1. Univerrsidad Fermi Toro
Vice-Rectorado Academico
Facultad de Ciencias Jurdicas y Politicas
Escuela de Derecho
Barquisimeto Lara
Derecho Ambiental
Jhohanny Quijada CI:25854067
Antecedentes Históricos del
Derecho Ambiental
Era Romana
Aunque en el Derecho Romano no
se destacaron las regulaciones de
tipo ambiental, la misma dinámica
social apuntaba a la conservación
de los recursos naturales, pues su
forma de vida tendió a aprovechar
los amplios recursos naturales que
tenían a su disposición en pro del
desarrollo de la comunidad pero sin
causar impactos que generaran
grandes cambios en el medio
ambiente.
Ejemplo:
el agua necesaria para los cultivos era
trasladada por gravedad, evitando así
cualquier impacto negativo en los afluentes
de agua dulce; tamben en proceso de los
pastizales, el cual se desarrollaba de forma
natural, sin intervención alguna del hombre
en la naturaleza. Así, la familia romana,
vivía en armonía con el ambiente sin
necesidad de regulaciones legales
El mismo panorama se extendió en la época
feudal y en la Edad Media.
2. Año 1705
Thomas Newcomencrea la
primera máquina de motor y
se produce en el planeta la
primera emanación de
gases al ambiente.
James Watt, un importante físico, mejoró ese
primer motor rudimentario convirtiéndolo en una
gran herramienta para el desarrollo industrial del
mundo. Un gran adelanto con éste motor fue
superar el traslado del agua por gravedad, que
distingue la etapa anterior, además de dar
mayores posibilidades al ser humano para tener
una vida más cómoda; pues el motor ayudo,
impulso y contribuyo al desarrollo satisfactorio de
la llamada Revolución Industrial.
Aparecen entonces las llamadas máquinas
de vapor, que vienen a mejorar y tecnificar el
trabajo; pero también traen profundos
cambios en el orden social, económico y por
supuesto ambiental.
3. Año 1962
Surge una élite de intelectuales en pro
de las ideas de protección y
conservación del ambiente y se crean
las primeras organizaciones
protectoras de éste; un hecho
determinante fue la publicación del
libro de Rachel Carson que llego a
obtener la denominación de “Best
Seller” titulado “Primavera
Silenciosa”, donde se tocaba la
temática de los efectos perjudiciales
que los químicos y pesticidas de uso
agrícola podían ocasionar al ambiente.
1968, el Código Civil de
Venezuela
Incorpora normas
conservacionistas en materia
ambiental, evidenciando la
influencia en nuestros legisladores
de la discusión se venía dando en
las organizaciones ambientales a
nivel mundial.
4. 1972 Cumbre de Estocolmo
Fue la primera reunión de países miembros de la
ONU para la protección del medio ambiente; en sus
discusiones se pone de manifiesto la preocupación
por el ambiente y el impacto que las actividades
económicas tenían sobre él, en ésta reunión se
busco crear una corriente en función de revertir la
situación de daño ambiental y tomar medidas
contundentes al respecto. En esta Cumbre se
tomaron decisiones puntuales para proteger el
ambiente y el impacto que esta reunión tuvo en
Venezuela se noto con la creación del Ministerio del
Ambiente y la promulgación de la Ley Orgánica en
esta materia en el año 1976
1987 Informe
Brundtland
Denominado así porque la Dra. Brundtland fue la persona
facultada por la ONU para realizar este estudio frente a las
circunstancias adversas de los acuerdos obtenidos en la
Cumbre de Estocolmo; en este documento se platean un
sinfín de aspectos inherentes a la situación mundial para el
momento en materia ambiental poniendo en el tapete el
hecho de que la sociedad con su desarrollo vertiginoso
venia poniendo en riesgo el ambiente. Puntualmente, en
este informe se habla por primera vez de “Desarrollo
Sostenible” y se asocia el deterioro ambiental con la
pobreza.
5. En 1992 Cumbre mundial sobre el
medio ambiente y el desarrollo
Efectuada en la ciudad de Rio de Janeiro –
Brasil; de esta reunión surge la Agenda
21 que contiene un acuerdo global en materia
de conservación del ambiente y deja las
bases para las medidas necesarias en aras
de recuperar lo perdido por el daño causado
hasta el momento. Sin embargo, no es hasta
1997, en el Protocolo de Kioto – Japón,
cuando se pone en evidencia los efectos
perjudiciales y mortales del deterioro
ambiental, ésta reunión tuvo su impacto en la
legislación venezolana pues luego de su
celebración surge en Venezuela la
promulgación de la Ley Penal del Ambiente.
Pero, la reunión se considero un fracaso,
pues intereses particulares de los países más
industrializados llevaron a incumplir muchas
de las disposiciones allí contempladas
2011 en Suráfrica
Cumbre del Clima
En ella se acordaron medidas que traten
de frenar el cambio climático que causa
estragos en el planeta tierra
6. Conceptos Básicos Ambientales
Ecologia
Es la ciencia que estudia
las relaciones entre los
seres vivos y su ambiente
donde habitan.
AMBIENTE:Entorno que afecta a los
seres vivos y que
condiciona sus
circunstancias vitales.
7. BIOSFERA
Totalidad de los
organismos vivos que
habitan en
nuestro planeta o al
conjunto que forman los
medios que permiten la
subsistencia y el
desarrollo de las distintas
especies.
ECOSISTEMA
Comunidad de seres vivos
cuyos procesos vitales
están relacionados entre sí
El desarrollo de estos
organismos se produce en
función de los factores
físicos del ambiente que
comparten.
CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
Se refiere a la presencia en el
ambiente de sustancias extrañas
cuyo origen humano, esta en la
capacidad de ocasionar
alteraciones en la estructura y el
funcionamiento del ecosistema
8. DEGRADACION
AMBIENTAL:
Referido al conjunto de
procesos que tienden a
deteriorar o impiden la
utilización de un
determinado recurso como
el agua, aire, suelo, flora,
fauna, paisajes etc
Referido a los servicios que prestan los ecosistemas a las
comunidades humanas, contribuyendo incluso a sus
actividades productivas. En este aspecto se contempla la
protección y conservación de las fuentes de agua y cuencas
hidrográficas; asi como la protección y conservación de las
cuencas atmosféricas; la protección, conservación y
recuperación del suelo; la protección o conservación de toda
la biodiversidad, especies y ecosistemas; la eficiente
mitigación de emisiones y la fijación, reducción, secuestro,
almacenamiento y absorción de gases que producen
elefecto invernadero; la belleza escénica o paisajística; la
asimilación y diseminación efectiva de efluentes y emisiones,
y en general, el mantenimiento de los procesos ecológicos
esenciales de los ecosistemas naturales
SERVICIOS AMBIENTALES
9. DESARROLLO
SOSTENIBLE:
Desarrollo que tiende a
satisfacer las necesidades de
la generación presente, sin
comprometer la capacidad de
las generaciones futuras,
quienes tambien puedan
satisfacer sus propias
necesidades
PATRIMONIO
NATURAL:
Aquellos monumentos
naturales, formaciones
geológicas, lugares y
paisajes naturales, que en
esencia tienen un valor
relevante desde el punto de
vista estético, científico y
ambiental
10. Analisis del concepto
Derecho ambiental
Conceptos
consiste en un grupo de reglas que
resuelven problemas relacionados
con la conservación y protección
del medio ambiente y de lucha
contra la contaminación.
Raul Brañes es el conjunto de normas
jurídicas que regulan las conductas humanas
que pueden influir de una manera relevante en
los procesos de interacción que tienen lugar
entre los sistemas de organismos vivos y sus
sistemas de ambiente mediante la generación
de efectos de los que se espera una
modificación significativa de las condiciones
de existencia de dichos organismos.
Javier Junceda, se puede definir como el
conjunto de reglas y principios
preservadores de la naturaleza y de sus
elementos constitutivos básicos o
esenciales para su complejo equilibrio:
aire, espacios y especies protegidas,
paisaje, flora y fauna, aguas, montes,
suelos y subsuelos y recursos naturales
Concepto Propio
Son un conjunto de normas y principios
regulados por la ley concerniente a el ambiente
el cual tiene como fin principal su
conservacion del mismo evitando la
problematica de la contaminacion ya sea de
caracter individual o colectivo
11. Caracteristicas del derecho ambiental
enfocada a través de imágenes
Supranacionalidad
Los efectos de los factores que afectan el medio
ambiente sobrepasan las fronteras de los Estados y
destacan la importancia de la cooperación
internacional. Las poluciones pasan de un medio a
otro, pero no pueden ser combatidas sino en un
contexto, o, dicho de otro modo, sin la cooperación de
otros Estados.
Ambigüedad
En Doctrina se asiente la
necesidad de prevenir el daño
ambiental. No obstante, una
gran cantidad de normas están
destinadas a reprimirlo. Es por
ello que puede afirmarse la
necesidad de que el Derecho
Ambiental opte por un perfil
determinado, para mejorar su
efectividad. Esta afirmación no
importa olvidar el otro aspecto,
pero sí optar por uno de ellos
como principal.
12. Primacía de los intereses colectivos
Si bien podemos afirmar que el Derecho
Ambiental, al igual que otras nuevas
ramas del Derecho ha venido a poner de
manifiesto la crisis de la distinción
Derecho Público-Derecho Privado, no
pueden negarse sus fuertes
vinculaciones con el Derecho
Administrativo y el Constitucional, lo cual
se confirma por una numerosa cantidad
de normas de orden público y por las
fuertes restricciones que la libertad
contractual presenta en este ámbito.
En muchos casos, esta característica le
ha servido al Derecho Ambiental para
trazar límites a la propiedad particular en
defensa del bien común. Además, hemos
asistido a una defensa de los bienes del
dominio público cuando algún tipo de
impacto ambiental los afecta o presenta
tal virtualidad.
13. Fuentes del Derecho Ambiental
La Constitución de Venezuela de
1999:tomando en consideración esos
precedentes constitucionales del
Hemisferio y las tendencias de la
evolución de la normativa ambiental
expresadas en las declaraciones
principistas de las diferentes
conferencias internacionales en la
materia, se caracteriza por la amplitud
de su Cláusula Ambiental, pues desde
su Preámbulo declara que el equilibrio
ecológico y los bienes jurídico-
ambientales constituyen “patrimonio
común e irrenunciable de la
humanidad”
El concepto del desarrollo sostenible se basa en su
sustentabilidad ecológica y ambiental. Ese modelo no es
otro que el de una economía social y ambiental de mercado
(Art. 299 CN).
La formulación de un modelo de régimen socioeconómico
inspirado en el concepto del desarrollo humano integral, cuya
dimensión económica implica la búsqueda de equilibrios
dinámicos entre las actividades que implican uso,
aprovechamiento y transformación de los recursos naturales y
demás bienes ambientales y la preservación de las condiciones
y características ecológicas de esos bienes para garantizar la
sustentabilidad de dicho desarrollo. A ese fin se eleva a rango
constitucional el estudio de impacto ambiental y sociocultural
(Art. 129 CN)
El deber político-institucional del
Estado de desarrollar una política
de ordenación del territorio
atendiendo a las realidades
ecológicas, geográficas,
poblacionales, sociales, culturales,
económicas de acuerdo con las
premisas del desarrollo
sustentable, que incluya la
información, consulta y
participación ciudadana (Art. 128)