Este documento resume los trascendentales según Santo Tomás de Aquino y Antonio Millán Puelles. Los trascendentales son conceptos que expresan propiedades necesarias de todo ente por el hecho de ser ente. Según estos autores, los trascendentales son seis: ente, cosa, uno, algo, verdadero y bueno. Estos trascendentales expresan respectivamente la unidad, oposición a la nada, inteligibilidad, y apetibilidad de todo ente.
1. Los Trascendentales.
Extracto y comentario del libro “Fundamentos de filosofía”1
de Antonio Millán Puelles.
Ente (ens) es „lo que tiene ser‟, pero del hecho de tener ser se siguen un conjunto de
propiedades necesarias, que el término „ente‟ no manifiesta de manera directa. Los
trascendentales corresponden a los nombres del ente, dentro de los cuales encontramos esas
propiedades que se siguen del ente de modo necesario. Dicho en otros términos, los
trascendentales son conceptos que manifiestan directamente aquellas propiedades que podemos
atribuir a todo ente por el hecho de ser ente, y que el término „ente‟ no manifiesta. En este sentido
aclara Millán Puelles que:
“No han de ser, pues, conceptos predicamentales, sino “trascendentales”, tan amplios y
flexibles como el concepto de ente. Por consiguiente, no pueden constituir más que aspectos
distintos, modalidades del ente mismo, visto desde diversas perspectivas”.2
Santo Tomás distinguió claramente seis nociones trascendentales: ente, cosa, uno, algo,
verdadero y bueno (ens, res, unum, aliquid, verum, bonum). Existe una séptima noción: lo bello
(phulcrum), cuya pertenencia al grupo de los trascendentales es discutida hasta hoy.
Una aclaración previa pasa por precisar un término muy cercano y utilizado por todos: el
concepto “cosa”. Y es que todo ente se nos presenta como “cosa”, éste es efectivamente un
concepto trascendental, porque con él podemos referirnos a todo (todas las “cosas”) sin dejar
fuera a ninguna y sin designar ninguna determinada. De hecho cuando digo a alguien “mira esa
cosa”, necesito señalarla concretamente para que mi interlocutor sepa a qué me refiero, pues si así
no fuera, podría tratarse de “cualquier cosa” o “cualquier ente”.
Sin embargo, el término “cosa” no es una propiedad del ente, pues no expresa ningún
aspecto no manifiesto por el término „ente‟, sino más bien, “ente” y “cosa” son sinónimos. Todo
ente (ens) está compuesto de „esencia‟ y acto de ser (esse): cuando se utiliza el término „ente‟, se
destaca el „acto de ser‟ del ente, y cuando se utiliza el término „cosa‟, también nos estamos
refiriendo a „lo que tiene ser‟, pero destacando más el hecho de que ese ente posee una esencia
determinada. A partir de esta aclaración debemos precisar que el número de trascendentales no es
idéntico al número de las propiedades del ente, pues la nociones de “cosa” y de “ente” son
„trascendentales‟, pero no propiedades del ente, puesto que no expresan directamente nada que ya
no esté expresado en la noción de “ente”. Por otra parte, las propiedades del ente son
trascendentales por cuanto se siguen de todo ente por el simple hecho de ser. Éstas son: uno, algo,
verdadero y bueno. Nos referiremos a estos trascendentales en términos generales a partir de la
siguiente cita, para luego estudiarlos por separado.
“Considerado en sí mismo, pero en forma negativa –es decir, lo que no es-, todo ente es
indiviso, es decir, “uno”. Este concepto es ya una propiedad, pues además de convenir a todo
1
Millán Puelles, A., Fundamentos de filosofía, Ed. Rialp, Madrid, 1972.
2
Ibíd. p. 433.
1
2. ente, nos muestra un cierto aspecto no explícito de la idea del ente mismo. Tomado en forma
relativa, es decir, puesto en comparación, el ente puede manifestarse como disconveniente o
como conveniente a aquello con lo que se lo compara. La relación de disconveniencia sólo la
tiene el ente en general con la nada absoluta, y en este sentido todo ente se aparece como
“algo”: concepto trascendental, ya que puede aplicarse a todo ente, pero que es también una
propiedad, por expresar en el ente su aspecto de oposición al no-ser. Por último, el ente sólo
puede convenir en su absoluta universalidad consigo mismo o con un ente que pueda de algún
modo hacerse cargo de ella. En este caso se halla todo ente provisto de entendimiento y de
voluntad, dada la universalidad característica del objeto de tales potencias. En su conveniencia
al entendimiento, todo ente se presenta como “verdadero”, en el sentido de poder ser objeto de
una verdadera intelección (sea esta su efecto o sea su causa), y en su conveniencia a la voluntad,
todo ente se matiza como “bueno”, es decir, como apto para moverla”.3
Veamos cada una de estas propiedades trascendentales por separado:
A. El ente como lo “uno”
Con la noción de “uno” nos referimos a que cada ente, por el hecho de ser ente, es
intrínsecamente „indiviso‟. Esto implica que todo lo que es posee una unidad propia, y la
destrucción o división de esa unidad implica que el ente deje de ser lo que era. Esto equivale a
señalar que la división deshace la entidad y, en consecuencia, la unidad (no-división) se haya en
la raíz de la entidad. Así, por ejemplo, en el caso de una piedra dividida en dos, deja de ser el ente
que era y pasa a ser otro ente, en este caso dos piedras, las que lo serán en la medida en que esas
dos piedras sean dos “unos”, es decir, dos entes que poseen unidad.
B. El ente como “algo”
Como se señaló anteriormente referirse al ente como “algo” implica señalar que ser ente
es aquello que se opone al no-ente, es decir, lo contrario a la nada. Es útil, en este sentido,
comprender la raíz el término “algo”. Éste proviene de la unión de dos voces latinas “aliud quid”,
que significan “otro qué”. Esto equivale a decir que el ente es un “otro qué” respecto de un
opuesto que es el no-ente. En palabras más simples el ente es “lo otro” respecto de la nada. Eso es
ser “algo”: “una excepción a la nada”4 dirá Millán Puelles.
El ente es “algo”. Comprendiendo esta afirmación desde la analogía de proporcionalidad,
podemos concluir que mientras más perfecto sea el ente, más “algo” será, es decir, manifestará de
un modo más pleno su oposición al no-ser.
C. El ente como lo “verdadero”
Si bien el hecho de referirse a algo como falso o verdadero no es propio del ente en sí
mismo, sino más bien de un juicio de la inteligencia, todo ente es verdadero por cuanto es o
puede ser objeto de un conocimiento intelectual, es decir, todo lo que es, por el hecho de ser,
posee una „verdad‟ para ser conocida. Esto es lo que nos permite afirmar que todo ente es
inteligible.
3
Ibíd. p. 433.
4
Ibíd. p. 435.
2
3. Por esta razón es imposible que algo sea absolutamente falso, pues eso implicaría que no
habría nada que conocer, es decir, sólo habría no-ser, lo que equivale a decir que no hay ente, y lo
que no existe no puede ser falso ni verdadero (hablando en términos reales, no lógicos).
Este término inteligible nos habla de una propiedad del ente –no de la inteligencia- por la
que éste es apto o abierto al entendimiento que lo conoce. Sobre la base de la existencia de una
inteligencia divina perfectísima, podemos comprender más fácilmente esta propiedad del ente por
la que lo llamamos verdadero, pues si decimos que todo ente en cuanto ente es objeto de
conocimiento, existe un entendimiento capaz de conocer todo ente, todo lo que existe, que
sustenta esta inteligibilidad del ente.
Todo ente es verdadero. Siguiendo con la relación respecto de la analogía de
proporcionalidad, concluiremos que a mayor perfección del ente nos encontramos con más
inteligibilidad, es decir, con más verdad que conocer: cuanto más perfecto es un ente, tanto más
„verdadero‟.
D. El ente como lo “bueno”
Así como lo “verdadero” es aquella propiedad del ente en relación al entendimiento que lo
conoce, lo “bueno” es aquella propiedad por la que todo ente puede ser objeto del acto de la
voluntad, es decir, todo ente, por el hecho de ser, puede ser apetecido bajo la razón de bien. Y así
como hablábamos de inteligibilidad del ente respecto del entendimiento que lo conoce, en este
caso hablamos de una „apetibilidad‟ del ente respecto de la voluntad que lo apetece.
No se trata de que algo sea absolutamente bueno para ser apetecido, sino “por su carácter
de ente todo ente tiene ya una perfección, la cual puede, en efecto, ser apetecida por quien de
ella obtiene algo(…); a su vez, todo lo apetecible tiene el carácter de ente. Para “poder ser
apetecido” es preciso, primero “poder ser”.5
Del mismo modo como es imposible que algo sea absolutamente falso, pues implicaría la
no existencia, también es imposible que algo sea absolutamente malo, por la misma razón. Esto
nos enfrenta a la pregunta respecto del mal, pues según lo que hemos venido diciendo es preciso
que el mal no exista. Millán Puelles lo explica en los siguientes términos:
“De todo esto se sigue que el mal, aunque innegable y efectivo, no posee propiamente
entidad, sino que es, por cierto, falta o privación de ella, dada en un ente real. Tal falta puede, a
veces, darse físicamente como exceso; pero en rigor –metafísicamente considerada, es decir, con
relación a la entidad de aquello en que se encuentra- es una verdadera falta, puesto que a toda
entidad finita corresponde su modo específico, que es su propia manera de ser o, por así decirlo,
su moderación óntica”.6
Tanto el bien como el mal deben ser comprendidos desde la analogía de proporcionalidad,
ya que un ente en la medida de su perfección podrá ser objeto de ser “querido” o apetecido por la
voluntad, es decir, mientras más perfecto es un ente más hay que querer de él. Por otra parte,
entendiendo el mal como privación del ente según su modo de ser debemos comprender que el
hecho de que una piedra no vea no es un mal, pues según su modo de existir no le corresponde la
visión; mientras que en el caso del hombre sí hay una privación del bien que le corresponde
según su modo de existir en el perder la visión.
5
Ibíd. p. 438.
6
Ibíd. p. 439.
3