2. Fundamentos Los juzgados son administradores de justicia, cuentan con su propia estructura jerárquica. El personal de los juzgados no se abastece y mas aun no se encuentran lo suficientemente capacitados para disminuir la carga procesal y mas aun con el suficiente personal.
3. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: La ley tiene por objeto el cumplimiento del derecho al debido proceso por poseer tutela jurisdiccional en fin de asegurar sus derechos fundamentales consignados en la Constitución teniendo como antecedente el Titulo Preliminar del Código Procesal Civil con competencia de la Corte Suprema.
4. ARTÍCULO 1 : Creación de más juzgados de acuerdo la demanda de cada especialidad. ARTÍCULO 2: Enfatizar el derecho al debido proceso en cuanto a celeridad desde el órgano de mayor jerarquía hasta el de menor.
5. ARTÍCULO 3 : La correcta distribución y sistematización del manejo de la carga procesal a través del personal a cargo. ARTÍCULO 4: Aumento de personal en proporción a la demanda por especialidad.
6. ARTÍCULO 5: Bajar el costo del poder otorgado mediante acto en un 1,75 % ARTÍCULO 6 : Aumento de presupuesto del poder judicial en un o.2%.
7. ARTÍCULO 7: Regulación y respeto del horario laboral del secretario y técnico. ARTÍCULO 8: El litigante debe ser puntual de acuerdo al citatorio.
8. ARTÍCULO 9: Capacitación constante al personal. ARTÍCULO 11: El litigante deberá ser informado sobre su proceso desde el inicio.