1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
MISIÓN SUCRE – PALAVECINO
ALDEA SANTIAGO SÁNCHEZ CARUCI
INTEGRANTES.
AGELVIS AMARO
LOCMAN VALLENOT
MARÍA TORRES
HÉCTOR LUJANO
ORLANDOMARCANO
ABG. MARCOS SOTO
SECCIÓN 702
REHABILITACIÓN DEL INTERNO O INTERNA,
LA REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN DEL PENADO,
REINSERCIÓN SOCIAL DEL EX INTERNO O EX INTERNA,
ANALISIS DE LAS POLITICAS PÚBLICAS APARTIR DE LA REALIDAD
PENITENCIARIA VENEZOLANA
2. REHABILITACIÓN DEL INTERNO O INTERNA.
El tratamiento penitenciario
consiste en el conjunto de
actividades dirigidas a la
consecución de la reeducación y
reinserción de los penados.
pretende hacer del interno una
persona con la intención y
capacidad de vivir respetando la
Ley Penal.
Es de suma importancia recordar
que en Venezuela, la
rehabilitación del interno así
como su reinserción, son de
mandato constitucional tal como
lo establece el art 272 de la
constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
3. REHABILITACIÓN DEL INTERNO O INTERNA.
La orientación constitucional de
las penas hacia la rehabilitación
del interno es de vital
importancia para la ejecución de
determinadas sanciones
penales, quedando de ese modo
eliminada la posibilidad de
decisiones arbitrarias en cuanto
a su función, ya que la norma
constitucional resulta
obviamente superior al resto del
ordenamiento jurídico penal
venezolano.
4. LA REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN DEL PENADO
consiste en el conjunto de
actividades dirigidas a la
consecución de la reeducación y
reinserción de los penados.
Pretende hacer del interno una
persona con la intención y
capacidad de vivir respetando la
Ley Penal.
Este tratamiento
penitenciario, tiene como fin la
rehabilitación del penado y su
futura reinserción social, lo que
implica la necesidad de abordar
durante el mismo, la creación de
valores cuando estos no existan y
el fortalecimiento de los existentes
5. REINSERCIÓN SOCIAL DEL EX INTERNO O EX INTERNA
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, en el
artículo 272.
El Estado creará las instituciones
indispensables para la asistencia
post-penitenciaria que posibilite la
reinserción social del ex interno o
ex interna y propiciará la creación
de un ente penitenciario con
carácter autónomo y con personal
exclusivamente técnico”.
6. ANALISIS DE LAS POLITICAS PÚBLICAS APARTIR DE LA REALIDAD
PENITENCIARIA VENEZOLANA Y EN PROCURA DE SU EFICACIA.
Es un hecho notorio, que el sistema
penitenciario en el continente atraviesa
por una severa crisis. Venezuela no
escapa a esta realidad, aun cuando las
cifras de este año parecieran
prometedores. Sin embargo, este
aliciente no es suficiente para impactar
de forma determinante, el sistema
penitenciario actual. consientes de esta
realidad, el Gobierno Bolivariano ha
venido adelantando desde el año
2005, un Proyecto de Humanización del
Sistema Penitenciario, el cual, se
encuentra actualmente en ejecución, que
pretende dar a los privados de libertad la
oportunidad de un nuevo comienzo, a
través, de la educación, la cultura, el