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A) LA DECADA MODERADA 1844-1854
El liberalismo moderado crea una estructura de estado liberal en España caracterizado por el centralismo
y la uniformización, a través de las siguientes medidas:
1. - La Constitución de 1845. Recoge las ideas básicas del liberalismo doctrinario y del moderantismo:
-Soberanía compartida: el poder legislativo reside en las Cortes con el Rey
-Poder moderador de la Corona, sobre todo por su capacidad para convocar y disolver las
Cortes (con la obligación de convocarlas en tres meses) y nombrar y separar libremente los
ministros, lo que convierte a la Corona en un poder arbitral.
-Ampliación de los poderes del ejecutivo y disminución del poder del legislativo.
-Un Senado con miembros vitalicios nombrados por la Corona entre los más grandes de la
nobleza, la Iglesia, el Ejército, la administración y los que posen grandes fortunas.
Además asume funciones judiciales al poder juzgar a ministros y diputados. Estas
características lo convierten en una cámara conservadora y de freno al Congreso.
-Estado confesional católico y mantenimiento del culto y clero.
-Limitación de los derechos individuales a través del sometimiento a leyes
gubernamentales, que tenderían a limitarlos durante el periodo moderado.
-Poderes locales sometidos a la administración central: Ayuntamientos y Diputaciones elegidos
por el rey.
-Sufragio muy censitario.
-Supresión de la Milicia Nacional
En definitiva, la Constitución de 1845 es un texto conservador que beneficiaba al partido conservador y la
oligarquía de poder.
1. -Creación de la Guardia Civil en 1844. Dentro de las ideas de orden y seguridad nacional. Dependía del
control gubernamental, se extendía a todo el territorio nacional y estaba debidamente jerarquizado (lo que la
diferenciaba de la Milicia Nacional, de control local) Sus fines eran civiles (la defensa del orden, la seguridad y
la propiedad) pero su estructura era militar (organizados sobre el principio de jerarquía militar y bajo las
ordenes de sus jefes y de la autoridad civil). Se integraron en la sociedad civil y rural, a través de la casa-
cuartel, convirtiéndose en un referente básico de la autoridad central y de la existencia del Estado.
2. - La reforma de la Hacienda 1845. Obra de Mon y Santillán, se trataba de racionalizar el sistema de
impuestos en manos del estado y uniformizar su distribución por toda España. El problema estuvo en que se
basó en los impuestos indirectos (que gravan el consumo) más que en los directos (gravan la propiedad), lo que
hizo recaer la fiscalidad sobre el pueblo. El impopular impuesto de "consumos" que gravan impuesto de comer,
beber y arder menos el pan se convertirán en reivindicación política de demócratas, republicanos y progresistas.
3. - El Concordato con la Santa Sede 1851. La llegada de los moderados al poder supuso la reordenación de
las relaciones con la Iglesia, abriendo una vía de acercamiento a Roma y a la jerarquía eclesiástica
española molesta con la desamortización. El Concordato regulaba las relaciones Iglesia-Estado en todos
los aspectos: jurisdiccionales, administrativos y económicos dentro del marco de un estado liberal,
resolviendo los principales puntos de discrepancia:
- La Iglesia aceptaba como un hecho consumado el fenómeno de la desamortización realizada hasta 1844,
comprometiéndose a no impugnar ni reclamar a los nuevos compradores.
- El Estado reconoce la capacidad de la Iglesia para adquirir bienes, y sobre todo asumía la obligación de
pagar los gastos del culto y el clero. Para cubrirlos se recurría a los bienes devueltos por la ley del 45
(bienes del clero regular no vendidos fueron devueltos), un impuesto sobre propiedad rustica y urbana, se
devolvían los bienes del clero regular femenino no enajenados, así como todos los bienes en poder del
estado y no vendidos. De esta forma se clausuraba la desamortización y se resolvía la situación económica
del clero, mantenido por el Estado.
la Iglesia reconoce la legitimidad de la monarquía de Isabel II terminando con la
oposición de algunos sectores eclesiásticos, a la par que se reconoce la religión católica
como la única y exclusiva del Estado.
En el aspecto organizativo, la iglesia se reformaba y hacia coincidir, en su mayor parte,
las diócesis con la división provincial. La Corona recuperaba parcialmente poder para
intervenir en el nombramiento de jerarquías eclesiásticas.
La Iglesia se aseguraba la intervención y el control en la enseñanza. El Concordato ponía fin a la rivalidad
Iglesia-Estado liberal, haciendo compatible el liberalismo con una Iglesia que aceptaba las nuevas reglas del juego.
Era el fruto de un acuerdo que delimitaba poderes y funciones, legitimaba al nuevo estado y ordenara las
relaciones hasta el siglo XX.
4. - La unificación legal. El moderantismo recogió la trayectoria del liberalismo en el sentido de
completar la organización jurídica del Estado conforme a un sistema de leyes ordenadas,
unificadas y racionalizadas en sustitución de la casuística del Antiguo Régimen. Se trataba de
crear los Códigos que recogieran los principios de uniformización legislativa de todos los
territorios de la monarquía, igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, y respeto a los derechos
individuales sobre todo el de la propiedad. El proyecto se concreta en la promulgación del
Código Penal (descripción de delitos y adecuación de penas) y el proyecto de Código Civil, que
quedo definitivamente pendiente hasta la restauración.
6. - La reforma de la Administración del Estado. Se trata de crear una Administración-
centralizada y racionalizada- como columna vertebral del funcionamiento del Estado por encima
de los posibles cambios políticos
La reordenación territorial: se crea una estructura piramidal que parte de los ayuntamientos, las diputaciones
provinciales y culmina en el gobierno central, asegurándose así el control de todos los niveles de la administración.
La lev de Administración local de 1845. con un fuerte sentido centralizador suponía el nombramiento por el Rey
(entre los concejales elegidos por un sufragio muy censitario) de los alcaldes de las capitales de provincia y
partidos judiciales; en el resto seria el gobernador civil de la provincia quien nombraba. Se trataba de acabar con la
democratización de la vida municipal y establecer la intervención gubernamental. Esta estructura permitiría al
partido moderado establecer una red de clientelismos, a partir de un conjunto de notables que dominaban la vida de
su comunidad, basada en las relaciones de dependencia personal y familiar, que no políticas, poniendo las bases
del caciquismo que será aprovechado por el diseño canovista en la Restauración. Solo Navarra y el País Vasco
conservaron, por temor a que la centralización diera lugar a un levantamiento carlista, parte de sus antiguos
derechos forales.
7. - Otras medidas centralizadoras. Las competencias educativas, repartidas entre diputaciones
y ayuntamientos, pasaban ahora a manos del Estado central, que regulo los diversos niveles de
enseñanza y elaboro los planes de estudio.
Se adopto un único sistema de pesos y medidas, el sistema métrico decimal.
Evolución política 1845-1854
La etapa estuvo presidida por las figuras de Narváez y en menor medida de Bravo Murillo como Presidentes de
Gobierno.
Los problemas más importantes del periodo fueron:
> La vida política giraba entorno a los grupos de presión o "camarilla", al margen de la
vida parlamentaria. La vida económica estuvo presidida por la "vorágine especulativa";
fabulosos negocios hechos por la alta burguesía con la complicidad del poder político.
> Oposición creciente: Armada: la segunda guerra carlista o guerra deis Matiners, tras
fracasar el intento de casar a Isabel II con el pretendiente carlista. Surge en Cataluña en
forma de partidas apoyadas por el campesinado. No tuvo éxito pero fue un nuevo
conflicto abierto. La política: pronunciamientos de progresistas, demócratas y
republicanos. Ruptura del bloque moderado ante la intransigencia de la política de Bravo
Murillo.
> La cuestión del matrimonio de la reina en el que se ventilaban las relaciones internacionales españolas y la
posición de los distintos grupos moderados. Se opto por exclusión por Francisco de Asís, primo de la
reina, el menos problemático en términos nacionales e internacionales.
> El eco de la revolución del 48. Se produjeron insurrecciones progresistas, manifestación de su exclusión
del poder, pero también aparecieron reivindicaciones de naturaleza democrática que provocarían la
escisión del partido Progresista Democrático en abril del 49. el movimiento fue duramente reprimido por
Narváez que suspendió las garantías constitucionales.
> La crisis política del moderantismo y el gobierno Bravo Murillo. El proyecto de modificar la Constitución
en sentido ultra conservador, lo que significaba la practica anulación de la vida parlamentaria, significo la
oposición de las Cortes y el inicio de un movimiento progresista para acabar con el poder de los
moderados.

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La década moderada

  • 1. A) LA DECADA MODERADA 1844-1854 El liberalismo moderado crea una estructura de estado liberal en España caracterizado por el centralismo y la uniformización, a través de las siguientes medidas: 1. - La Constitución de 1845. Recoge las ideas básicas del liberalismo doctrinario y del moderantismo: -Soberanía compartida: el poder legislativo reside en las Cortes con el Rey -Poder moderador de la Corona, sobre todo por su capacidad para convocar y disolver las Cortes (con la obligación de convocarlas en tres meses) y nombrar y separar libremente los ministros, lo que convierte a la Corona en un poder arbitral. -Ampliación de los poderes del ejecutivo y disminución del poder del legislativo. -Un Senado con miembros vitalicios nombrados por la Corona entre los más grandes de la nobleza, la Iglesia, el Ejército, la administración y los que posen grandes fortunas. Además asume funciones judiciales al poder juzgar a ministros y diputados. Estas características lo convierten en una cámara conservadora y de freno al Congreso. -Estado confesional católico y mantenimiento del culto y clero. -Limitación de los derechos individuales a través del sometimiento a leyes gubernamentales, que tenderían a limitarlos durante el periodo moderado. -Poderes locales sometidos a la administración central: Ayuntamientos y Diputaciones elegidos por el rey. -Sufragio muy censitario. -Supresión de la Milicia Nacional En definitiva, la Constitución de 1845 es un texto conservador que beneficiaba al partido conservador y la oligarquía de poder.
  • 2. 1. -Creación de la Guardia Civil en 1844. Dentro de las ideas de orden y seguridad nacional. Dependía del control gubernamental, se extendía a todo el territorio nacional y estaba debidamente jerarquizado (lo que la diferenciaba de la Milicia Nacional, de control local) Sus fines eran civiles (la defensa del orden, la seguridad y la propiedad) pero su estructura era militar (organizados sobre el principio de jerarquía militar y bajo las ordenes de sus jefes y de la autoridad civil). Se integraron en la sociedad civil y rural, a través de la casa- cuartel, convirtiéndose en un referente básico de la autoridad central y de la existencia del Estado. 2. - La reforma de la Hacienda 1845. Obra de Mon y Santillán, se trataba de racionalizar el sistema de impuestos en manos del estado y uniformizar su distribución por toda España. El problema estuvo en que se basó en los impuestos indirectos (que gravan el consumo) más que en los directos (gravan la propiedad), lo que hizo recaer la fiscalidad sobre el pueblo. El impopular impuesto de "consumos" que gravan impuesto de comer, beber y arder menos el pan se convertirán en reivindicación política de demócratas, republicanos y progresistas. 3. - El Concordato con la Santa Sede 1851. La llegada de los moderados al poder supuso la reordenación de las relaciones con la Iglesia, abriendo una vía de acercamiento a Roma y a la jerarquía eclesiástica española molesta con la desamortización. El Concordato regulaba las relaciones Iglesia-Estado en todos los aspectos: jurisdiccionales, administrativos y económicos dentro del marco de un estado liberal, resolviendo los principales puntos de discrepancia: - La Iglesia aceptaba como un hecho consumado el fenómeno de la desamortización realizada hasta 1844, comprometiéndose a no impugnar ni reclamar a los nuevos compradores. - El Estado reconoce la capacidad de la Iglesia para adquirir bienes, y sobre todo asumía la obligación de pagar los gastos del culto y el clero. Para cubrirlos se recurría a los bienes devueltos por la ley del 45 (bienes del clero regular no vendidos fueron devueltos), un impuesto sobre propiedad rustica y urbana, se devolvían los bienes del clero regular femenino no enajenados, así como todos los bienes en poder del estado y no vendidos. De esta forma se clausuraba la desamortización y se resolvía la situación económica del clero, mantenido por el Estado. la Iglesia reconoce la legitimidad de la monarquía de Isabel II terminando con la oposición de algunos sectores eclesiásticos, a la par que se reconoce la religión católica como la única y exclusiva del Estado. En el aspecto organizativo, la iglesia se reformaba y hacia coincidir, en su mayor parte, las diócesis con la división provincial. La Corona recuperaba parcialmente poder para intervenir en el nombramiento de jerarquías eclesiásticas. La Iglesia se aseguraba la intervención y el control en la enseñanza. El Concordato ponía fin a la rivalidad Iglesia-Estado liberal, haciendo compatible el liberalismo con una Iglesia que aceptaba las nuevas reglas del juego. Era el fruto de un acuerdo que delimitaba poderes y funciones, legitimaba al nuevo estado y ordenara las relaciones hasta el siglo XX. 4. - La unificación legal. El moderantismo recogió la trayectoria del liberalismo en el sentido de completar la organización jurídica del Estado conforme a un sistema de leyes ordenadas, unificadas y racionalizadas en sustitución de la casuística del Antiguo Régimen. Se trataba de crear los Códigos que recogieran los principios de uniformización legislativa de todos los territorios de la monarquía, igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, y respeto a los derechos individuales sobre todo el de la propiedad. El proyecto se concreta en la promulgación del Código Penal (descripción de delitos y adecuación de penas) y el proyecto de Código Civil, que quedo definitivamente pendiente hasta la restauración. 6. - La reforma de la Administración del Estado. Se trata de crear una Administración- centralizada y racionalizada- como columna vertebral del funcionamiento del Estado por encima de los posibles cambios políticos La reordenación territorial: se crea una estructura piramidal que parte de los ayuntamientos, las diputaciones provinciales y culmina en el gobierno central, asegurándose así el control de todos los niveles de la administración. La lev de Administración local de 1845. con un fuerte sentido centralizador suponía el nombramiento por el Rey (entre los concejales elegidos por un sufragio muy censitario) de los alcaldes de las capitales de provincia y partidos judiciales; en el resto seria el gobernador civil de la provincia quien nombraba. Se trataba de acabar con la democratización de la vida municipal y establecer la intervención gubernamental. Esta estructura permitiría al partido moderado establecer una red de clientelismos, a partir de un conjunto de notables que dominaban la vida de su comunidad, basada en las relaciones de dependencia personal y familiar, que no políticas, poniendo las bases del caciquismo que será aprovechado por el diseño canovista en la Restauración. Solo Navarra y el País Vasco conservaron, por temor a que la centralización diera lugar a un levantamiento carlista, parte de sus antiguos
  • 3. derechos forales. 7. - Otras medidas centralizadoras. Las competencias educativas, repartidas entre diputaciones y ayuntamientos, pasaban ahora a manos del Estado central, que regulo los diversos niveles de enseñanza y elaboro los planes de estudio. Se adopto un único sistema de pesos y medidas, el sistema métrico decimal. Evolución política 1845-1854 La etapa estuvo presidida por las figuras de Narváez y en menor medida de Bravo Murillo como Presidentes de Gobierno. Los problemas más importantes del periodo fueron: > La vida política giraba entorno a los grupos de presión o "camarilla", al margen de la vida parlamentaria. La vida económica estuvo presidida por la "vorágine especulativa"; fabulosos negocios hechos por la alta burguesía con la complicidad del poder político. > Oposición creciente: Armada: la segunda guerra carlista o guerra deis Matiners, tras fracasar el intento de casar a Isabel II con el pretendiente carlista. Surge en Cataluña en forma de partidas apoyadas por el campesinado. No tuvo éxito pero fue un nuevo conflicto abierto. La política: pronunciamientos de progresistas, demócratas y republicanos. Ruptura del bloque moderado ante la intransigencia de la política de Bravo Murillo. > La cuestión del matrimonio de la reina en el que se ventilaban las relaciones internacionales españolas y la posición de los distintos grupos moderados. Se opto por exclusión por Francisco de Asís, primo de la reina, el menos problemático en términos nacionales e internacionales. > El eco de la revolución del 48. Se produjeron insurrecciones progresistas, manifestación de su exclusión del poder, pero también aparecieron reivindicaciones de naturaleza democrática que provocarían la escisión del partido Progresista Democrático en abril del 49. el movimiento fue duramente reprimido por Narváez que suspendió las garantías constitucionales. > La crisis política del moderantismo y el gobierno Bravo Murillo. El proyecto de modificar la Constitución en sentido ultra conservador, lo que significaba la practica anulación de la vida parlamentaria, significo la oposición de las Cortes y el inicio de un movimiento progresista para acabar con el poder de los moderados.