2. CONCEPTO
• Los derechos humanos son normas que reconocen y
protegen la dignidad de todos los seres humanos
• Los derechos humanos son derechos inherentes a
todos los seres humanos, sin distinción
alguna de nacionalidad, lugar de residencia,
sexo, origen nacional o étnico, color,
religión, lengua, o cualquier otra condición.
Todos tenemos los mismos derechos
humanos, sin discriminacion alguna.
3. DD.HH. PARA EL IUSNATURALISMO
• El conjunto de atributos,
valores, libertades que el
s
u
hombre por
naturaleza humanos
posee y que ha
adquirido de la propia
naturaleza ,valores o
atributos como la vida ,la
libertad
4. DD.HH. PARA EL POSITIVISMO
• Conjunto de libertades, facultades, atributos
reconocidos por la constitución de los habitantes de
un país en su condición de persona humana
5. DD.HH. PARA LAS NACIONES UNIDAS
• Son las condiciones de
existencia humana que
permite al
desenvolverse
ser humano
y utilizar
plenamente sus dotes de
inteligencia y de condición en
orden a satisfacción de las
exigencias fundamentales que le
imponen su vida espiritual y
natural
6. • Es un conjunto de normas q
el tiempo de guerra protege
a las personas q no
participan en las hostilidades o
que han dejado de hacerlo
DERECHO
INTERNACIONA
L
HUMANITARIO:
• Conjunto de normas que
surgen de la necesidad de
prestar protección a las
personas que están en el
territorio de un estado del que
no son nacionales
DERECHO
INTERNACIONAL
DE
LO
S
REFUGIADOS:
7. PRINCIPIOS DE LOS DD.HH.
Universalidad:
Porque por el simple hecho de ser hombre sin importar ninguna de las características
accidentales de su persona no se puede privar de estos derechos
Imprescriptibilidad:
Los derechos no se extinguen nunca ya que tendrán vigencia en tanto existan seres humanos
Irrenunciabilidad:
Ya que no es posible renunciar a ellos así como no es posible renunciar a ser un humano y la
irrenunciabilidad radica que es imposible disponer arbitrariamente de ellos
8. PRINCIPIOS DE LOS DD.HH.
Inviolabilida
d:
• Porque poseen naturaleza irreductible y siempre
vigente sobre todo poder grupo o individuo
resaltando la necesidad de protegerlos y garantizarlos
Efectividad:
• Ya que no son aspiraciones o formulaciones
principistas se deben respetar y estar tipificados
frente a la sociedad y orden jurídico
Igualdad en
derechos:
• Protegen en igual medida a todo ser humano por lo que
hay una identidad absoluta de derechos en todas y cada
una de las personas.
9. PRINCIPIOS DE LOS DD.HH.
Corresponsabilidad:
Todos somos
responsables en forma
individual y colectiva
frente al sujeto de estos
derechos para que así
tengan plena vigencia.
Su trascendencia a
la norma positiva :
No requiere estar
expresamente reconocido
por la
legislación interna de un
estado para q
sus
sean
ciudadanos
protegidos.
10. CARACTERES DE LOS DD.HH.
• No inmutabilidad: ya que la naturaleza de los derechos
humanos no cambia ni varia en el tiempo.
11. CARACTERES DE LOS DD.HH.
Carácter
histórico
:
• El concepto nace desde la entrada del hombre
en sociedad en el llamado estado de naturaleza.
Implica las siguientes consecuencias:
• A) El concepto esta siempre in fieri, en
continuo proceso de creación
enriqueciéndose con los cambios históricos
y dependiendo de ellos
• B) Se puede dar desde una consecuencia
situacional desde una determinada perspectiva
histórica y una determinada cultura
• C) Los derecho humanos corresponden a unas
determinadas estructuras políticas propias de
un determinado momento
12. CARACTERES DE LOS DD.HH.
No son taxativos: no existe un catálogo definitivo
de derechos, su existencia y enumeración depende
de factores múltiples como:
• Las necesidades y formas de agresión a los derechos en cada
momento histórico, ya que son respuestas normativas y no
normativas
• El grado de toma de conciencia de los mismos
• Diversa interpretación y concepción de los derechos
humanos según diversas ideologías e influencias
• Formas de organización social y política como determinados
objetivos de su existencia
13. CARACTERES DE LOS DD.HH.
Carácter procesal:
• El orden normativo, sus garantías procesales y su
grado de elaboración doctrinal derivan de un
proceso de evolución.
Carácter absoluto:
• Constituye ámbito normativo más
importante y radical.
Carácter expansivo:
• Surgen 3 generaciones de DD.HH ; los DD.HH. son
exigencias de la comunidad internacional.
14. CARACTERES DE LOS DD.HH.
Tendencialmente
universales:
tienen carácter
generalizables:
• *en relación a los sujetos:
todos los hombres son
sujetos de derecho
humano
• *en relación al
tratamiento de los dd
hh: todos son iguales
ante la ley.
• *en relación al objeto
de protección:
protección del
patrimonio cultural de
la población.
• *en relación a las
garantías: establece mas
organismos internos
Para la protección de los
ddhh.
15. CARACTERES DE LOS DD.HH.
No están
limitadas :
• Los DD.HH tienen limitaciones de
naturaleza etico-juridca q corresponde a la
propia estructura de los DD.HH.
• Son irrenunciables por el ser humano
Carácter
inalienables:
16. GENERACION DE LOS DD.HH.
1ERA GENERACIÓN: Aquellos derechos que se atribuyen a las
personas como ciudadanos pertenecientes a un determinado
estado y que suponen a una serie de barreas y de exigencias
frente al poder del Estado.
Derechos civiles: el derecho a la vida: “derecho a la vida en
sentido estricto” (hambre, pena de muerte, aborto); derecho a
la integridad personal” (integridad psicofísica y moral);
“derecho a la seguridad personal” (nacionalidad, migración,
asilo).
Derechos políticos: derecho a la asociación política, derecho
de reunión, derecho a acceder a cargos públicos, derecho de
sufragio, activo y pasivo.
17. GENERACION DE LOS DD.HH.
2DA GENERACIÓN: son aquel conjunto de derechos prestación, que consisten en
especificar aquellas pretensiones de las personas y de los pueblos consistentes en
la obtención de prestaciones de cosas o de actividades, dentro del ámbito
económico –social, frente a las personas y grupos q detentan el poder del estado y
frente a los grupos sociales dominantes.
Los derechos económicos sociales y culturales:
conjunto de derechos, prestación, especifican
aquellos pretensiones de las personas y pueblos
consistentes en la obtención de prestaciones.
-Clasificación: derecho al trabajo, Derecho Sindical,
derecho a la seguridad social, Derecho a la
alimentación, vestido, vivienda digna, salud,
educación, acceso a la ciencia y tecnología.
18. GENERACIÓN DE LOS DD.HH
3ERA GENERACIÓN: se hace referencia a la existencia en los últimos años
junto a la constatación y reivindicación de los tradicionales derechos de unos
nuevos derechos humanos , surgidos como consecuencia de la especificidad
de las circunstancias históricas actuales y q responden ante todo al valor
solidaridad
*derecho de los pueblos: surge en consecuencia de las
circunstancias históricas actuales y que responden ante
todo valor solidaridad.
Recibe varios nombres: derecho de pueblo, de
cooperación, solidaridad
*clasificación: derecho de autodeterminación de los
pueblos, derecho al desarrollo, derecho al ambiente sano,
derecho a la paz.
19. FUNDAMENTOS DE LOS DD.HH:
• La realidad o realidades de carácter social o
intersubjetivo que proporcionan a los derechos
humanos la consistencia necesaria para que puedan ser
reconocidos ,respetados y promovidos en su conjunto
de forma indivisible e interdependiente y puedan
proyectarse hacia un desarrollo , esta realidad es la
dignidad de la persona humana
20. CARACTERES DE FUNDAMENTO DD.HH
Fundamento estable y permanente
Carácter histórico , porque va tomando
sentido según las distintas épocas o
culturas
Concepto formal universalmente aceptado
que es el derecho a la dignidad
Concepto que se va enriqueciendo
históricamente a lo largo de la historia
21. SUJET
O
TITULA
R
ACTIVO
• Es la persona humana
OBJETO
DE
LO
S DDHH:
• Es el bien de personalidad, es
decir, es el conjunto de las
dimensiones de la realidad
personal, en cuanto patrimonio
suyo sobre las que recae la
titularidad, el ejercicio y
garantía de los DD.HH
22. CARACTERES DEL OBJETO DE DDHH
Surgen en función de la existencia de
unas determinadas necesidades sociales
Se forman en la confluencia entre los
valores y las necesidades sociales
radicales
Los bienes de la personalidad tienen
carácter histórico
Son iguales para todos los seres
humanos
23. BIEN
COMÚN:
Creación de condiciones justas de vida para asegurar la
defensa de la dignidad de la persona el respeto de su
dignidad su asistencia desarrollo y realización
DIGNIDAD HUMANA:
Categoría objetiva de un ser humano que reclama ante si y ante
otros, estima custodia, realización de allí que el aspire a la
plasmación de sus propósitos y anhelos más íntimos
24. DERECHO PROCESAL
CONSTITUCIONAL:
• Disciplina jurídica que tiene por
objeto el estudio y formulación de
los procesos
constitucionales y de los órganos
encargados de decir el derecho
en materia
constitucional con la finalidad
esencial de garantizar el
cumplimiento tutela y aplicación de
la constitución y los DD.HH.
25. CONTENIDO DE LA JURISDICCION
CONSTITUCIONAL EN EL PERU
• Proc. De
habeas corpus
• Proc. De
amparo
• Proc. De
habeas data
• Proc. De
cumplimiento
1.Jurisdicción
constitucional
de la libertad
26. CONTENIDO DE LA JURISDICCION
CONSTITUCIONAL EN EL PERU
• Proc. De acción
popular
• Proc. De
inconstitucionalidad
• Proc.de
competencial
2.Jurisdicción
constitucional
orgánica
27. SIGLO XIX: POSITIVIZACIÓN
CONSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS
• Están vinculadas al movimiento constitucional, típico de la
época. Son declaraciones constitucionales de signo liberal.
• Se sigue la línea marcada por la Declaración de
Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.
• Se empieza abandonar el tono filosófico abstracto. Se inicia
una línea de especificación de derechos. Es el proceso de
positivación constitucional de los derechos.
• Los Derechos Humanos ya no son referidos a todos los
hombres en general, sino a los ciudadanos de un
determinado país. Es el proceso de subjetivización.
• Se empiezan a especificar garantías de los derechos. Es el
proceso de positivación de las garantías.
28. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS DE 1948
Declaración Universal de Derechos Humanos es una
resolución adoptada en diciembre de 1948 por la Asamblea
General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
El objetivo de esta declaración es promover y potenciar el
respeto por los derechos humanos y las libertades
fundamentales.
Dicha declaración proclama los derechos personales,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales del
hombre, los cuales sólo se ven limitados por el
reconocimiento de los derechos y libertades de los demás,
así como por los requisitos de moralidad, orden público y
bienestar general.
29. OTROS INSTRUMENTOS JURÍDICOS
INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS
• Declaración Universal de Derechos Humanos.
• Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
• Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
• Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de
Discriminación Racial.
• Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de
los Crímenes de Lesa Humanidad.
• Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de
Costa Rica).
• Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer.
• Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y
Degradantes.
• Convención sobre los Derechos del Niño.
• Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
• Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio
30. CONVENCIÓN AMERICANA DE 1969 Y
1978
La Convención articula un catálogo de derechos y libertades
fundamentales que se ha convertido en el principal
instrumento de fomento del movimiento de los derechos
humanos en el continente americano.
El catálogo de la Convención básicamente prevé
derechos civiles y políticos: derecho a la vida, a la
integridad, a la libertad personal, a las debidas garantías
judiciales, a la honra y dignidad, la libertad religiosa, de
conciencia y de expresión, derecho de reunión y
asociación, derecho de sufragio activo y pasivo o la
prohibición de esclavitud y servidumbre
31. DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS
DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO
• En la Declaración de los Derechos del hombre se reitera
que los hombres nacen y permanecen libres e iguales
con sus derechos; la meta de toda asociación política
es la conservación de los derechos; el origen de la
soberanía reside esencialmente en la nación, ningún
órgano ni individuo pueden ejercer autoridad que no
emane expresamente de ella; y por último, la ley es la
expresión de la voluntad general y todos los ciudadanos
tienen el derecho de participar personalmente o por
medio de sus representantes.
32. SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCION DE
LOS DERECHOS HUMANOS
1.Declaración americana de los deberes y
derechos del hombre
2.Convención americana sobre DD.HH
,pacto de San José de Costa Rica
3.Protocolo adicional a la convención americana sobre
DD.HH en materia de derechos económicos, sociales y
culturales , protocolo de san salvador
4.Protocolo de la convención americana sobre derechos
humanos relativos a la abolición de la pena de muerte
33. COMISIÓN INTERAMERICANA DE
DD.HH(CIDH):
• Es un órgano de organización de los Estados
Americanos creado para promover la observancia y la
defensa de los derechos humanos y servir como órgano
consultivo de la organización en esta materia.
34. FUNCIÓN PRINCIPAL DE L COMITE
INTERAMERICANO:
Recibe, analiza e investiga peticiones individuales
Observa la vigencia general de los DD.HH. en los estados
miembro
Estimula la conciencia de los derechos humanos en los
países de américa
Realiza y participa de conferencias para difundir y analizar
temas relacionados al sistema Interoamericana de DD.HH.
Promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en el
ejercicio de su mandato , tiene las siguientes atribuciones y
funciones.
35. COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN
INTEROAMERICANA DE DDHH:
• Se compone de 7 miembros que deberán ser
personas de alta autoridad moral reconocida
competencia en materia de derechos humanos
elegidos a titulo personal por la asamblea general de
la OEA.
36. IMPORTANCIA DE LOS DERECHOS
HUMANOS
Los derechos humanos son necesarios para proteger y
preservar la humanidad de cada uno, a fin de garantizar que
todas las personas puedan vivir una vida digna y una vida
digna de un ser humano. ... Fundamentalmente, porque cada
persona es un ser humano y, por tanto, un ser moral.
37. PORQUE ES NECESARIO QUE SE
RESPETEN LOS DERECHOS HUMANOS
Para promover los derechos humanos, las instituciones
nacionales podrán dedicarse a: Informar y educar acerca de
los derechos humanos; Fomentar el desarrollo de valores y
actitudes que respalden los derechos humanos. Alentar las
medidas que permitan defender
los derechos humanos para que no se violen.
38. QUE PERSONA PUEDE TENER O EJERCER
LOS DERECHOS HUMANOS
Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en
esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo,
idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole,
origen nacional o social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición.