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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA




               FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN




                       Bogotá, D.C. 2003
LUIS CAMILO OSORIO ISAZA
         Fiscal General de la Nación


     GUSTAVO MORALES MARIN
       Vicefiscal General de la Nación



      JUDITH MORANTE GARCIA
             Secretaria General



JUSTO PASTOR RODRÍGUEZ HERRERA
        Director Nacional de Fiscalías



GUILLERMO ANIBAL ORTEGA BELTRAN
             Director Nacional
      Cuerpo Técnico de Investigación



CLAUDIA ISABEL GONZÁLEZ SÁNCHEZ
Directora Nacional Administrativa y Financiera


   YOLANDA SARMIENTO AMADO
      Directora Asuntos Internacionales


       LIZBETH TRIANA CASAS
           Jefe Oficina Planeación


  MAGNOLIA VALENCIA GONZÁLEZ
             Jefe Oficina Jurídica


                   Edición

MARÍA CAROLINA SÁNCHEZ BLANCO
    Jefe Oficina de Divulgación y Prensa


 DIANA PATRICIA CORTÉS VARGAS
          Técnico Administrativo II
           Oficina de Planeación
COMITÉ PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA



         MAGNOLIA VALENCIA GONZÁLEZ
                   Jefe Oficina Jurídica




     MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS
                     Oficina Jurídica




         JULIO ALIRIO VALBUENA NÚÑEZ
              Dirección Nacional de Fiscalías




           JUAN CARLOS JIMENEZ LEAL
            Dirección Seccional Fiscalía Bogotá




      JUAN CARLOS BERMÚDEZ BERMÚDEZ
            Dirección Seccional Fiscalía Bogotá




          MARTÍN ENRIQUE DÍAZ PARDO
    Dirección Nacional Cuerpo Técnico de Investigación




        FERNANDO ALCAZAR DEVIA ARIAS
                  Oficina de Planeación
CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL
               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




                                                PRESENTACIÓN



Este Manual hace parte integral de la resolución por medio de la cual se reglamenta el
Sistema de Cadena de Custodia, es una herramienta que permite entender y dar
aplicación de manera práctica a la resolución que desarrolla el artículo 288 del Código
de Procedimiento Penal.

La observación de éste, proporciona mecanismos que facilitan la labor de la
investigación penal y garantiza la autenticidad de las evidencias materia de prueba,
desde el momento de su recolección en la escena del delito hasta el momento en que
el funcionario judicial dispone que ya no es necesaria, fortaleciendo de esta manera la
capacidad técnico-científica en la administración de justicia, logrando eficientes y
efectivos resultados contra la delincuencia, en todas sus manifestaciones.

La aplicación de los procedimientos técnicos, investigativos y operativos son la base
fundamental para el aseguramiento de los elementos fundamento de prueba, por
cuanto toda providencia debe soportarse en las evidencias legal, regular y
oportunamente allegadas al proceso, en las distintas etapas e instancias procesales,
llegando al esclarecimiento de los delitos y sancionando a los verdaderamente
responsables.

Como resultado de lo anterior, obtendremos un óptimo desempeño de los servidores
de la administración de justicia, ofreciendo una pronta, cumplida y eficaz respuesta a
la sociedad.



                                          LUIS CAMILO OSORIO ISAZA
                                           Fiscal General de la Nación




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                                          CONTROL DE ACTUALIZACIONES



DEPENDENCIA:______________________________________________________

PROCEDIMIENTO :____________________________________________

CÓDIGO :___________________________________________________

 ENTREGA                     FECHA DE           INSERCIÓN HECHA POR:
 NÚMERO                      ENTREGA                (NOMBRE DEL             FIRMA
                                                    RESPONSABLE)
                        DÍA        MES AÑO




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                                          MISIÓN FISCALÍA




“Garantizar el acceso a una justicia oportuna y eficaz con el fin de encontrar la verdad
dentro del marco del respeto por el debido proceso y las garantías constitucionales”.




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                                           TABLA DE CONTENIDO


INTRODUCCION………………………………………………………………………………..                                       9
GENERALIDADES……………………………………………………………………………….                                       10
OBJETIVOS……………………………………………………………………………………….                                        11
OBJETIVO GENERAL…………………………………………………………………………..                                     11
OBJETIVOS ESPECIFICOS…………………………………………………………………..                                   11
MARCO NORMATIVO……………………………………………………………………….…                                       12
DESTINATARIOS DEL MANUAL…………………………………………………………..                                   14
MANEJO Y CONSERVACION DEL MANUAL……………………………………………                                  15
FGN-CC-PVE                          PROTECCION Y VALORACION DE LA ESCENA……….       16
FGN-CC-REEEFP                       RECOLECCION, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELE-
                                    MENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO,
                                    AL ALMACEN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA
                                    QUE HAGA SUS VECES……………………………………….             18
FGN-CC-ICAEFPLF                     INGRESO, CUSTODIA Y ANALISIS DE LOS ELEME-
                                    MENTOS FISICOS DE PRUEBA EN EL LABORATO-
                                    RIO FORENSE……………………………………………………                26
FGN-CC-ICEFPA                       INGRESO Y CUSTODIA DE ELEMENTOS FISICOS
                                    DE PRUEBA EN EL ALMACEN DE EVIDENCIAS O
                                    DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES…………………          30
FGN-CC-SEFPALF                      SOLICITUD DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUE-
                                    BA AL ALAMCEN DE EVIDENCIAS, DEPENDENCIA -
                                    QUE HAGA SUS VECES O AL LABORATORIO FOREN-
                                    SE…………………………………………………………………….                  34
FGN-CC-DFEFP                        DISPOSICION FINAL DE LOS ELEMENTOS FISICOS
                                    DE PRUEBA………………………………………………………                 37
FACTORES CRITICOS DE ÉXITO………………………………………….……………..                                 39
GLOSARIO………………………………………………………………………………………..                                        40
FORMATOS………………………………………………………………………………………                                          44

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ROTULO DE CADENA DE CUSTODIA…………………………………………………..                                  45
REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA PARA ELEMENTOS FISICOS DE
PRUEBA………………………………………………………………………………………….                                          46
REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA PARA SUSTANCIAS ESTUPEFA -
CIENTES…………………………………………………………………………………………                                          47
ENTREGA DE LA ESCENA ………..……………………..………………………….                                    48
DISTRIBUCIÓN Y CONSULTA DEL MANUAL AL INTERIOR DE LA FISCA-
LIA GENERAL DE LA NACION………………………………………………………….                                    49




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                                                     INTRODUCCIÓN

Este manual contempla las normas, el proceso y los procedimientos que permitirán
alcanzar niveles óptimos de eficiencia y eficacia, teniendo como prioridad la
satisfacción de las necesidades y expectativas de los usuarios, dentro de una dinámica
constante de mejoramiento y de modernización con el sistema de cadena de custodia,
el cual debe asegurar las características originales de los elementos físicos de prueba
desde la protección de la escena, recolección, embalaje, transporte, análisis,
almacenamiento,                 preservación,        recuperación   y   disponibilidad   final   de      éstos,
identificando al responsable en cada una de sus etapas y                            los elementos            que
correspondan al caso investigado.


Mediante su implementación se optimizarán los recursos con que se cuenten. En este
contexto,          el manual              adquiere    un valor fundamental para la realización de las
funciones y la responsabilidad de cada uno de los servidores de la Fiscalía General de
la Nación y de aquellos organismos y particulares involucrados en el sistema de cadena
de custodia.




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                                            GENERALIDADES



En cumplimiento de las funciones asignadas al Fiscalía General de la Nación en la
Constitución Política y la Ley, es necesario identificar, organizar, diseñar, implementar,
administrar e interrelacionar la red del proceso y los procedimientos del Sistema de
Cadena de Custodia.


El Manual del Proceso y Procedimientos es la columna vertebral de la gestión de
calidad y el autocontrol;                 se constituye en una herramienta importante para
estandarizar el trabajo en la Fiscalía General de la Nación, demás organismos y
particulares involucrados en la investigación


Este manual, es un material de consulta permanente por quienes tienen la
responsabilidad de dirigir, ejecutar y controlar el Sistema de Cadena de Custodia,
mediante el manejo adecuado de los elementos físicos de prueba, en forma
estandarizada dentro la investigación penal, todo ello soportado en los procedimientos
descritos en él.




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                                          OBJETIVOS


OBJETIVO GENERAL


Unificar criterios sobre el sistema de cadena de custodia, identificando, organizando y
administrando la red del proceso y sus procedimientos e interrelacionándolos para
estandarizar los métodos de trabajo y mejorar la calidad del servicio en la
administración de justicia, encontrando la verdad y erradicando la impunidad.


OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Orientar a los servidores de la Fiscalía General de la Nación, los demás organismos
      y particulares involucrados en la investigación penal, en la ejecución de las
      actividades en forma secuencial y ordenada, descritas en este manual.


2. Desarrollar el sistema de cadena de custodia con calidad en la Fiscalía General de
      la Nación y demás organismos que estén relacionados con dicho               sistema,
      mejorando el desempeño y confiabilidad en sus servicios y resultados, siendo éste
      el camino para alcanzar la excelencia.


3. Mejorar la actitud de los servidores frente a la atención del usuario.


4. Formalizar y estandarizar la ejecución del trabajo en el manejo del Sistema de
      Cadena de Custodia.




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                                          MARCO NORMATIVO

Para la ejecución del proceso y los procedimientos contenidos en este manual, debe
observarse la siguiente normatividad:

-     Constitución Política de Colombia Artículos: 15, 29, 209, 228, 249, 250, 251 y
      253. (con las modificaciones introducidas por el Acto Legislativo 03 de diciembre de
      2002).

-     Ley 99 de 1993, Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena
      el Sector Público encargado de la Gestión y conservación del medio ambiente y los
      recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y
      se dictan otras disposiciones.

-     Ley 270 de 1996, Estatutaria de la administración de justicia, título I; artículo 153
      (deberes de los funcionarios y empleados).

-     Ley 397 de 1997, Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás
      artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre
      patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la
      Cultura y se trasladan algunas dependencias.

-     Ley 418 de 1997, Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de
      la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones.

-     Ley 600 de 2000 (Código de Procedimiento Penal), artículos 27, 232, 233, 241,
      244, 245, 249, 251, 254, 255, 256, 257, 288, 289, 290, 314, 315, 317, 318, 319,
      320, 321, 329, 345 y demás concordantes

-     Ley 489             de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y
      funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones,
      principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los
      numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras
      disposiciones




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-     Ley 678 de 2001, por medio de la cual se reglamenta la determinación de
      responsabilidad patrimonial de los agentes del Estado a través del ejercicio de la
      acción de repetición o de llamamiento en garantía con fines de repetición.

-     Decreto 2811 de 1974, por el cual se adopta el Código Nacional de Recursos
      Naturales Renovables.

-     Decreto 300 de 1993, Por el cual se establecen unas obligaciones para los
      Distribuidores            Mayoristas,       Distribuidores     Minoristas   y   Transportadores      de
      Combustibles Blancos derivados del Petróleo.

-     Decreto 2113 de 1993, Por el cual se modifica y adiciona algunos artículos del
      Decreto 300 de 1993.

-     Decreto 1503 de 2002, por el cual se reglamenta la marcación de los combustibles
      líquidos derivados del petróleo en los procesos de almacenamiento, manejo,
      transporte y distribución"

-     Decreto          1521 de 1998, por la cual se consagran unos instrumentos para la
      búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones

-     Decreto 261 de 2000, por el cual se modifica la estructura de la Fiscalía General de
      la Nación y se dictan otras disposiciones.

-     Decreto 2535 de 1993, por el cual se expiden normas sobre armas, municiones y
      explosivos.

-     Resolución 0-0646, del 31 de mayo de 2001, de la Fiscalía General de la Nación,
      por medio de la cual se fijan las directrices para la ejecución de programas de
      mejoramiento               institucional,     oficialización    de   manuales     de   procesos         y
      procedimientos administrativos, operativos y de funciones y en general sobre todo
      lo relacionado con el desarrollo organizacional de la Fiscalía General de la Nación.

-     Resolución 1890, de noviembre 5 de 2002, de la Fiscalía General de la Nación, por
      medio de la cual se reglamenta el artículo 288 de la Ley 600 de 2001.




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                                          DESTINATARIOS DEL MANUAL



Dirigido a los servidores públicos y particulares responsables de la cadena de custodia,
que contribuyen al aseguramiento de las características originales de los elementos
físicos de prueba durante la protección de la escena, recolección, embalaje, transporte,
análisis, almacenamiento, preservación, recuperación y disponibilidad final de éstos,
identificando al responsable en cada una de sus etapas.




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                                 MANEJO Y CONSERVACIÓN DEL MANUAL


El manual, debe ser objeto de un manejo cuidadoso con el fin de garantizar su
conservación, en aras de que esté al alcance de todos aquellos a quienes les obligue
consultarlo.


Los responsables de la aplicación del Sistema de Cadena de Custodia, mantendrán al
día el control de actualizaciones a medida que se presenten las modificaciones por
parte del Comité Permanente de Cadena de Custodia y de la Oficina de Planeación de
la Fiscalía General de la Nación. El responsable del manual, una vez recibidas las
actualizaciones extraerá aquellas que serán reemplazadas, con el fin de evitar
posteriores confusiones.




Comité Permanente de Cadena de Custodia                                           Página 15 de 49
DIAGRAMA PICTORICO DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA


                          CIUDADANO
                                                                                       AUTORIDAD COMPETENTE
                                                                                                                                              VERIFICAR LO DESCRITO CON LO
                                                                                                                        1 FISCAL                       OBSERVADO

                                                                                                                                                VÍCTIMAS, SOSPECHOSOS,       CUSTODIAR LA
                                                1. ELABORE FORMATO                                                 2 INVESTIGADORES                   TESTIGOS.              INFORMACIÓN
                                                      DE AVISO
                                                                                                                                              TOMA LAS MUESTRAS (EXPERTO
                                                                                                                    4 CRIMINALÍSTICA                   FORENSE)
                          PATRULLERO
                                                                                                      RECIBE
                                                    2. ELABORE SU                                   DOCUMENTO
                                                 PROPIA DESCRIPCIÓN
                                                    DE LA ESCENA                                     FORMATO
                                                                                                                                                                ALMACENAMIENTO CONDICIONES
                                                                                                                                                                        ADECUADAS
                                                                                                                              LABORATORIO



                                            LUGAR DE LOS HECHOS                                                                                  MUESTRA
                                                                                                                                                ANALIZADA

                           N
                     31    0      4                                                                                                              MUESTRA
                     5            5                                                                                                                PARA
       180          W                E                                                                                    ANÁLISIS
        S          2702             90
                                                                                                                                                 ANALIZAR
                      2
                                  13                                                                                   CORRESPONDIENTE
         Revolver                 5                                                                                   SEGÚN LA MUESTRA
                      5               N
        270,32 deg
                               31     0     4
          0' 5/8"
                               5            5
                            W                  E
                           2702               90
                                            13
                              2
                              5       180   5 Left Footprint
                                                                    N                                                        MEDICINA LEGAL
                                       S         311,86 deg    31   0     4
                                                  0' 7/8"      5          5
                                                             W               E
                                                            2702            90
                                                                          13
                                                               2
                                                                    180   5
                                                               5
       Blood Pool                                                    S
                                                                                 £££
      236,77 deg
        0' 5/6"



                                                                                                                         CADÁVERES Y
                                                                                               DELITOS
                                VÍCTIMAS                                                                                  ELEMENTOS
                                                                                                                         MATERIA DE
                                                                                                                            PRUEBA

                                  SOSPECHOSOS




                                  TESTIGOS




                                                                                 "LA INVESTIGACIÓN ES UN PROCESO CONTÍNUO"

COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA                                                                                                                                               Página 1 de 1
PROCESO DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA PARA LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA
    FUNCIONES DE POLICIA
     POLICÍA NACIONAL O
      SERVIDORES CON

          JUDICIAL




                                      PROTECCIÓN
                           Límite
                                     Y VALORACION
                           inicial
                                     DE LA ESCENA
  FUNCIONES DE POLICIA
   FISCALÍA, AUTORIDAD




                                                                             SI         LABORATORIO FORENSE
     SERVIDORES CON
      COMPETENTE O




                                              RECOLECCIÓN,
                                               EMBALAJE Y
         JUDICIAL




                                              ENVIO DE LOS                                                       SOLICITUD
                                                                   REQUIEREN                                    AL ALMACEN   DISPOSICION    Límite
                                               ELEMENTOS
                                                                   DE ANALISIS                                       DE         FINAL        final
                                               MATERIA DE
                                                 PRUEBA                                 ALMACEN DE EVIDENCIAS   EVIDENCIAS
                                                                                       O DEPENDENCIA QUE HAGA
                                                                                              SUS VECES
                                                                                  NO




                                 ENTREGA DE          REGISTROS QUE GARANTICEN
           TERCEROS




                                 ELEMENTOS             LA AUTENTICIDAD DE LOS
                                 MATERIA DE         ELMENTOS MATERIA DE PRUEBA.
                                 PRUEBA AL
                                 FISCAL DEL
                                  PROCESO.




       EL Sistema de Cadena de Custodia debe asegurar las características originales de los elementos materia de prueba durante la protección de la
       escena, recolección, transporte, análisis, almacenamiento, conservac
                               responsable en cada una de sus etapas y que los elementos correspondan al caso investigado.


Comité Permanente de Cadena de Custodia                                                                                                       Página 1de 1
CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL
               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA



FGN-CC-PVE                          PROTECCIÓN Y VALORACION DE LA ESCENA




DEFINICIÓN: Actividad que se adelanta para garantizar el aseguramiento de la
escena con ocasión de una conducta punible, a fin de evitar la pérdida o alteración de
los elementos físicos de prueba.

LIMITES: Inicia con la protección de la escena y termina con la valoración de la
misma por parte del Fiscal o autoridad competente.


ASPECTOS RELEVANTES

1. La    Policía Nacional, los Servidores con funciones de Policía Judicial o quienes
    tengan relación con un elemento físico de prueba, incluyendo al personal de los
    servicios de salud, aseguran la escena mediante su acordonamiento e impiden el
    acceso de curiosos.

2. El Fiscal o autoridad competente valora la escena, con lo descrito en el Acta o
    Informe de Policía Judicial, los cuales describen la escena y dejan constancia del
    número de personas que se encontraron en ella y de las demás circunstancias de
    modo, tiempo y lugar.



DOUMENTACIÓN QUE INTERVIENE

 • Acta o informe de Policía judicial




Comité Permanente de Cadena de Custodia                                           Página 16 de 49
CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL
               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




FGN-CC-PVE                           PROTECCIÓN Y VALORACION DE LA ESCENA


No.                                       DESCRIPCIÓN                  RESPONSABLE


 1      Protege la escena, mediante el aislamiento (desaloja a     Policía Nacional
        los curiosos y establece un cordón de protección), la      o
        describe elaborando el formato correspondiente y           Servidores con Función
        comunica a la autoridad competente.                        de Policía Judicial.

 2      Recibe información, registra la dirección del lugar de los Fiscal o autoridad
        hechos, fecha, hora, tipo de delito, conforma equipo de competente
        trabajo.

        Realiza el desplazamiento.

        Recibe llamado (noticia criminis), registra la dirección Servidores            con
        del lugar de los hechos, fecha, hora, tipo de delito y funciones de          Policía
        conforme a éste, prepara el kit de trabajo.              Judicial

        Realice el desplazamiento.

 3      Recibe el lugar de los hechos y brinda protección Fiscal    o   autoridad
        mediante el aislamiento de la escena (desaloja a los competente
        curiosos y establece un cordón de protección) en caso
        de no haberse aislado.

        Si en el lugar se encuentra un patrullero, o servidores
        con función de policía judicial, éste entrega su
        correspondiente información (acta o informe de policía
        judicial) al fiscal.


 4      Valora la escena con lo descrito en el acta o informe de Fiscal  o   autoridad
        policía judicial que recibe la cual contiene como mínimo: competente
        Ubicación exacta del lugar y sus características, hora en
        que ocurrieron los hechos, número de víctimas heridas o
        muertas, causa probable del hecho con una breve
        descripción del mismo, tipo de armas y vehículos
        implicados, presencia de sospechosos o presuntos
        autores o partícipes, capturados o fugitivos y datos que
        investigativamente puedan ser útiles.




Comité Permanente de Cadena de Custodia                                           Página 17 de 49
FGN-CC-PVE PROTECCCION Y VALORACION DE LA ESCENA

     RESPON
     SABLES                                                                                     1                                                      2                                               3                                                          4
               POLICIA NACIONAL




                                                           Protege la escena mediante el
                                                          aislamiento (desaloja curiosos y
                                                       establece un cordón de protección), la
                                                           describe elaborando el formato
                                                          correspondiente y comunica a la
                                                               autoridad competente.




                                             Limite
                                             Inicial
     SERVIDORES CON FUNCIONES DE POLICIA




                                                           Protege la escena mediante el              Recibe llamado (noticia criminis), registra la
                                                          aislamiento (desaloja curiosos y          dirección del lugar de los hechos, fecha, hora,
                  JUDICIAL




                                                       establece un cordón de protección), la       tipo de delito y conforme a éste prepara el kit
                                                           describe elaborando el formato                              de trabajo.
                                                          correspondiente y comunica a la
                                                               autoridad competente.                          Realiza el desplazamiento.
             FISCAL O AUTORIDAD COMPETENTE




                                                                                                                                                                                                              Valora la escena con lo descrito en el
                                                                                                                                                            Recibe el lugar de los hechos y brinda           acta o informe de Policiía Judicial que
                                                                                                                                                           protección mediante el aislamiento de la           recibe , la cual debe contener como
                                                                                                                                                               escena (desaloja a los curiosos y           mínimo: Ubicación exacta del lugar y sus
                                                                                                     Recibe información, registra la dirección del          establece un cordón de protección) en            características, hora en que ocurrieron
                                                                                                      lugar de los hechos, fecha, hora, tipo de                  caso de no haberse aislado.                los hechos, número de víctimas heridas           Limite
                                                                                                         delito, conforma equipo de trabajo.                                                               o muertas, causa probable del hecho con            Final
                                                                                                                                                           Si en el lugar se encuentra un patrullero       una breve descripción del mismo, tipo de
                                                                                                              Realiza el desplazamiento.                      o servidores con función de Policiía          armas y vehículos implicados, presencia
                                                                                                                                                           Judicial, éste entrega su correspondiente         de sospechosos o presuntos autores o
                                                                                                                                                            información (acta o informe de Policía         partícipes, capturados o fugitivos y datos
                                                                                                                                                                        Judicial) al Fiscal.                   que investigativamente puedan ser
                                                                                                                                                                                                                               útiles.




COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA                                                                                                                                                                                                                 Página Page-1 de 1
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               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA



FGN-CC-REEEFP                       RECOLECCIÓN, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELEMENTOS
                                    FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE
                                    EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES


DEFINICIÓN:           Actividades que se desarrollan para la recolección, embalaje y
envío de los elementos físicos de prueba al laboratorio o al almacén de evidencias, en
condiciones de preservación y seguridad que garanticen la identidad, integridad,
continuidad y registro de los elementos de acuerdo con su naturaleza.


LIMITES: Inicia con la búsqueda de los elementos físicos de prueba y la fijación
fotográfica y topográfica de la escena y termina con la entrega de los elementos físicos
de prueba al almacén de evidencias una vez analizados en el laboratorio.

ASPECTOS RELEVANTES

1. El servidor judicial o en su defecto la autoridad de Policía Judicial que asuma el
    control de la escena, detecta los elementos físicos de prueba y los fija fotográfica y
    topográficamente dentro del plano del lugar.

2. El Fiscal o los servidores con funciones de policía judicial, embalan los elementos
    físicos de prueba siguiendo las instrucciones o guías que los laboratorios forenses
    impartan y los rotulan diligenciando el formato preestablecido.

3. El Fiscal o autoridad competente disponen el envío de los elementos físicos de
    prueba, ya sea al laboratorio, al almacén de evidencias o a la dependencia que haga
    sus veces, teniendo en cuanta los principios de pertinencia, conducencia, utilidad y
    legalidad de la prueba.

4. Los peritos de los laboratorios forenses, examinan los elementos físicos de prueba
    siguiendo las técnicas y procedimientos establecidos; y emiten el dictamen
    correspondiente al Fiscal o autoridad competente, dejando constancia en el formato
    de cadena de custodia de su actuación.




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    Los residuos de sustancias químicas o biológicas una vez analizadas las muestras en
    el laboratorio, se guardan en éste hasta tanto el Fiscal o autoridad competente
    ordene su disposición final.

    Cuando se trate de otro tipo de elementos, una vez efectuado el análisis, se
    guardarán en el almacén de evidencias hasta su disposición final por parte de
    autoridad competente.

5. La Institución prestadora de servicios de salud que en el ejercicio de sus funciones
    tenga contacto con elementos físicos de prueba, suministrarán al Fiscal o a la
    autoridad de Policía con la mayor brevedad posible o dentro de las 12 horas
    siguientes al ingreso del paciente, la historia clínica o epicrisis de aquellas personas
    atendidas como consecuencia de un hecho susceptible de investigación penal.

    La historia contendrá como mínimo lo siguiente: Fecha y hora del ingreso, estado de
    salud de la persona al momento de su ingreso a la entidad, descripción de: los
    tratamientos realizados, ropas y prendas que lo acompañaban y, elementos que
    hayan extraído a la persona (en los dos últimos casos deberá acompañarse a la
    historia)

6. Quien entrega y quien recibe elementos físicos de prueba, verifica su embalaje el
    cual debe estar perfecto e íntegro (no puede presentar cortes o alteraciones), el
    rótulo no debe presentar tachones o enmendaduras. Así mismo, registra en el
    formato de cadena de custodia el traslado y traspaso, fecha, hora de entrega, hora
    de recibo y deja sus observaciones si hubo lugar a ello.

    En caso de revelar o determinar alteraciones en el embalaje y/o rótulo, comunica
    enseguida al jefe inmediato y a la autoridad competente tal circunstancia y deja
    constancia escrita en el formato de cadena de custodia, y si es posible fija
    fotográficamente las alteraciones.

    Quien entrega y quien recibe debe conocer las inconsistencias detectadas.

DOCUMENTACION QUE INTERVIENE

 • Formato de Cadena de Custodia.
 • Rótulo.
 • Providencia que ordena el análisis de los elementos y envío de los mismos al
   laboratorio, al almacén de evidencias o a la dependencia que haga sus veces.
 • Acta de inspección a cadáver.
 • Acta de incautación de elementos.




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FGN-CC-REEEFP   :   RECOLECCIÓN, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS
ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE
EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES.



No.                                       DESCRIPCIÓN                           RESPONSABLE


 1      Ordena la búsqueda de elementos físicos de prueba y la Fiscal      o   autoridad
        fijación fotográfica y topográfica del lugar de los hechos, competente
        antes de tocar, mover, alterar o recolectar cualquier
        elemento materia de prueba.


 2      Fija fotográfica y topográficamente el lugar de los Servidores                 con
        hechos, preferiblemente antes que otras personas Funciones de Policía
        entren a la escena, además, apoya la diligencia judicial Judicial (Criminalística)
        mediante la practica de procedimientos como:
        Elaboración de retrato hablado, lofoscopia, balística,
        documentología judicial, entre otros.

        Apoya la diligencia judicial               identificando   testigos, Servidores        con
        sospechosos y víctimas.                                              Funciones de Policía
                                                                             Judicial
                                                                             (Investigaciones)

 3      Selecciona y clasifica los elementos físicos de prueba Fiscal,     autoridad
        como: Fluidos corporales (semen, sangre, sudor, orina, competente.
        saliva, entre otros); armas de fuego y municiones
        (armas, cartuchos, vainillas, postas, tacos, perdigones,
        proyectiles); armas blancas y contundentes; prendas;
        impresiones; documentos; huellas digitales; alimentos y
        drogas; material explosivo e incendiario; líquidos;
        pelos y fibras; sogas y cuerdas; jeringas; vidrios, entre
        otros); con el apoyo de los servidores expertos o
        peritos.


 4      Recolecta los elementos físicos de prueba debidamente               Servidores         con
        para que sean admitidos en la investigación conforme al             funciones de Policía
        debido proceso, con el equipo de Criminalística                     Judicial,   Fiscal   o
        adecuado según el tipo de elemento, para no alterar sus             autoridad competente.
        condiciones físicas y químicas.



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No.                                       DESCRIPCIÓN                  RESPONSABLE
        Embala adecuadamente los elementos físicos de prueba
        con el fin de asegurar su integridad, preservación y
        seguridad.

        Aplica los procesos, procedimientos y protocolos, de
        cada una de las áreas y para cada materia.


 5      Rotula o marca los elementos físicos de prueba con el Servidores             con
        fin de identificarlos. El rótulo contendrá como mínimo funciones de Policía
        los siguientes aspectos:                                  Judicial,   Fiscal   o
                                                                  autoridad competente.
         • Entidad
         • Autoridad
         • Número de diligencia
         • Número único del elemento en el sistema de cadena
            de custodia
         • Lugar:               (Departamento/municipio/vereda/
            corregimiento/inspección)
         • Dirección
         • Fecha
         • Hora
         • Tipo de diligencia
         • Descripción del elemento
         • Nombre completo y número              de cédula del
            funcionario o persona que recolecta la evidencia.
         • Nombre y firma del funcionario judicial o del servidor
            con funciones de policía judicial a cargo de la
            investigación.

        La marcación se hace directamente sobre el elemento
        físico de prueba, siempre y cuando las características
        químicas y/o físicas del elemento lo permitan, sin que se
        altere la autenticidad de la evidencia.

        La marcación incluirá como mínimo las iniciales del
        organismo al cual pertenece el servidor que haya
        detectado el elemento y su número de cédula.


 6      Diligencia el formato de cadena de custodia, el cual Servidores                con
        contendrá como mínimo lo siguiente:                  funciones de            Policía


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No.                                       DESCRIPCIÓN                  RESPONSABLE
                                                                 Judicial, Fiscal o
         • Nombre de la Entidad a la cual pertenece el primer autoridad competente.
           custodio.
         • Autoridad
         • Número de referencia (número de expediente,
           número de fiscal y número único del elemento en el
           sistema de cadena de custodia).
         • Descripción del elemento físico materia de prueba.
         • Número del formato de fotografía y de topografía
         • Día, mes, año, hora y dirección de la recolección.
         • Sitio exacto (de lo general a lo específico) donde se
           encuentra el elemento físico materia de prueba.
         • Tipo de análisis solicitado o disposición de
           almacenamiento
         • Responsable: nombre completo y número de cédula
           del servidor o persona que recolecta y embala la
           evidencia.
         • Fecha y hora de los traspasos y traslados del
           elemento: nombre completo de quien entrega,
           identificación, calidad en la que actúa, firma.
           Nombre completo de quien recibe, identificación,
           calidad en la que actúa, firma, fecha, número de
           muestras y observaciones.
         • Clase de diligencia.
         • Lapso o circunstancias y características del análisis
           que se le ha aplicado al elemento físico materia de
           prueba, si hay lugar.
         • Número de guía de la empresa contratada por el
           Estado para el transporte de los elementos físicos
           materia de prueba al lugar donde serán objeto de
           análisis o almacenamiento.

        El formato no podrá tener modificaciones o alteraciones
        por raspado, borrado, lavado químico, injerto,
        tachadura, enmienda, retoque o cualquier otro hecho.

        En caso de presentarse un error en el diligenciamiento
        del formato de cadena de custodia, encierre en
        paréntesis y enseguida escriba la palabra “se corrige” y
        continúe con la palabra correcta, en su defecto se hará
        la anotación en el espacio de observaciones.



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CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL
               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




No.                                       DESCRIPCIÓN                   RESPONSABLE


 7      Adjunta el formato de cadena de custodia a los              Servidores         con
        elementos físicos de prueba, los cuales deben estar         funciones de Policía
        debidamente embalados y rotulados; y entrega a la           Judicial,   Fiscal   o
        autoridad competente, registrando el traspaso en el         autoridad competente.
        formato de cadena de custodia.


 8      Recibe el formato de cadena de custodia y los Fiscal            o    autoridad
        elementos físicos de prueba y registra el traspaso en el competente.
        formato de cadena de custodia, si hay lugar a ello.


 9      Ordena mediante providencia el análisis que requiera Fiscal      o   autoridad
        para la investigación a cada uno de los elementos físicos competente
        de prueba, teniendo en cuenta las técnicas existentes
        en cada uno de los laboratorios de Criminalística
        disponibles. Indica además, el destino de los elementos
        una vez sean analizados.

        Ordena el traslado y traspaso al almacén de evidencias
        de los elementos físicos de prueba que no requieran de
        análisis, observando lo dispuesto sobre el manejo de
        bienes de acuerdo con las normas que regulen la
        materia.

        Tratándose de armas y municiones, deberá dejarse bajo
        control y custodia de las autoridades militares o de la
        Policía Nacional, en un término no mayor de 30 días.

        Cuando se trate de vehículos, serán dejados en los
        patios habilitados por la Fiscalía General de la Nación,
        comunicando de manera inmediata al área de Bienes de
        la Dirección Nacional o Seccional Administrativa y
        Financiera, según sea el caso, para que ésta asuma la
        custodia del rodante; excepto por los delitos culposos o
        dolosos con ocasión de Accidente de Tránsito, en los
        cuales el automotor se pondrá a disposición de la
        Dirección Ejecutiva de la Rama Judicial, conforme al
        artículo 167 del Código Nacional de Tránsito. La entrega
        del vehículo por parte de la autoridad incautadora en los
        patios autorizados por la Fiscalía se hará de acuerdo al


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No.                                       DESCRIPCIÓN                         RESPONSABLE
        procedimiento y diligenciamiento                de   los   formatos
        establecidos para ello.

        Cuando se incaute moneda nacional, se solicitará la
        práctica pericial para determinar su autenticidad.
        Cumplido lo anterior, de ser originales se constituirá
        depósito judicial en las cuentas bancarias existentes
        para tales efectos, dejándose constancia de esta
        actuación dentro del expediente.

        Cuando se incaute moneda extranjera, se solicitará la
        práctica pericial para determinar su autenticidad.
        Cumplido lo anterior, de ser originales se ordenará la
        constitución de un depósito en el Banco de la República
        o en la entidad bancaria autorizada por la Superbancaria
        para tal efecto; de no ser auténtica la moneda, se
        procederá a su destrucción, en presencia del Ministerio
        Público, previa la fijación fotográfica     del material,
        elaborando el acta en donde conste este procedimiento,
        suscrita con nombres, número de cédulas y cargos de
        quienes actuaron.

        Cuando se proceda a la incautación de sustancias para
        el procesamiento de narcóticos, se actuará conforme lo
        dispone el artículo 43 de la Ley 30 de 1986.

        Cuando se incauten bienes referidos en el artículo 47 de
        la Ley 30 de 1986, se procederá conforme a éste.

        Cuando se trate de         obras de arte, dispondrá              la
        correspondiente pericia y una vez certificada                   su
        autenticidad, la pondrá a disposición en custodia                al
        Ministerio de Cultura o a la entidad que éste delegue;          en
        caso contrario, se procederá dé acuerdo con                      la
        normatividad que protege la propiedad intelectual.


10 Recibe oficio petitorio, providencia, elementos físicos de Servidores                   con
   prueba, verifica el embalaje de los elementos y los funciones de                      Policía
   traslada al sitio indicado por el Fiscal o autoridad Judicial.
   competente.



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No.                                       DESCRIPCIÓN                  RESPONSABLE
        Los elementos físicos de prueba deben ser entregados
        al laboratorio, al almacén de evidencias o dependencia
        que haga sus veces, dentro de las 24 horas siguientes a
        la diligencia judicial y en casos excepcionales se tendrá
        en cuenta la distancia.

        Esta actividad también puede ser desarrollada por la
        Fuerza Pública.




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FGN-CC-REEEFP RECOLECCION, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE EVIDENCIAS
   O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES
        RESPON
        SABLES                                                                1                                                   2                                            3                                                           4
      FISCAL O AUTORIDAD




                                                                                                                                                                                        Recolecta los elementos físicos de
          COMPETENTE




                                        Ordena la búsqueda de elementos                                                                                                            prueba conforme al debido proceso, con
                                           físicos de prueba y la fijación                                                                                                            el equipo de Criminalística adecuado
                                        fotográfica y topográfica del lugar                                                             Selecciona y clasifica los elementos           según el tipo de elemento, para no
                               LIMTE
                                          de los hechos, antes de tocar,                                                              físicos de prueba con el apoyo de los        alterar sus condiciones físicas y químicas.
                              INICIAL
                                             mover, alterar o recolectar                                                                   servidores expertos o peritos.               Los embala adecuadamente para
                                          cualquier elemento materia de                                                                                                              asegurar su integridad, preservación y
                                                       prueba.                                                                                                                         seguridad, aplicando los procesos,
                                                                                                                                                                                    procedimientos y protocolos para cada
                                                                                                                                                                                                     materia.
   SERVIDORES CON FUNCIONES
      DE POLICIA JUDICIAL -
        CRIMINALISITICA




                                                                                                                                                                                        Recolecta los elementos físicos de
                                                                                   Fija fotográfica y topográficamente el lugar                                                    prueba conforme al debido proceso, con
                                                                                    de los hechos, preferiblemente antes que                                                          el equipo de Criminalística adecuado
                                                                                   otras personas entren a la escena, además,                                                          según el tipo de elemento, para no
                                                                                      apoya la diligencia judicial mediante la                                                     alterar sus condiciones físicas y químicas.            A
                                                                                  practica de procedimientos como: Elaboración                                                          Los embala adecuadamente para
                                                                                     de retrato hablado, lofoscopia, balística,                                                      asegurar su integridad, preservación y
                                                                                       documentología judicial, entre otros.                                                           seguridad, aplicando los procesos,
                                                                                                                                                                                    procedimientos y protocolos para cada
                                                                                                                                                                                                     materia.
   SERVIDORES CON FUNCIONES
      DE POLICIA JUDICIAL -
        CRIMINALISITICA




                                                                                                                                                                                        Recolecta los elementos físicos de
                                                                                                                                                                                   prueba conforme al debido proceso, con
                                                                                                                                                                                      el equipo de Criminalística adecuado
                                                                                                                                                                                       según el tipo de elemento, para no
                                                                                     Apoya la diligencia judicial identificando
                                                                                                                                                                                   alterar sus condiciones físicas y químicas.
                                                                                        testigos, sospechosos y víctimas.
                                                                                                                                                                                        Los embala adecuadamente para
                                                                                                                                                                                     asegurar su integridad, preservación y
                                                                                                                                                                                       seguridad, aplicando los procesos,
                                                                                                                                                                                    procedimientos y protocolos para cada
                                                                                                                                                                                                     materia.




COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA                                                                                                                                                                                          Página Page-1 de 3
FGN-CC-REEEFP RECOLECCION, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE EVIDENCIAS
   O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES
        RESPON
        SABLES                                                                           5                                                                 6                                                                7
      FISCAL O AUTORIDAD




                                                                                                    Diligencia el formato de cadena de custodia.
                                  Rotula o marca los elementos físicos de prueba
          COMPETENTE




                                                                                             El formato no podrá tener modificaciones o alteraciones por
                                            con el fin de identificarlos.
                                                                                                 raspado, borrado, lavado químico, injerto, tachadura,
                                                                                                      enmienda, retoque o cualquier otro hecho.                 Adjunta el formato de cadena de custodia a los
                                     La marcación se hace directamente sobre el
                                                                                                                                                                 elementos físicos de prueba, los cuales deben
                                   elemento físico de prueba, siempre y cuando las
                                                                                             En caso de presentarse un error en el diligenciamiento del            estar debidamente embalados y rotulados.
                                  características químicas y/o físicas del elemento lo
                                                                                               formato de cadena de custodia, encierre en paréntesis y
                                   permitan, sin que se altere la autenticidad de la
                                                                                             enseguida escriba la palabra "se corrige" y continúe con la
                                                       evidencia.
                                                                                              palabra correcta, en su defecto se hará la anotación en el
                                                                                                              espacio de observaciones.
   SERVIDORES CON FUNCIONES
      DE POLICIA JUDICIAL -




                                                                                                    Diligencia el formato de cadena de custodia.
        CRIMINALISITICA




                                  Rotula o marca los elementos físicos de prueba
                                                                                             El formato no podrá tener modificaciones o alteraciones por
                                            con el fin de identificarlos.
                                                                                                 raspado, borrado, lavado químico, injerto, tachadura,          Adjunta el formato de cadena de custodia a los
                                                                                                      enmienda, retoque o cualquier otro hecho.                  elementos físicos de prueba, los cuales deben
                              A      La marcación se hace directamente sobre el                                                                                                                                             B
                                                                                                                                                                 estar debidamente embalados y rotulados; y
                                   elemento físico de prueba, siempre y cuando las
                                                                                             En caso de presentarse un error en el diligenciamiento del        entrega a la autoridad competente, registrando el
                                  características químicas y/o físicas del elemento lo
                                                                                               formato de cadena de custodia, encierre en paréntesis y         traspaso en el formato de cadena de custodia.
                                   permitan, sin que se altere la autenticidad de la
                                                                                             enseguida escriba la palabra "se corrige" y continúe con la
                                                       evidencia.
                                                                                              palabra correcta, en su defecto se hará la anotación en el
                                                                                                              espacio de observaciones.
   SERVIDORES CON FUNCIONES
      DE POLICIA JUDICIAL -




                                                                                                    Diligencia el formato de cadena de custodia.
        CRIMINALISITICA




                                  Rotula o marca los elementos físicos de prueba
                                                                                             El formato no podrá tener modificaciones o alteraciones por
                                            con el fin de identificarlos.
                                                                                                 raspado, borrado, lavado químico, injerto, tachadura,          Adjunta el formato de cadena de custodia a los
                                                                                                      enmienda, retoque o cualquier otro hecho.                  elementos físicos de prueba, los cuales deben
                                     La marcación se hace directamente sobre el
                                                                                                                                                                 estar debidamente embalados y rotulados; y
                                   elemento físico de prueba, siempre y cuando las
                                                                                             En caso de presentarse un error en el diligenciamiento del        entrega a la autoridad competente, registrando el
                                  características químicas y/o físicas del elemento lo
                                                                                               formato de cadena de custodia, encierre en paréntesis y         traspaso en el formato de cadena de custodia.
                                   permitan, sin que se altere la autenticidad de la
                                                                                             enseguida escriba la palabra "se corrige" y continúe con la
                                                       evidencia.
                                                                                              palabra correcta, en su defecto se hará la anotación en el
                                                                                                              espacio de observaciones.




COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA                                                                                                                                                                            Página Page-2 de 3
FGN-CC-REEEFP RECOLECCION, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE EVIDENCIAS
   O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES
        RESPON
        SABLES                                                                             8                                                               9                                                                 10
      FISCAL O AUTORIDAD




                                                                                                 Ordena mediante providencia el análisis que requiera
                                                                                               para la investigación a cada uno de los elementos físicos
                                                                                                de prueba, teniendo en cuenta las técnicas existentes
          COMPETENTE




                                                                                                   en cada uno de los laboratorios de Criminalística
                                      Recibe el formato de cadena de custodia y los            disponibles. Indica además, el destino de los elementos
                              B   elementos físicos de prueba y registra el traspaso en                         una vez sean analizados.
                                  el formato de cadena de custodia, si hay lugar a ello.
                                                                                               Ordena el traslado y traspaso al almacén de evidencias
                                                                                               de los elementos físicos de prueba que no requieran de
                                                                                                análisis, observando lo dispuesto sobre el manejo de
                                                                                                  bienes de acuerdo con las normas que regulen la
                                                                                                                       materia.
   SERVIDORES CON FUNCIONES




                                                                                                                                                                 Recibe oficio petitorio, providencia, elementos
      DE POLICIA JUDICIAL -




                                                                                                                                                                  físicos de prueba, verifica el embalaje de los
        CRIMINALISITICA




                                                                                                                                                                 elementos y los traslada al sitio indicado por el
                                                                                                                                                                          Fiscal o autoridad competente.

                                                                                                                                                                   Los elementos físicos de prueba deben ser
                                                                                                                                                               entregados al laboratorio, al almacén de evidencias
                                                                                                                                                                o dependencia que haga sus veces, dentro de las
                                                                                                                                                                  24 horas siguientes a la diligencia judicial y en
                                                                                                                                                                   casos excepcionales se tendrá en cuenta la
                                                                                                                                                                                    distancia.

                                                                                                                                                               Esta actividad también puede ser desarrollada por
                                                                                                                                                                                la Fuerza Pública.


                                                                                                                                                                                                                          Limite
                                                                                                                                                                                                                           Final
   SERVIDORES CON FUNCIONES




                                                                                                                                                                 Recibe oficio petitorio, providencia, elementos
      DE POLICIA JUDICIAL -




                                                                                                                                                                  físicos de prueba, verifica el embalaje de los
        CRIMINALISITICA




                                                                                                                                                                 elementos y los traslada al sitio indicado por el
                                                                                                                                                                          Fiscal o autoridad competente.

                                                                                                                                                                   Los elementos físicos de prueba deben ser
                                                                                                                                                               entregados al laboratorio, al almacén de evidencias
                                                                                                                                                                o dependencia que haga sus veces, dentro de las
                                                                                                                                                                  24 horas siguientes a la diligencia judicial y en
                                                                                                                                                                   casos excepcionales se tendrá en cuenta la
                                                                                                                                                                                    distancia.

                                                                                                                                                               Esta actividad también puede ser desarrollada por
                                                                                                                                                                                la Fuerza Pública.




COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA                                                                                                                                                                               Página Page-3 de 3
CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL
               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA


FGN-CC-ICAEFPLF                           INGRESO, CUSTODIA Y ANALISIS DE ELEMENTOS
                                          FISICOS DE PRUEBA EN EL LABORATORIO
                                          FORENSE


DEFINICION: Actividades que se desarrollan con el fin de realizar los dictámenes
periciales acorde con los procedimientos técnicos y científicos propios de cada área
Criminalística.

LIMITES       Inicia con la orden del Fiscal o autoridad competente para la realización
del dictamen pericial y termina con la recepción del dictamen por la autoridad judicial.

ASPECTOS RELEVANTES

1. El Fiscal o autoridad competente ordena mediante oficio petitorio y/o providencia
    acorde con la etapa procesal el envío de los elementos físicos de prueba al
    laboratorio forense para la práctica del dictamen pericial.

2. El perito al cual se le haya asignado la práctica del dictamen pericial, lo realizará
    teniendo en cuenta los procesos y procedimientos técnicos y científicos de los cuales
    dejará constancia en el formato de cadena de custodia.

3. El Jefe del Laboratorio Forense o quien haga sus veces, dispondrá el envío del
    dictamen pericial al Fiscal o autoridad competente. En caso ser requeridos por la
    autoridad judicial, se enviarán además los elementos físicos de prueba.

4. Quien entrega y quien recibe elementos físicos de prueba, verifica su embalaje el
    cual debe estar perfecto e íntegro (no puede presentar cortes o alteraciones), el
    rótulo no debe presentar tachones o enmendaduras. Así mismo, registra en el
    formato de cadena de custodia el traslado y traspaso, fecha, hora de entrega, hora
    de recibo y deja sus observaciones si hubo lugar a ello.

    En caso de revelar o determinar alteraciones en el embalaje y/o rótulo, comunica
    enseguida al jefe inmediato y a la autoridad competente tal circunstancia y deja
    constancia escrita en el formato de cadena de custodia, y si es posible fija
    fotográficamente las alteraciones.

    Quien entrega y quien recibe debe conocer las inconsistencias detectadas.




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DOCUMENTACION QUE INTERVIENE

• Providencia del Fiscal o autoridad competente que dispone la práctica del dictamen
  pericial.
• Formato de Cadena de Custodia.
• Dictamen Pericial.




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               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




FGN-CC-ICAEFPLF    INGRESO, CUSTODIA Y ANALISIS DE                             ELEMENTOS
FISICOS DE PRUEBA EN EL LABORATORIO FORENSE


No.                                       DESCRIPCIÓN                  RESPONSABLE


 1      Ordena por medio de oficio petitorio y/o providencia Fiscal o    autoridad
        según la etapa procesal el traslado de los elementos competente.
        físicos de prueba para la práctica del dictamen pericial,
        al laboratorio forense.


 2      Recibe oficio petitorio y/o providencia, formato de Servidor encargado del
        cadena de custodia, elementos físicos de prueba y los área              de
        registra en el sistema de información dispuesto par tal Correspondencia del
        fin.                                                     Laboratorio
                                                                  Forense.
        Verifica el estado del rótulo y del embalaje de los
        elementos físicos de prueba y registra en el formato de
        cadena de custodia el traspaso y/o traslado respectivo y
        las observaciones a que haya lugar. En caso que se
        detecten alteraciones en el embalaje y rótulo, se dejará
        constancia de ello en el formato de cadena de custodia.

        Entrega los elementos físicos de prueba al perito que
        haya sido asignado para la práctica del dictamen pericial
        por el Jefe del Laboratorio o quien haga sus veces.


 3      Recibe y revisa los elementos físicos materia de prueba, Perito responsable de
        registra en el formato de cadena de custodia el traslado la     práctica    del
        y traspaso, fecha, hora de entrega, y hora de recibo.    dictamen pericial.

        Practica el dictamen pericial teniendo en cuenta los
        procesos y procedimientos técnicos y científicos
        establecidos por cada especialidad Criminalística y deja
        constancia de los mismos en el formato de cadena de
        custodia y en el dictamen.

        Embala nuevamente el elemento físico materia de
        prueba, en caso de no haberse agotado durante el
        procedimiento pericial.

 4      Remite el dictamen pericial a la autoridad judicial Jefe         del    Laboratorio


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               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




No.                                       DESCRIPCIÓN                  RESPONSABLE
        solicitante con los elementos físicos de prueba, salvo Forense o quien haga
        que se haya dispuesto su envío al almacén de evidencias sus veces.
        o a otra autoridad, dejando constancia en el formato de
        cadena de custodia.


 5      Radica en el sistema de información dispuesto para tal Servidor encargado del
        fin la salida del dictamen y elementos físicos de prueba. área            de
                                                                  Correspondencia del
        Registra en el formato de cadena de custodia el traslado Laboratorio
        y/o traspaso, fecha, hora de entrega.                      Forense




 6      Recibe el dictamen pericial, los elementos físicos de Fiscal o   autoridad
        prueba si hay lugar a ello y el formato de cadena de competente.
        custodia.

        Registra en el formato de cadena de custodia el
        traspaso correspondiente y las observaciones a que
        haya lugar.




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        RESPON
        SABLES                                                                           1                                                                            2                                                                          3
       FISCAL O AUTORIDAD
           COMPETENTE




                                            Ordena por medio de oficio petitorio y/o
                                            providencia según la etapa procesal el
                                Limite
                                          traslado de los elementos físicos de prueba
                                Inicial
                                            para la práctica del dictamen pericial, al
                                                      laboratorio forense.
  CORRESPONDENCIA DEL
  LABORATORIO FORENSE
  SERVIDOR ENCARGADO




                                                                                                  Recibe oficio petitorio y/o providencia, formato de cadena de
                                                                                             custodia, elementos físicos de prueba y los registra en el sistema de
                                                                                                                 información dispuesto par tal fin.
      DEL AREA DE




                                                                                              Verifica el estado del rótulo y del embalaje de los elementos físicos
                                                                                                  de prueba y registra en el formato de cadena de custodia el
                                                                                                traspaso y/o traslado respectivo y las observaciones a que haya
                                                                                             lugar. En caso que se detecten alteraciones en el embalaje y rótulo,
                                                                                               se dejará constancia de ello en el formato de cadena de custodia.

                                                                                               Entrega los elementos físicos de prueba al perito que haya sido
                                                                                                asignado para la práctica del dictamen pericial por el Jefe del
                                                                                                             Laboratorio o quien haga sus veces.
    PERITO RESPONSABLE DE




                                                                                                                                                                             Recibe y revisa los elementos físicos materia de prueba,
       LA PRACTICA DEL




                                                                                                                                                                            registra en el formato de cadena de custodia el traslado y
                                                                                                                                                                               traspaso, fecha, hora de entrega, y hora de recibo.
          DICTAMEN




                                                                                                                                                                          Practica el dictamen pericial teniendo en cuenta los procesos y
                                                                                                                                                                            procedimientos técnicos y científicos establecidos por cada          A
                                                                                                                                                                          especialidad Criminalística y deja constancia de los mismos en
                                                                                                                                                                                el formato de cadena de custodia y en el dictamen.

                                                                                                                                                                          Embala nuevamente el elemento físico materia de prueba, en
                                                                                                                                                                          caso de no haberse agotado durante el procedimiento pericial.
       JEFE LABORATIO FORENSE
       O QUIEN HAGA SUS VECES




COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA                                                                                                                                                                                                     Página 1 de 2
FGN-CC- ICAEFPLF                         INGRESO, CUSTODIA Y ANALISIS DE ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA EN EL LABORATORIO FORENSE

        RESPON
        SABLES                                                                            4                                                               5                                                                    6
       FISCAL O AUTORIDAD
           COMPETENTE




                                                                                                                                                              Recibe el dictamen pericial, los elementos físicos de
                                                                                                                                                               prueba si hay lugar a ello y el formato de cadena
                                                                                                                                                                                 de custodia.
                                                                                                                                                                                                                      Limite
                                                                                                                                                                                                                       Final
                                                                                                                                                                Registra en el formato de cadena de custodia el
                                                                                                                                                              traspaso correspondiente y las observaciones a que
                                                                                                                                                                                   haya lugar.
  CORRESPONDENCIA DEL
  LABORATORIO FORENSE
  SERVIDOR ENCARGADO
      DEL AREA DE




                                                                                               Radica en el sistema de información dispuesto para tal
                                                                                              fin la salida del dictamen y elementos físicos de prueba.

                                                                                              Registra en el formato de cadena de custodia el traslado
                                                                                                        y/o traspaso, fecha, hora de entrega.
    PERITO RESPONSABLE DE
       LA PRACTICA DEL
          DICTAMEN
       JEFE LABORATIO FORENSE
       O QUIEN HAGA SUS VECES




                                    Remite el dictamen pericial a la autoridad judicial
                                     solicitante con los elementos físicos de prueba,
                                A   salvo que se haya dispuesto su envío al almacén
                                        de evidencias o a otra autoridad, dejando
                                    constancia en el formato de cadena de custodia.




COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA                                                                                                                                                                                Página 2 de 2
CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL
               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA




FGN-CC-ICEFPA:                      INGRESO Y CUSTODIA DE ELEMENTOS FISICOS DE
                                    PRUEBA EN EL ALMACÉN DE EVIDENCIAS O
                                    DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES


DEFINICION: Actividades que se desarrollan con el fin de garantizar las condiciones
de ingreso y almacenamiento de elementos físicos de prueba en el Almacén de
Evidencias, en condiciones de seguridad y preservación.

LIMITES        Inicia con la orden del Fiscal o autoridad competente para ingresar los
elementos al almacén de evidencias y termina con la ubicación y registro de los
elementos al interior del almacén.


ASPECTOS RELEVANTES

1. El Fiscal o autoridad competente ordena el envío de los elementos físicos de prueba
   al almacén de evidencias o a la dependencia que haga sus veces.

2. El encargado del almacén de evidencias recibe debidamente embalados los
   elementos, revisa el embalaje, clasifica y los ubica en el almacén, efectuando los
   registros necesarios en el formato de cadena de custodia y en el sistema de
   información manual o electrónico que se tenga.

3. Quien entrega y quien recibe elementos físicos de prueba, verifican el embalaje de
    éstos, los cuales deben estar perfectos e íntegros (no pueden presentar cortes o
    alteraciones), los rótulos no deben presentar tachones o enmendaduras. Así mismo,
    registran en el formato de cadena de custodia el traslado y traspaso, fecha, hora de
    entrega, hora de recibo y dejan sus observaciones si hubo lugar a ello.

    En caso de revelar o determinar alteraciones en los embalajes y rótulos, comunican
    enseguida al jefe inmediato y a la autoridad competente tal circunstancia y dejan
    constancia escrita de la misma en el formato de cadena de custodia y si es posible
    fijan fotográficamente las alteraciones.

    Quien entrega y quien recibe debe conocer las inconsistencias detectadas.




Comité Permanente de Cadena de Custodia                                           Página 30 de 49
CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL
               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




DOCUMENTACION QUE INTERVIENE

• Providencia del Fiscal o autoridad competente que pone a disposición los elementos
  físicos de prueba en el almacén de evidencias o dependencia que haga sus veces.
• Formato de Cadena de Custodia.
• Registros manuales o electrónicos de los elementos físicos de prueba.




Comité Permanente de Cadena de Custodia                                           Página 31 de 49
CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL
               DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA.




FGN-CC-ICEFPA   INGRESO Y CUSTODIA DE ELEMENTOS FISICOS DE
PRUEBA EN EL ALMACÉN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS
VECES


No.                                       DESCRIPCIÓN                    RESPONSABLE


 1      Ordena por medio de providencia el traslado e ingreso Fiscal o    autoridad
        al almacén de evidencias, o a la dependencia que haga competente.
        sus veces, de los elementos físicos de prueba sobre los
        cuales no se haya dispuesto dictamen pericial y de los
        que ya han sido dictaminados.


 2      Recibe providencia, formato de cadena de custodia, Servidor designado o
        elementos físicos de prueba y los transporta al almacén Fuerza Pública.
        o al lugar que haga sus veces. En este transporte los
        elementos físicos de prueba deben mantenerse libres y
        exentos de todo riesgo o peligro, aplicando la seguridad
        correspondiente.

        Entrega los elementos al responsable del almacén de
        evidencias. Registra en el formato de cadena de
        custodia el traslado y traspaso y demás datos que se
        fijan en éste.


 3      Recibe y revisa los elementos físicos de prueba, y Responsable              del
        registra en el formato de cadena de custodia el traslado almacén de evidencias,
        y traspaso, fecha, hora de recibo.                       o del lugar que haga
                                                                 sus veces


 4      Realiza el registro manual o automático de cada uno de        Responsable       del
        los elementos físicos de prueba, el cual debe contener:       almacén de evidencias
        autoridad, ciudad donde labora la autoridad, clase de         o del lugar que haga
        diligencia, número de referencia y radicado, descripción      sus veces
        del elemento físico materia de prueba (clase, motivo de
        la custodia, cantidad, estado, color, unidad de medida
        utilizada), fecha, hora, dirección de la recolección de los
        elementos físicos de prueba, sitio exacto (de lo general
        a lo específico) donde se encontraron los elementos
        físicos de prueba, tipo de análisis solicitado,
        responsable, nombre completo, identificación del


Comité Permanente de Cadena de Custodia                                            Página 32 de 49
Cadena Custodia
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  • 1.
  • 2.
  • 3. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Bogotá, D.C. 2003
  • 4. LUIS CAMILO OSORIO ISAZA Fiscal General de la Nación GUSTAVO MORALES MARIN Vicefiscal General de la Nación JUDITH MORANTE GARCIA Secretaria General JUSTO PASTOR RODRÍGUEZ HERRERA Director Nacional de Fiscalías GUILLERMO ANIBAL ORTEGA BELTRAN Director Nacional Cuerpo Técnico de Investigación CLAUDIA ISABEL GONZÁLEZ SÁNCHEZ Directora Nacional Administrativa y Financiera YOLANDA SARMIENTO AMADO Directora Asuntos Internacionales LIZBETH TRIANA CASAS Jefe Oficina Planeación MAGNOLIA VALENCIA GONZÁLEZ Jefe Oficina Jurídica Edición MARÍA CAROLINA SÁNCHEZ BLANCO Jefe Oficina de Divulgación y Prensa DIANA PATRICIA CORTÉS VARGAS Técnico Administrativo II Oficina de Planeación
  • 5. COMITÉ PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA MAGNOLIA VALENCIA GONZÁLEZ Jefe Oficina Jurídica MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Oficina Jurídica JULIO ALIRIO VALBUENA NÚÑEZ Dirección Nacional de Fiscalías JUAN CARLOS JIMENEZ LEAL Dirección Seccional Fiscalía Bogotá JUAN CARLOS BERMÚDEZ BERMÚDEZ Dirección Seccional Fiscalía Bogotá MARTÍN ENRIQUE DÍAZ PARDO Dirección Nacional Cuerpo Técnico de Investigación FERNANDO ALCAZAR DEVIA ARIAS Oficina de Planeación
  • 6. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. PRESENTACIÓN Este Manual hace parte integral de la resolución por medio de la cual se reglamenta el Sistema de Cadena de Custodia, es una herramienta que permite entender y dar aplicación de manera práctica a la resolución que desarrolla el artículo 288 del Código de Procedimiento Penal. La observación de éste, proporciona mecanismos que facilitan la labor de la investigación penal y garantiza la autenticidad de las evidencias materia de prueba, desde el momento de su recolección en la escena del delito hasta el momento en que el funcionario judicial dispone que ya no es necesaria, fortaleciendo de esta manera la capacidad técnico-científica en la administración de justicia, logrando eficientes y efectivos resultados contra la delincuencia, en todas sus manifestaciones. La aplicación de los procedimientos técnicos, investigativos y operativos son la base fundamental para el aseguramiento de los elementos fundamento de prueba, por cuanto toda providencia debe soportarse en las evidencias legal, regular y oportunamente allegadas al proceso, en las distintas etapas e instancias procesales, llegando al esclarecimiento de los delitos y sancionando a los verdaderamente responsables. Como resultado de lo anterior, obtendremos un óptimo desempeño de los servidores de la administración de justicia, ofreciendo una pronta, cumplida y eficaz respuesta a la sociedad. LUIS CAMILO OSORIO ISAZA Fiscal General de la Nación Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 4 de 49
  • 7. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. CONTROL DE ACTUALIZACIONES DEPENDENCIA:______________________________________________________ PROCEDIMIENTO :____________________________________________ CÓDIGO :___________________________________________________ ENTREGA FECHA DE INSERCIÓN HECHA POR: NÚMERO ENTREGA (NOMBRE DEL FIRMA RESPONSABLE) DÍA MES AÑO Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 5 de 49
  • 8. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. MISIÓN FISCALÍA “Garantizar el acceso a una justicia oportuna y eficaz con el fin de encontrar la verdad dentro del marco del respeto por el debido proceso y las garantías constitucionales”. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 6 de 49
  • 9. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCION……………………………………………………………………………….. 9 GENERALIDADES………………………………………………………………………………. 10 OBJETIVOS………………………………………………………………………………………. 11 OBJETIVO GENERAL………………………………………………………………………….. 11 OBJETIVOS ESPECIFICOS………………………………………………………………….. 11 MARCO NORMATIVO……………………………………………………………………….… 12 DESTINATARIOS DEL MANUAL………………………………………………………….. 14 MANEJO Y CONSERVACION DEL MANUAL…………………………………………… 15 FGN-CC-PVE PROTECCION Y VALORACION DE LA ESCENA………. 16 FGN-CC-REEEFP RECOLECCION, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELE- MENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES………………………………………. 18 FGN-CC-ICAEFPLF INGRESO, CUSTODIA Y ANALISIS DE LOS ELEME- MENTOS FISICOS DE PRUEBA EN EL LABORATO- RIO FORENSE…………………………………………………… 26 FGN-CC-ICEFPA INGRESO Y CUSTODIA DE ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA EN EL ALMACEN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES………………… 30 FGN-CC-SEFPALF SOLICITUD DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUE- BA AL ALAMCEN DE EVIDENCIAS, DEPENDENCIA - QUE HAGA SUS VECES O AL LABORATORIO FOREN- SE……………………………………………………………………. 34 FGN-CC-DFEFP DISPOSICION FINAL DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA……………………………………………………… 37 FACTORES CRITICOS DE ÉXITO………………………………………….…………….. 39 GLOSARIO……………………………………………………………………………………….. 40 FORMATOS……………………………………………………………………………………… 44 Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 7 de 49
  • 10. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. ROTULO DE CADENA DE CUSTODIA………………………………………………….. 45 REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA PARA ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA…………………………………………………………………………………………. 46 REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA PARA SUSTANCIAS ESTUPEFA - CIENTES………………………………………………………………………………………… 47 ENTREGA DE LA ESCENA ………..……………………..…………………………. 48 DISTRIBUCIÓN Y CONSULTA DEL MANUAL AL INTERIOR DE LA FISCA- LIA GENERAL DE LA NACION…………………………………………………………. 49 Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 8 de 49
  • 11. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. INTRODUCCIÓN Este manual contempla las normas, el proceso y los procedimientos que permitirán alcanzar niveles óptimos de eficiencia y eficacia, teniendo como prioridad la satisfacción de las necesidades y expectativas de los usuarios, dentro de una dinámica constante de mejoramiento y de modernización con el sistema de cadena de custodia, el cual debe asegurar las características originales de los elementos físicos de prueba desde la protección de la escena, recolección, embalaje, transporte, análisis, almacenamiento, preservación, recuperación y disponibilidad final de éstos, identificando al responsable en cada una de sus etapas y los elementos que correspondan al caso investigado. Mediante su implementación se optimizarán los recursos con que se cuenten. En este contexto, el manual adquiere un valor fundamental para la realización de las funciones y la responsabilidad de cada uno de los servidores de la Fiscalía General de la Nación y de aquellos organismos y particulares involucrados en el sistema de cadena de custodia. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 9 de 49
  • 12. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. GENERALIDADES En cumplimiento de las funciones asignadas al Fiscalía General de la Nación en la Constitución Política y la Ley, es necesario identificar, organizar, diseñar, implementar, administrar e interrelacionar la red del proceso y los procedimientos del Sistema de Cadena de Custodia. El Manual del Proceso y Procedimientos es la columna vertebral de la gestión de calidad y el autocontrol; se constituye en una herramienta importante para estandarizar el trabajo en la Fiscalía General de la Nación, demás organismos y particulares involucrados en la investigación Este manual, es un material de consulta permanente por quienes tienen la responsabilidad de dirigir, ejecutar y controlar el Sistema de Cadena de Custodia, mediante el manejo adecuado de los elementos físicos de prueba, en forma estandarizada dentro la investigación penal, todo ello soportado en los procedimientos descritos en él. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 10 de 49
  • 13. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Unificar criterios sobre el sistema de cadena de custodia, identificando, organizando y administrando la red del proceso y sus procedimientos e interrelacionándolos para estandarizar los métodos de trabajo y mejorar la calidad del servicio en la administración de justicia, encontrando la verdad y erradicando la impunidad. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Orientar a los servidores de la Fiscalía General de la Nación, los demás organismos y particulares involucrados en la investigación penal, en la ejecución de las actividades en forma secuencial y ordenada, descritas en este manual. 2. Desarrollar el sistema de cadena de custodia con calidad en la Fiscalía General de la Nación y demás organismos que estén relacionados con dicho sistema, mejorando el desempeño y confiabilidad en sus servicios y resultados, siendo éste el camino para alcanzar la excelencia. 3. Mejorar la actitud de los servidores frente a la atención del usuario. 4. Formalizar y estandarizar la ejecución del trabajo en el manejo del Sistema de Cadena de Custodia. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 11 de 49
  • 14. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. MARCO NORMATIVO Para la ejecución del proceso y los procedimientos contenidos en este manual, debe observarse la siguiente normatividad: - Constitución Política de Colombia Artículos: 15, 29, 209, 228, 249, 250, 251 y 253. (con las modificaciones introducidas por el Acto Legislativo 03 de diciembre de 2002). - Ley 99 de 1993, Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la Gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones. - Ley 270 de 1996, Estatutaria de la administración de justicia, título I; artículo 153 (deberes de los funcionarios y empleados). - Ley 397 de 1997, Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias. - Ley 418 de 1997, Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones. - Ley 600 de 2000 (Código de Procedimiento Penal), artículos 27, 232, 233, 241, 244, 245, 249, 251, 254, 255, 256, 257, 288, 289, 290, 314, 315, 317, 318, 319, 320, 321, 329, 345 y demás concordantes - Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 12 de 49
  • 15. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. - Ley 678 de 2001, por medio de la cual se reglamenta la determinación de responsabilidad patrimonial de los agentes del Estado a través del ejercicio de la acción de repetición o de llamamiento en garantía con fines de repetición. - Decreto 2811 de 1974, por el cual se adopta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables. - Decreto 300 de 1993, Por el cual se establecen unas obligaciones para los Distribuidores Mayoristas, Distribuidores Minoristas y Transportadores de Combustibles Blancos derivados del Petróleo. - Decreto 2113 de 1993, Por el cual se modifica y adiciona algunos artículos del Decreto 300 de 1993. - Decreto 1503 de 2002, por el cual se reglamenta la marcación de los combustibles líquidos derivados del petróleo en los procesos de almacenamiento, manejo, transporte y distribución" - Decreto 1521 de 1998, por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones - Decreto 261 de 2000, por el cual se modifica la estructura de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones. - Decreto 2535 de 1993, por el cual se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos. - Resolución 0-0646, del 31 de mayo de 2001, de la Fiscalía General de la Nación, por medio de la cual se fijan las directrices para la ejecución de programas de mejoramiento institucional, oficialización de manuales de procesos y procedimientos administrativos, operativos y de funciones y en general sobre todo lo relacionado con el desarrollo organizacional de la Fiscalía General de la Nación. - Resolución 1890, de noviembre 5 de 2002, de la Fiscalía General de la Nación, por medio de la cual se reglamenta el artículo 288 de la Ley 600 de 2001. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 13 de 49
  • 16. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. DESTINATARIOS DEL MANUAL Dirigido a los servidores públicos y particulares responsables de la cadena de custodia, que contribuyen al aseguramiento de las características originales de los elementos físicos de prueba durante la protección de la escena, recolección, embalaje, transporte, análisis, almacenamiento, preservación, recuperación y disponibilidad final de éstos, identificando al responsable en cada una de sus etapas. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 14 de 49
  • 17. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. MANEJO Y CONSERVACIÓN DEL MANUAL El manual, debe ser objeto de un manejo cuidadoso con el fin de garantizar su conservación, en aras de que esté al alcance de todos aquellos a quienes les obligue consultarlo. Los responsables de la aplicación del Sistema de Cadena de Custodia, mantendrán al día el control de actualizaciones a medida que se presenten las modificaciones por parte del Comité Permanente de Cadena de Custodia y de la Oficina de Planeación de la Fiscalía General de la Nación. El responsable del manual, una vez recibidas las actualizaciones extraerá aquellas que serán reemplazadas, con el fin de evitar posteriores confusiones. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 15 de 49
  • 18. DIAGRAMA PICTORICO DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA CIUDADANO AUTORIDAD COMPETENTE VERIFICAR LO DESCRITO CON LO 1 FISCAL OBSERVADO VÍCTIMAS, SOSPECHOSOS, CUSTODIAR LA 1. ELABORE FORMATO 2 INVESTIGADORES TESTIGOS. INFORMACIÓN DE AVISO TOMA LAS MUESTRAS (EXPERTO 4 CRIMINALÍSTICA FORENSE) PATRULLERO RECIBE 2. ELABORE SU DOCUMENTO PROPIA DESCRIPCIÓN DE LA ESCENA FORMATO ALMACENAMIENTO CONDICIONES ADECUADAS LABORATORIO LUGAR DE LOS HECHOS MUESTRA ANALIZADA N 31 0 4 MUESTRA 5 5 PARA 180 W E ANÁLISIS S 2702 90 ANALIZAR 2 13 CORRESPONDIENTE Revolver 5 SEGÚN LA MUESTRA 5 N 270,32 deg 31 0 4 0' 5/8" 5 5 W E 2702 90 13 2 5 180 5 Left Footprint N MEDICINA LEGAL S 311,86 deg 31 0 4 0' 7/8" 5 5 W E 2702 90 13 2 180 5 5 Blood Pool S £££ 236,77 deg 0' 5/6" CADÁVERES Y DELITOS VÍCTIMAS ELEMENTOS MATERIA DE PRUEBA SOSPECHOSOS TESTIGOS "LA INVESTIGACIÓN ES UN PROCESO CONTÍNUO" COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA Página 1 de 1
  • 19. PROCESO DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA PARA LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA FUNCIONES DE POLICIA POLICÍA NACIONAL O SERVIDORES CON JUDICIAL PROTECCIÓN Límite Y VALORACION inicial DE LA ESCENA FUNCIONES DE POLICIA FISCALÍA, AUTORIDAD SI LABORATORIO FORENSE SERVIDORES CON COMPETENTE O RECOLECCIÓN, EMBALAJE Y JUDICIAL ENVIO DE LOS SOLICITUD REQUIEREN AL ALMACEN DISPOSICION Límite ELEMENTOS DE ANALISIS DE FINAL final MATERIA DE PRUEBA ALMACEN DE EVIDENCIAS EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES NO ENTREGA DE REGISTROS QUE GARANTICEN TERCEROS ELEMENTOS LA AUTENTICIDAD DE LOS MATERIA DE ELMENTOS MATERIA DE PRUEBA. PRUEBA AL FISCAL DEL PROCESO. EL Sistema de Cadena de Custodia debe asegurar las características originales de los elementos materia de prueba durante la protección de la escena, recolección, transporte, análisis, almacenamiento, conservac responsable en cada una de sus etapas y que los elementos correspondan al caso investigado. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 1de 1
  • 20. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA FGN-CC-PVE PROTECCIÓN Y VALORACION DE LA ESCENA DEFINICIÓN: Actividad que se adelanta para garantizar el aseguramiento de la escena con ocasión de una conducta punible, a fin de evitar la pérdida o alteración de los elementos físicos de prueba. LIMITES: Inicia con la protección de la escena y termina con la valoración de la misma por parte del Fiscal o autoridad competente. ASPECTOS RELEVANTES 1. La Policía Nacional, los Servidores con funciones de Policía Judicial o quienes tengan relación con un elemento físico de prueba, incluyendo al personal de los servicios de salud, aseguran la escena mediante su acordonamiento e impiden el acceso de curiosos. 2. El Fiscal o autoridad competente valora la escena, con lo descrito en el Acta o Informe de Policía Judicial, los cuales describen la escena y dejan constancia del número de personas que se encontraron en ella y de las demás circunstancias de modo, tiempo y lugar. DOUMENTACIÓN QUE INTERVIENE • Acta o informe de Policía judicial Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 16 de 49
  • 21. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. FGN-CC-PVE PROTECCIÓN Y VALORACION DE LA ESCENA No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 1 Protege la escena, mediante el aislamiento (desaloja a Policía Nacional los curiosos y establece un cordón de protección), la o describe elaborando el formato correspondiente y Servidores con Función comunica a la autoridad competente. de Policía Judicial. 2 Recibe información, registra la dirección del lugar de los Fiscal o autoridad hechos, fecha, hora, tipo de delito, conforma equipo de competente trabajo. Realiza el desplazamiento. Recibe llamado (noticia criminis), registra la dirección Servidores con del lugar de los hechos, fecha, hora, tipo de delito y funciones de Policía conforme a éste, prepara el kit de trabajo. Judicial Realice el desplazamiento. 3 Recibe el lugar de los hechos y brinda protección Fiscal o autoridad mediante el aislamiento de la escena (desaloja a los competente curiosos y establece un cordón de protección) en caso de no haberse aislado. Si en el lugar se encuentra un patrullero, o servidores con función de policía judicial, éste entrega su correspondiente información (acta o informe de policía judicial) al fiscal. 4 Valora la escena con lo descrito en el acta o informe de Fiscal o autoridad policía judicial que recibe la cual contiene como mínimo: competente Ubicación exacta del lugar y sus características, hora en que ocurrieron los hechos, número de víctimas heridas o muertas, causa probable del hecho con una breve descripción del mismo, tipo de armas y vehículos implicados, presencia de sospechosos o presuntos autores o partícipes, capturados o fugitivos y datos que investigativamente puedan ser útiles. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 17 de 49
  • 22. FGN-CC-PVE PROTECCCION Y VALORACION DE LA ESCENA RESPON SABLES 1 2 3 4 POLICIA NACIONAL Protege la escena mediante el aislamiento (desaloja curiosos y establece un cordón de protección), la describe elaborando el formato correspondiente y comunica a la autoridad competente. Limite Inicial SERVIDORES CON FUNCIONES DE POLICIA Protege la escena mediante el Recibe llamado (noticia criminis), registra la aislamiento (desaloja curiosos y dirección del lugar de los hechos, fecha, hora, JUDICIAL establece un cordón de protección), la tipo de delito y conforme a éste prepara el kit describe elaborando el formato de trabajo. correspondiente y comunica a la autoridad competente. Realiza el desplazamiento. FISCAL O AUTORIDAD COMPETENTE Valora la escena con lo descrito en el Recibe el lugar de los hechos y brinda acta o informe de Policiía Judicial que protección mediante el aislamiento de la recibe , la cual debe contener como escena (desaloja a los curiosos y mínimo: Ubicación exacta del lugar y sus Recibe información, registra la dirección del establece un cordón de protección) en características, hora en que ocurrieron lugar de los hechos, fecha, hora, tipo de caso de no haberse aislado. los hechos, número de víctimas heridas Limite delito, conforma equipo de trabajo. o muertas, causa probable del hecho con Final Si en el lugar se encuentra un patrullero una breve descripción del mismo, tipo de Realiza el desplazamiento. o servidores con función de Policiía armas y vehículos implicados, presencia Judicial, éste entrega su correspondiente de sospechosos o presuntos autores o información (acta o informe de Policía partícipes, capturados o fugitivos y datos Judicial) al Fiscal. que investigativamente puedan ser útiles. COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA Página Page-1 de 1
  • 23. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA FGN-CC-REEEFP RECOLECCIÓN, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES DEFINICIÓN: Actividades que se desarrollan para la recolección, embalaje y envío de los elementos físicos de prueba al laboratorio o al almacén de evidencias, en condiciones de preservación y seguridad que garanticen la identidad, integridad, continuidad y registro de los elementos de acuerdo con su naturaleza. LIMITES: Inicia con la búsqueda de los elementos físicos de prueba y la fijación fotográfica y topográfica de la escena y termina con la entrega de los elementos físicos de prueba al almacén de evidencias una vez analizados en el laboratorio. ASPECTOS RELEVANTES 1. El servidor judicial o en su defecto la autoridad de Policía Judicial que asuma el control de la escena, detecta los elementos físicos de prueba y los fija fotográfica y topográficamente dentro del plano del lugar. 2. El Fiscal o los servidores con funciones de policía judicial, embalan los elementos físicos de prueba siguiendo las instrucciones o guías que los laboratorios forenses impartan y los rotulan diligenciando el formato preestablecido. 3. El Fiscal o autoridad competente disponen el envío de los elementos físicos de prueba, ya sea al laboratorio, al almacén de evidencias o a la dependencia que haga sus veces, teniendo en cuanta los principios de pertinencia, conducencia, utilidad y legalidad de la prueba. 4. Los peritos de los laboratorios forenses, examinan los elementos físicos de prueba siguiendo las técnicas y procedimientos establecidos; y emiten el dictamen correspondiente al Fiscal o autoridad competente, dejando constancia en el formato de cadena de custodia de su actuación. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 18 de 49
  • 24. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. Los residuos de sustancias químicas o biológicas una vez analizadas las muestras en el laboratorio, se guardan en éste hasta tanto el Fiscal o autoridad competente ordene su disposición final. Cuando se trate de otro tipo de elementos, una vez efectuado el análisis, se guardarán en el almacén de evidencias hasta su disposición final por parte de autoridad competente. 5. La Institución prestadora de servicios de salud que en el ejercicio de sus funciones tenga contacto con elementos físicos de prueba, suministrarán al Fiscal o a la autoridad de Policía con la mayor brevedad posible o dentro de las 12 horas siguientes al ingreso del paciente, la historia clínica o epicrisis de aquellas personas atendidas como consecuencia de un hecho susceptible de investigación penal. La historia contendrá como mínimo lo siguiente: Fecha y hora del ingreso, estado de salud de la persona al momento de su ingreso a la entidad, descripción de: los tratamientos realizados, ropas y prendas que lo acompañaban y, elementos que hayan extraído a la persona (en los dos últimos casos deberá acompañarse a la historia) 6. Quien entrega y quien recibe elementos físicos de prueba, verifica su embalaje el cual debe estar perfecto e íntegro (no puede presentar cortes o alteraciones), el rótulo no debe presentar tachones o enmendaduras. Así mismo, registra en el formato de cadena de custodia el traslado y traspaso, fecha, hora de entrega, hora de recibo y deja sus observaciones si hubo lugar a ello. En caso de revelar o determinar alteraciones en el embalaje y/o rótulo, comunica enseguida al jefe inmediato y a la autoridad competente tal circunstancia y deja constancia escrita en el formato de cadena de custodia, y si es posible fija fotográficamente las alteraciones. Quien entrega y quien recibe debe conocer las inconsistencias detectadas. DOCUMENTACION QUE INTERVIENE • Formato de Cadena de Custodia. • Rótulo. • Providencia que ordena el análisis de los elementos y envío de los mismos al laboratorio, al almacén de evidencias o a la dependencia que haga sus veces. • Acta de inspección a cadáver. • Acta de incautación de elementos. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 19 de 49
  • 25. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. FGN-CC-REEEFP : RECOLECCIÓN, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES. No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 1 Ordena la búsqueda de elementos físicos de prueba y la Fiscal o autoridad fijación fotográfica y topográfica del lugar de los hechos, competente antes de tocar, mover, alterar o recolectar cualquier elemento materia de prueba. 2 Fija fotográfica y topográficamente el lugar de los Servidores con hechos, preferiblemente antes que otras personas Funciones de Policía entren a la escena, además, apoya la diligencia judicial Judicial (Criminalística) mediante la practica de procedimientos como: Elaboración de retrato hablado, lofoscopia, balística, documentología judicial, entre otros. Apoya la diligencia judicial identificando testigos, Servidores con sospechosos y víctimas. Funciones de Policía Judicial (Investigaciones) 3 Selecciona y clasifica los elementos físicos de prueba Fiscal, autoridad como: Fluidos corporales (semen, sangre, sudor, orina, competente. saliva, entre otros); armas de fuego y municiones (armas, cartuchos, vainillas, postas, tacos, perdigones, proyectiles); armas blancas y contundentes; prendas; impresiones; documentos; huellas digitales; alimentos y drogas; material explosivo e incendiario; líquidos; pelos y fibras; sogas y cuerdas; jeringas; vidrios, entre otros); con el apoyo de los servidores expertos o peritos. 4 Recolecta los elementos físicos de prueba debidamente Servidores con para que sean admitidos en la investigación conforme al funciones de Policía debido proceso, con el equipo de Criminalística Judicial, Fiscal o adecuado según el tipo de elemento, para no alterar sus autoridad competente. condiciones físicas y químicas. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 20 de 49
  • 26. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE Embala adecuadamente los elementos físicos de prueba con el fin de asegurar su integridad, preservación y seguridad. Aplica los procesos, procedimientos y protocolos, de cada una de las áreas y para cada materia. 5 Rotula o marca los elementos físicos de prueba con el Servidores con fin de identificarlos. El rótulo contendrá como mínimo funciones de Policía los siguientes aspectos: Judicial, Fiscal o autoridad competente. • Entidad • Autoridad • Número de diligencia • Número único del elemento en el sistema de cadena de custodia • Lugar: (Departamento/municipio/vereda/ corregimiento/inspección) • Dirección • Fecha • Hora • Tipo de diligencia • Descripción del elemento • Nombre completo y número de cédula del funcionario o persona que recolecta la evidencia. • Nombre y firma del funcionario judicial o del servidor con funciones de policía judicial a cargo de la investigación. La marcación se hace directamente sobre el elemento físico de prueba, siempre y cuando las características químicas y/o físicas del elemento lo permitan, sin que se altere la autenticidad de la evidencia. La marcación incluirá como mínimo las iniciales del organismo al cual pertenece el servidor que haya detectado el elemento y su número de cédula. 6 Diligencia el formato de cadena de custodia, el cual Servidores con contendrá como mínimo lo siguiente: funciones de Policía Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 21 de 49
  • 27. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE Judicial, Fiscal o • Nombre de la Entidad a la cual pertenece el primer autoridad competente. custodio. • Autoridad • Número de referencia (número de expediente, número de fiscal y número único del elemento en el sistema de cadena de custodia). • Descripción del elemento físico materia de prueba. • Número del formato de fotografía y de topografía • Día, mes, año, hora y dirección de la recolección. • Sitio exacto (de lo general a lo específico) donde se encuentra el elemento físico materia de prueba. • Tipo de análisis solicitado o disposición de almacenamiento • Responsable: nombre completo y número de cédula del servidor o persona que recolecta y embala la evidencia. • Fecha y hora de los traspasos y traslados del elemento: nombre completo de quien entrega, identificación, calidad en la que actúa, firma. Nombre completo de quien recibe, identificación, calidad en la que actúa, firma, fecha, número de muestras y observaciones. • Clase de diligencia. • Lapso o circunstancias y características del análisis que se le ha aplicado al elemento físico materia de prueba, si hay lugar. • Número de guía de la empresa contratada por el Estado para el transporte de los elementos físicos materia de prueba al lugar donde serán objeto de análisis o almacenamiento. El formato no podrá tener modificaciones o alteraciones por raspado, borrado, lavado químico, injerto, tachadura, enmienda, retoque o cualquier otro hecho. En caso de presentarse un error en el diligenciamiento del formato de cadena de custodia, encierre en paréntesis y enseguida escriba la palabra “se corrige” y continúe con la palabra correcta, en su defecto se hará la anotación en el espacio de observaciones. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 22 de 49
  • 28. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 7 Adjunta el formato de cadena de custodia a los Servidores con elementos físicos de prueba, los cuales deben estar funciones de Policía debidamente embalados y rotulados; y entrega a la Judicial, Fiscal o autoridad competente, registrando el traspaso en el autoridad competente. formato de cadena de custodia. 8 Recibe el formato de cadena de custodia y los Fiscal o autoridad elementos físicos de prueba y registra el traspaso en el competente. formato de cadena de custodia, si hay lugar a ello. 9 Ordena mediante providencia el análisis que requiera Fiscal o autoridad para la investigación a cada uno de los elementos físicos competente de prueba, teniendo en cuenta las técnicas existentes en cada uno de los laboratorios de Criminalística disponibles. Indica además, el destino de los elementos una vez sean analizados. Ordena el traslado y traspaso al almacén de evidencias de los elementos físicos de prueba que no requieran de análisis, observando lo dispuesto sobre el manejo de bienes de acuerdo con las normas que regulen la materia. Tratándose de armas y municiones, deberá dejarse bajo control y custodia de las autoridades militares o de la Policía Nacional, en un término no mayor de 30 días. Cuando se trate de vehículos, serán dejados en los patios habilitados por la Fiscalía General de la Nación, comunicando de manera inmediata al área de Bienes de la Dirección Nacional o Seccional Administrativa y Financiera, según sea el caso, para que ésta asuma la custodia del rodante; excepto por los delitos culposos o dolosos con ocasión de Accidente de Tránsito, en los cuales el automotor se pondrá a disposición de la Dirección Ejecutiva de la Rama Judicial, conforme al artículo 167 del Código Nacional de Tránsito. La entrega del vehículo por parte de la autoridad incautadora en los patios autorizados por la Fiscalía se hará de acuerdo al Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 23 de 49
  • 29. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE procedimiento y diligenciamiento de los formatos establecidos para ello. Cuando se incaute moneda nacional, se solicitará la práctica pericial para determinar su autenticidad. Cumplido lo anterior, de ser originales se constituirá depósito judicial en las cuentas bancarias existentes para tales efectos, dejándose constancia de esta actuación dentro del expediente. Cuando se incaute moneda extranjera, se solicitará la práctica pericial para determinar su autenticidad. Cumplido lo anterior, de ser originales se ordenará la constitución de un depósito en el Banco de la República o en la entidad bancaria autorizada por la Superbancaria para tal efecto; de no ser auténtica la moneda, se procederá a su destrucción, en presencia del Ministerio Público, previa la fijación fotográfica del material, elaborando el acta en donde conste este procedimiento, suscrita con nombres, número de cédulas y cargos de quienes actuaron. Cuando se proceda a la incautación de sustancias para el procesamiento de narcóticos, se actuará conforme lo dispone el artículo 43 de la Ley 30 de 1986. Cuando se incauten bienes referidos en el artículo 47 de la Ley 30 de 1986, se procederá conforme a éste. Cuando se trate de obras de arte, dispondrá la correspondiente pericia y una vez certificada su autenticidad, la pondrá a disposición en custodia al Ministerio de Cultura o a la entidad que éste delegue; en caso contrario, se procederá dé acuerdo con la normatividad que protege la propiedad intelectual. 10 Recibe oficio petitorio, providencia, elementos físicos de Servidores con prueba, verifica el embalaje de los elementos y los funciones de Policía traslada al sitio indicado por el Fiscal o autoridad Judicial. competente. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 24 de 49
  • 30. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE Los elementos físicos de prueba deben ser entregados al laboratorio, al almacén de evidencias o dependencia que haga sus veces, dentro de las 24 horas siguientes a la diligencia judicial y en casos excepcionales se tendrá en cuenta la distancia. Esta actividad también puede ser desarrollada por la Fuerza Pública. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 25 de 49
  • 31. FGN-CC-REEEFP RECOLECCION, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES RESPON SABLES 1 2 3 4 FISCAL O AUTORIDAD Recolecta los elementos físicos de COMPETENTE Ordena la búsqueda de elementos prueba conforme al debido proceso, con físicos de prueba y la fijación el equipo de Criminalística adecuado fotográfica y topográfica del lugar Selecciona y clasifica los elementos según el tipo de elemento, para no LIMTE de los hechos, antes de tocar, físicos de prueba con el apoyo de los alterar sus condiciones físicas y químicas. INICIAL mover, alterar o recolectar servidores expertos o peritos. Los embala adecuadamente para cualquier elemento materia de asegurar su integridad, preservación y prueba. seguridad, aplicando los procesos, procedimientos y protocolos para cada materia. SERVIDORES CON FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL - CRIMINALISITICA Recolecta los elementos físicos de Fija fotográfica y topográficamente el lugar prueba conforme al debido proceso, con de los hechos, preferiblemente antes que el equipo de Criminalística adecuado otras personas entren a la escena, además, según el tipo de elemento, para no apoya la diligencia judicial mediante la alterar sus condiciones físicas y químicas. A practica de procedimientos como: Elaboración Los embala adecuadamente para de retrato hablado, lofoscopia, balística, asegurar su integridad, preservación y documentología judicial, entre otros. seguridad, aplicando los procesos, procedimientos y protocolos para cada materia. SERVIDORES CON FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL - CRIMINALISITICA Recolecta los elementos físicos de prueba conforme al debido proceso, con el equipo de Criminalística adecuado según el tipo de elemento, para no Apoya la diligencia judicial identificando alterar sus condiciones físicas y químicas. testigos, sospechosos y víctimas. Los embala adecuadamente para asegurar su integridad, preservación y seguridad, aplicando los procesos, procedimientos y protocolos para cada materia. COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA Página Page-1 de 3
  • 32. FGN-CC-REEEFP RECOLECCION, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES RESPON SABLES 5 6 7 FISCAL O AUTORIDAD Diligencia el formato de cadena de custodia. Rotula o marca los elementos físicos de prueba COMPETENTE El formato no podrá tener modificaciones o alteraciones por con el fin de identificarlos. raspado, borrado, lavado químico, injerto, tachadura, enmienda, retoque o cualquier otro hecho. Adjunta el formato de cadena de custodia a los La marcación se hace directamente sobre el elementos físicos de prueba, los cuales deben elemento físico de prueba, siempre y cuando las En caso de presentarse un error en el diligenciamiento del estar debidamente embalados y rotulados. características químicas y/o físicas del elemento lo formato de cadena de custodia, encierre en paréntesis y permitan, sin que se altere la autenticidad de la enseguida escriba la palabra "se corrige" y continúe con la evidencia. palabra correcta, en su defecto se hará la anotación en el espacio de observaciones. SERVIDORES CON FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL - Diligencia el formato de cadena de custodia. CRIMINALISITICA Rotula o marca los elementos físicos de prueba El formato no podrá tener modificaciones o alteraciones por con el fin de identificarlos. raspado, borrado, lavado químico, injerto, tachadura, Adjunta el formato de cadena de custodia a los enmienda, retoque o cualquier otro hecho. elementos físicos de prueba, los cuales deben A La marcación se hace directamente sobre el B estar debidamente embalados y rotulados; y elemento físico de prueba, siempre y cuando las En caso de presentarse un error en el diligenciamiento del entrega a la autoridad competente, registrando el características químicas y/o físicas del elemento lo formato de cadena de custodia, encierre en paréntesis y traspaso en el formato de cadena de custodia. permitan, sin que se altere la autenticidad de la enseguida escriba la palabra "se corrige" y continúe con la evidencia. palabra correcta, en su defecto se hará la anotación en el espacio de observaciones. SERVIDORES CON FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL - Diligencia el formato de cadena de custodia. CRIMINALISITICA Rotula o marca los elementos físicos de prueba El formato no podrá tener modificaciones o alteraciones por con el fin de identificarlos. raspado, borrado, lavado químico, injerto, tachadura, Adjunta el formato de cadena de custodia a los enmienda, retoque o cualquier otro hecho. elementos físicos de prueba, los cuales deben La marcación se hace directamente sobre el estar debidamente embalados y rotulados; y elemento físico de prueba, siempre y cuando las En caso de presentarse un error en el diligenciamiento del entrega a la autoridad competente, registrando el características químicas y/o físicas del elemento lo formato de cadena de custodia, encierre en paréntesis y traspaso en el formato de cadena de custodia. permitan, sin que se altere la autenticidad de la enseguida escriba la palabra "se corrige" y continúe con la evidencia. palabra correcta, en su defecto se hará la anotación en el espacio de observaciones. COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA Página Page-2 de 3
  • 33. FGN-CC-REEEFP RECOLECCION, EMBALAJE Y ENVIO DE LOS ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA AL LABORATORIO, AL ALMACEN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES RESPON SABLES 8 9 10 FISCAL O AUTORIDAD Ordena mediante providencia el análisis que requiera para la investigación a cada uno de los elementos físicos de prueba, teniendo en cuenta las técnicas existentes COMPETENTE en cada uno de los laboratorios de Criminalística Recibe el formato de cadena de custodia y los disponibles. Indica además, el destino de los elementos B elementos físicos de prueba y registra el traspaso en una vez sean analizados. el formato de cadena de custodia, si hay lugar a ello. Ordena el traslado y traspaso al almacén de evidencias de los elementos físicos de prueba que no requieran de análisis, observando lo dispuesto sobre el manejo de bienes de acuerdo con las normas que regulen la materia. SERVIDORES CON FUNCIONES Recibe oficio petitorio, providencia, elementos DE POLICIA JUDICIAL - físicos de prueba, verifica el embalaje de los CRIMINALISITICA elementos y los traslada al sitio indicado por el Fiscal o autoridad competente. Los elementos físicos de prueba deben ser entregados al laboratorio, al almacén de evidencias o dependencia que haga sus veces, dentro de las 24 horas siguientes a la diligencia judicial y en casos excepcionales se tendrá en cuenta la distancia. Esta actividad también puede ser desarrollada por la Fuerza Pública. Limite Final SERVIDORES CON FUNCIONES Recibe oficio petitorio, providencia, elementos DE POLICIA JUDICIAL - físicos de prueba, verifica el embalaje de los CRIMINALISITICA elementos y los traslada al sitio indicado por el Fiscal o autoridad competente. Los elementos físicos de prueba deben ser entregados al laboratorio, al almacén de evidencias o dependencia que haga sus veces, dentro de las 24 horas siguientes a la diligencia judicial y en casos excepcionales se tendrá en cuenta la distancia. Esta actividad también puede ser desarrollada por la Fuerza Pública. COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA Página Page-3 de 3
  • 34. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA FGN-CC-ICAEFPLF INGRESO, CUSTODIA Y ANALISIS DE ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA EN EL LABORATORIO FORENSE DEFINICION: Actividades que se desarrollan con el fin de realizar los dictámenes periciales acorde con los procedimientos técnicos y científicos propios de cada área Criminalística. LIMITES Inicia con la orden del Fiscal o autoridad competente para la realización del dictamen pericial y termina con la recepción del dictamen por la autoridad judicial. ASPECTOS RELEVANTES 1. El Fiscal o autoridad competente ordena mediante oficio petitorio y/o providencia acorde con la etapa procesal el envío de los elementos físicos de prueba al laboratorio forense para la práctica del dictamen pericial. 2. El perito al cual se le haya asignado la práctica del dictamen pericial, lo realizará teniendo en cuenta los procesos y procedimientos técnicos y científicos de los cuales dejará constancia en el formato de cadena de custodia. 3. El Jefe del Laboratorio Forense o quien haga sus veces, dispondrá el envío del dictamen pericial al Fiscal o autoridad competente. En caso ser requeridos por la autoridad judicial, se enviarán además los elementos físicos de prueba. 4. Quien entrega y quien recibe elementos físicos de prueba, verifica su embalaje el cual debe estar perfecto e íntegro (no puede presentar cortes o alteraciones), el rótulo no debe presentar tachones o enmendaduras. Así mismo, registra en el formato de cadena de custodia el traslado y traspaso, fecha, hora de entrega, hora de recibo y deja sus observaciones si hubo lugar a ello. En caso de revelar o determinar alteraciones en el embalaje y/o rótulo, comunica enseguida al jefe inmediato y a la autoridad competente tal circunstancia y deja constancia escrita en el formato de cadena de custodia, y si es posible fija fotográficamente las alteraciones. Quien entrega y quien recibe debe conocer las inconsistencias detectadas. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 26 de 49
  • 35. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. DOCUMENTACION QUE INTERVIENE • Providencia del Fiscal o autoridad competente que dispone la práctica del dictamen pericial. • Formato de Cadena de Custodia. • Dictamen Pericial. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 27 de 49
  • 36. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. FGN-CC-ICAEFPLF INGRESO, CUSTODIA Y ANALISIS DE ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA EN EL LABORATORIO FORENSE No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 1 Ordena por medio de oficio petitorio y/o providencia Fiscal o autoridad según la etapa procesal el traslado de los elementos competente. físicos de prueba para la práctica del dictamen pericial, al laboratorio forense. 2 Recibe oficio petitorio y/o providencia, formato de Servidor encargado del cadena de custodia, elementos físicos de prueba y los área de registra en el sistema de información dispuesto par tal Correspondencia del fin. Laboratorio Forense. Verifica el estado del rótulo y del embalaje de los elementos físicos de prueba y registra en el formato de cadena de custodia el traspaso y/o traslado respectivo y las observaciones a que haya lugar. En caso que se detecten alteraciones en el embalaje y rótulo, se dejará constancia de ello en el formato de cadena de custodia. Entrega los elementos físicos de prueba al perito que haya sido asignado para la práctica del dictamen pericial por el Jefe del Laboratorio o quien haga sus veces. 3 Recibe y revisa los elementos físicos materia de prueba, Perito responsable de registra en el formato de cadena de custodia el traslado la práctica del y traspaso, fecha, hora de entrega, y hora de recibo. dictamen pericial. Practica el dictamen pericial teniendo en cuenta los procesos y procedimientos técnicos y científicos establecidos por cada especialidad Criminalística y deja constancia de los mismos en el formato de cadena de custodia y en el dictamen. Embala nuevamente el elemento físico materia de prueba, en caso de no haberse agotado durante el procedimiento pericial. 4 Remite el dictamen pericial a la autoridad judicial Jefe del Laboratorio Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 28 de 49
  • 37. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE solicitante con los elementos físicos de prueba, salvo Forense o quien haga que se haya dispuesto su envío al almacén de evidencias sus veces. o a otra autoridad, dejando constancia en el formato de cadena de custodia. 5 Radica en el sistema de información dispuesto para tal Servidor encargado del fin la salida del dictamen y elementos físicos de prueba. área de Correspondencia del Registra en el formato de cadena de custodia el traslado Laboratorio y/o traspaso, fecha, hora de entrega. Forense 6 Recibe el dictamen pericial, los elementos físicos de Fiscal o autoridad prueba si hay lugar a ello y el formato de cadena de competente. custodia. Registra en el formato de cadena de custodia el traspaso correspondiente y las observaciones a que haya lugar. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 29 de 49
  • 38. FGN-CC- ICAEFPLF INGRESO - CUSTODIA Y ANALISIS DE ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA EN EL LABORATORIO FORENSE RESPON SABLES 1 2 3 FISCAL O AUTORIDAD COMPETENTE Ordena por medio de oficio petitorio y/o providencia según la etapa procesal el Limite traslado de los elementos físicos de prueba Inicial para la práctica del dictamen pericial, al laboratorio forense. CORRESPONDENCIA DEL LABORATORIO FORENSE SERVIDOR ENCARGADO Recibe oficio petitorio y/o providencia, formato de cadena de custodia, elementos físicos de prueba y los registra en el sistema de información dispuesto par tal fin. DEL AREA DE Verifica el estado del rótulo y del embalaje de los elementos físicos de prueba y registra en el formato de cadena de custodia el traspaso y/o traslado respectivo y las observaciones a que haya lugar. En caso que se detecten alteraciones en el embalaje y rótulo, se dejará constancia de ello en el formato de cadena de custodia. Entrega los elementos físicos de prueba al perito que haya sido asignado para la práctica del dictamen pericial por el Jefe del Laboratorio o quien haga sus veces. PERITO RESPONSABLE DE Recibe y revisa los elementos físicos materia de prueba, LA PRACTICA DEL registra en el formato de cadena de custodia el traslado y traspaso, fecha, hora de entrega, y hora de recibo. DICTAMEN Practica el dictamen pericial teniendo en cuenta los procesos y procedimientos técnicos y científicos establecidos por cada A especialidad Criminalística y deja constancia de los mismos en el formato de cadena de custodia y en el dictamen. Embala nuevamente el elemento físico materia de prueba, en caso de no haberse agotado durante el procedimiento pericial. JEFE LABORATIO FORENSE O QUIEN HAGA SUS VECES COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA Página 1 de 2
  • 39. FGN-CC- ICAEFPLF INGRESO, CUSTODIA Y ANALISIS DE ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA EN EL LABORATORIO FORENSE RESPON SABLES 4 5 6 FISCAL O AUTORIDAD COMPETENTE Recibe el dictamen pericial, los elementos físicos de prueba si hay lugar a ello y el formato de cadena de custodia. Limite Final Registra en el formato de cadena de custodia el traspaso correspondiente y las observaciones a que haya lugar. CORRESPONDENCIA DEL LABORATORIO FORENSE SERVIDOR ENCARGADO DEL AREA DE Radica en el sistema de información dispuesto para tal fin la salida del dictamen y elementos físicos de prueba. Registra en el formato de cadena de custodia el traslado y/o traspaso, fecha, hora de entrega. PERITO RESPONSABLE DE LA PRACTICA DEL DICTAMEN JEFE LABORATIO FORENSE O QUIEN HAGA SUS VECES Remite el dictamen pericial a la autoridad judicial solicitante con los elementos físicos de prueba, A salvo que se haya dispuesto su envío al almacén de evidencias o a otra autoridad, dejando constancia en el formato de cadena de custodia. COMITE PERMANENTE DE CADENA DE CUSTODIA Página 2 de 2
  • 40. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA FGN-CC-ICEFPA: INGRESO Y CUSTODIA DE ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA EN EL ALMACÉN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES DEFINICION: Actividades que se desarrollan con el fin de garantizar las condiciones de ingreso y almacenamiento de elementos físicos de prueba en el Almacén de Evidencias, en condiciones de seguridad y preservación. LIMITES Inicia con la orden del Fiscal o autoridad competente para ingresar los elementos al almacén de evidencias y termina con la ubicación y registro de los elementos al interior del almacén. ASPECTOS RELEVANTES 1. El Fiscal o autoridad competente ordena el envío de los elementos físicos de prueba al almacén de evidencias o a la dependencia que haga sus veces. 2. El encargado del almacén de evidencias recibe debidamente embalados los elementos, revisa el embalaje, clasifica y los ubica en el almacén, efectuando los registros necesarios en el formato de cadena de custodia y en el sistema de información manual o electrónico que se tenga. 3. Quien entrega y quien recibe elementos físicos de prueba, verifican el embalaje de éstos, los cuales deben estar perfectos e íntegros (no pueden presentar cortes o alteraciones), los rótulos no deben presentar tachones o enmendaduras. Así mismo, registran en el formato de cadena de custodia el traslado y traspaso, fecha, hora de entrega, hora de recibo y dejan sus observaciones si hubo lugar a ello. En caso de revelar o determinar alteraciones en los embalajes y rótulos, comunican enseguida al jefe inmediato y a la autoridad competente tal circunstancia y dejan constancia escrita de la misma en el formato de cadena de custodia y si es posible fijan fotográficamente las alteraciones. Quien entrega y quien recibe debe conocer las inconsistencias detectadas. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 30 de 49
  • 41. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. DOCUMENTACION QUE INTERVIENE • Providencia del Fiscal o autoridad competente que pone a disposición los elementos físicos de prueba en el almacén de evidencias o dependencia que haga sus veces. • Formato de Cadena de Custodia. • Registros manuales o electrónicos de los elementos físicos de prueba. Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 31 de 49
  • 42. CONTINUACION DE LA RESOLUCION No. 0-2869 DE 29 DIC 2003 POR MEDIO DE LA CUAL DE ADOPTA EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA. FGN-CC-ICEFPA INGRESO Y CUSTODIA DE ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA EN EL ALMACÉN DE EVIDENCIAS O DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 1 Ordena por medio de providencia el traslado e ingreso Fiscal o autoridad al almacén de evidencias, o a la dependencia que haga competente. sus veces, de los elementos físicos de prueba sobre los cuales no se haya dispuesto dictamen pericial y de los que ya han sido dictaminados. 2 Recibe providencia, formato de cadena de custodia, Servidor designado o elementos físicos de prueba y los transporta al almacén Fuerza Pública. o al lugar que haga sus veces. En este transporte los elementos físicos de prueba deben mantenerse libres y exentos de todo riesgo o peligro, aplicando la seguridad correspondiente. Entrega los elementos al responsable del almacén de evidencias. Registra en el formato de cadena de custodia el traslado y traspaso y demás datos que se fijan en éste. 3 Recibe y revisa los elementos físicos de prueba, y Responsable del registra en el formato de cadena de custodia el traslado almacén de evidencias, y traspaso, fecha, hora de recibo. o del lugar que haga sus veces 4 Realiza el registro manual o automático de cada uno de Responsable del los elementos físicos de prueba, el cual debe contener: almacén de evidencias autoridad, ciudad donde labora la autoridad, clase de o del lugar que haga diligencia, número de referencia y radicado, descripción sus veces del elemento físico materia de prueba (clase, motivo de la custodia, cantidad, estado, color, unidad de medida utilizada), fecha, hora, dirección de la recolección de los elementos físicos de prueba, sitio exacto (de lo general a lo específico) donde se encontraron los elementos físicos de prueba, tipo de análisis solicitado, responsable, nombre completo, identificación del Comité Permanente de Cadena de Custodia Página 32 de 49