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Univerrsidad Fermi Toro
Vice-Rectorado Academico
Facultad de Ciencias Jurdicas y Politicas
Escuela de Derecho
Barquisimeto Lara
Derecho Ambiental
Jhohanny Quijada CI:25854067
Antecedentes Históricos del
Derecho Ambiental
Era Romana
Aunque en el Derecho Romano no
se destacaron las regulaciones de
tipo ambiental, la misma dinámica
social apuntaba a la conservación
de los recursos naturales, pues su
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vivía en armonía con el ambiente sin
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Año 1705
Thomas Newcomencrea la
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se produce en el planeta la
primera emanación de
gases al ambiente.
James Watt, un importante físico, mejoró ese
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superar el traslado del agua por gravedad, que
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impulso y contribuyo al desarrollo satisfactorio de
la llamada Revolución Industrial.
Aparecen entonces las llamadas máquinas
de vapor, que vienen a mejorar y tecnificar el
trabajo; pero también traen profundos
cambios en el orden social, económico y por
supuesto ambiental.
Año 1962
Surge una élite de intelectuales en pro
de las ideas de protección y
conservación del ambiente y se crean
las primeras organizaciones
protectoras de éste; un hecho
determinante fue la publicación del
libro de Rachel Carson que llego a
obtener la denominación de “Best
Seller” titulado “Primavera
Silenciosa”, donde se tocaba la
temática de los efectos perjudiciales
que los químicos y pesticidas de uso
agrícola podían ocasionar al ambiente.
1968, el Código Civil de
Venezuela
Incorpora normas
conservacionistas en materia
ambiental, evidenciando la
influencia en nuestros legisladores
de la discusión se venía dando en
las organizaciones ambientales a
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1972 Cumbre de Estocolmo
Fue la primera reunión de países miembros de la
ONU para la protección del medio ambiente; en sus
discusiones se pone de manifiesto la preocupación
por el ambiente y el impacto que las actividades
económicas tenían sobre él, en ésta reunión se
busco crear una corriente en función de revertir la
situación de daño ambiental y tomar medidas
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tomaron decisiones puntuales para proteger el
ambiente y el impacto que esta reunión tuvo en
Venezuela se noto con la creación del Ministerio del
Ambiente y la promulgación de la Ley Orgánica en
esta materia en el año 1976
1987 Informe
Brundtland
Denominado así porque la Dra. Brundtland fue la persona
facultada por la ONU para realizar este estudio frente a las
circunstancias adversas de los acuerdos obtenidos en la
Cumbre de Estocolmo; en este documento se platean un
sinfín de aspectos inherentes a la situación mundial para el
momento en materia ambiental poniendo en el tapete el
hecho de que la sociedad con su desarrollo vertiginoso
venia poniendo en riesgo el ambiente. Puntualmente, en
este informe se habla por primera vez de “Desarrollo
Sostenible” y se asocia el deterioro ambiental con la
pobreza.
En 1992 Cumbre mundial sobre el
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Efectuada en la ciudad de Rio de Janeiro –
Brasil; de esta reunión surge la Agenda
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de conservación del ambiente y deja las
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1997, en el Protocolo de Kioto – Japón,
cuando se pone en evidencia los efectos
perjudiciales y mortales del deterioro
ambiental, ésta reunión tuvo su impacto en la
legislación venezolana pues luego de su
celebración surge en Venezuela la
promulgación de la Ley Penal del Ambiente.
Pero, la reunión se considero un fracaso,
pues intereses particulares de los países más
industrializados llevaron a incumplir muchas
de las disposiciones allí contempladas
2011 en Suráfrica
Cumbre del Clima
En ella se acordaron medidas que traten
de frenar el cambio climático que causa
estragos en el planeta tierra
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Ecologia
Es la ciencia que estudia
las relaciones entre los
seres vivos y su ambiente
donde habitan.
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AMBIENTAL:
Referido al conjunto de
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comunidades humanas, contribuyendo incluso a sus
actividades productivas. En este aspecto se contempla la
protección y conservación de las fuentes de agua y cuencas
hidrográficas; asi como la protección y conservación de las
cuencas atmosféricas; la protección, conservación y
recuperación del suelo; la protección o conservación de toda
la biodiversidad, especies y ecosistemas; la eficiente
mitigación de emisiones y la fijación, reducción, secuestro,
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la generación presente, sin
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las generaciones futuras,
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naturales, formaciones
geológicas, lugares y
paisajes naturales, que en
esencia tienen un valor
relevante desde el punto de
vista estético, científico y
ambiental
Analisis del concepto
Derecho ambiental
Conceptos
consiste en un grupo de reglas que
resuelven problemas relacionados
con la conservación y protección
del medio ambiente y de lucha
contra la contaminación.
Raul Brañes es el conjunto de normas
jurídicas que regulan las conductas humanas
que pueden influir de una manera relevante en
los procesos de interacción que tienen lugar
entre los sistemas de organismos vivos y sus
sistemas de ambiente mediante la generación
de efectos de los que se espera una
modificación significativa de las condiciones
de existencia de dichos organismos.
Javier Junceda, se puede definir como el
conjunto de reglas y principios
preservadores de la naturaleza y de sus
elementos constitutivos básicos o
esenciales para su complejo equilibrio:
aire, espacios y especies protegidas,
paisaje, flora y fauna, aguas, montes,
suelos y subsuelos y recursos naturales
Concepto Propio
Son un conjunto de normas y principios
regulados por la ley concerniente a el ambiente
el cual tiene como fin principal su
conservacion del mismo evitando la
problematica de la contaminacion ya sea de
caracter individual o colectivo
Caracteristicas del derecho ambiental
enfocada a través de imágenes
Supranacionalidad
Los efectos de los factores que afectan el medio
ambiente sobrepasan las fronteras de los Estados y
destacan la importancia de la cooperación
internacional. Las poluciones pasan de un medio a
otro, pero no pueden ser combatidas sino en un
contexto, o, dicho de otro modo, sin la cooperación de
otros Estados.
Ambigüedad
En Doctrina se asiente la
necesidad de prevenir el daño
ambiental. No obstante, una
gran cantidad de normas están
destinadas a reprimirlo. Es por
ello que puede afirmarse la
necesidad de que el Derecho
Ambiental opte por un perfil
determinado, para mejorar su
efectividad. Esta afirmación no
importa olvidar el otro aspecto,
pero sí optar por uno de ellos
como principal.
Primacía de los intereses colectivos
Si bien podemos afirmar que el Derecho
Ambiental, al igual que otras nuevas
ramas del Derecho ha venido a poner de
manifiesto la crisis de la distinción
Derecho Público-Derecho Privado, no
pueden negarse sus fuertes
vinculaciones con el Derecho
Administrativo y el Constitucional, lo cual
se confirma por una numerosa cantidad
de normas de orden público y por las
fuertes restricciones que la libertad
contractual presenta en este ámbito.
En muchos casos, esta característica le
ha servido al Derecho Ambiental para
trazar límites a la propiedad particular en
defensa del bien común. Además, hemos
asistido a una defensa de los bienes del
dominio público cuando algún tipo de
impacto ambiental los afecta o presenta
tal virtualidad.
Fuentes del Derecho Ambiental
La Constitución de Venezuela de
1999:tomando en consideración esos
precedentes constitucionales del
Hemisferio y las tendencias de la
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expresadas en las declaraciones
principistas de las diferentes
conferencias internacionales en la
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de su Cláusula Ambiental, pues desde
su Preámbulo declara que el equilibrio
ecológico y los bienes jurídico-
ambientales constituyen “patrimonio
común e irrenunciable de la
humanidad”
El concepto del desarrollo sostenible se basa en su
sustentabilidad ecológica y ambiental. Ese modelo no es
otro que el de una economía social y ambiental de mercado
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La formulación de un modelo de régimen socioeconómico
inspirado en el concepto del desarrollo humano integral, cuya
dimensión económica implica la búsqueda de equilibrios
dinámicos entre las actividades que implican uso,
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y características ecológicas de esos bienes para garantizar la
sustentabilidad de dicho desarrollo. A ese fin se eleva a rango
constitucional el estudio de impacto ambiental y sociocultural
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El deber político-institucional del
Estado de desarrollar una política
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Derecho ambiental

  • 1. Univerrsidad Fermi Toro Vice-Rectorado Academico Facultad de Ciencias Jurdicas y Politicas Escuela de Derecho Barquisimeto Lara Derecho Ambiental Jhohanny Quijada CI:25854067 Antecedentes Históricos del Derecho Ambiental Era Romana Aunque en el Derecho Romano no se destacaron las regulaciones de tipo ambiental, la misma dinámica social apuntaba a la conservación de los recursos naturales, pues su forma de vida tendió a aprovechar los amplios recursos naturales que tenían a su disposición en pro del desarrollo de la comunidad pero sin causar impactos que generaran grandes cambios en el medio ambiente. Ejemplo: el agua necesaria para los cultivos era trasladada por gravedad, evitando así cualquier impacto negativo en los afluentes de agua dulce; tamben en proceso de los pastizales, el cual se desarrollaba de forma natural, sin intervención alguna del hombre en la naturaleza. Así, la familia romana, vivía en armonía con el ambiente sin necesidad de regulaciones legales El mismo panorama se extendió en la época feudal y en la Edad Media.
  • 2. Año 1705 Thomas Newcomencrea la primera máquina de motor y se produce en el planeta la primera emanación de gases al ambiente. James Watt, un importante físico, mejoró ese primer motor rudimentario convirtiéndolo en una gran herramienta para el desarrollo industrial del mundo. Un gran adelanto con éste motor fue superar el traslado del agua por gravedad, que distingue la etapa anterior, además de dar mayores posibilidades al ser humano para tener una vida más cómoda; pues el motor ayudo, impulso y contribuyo al desarrollo satisfactorio de la llamada Revolución Industrial. Aparecen entonces las llamadas máquinas de vapor, que vienen a mejorar y tecnificar el trabajo; pero también traen profundos cambios en el orden social, económico y por supuesto ambiental.
  • 3. Año 1962 Surge una élite de intelectuales en pro de las ideas de protección y conservación del ambiente y se crean las primeras organizaciones protectoras de éste; un hecho determinante fue la publicación del libro de Rachel Carson que llego a obtener la denominación de “Best Seller” titulado “Primavera Silenciosa”, donde se tocaba la temática de los efectos perjudiciales que los químicos y pesticidas de uso agrícola podían ocasionar al ambiente. 1968, el Código Civil de Venezuela Incorpora normas conservacionistas en materia ambiental, evidenciando la influencia en nuestros legisladores de la discusión se venía dando en las organizaciones ambientales a nivel mundial.
  • 4. 1972 Cumbre de Estocolmo Fue la primera reunión de países miembros de la ONU para la protección del medio ambiente; en sus discusiones se pone de manifiesto la preocupación por el ambiente y el impacto que las actividades económicas tenían sobre él, en ésta reunión se busco crear una corriente en función de revertir la situación de daño ambiental y tomar medidas contundentes al respecto. En esta Cumbre se tomaron decisiones puntuales para proteger el ambiente y el impacto que esta reunión tuvo en Venezuela se noto con la creación del Ministerio del Ambiente y la promulgación de la Ley Orgánica en esta materia en el año 1976 1987 Informe Brundtland Denominado así porque la Dra. Brundtland fue la persona facultada por la ONU para realizar este estudio frente a las circunstancias adversas de los acuerdos obtenidos en la Cumbre de Estocolmo; en este documento se platean un sinfín de aspectos inherentes a la situación mundial para el momento en materia ambiental poniendo en el tapete el hecho de que la sociedad con su desarrollo vertiginoso venia poniendo en riesgo el ambiente. Puntualmente, en este informe se habla por primera vez de “Desarrollo Sostenible” y se asocia el deterioro ambiental con la pobreza.
  • 5. En 1992 Cumbre mundial sobre el medio ambiente y el desarrollo Efectuada en la ciudad de Rio de Janeiro – Brasil; de esta reunión surge la Agenda 21 que contiene un acuerdo global en materia de conservación del ambiente y deja las bases para las medidas necesarias en aras de recuperar lo perdido por el daño causado hasta el momento. Sin embargo, no es hasta 1997, en el Protocolo de Kioto – Japón, cuando se pone en evidencia los efectos perjudiciales y mortales del deterioro ambiental, ésta reunión tuvo su impacto en la legislación venezolana pues luego de su celebración surge en Venezuela la promulgación de la Ley Penal del Ambiente. Pero, la reunión se considero un fracaso, pues intereses particulares de los países más industrializados llevaron a incumplir muchas de las disposiciones allí contempladas 2011 en Suráfrica Cumbre del Clima En ella se acordaron medidas que traten de frenar el cambio climático que causa estragos en el planeta tierra
  • 6. Conceptos Básicos Ambientales Ecologia Es la ciencia que estudia las relaciones entre los seres vivos y su ambiente donde habitan. AMBIENTE:Entorno que afecta a los seres vivos y que condiciona sus circunstancias vitales.
  • 7. BIOSFERA Totalidad de los organismos vivos que habitan en nuestro planeta o al conjunto que forman los medios que permiten la subsistencia y el desarrollo de las distintas especies. ECOSISTEMA Comunidad de seres vivos cuyos procesos vitales están relacionados entre sí El desarrollo de estos organismos se produce en función de los factores físicos del ambiente que comparten. CONTAMINACIÓN AMBIENTAL Se refiere a la presencia en el ambiente de sustancias extrañas cuyo origen humano, esta en la capacidad de ocasionar alteraciones en la estructura y el funcionamiento del ecosistema
  • 8. DEGRADACION AMBIENTAL: Referido al conjunto de procesos que tienden a deteriorar o impiden la utilización de un determinado recurso como el agua, aire, suelo, flora, fauna, paisajes etc Referido a los servicios que prestan los ecosistemas a las comunidades humanas, contribuyendo incluso a sus actividades productivas. En este aspecto se contempla la protección y conservación de las fuentes de agua y cuencas hidrográficas; asi como la protección y conservación de las cuencas atmosféricas; la protección, conservación y recuperación del suelo; la protección o conservación de toda la biodiversidad, especies y ecosistemas; la eficiente mitigación de emisiones y la fijación, reducción, secuestro, almacenamiento y absorción de gases que producen elefecto invernadero; la belleza escénica o paisajística; la asimilación y diseminación efectiva de efluentes y emisiones, y en general, el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales de los ecosistemas naturales SERVICIOS AMBIENTALES
  • 9. DESARROLLO SOSTENIBLE: Desarrollo que tiende a satisfacer las necesidades de la generación presente, sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras, quienes tambien puedan satisfacer sus propias necesidades PATRIMONIO NATURAL: Aquellos monumentos naturales, formaciones geológicas, lugares y paisajes naturales, que en esencia tienen un valor relevante desde el punto de vista estético, científico y ambiental
  • 10. Analisis del concepto Derecho ambiental Conceptos consiste en un grupo de reglas que resuelven problemas relacionados con la conservación y protección del medio ambiente y de lucha contra la contaminación. Raul Brañes es el conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de organismos vivos y sus sistemas de ambiente mediante la generación de efectos de los que se espera una modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos. Javier Junceda, se puede definir como el conjunto de reglas y principios preservadores de la naturaleza y de sus elementos constitutivos básicos o esenciales para su complejo equilibrio: aire, espacios y especies protegidas, paisaje, flora y fauna, aguas, montes, suelos y subsuelos y recursos naturales Concepto Propio Son un conjunto de normas y principios regulados por la ley concerniente a el ambiente el cual tiene como fin principal su conservacion del mismo evitando la problematica de la contaminacion ya sea de caracter individual o colectivo
  • 11. Caracteristicas del derecho ambiental enfocada a través de imágenes Supranacionalidad Los efectos de los factores que afectan el medio ambiente sobrepasan las fronteras de los Estados y destacan la importancia de la cooperación internacional. Las poluciones pasan de un medio a otro, pero no pueden ser combatidas sino en un contexto, o, dicho de otro modo, sin la cooperación de otros Estados. Ambigüedad En Doctrina se asiente la necesidad de prevenir el daño ambiental. No obstante, una gran cantidad de normas están destinadas a reprimirlo. Es por ello que puede afirmarse la necesidad de que el Derecho Ambiental opte por un perfil determinado, para mejorar su efectividad. Esta afirmación no importa olvidar el otro aspecto, pero sí optar por uno de ellos como principal.
  • 12. Primacía de los intereses colectivos Si bien podemos afirmar que el Derecho Ambiental, al igual que otras nuevas ramas del Derecho ha venido a poner de manifiesto la crisis de la distinción Derecho Público-Derecho Privado, no pueden negarse sus fuertes vinculaciones con el Derecho Administrativo y el Constitucional, lo cual se confirma por una numerosa cantidad de normas de orden público y por las fuertes restricciones que la libertad contractual presenta en este ámbito. En muchos casos, esta característica le ha servido al Derecho Ambiental para trazar límites a la propiedad particular en defensa del bien común. Además, hemos asistido a una defensa de los bienes del dominio público cuando algún tipo de impacto ambiental los afecta o presenta tal virtualidad.
  • 13. Fuentes del Derecho Ambiental La Constitución de Venezuela de 1999:tomando en consideración esos precedentes constitucionales del Hemisferio y las tendencias de la evolución de la normativa ambiental expresadas en las declaraciones principistas de las diferentes conferencias internacionales en la materia, se caracteriza por la amplitud de su Cláusula Ambiental, pues desde su Preámbulo declara que el equilibrio ecológico y los bienes jurídico- ambientales constituyen “patrimonio común e irrenunciable de la humanidad” El concepto del desarrollo sostenible se basa en su sustentabilidad ecológica y ambiental. Ese modelo no es otro que el de una economía social y ambiental de mercado (Art. 299 CN). La formulación de un modelo de régimen socioeconómico inspirado en el concepto del desarrollo humano integral, cuya dimensión económica implica la búsqueda de equilibrios dinámicos entre las actividades que implican uso, aprovechamiento y transformación de los recursos naturales y demás bienes ambientales y la preservación de las condiciones y características ecológicas de esos bienes para garantizar la sustentabilidad de dicho desarrollo. A ese fin se eleva a rango constitucional el estudio de impacto ambiental y sociocultural (Art. 129 CN) El deber político-institucional del Estado de desarrollar una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana (Art. 128)