DERECHO INTERNACIONAL
Conjunto de normas y principios de carácter
imperativo, elaborados con la finalidad de regular las
conductas humanas para lograr el equilibrio entre las
relaciones del hombre que traspasan las fronteras
territoriales de los Estados
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
Es el conjunto de normas y principios de aplicación
general que tienen por objeto regular la conducta de
los Estados y las organizaciones internacionales y de
sus relaciones recíprocas, al igual que algunas de sus
relaciones con otras personas naturales o jurídicas
INTRUMENTOS NORMATIVOS
INTERNACIONALES DEL (DIP)
Las que vinculan con el derecho a un ambiente sano
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Declaración Americana de Derechos y Deberes del
Hombre.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Carta de la Organización de Estados Americanos
SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (DIP)
Los Estados
Los Organismos Internacionales (ONU, UNESCO,
OMS, OIT, etc).
Comunidades No Estatales (Iglesia católica,
comunidades nativas)
Las personas. (La humanidad)
Organizaciones No Gubernamentales
Internacionales
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
Las Convenciones Internacionales
La Costumbre Internacional
Principios Generales del Derecho Ambiental
Internacional
Jurisprudencia internacional
Las declaraciones.
Las Resolusiones.
Las Recomendaciones
PRINCIPIOS DEL DIP
Principio de igualdad jurídica de los estados.
Principio de dignidad humana
Principio de soberanía de los estados
Principio de arreglo pacífico de las controversias
Principio de prohibición de la amenaza y el uso de la fuerza.
Principio de mantenimiento de la paz y seguridad
internacionales.
Principio de libre determinación de los pueblos.
Principio de cooperación internacional.
Principio de buena fe.
Principio de abuso del derecho
Principio de derecho internacional
PRINCIPIOS PARA LA INTERPRETACIÓN DE LOS
TRATADOS
Principio de sentido ordinario y natural de los
términos del tratado.
Principio de contexto.
Principio de conformidad con el objeto y fin del
tratado
Principio de conducta ulterior.
Principio de efecto útil
Principio de trabajos preparatorios
Obligatoriedad de los principios de interpretación.
CARACTERISTICAS DEL DIP
Ausencia de un órgano legislador centralizado
Ausencia de un órgano jurisdiccional obligatorio
Ausencia de un órgano sancionador o coactivo
Coexistencia de normas generales y particulares
Presencia de una misma norma en fuentes diversas
Derecho de Coordinación
FUNDAMENTOS DEL DIP
Teorías subjetivistas:
Doctrina de la Autolimitación
Doctrina de la Voluntad Común
Doctrina de la Delegación del derecho interno
Doctrina de la voluntad de la comunidad internacional
Las que vinculan a un ambiente sano y al desarrollo
sostenible
Declaración de principios y recomendaciones para la
acción de la Conferencia de las NNUU sobre el Medio
Humano (Estocolmo 1972)
Carta Mundial de la Naturaleza (1982)
Declaración sobre el Desarrollo (1987)
Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río 1992)
Declaración de Viena (1993)
Cumbre Social (1995)
Declaración del Milenio 2000 y los objetivos de
desarrollo
Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (2002)
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL AMBIENTAL
Normas reguladoras de conductas humanas,
destinadas a lograr un ambiente saludable y un
desarrollo sostenible. Existen normas transversales,
otras destinadas al recurso natural (ley del recurso
hídrico), otras hacia algunos elementos naturales
(defensa civil), otras a regular el impacto ambiental
de las actividades sectoriales, los derechos de
vecindad (ruidos, vibraciones, emanaciones,
molestias análogas, otras para tutelar la salud
pública.
PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL
INTERNACIONAL
Principio de responsabilidades comunes pero
diferenciadas.
Principio de soberanía y responsabilidad ambiental.
Principio de evaluación de impacto ambiental
Principio de notificación oportuna de impactos
transfronterizos.
PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL
INTERNACIONAL
Principio de respeto a la realidad de cada país.
Principio de cooperación para la prevención del daño
ambiental y su reparación.
Principio de coordinación institucional eficaz.
Principio de desarrollo sostenible.
ACUERDOS AMBIENTALES
MULTILATERALES
Los Tratados Internacionales con incidencia ambiental
constituyen una fuente importante de Derecho
Ambiental Internacional y contribuyen a la
generación de las políticas ambientales nacionales de
cada nación
en este tema.
Cada país ha suscrito gran parte de los tratados
internacionales sobre medio ambiente, los que han
sido ratificados por cada país y debidamente
promulgados (publicados).
ALGUNOS ACUERDOS SON:
Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos
Persistentes.
Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología
Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento
Fundamentado aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos
peligrosos, objeto de comercio internacional.
Protocolo de Kioto.
Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación
en los países afectados por sequía grave o desertificación, en
particular en África.
ALGUNOS ACUERDOS SON:
Convenio sobre Diversidad Biológica.
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre
Cambio Climático.
Convenio de Basilea para el Control de los
Movimientos Transfronterizos de Desechos
Peligrosos y su Eliminación.
Convención para la Protección de la flora, la fauna
y las bellezas escénicas naturales de América.
Convenio Internacional para la regulación de la
caza de la ballena.
Convenio de Viena para la Protección de la Capa de
Ozono
•Protocolo de Montreal relativo a las sustancias
agotadoras de la capa de ozono.
•Declaración de Santa Cruz de la Sierra.
• Cumbre para la tierra.
• Programa 21.
• Cumbre de Rio.
• Cumbre de Johannesburgo.
• Acuerdo internacional de Copenhague.
TRATADO ANTÁRTICO
•Convenio sobre zonas húmedas de Importancia Internacional,
especialmente como hábitat de aves acuáticas.
•Convención sobre Conservación de Focas Antárticas
•Convención sobre el Comercio Internacional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre.
•Convenio sobre la conservación de especies migratorias de la
fauna salvaje
•Convención para la Conservación de los Recursos Vivos
Marinos Antárticos
•Convenio para la protección del medio ambiente y la zona
costera del Pacífico Sudeste
•Acuerdo sobre la cooperación regional para el combate contra
la contaminación del Pacífico Sudeste por hidrocarburos y
otras sustancias nocivas en caso de emergencia
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL PARA LA
PROTECCIÓN DEL AGUA
Convenio de Oslo (1972)
Convención de Ginebra (1958)
Convenio de Paris (1974)
La Carta del Agua (1968) Principio 10º y 12º
Declaración de Dublin sobre Agua y Desarrollo
Sostenible celebrada en Dublin, Irlanda (1992)
II Foro Mundial de La Haya (2000)
CLASIFICACIÓN DEL AGUA
Agua desalinizada. Agua mineral
Agua distrófica. Agua oligotrófica
Agua dulce. Agua potable
Agua dura. Agua residual
Agua eutrófica Agua subterránea
Agua fósil Agua superficial
Agua freática Agua fina
PARA PROMOVER EL
DESARROLLO SOSTENIBLE
Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo (1992)
Programa 21. (1992)
Declaración de Naerobi (1997 – PNUMA)
Declaración Ministerial de Miami (2003)
La cumbre de educación para el Desarrollo
Sostenible (Johannesburgo 2002)
Protocolo sobre la protección del medio ambiente del
Tratado Antártico.
IMPACTOS EN EL AGUA
ALTERACIONES
ALTERACIONES FÍSICAS
QUÍMICAS
pH = ácidos (CO2, ácido sulfúrico,
Color ácidos húmicos, carbonato de calcio.
Oígeno disuelto (OD), Nivel de
Olor oxígeno.
Materia orgánica biodegradable
Sabor
(DBO), cantidad de oxígeno
requerido para la biodegradación.
Temperatura Nitrógeno y fósforo: Causan
eutrofización.
Materiales en suspensión Aniones, cloruros, nitratos,
Radiactividad Cationes : indica salinidad.
Compuestos orgánicos: aceites y
Espumas grasas.
Dureza del agua
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE
IMPACTO AMBIENTAL
Metas y principios de la Evaluación de Impacto
Ambiental – Decisión 14/25 del PNUMA (1987).
Declaración del Río sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo (1992).
TIPOS DE IMPACTO AMBIENTAL
TIPOS NIVELES
Molestos Impacto Ambiental
Peligrosas compatible.
Nocivas Impacto Ambiental
crítico
Insalubre
Impacto Ambiental
En el elemento natural. moderado.
En el ecosistema. Impacto Ambiental
En la salud y vida visual o paisajístico.
humanas. Emergencia Ambiental
En la vida animal y vegetal. Impacto Global
En el patrimonio
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL REFERIDA A
LA CONTAMINACIÓN
Convención Marco de las Naciones Unidad sobe
Cambio Climático (1992)
Convenio de Vienna para la protección de la capa de
ozono (1985)
Protocolo de Kyoto de la convención marco de las
Naciones Unidad sobre el cambio climático. Reducir
las emisiones se gases que provocan el calentamiento
global.
Metas y Principios de la Evaluación de Impacto
Ambiente (Decisión 14/25 PNUMA) 1987
CONTAMINACIÓN
CUANDO ALTERA EL CUANDO ALTERA LOS
ELEMENTO PROCESOS ECOLÓGICOS
Ecosistema terrestre.
Agua Ecosistema marítimo
Suelo El Clima
Estaciones
Aire Biodiversidad
Cálidos
Paisaje Húmedos
fauna Gélidos.
Templados.
flora Tropicales
Efecto invernadero
Calentamiento global
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE
BIODIVERSIDAD
El Principio de Soberanía Estatal sobre los Recursos
Naturales Propios.
Programa de Naciones Unidas para el Medio
Ambiente PNUMA.
Sistema de Control Global del Medio Ambiente (142
Estados) brinda información sobre clima, atmósfera,
océanos, rrnn, contaminación transfronteriza y
otros.
Declaración de Cancún de países megadiversos
afines.- Intercambiar información y armonizar
legislaciones
RECURSOS Y RESERVAS
RECURSOS RESERVAS
Energéticos De caza
Energética
Hídricos Experimental
Forestal
Hídricos subterráneos Hídrica
Minerales Subterránea
Mineral
Naturales Natural
No renovables Natural gestionada
Natural integral
Renovables Paisajística
geotérmicos Reservas de la biósfera
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE
RESIDUOS
Convenio de Brasilea:
El Convenio de Basilea establece normas destinadas
a controlar a nivel internacional los movimientos
transfronterizos y la eliminación de residuos
peligrosos para la salud humana y el medio
ambiente.
CLASIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS
Hospitalario o clínico Radiactivo
De envase Tóxico
Forestal Urbano
Industrial Municipal
Inerte Orgánico
Minero Inorgánico
Peligroso Doméstico
Reciclable Reutilizable
Inflamable ´Sólidos, líquidos,
gaseosos
FINALIDAD DE LOS ACUERDOS O TRATADOS
Estos acuerdos fueron desarrollados con el fin de
preservar el medio ambiente de la Tierra, la
Organización de las Naciones Unidas trabaja con
intensidad para lograr acuerdos internacionales que
ayuden a preservar y respetar el medio ambiente,
como el mejor legado o herencia que la humanidad
puede dejar a generaciones futuras.
IMPLEMENTACIÓN
Operan primordialmente por medio de políticas, estatutos y
programas nacionales. Pueden surgir un número de
situaciones bajo la legislación nacional en las que un tratado
es ratificado por un estado y provoca una obligación de
implementación.
Primero, el tratado en cuestión puede ser practicado y acorde
completamente con las leyes internas, y en consecuencia ser
implementado exactamente como una ley
interna.
Segundo, paralelamente el tratado puede requerir que el
gobierno realice un seguimiento, un informe de las
condiciones ambientales de la degradación de los recursos
naturales .
Tercero, el tratado puede requerir un cambio material en la
legislación.
SOSTENIBLE"
Este concepto quiere decir el hecho de lograr el
mayor desarrollo de los pueblos sin poner en peligro
el medio ambiente.
Para ello se creó, en 1972, el Programa de las
Naciones Unidas sobre el Medio ambiente
(PNUMA), que se encarga de promover actividades
medioambientales y crear conciencia entre la
población sobre la importancia de cuidar el medio
ambiente.
cual se adoptó:
-El "PROGRAMA 21.
-Se definieron los derechos y deberes de los
Estados en materia de medio ambiente.
-Se abordaron las cuestiones relacionadas con:
-La protección de los bosques.
-El cambio climático y la diversidad biológica.
-Las poblaciones de peces migratorias.
- La desertificación.
-El desarrollo sostenible de los Estados Insulares
(islas).
SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS
Semejanzas y diferencias entre Derecho
Internacional Público y Privado: Se semeja en cuanto
a que ambos descansan en la comunidad jurídica
internacional, en la coexistencia pacífica de los
pueblos y en la búsqueda de la seguridad jurídica.
DIFERENCIAS
En cuanto a sus diferencias se pueden mencionar
que el público se refiere a los Estados y sus
relaciones entre sí, a las organizaciones
internacionales intergubernamentales y en algunos
caos muy concretos al individuo (caso de los
derechos humanos, por ejemplo); el privado se ocupa
de los límites en el espacio del poder legislativo en su
ejercicio nacional e interior.