Aspectos eticos y legales asociados a la informacion digital
Aspectos éticos y legales asociados a la información
1. Aspectos éticos y legales
asociados a la información digital
Coordinador: Xavier Peralta Santos
Lizbeth Adriana Santiago Aguirre
1° “C”
2. ¿ Qué es Ética?
Primero que nada tenemos que tener en claro a que asemos
alusión en el momento que citamos la información digital
Primero tenemos que entre claro donde está esta información
digital y esta se encuentra en un lugar de libre acceso llamado
internet en la cual todos los usuarios de esta red pueden
tener acceso a ella , pero para su buena manipulación
nosotros mismo como usuarios debemos cumplir con unas
series de normal a nivel personal a lo que llamamos ética
Ética: Conjunto de normas morales que rigen la
conducta humana.
3. Ética del Usuario
Dentro de las tecnologías de la información existen
las responsabilidades éticas en relación a la no
violación de la privacidad; a poseer información
precisa; a no realizar contaminaciones del medio
ambiente; el respetar las obras delos autores, etc. Los
riesgos de incurrir en alguna actividad que vaya en
contra de estas responsabilidades se pueden reducir a
través de la educación, los códigos de ética, la
certificación y la autorregulación del manejo de la
información.
4. Información Digital
La información digital se mantiene en constante cambio y
está en acceso de todos si lo comparamos con el día a
día podríamos ver lo siguiente.
Todos tenemos un entorno casa-colegio o trabajo-lugares
de recreación con el cual compartimos e interactuamos
con los demás.
En internet es lo mismo con la excepción que nosotros no
nos movemos físicamente hacia esos lugares.
Lo cual nos permite poder visitar todo el mundo atreves
de internet
5. Pero al igual que en la vida hay ciertos lugares a
los cuales no se deben acceder o lugares donde
uno debe tener ciertos permisos para entrar
6. Aspectos Legales
Derechos de autor: Son un conjunto de normas jurídicas y
principios que regulan los derechos morales y
patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo
hecho de la creación de una obra literaria, artística,
científica o didáctica, esté publicada. Está reconocido
como uno de los derechos humanos fundamentales en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos. Una obra
pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales
han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un
plazo desde la muerte del autor.
7. El titular de los derechos de autor goza de:•Reproducir la obra
en copias o fonogramas. Distribuir copias o fonogramas de la
obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de
transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o
prestar dichas copias. Presentar y mostrar la obra públicamente,
en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y
coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones
audiovisuales. En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la
obra públicamente a través de la transmisión audio digital. El
derecho de autor sobre una obra creada se convierte
inmediatamente en propiedad del autor que creó dicha obra.
Sólo el autor o aquellos cuyo derechos derivan del autor pueden
reclamar propiedad. Estos aspectos éticos y legales en mi
pensamiento, son muy importantes, ya que no por el hecho de
que estén al alcance de todos significa que sean nuestros, sino
que tienen un dueño, lo cual hay que respetar a quien los creo, el
derecho de autor, y al hacer una búsqueda poner el autor de
quien sea dicho documento. Y a quien abusa de esta
información, se le debe dar un castigo.
8. Entre los principales aspectos éticos, sociales y
políticos propiciados por los sistemas de información
se encuentran las siguientes dimensiones
morales:· Derechos y obligaciones de información.
· Derechos de propiedad.
· Responsabilidad y control.
· Calidad del sistema.
· Calidad de vida.
9. Programas de Computación
Los programas de computación se protegen en los
mismos términos que las obras literarias. Dicha
protección se extiende tanto a los programas
operativos como a los programas aplicativos, ya sea en
forma de código fuente o de código objeto. El titular de
los derechos de autor sobre un programa de
computación o sobre una base de datos conservará,
aún después de la venta de ejemplares de los mismos,
el derecho de autorizar o prohibir el arrendamiento de
dichos ejemplares. Este precepto no se aplicará cuando
el ejemplar del programa de computación no constituya
en sí mismo un objeto esencial de la licencia de uso.
10.
Los programas computacionales son una propiedad valiosa y, por tanto
motivan al robo de los sistemas computacionales. Sin embargo, la copia no
autorizada de software, o piratería, es una forma principal de robo. La copia no
autorizada es algo ilegal porque el software es propiedad intelectual que está
protegida por los derechos de autor (copyright) y acuerdos con licencias para
usuarios. La realización de cambios ilegales o el robo de datos es otra forma de
delito computacional con diferentes fines como conocer números de tarjetas
de crédito, cambiar la calificación de los alumnos del departamento de sección
escolar, etc.42La piratería informática en términos computacionales, es estar
frente a la PC durante períodos de tiempo muy extensos teniendo un uso o
acceso no autorizado de sistemas computacionales conectados en red.
Copia ilegal de Programas