2019 Comando General Electoral
Decreto PEN 233/2019 Comando General ElectoralDecreto PEN 233/2019 Comando General Electoral
Decreto PEN 233/2019 Comando General Electoral
 
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 49-2016/JNAC/RENIEC
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 49-2016/JNAC/RENIECRESOLUCIÓN JEFATURAL N° 49-2016/JNAC/RENIEC
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 49-2016/JNAC/RENIEC
 
Causa reelección en La Rioja - Cédula
Causa reelección en La Rioja - CédulaCausa reelección en La Rioja - Cédula
Causa reelección en La Rioja - Cédula
 
Decreto 171/2019 Reglamentacion Ley de Paridad de Genero
Decreto 171/2019 Reglamentacion Ley de Paridad de GeneroDecreto 171/2019 Reglamentacion Ley de Paridad de Genero
Decreto 171/2019 Reglamentacion Ley de Paridad de Genero
 
Chubut convocatoria
Chubut convocatoriaChubut convocatoria
Chubut convocatoria
 
Parlasur Texto de la media sanción
Parlasur Texto de la media sanciónParlasur Texto de la media sanción
Parlasur Texto de la media sanción
 
Fallo de Cámara Federal de Apelaciones que frena tarifazo del gas en Córdoba
Fallo de Cámara Federal de Apelaciones que frena tarifazo del gas en CórdobaFallo de Cámara Federal de Apelaciones que frena tarifazo del gas en Córdoba
Fallo de Cámara Federal de Apelaciones que frena tarifazo del gas en Córdoba
 
Orden del Día, 040314
Orden del Día, 040314Orden del Día, 040314
Orden del Día, 040314
 

En vedette

Pan Diario 26 De Junio De 2009
Pan Diario 26 De Junio De 2009Pan Diario 26 De Junio De 2009
Pan Diario 26 De Junio De 2009
tupandevida
 
Recomendaciones dieteticas durante el embarazo
Recomendaciones dieteticas durante el embarazoRecomendaciones dieteticas durante el embarazo
Recomendaciones dieteticas durante el embarazo
guzmanmarco
 
Pan Diario 02 De Julio De 2009
Pan Diario 02 De Julio De 2009Pan Diario 02 De Julio De 2009
Pan Diario 02 De Julio De 2009
tupandevida
 
Bibliología en la historia
Bibliología en la historiaBibliología en la historia
Bibliología en la historia
carritoruiz
 
Orario ekpaideftikon
Orario ekpaideftikonOrario ekpaideftikon
Orario ekpaideftikon
dakekavalas
 
輪番停電 順番一覧 2011/3/14 15時(群馬)
輪番停電 順番一覧 2011/3/14 15時(群馬)輪番停電 順番一覧 2011/3/14 15時(群馬)
輪番停電 順番一覧 2011/3/14 15時(群馬)
teiden314
 
Universidad catolica de cuenca sede macas
Universidad catolica de cuenca sede macasUniversidad catolica de cuenca sede macas
Universidad catolica de cuenca sede macas
kevin95sanchez
 

En vedette (20)

Pan Diario 26 De Junio De 2009
Pan Diario 26 De Junio De 2009Pan Diario 26 De Junio De 2009
Pan Diario 26 De Junio De 2009
 
Robertseagles
RobertseaglesRobertseagles
Robertseagles
 
Factores de riesgo
Factores de riesgoFactores de riesgo
Factores de riesgo
 
Recomendaciones dieteticas durante el embarazo
Recomendaciones dieteticas durante el embarazoRecomendaciones dieteticas durante el embarazo
Recomendaciones dieteticas durante el embarazo
 
Pan Diario 02 De Julio De 2009
Pan Diario 02 De Julio De 2009Pan Diario 02 De Julio De 2009
Pan Diario 02 De Julio De 2009
 
Jesse Bannister Resume
Jesse Bannister ResumeJesse Bannister Resume
Jesse Bannister Resume
 
Presentación Fundación Iniciativa Solidaria Ángel Tomás
Presentación Fundación Iniciativa Solidaria Ángel TomásPresentación Fundación Iniciativa Solidaria Ángel Tomás
Presentación Fundación Iniciativa Solidaria Ángel Tomás
 
5773 y se llego a ella
5773 y se llego a ella5773 y se llego a ella
5773 y se llego a ella
 
クリエ映像の新歓用スライド
クリエ映像の新歓用スライドクリエ映像の新歓用スライド
クリエ映像の新歓用スライド
 
Diari del 22 de març de 2013
Diari del 22 de març de 2013Diari del 22 de març de 2013
Diari del 22 de març de 2013
 
Los3arboles
Los3arbolesLos3arboles
Los3arboles
 
日本料理 割烹 あきる野市五日市ほうとう【佐五兵衛】
日本料理 割烹 あきる野市五日市ほうとう【佐五兵衛】日本料理 割烹 あきる野市五日市ほうとう【佐五兵衛】
日本料理 割烹 あきる野市五日市ほうとう【佐五兵衛】
 
Zomblind - Presentación de la final del CUSL
Zomblind - Presentación de la final del CUSLZomblind - Presentación de la final del CUSL
Zomblind - Presentación de la final del CUSL
 
Bibliología en la historia
Bibliología en la historiaBibliología en la historia
Bibliología en la historia
 
Chinese New Year Celebration 2010
Chinese New Year Celebration 2010Chinese New Year Celebration 2010
Chinese New Year Celebration 2010
 
Orario ekpaideftikon
Orario ekpaideftikonOrario ekpaideftikon
Orario ekpaideftikon
 
WB0501
WB0501WB0501
WB0501
 
輪番停電 順番一覧 2011/3/14 15時(群馬)
輪番停電 順番一覧 2011/3/14 15時(群馬)輪番停電 順番一覧 2011/3/14 15時(群馬)
輪番停電 順番一覧 2011/3/14 15時(群馬)
 
Combustibles Líquidos
Combustibles LíquidosCombustibles Líquidos
Combustibles Líquidos
 
Universidad catolica de cuenca sede macas
Universidad catolica de cuenca sede macasUniversidad catolica de cuenca sede macas
Universidad catolica de cuenca sede macas
 

Similaire à dDecreto 406 la rioja

Similaire à dDecreto 406 la rioja (20)

Decreto 520 convocatoria Tierra del Fuego
Decreto 520 convocatoria Tierra del FuegoDecreto 520 convocatoria Tierra del Fuego
Decreto 520 convocatoria Tierra del Fuego
 
Decreto N° 1389 Convocatoria elecciones legislativas La Rioja 2021
Decreto N° 1389  Convocatoria elecciones legislativas La Rioja 2021Decreto N° 1389  Convocatoria elecciones legislativas La Rioja 2021
Decreto N° 1389 Convocatoria elecciones legislativas La Rioja 2021
 
Ley 30305
Ley 30305Ley 30305
Ley 30305
 
Res epre301 16
Res epre301 16Res epre301 16
Res epre301 16
 
Res cg-44-15
Res cg-44-15Res cg-44-15
Res cg-44-15
 
Res epre305 16
Res epre305 16Res epre305 16
Res epre305 16
 
Decreto godoy cruz
Decreto godoy cruzDecreto godoy cruz
Decreto godoy cruz
 
Boletin chubut dec 1.256 14 convocatoria elecciones provinciales
Boletin chubut dec 1.256 14 convocatoria elecciones provincialesBoletin chubut dec 1.256 14 convocatoria elecciones provinciales
Boletin chubut dec 1.256 14 convocatoria elecciones provinciales
 
San juan decreto 0506 15
San juan decreto 0506 15San juan decreto 0506 15
San juan decreto 0506 15
 
DISEÑO.pptx
DISEÑO.pptxDISEÑO.pptx
DISEÑO.pptx
 
Decreto 168 Rio Negro
Decreto 168 Rio NegroDecreto 168 Rio Negro
Decreto 168 Rio Negro
 
San luis decreto 3254 15 convocatoria
San luis decreto 3254 15 convocatoriaSan luis decreto 3254 15 convocatoria
San luis decreto 3254 15 convocatoria
 
Ley que fija el límite territorial entre las provincias del Guayas y Manabí e...
Ley que fija el límite territorial entre las provincias del Guayas y Manabí e...Ley que fija el límite territorial entre las provincias del Guayas y Manabí e...
Ley que fija el límite territorial entre las provincias del Guayas y Manabí e...
 
Extracto Neuquén Decreto de convocatoria 28 15 boletin
Extracto Neuquén Decreto de convocatoria 28 15 boletinExtracto Neuquén Decreto de convocatoria 28 15 boletin
Extracto Neuquén Decreto de convocatoria 28 15 boletin
 
30 8e72dd454c49936f1ab82479de4e813c 30
30 8e72dd454c49936f1ab82479de4e813c 3030 8e72dd454c49936f1ab82479de4e813c 30
30 8e72dd454c49936f1ab82479de4e813c 30
 
San luis decreto 3254 15 convocatoria elecciones 2015
San luis decreto 3254 15 convocatoria elecciones 2015San luis decreto 3254 15 convocatoria elecciones 2015
San luis decreto 3254 15 convocatoria elecciones 2015
 
RM 30-2023-2024.pdf
RM 30-2023-2024.pdfRM 30-2023-2024.pdf
RM 30-2023-2024.pdf
 
Decreto San Carlos 1
Decreto San Carlos 1Decreto San Carlos 1
Decreto San Carlos 1
 
Resolución nro 006 (enero 15 de 2016)20160115 0770
Resolución nro 006 (enero 15 de 2016)20160115 0770Resolución nro 006 (enero 15 de 2016)20160115 0770
Resolución nro 006 (enero 15 de 2016)20160115 0770
 
F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6
F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6
F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6
 

Plus de Dirección Nacional Electoral de Argentina

Plus de Dirección Nacional Electoral de Argentina (20)

Listas de candidatos provinciales y locales. Generales Misiones
Listas de candidatos provinciales y locales. Generales MisionesListas de candidatos provinciales y locales. Generales Misiones
Listas de candidatos provinciales y locales. Generales Misiones
 
Plataforma electoral UNA
Plataforma electoral UNAPlataforma electoral UNA
Plataforma electoral UNA
 
Plataforma electoral fit nacional 2015
Plataforma electoral fit nacional 2015Plataforma electoral fit nacional 2015
Plataforma electoral fit nacional 2015
 
Plataforma electoral Cambiemos
Plataforma electoral CambiemosPlataforma electoral Cambiemos
Plataforma electoral Cambiemos
 
Plataforma electoral Compromiso Federal
Plataforma electoral Compromiso FederalPlataforma electoral Compromiso Federal
Plataforma electoral Compromiso Federal
 
Plataforma electoral nacional 2015 fp v
Plataforma electoral nacional 2015 fp vPlataforma electoral nacional 2015 fp v
Plataforma electoral nacional 2015 fp v
 
Alianza progresistas . plataforma politica on
 Alianza progresistas . plataforma politica on Alianza progresistas . plataforma politica on
Alianza progresistas . plataforma politica on
 
Resultados definitivos Elecciones PASO Presidente y Vicepresidente.
Resultados definitivos Elecciones PASO Presidente y Vicepresidente. Resultados definitivos Elecciones PASO Presidente y Vicepresidente.
Resultados definitivos Elecciones PASO Presidente y Vicepresidente.
 
Planillas de aceptacion_buenos_aires_generales
Planillas de aceptacion_buenos_aires_generalesPlanillas de aceptacion_buenos_aires_generales
Planillas de aceptacion_buenos_aires_generales
 
Sublemas Inscriptos Elecciones 2015
Sublemas Inscriptos Elecciones 2015 Sublemas Inscriptos Elecciones 2015
Sublemas Inscriptos Elecciones 2015
 
Certificados de escrutinio chaco
Certificados de escrutinio chacoCertificados de escrutinio chaco
Certificados de escrutinio chaco
 
Partidos y alianzas_inscriptos_2015
Partidos y alianzas_inscriptos_2015Partidos y alianzas_inscriptos_2015
Partidos y alianzas_inscriptos_2015
 
2015 Certificados Fiscales - jurisdicciones
2015   Certificados Fiscales - jurisdicciones2015   Certificados Fiscales - jurisdicciones
2015 Certificados Fiscales - jurisdicciones
 
1establecimientos bsas x_zonas_anegadas
1establecimientos bsas x_zonas_anegadas1establecimientos bsas x_zonas_anegadas
1establecimientos bsas x_zonas_anegadas
 
Reubicación de mesas por zonas inundadas
Reubicación de mesas por zonas inundadas Reubicación de mesas por zonas inundadas
Reubicación de mesas por zonas inundadas
 
Reubicación mesas en provincia de Bs As
Reubicación mesas en provincia de Bs AsReubicación mesas en provincia de Bs As
Reubicación mesas en provincia de Bs As
 
Establecimientos bsas x_zonas_anegadas
Establecimientos bsas x_zonas_anegadasEstablecimientos bsas x_zonas_anegadas
Establecimientos bsas x_zonas_anegadas
 
Establecimientos bsas x_zonas_anegadas
Establecimientos bsas x_zonas_anegadasEstablecimientos bsas x_zonas_anegadas
Establecimientos bsas x_zonas_anegadas
 
Buenos aires establecimientos bsas
Buenos aires establecimientos bsasBuenos aires establecimientos bsas
Buenos aires establecimientos bsas
 
Otros cambios ubicacion15
Otros cambios ubicacion15Otros cambios ubicacion15
Otros cambios ubicacion15
 

dDecreto 406 la rioja

  • 1. Pág. 2 BOLETIN OFICIAL Martes 31 de Marzo de 2015 LEYES LEY Nº 9.632 LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva, para que a través del Ministerio de Infraestructura, realice la pavimentación y señalización de la Ruta Provincial Nº 28, que une la localidad de Malanzán con Nacate, en el departamento Juan Facundo Quiroga. Artículo 2º.- Delégase a la Autoridad de Aplicación para que realice el debido estudio y evaluación del impacto ambiental que corresponda, en la Reserva Provincial de Uso Múltiple Guasamayo. Artículo 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento del Artículo 1º de la presente ley serán tomados del Ejercicio Presupuestario 2015. Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129° Período Legislativo, a once días del mes de diciembre del año dos mil catorce. Proyecto presentado por el diputado Mauro Claudio Luján. Sergio Guillermo Casas - Presidente Cámara de Diputados - Jorge Raúl Machicote - Secretario Legislativo DECRETO Nº 125 La Rioja, 13 de febrero de 2015 Visto: el Expte. Código A1 Nº 12677-6/14, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley Nº 9.632, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º, inc. 1) de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º.- Promúlgase la Ley Nº 9.632, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia, con fecha 11 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda, de Infraestructura, y Secretario General y Legal de la Gobernación. Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese. Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Bosetti, N.G., M.I. - Paredes Urquiza, A.N., S.G. y L.G. DECRETOS DECRETO N° 406 La Rioja, 30 de marzo de 2015 Visto: El Artículo 126º Inc. 3º, el Art. 87º y 169° de la Constitución Provincial y la ley Electoral Nº 5.139, con las modificaciones introducidas por la Leyes Nº 8.141 y 8.142; Ley Nº 8.506; y concordantes y complementarias; y, Considerando: Que, teniendo en cuenta que a finales del presente año 2015 finalizan los mandatos vigentes de los cargos electivos corresponde convocar a elecciones provinciales y municipales con la antelación temporal necesaria. Que por las normas citadas se autoriza a la Función Ejecutiva Provincial a convocar a elecciones para la renovación de mandatos tanto de cargos ejecutivos como legislativos, de nivel provincial y municipal, en los casos y épocas que dichas normas determinan, debiendo actuarse garantizando la participación de las minorías como lo ordena el Art. 87° de la Constitución Provincial, y el cumplimiento de lo establecido en el Art. 81° de la Carta Magna: igualdad real de oportunidades. Que la ley electoral provincial establece que la convocatoria debe efectuarse con una antelación mínima de noventa días a la fecha del comicio, debiéndose expresar la fecha de elección, clase y número de cargos a cubrir, periodo por el que se elige, número de candidatos por los que puede votar el elector. Y la indicación del sistema electoral aplicable. Que asimismo el Artículo 141º de la Ley Electoral Provincial establece expresamente que la Función Ejecutiva Provincial convocará simultáneamente a elecciones provinciales y municipales. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126° de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º.- Convócase al electorado de la Provincia de La Rioja, para que el día 05 de julio de 2015 proceda a elegir Gobernador y Vicegobernador de la Provincia para el periodo 2015 - 2019, tomándose a la misma como distrito electoral único; siendo de aplicación el sistema electoral previsto por el Art. 127 de la Ley Electoral Provincial Nº 5.139; Ley Nº 8.506; y sus respectivas normas concordantes y complementarias. Artículo 2º.- Convócase al electorado de la Provincia de La Rioja, para que el día referido en el artículo anterior proceda a elegir Diputados Provinciales en el número de titulares y suplentes para cada uno de los Departamentos que de seguido se enumeran: Arauco: 3 Titulares - 2 Suplentes Chamical: 3 Titulares - 2 Suplentes Chilecito: 4 Titulares - 3 Suplentes General Belgrano: 1 Titular - 1 Suplente Famatina: 1 Titular - 1 Suplente General Lamadrid: 1 Titular - 1 Suplente General Ortiz de Ocampo: 1 Titular - 1 Suplente General San Martín: 1 Titular - 1 Suplente Independencia: 1 Titular - 1 Suplente San Blas de los Sauces: 1 Titular - 1 Suplente Ángel Vicente Peñaloza: 1 Titular - 1 Suplente En todos los casos citados por este artículo se tomará a cada Departamento como distrito único; siendo de aplicación el sistema electoral previsto por el Art. 130 y concordantes de la Ley Electoral Provincial Nº 5.139; Ley 8.506; y sus respectivas normas concordantes y complementarias. El mandato de los electos será de cuatro años y abarcará el periodo 2015 - 2019. Artículo 3º.- Convócase al electorado de la Provincia de La Rioja, para que el día referido en el Artículo 1º del presente proceda a elegir Intendente y Viceintendente en cada
  • 2. Martes 31 de Marzo de 2015 BOLETIN OFICIAL Pág. 3 uno de los 18 Departamentos de la provincia, los que serán tomados como distrito único, siendo de aplicación el sistema electoral previsto por el Artículo 171 de la Constitución Provincial; Ley Electoral Provincial Nº 5.139; Ley Nº 8.506; y sus respectivas normas modificatorias y complementarias. El mandato de los electos será por cuatro años, comprendiendo el periodo 2015 - 2019. Artículo 4º.- Convócase al electorado de la Provincia de La Rioja, para que el día referido en el Artículo 1º del presente proceda a elegir Concejales Municipales en el número de titulares y suplentes que a continuación se indica: Ángel Vicente Peñaloza: 7 Titulares - 4 Suplentes Arauco: 11 Titulares - 6 Suplentes Capital: 15 Titulares - 8 Suplentes Castro Barros: 7 Titulares - 4 Suplentes Chamical: 9 Titulares - 5 Suplentes Chilecito: 13 Titulares - 7 Suplentes Coronel Felipe Varela: 7 Titulares - 4 Suplentes Famatina: 7 Titulares - 4 Suplentes. General Belgrano: 7 Titulares - 4 Suplentes General Lamadrid: 7 Titulares - 4 Suplentes General Ortiz de Ocampo: 7 Titulares - 4 Suplentes General San Martín: 7 Titulares - 4 Suplentes Independencia: 7 Titulares - 4 Suplentes General Juan Facundo Quiroga: 7 Titulares - 4 Suplentes Rosario Vera Peñaloza: 9 Titulares - 5 Suplentes San Blas de los Sauces: 7 Titulares - 4 Suplentes Sanagasta: 7 Titulares - 4 Suplentes Vinchina: 7 Titulares - 4 Suplentes En todos los casos citados por este artículo se tomará a cada Departamento como distrito único, siendo de aplicación el sistema electoral previsto por el Artículo 171 de la Constitución Provincial; Ley Electoral Provincial Nº 5.139; Ley Nº 8.506; y sus respectivas normas modificatorias y complementarias. El mandato de los electos será de cuatro años y abarcará el periodo 2015 - 2019. Artículo 5º.- Exhórtarse a los partidos políticos reconocidos en el ámbito local, sean de orden provincial o departamental, a activar los mecanismos de selección interna de modo que permitan la oportuna presentación de candidatos a la elección convocada por el presente, garantizando la igualdad real de oportunidades previsto en el Art. 81° de la Constitución Provincial. Artículo 6º.- Tendrán vigencia en el acto comicial convocado por el presente y para la determinación de los candidatos electos, las normas contenidas en la Constitución Provincial, en la ley Electoral Provincial Nº 5.139 y modificatorias, y las normas electorales generales complementarias. Artículo 7º.- Remítase copia del presente decreto al Ministerio del Interior de la Nación, a la Cámara Nacional Electoral, al señor Juez Federal con competencia electoral en el Distrito La Rioja, al Tribunal Superior de Justicia, al Presidente del Tribunal Electoral Provincial y a la Cámara de Diputados de la Provincia. Artículo 8º.- El presente decreto será publicado y difundido en el Boletín Oficial, en los diarios locales de circulación en la Provincia en las emisoras de radiodifusión y Canal Provincial de Televisión, no menos de tres veces durante los diez (10) primeros días de su dictado. Artículo 9°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Derechos Humanos. Artículo 10º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese. Herrera, L.B., Gobernador - Saúl, Claudio Nicolás, M.G.J.S. y DD.HH. LICITACIONES Presidencia de la Nación Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Secretaría de Obras Públicas Subsecretaría de Obras Públicas Vialidad Nacional Aviso de Llamado a Licitación La Dirección Nacional de Vialidad 8° Dto. La Rioja comunica el llamado a Licitación Pública Nacional de la siguiente Obra: Licitación Pública Nacional N° 01/15 Obra: Ejecución de Carpeta Tipo Arena Asfalto de 2 cm de espesor, incluido riego de liga para reparaciones de baches. Ruta: Nacional N° 79 - Provincia de La Rioja. Tramo: Ulapes-Empalme con Ruta Nacional N° 141; Empalme Ruta con Ruta Nacional N° 141-Empalme con Ruta Nacional N° 77 (Desiderio Tello); Empalme con Ruta Provincial N° 31 (Catuna) - Olta (Control Policial). Garantía de Oferta: Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000). Fecha de Apertura de Ofertas: Se realizará el día 29 de abril de 2015, a horas 11:00. Fecha de Venta del Pliego: A partir del 20 de febrero de 2015. Plazo de Obra: 2 meses. Valor del Pliego: Pesos Dos Mil ($ 2.000). Lugar de Apertura: Salón de Reuniones Planta Baja Av. Ortiz de Ocampo N° 1310 - ciudad de La Rioja. Lugar de Venta: Secc. Contaduría - Av. Ortiz de Ocampo N° 1310 - ciudad de La Rioja. Consulta del Pliego: Div. Conservación - Av. Ortiz de Ocampo N° 1310 - ciudad de La Rioja. N° 16.884 - 20/02 al 28/04/2015 * * * Universidad Nacional de Chilecito Llamado a Licitación Pública Nacional N° 01/15 La Universidad Nacional de Chilecito, llama a Licitación Pública Nacional para la obra “Ampliación I Colegio Nacional Agrotécnico, Ing. Julio César Martínez”. Presupuesto Oficial: $ 10.274.776,53 (Pesos Diez Millones Doscientos Setenta y Cuatro Mil Setecientos Setenta y Seis con Cincuenta y Tres Centavos). Garantía de la Oferta: Uno por ciento (1%) del valor total de la oferta. Plazo de Ejecución: 12 meses. Recepción de Ofertas: Hasta el 29/04/15 a las 12:00 horas en domicilio UNdeC.