Caracteristicas de los derechos de autor y diferencias con los derechos de propiedad industrial
1. Universidad Juárez Autónoma De Tabasco
“Estudio En La Duda Acción En La Fe”
División Académica Multidisciplinaria De Los Ríos
Tema: Unidad 4: Derecho de Propiedad Industrial:
signos distintivos
2.4- Características principales de los derechos de
autor y sus diferencias con los derechos de propiedad
industrial.
Licenciatura: Derecho
Asignatura: Patentes, Marcas y Derechos de Autor
Alumnos:
Irvyng Garrido Lastra
Jessika Ferrer Castillo
3. ¿Qué es el Derecho de Autor?
• Es el reconocimiento que otorga el Estado a todo creador
de obras literarias y artísticas, en virtud del cual el autor
goza de derechos de tipo personal, llamado derecho
moral y económico llamado derecho patrimonial.
• ¿Qué es una obra?
Es toda creación original susceptible de reproducirse por
cualquier medio o forma.
4. Características Principales de los
Derechos de Autor
• El derecho de autor no es un derecho fundamental, como
sí lo es el derecho a la protección de datos de carácter
personal.
• Es un derecho de propiedad y de exclusiva, ya que
configura un monopolio sobre una obra concreta.
5. • Los derechos de autor son independientes, compatibles y
acumulables con:
• 1. La propiedad y otros derechos que tengan por objeto la
cosa material a la que está incorporada la creación
intelectual.
• 2. Los derechos de propiedad industrial que puedan
existir sobre la obra.
6. ¿Qué tipo de obras protege el Derecho
de Autor?
• Literarias, Musicales con o sin letra, Dramáticas, Danza,
Pictóricas o de dibujo, Escultóricas y de carácter plástico,
Caricatura e historieta, Arquitectónicas, Cinematográficas
y Audiovisuales, Programas de radio y TV, Programas de
cómputo, Fotográficas, Obras de arte aplicado (incluyen
diseño gráfico o textil), Obras de compilación.
• Las demás que por analogía se puedan incluir en la
rama más afín a su naturaleza.
7. ¿Qué es la propiedad intelectual?
• En otras jurisdicciones y para la OMPI (Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual) la expresión
“intellectual property” engloba tanto los derechos de
propiedad industrial (marcas, patentes, diseño industrial,
denominaciones de origen) como los derechos de
propiedad intelectual (derechos de autor y derechos
afines).
8. • Es un derecho limitado en el tiempo. Comienza con el
momento de su creación y dura durante toda la vida del
autor y 70 años con posterioridad a su muerte. Después,
pasa a ser de dominio público.
• En países como USA o México son 100 años. La
justificación de este traspaso de la propiedad al dominio
público es variada.
9. De lo explicado en la anterior Diapositiva el Articulo
29 de la LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR
dice lo siguiente:
Artículo 29.- Los derechos patrimoniales estarán vigentes
durante:
I. La vida del autor y, a partir de su muerte, cien años más.
Cuando la obra le pertenezca a varios coautores los
cien años se contarán a partir de la muerte del último, y
II. Cien años después de divulgadas
10. • Si el titular del derecho patrimonial distinto del autor
muere sin herederos la facultad de explotar o autorizar la
explotación de la obra corresponderá al autor y, a falta de
éste, corresponderá al Estado por conducto del Instituto,
quien respetará los derechos adquiridos por terceros con
anterioridad.
• Pasados los términos previstos en las fracciones de este
artículo, la obra pasará al dominio público
11. Diferencias con “Los Derechos de
Propiedad Industrial”.
• Hoy en día ambos términos, copyright y derecho de autor,
han ido convergiendo hasta convertirse casi en
sinónimos. Tanto es así que el diccionario de la R.A.E.,
en su avance de la vigésimo tercera edición, incluye la
palabra “copyright” como derecho de autor, y éste a su
vez es: “El que la ley reconoce al autor de una obra
intelectual o artística para autorizar su reproducción y
participar en los beneficios que esta genere
12. Derecho de Autor Propiedad Industrial
Concepto El derecho de autor es el
reconocimiento que hace el Estado en
favor de todo creador de obras
literarias, artísticas, culturales,
programación de software, etc.
La propiedad industrial se refiere al
derecho sobre las patentes de
invención, los modelos de utilidad, los
dibujos o modelos industriales, las
marcas de fábrica o de comercio, las
marcas de servicio, el nombre
comercial, las indicaciones de
procedencia o denominaciones de
origen.
Ley que lo regula Ley Federal de Derechos de Autor. Ley de Propiedad Industrial
Que se puede registrar • Literaria.
• Musical, con o sin letra.
• Dramática.
• Danza.
• Pictórica o de dibujo.
• Escultórica y de carácter
• plástico.
• Caricatura e historieta.
• Arquitectónica.
• Cinematográfica y demás obras
audiovisuales.
• Programas de radio y televisión.
• Programas de cómputo.
• Fotográfica.
• Obras de arte aplicado que incluyen el
diseño gráfico o textil
• Invención
• Diseño Industrial, pueden ser
de dos tipos: Los dibujos
industriales, Los modelos
industriales.
• Modelo de utilidad
• Marcas
• Nombre comercial
• Aviso comercial
• Denominaciones de origen
• Secretos industriales
13. Institución que puede asesorar • El Instituto Nacional del
Derecho de Autor, INDAUTOR,
cuenta con un sistema de
información al público usuario
denominado Informautor, que
se contacta por teléfono o bien
en las instalaciones del
Instituto, en el cual se canaliza
al área correspondiente para
aclarar sus dudas.
• El INDAUTOR es un órgano
desconcentrado adscrito a la
Subsecretaría de Educación
Superior de Educación Pública
• El Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial cuenta
con atención al ciudadano a
través de su Portal en Internet,
los formatos de los servicios
que proporciona en Marcas,
Patentes, Litigios e Información
Tecnológica con la descripción
de los trámites, así como, un
compendio de los costos.
• El Instituto Mexicano de
Propiedad Industrial que es un
organismo público
descentralizado de la
Secretaría de Economía.
14. Derechos Morales (paternidad, integridad,
divulgación)
• Protegen la autoría de la obra. Estos derechos no se
pueden ceder, vender o transferir, perpetuos en el caso
de la legislación española e independientes de la licencia
de la obra. Incluso siendo de dominio público, las
derechos morales del autor deben ser reconocidos.
15. Derechos patrimoniales (similares al
copyright)
• Son la reproducción, distribución, comunicación pública y
transformación): son todos aquellos que definen la
explotación de la obra, las retribuciones por su uso,
reproducción y difusión, etc. Estos sí se pueden ceder,
vender o transferir. Y estos son los que se limitan o
amplían con las diferentes licencias o contratos:
copyright, dominio público.
17. ¿Qué es el “copyleft”?
• Es un movimiento social y cultural alternativo al sistema
tradicional del copyright que aboga por el uso de licencias
libres para compartir y reutilizar las obras de creación.
Hay diferentes tipos de licencias libres entre las que se
puede elegir según el ámbito que se trate (software, obra
científica, música, arte).
18. ¿Qué son las licencias Creative
Commons?
• Son licencias en las que el autor otorga a la comunidad
una mayor libertad de uso sobre su obra aunque bajo
determinadas condiciones. Estas condiciones son
escogidas por el propio autor, de modo que frente una
obra con "todos los derechos reservados" las licencias
Creative Commons proponen "algunos derechos
reservados".
19.
20. BIBLIOGRAFIA
• Recuperado el día 23/08/2016 de la pagina web:
http://legalidad.aomatos.com/propiedad_intelectual_derec
hos_de_autor_y_copyright.html
• Recuperado el día 23/08/2016 de la pagina web:
http://bc.uns.edu.ar/es/content/propiedad-intelectual-y-
derecho-de-autor
• Recuperado el día 24/08/2016 de la pagina web
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/50_010616.
pdf