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,Enfmbr ntüoHmóróRGANOoFtctAl DELA ttEpúBLrcADEGLJATEMALA,c.A
MINISTERIODE ECONOMIA
Acuérdoseemitirlossiguientes:REFORMASALACUERDO
GUBERNAIIVO109-2010,DE FECHA
']3 DEABRILDE
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Acuérdose reconocer lo personolidod lurídico y oprobor
los boses consl¡lulivosde lo lolesio denominodo IGLESIA
rvn¡rcÉLrc¡MrstoNERAruñrr srLo¡É,
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{undoción denominodo CARITASDE GTJATEMALA.
Acuérdose reconocer lo personolidodiurídico y o¡:robor
los boses conslitulivosde lo lglesio denominodo |GLESlA
EVANGELICAPENTECOSTÉSELPODERT]TLAALABANZA
NUEVAJERUSALÉN,
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ASUNTOSADMINISTBATIVOSY DESEGURIDAD
RESOLUCIONNUMEROSAAS-SD
Molrimonios . Líneos de Tronsporie . Consfilucionesde
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TíiulosSupleiorios. Edicios . Renroles.
Binrisb0mfroglriloriffi
los publicocionesque se reclizon en el Diorio de Centro Américo, se
publiconde conlorrnidodcorr el origiool presentodopof el soliciionte,en
conseclenciocuolquiererror que se comelo en ese originol, el Diorio de
Cenlro Américo no osume ninguno responsobilidod.
Porio oniesdescritose les soliciiocunrpiircon los sig!ie¡ies requisitosl
L fomoño de letro según Acuerdo Gubernoiivo No. Ió3-200i, no
menor de ó 5 (t.e*o fipogró{ico).
2. Lelrocloro e impresiónlirme.
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4. No correcciones,lochones,morcosde lópiz o lopicero.
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MINISTERIO DE ECONOMÍA
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FECHAI3 DEABRILDE20I O,ARANCELDELREGISTRODEPRESTADORESDESERVICIOS
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CONSIDERANDO
' Que medianteel AcuordoGubemativoNúmero109-2010de fecha13de abrilde 2010,se em¡tió
él reglamento dal Reg¡stro de Prostadores de Servicios de Certlficación, con €¡ objeto de
establec€rlos honorariospor las oparaoionesy oervicío$qu€ prestgel Reglstrode Prestadores
de Serviófo$de Certificación,con €l propósitodé que esta cu€nt€ cón ingrgsos adecuados y
suficlentesparasu funcionamientoy asfcumplircon lasobl¡gacionesque le i¡nponenla Ley pata
ef Reconocim¡entode las Comunicaclonesy FirmasElectrónicss,decreto 47-2808del Congreso
do ia Reptiblicay su Reglamento.
CONSIDERANDO
Que a la presente fecha, en nueatrgpafE,n¡ngunaempresa B€ ha ¡nscr¡toni autorizado para
operEr como Prestadora dé S€rvic¡osde Ceriificación,en virtud de los altos esiándares y
regulacfonesadministratlvasy técnioas reguerldasa nlvel ¡ntemacionalpara operar como tal.
En tál v¡rtudy con e¡ propósitodo que estas empresasprestend¡chosservic¡os,es necesario
reformarol Acuérdo Gubernativorelacionadoen el anteriorconsiderando,por lo que debe
dictarsela d¡sposic¡ónlegalconespondiente.
PORTANTO:
En ejerciciode lasfuncionesquele conf¡ereel alfculo 183literal6) d6 la ConstitucíónPolfücade
la Repúbllcade Guatemalay con fundamentoen lo €stablecidoen el articulo 42 del Acuerdo
GubernaüvoNo. 135-2009,de fecha I ds mayo de 2009, Reglamentode la Ley para el
Reconocimi€ntode las Comunicac¡onesv FirmasElectrónicas.
ACUERDA:
Emit¡rlá$sigui€ntos:
REFORMAS,A,LACUERDO GUBERNA,TIVOIO9.2OIO,DE FECHA 13 DE ABRIL DE 2010,
ARANCEL DEL REGI$TRO DE PRESTADORESDE SERVICIOSDE CERTIFICACTÓN.
Artlculó l, $e reforma el adfculo 3, el cual quodaasf:
",{rtfculo 3.- HONOR.ARIOS.El Reg¡strodo Prestadorosde Serviciosde Certiflcación
percíbirálos honorariosque s6 establecena cont¡nuac¡ón:
a) For el análisisdel expedientede solicitudde autor¡zaciónpara operarcomo Prestador
de Servicios de Certificación la cant¡dad de ve¡nte mil quinientos quokalos
(0.20;500.00). D¡chacánt¡dadno será re$tltuida,en el caso que la autorizaciónno se
conceda por incumplimientode los requisitosy obligacioneslegales y reglamentarias
exigidosparael desaffollode la activldádde certificación.
b) Por la Eulorlzac¡óne Inscripclón ¡nicial para €fectusr una de las actlvidades que
establecoel artfcu¡o41 de la Ley para el Reconocimlentode ¡as Comunlcac¡onesy
Flrmas Electrón¡oas,c¡entotreintamflqueEales(Q.130,0q).00)
c) Por la Autori¿ación para pr€star los servicios y reallzar la$ activ¡dades
qué estebt€ce el artlculo 41 de la Ley para el Reconodmiento de las
2 Guatemala.MlÉRCOLES28dediciembre2011 DIARIOdECENTROAMÉRICA NÚMERO54
comunicaclonsa y Firmas €lectrónicag, sGtsnte y cinco mil qu€lrahEs
- (A.75.OOO.OO)por c.da ma.
d) Por mombrEtla Enual psra cubrit laa obl¡gac¡oñca do óupcrvblón qua est¡bbaa
cl Arttcuto 49 Gn 6u! llLrsL¡ b), b). .) y h) da l¡ Lcy Par¡ cl R.conodmlGnto ds
lag Comuñlcacioncs y Flrqri¡t E#n¡c€s, 6u Raglám€nto o aualquiar otrt
€gut:clón p.rtln.nlg, ls cántldad d. vc¡ntlclnco m¡l quot:al€3 (Q-25,0{}O-0O_).la
cual d.bárá empcrar a hacarea rf¡dvr sl rñó 3igulante d€ .la autorizeción E
In66ipaión tn¡c¡stdat Preetador d€ Serulc¡os dó Córt¡{lcac}ón.1
s) Fo. c€rtll¡caelón €milid¡ pe. cualq{J¡ermod¡o, hasle d¡az hojas ci€nto ciñoüenta
quetzalca {O.150.00}, móe c¡nco quettElco (a.5.O0) por cada hoJe adlciona¡.'
Artlcu¡o 2. Sc tlfont¡. ol .rtlculo 4,.1 cull qüfd¡ a¡¡:
"ARTÍCULO 4.- FORftlA DE PAGO: Los honorarios cotr.apondl€nlaa, 3.
pggarán en 3u tot¡l¡dád e¡ Reeiatrc de Prrttadoca d6 S€rv¡c¡o3 d6 Cort¡Íc¡ción,
prevtamenla a la prGcntgofón d. los dooúmantos o eutdÉ¡oión rttPect¡rs,. a
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1213242.2l-2 E-4ic¡enbrc
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
Acuérdosereconocerlo personolidodjurídicoy oproborlosbosesconstiiutivos
de lo .lglesio denominodo IGLESIAEVANGELICAMISIONERA FUENTE
SILOHÉ.
ACUERDOMINISTERIALNÚMERO440-2Of1
Guofemolo,|2 dediciembrede20.|I
rÍ, ütrtodBo DBc¡oarnrfAci¡ótf
c¡or8¡IrER nDo!
Qüd él Pr6idcnc d€ la Jurtá Directive Provi6ional y Rcprcscntant trgal, dc ¡a
Iglesia dcnominada Icü.EsIA tt¡at{('üL¡c,A uHno¡fpaA FftEmt SILoÉ, con
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2OO7, Regl,anerito Orgá¡rico lnt rno de¡ Ministerio de Cobcmación; y, &n
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scsenta y dos {62} dc fccha oncü {lU de ago6tü del ¿ño dos ¡nü once {201}i,
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'ARTtCflLO 2. Para el funüionar&ieoto de erralquier proyecto o progfaJ¡ra de los
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OeGOBERNACIÓN
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Ac. 460 2011 arancel diario-de_centro_america

  • 1. JFunüsbotn 1880 5.0 t ,Enfmbr ntüoHmóróRGANOoFtctAl DELA ttEpúBLrcADEGLJATEMALA,c.A MINISTERIODE ECONOMIA Acuérdoseemitirlossiguientes:REFORMASALACUERDO GUBERNAIIVO109-2010,DE FECHA ']3 DEABRILDE 2OIO,AMNCETDELREGISTRODE PRESTADORESDE sERvtcrosoEcenlrncRctóN MrNrsrERrooecoeeRHlcróH Acuérdose reconocer lo personolidod lurídico y oprobor los boses consl¡lulivosde lo lolesio denominodo IGLESIA rvn¡rcÉLrc¡MrstoNERAruñrr srLo¡É, Acuérdose oprobor lq modificoción de los Estotulosde lo {undoción denominodo CARITASDE GTJATEMALA. Acuérdose reconocer lo personolidodiurídico y o¡:robor los boses conslitulivosde lo lglesio denominodo |GLESlA EVANGELICAPENTECOSTÉSELPODERT]TLAALABANZA NUEVAJERUSALÉN, SECRETARIADE ASUNTOSADMINISTBATIVOSY DESEGURIDAD RESOLUCIONNUMEROSAAS-SD Molrimonios . Líneos de Tronsporie . Consfilucionesde Sociedod .Modificociones de Sociedod . Disolución de Sociedod . Potentesde lnvención . Regislrode Morcos . TíiulosSupleiorios. Edicios . Renroles. Binrisb0mfroglriloriffi los publicocionesque se reclizon en el Diorio de Centro Américo, se publiconde conlorrnidodcorr el origiool presentodopof el soliciionte,en conseclenciocuolquiererror que se comelo en ese originol, el Diorio de Cenlro Américo no osume ninguno responsobilidod. Porio oniesdescritose les soliciiocunrpiircon los sig!ie¡ies requisitosl L fomoño de letro según Acuerdo Gubernoiivo No. Ió3-200i, no menor de ó 5 (t.e*o fipogró{ico). 2. Lelrocloro e impresiónlirme. 3 legibilidod en los números. 4. No correcciones,lochones,morcosde lópiz o lopicero. 5. No se oceptonlolocopios. ó Que lo {irmode lo personoresponsobley sello coÍespondienle se encuenlren {uero del iexto del doc!-eilo. 7. Documenlocon el nornbrecomplelo del Abogodo, Selloy Número de Coleoiodo L Nomi¡re y Número de ieléfono de lo persono responsoble de lo poblicoción,poro cuolquierconsulloposlerior. MINISTERIO DE ECONOMÍA Acuérdoseemilirlossiguientes:REFORMASALACUERDOGUBERNATIVO109-2010,DE FECHAI3 DEABRILDE20I O,ARANCELDELREGISTRODEPRESTADORESDESERVICIOS DECERTIFICACIÓN. ACUERDOGUBERNATIVONo. 460-2011 Guoiemolo,7 dediciembredel20,lI EL PRESIDENTEDE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO ' Que medianteel AcuordoGubemativoNúmero109-2010de fecha13de abrilde 2010,se em¡tió él reglamento dal Reg¡stro de Prostadores de Servicios de Certlficación, con €¡ objeto de establec€rlos honorariospor las oparaoionesy oervicío$qu€ prestgel Reglstrode Prestadores de Serviófo$de Certificación,con €l propósitodé que esta cu€nt€ cón ingrgsos adecuados y suficlentesparasu funcionamientoy asfcumplircon lasobl¡gacionesque le i¡nponenla Ley pata ef Reconocim¡entode las Comunicaclonesy FirmasElectrónicss,decreto 47-2808del Congreso do ia Reptiblicay su Reglamento. CONSIDERANDO Que a la presente fecha, en nueatrgpafE,n¡ngunaempresa B€ ha ¡nscr¡toni autorizado para operEr como Prestadora dé S€rvic¡osde Ceriificación,en virtud de los altos esiándares y regulacfonesadministratlvasy técnioas reguerldasa nlvel ¡ntemacionalpara operar como tal. En tál v¡rtudy con e¡ propósitodo que estas empresasprestend¡chosservic¡os,es necesario reformarol Acuérdo Gubernativorelacionadoen el anteriorconsiderando,por lo que debe dictarsela d¡sposic¡ónlegalconespondiente. PORTANTO: En ejerciciode lasfuncionesquele conf¡ereel alfculo 183literal6) d6 la ConstitucíónPolfücade la Repúbllcade Guatemalay con fundamentoen lo €stablecidoen el articulo 42 del Acuerdo GubernaüvoNo. 135-2009,de fecha I ds mayo de 2009, Reglamentode la Ley para el Reconocimi€ntode las Comunicac¡onesv FirmasElectrónicas. ACUERDA: Emit¡rlá$sigui€ntos: REFORMAS,A,LACUERDO GUBERNA,TIVOIO9.2OIO,DE FECHA 13 DE ABRIL DE 2010, ARANCEL DEL REGI$TRO DE PRESTADORESDE SERVICIOSDE CERTIFICACTÓN. Artlculó l, $e reforma el adfculo 3, el cual quodaasf: ",{rtfculo 3.- HONOR.ARIOS.El Reg¡strodo Prestadorosde Serviciosde Certiflcación percíbirálos honorariosque s6 establecena cont¡nuac¡ón: a) For el análisisdel expedientede solicitudde autor¡zaciónpara operarcomo Prestador de Servicios de Certificación la cant¡dad de ve¡nte mil quinientos quokalos (0.20;500.00). D¡chacánt¡dadno será re$tltuida,en el caso que la autorizaciónno se conceda por incumplimientode los requisitosy obligacioneslegales y reglamentarias exigidosparael desaffollode la activldádde certificación. b) Por la Eulorlzac¡óne Inscripclón ¡nicial para €fectusr una de las actlvidades que establecoel artfcu¡o41 de la Ley para el Reconocimlentode ¡as Comunlcac¡onesy Flrmas Electrón¡oas,c¡entotreintamflqueEales(Q.130,0q).00) c) Por la Autori¿ación para pr€star los servicios y reallzar la$ activ¡dades qué estebt€ce el artlculo 41 de la Ley para el Reconodmiento de las
  • 2. 2 Guatemala.MlÉRCOLES28dediciembre2011 DIARIOdECENTROAMÉRICA NÚMERO54 comunicaclonsa y Firmas €lectrónicag, sGtsnte y cinco mil qu€lrahEs - (A.75.OOO.OO)por c.da ma. d) Por mombrEtla Enual psra cubrit laa obl¡gac¡oñca do óupcrvblón qua est¡bbaa cl Arttcuto 49 Gn 6u! llLrsL¡ b), b). .) y h) da l¡ Lcy Par¡ cl R.conodmlGnto ds lag Comuñlcacioncs y Flrqri¡t E#n¡c€s, 6u Raglám€nto o aualquiar otrt €gut:clón p.rtln.nlg, ls cántldad d. vc¡ntlclnco m¡l quot:al€3 (Q-25,0{}O-0O_).la cual d.bárá empcrar a hacarea rf¡dvr sl rñó 3igulante d€ .la autorizeción E In66ipaión tn¡c¡stdat Preetador d€ Serulc¡os dó Córt¡{lcac}ón.1 s) Fo. c€rtll¡caelón €milid¡ pe. cualq{J¡ermod¡o, hasle d¡az hojas ci€nto ciñoüenta quetzalca {O.150.00}, móe c¡nco quettElco (a.5.O0) por cada hoJe adlciona¡.' Artlcu¡o 2. Sc tlfont¡. ol .rtlculo 4,.1 cull qüfd¡ a¡¡: "ARTÍCULO 4.- FORftlA DE PAGO: Los honorarios cotr.apondl€nlaa, 3. pggarán en 3u tot¡l¡dád e¡ Reeiatrc de Prrttadoca d6 S€rv¡c¡o3 d6 Cort¡Íc¡ción, prevtamenla a la prGcntgofón d. los dooúmantos o eutdÉ¡oión rttPect¡rs,. a exc6palón de loi honorórios indlcados €n las llt€rdlca b) y c) dal artfculo 3 do¡ pr€sente eco€rdó, los *el€6 dabarón hlcaruó afacilw! do le t¡gubnt¿ lófma: Un primer pego oqu¡vilánta al cincusnt¡ per clcnto do lo! monto3 rstl!¡¡lád6 an laa litore¡os lnd¡cadaÉ al pr€rsntar le ¡olicitud rtep€ctivü y un e€gundo pago Pot el seldo ad.edado pagedarc al t,fo ¡lgu¡stc d€ la ¡utoñácjón para ctda €ao €n particülar. El InüJmpliml€nto do pcgo ón la forma Éttlpulade enlédorm€nt€, laculta a¡ Reglstro da Prc¡tadorca da S€rvic¡os dé Certificación á r&vocer deftnifivaménto la autoriaclón pafa opomr oomo pGqtador d€ a€ru¡oioa,da étlificeción dé coñfotm¡dad mn le Lüy Pam €l Rsconocim¡snlo ds las Comun¡cadono8 y Firrnec Electrón¡eaa y 9ü R€glamanto' Ardculo 3. VICónclü. El prssente Aserdo amp¡eza 6 rüg¡r al dfa 3¡gul€nte do 8u publicadón cn cl Píario d€ Csntro Amórlc5. 1213242.2l-2 E-4ic¡enbrc MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Acuérdosereconocerlo personolidodjurídicoy oproborlosbosesconstiiutivos de lo .lglesio denominodo IGLESIAEVANGELICAMISIONERA FUENTE SILOHÉ. ACUERDOMINISTERIALNÚMERO440-2Of1 Guofemolo,|2 dediciembrede20.|I rÍ, ütrtodBo DBc¡oarnrfAci¡ótf c¡or8¡IrER nDo! Qüd él Pr6idcnc d€ la Jurtá Directive Provi6ional y Rcprcscntant trgal, dc ¡a Iglesia dcnominada Icü.EsIA tt¡at{('üL¡c,A uHno¡fpaA FftEmt SILoÉ, con sedc m S€clor Sante RR, municipio dc Hüté, dcpartanmto dc Z¿capa, ¡c prcscntó a estü Ministüio soliditmdo el rcco$ociülcntó de ¡s perconalidad jurldica y aprobación de bsea co!¡stitutimr dc su rcprcacntada. c¡oñgur8nArt o: Quc cl artículo 36 dc ¡a Cor¡stituciór¡ Poüücs dc la República dc Guatcnala, rcconcc quc el {crcicio dc tods 16 digioucs c¡ librc. Qus tod¿ pcreona üene der¿ctro a practicar eu rcligióar o crccncla" tct¡tó cñ prlblico como cn privado, por mcdio dc la cnsñarza, cl culto y la obrmmcia, sin más l¡mitcs que et ordm púbüe y el reapcto dcbido a la digr¡idad dc la jcruqula y a lm ficlee de otros credc. COlfüIDIRATDO! Quc cl articulo 37 dc la Constitucién Polldca de la Rcpüblica dc Ouate¡¡al¿, Éconoce ¡é pcrsonalidad jurfdica de la tglcela C¿tólice y quc las otraB iglasiáB, cultos, entidades y esociacionca dc cüáctcr rcligiolo obtcndrá¡: el reconücimicnta dc ou permnalídád juridim, conforac lns rcglar dc su institución y que el Gobiemo no podrá negsrlo Ji no fuc* por ratonc! dc cdcn público. COTaIDEEA¡fDos Que cl instrummto público en quc mnstan lar hs€! c@stitutivas dc la lg¡csi4 denominada ¡CLglIA EVA||C¡LICA UI9IOtrlRA Ft¡EñTt SILOHÉ, cumpli mn s rcquisitos de Lcy y la¡ dircctrices dictádas por cstc Minbtcrio, y coo*ndouc cdn la opín¡ón favorable dc la Dirücción d€ Asuntor Jurldicos dc cate Miaist rio y visto Bucno de la Prwuradurla Ccneral dc la Nrción, ce procedentc ¿r¡ltir lá disposición Miúist¿rie¡ corroapo¡dicnta. poR TAltTrOl En ejercicio dc l* funcioncs quc l¡cconficrc¡ los artlcu¡oe 37, 194 literslcs al y 4 de la Consütución Polltica dc la Repüblica de Ouatcmala; 27 litcral m| y 36 üteral b| de la l.cy del Organiemo Ejecutivo, Decrcto número I 14-97 del Congreso de la RÉpübüea y sus rüfontasi y, 4 y ? nurnera¡ 4 dclAcucrdo Gubernativo 635- 2OO7, Regl,anerito Orgá¡rico lnt rno de¡ Ministerio de Cobcmación; y, &n funda¡nento €n lo$ arliüulos 15 numeral l" y 3t scgundo psrrafú del C&igo Civi!, Decreto Ley tO6 y sus rcforrrar; y, Acuerdo Gubemativo númcro 263- 2006, Dísposicion€s pa¡a la Obtc¡¡ción d€¡ Rcconocimianto de la Per¡ona.lidad Juridica dc las tglcsias EvangÉlicas. ACUENDA: ARTTC{Í.O l. Rcconocer la pcrsonalidad jurldica y aprobar las bascs constitutivas de la Igtcsia dcnominada IG}LESIA gftAil(}ÉLICA lrngfOI{8RA FITEIÍTD BILO¡IÉ, la cual está contenida en el Instrumento Púbüco númm scsenta y dos {62} dc fccha oncü {lU de ago6tü del ¿ño dos ¡nü once {201}i, autoriado en la ciudad de Guatcmala, por la Notuia Jacquelinc Juüssa Girón EBtrada. 'ARTtCflLO 2. Para el funüionar&ieoto de erralquier proyecto o progfaJ¡ra de los no eontcmp¡ados dcntro dc sus fnes y cualquier otra modif¡cffiión a sus bass conslitutivas, de la Iglesia denominada-. ICI"FSIA EIrA.IIOÉLICA ICIAIO¡ÍEnA Fl0E¡frE S¡¡.OÉ, dcbdÁ conta¡ con la autorlación prwia de la enüdad Oubernatívs conespondi€nte. AB.TIC{'LO 3. El prcsúntr Acuerdo empieza a regir a partir d€l dia siguiente de su pubücación cn el Diuio dc Ceiltró Arüárica. comrrfQuEs& ffi fmilh MldsFiqema ' ' rndo !'ioemiñr::l] I!'l.l': *íiilo OeGOBERNACIÓN 12t s259.2)28-¿i.ieñ6t. MTNISTERIO DE GOBERNACION Acuérdoseoprobor lo modificociónde los Eslolutosde lo fundoción denominodoCARITASDEGUATEMALA. ACUERDOMINISTERIALNÚMERO445.201I Guotemolo,I4 dediciembrede201'l EL ifrNrsTRo DE ooBEtNAcIóN CONSIDEI^NI'C C¡! B $u ororü¡d¡4 6¡a Mirirt4rio wltió Él Aawrdo Orbcmtivo rjn nrl@m d. fehr did (¡0) d. .gfilo ¿el .rto m¡l ¡ovs¡colo¡ w¡¡ y uo (19ól ). modiñqdo ñ!dlü& ¿ruqdo Cubcndivo ri[ nú6{o dc frctt¡ diqch$lro (l¡) dciuio d. mil mwi66 ffiq y ch@ (19ú5), poi ñrd¡o &t cu¡ $ t!!{rwió l¿pdron¡lidad jwHicr y sc 6psbeon 106.quw dc ls ñ¡nd*i('| CARIT^S DA üUAItMALA. CQNSTDERANIX): Qw ffi fÉh¡ cuüt.o lal dGffi d.l dlo do¡ ñil di..¿ (t0l0), rl rdt6 Víqor tLgo A8uil{ Mdíea s ru ealíd¡d da Cst& 0€er¡l y 8lfrcs¡eb Lag$l de la cntidrd sh ocficiñ¿dr, slícitó a @ Minifdlo l¡ NdiÍ*ntn de lo¡ Esuro! dc l¡ Fords¡ór qw etrcsi¡. por hl viüd t 6 vii¡¡ qF É oumpll@n ls ñquiria b8dd FúiNn¡q 6 pued$R dtrk k dl¡po¡ictón b¡|l {G m¡loodq FOf,TANTO; &n ljcrc¡eio de l&J ll¡nciüd q* l! con¡cm |{i n¡culs 19¿libnte a) y f) d! ls Co¡tüwió{ po}tic¡ d€ }¡ Rlpúblie¡ ¿c Oqtd.l{ ::7 liffi¡l D) y 3ó l¡hl b) d. l¡ Lcy dcl ór8aiwo Ejsivq Dcmo Ntnmm I l4-9? dcl Cegw dc l¡ Rep$blira d€ Cffid¿ y m fvndu6fo én lor !¡lisktr f5 nuoonl X) y ! t út¡iño p¿ñfo dal Códlgo Clvil, Dcffi Lé)' Nüwru |oti- ACUERDÁr ^ntfcuto ¡. Aphb$ l. mcdif@i(h d! lc Esrús dc ia ñmd*ión d.ñniFd¡ CARnAS DF CU^"rliÍUáLA; ronhidrln Ineffi¡b flbl¡e núhm cieMb y ]ci (53) d. fsh¡ w t4] & jrtio dct ¡to d6 ñil re (201 l), úoriado o hciod¡d dc CM¡b Fr h Nei¡ Am¿rl¡h Nml Méod€z Odi&r¿ aRnCUr,O 2. 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