2. QUE ES UN DISTRITO ?
Los Distritos en Colombia son entidades
territoriales.
Que tienen una característica que las
destaca o diferencia.
El primer Distrito se creo en 1861 el cual es
Santa Fe de Bogotá Distrito Capital.
3. En la Constitución de 1991 el Articulo 328
menciona cuales son los Distritos Especiales en el
territorio Colombiano , así como define su
régimen político , administrativo y fiscal.
El Acto Legislativo No. 02 de 2007 modifico el
Art. 328 de la Constitución junto con el Art. 356
referente a la distribución de los recursos y
competencias.
4. •Distrito Capital Bogotá, Decreto Legislativo 3640/1954 y Constitución Política
1991
• Distrito Turístico, Cultural e Histórico Santa Marta. Constitución Política 1991.
• Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias. Constitución Política 1991.
• Distrito Turístico, Cultural e Histórico Barranquilla. Acto legislativo 01 de 1993.
• Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Eco turístico de
Buenaventura. Acto legislativo 02 de 2007.
5. Formación de distrito
Implica la reforma de la constitución política
mediante acto legislativo
Asamblea constituyente
Referendo
6. Conformación de un Distrito
La iniciativa de una entidad territorial
interesada en convertirse en Distrito, debe
sustentarse en un proyecto que justifique las
condiciones técnicas, sociales económicas
que lleven a un municipio o región a
convertirse en este tipo de ente territorial.
7. Conformación Distrito
Ley orgánica 128/94: Áreas metropolitanas
pueden ser distritos.
Consulta popular
Desaparecen los distritos parte de las áreas
metropolitanas
Sujeción a las normas de las localidades vigentes
8. COMPETENCIAS DE LOS
DISTRITOS
Según Art. 287 CPC: Estos están facultados:
1. Gobernarse por autoridades propias.
2. Ejercer las competencias que les corresponden.
3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el
cumplimiento de sus funciones.
4. Participar en las rentas Nacionales.
Según Ley 715/2001 Las competencias de los Distritos Certificados están
divididas en Sectores como son:
Sector Salud
Sector Educación
Otros Sectores.
9. Competencias Distritos especiales
a) Dividir el territorio distrital en localidades, de acuerdo
a las características sociales de sus habitantes y atribuir
competencias y funciones administrativas.
b) Organizarse como áreas metropolitanas, siempre que
existan unas relaciones físicas, sociales y económicas
que den lugar al conjunto de dicha característica y
coordinar el desarrollo del espacio territorial integrado
por medio de la racionalización de la prestación de sus
servicios y la ejecución de obras de interés
metropolitano.
c) Dirigir las actividades que por su denominación y su
carácter les corresponda.
10. Competencias Distritos especiales
Asociaciones de distritos especiales
Dos o más Distritos Especiales podrán asociarse política y
administrativamente para organizar conjuntamente la
prestación de servicios o la ejecución de obras públicas
de interés común mediante convenio, siempre y cuando
no se alteren las características esenciales de cada uno
de ellos. El respectivo convenio o contrato-plan
configurará un modelo de desarrollo y planificación
integral conjunto que será suscrito por los Alcaldes
Mayores de cada Distrito, previamente autorizados por
sus respectivos Concejos y estará enmarcado en un plan
de acción de mediano plazo.
11. Competencias
PROPOSITO GENERAL
Artículo 75. Competencias de los distritos.
Los distritos tendrán las mismas
competencias que los municipios y
departamentos, excepto aquellas que
correspondan a la función de intermediación
con los municipios y la Nación.
12. Distribución De Los
Recursos
Según Art. 356 de la Constitución creo el S.G.P. el cual
esta destinado al Sector Salud , Educación, Agua Potable
y Saneamiento Básico privilegiando a la población mas
vulnerable .
El acto legislativo 05 de 2011 modifico los Art. 360 y 361
de la CPN, constituyendo el Sistema General de Regalías,
para efectos de crear fondos de ciencia, tecnología e
innovación; desarrollo regional; de compensación
regional y de ahorro y estabilización.
13. Ordenamiento territorial
Art.288 CPC: “La ley orgánica de ordenamiento territorial establecerá la
distribución de competencias entre la Nación y las entidades territoriales
el año 2011 se logró expedir la ley 1474/11 “por la cual se dictan normas
orgánicas sobre ordenamiento territorial y se modifican otras
disposiciones”
Ley 1454 / 2011 Dispone que dos o más Distritos Especiales puedan asociarse
política y administrativamente para organizar conjuntamente la prestación de
servicios o la ejecución de obras públicas de interés común.
Estas asociaciones son entidades administrativas de derecho público,
con personería jurídica y patrimonio propio e independiente de los entes
que la conforman
14. Ordenamiento territorial
Ley 388 del 97
determinó que los municipios y distritos adoptaran la
aplicación de planes de ordenamiento territorial, que
corresponden al conjunto de objetivos, directrices,
políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones
y normas adoptadas para orientar y administrar el
desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo.