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LIBERACION DE MÓVILES
Tras la denuncia de FACUA-Consumidores en Acción, el Instituto Nacional del
Consumo (INC) y las autoridades de protección al consumidor de las comunidades
autónomas han emitido un informe en el que concluyen que la venta de móviles no
liberados es una práctica ilegal.
El informe advierte que las compañías deben liberarlos gratis y sin necesidad de que
finalicen los compromisos de permanencia. Asimismo, señala que sus prácticas
pueden ser objeto de sanción al implicar cláusulas abusivas que vulneran el texto
refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
En enero de 2012, FACUA denunció Movistar, Vodafone, Orange y Yoigo por
sabotear los terminales que comercializan para que sólo puedan utilizarse con ellas.
Así, introducen una restricción técnica, un defecto, que limita y restringe las
posibilidades de uso del móvil que el consumidor adquiere.
Un terminal del que el usuario es titular y que además abonará de forma diferida a lo
largo del periodo de duración del compromiso de permanencia que le obligan a
asumir mediante el pago de un consumo mínimo mensual y unas condiciones
tarifarias concretas.
FACUA remitió sus denuncias al Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y varias autoridades de protección al
consumidor autonómicas.
El informe de la Comisión
A raíz de estas denuncias, la Comisión de Cooperación de Consumo ha elaborado
un informe en el que estima "la valoración como abusiva de la práctica que realizan
las operadoras telefónicas de bloquear el terminal en los términos referidos".
En dicha Comisión están representadas las autoridades de protección al consumidor
del Gobierno y las comunidades autónomas. Se trata de un órgano dependiente de
la Conferencia Sectorial de Consumo, cuya finalidad es la cooperación, la
comunicación y la información entre la Administración General del Estado y la de las
comunidades autónomas, en aquellas materias que afecten a la
defensa de los derechos de los consumidores.
Según el informe (ver documento en .pdf), "en el caso de que el cliente, dentro del
periodo de permanencia, estando al corriente del abono de la factura y manteniendo
el contrato durante el periodo de permanencia acordada, quiera hacer uso del
terminal con una tarjeta de otro operador porque en un momento dado tenga
condiciones económicas más ventajosas, el operador no puede negarse a liberar el
terminal, limitando los derechos del consumidor si éste está cumpliendo con las
obligaciones que contrajo en el momento de contratar".
Asimismo, "en el supuesto de que un usuario haya adquirido un terminal
'subvencionado' y haya finalizado el período de permanencia o, en caso de querer
resolver el contrato, haya abonado la penalización correspondiente, teniendo en
cuenta que por parte del consumidor se ha cumplido con las obligaciones
contractuales, y la empresa, conforme a los requisitos que ella misma establece en
el contrato, ha recuperado el importe del terminal subvencionado, el operador no
puede negarse a liberar el terminal, cobrar al usuario por facilitarle el código para el
desbloqueo o dilatar en el tiempo la entrega del código cuando el usuario ya ha
cumplido con su parte del contrato".
"Las referidas prácticas constituyen infracciones en materia de consumo
sancionables por las autoridades competentes de conformidad con el artículo 49.1
del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios", concluye el informe.
El informe también señala que "con independencia del carácter abusivo de este tipo
de prácticas, debe valorarse también su posible carácter desleal para los
consumidores, ya que parece existir una falta de transparencia generalizada en las
ofertas de las operadoras telefónicas, que en muchos casos no informan al usuario,
entre otros aspectos, del bloqueo del terminal, del procedimiento para
desbloquearlo, ni tampoco de la penalización por baja anticipada, y el cliente no
tiene la opción de comparar la oferta del móvil subvencionado con lo que le costaría
ese móvil libre".
Cómo reclamar
FACUA va a remitir el informe a las compañías instándoles a que procedan a facilitar
a todos sus clientes los códigos de liberación de sus terminales. Asimismo, planteará
a las autoridades de protección al consumidor autonómicas que apliquen sanciones
proporcionales a las dimensiones de las irregularidades cometidas por el sector.
La asociación recomienda a los usuarios que requieran a sus compañías la
liberación de sus teléfonos, hayan o no cumplido sus compromisos de permanencia.
En caso de que no se los faciliten o les pidan dinero a cambio, pueden presentar las
correspondientes denuncias ante las administraciones de consumo o a través de
FACUA si son socios de pleno derecho.
Las reclamaciones pueden presentarse acompañadas del informe elaborado por la
Comisión de Cooperación de Consumo a raíz de las denuncias de FACUA.

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  • 1. LIBERACION DE MÓVILES Tras la denuncia de FACUA-Consumidores en Acción, el Instituto Nacional del Consumo (INC) y las autoridades de protección al consumidor de las comunidades autónomas han emitido un informe en el que concluyen que la venta de móviles no liberados es una práctica ilegal. El informe advierte que las compañías deben liberarlos gratis y sin necesidad de que finalicen los compromisos de permanencia. Asimismo, señala que sus prácticas pueden ser objeto de sanción al implicar cláusulas abusivas que vulneran el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. En enero de 2012, FACUA denunció Movistar, Vodafone, Orange y Yoigo por sabotear los terminales que comercializan para que sólo puedan utilizarse con ellas. Así, introducen una restricción técnica, un defecto, que limita y restringe las posibilidades de uso del móvil que el consumidor adquiere. Un terminal del que el usuario es titular y que además abonará de forma diferida a lo largo del periodo de duración del compromiso de permanencia que le obligan a asumir mediante el pago de un consumo mínimo mensual y unas condiciones tarifarias concretas. FACUA remitió sus denuncias al Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y varias autoridades de protección al consumidor autonómicas. El informe de la Comisión A raíz de estas denuncias, la Comisión de Cooperación de Consumo ha elaborado un informe en el que estima "la valoración como abusiva de la práctica que realizan las operadoras telefónicas de bloquear el terminal en los términos referidos". En dicha Comisión están representadas las autoridades de protección al consumidor del Gobierno y las comunidades autónomas. Se trata de un órgano dependiente de la Conferencia Sectorial de Consumo, cuya finalidad es la cooperación, la comunicación y la información entre la Administración General del Estado y la de las comunidades autónomas, en aquellas materias que afecten a la defensa de los derechos de los consumidores. Según el informe (ver documento en .pdf), "en el caso de que el cliente, dentro del periodo de permanencia, estando al corriente del abono de la factura y manteniendo el contrato durante el periodo de permanencia acordada, quiera hacer uso del terminal con una tarjeta de otro operador porque en un momento dado tenga condiciones económicas más ventajosas, el operador no puede negarse a liberar el terminal, limitando los derechos del consumidor si éste está cumpliendo con las obligaciones que contrajo en el momento de contratar". Asimismo, "en el supuesto de que un usuario haya adquirido un terminal 'subvencionado' y haya finalizado el período de permanencia o, en caso de querer resolver el contrato, haya abonado la penalización correspondiente, teniendo en
  • 2. cuenta que por parte del consumidor se ha cumplido con las obligaciones contractuales, y la empresa, conforme a los requisitos que ella misma establece en el contrato, ha recuperado el importe del terminal subvencionado, el operador no puede negarse a liberar el terminal, cobrar al usuario por facilitarle el código para el desbloqueo o dilatar en el tiempo la entrega del código cuando el usuario ya ha cumplido con su parte del contrato". "Las referidas prácticas constituyen infracciones en materia de consumo sancionables por las autoridades competentes de conformidad con el artículo 49.1 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios", concluye el informe. El informe también señala que "con independencia del carácter abusivo de este tipo de prácticas, debe valorarse también su posible carácter desleal para los consumidores, ya que parece existir una falta de transparencia generalizada en las ofertas de las operadoras telefónicas, que en muchos casos no informan al usuario, entre otros aspectos, del bloqueo del terminal, del procedimiento para desbloquearlo, ni tampoco de la penalización por baja anticipada, y el cliente no tiene la opción de comparar la oferta del móvil subvencionado con lo que le costaría ese móvil libre". Cómo reclamar FACUA va a remitir el informe a las compañías instándoles a que procedan a facilitar a todos sus clientes los códigos de liberación de sus terminales. Asimismo, planteará a las autoridades de protección al consumidor autonómicas que apliquen sanciones proporcionales a las dimensiones de las irregularidades cometidas por el sector. La asociación recomienda a los usuarios que requieran a sus compañías la liberación de sus teléfonos, hayan o no cumplido sus compromisos de permanencia. En caso de que no se los faciliten o les pidan dinero a cambio, pueden presentar las correspondientes denuncias ante las administraciones de consumo o a través de FACUA si son socios de pleno derecho. Las reclamaciones pueden presentarse acompañadas del informe elaborado por la Comisión de Cooperación de Consumo a raíz de las denuncias de FACUA.