Clase 16 Artrologia mmii 2 de 3 (Rodilla y Tobillo) 2024.pdf
Odontología Forense - Derecho Odontológico y Ciencias Forenses para el Peritaje Judicial
1. Dr. Jorge E. Manrique Chávez
Docente del Departamento Académico de Odontología Social (UPCH)
Perito Odontológico RNP N° 014 | Auditor Odontológico RNA N° 247
Posgrado en Odontología Legal y Forense en la Universidad Internacional de Cataluña (España)
Estudios de posgrado en Medicina Legal, Ciencias Forenses, Criminalística e Investigación Criminal
Especialista en Salud Pública Estomatológica RNE N° 3254
Miembro Honorario de la Asociación Peruana de Odontología Forense (APOFOR)
Coordinador del Programa de Segunda Especialidad en Odontología Forense (UPCH)
Coordinador del Programa de Segunda Especialidad en Auditoría Odontológica (UPCH)
ODONTOLOGÍA FORENSE:
Derecho Odontológico y Ciencias Forenses para el PERITAJE JUDICIAL
2.
3. Dr. Jorge E. Manrique Chávez
Docente del Departamento Académico de Odontología Social (UPCH)
Perito Odontológico RNP N° 014 | Auditor Odontológico RNA N° 247
Posgrado en Odontología Legal y Forense en la Universidad Internacional de Cataluña (España)
Estudios de posgrado en Medicina Legal, Ciencias Forenses, Criminalística e Investigación Criminal
Especialista en Salud Pública Estomatológica RNE N° 3254
Miembro Honorario de la Asociación Peruana de Odontología Forense (APOFOR)
Coordinador del Programa de Segunda Especialidad en Odontología Forense (UPCH)
Coordinador del Programa de Segunda Especialidad en Auditoría Odontológica (UPCH)
ODONTOLOGÍA FORENSE:
Derecho Odontológico y Ciencias Forenses para el PERITAJE JUDICIAL
5. VERIFICA
ILUSTRA
...los hechos que precisan conocimiento
especializado en una área del saber
específica a nivel teórico y/o práctico,
para su adecuado entendimiento y futuro
análisis integral.
...al magistrado con criterios que le
sirvan para formar su convencimiento
respecto a la realidad, causas, calidades,
efectos y características determinadas
de aquello sometido a pericia.
PERITO
DOBLE FUNCIÓN DEL PERITO
6. Un PERITO ODONTOLÓGICO es un experto en el campo
estomatológico con conocimiento de todas sus áreas,
especialidades y disciplinas complementarias. Su actividad
profesional, desde un punto de vista odontológico-legal,
es vital en la resolución de conflictos en el campo de la
Justicia y el Derecho. Aplica su conocimiento teórico y
práctico en el análisis y evaluación detallada de casuística
de diversos FUEROS (ético, civil, penal, administrativo
contencioso, laboral y/o tributario) e informa bajo juramento
a la autoridad judicial sobre puntos litigiosos en cuanto se
relacionan con su especial saber o experiencia. El
odontólogo perito realiza PERITAJES (judiciales u
odontológicos de parte) a través del examen y estudio sobre
el problema encomendado para luego entregar su informe o
dictamen pericial con sujeción a lo dispuesto por la ley.
PERITO ODONTOLÓGICO
10. ❖ La pericia es un medio de prueba que procede
siempre que para la explicación y mejor comprensión
de algún hecho, se requiera conocimiento
especializado de naturaleza científica, técnica,
artística o de experiencia calificada; y como tal debe
respetar cierto estándares de calidad.
INFORME O
DICTAMEN PERICIAL
LA PRUEBA PERICIAL
Peritaje & Derecho Odontológico
12. PERITAJE ODONTOLÓGICO
❖ Un PERITO especialista en Odontología analiza el diagnóstico, tratamiento
y prevención de las enfermedades de dientes, las encías, el tejido
periodontal, el maxilar superior, el maxilar inferior y la articulación
temporomandibular. Las principales áreas donde solemos encontrar
problemas odontológicos reclamables son:
▪ Eventos adversos, respuestas adversas o complicaciones terapéuticas.
▪ Errores en el tratamiento de Odontología Estética.
▪ Problemas con la Odontología Restauradora.
▪ Negligencias con la Endodoncia.
▪ Negligencias en Cirugía Oral.
13. PERITAJE ODONTOLÓGICO
❖ Un PERITO ODONTOLÓGICO es necesario a la hora de aportar una prueba de
parte para identificar o analizar un hecho médico en el que son necesarios
conocimientos especializados. En los casos de posible negligencias médicas,
lesiones o daños, que puedan dar lugar a una indemnización, es fundamental contar
una PRUEBA PERICIAL realizada por un Perito Odontológico competente, que
ayude para llegar a un acuerdo económico o en el acto del Juicio.
14. PERITAJE ODONTOLÓGICO
❖ Las principales negligencias médicas en el área bucodental aparecen en las
siguientes situaciones:
▪ Diagnóstico tardío o erróneo del problema bucodental
▪ Daño por acción u omisión en el paciente (desgarros, quemaduras, incisiones, etc.).
▪ Falta de resultados del tratamiento estético/cosmético
▪ Falta de información o de consentimiento informado
▪ Falta de garantía del tratamiento
▪ Dentista sin la formación necesaria
▪ Empleo de técnicas o materiales inadecuados
▪ Realización de tratamientos innecesarios
▪ Presupuesto sobrepasado o indeterminado
▪ Prescripción inadecuada de medicamentos
15. 1. El INCUMPLIMIENTO de una obligación de acción u omisión del profesional.
2. La constancia de un DAÑO causado.
3. La culpabilidad (falta profesional o factor de atribución con responsabilidad).
4. Relación o nexo causa-efecto entre el acto ilícito y el daño producido (causalidad).
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
16. OBLIGACIONES DEL PACIENTE
• Informar al profesional con veracidad.
• Obedecer instrucciones.
• Pagar honorarios.
OBLIGACIONES DEL PROFESIONAL
• Diagnóstico certero.
• Intervenir diligentemente al paciente.
• Guardar el secreto profesional.
RESPONSABILIDAD ODONTOLÓGICA
17. ❖ COMPONENTES DE ACCIÓN ÍNTEGRA:
PRÁCTICA PROFESIONAL INTEGRAL
Prudencia
Pericia
Diligencia
Observancia
18. ❖ FORMAS DE CULPA MÉDICA:
PRÁCTICA PROFESIONAL INTEGRAL
IMPRUDENCIA
IMPERICIA
NEGLIGENCIA
INOBSERVANCIA
19.
20. RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
RESPONSABILIDAD PENAL es la consecuencia
jurídica derivada de la comisión de un hecho tipificado
en una ley penal por un sujeto, y siempre que dicho
hecho sea antijurídico y punible (delito o falta).
Generan responsabilidad penal todas aquellas
acciones humanas (entendidas como voluntarias) que
lesionen o generen un riesgo de lesión a un bien
protegido por el ordenamiento jurídico.
RESPONSABILIDAD CIVIL es la obligación de
resarcir que surge como consecuencia del daño
provocado por un incumplimiento contractual o de
reparar el daño que ha causado a otro con el que no
existía un vínculo previo (responsabilidad
extracontractual), sea en naturaleza o bien por un
equivalente monetario, habitualmente mediante el
pago de una indemnización por daños y perjuicios.
21. RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO CIVIL (CÓDIGO CIVIL)
RESPONSABILIDAD CIVIL:
❖ Consiste en la obligación que recae sobre una persona
de reparar el daño que ha causado a otro, sea en
naturaleza o bien por un equivalente monetario (mediante
el pago de una indemnización por daños y perjuicios).
❖ La responsabilidad civil puede ser:
▪ Responsabilidad civil contractual: Derivada de la
inejecución de obligaciones asumidas voluntariamente.
▪ Responsabilidad civil extracontractual: Derivada del
daño producto de una conducta que no surgió del contrato.
TÍTULO IX
Inejecución de Obligaciones
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
(Del artículo 1314° al 1332°)
22. INDEMNIZACIÓN POR DOLO,
CULPA LEVE E INEXCUSABLE
(Artículo 1321°)
Queda sujeto a la INDEMNIZACIÓN de daños y perjuicios
quien NO ejecuta sus OBLIGACIONES por dolo, culpa
inexcusable o culpa leve.
El RESARCIMIENTO por la INEJECUCIÓN de la
OBLIGACIÓN o por su cumplimiento parcial, tardío o
defectuoso, comprende tanto el DAÑO EMERGENTE como
el LUCRO CESANTE, en cuanto sean consecuencia
inmediata y directa de tal INEJECUCIÓN.
Si la INEJECUCIÓN o el cumplimiento parcial, tardío o
defectuoso de la OBLIGACIÓN, obedecieran a CULPA
LEVE, el RESARCIMIENTO se limita al daño que podía
preverse al tiempo en que ella fue contraída.
“La INDEMNIZACIÓN es una compensación
económica o sanción de carácter
patrimonial (dinero) cuya finalidad es
restablecer desequilibrios económicos
resultantes. Se estima valorizando los
efectos ocasionados y/o fijando el valor
con un criterio de EQUIDAD”.
“El RESARCIMIENTO es una
compensación económica o consecuencia
pecuniaria (dinero) que asume un sujeto
cuando ha provocado una acción
involuntaria o culposa con DAÑO. Se
extiende al daño y perjuicio contra un
sujeto que se encuentra en una situación
jurídica de desventaja”.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO CIVIL (CÓDIGO CIVIL)
23. DOLO (Artículo 1318°)
Procede con dolo quien deliberadamente
NO ejecuta la OBLIGACIÓN.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO CIVIL (CÓDIGO CIVIL)
CULPA INEXCUSABLE (Artículo 1319°)
Incurre en culpa inexcusable quien por NEGLIGENCIA GRAVE
NO ejecuta la OBLIGACIÓN.
CULPA LEVE (Artículo 1320°)
Actúa con culpa leve quien OMITE aquella DILIGENCIA ORDINARIA EXIGIDA por la
naturaleza de la OBLIGACIÓN y que corresponda a las circunstancias de las personas,
del tiempo y del lugar.
24. PRUEBA DE DOLO Y CULPA INEXCUSABLE
(Artículo 1330°)
La PRUEBA del dolo o de la culpa inexcusable CORRESPONDE
AL PERJUDICADO por la inejecución de la obligación, o por su
cumplimiento parcial, tardío o defectuoso.
PRUEBA DE DAÑOS Y PERJUICIOS
(Artículo 1331°)
La PRUEBA de los daños y perjuicios y de su CUANTÍA también
CORRESPONDE AL PERJUDICADO por la inejecución de la
obligación, o por su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO CIVIL (CÓDIGO CIVIL)
VALORACIÓN DEL RESARCIMIENTO
(Artículo 1332°)
Si el resarcimiento del daño no pudiera ser probado en su monto
preciso, deberá fijarlo el juez con valoración equitativa.
25. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
(Artículo 1983°)
Si varios son responsables del daño, responderán
solidariamente. Empero, aquel que pagó la totalidad de la
indemnización puede repetir contra los otros,
correspondiendo al juez fijar la proporción según la gravedad
de la falta de cada uno de los participantes. Cuando no sea
posible discriminar el grado de responsabilidad de cada uno,
la repartición se hará por partes iguales.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO CIVIL (CÓDIGO CIVIL)
RESPONSABILIDAD POR INCITACIÓN Y/O COAUTORÍA
(Artículo 1978°)
También es responsable del daño aquél que incita o AYUDA A
CAUSARLO. El grado de responsabilidad será determinado
por el juez de acuerdo a las circunstancias.
26. RESPONSABILIDAD PENAL:
❖ Es la consecuencia jurídica derivada de la comisión de
un hecho tipificado en una ley penal por un sujeto, y
siempre que dicho hecho sea contrario al orden jurídico,
es decir, sea ANTIJURÍDICO; además de PUNIBLE.
❖ Implica todas aquellas acciones humanas (entendidas
como voluntarias) que LESIONEN o GENEREN UN
RIESGO DE LESIÓN a un bien protegido por el
ordenamiento jurídico (por ejemplo: vida, integridad
física, libertad, honor, orden público). La comisión de un
delito o falta genera responsabilidad penal.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO PENAL (CÓDIGO PENAL)
LIBRO SEGUNDO
PARTE ESPECIAL: DELITOS
TÍTULO I: Delitos Contra la Vida,
el Cuerpo y la Salud
(Del artículo 106 al 129)
27. DELITOS Y FALTAS
(Artículo 11°)
Son DELITOS y FALTAS las ACCIONES u
OMISIONES dolosas o culposas penadas por la LEY.
DELITO DOLOSO Y DELITO CULPOSO
(Artículo 12°)
• Las penas establecidas por la ley se aplican
SIEMPRE al agente de INFRACCIÓN DOLOSA.
• El agente de INFRACCIÓN CULPOSA es punible
en los casos expresamente establecidos por la ley.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO PENAL (CÓDIGO PENAL)
“Los DELITOS son infracciones a la
ley de modo grave, de tal manera que
involucra la acción de la justicia penal
con la intervención de la policía, el
Ministerio Público, los jueces penales,
e incluso la Corte Suprema”.
“Las FALTAS son conductas
antijurídicas que ponen en riesgo
algún bien jurídico o infracciones a la
ley que son consideradas de menor
gravedad y que, por tanto, no son
tipificadas como delito”.
28. LESIONES GRAVES (Artículo 121°):
El que causa a otro DAÑO GRAVE en el CUERPO
o en la SALUD, será reprimido con pena privativa
de libertad no menor de 4 ni mayor de 8 años.
Se consideran lesiones graves:
1. Las que ponen en peligro inminente la VIDA de la víctima.
2. Las que MUTILAN UN MIEMBRO U ÓRGANO PRINCIPAL DEL CUERPO o lo hacen IMPROPIO
PARA SU FUNCIÓN, causan a una persona INCAPACIDAD PARA EL TRABAJO, INVALIDEZ o
anomalía psíquica permanente o la DESFIGURAN DE MANERA GRAVE Y PERMANENTE.
3. Las que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal, o a la salud física o mental de una persona
que requiera 30 o más días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO PENAL (CÓDIGO PENAL)
29. LESIONES LEVES (Artículo 122°):
El que causa a otro lesiones en el
CUERPO o en la SALUD que requiera
más de 10 y menos de 30 días de
asistencia o descanso, o nivel
moderado de daño psíquico, según
prescripción facultativa, será reprimido
con pena privativa de libertad no
menor de 2 ni mayor de 5 años.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO PENAL (CÓDIGO PENAL)
30. LESIONES CULPOSAS (Artículo 124°)
El que por culpa causa a otro un daño en
el CUERPO o en la SALUD, será
reprimido, por acción privada, con pena
privativa de libertad no mayor de 1 año y
con 60 a 120 días-multa.
La pena será privativa de libertad no menor de
1 ni mayor de 2 años y de 60 a 120 días-multa,
si la LESIÓN ES GRAVE.
La pena privativa de libertad será no menor de
1 ni mayor de 3 años si el delito resulta de
INOBSERVANCIA de reglas de profesión.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO PENAL (CÓDIGO PENAL)
31. PARTICIPACIÓN EN EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN
(Artículo 364°)
El profesional que ampara con su firma el trabajo de quien no tiene título
para ejercerlo, será reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de
cuatro años e inhabilitación de uno a tres años.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO PENAL (CÓDIGO PENAL)
EJERCICIO ILEGAL DE PROFESIÓN
(Artículo 363°)
El que ejerce profesión sin reunir los requisitos legales requeridos, será
reprimido con pena privativa de libertad no menor de 2 ni mayor de 4
años. El que ejerce profesión con FALSO TÍTULO, será reprimido con
pena privativa de libertad no menor de 4 ni mayor de 6 años.
La pena será no menor de 4 ni mayor de 8 años, si el ejercicio de la
profesión se da en el ámbito de la función pública o prestando servicios al
Estado bajo cualquier modalidad contractual.
32. EJERCICIO MALICIOSO Y DESLEAL DE LA MEDICINA
(Artículo 291°)
El que, teniendo título, anuncia o promete la curación de enfermedades a
término fijo o por medios secretos o infalibles, será reprimido con pena
privativa de libertad no mayor de 2 años o con prestación de servicio
comunitario de 20 a 52 jornadas.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
EN EL FUERO PENAL (CÓDIGO PENAL)
EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO MÉDICO FALSO
(Artículo 431°)
El médico que, maliciosamente, expide un certificado falso respecto a la
existencia o no existencia, presente o pasada, de enfermedades físicas o
mentales, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de 3
años e inhabilitación de 1 a 2 años.
El que haga uso malicioso de la certificación, según el caso de que se
trate, será reprimido con las mismas penas privativas de libertad.
Charlatán que ofrece y
garantiza la “cura” de
una enfermedad
37. Clasificación de la Medicina Legal
Derecho Médico
Criminalística
Tanatología Forense
Traumatología Forense
Toxicología Forense
Sexología Forense
Psiquiatría Forense
CLASIFICACIÓN DE
LA MEDICINA LEGAL
38. Clasificación de la Medicina Legal
❖ Derecho Médico: Estudia las disposiciones
legales que regulan el ejercicio de la medicina
(profesión médica en general), además de los
diferentes derechos y obligaciones de los médicos.
Incluye el estudio de la ética profesional, así como
la bioética (ciencias de la salud) y la deontología,
por lo que se orienta al “ser” y “hacer” del médico
en su labor pericial ante la justicia.
39. Clasificación de la Medicina Legal
❖ Criminalística: Estudia la técnicas biológicas y
médicas que se van a usar a la hora de llevar a
cabo una investigación criminal sobre las huellas
objetivas de un posible hecho delictivo. Estudia
todos los objetos, sujetos, elementos, sustancias y
personas que puedan ayudar en el
esclarecimiento de un hecho o que están
involucrados en un hecho punible.
40. Clasificación de la Medicina Legal
❖ Tanatología Forense: Estudia el cadáver y los
fenómenos evolutivos del mismo, así como las
técnicas más adecuadas para dicho estudio. Es
una disciplina integral que estudia el fenómeno de
la muerte en los seres humanos aplicando el
método científico o técnicas forenses, tratando de
resolver y enfrentar las situaciones conflictivas que
suceden en torno a ella.
41. Clasificación de la Medicina Legal
❖ Traumatología Forense: Estudia médico-
legalmente los traumatismos en sus diferentes
aspectos así como sus repercusiones en los
diferentes campos del Derecho. Estudia los
estados patológicos producidos en el cuerpo
humano por efecto de la violencia ejercida sobre el
mismo. El estado patológico casi siempre se
traduce, anatómicamente, en un daño (lesión) de
la integridad corporal.
42. Clasificación de la Medicina Legal
❖ Toxicología Forense: Estudia los
envenenamientos como causa de muerte así
como los venenos como arma para llevar a cabo
un crimen. Identifica, estudia y describe, la dosis,
la naturaleza, la incidencia, la severidad, la
reversibilidad y, generalmente, los mecanismos de
los efectos tóxicos que producen los xenobióticos
que dañan el organismo.
43. Clasificación de la Medicina Legal
❖ Sexología Forense: Estudia los diferentes
problemas periciales relacionados con el instinto
de la generación. Es la rama de la medicina legal
que estudia los problemas ligados al sexo, tales
como los vinculados a las parafilias, al aborto, a la
reproducción, al matrimonio, a la fecundación, a la
impotencia. Es la interrelación de los problemas
sexuales con la justicia, en la cual comprende
desviaciones sexuales o perversiones sexuales.
44. Clasificación de la Medicina Legal
❖ Psiquiatría Forense: Estudia al enfermo mental
en cuanto a las relaciones del mismo con la
legislación. Determina si la persona presenta
algún desequilibrio mental o si está fingiendo, ya
que debe ser capaz mentalmente y responsable
penalmente para que pueda ir al debate procesal
penal. No se puede llevar a juicio a una persona
inimputable o con una imputabilidad disminuida.
45.
46. CONJUNTO DE DISCIPLINAS CUYO OBJETO COMÚN ES EL DE LA MATERIALIZACIÓN
DE LA PRUEBA A EFECTOS JUDICIALES MEDIANTE UNA METODOLOGÍA CIENTÍFICA.
CUALQUIER CIENCIA SE CONVIERTE EN FORENSE EN EL MOMENTO QUE SIRVE AL
PROCEDIMIENTO JUDICIAL, PERO NO TODA TÉCNICA, ÁREA U OFICIO ES CIENCIA.
CIENCIAS FORENSES
47.
48. CRIMINALÍSTICA
Investigación de la Escena del Crimen
❖ CLASIFICACIÓN DE LA CRIMINALÍSTICA (CAMPOS DE APLICACIÓN)
A. INVESTIGACIÓN EN LA ESCENA DEL CRIMEN (Inspección criminalística)
B. LABORATORIO DE CRIMINALÍSTICA (Laboratorio criminalístico)
C. IDENTIFICACIÓN CRIMINALÍSTICA
52. FÍSICA FORENSE
❖ Tránsito y accidentología vial - Planimetría.
❖ Reconstrucción analítica del accidente de tránsito (RAAT).
❖ Determinación de posiciones relativas de impacto (PRI).
❖ Determinación de Trayectorias.
❖ Cálculos y/o Estimación de Velocidades.
❖ Determinación del Puntos o Zona de Impacto.
❖ Consolidación de la Secuencia de Hecho.
❖ Mecánica-eléctrica – Ingeniería Forense.
❖ Balística e incendios.
CRIMINALÍSTICA
53. QUÍMICA FORENSE
❖ Residuos de pólvora.
❖ Análisis de explosivos.
❖ Rastros de pintura.
❖ Rastreo de huellas dactilares.
❖ Estudios toxicológicos – Toxicología.
❖ Análisis por activación neutrónica.
CRIMINALÍSTICA
54. PSICOLOGÍA FORENSE
❖ Pericias psiquiátricas o psicológicas forenses:
▪ Adultos víctimas de delitos sexuales.
▪ Adicción a sustancias.
▪ Niños, niñas o adolescentes víctimas de delitos sexuales.
▪ Perturbación psíquica en víctimas de lesiones personales y otros.
▪ Daño psíquico, con fines de indemnización, conciliación o reparación.
▪ Patria potestad (o potestad parental) y custodia.
▪ Reglamentación de visitas y regulación de alimentos.
▪ Autopsia psicológica en determinación de manera de muerte.
▪ Afectación mental en violencia intrafamiliar.
CRIMINALÍSTICA
55. INFORMÁTICA FORENSE
❖ También llamado cómputo forense, computación forense, análisis forense
digital o examinación forense digital, aplica técnicas científicas y analíticas
especializadas a infraestructura tecnológica que permiten identificar,
preservar, analizar y presentar datos que sean válidos dentro de un
proceso legal así como abordar robos sistemáticos (informáticos).
CRIMINALÍSTICA
56. DOCUMENTOLOGÍA FORENSE - DOCUMENTOSCOPIA
❖ Disciplina que tiene por objeto de estudio, el análisis de los documentos
modernos, públicos o privados, utilizando distintos métodos y técnicas, a fin
de establecer su autenticidad o falsedad. Se ocupa del examen de
documentos a efecto de dictaminar respecto de su autenticidad o
determinar las posibles alteraciones de que haya sido objeto.
CRIMINALÍSTICA
57. GRAFOTECNIA FORENSE
❖ Disciplina que se encarga de establecer la identidad de una persona a
través de rasgos o trazos magistrales que compone la grafía, de una
escritura cerebral, efectuada con un instrumento de escribir. Estudio de los
signos gráficos para determinar la autoría o identidad de producción del
contenido escritural de cualquier documento dudoso o cuestionado.
CRIMINALÍSTICA
58. BALÍSTICA FORENSE - EXPLOSIVOS FORENSE
❖ Disciplina que analiza las armas de fuego empleadas en los crímenes.
Suele abarcar el estudio y análisis de los proyectiles y de los impactos
determinando el calibre del arma disparada. También se ocupa de
determinar la correspondencia entre proyectiles o vainas (cascos o
casquillos) halladas en el sitio del suceso con algún arma hallada en poder
de un sospechoso o en el lugar mismo del hecho delictivo.
CRIMINALÍSTICA
59. LOFOSCOPÍA – DACTILOSCOPIA FORENSE
❖ Disciplina que estudia las huellas dactilares. Aunque la gran mayoría de las
impresiones dactilares pueden hallarse en el lugar del hecho del delito, en
otros casos es necesario que los objetos que posiblemente tengan huellas
latentes sean trasladados a los laboratorios para su reactivación, utilizando
polvos, vapores de yodo, cianoacrilato de sodio o por medio del rayo láser.
CRIMINALÍSTICA
60. FOTOGRAFÍA FORENSE
❖ Es un medio científico, documentativo y explicativo de todo elemento
relevante en la investigación de hechos delictivos, que tiene por objeto la
fiel documentación de evidencias materiales, describe personas, elementos
y lugares tal como son encontrados. Es una de las ramas periciales con
más relevancia, pues sirve de apoyo a todos las demás áreas forenses.
CRIMINALÍSTICA
61. AUDITORÍA FORENSE (AUDITORÍA FINANCIERA FORENSE)
❖ Es una técnica que tiene por objeto participar en la investigación de
fraudes, en actos conscientes y voluntarios en los cuales se eluden las
normas legales. Aplica técnicas de investigación criminalística, integradas
con la contabilidad, conocimientos jurídico-procesales y con habilidades en
áreas financieras para proporcionar información y opiniones ante la justicia.
CRIMINALÍSTICA
62. MANEJO DE LA ESCENA DEL CRIMEN
Segunda Especialidad Profesional en Odontología Forense (2012 - 2013)
Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH)
63. MANEJO DE LA ESCENA DEL CRIMEN
Segunda Especialidad Profesional en Odontología Forense (2014 - 2015)
Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH)
64.
65. IDENTIFICACIÓN
MÉTODOS Y TÉCNICAS PARA IDENTIFICAR CADÁVERES
1. Reconocimiento visual.
2. Dactiloscopia.
3. Reconocimiento de objetos y prendas.
4. Descripción física.
5. Identificación radiológica.
6. Patologías, prótesis, intervenciones quirúrgicas.
7. Superposición de imágenes.
8. Reconstrucción y modelado.
9. Identificación odontológica.
10. ADN.
66. IDENTIFICACIÓN POSITIVA
❖ Comparación de características únicas y estables a nivel:
▪ Dactiloscópico
▪ Odontológica
▪ Médico
▪ Radiológico
▪ Genético
67. EQUIPO DE IDENTIFICACIÓN
❖ Equipo interdisciplinario:
▪ Odontólogo
▪ Antropólogo
▪ Biólogo genetista
▪ Medico legista
▪ Dactiloscopista
▪ Personal auxiliar
▪ Fotógrafo
68. BIOMETRÍA Y PRATRONES PARA LA IDENTIFICACIÓN HUMANA
BIOMETRÍA
❖ Es el estudio mensurativo (perteneciente o relativo a la medida) o
estadístico de los fenómenos o procesos biológicos. Aprovecha
que hay ciertas características biológicas o conductuales singulares
e inalterables, por lo que pueden ser analizados y medidos para
crear una HUELLA BIOMÉTRICA.
69. ❖ IDENTIFICACIÓN: Es la búsqueda de signos que permitan establecer una
personalidad de tipo civil para ayudar a la resolución de un problema legal o
a con fines criminalísticos. Se realiza tanto en vivos como en cadáveres.
❖ IDENTIFICACIÓN EN CADÁVERES: Es la utilización de todos los métodos
científicos en el ámbito médico que se realiza en los cadáveres N/N (non
nominato) con la finalidad de darles una identidad de tipo positiva. Se
aplica en los siguientes casos:
▪ Desastres masivos.
▪ Cadáveres n/n en estado de putrefacción.
▪ Cadáveres n/n fragmentados.
▪ Cadáveres n/n recientes.
▪ Cadáveres n/n carbonizados.
▪ Restos óseos.
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
70. ❖ La accesibilidad del aparato estomatognático.
❖ La investigación odontológica es simple, sencilla y económica.
❖ La evolución social de la odontología facilita la existencia de datos
ante-mortem: historias clínicas completas, radiografías,
modelos de estudio y trabajo, fotografías de estudio, etc.
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
76. IDENTIFICACIÓN HUMANA Y ANÁLISIS
DEL ODONTOGRAMA DE IDENTIFICACIÓN
IDENTIFICACIÓN HUMANA Y ANÁLISIS
DEL ADN EN PULPA DENTAL
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
79. ❖ Fundamentos Odontológicos
▪ Periodos de erupción dental
• I° Desde la 7ª semana gestación – nacimiento.
• II° 6 meses - 3 años: Fin de la primera dentición / 5 años: 20 dientes.
• III° 6-18 años: Dientes permanentes. 1° molar (6 años) 2° molar (12 años).
• IV° 18-21 años: Erupción de la tercera molar. 22 años: 32 dientes.
▪ Particularidades de la cavidad oral
• Dentomaxilar.- Edéntula – normal – prognosis superior / inferior – biprotusión.
• Forma de arcadas dentarias.- Ovoidea – triangular – cuadrada – asimétrica.
• Oclusión.- Normal – cruzada – abierta – invertida – bis a bis.
• Forma y tamaño de los dientes.- Ovoides – triangular – cuadrado.
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
80. ❖ Fundamentos Odontológicos
▪ Resistencia a los agentes externos
• Resistencia al tiempo, a la temperatura y a la humedad
• Dureza: Principio de identificación dental 175°-200°, grietas 400°-600°,
estallido de coronas 800°, carbonización y reducción de tamaño 1000°-1100°,
persisten estructuras dentarias 1200°-1600°
• Resistencia a humedad: Constitución mineral (esmalte).
▪ Variabilidad
• “No hay dos dentaduras iguales”
• “No hay dos dientes iguales en la misma boca”
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
81. ❖ Fundamentos Odontológicos
▪ Forma de la mandíbula (morfología mandibular)
• FORMA ANGULAR SEGÚN EDAD
– Ángulo obtuso en la infancia
– Ángulo casi recto en la juventud
– Ángulo obtuso en el adulto mayor, puede llegar hasta 130°-140°
▪ Involución dentaria
• A partir de los 20 años, debido a la función masticatoria:
– Desgaste de las caras oclusales
– Desgaste de los bordes incisales
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
82. ODONTOGRAMA
Norma Técnica de Salud para el Uso del Odontograma
R.M. N° 272-2019/MINSA. NTS N° 150-MINSA-2019/DGIESP
ODONTOGRAMA
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
83. Recuadro de piezas
dentarias deciduas
Recuadro de piezas
dentarias definitivas
Zona
apical
Zona
oclusal
Número de
pieza dentaria
Especificaciones:
Explicar, determinar,
aclarar con individualidad
los hallazgos registrados
o graficados en el
Odontograma.
Observaciones:
Registrar y describir los
hallazgos que no se hayan
considerado en la presente
norma, incluyendo las
particularidades de las
especialidades
odontológicas.
85. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
❖ En el servicio de Odontología Forense se realiza
evaluaciones tanatológicas-odontológicas usando
la técnica de AUTOPSIA ODONTOLEGAL,
evaluaciones en casos de Responsabilidad
Profesional Odontológica y participación en la
intervención de exhumaciones extrajudiciales,
casos de delitos de lesa humanidad, presuntas
violaciones de Derechos Humanos, casos de
emergencias y desastres masivos.
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
86. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
❖ AUTOPSIA ODONTOLEGAL: Técnica dental para
realizar el examen del sistema estomatognático
(extraoral e intraoral) con la finalidad de encontrar
indicios y/o hallazgos que se encuentren
relacionados con la causa de muerte e identificación
del occiso; mediante el cual colabora con el interés
de la norma jurídica y búsqueda de la verdad. En
esta técnica se realizan los exámenes periciales de
ODONTOGRAMA DE IDENTIFICACIÓN, estimación
de edad, peritaje de lesiones, etc.
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
91. ODONTOGRAMA de la INTERPOL
La Organización Internacional de Policía Criminal -
INTERPOL es la mayor organización de policía
internacional, con 190 países miembros, por lo cual es
la segunda organización internacional más grande del
mundo, tan sólo por detrás de las Naciones Unidas.
Creada en 1923 bajo el nombre de Comisión
Internacional de Policía Criminal, tomó el nombre común
de INTERPOL a partir de su dirección telegráfica.
ODONTOGRAFÍA (ESTOMATOLOGÍA FORENSE)
115. ❖ Brinda fundamentos técnicos y científicos al ejercicio clínico de la
odontología mediante la generación de nuevo conocimiento dentro de la
temática de la antropología dental.
1. Determinación de la raza.
2. Determinación del sexo.
3. Estimación de la edad.
4. Determinación de patología bucal.
Antropología Dental – Antropología Odontológica
116.
117. MÁSCARA MORTUORIA (mascarilla funeraria) es una copia fiel del rostro de una persona
fallecida recientemente obtenida por la técnica de vaciado en yeso y luego reproducido por
medio de materiales fluidos de punto de fusión bajo tales como cera de abejas o este mismo
material combinados con resinas con el objeto de obtener un retrato en tres dimensiones
positivo del rostro, lo más cercano al rostro en vida del difunto.
MÁSCARA MORTUORIA FORENSE
118.
119.
120. Guía Práctica para la Recuperación y Análisis de Restos Humanos
(Ministerio Público – Cruz Roja)
121. Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación
(CVR)
http://cverdad.org.pe/ifinal/
122. Análisis Odontológico Forense
RECOMENDACIONES DEL INFORME FINAL DE LA CVR:
❖ La colaboración del ODONTÓLOGO en el proceso de identificación en
todos los casos será fundamental. Teniendo en cuenta la naturaleza y la
calidad de la información ante mortem recolectada, EL ODONTÓLOGO
DEBE TENER UN CRITERIO LO SUFICIENTEMENTE AMPLIO AL NO
CONTAR EN LA MAYORÍA DE LOS CASOS CON REGISTROS
DENTALES ELABORADOS PREVIAMENTE.
123. Análisis Odontológico Forense
RECOMENDACIONES DEL INFORME FINAL DE LA CVR:
❖ El ODONTÓLOGO FORENSE deberá elaborar un ODONTOGRAMA
pormenorizado para cada víctima. Se ha adoptado para los casos de los
Tribunales Internacionales de Justicia la terminología del FDI (Federation
Dentaire Internationale) y el odontograma base, así como la codificación
que es utilizada por el Instituto Nacional de Medicinal Legal y Ciencias
Forenses (Ministerio Público).
124. ❖ TANATOLOGÍA proviene del griego tanathos “muerte” y logos “tratado”.
Palmieri (1947) señala que la TANATOLOGÍA es el “capítulo de la
Medicina Legal que estudia el cadáver desde el punto de vista de las
exigencias judiciales”. Según el Diccionario Terminológico de Ciencias
Médicas la TANATOLOGÍA sería “la suma de conocimientos relativos a la
muerte, especialmente desde el punto de vista médico-legal”.
TANATOLOGÍA
125. ❖ La autopsia médico-legal se realiza en TRES FASES:
▪ 1. Levantamiento del cadáver.
• Comprobar la realidad de la muerte.
• Determinar la data de la muerte.
• Determinar la causa de la muerte.
▪ 2. Examen externo del cadáver.
• Determinar características del lugar del suceso.
• Determinar la data de la muerte.
• Determinar la causa de la muerte
• Identificación del cadáver.
▪ 3. Obducción o examen interno del cadáver.
• Determinar la causa de muerte.
• Otras consideraciones de interés.
AUTOPSIA
126. AUTOPSIA BUCO-MÁXILO-FACIAL (ABMF)
PROCEDIMIENTOS
Procedimientos Convencionales
1. Examen general del cadáver o restos.
2. Examen facial.
3. Examen de la cavidad bucal.
4. Examen dentario.
5. Estudio radiológico.
6. Impresión de las arcadas dentarias.
Procedimientos NO Convencionales (Técnicas Invasivas)
1. Hisopado de mucosa bucal.
2. Toma de muestras de tejidos blandos.
3. Extracción de elementos dentarios para obtención de material genético.
4. Extirpación de maxilares para la preservación de elementos identificatorios.
130. ESTIMACIÓN DE LA EDAD POR
DESGASTE DENTARIO (ATRICIÓN)
ESTIMACIÓN DE LA EDAD POR
TRANSLUCIDEZ DE LA DENTINA
ESTIMACIÓN DE LA EDAD POR
ERUPCIÓN DENTARIA
ESTIMACIÓN DE LA EDAD POR
NIVEL DEL AGUJERO MENTONIANO
ESTIMACIÓN ODONTOLÓGICA
131. ESTIMACIÓN DE LA EDAD POR LA
TRANSPARENCIA RADICULAR,
PERIODONTITIS Y ALTURA RADICULAR
ESTIMACIÓN DE LA EDAD POR
ALTURA DE LA CORONA DENTAL
ESTIMACIÓN DE LA EDAD POR
DESGASTE DENTAL OCLUSAL
ESTIMACIÓN DE LA EDAD POR
MÉTODOS HISTOLÓGICOS
(TRANSPARENCIA RADICULAR)
ESTIMACIÓN ODONTOLÓGICA
132. EVALUACIÓN DE ESTADÍOS DE
MADURACIÓN ÓSEA CARPAL DE FISHMAN
ESTADÍOS DE NOLLA
SECUENCIA DE FORMACIÓN Y ERUPCIÓN
DENTAL SEGÚN UBELAKER
ESTADÍOS DE DEMIRJIAN
ESTIMACIÓN ODONTOLÓGICA
134. Métodos de Estimación de Edad en Estomatología
❖ Métodos de estimación de EDAD BIOLÓGICA
❖ Métodos de estimación dental en NIÑOS-ADOLESCENTES
▪ Método de Logan y Kronfeld (1933)
▪ Método de Schour y Massler (1945)
▪ Método de Gleiser y Hunt (1955)
▪ Método de Nolla (1960)
▪ Método de Moorrees, Fanning y Hunt (1963)
▪ Método de Liliequist y Lundberg (1971)
▪ Método de Demirjian, Goldstein y Tanner (1973)
▪ Método de Haavikko (1974)
▪ Método de Gustafson y Koch (1974)
▪ Método de Filipsson (1975)
▪ Método de Demirjian y Goldstein (1976)
▪ Método de Harris y Nortje (1984)
▪ Método de Kullman, Johanson y Akesson (1992)
▪ Método de Willems, Van Olmen, Spiessens y Carels (2001)
▪ Método de Chaillet y Demirjian (2004)
▪ Método de Cameriere, Ferrante y Cingolani (2005)
135. ❖ Método de estimación de la edad dental mediante el desarrollo del TERCER MOLAR
❖ Método de estimación de edad en ADULTOS
▪ Kvaal, Kolltveit, Thomsen y Solheim (1995)
▪ Análisis del desgaste dentario (Kim et al., 2000)
▪ Transparencia de dentina radicular (Santoro et al., 2015)
▪ Aposición de dentina secundaria (Cameriere et al., 2007)
❖ Métodos de estimación de edad en RADIOGRAFÍAS CARPALES
▪ Método de Greulich y Pyle
▪ Método de TW2 - TW3
▪ Método de Bjork-Grave y Brown
▪ Método de Fishman
❖ Métodos de estimación de edad en RADIOGRAFÍAS CEFALOMETRÍA
▪ Método de Hassel y Farman (1995)
▪ Método de Baccetti (2005)
Métodos de Estimación de Edad en Estomatología
136. ❖ Criterios anatómicos de erupción dental:
a) Tablas de Logan- Kronfield.
b) Tablas de Tisserand-Perrier y Aubenque
c) Valoración radiográfica de Berkovitz
❖ Signos involución progresiva: valorados por Gustafson
a) Desgaste o atrición de las prominencias coronales.
b) Coloración amarillenta pieza
c) Aparición de periodontitis (afloramiento raíz del diente)
d) Estrechamiento cavidad pulpar.
❖ Otras valoraciones: criterios de Gustafson
a) Espesor dentina secundaria.
b) Aposición cemento en raíz.
c) Grados de reabsorción y transparencia de la raíz
❖ Valoración con Microscopía electrónica.
a) Crecimiento diario de esmalte dental (reloj de Schour)
Métodos de Estimación de Edad en Estomatología
139. ODONTOMETRÍA
• Este estudio de rasgos métricos consiste en la
obtención de las medidas CORONALES y
RADICULARES de los DIENTES. Estas dimensiones
son útiles para la predicción de espacio durante los
tratamientos ortodóncicos, son empleadas en
estudios antropológicos evolutivos y comparativos
y son útiles para DETERMINAR EL SEXO de un
individuo en los procesos de identificación forenses.
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
140. ODONTOMETRÍA
• Este método se basa en la obtención de medidas de uno o
varios dientes según sea el caso. “Los dientes humanos
guardan relaciones precisas e inconfundibles entre sí,
sus medidas y formas son proporcionales al sujeto, el
largo, ancho y alto de cada diente es proporcional al
diente vecino, es proporcional al conjunto que forma el
arco dentario, es proporcional a la cara, a la cabeza y al
sujeto en su totalidad” (Juan Ubaldo Carrea).
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
141. ODONTOMETRÍA
Este método de identificación se basa en la
obtención de medidas de uno o varios dientes
que se hallan a disposición en el caso.
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
143. ODONTOMETRÍA
• MORFOLOGÍA HEREDITARIA: El análisis de la morfología dental se emplea para
determinar relaciones biológicas y estimar semejanza genética entre grupos y personas.
• ODONTOMETRÍA: El uso de datos correspondientes a dimensiones dentales es muy
utilizado en estudios evolutivos y comparativos que buscan establecer relaciones
filogenéticas entre especies de homínidos desaparecidos y los humanos modernos.
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
144. ODONTOMETRÍA
• DETERMINACIÓN DE LA RAZA: Tanto el estudio del tamaño y del volumen dental, como los
caracteres dentales anatómicos son utilizados para hacer una estimación bastante fiable de la
raza del individuo.
• DETERMINACIÓN DEL SEXO: El estudio de sexo a través de los dientes presenta mayores
dificultades, pero las escasas diferencias entre sexos sirven como apoyo en el método de
identificación del individuo.
IDENTIFICACIÓN ESTOMATOLÓGICA
146. VALORACIÓN DEL DAÑO CORPORAL
• Actividad médica que tiene como objetivo, EVALUAR e INFORMAR de
las lesiones, secuelas, perjuicios e incapacidades que pueda tener una
determinada persona, derivado tanto de accidentes/sucesos (casuales,
laborales, tráfico, deporte) como enfermedades producidas tanto por
agentes externos como internos con el objetivo de que SE PUEDA
PRODUCIR UNA REPARACIÓN JUSTA.
147. • Es fundamental tomar en consideración y recordar que el sistema
estomatognático dispone de estructuras anatómicas que van a
contribuir a cumplir tres componentes fundamentales:
▪ Función Masticatoria (Norma Biológica: Masticación perfecta).
▪ Función Fonética (Norma Ortológica: Pronunciación perfecta).
▪ Función Estética (Norma Estética: Expresión facial).
VALORACIÓN DEL DAÑO ESTOMATOLÓGICO
148. LESIONOLOGÍA Y TRAUMATOLOGÍA MÉDICO LEGAL
• Los Odontólogos Forenses emiten informes y/o
resuelven consultas a solicitud de las autoridades
competentes y de acuerdo a dispositivos legales
vigentes sobre las lesiones odontológicas,
determinan en su informe el arma o instrumento que
las hayan ocasionado, si dejaron o no
deformaciones y señales permanentes en el
rostro, puesto en peligro la vida, causado
enfermedad incurable o la pérdida de un miembro
u órgano y en general todas las lesiones o
condiciones evidenciadas en la evaluación.
149. Clasificación de las lesiones según el Código Penal
(CP) y el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP)
150. LESIONES DE TEJIDOS DENTARIOS DUROS
1. Infracción del esmalte.
2. Fractura no complicada de corona a nivel de esmalte.
3. Fractura no complicada de corona a nivel de esmalte y dentina.
4. Fractura complicada de corona.
5. Fractura no complicada de corona y de raíz.
6. Fractura complicada de corona y de raíz.
7. Fractura radicular.
152. LESIONES DE HUESO ALVEOLAR
1. Fractura de la cavidad alveolar.
2. Fractura de la pared alveolar.
3. Fractura del reborde o proceso alveolar.
153. EXCORIACIÓN
Lesión contusa simple que compromete la
epidermis y parte de la dermis (costra
amarillenta), pudiendo llegar a desnudar la
dermis papilar (costra sanguinolenta).
Es generalmente ocasionado por contacto
con superficies rugosas, arma blanca o de
naturaleza biológica (uñas).
154. EQUÍMOSIS
Extravasación sanguínea localizada en la
submucosa, más o menos extensa que resulta del
desgarro de vasos sanguíneos de pequeño calibre.
Se caracteriza por el cambio de coloración en la
piel, cuya tonalidad y forma guardan relación con el
tiempo (cromocronodiagnóstico) y con el elemento
o agente contuso causante.
155. EROSIÓN
Lesión contusa simple frecuentemente a nivel de
mucosas con compromiso del epitelio de
revestimiento y que puede abarcar hasta corión
papilar.
Aparece sobre piel previamente lesionada o
dañada, por lo general, como consecuencia de un
traumatismo.
156. HERIDA CONTUSA
Es una solución de continuidad de la piel,
ocasionada por agentes contusos que
comprometen frecuentemente la epidermis y la
dermis, pudiendo llegar, inclusive a planos
anatómicos más profundos.
Características de las heridas contusas:
❖ Bordes evertidos e irregulares.
❖ Paredes y lecho irregular
❖ Existencia de puentes dérmicos
❖ Asociada a otro tipo de lesiones contusas perilesionales.
157. HEMATOMA
Colección sanguínea que se localiza por lo
general en el espacio subcutáneo, delimitado,
producto de la ruptura de un capilar o vaso
sanguíneo de mayor calibre, con desplazamiento
de los tejidos adyacentes.
Estas lesiones pueden encontrarse en planos
superficiales (piel) o planos profundos (tejido
muscular, órganos parenquimales, etc.).
158. HERIDA CORTANTE
Solución de continuidad, se caracteriza por sus
bordes; regulares y limpias. Según las fibras
elásticas de forma de fisura, lineal, fusiforme o
zigzag Extremos formando coletas; de ataque
y otra terminal. Paredes lisas con notable
profundidad.
Características de las heridas contusas:
❖ Bordes invertidos y regulares.
❖ Paredes y lecho regulares.
❖ No presencia de puentes dérmicos.
❖ Presentan en sus extremos, una cola de entrada corta y profunda, y una cola de salida superficial y larga.
159. Guía Médico Legal “Evaluación Pericial para Determinación de
Señal Permanente y Deformación de Rostro"
160. ODONTOSCOPÍA
• Estudio de la marca de los dientes mediante el
método por homologación entre las huellas obtenidas
y las piezas de nuestros presuntos sospechosos.
• También permite establecer si la huellas encontradas
han sido hechas antes de la muerte (ante mortem) o
después de la muerte (post mortem).
ODONS: Diente SKOPEIN: Examen
Huellas Producidas por
Mordedura Humana
ESTUDIO ODONTOLÓGICO-FORENSE DE MARCAS POR MORDEDURA
161. ODONTOSCOPÍA
Se basa en las mordeduras que hace un
sujeto o un animal. Al morder, los arcos
dentarios dejan impresas las huellas de
las piezas dentarias (sector anterior).
Huellas producidas por mordedura humana
ESTUDIO ODONTOLÓGICO-FORENSE DE MARCAS POR MORDEDURA
162. ❖ CLASES DE MORDEDURAS:
▪ Según su soporte:
• Mordedura corporal (en la superficie de la piel).
• Mordedura en objeto sólido (en alimentos u objetos).
▪ Según su gravedad:
• Lesión leve: Superficial, sin mucha presión ni tiramiento.
• Lesión menos grave: Con presión de las piezas, ligera alteración.
• Lesión grave: Con desprendimiento del tegumento.
▪ Según su forma:
• Provocadas por accidentes (accidente o epilepsia)
• Provocadas por sí mismo (simulación)
• Provocadas por terceros (agresión)
▪ Según su origen:
• Mordedura de origen humano.
• Mordedura de origen animal.
▪ Según su acción:
• Mordedura de ataque
• Mordedura de defensa
• Mordedura lasciva
▪ Según su descripción:
• Mordeduras estáticas.
• Mordeduras dinámicas.
ESTUDIO ODONTOLÓGICO-FORENSE DE MARCAS POR MORDEDURA
166. Correa Ramírez A. Estudio pericial de la huella de mordedura humana.
Universidad Autónoma del Estado de México. México, 2001.
Correa Ramírez A. La mordedura humana en los delitos de homicidio y
violación. Ed. SISTA. México, 2001.
COLORACIÓN DE LESIONES POR MORDEDURA
• COLOR ROJO OSCURO O BRONCÍNEO: Nos indica que
la lesión se dio en pocos minutos u horas.
• COLOR NEGRO: Tiempo transcurrido de 2 a 3 días de
producida la lesión.
• COLOR AZUL: Tiempo transcurrido de 4 a 6 días de
producida la lesión.
• COLOR VERDE: Tiempo transcurrido de 7 a 12 días de
producida la lesión.
• COLOR AMARILLO: Tiempo transcurrido de 13 días de
producida la lesión.
ESTUDIO ODONTOLÓGICO-FORENSE DE MARCAS POR MORDEDURA
167. COLORIMETRÍA DE LOS HEMATOMAS
EQUIMOSIS Y SU TABLA DE COLORACIÓN SEGÚN SU EVOLUCIÓN
172. TIPOS DE INFORMES PERICIALES
- Informe Pericial por Mala Praxis (Malpraxis) Odontológica
- Lesiones y secuelas (lesiones culposas/dolosas – leves/graves).
- Prueba de dolo y culpa inexcusable | daños y perjuicios.
- Resarcimiento: valoración del resarcimiento.
- Informe Pericial por Valoración del Daño Estomatológico (VDE)
- Lesiones y secuelas - Incapacidad Temporal o Permanente.
- Días impeditivos y no impeditivos: Descanso Médico Legal.
- Indemnización: cuantificación del daño.
EL INFORME PERICIAL NO ES VINCULANTE PARA EL JUEZ
CUALQUIER ODONTÓLOGO PUEDE SER LLAMADO COMO PERITO, TANTO EN
LA FASE SUMARIAL O DE DILIGENCIAS, COMO EN EL JUICIO ORAL.
METODOLOGÍA PERICIAL
173. ❖ Recopilar toda la información:
- Paciente
- Profesional
- Registros
- Entrevistas (si proceden).
❖ Indicación de los tratamientos realizados
- ¿El diagnóstico es correcto?
- Consideración de los riesgos por el estado del paciente
- ¿Se han seguido los protocolos?
- Alternativas terapéuticas
❖ Análisis de la técnica utilizada
- Técnica
- Protocolo
❖ Análisis
- Punto de vista del paciente, profesional y perito
- Análisis funcional, estético, anatómico, etc.
GENERALIDADES DEL PERITAJE
174. ❖ Análisis del nexo causal
- Topográfico
- Cronológico
- Proporcionalidad
- Existencia de cofactores
❖ Posibilidad de reparar el problema
- Parcial
- Total
❖ Otras consideraciones
- Honorarios pagados o debidos
- Garantías
- Cobertura del seguro de responsabilidad civil (si procede)
- Sanciones administrativas
- Consideraciones éticas y deontológicas
GENERALIDADES DEL PERITAJE
175. METODOLOGÍA PERICIAL
- Análisis de la solicitud de peritaje (objeto de pericia)
o ¿Quién la solicita?
o ¿Qué quiere?
o Ámbito judicial del que procede
o Estudiar las circunstancias del caso
o ¿Somos realmente expertos en el tema?
o NORMOPRAXIS ASISTENCIAL O LEX ARTIS
- Aceptación o rehúse del cargo
o Aceptación o no del encargo
- Condiciones y honorarios
o Informe Pericial: € 300 – 350 – 1000 – 1200
- Estudio previo de la documentación
o Historia clínica – Registros asistenciales
o Informes clínicos – Formatos asistenciales
176. - Entrevista con el lesionado (anamnesis, exploración y toma de registros)
o Nuestra relación con el lesionado no es una relación terapéutica
o Informar al lesionado de nuestra misión y de quién nos la encarga
o Realizar la entrevista y la exploración ante testigos
o Es preferible que el abogado no esté presente durante la entrevista
o Ser cautos al valorar la veracidad del testimonio de los entrevistados
o La actitud ha de ser amable, pero sin excesos
o Durante la exploración no hay que manipular nada
METODOLOGÍA PERICIAL
177. o La anamnesis y la exploración han de ser siempre completas.
▪ ANAMNESIS:
• Historia clínica
• Ficha estomatológica
• Situación actual:
o Existencia o no de dolor y sus características
o Existencia de otros problemas masticatorios
o Existencia de otros problemas en las funciones dentarias
METODOLOGÍA PERICIAL
178. o La anamnesis y la exploración han de ser siempre completas.
▪ EXPLORACIÓN:
• Específico de la lesión o lesiones producidas
• Examen clínico general
o Examen externo – extraoral
o Examen interno – intraoral
o Dientes
o Oclusión
o ATM
o Función gustativa
o Función estética – expresiva.
o Función fonatoria – fonética.
o Función masticatoria – funcional.
METODOLOGÍA PERICIAL
179. o La anamnesis y la exploración han de ser siempre completas.
▪ TOMA DE REGISTROS:
• Fotografías intra y extraoral
• Radiografías intra y extraoral
• Modelos de yeso (escayola)
• Otros registros: Analíticas, etc.
METODOLOGÍA PERICIAL
180. - Trabajo intelectual posterior, estudiar el caso.
- Planteamiento de los problemas médico-legales.
o Estado anterior
▪ General, fisiológico o patológico que pueda afectar el aparato estomatognático
▪ Estado bucodental previo
▪ Problema oclusales previos
o Descripción de la lesión, sus circunstancias y sus consecuencias inmediatas
o Relación causa-efecto o nexo de causalidad
▪ Estudio del traumatismo (traumatología y lesionología)
▪ Estudio del tratamiento y sus características
▪ Criterio de cronología sintomática
▪ Criterio de exclusión
METODOLOGÍA PERICIAL
181. o Duración de la incapacidad temporal
o Momento de consolidación (limitar temporalidad)
o Descripción de las secuelas y si procede su valoración (baremo)
- Redacción del informe pericial
o Preámbulo
o Filiación y documentos aportados por el lesionado
o Anamnesis y examen clínico
o Valoración médico-legal (argumentos)
o Conclusiones
o Fórmula final
METODOLOGÍA PERICIAL
182. ESTRUCTURA DEL INFORME PERICIAL
1. PREÁMBULO
- Nombres y apellidos del perito
- Títulos relevantes para la peritación
- Dirección y número de colegiado
- Autoridad o persona que ha solicitado el informe y objeto de la pericia
- Fórmula de iniciación.
2. FILIACIÓN Y DOCUMENTOS APORTADOS POR EL LESIONADO
- Fuentes externas (todos los informes que ha recibido y aportan)
3. ANAMNESIS Y EXAMEN CLÍNICO
- Circunstancias en la que ocurrió
- Antecedentes clínicos
- Situación actual
- Examen de las exploraciones complementarias (exámenes e informes especializados-peritos)
183. ESTRUCTURA DEL INFORME PERICIAL
4. VALORACIÓN MÉDICO-LEGAL (ARGUMENTOS)
- Estabilidad lesional (tiempo, días impeditivos, no impeditivos, hospitalizado)
- Evolución previsible de las secuelas (lesión desaparece, cicatriz)
- Imputabilidad y nexo causal (¿Normopraxis?)
- Consideraciones laborales en caso de incapacidades permanentes
- Perjuicios causados al lesionado
- Valoración según baremo
5. CONCLUSIONES
- Parte más importante del informe
- Contestación escueta y clara a las cuestiones
- Numeradas
6. FÓRMULA FINAL
- Lo cual es cuanto puedo manifestar en cumplimiento de la misión que me ha sido encomendada…
- Es cuanto puedo informar según su leal saber y entender…
184. ASPECTOS GENERALES
- Cuidar el lenguaje (términos técnicos)
- Firmar y numerar todas las hojas
- Dejar un margen “de cosido”
- Guardar una copia del informe
- Remitir a quien lo solicitó (Oficio a la autoridad judicial)
• Ante la falta de evidencias, otorgar al compañero el beneficio de la duda.
• No hay lugar en peritaje para el “dentista justiciero”, ni a favor ni en contra de nadie.
• No emitir juicios de valor (ni sentencias) sobre los procedimientos o actos bajo peritaje.
• Incluso al describir tratamientos erróneos hay que hacerlo de la manera “más aséptica” posible.
RECOMENDACIONES SOBRE EL INFORME PERICIAL
185.
186. ESPECIALIDAD
Odontología Forense
Rotación por la División de Exámenes Clínico-Forenses
del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Recreación de escena del crimen con participación de
equipo forense y criminalístico de la Policía Nacional del
Perú (PNP).
ODONTOLOGÍA FORENSE
187. ESPECIALIDAD
Odontología Forense
Visita al Comité de Ética y Medidas Disciplinarias del
Colegio Odontológico del Perú (COP) – Consejo
Nacional.
Prácticas de osteología forense y antropología física en
el Centro Mallqui – Instituto de Bioarqueología
(Moquegua).
ODONTOLOGÍA FORENSE
188. ESPECIALIDAD
Odontología Forense
Análisis de anatomía de cráneo para posterior
reconstrucción facial forense y elaboración de máscara
mortuoria.
Rotación en la División de Laboratorio Criminalístico para
trabajo de toxicología, grafotecnía y balística forense.
ODONTOLOGÍA FORENSE
189. ESPECIALIDAD
Odontología Forense
Realización de peritaje rugoscópico como técnica de
identificación forense-odontológica y posterior análisis
digital.
Exposición de seminarios sobre ciencias forenses,
investigación policial, crimianlística y práctica
odontológica.
ODONTOLOGÍA FORENSE