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DEMANDA EJECUCIÓN DE TÍTULO EXTRAJUDICIAL.
Juzgado de Letras Civil del departamento de Cortes.
Yo JORGE LUIS MARTINEZ GRIJALBA, mayor de edad, soltero, Abogado y Notario
inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras con carné No. 123489 , hondureño y de
este domicilio, con Despacho Profesional actualmente para recibir notificaciones y toda
clase de comunicaciones de este Tribunal en la ciudad de San pedro sula, Municipio de
cortes, teléfono fijo 22245765 , celular 94687456, E-mail: jorgeGrijalba13@gmail.com,
actuando en mi condición de Apoderado Legal de del señor ANDRES TORRES, mayor de
edad, soltero, hondureño y con domicilio en el municipio de Villanueva, tal como lo
acredito con la Fotocopia del Testimonio de Poder General para Pleitos que acompaño el
que solicito sea cotejado con su original y se me devuelva, donde consta que tengo amplias
facultades para actos como este; con el debido respeto comparezco ante usted,
promoviendo DEMANDA DE EJECUCIÓN DE TÍTULO EXTRAJUDICIAL contra el
señor JAVIER MATUTE, mayor de edad, casado, hondureño con tarjeta de identidad
número 18904567 tel. 94567893 con domicilio en el barrio el centro de Puerto Cortés
para que sea obligado a pagar a mi representado la cantidad de CUARENTA Y SIETE
MIL LEMPIRAS (Lps. 47,000) más intereses hasta su efectivo pago y costas de este
juicio.- Para los efectos de esta demanda expongo los hechos de esta pretensión y la
fundamentación legal siguiente:
HECHOS
PRIMERO: Tal como lo acredito con las facturas y las cotizaciones que se acompañan en
la presente demanda, desde el año dos mil diez y nueve, mi representado concedió varios
créditos al señor JAVIER MATUTE , las que suman la cantidad de CUARENTA Y
SIETE MIL LEMPIRAS (Lps. 47,000)
SEGUNDO: No obstante de habérsele realizado varios requerimientos de pago al ahora
demandado, hasta agotar la vía administrativa, sin tener una respuesta positiva de su parte,
igualmente se le hicieron cobros extrajudiciales y no se ha podido a llegar a un arreglo con
la misma, ya que desde que venció la deuda se les solicitando que cancelen la misma y se
han negado al cumplimiento de la obligación contraída con mi representado, deuda que
mantienen desde el año dos mil diez y nueve y la que no han querido cancelar.
TERCERO: En base a los hechos anteriormente planteados y viendo la negativa del señor
Javier matute, el prometió honrar la deuda que mantiene con mi representado. Por lo cual
es que comparezco ante este Tribunal a promover la presente demanda. Acompaño la
CERTIFICACION de mérito, la cual, junto con el documento del crédito constituye el
Título Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley del Sistema
Financiero.
MEDIOS DE PRUEBA
1. PAGARE suscrito el veintisiete (27) de marzo del dos mil diez y nueve (2019),
entre el sr. ANDRES TORRES. y JAVIER MATUTE por sí, acreditando el hecho
PRIMERO de esta demanda de ejecución.
ANEXOS:
1. Copia autenticada del Testimonio de la escritura pública número setecientos doce
(712) de poder para pleitos autorizada en la ciudad de San Pedro Sula, por el
Notario ROBERTO PALAZUELOS de fecha siete (7) de julio del dos mil diez y
nueve (2019).
2. PAGARE suscrito el veintisiete (27) de marzo del dos mil diez y nueve (2019),
entre el sr. ANDRES TORRES y JAVIER MATUTE por sí.
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
1. La capacidad para ser parte en el presente procedimiento judicial le viene
reconocida al demandante, en el artículo 61 ordinal 4 del Código Procesal Civil
(CPC) dada su condición de persona jurídica;
2. Esta parte cumple con lo relativo a la postulación procesal ordenada en el artículo
79.1 del Código Procesal Civil (CPC) por lo que es preceptiva la intervención de
abogado habilitado legalmente para ejercer, asumiendo la representación procesal
de la parte accionante;
3. En lo referente a la ejecución de títulos extrajudiciales se cumplen todos los
requisitos de ley, de conformidad a las disposiciones de los artículos 782, 783, 784,
786, 787, 788 y demás aplicables del Código Procesal Civil (CPC). 4.
4. Artículo 166 de la Ley del Sistema Financiero.
PETICIÓN
Al Juzgado de Letras Civil del departamento de CORTES PIDO:
1. Tener por admitida y reconocida la legitimación del actor y la fuerza ejecutiva del
título de la presente Demanda para la Ejecución de Título Extrajudicial, junto con
los medios de prueba y anexos, contra el señor JAVIER MATUTE
2. Al señor Juez respetuosamente pido: Admitir la presente demanda juntamente con
la copia simple, las fotocopias de las facturas al crédito debidamente autenticadas,
fotocopia de Poder General Para Pleitos, que se acompañan el que solicito sea
cotejado con sus original y se me devuelva, mandar a requerir de pago al ejecutado
JAVIER MATUTE, por medio de la Receptor del despacho, para que dentro del
término de veinticuatro horas, pague o consigne a la orden de este Tribunal la
cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL LEMPIRAS (Lps. 47,000), los
intereses y las costas del juicio, que se haga saber que de no hacerlo en el término
expresado se le embargaran bienes suficientes para cubrir el pago que mantiene con
mi representado.
San Pedro Sula, Municipio de Cortes, 3 de febrero del 2020.
PAGARE
PAGARE POR: L47, 000.00
Yo, Javier Matute, comerciante, hondureño con Identidad No. 1809204567.con
domicilio en barrio el centro de las Ciudad de puerto cortés, departamento
de Cortes, declaro que debo y PAGARÉ incondicionalmente la suma de la
suma de CUARENTA Y SIETE MIL LEMPIRAS (LPS. 47,000.00) a la
orden del señor Andrés torres el día 27 del mes de Agosto del año 2019. En caso
de mora el deudor reconocerá el pago del interés moratorios conforme a
la tasa de interés máxima establecida por Banco Central de Honduras.- Este
PAGARE se libra SIN PROTESTO y los gastos y cualquier gasto que
ocasione el cobro extrajudicial o la ejecución de este Título serán por cuenta del
deudor, quien renuncia a toda diligencia, protesto, requerimiento judicial o
extrajudicial cuando a ello hubiere lugar y toda otra notificación, así como a
su domicilio, para cualquier acción o procedimiento legal relacionado con este
Pagaré o aviso por falta de estos actos, sometiéndose a la competencia del Juzgado
o Tribunal que destine el acreedor. Firmo el presente pagaré en la ciudad de San
Pedro sula, Departamento de Cortes, Honduras, a los 27 días del mes de Marzo
del año 2019
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  • 2. 2. PAGARE suscrito el veintisiete (27) de marzo del dos mil diez y nueve (2019), entre el sr. ANDRES TORRES y JAVIER MATUTE por sí. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA 1. La capacidad para ser parte en el presente procedimiento judicial le viene reconocida al demandante, en el artículo 61 ordinal 4 del Código Procesal Civil (CPC) dada su condición de persona jurídica; 2. Esta parte cumple con lo relativo a la postulación procesal ordenada en el artículo 79.1 del Código Procesal Civil (CPC) por lo que es preceptiva la intervención de abogado habilitado legalmente para ejercer, asumiendo la representación procesal de la parte accionante; 3. En lo referente a la ejecución de títulos extrajudiciales se cumplen todos los requisitos de ley, de conformidad a las disposiciones de los artículos 782, 783, 784, 786, 787, 788 y demás aplicables del Código Procesal Civil (CPC). 4. 4. Artículo 166 de la Ley del Sistema Financiero. PETICIÓN Al Juzgado de Letras Civil del departamento de CORTES PIDO: 1. Tener por admitida y reconocida la legitimación del actor y la fuerza ejecutiva del título de la presente Demanda para la Ejecución de Título Extrajudicial, junto con los medios de prueba y anexos, contra el señor JAVIER MATUTE 2. Al señor Juez respetuosamente pido: Admitir la presente demanda juntamente con la copia simple, las fotocopias de las facturas al crédito debidamente autenticadas, fotocopia de Poder General Para Pleitos, que se acompañan el que solicito sea cotejado con sus original y se me devuelva, mandar a requerir de pago al ejecutado JAVIER MATUTE, por medio de la Receptor del despacho, para que dentro del término de veinticuatro horas, pague o consigne a la orden de este Tribunal la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL LEMPIRAS (Lps. 47,000), los intereses y las costas del juicio, que se haga saber que de no hacerlo en el término expresado se le embargaran bienes suficientes para cubrir el pago que mantiene con mi representado. San Pedro Sula, Municipio de Cortes, 3 de febrero del 2020.
  • 3. PAGARE PAGARE POR: L47, 000.00 Yo, Javier Matute, comerciante, hondureño con Identidad No. 1809204567.con domicilio en barrio el centro de las Ciudad de puerto cortés, departamento de Cortes, declaro que debo y PAGARÉ incondicionalmente la suma de la suma de CUARENTA Y SIETE MIL LEMPIRAS (LPS. 47,000.00) a la orden del señor Andrés torres el día 27 del mes de Agosto del año 2019. En caso de mora el deudor reconocerá el pago del interés moratorios conforme a la tasa de interés máxima establecida por Banco Central de Honduras.- Este PAGARE se libra SIN PROTESTO y los gastos y cualquier gasto que ocasione el cobro extrajudicial o la ejecución de este Título serán por cuenta del deudor, quien renuncia a toda diligencia, protesto, requerimiento judicial o extrajudicial cuando a ello hubiere lugar y toda otra notificación, así como a su domicilio, para cualquier acción o procedimiento legal relacionado con este Pagaré o aviso por falta de estos actos, sometiéndose a la competencia del Juzgado o Tribunal que destine el acreedor. Firmo el presente pagaré en la ciudad de San Pedro sula, Departamento de Cortes, Honduras, a los 27 días del mes de Marzo del año 2019 ______________________ Firma