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IGNACIO A. BOULIN VICTORIA 
DECISIONES RAZONABLES 
El uso del principio de razonabilidad 
en la motivación administrativa 
Prólogo de 
Alberto B. Bianchi 
Marcial Pons 
MADRID | BARCELONA | BUENOS AIRES | SÃO PAULO 
2014
Son muchas las personas a quienes quisiera dedicar públicamente 
este libro. Para no faltar a la justicia, limitaré los destinatarios. 
A Cecilia y Alejandro, mis padres, por todo. A María y Ceci, 
mis hermanas de la primera tanda. A Marcos y Tomás, 
que con su llegada me alegraron la vida. 
A Delfina, por aquel 6 de abril. Y a Guadalupe, 
que viene en camino mientras escribo estas líneas. 
Cambridge, Massachusetts, 20 de septiembre de 2013.
aBREVIATURAS 
CSJN Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. 
ED Revista El Derecho. 
FDA Fundación de Derecho Administrativo. 
LL Revista Jurídica Argentina La Ley. 
LL online Revista Jurídica Argentina La Ley online. 
LNPA Ley Nacional de Procedimiento Administrativo 19.549. 
SCBA Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires 
SCJMza Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza. 
STC Sentencia del Tribunal Constitucional español.
«El Derecho administrativo real no es, por descontado, 
el de los Boletines Oficiales, pero tampoco el de los repertorios 
jurisprudenciales. A mi entender, lo fundamental aquí 
es la Administración en marcha». 
Alejandro Nieto, 
«La vocación del Derecho Administrativo 
de nuestro tiempo», 
Revista de Administración Pública, 
España, núm. 76, 1975, p. 15. 
«Es preciso que el Derecho administrativo 
no sea un medio falaz de eliminar y escamotear 
las libertades y garantías constitucionales». 
Juan Bautista Alberdi, 
Bases y puntos de partida 
para la organización política de la República Argentina, 
(1852), Ciudad Argentina, Buenos Aires, 1998, p. 77 (§ XVI). 
«Los tiempos propios de cada uno de estos son: 
para el que delibera, el tiempo futuro —pues aconseja 
sobre cosas que han de ser, exhortando o disuadiendo—; 
para el que juzga, el tiempo pasado 
—pues el uno acusa y el otro defiende sobre cosas realizadas». 
Aristóteles, 
Retórica, libro 1, 1358 a/1359 b.
PrÓlogo 
Ignacio Boulin Victoria es un jurista joven y talentoso. Su 
juventud es un dato objetivo, las otras dos condiciones se de­muestran 
con este libro. Quien se conceda el placer de leerlo —y 
me atrevo a recomendarlo fuertemente— encontrará en estas pá­ginas 
una prueba de aquello que decía Santiago Ramón y Cajal: 
no hay temas agotados, sino hombres agotados en los temas. 
Esto es muy cierto. A veces me he preguntado qué es más difí­cil, 
abordar un tema novedoso o encontrar novedades en un tema 
clásico. En ambos, por supuesto, hay un desafío intelectual, pero 
lo segundo es más arriesgado aún, exige superar el umbral de la 
repetición monótona, del adocenamiento. Hay que poner nuevas 
luces en un terreno ya iluminado. 
En este caso no era sencillo, la razonabilidad es un tema clá­sico 
del Derecho. Es más que eso aún. Me atrevería a decir que, 
junto con la buena fe, es como el agua lustral en la cual se baña 
todo el cuerpo del Derecho. Si las normas y las conductas no son 
razonables y no se las interpreta y aplica de buena fe, el Derecho, 
lejos de ser un instrumento de ordenación social encaminado al 
bienestar general, se convierte en un instrumento de opresión en 
donde el tirano construye o encuentra la legalidad que le con­viene. 
Por supuesto que con la invocación abstracta de la razona­bilidad 
no alcanza. No es una plegaria laica que podamos elevar 
con fe religiosa. Como todo concepto jurídico indeterminado, la 
razonabilidad necesita acuciantemente de concreción, de esa re­ducción 
al caso indispensable para habitar en el mundo jurídico 
y ser llevada ante los tribunales, que pueden —y deben— ser tem­plos 
de justicia, pero no son monasterios.
14 PRÓLOGO 
Esa tarea es la que encontrará el lector en este libro. Como 
toda mente ordenada y sistemática, el autor ha ido de lo general a 
lo particular. Comienza con un vibrante allegro que coloca al De­recho 
administrativo en el campo de la democracia y señala des­de 
allí lo que éste puede y debe aportar al arca de las libertades. 
Era necesario. Usualmente tendemos a asociar la democra­cia 
con los estudios de Derecho constitucional. Parecería que el 
oxígeno cívico de la República —si me permiten aludirla con las 
mayúsculas que merece— sólo se respira en el conducto del De­recho 
constitucional. No obstante, la democracia, que es uno de 
los edificios más costosos de levantar y más difíciles de mantener, 
necesita indispensablemente del Derecho administrativo. Es éste 
quien ordena a la Administración y es a ésta, a su arrolladora 
fuerza ejecutiva, a su discrecionalidad, a quien debe oponerse la 
razonabilidad. 
Por ello —siguiendo los postulados del buen orden expositi­vo— 
el segundo gran tema que aborda el trabajo es la discrecio­nalidad. 
Era inevitable. Las instituciones jurídicas nacen como 
fruto de la necesidad, no son una creación lúdica. Si acudimos 
a la razonabilidad, es porque debemos controlar la discreciona­lidad. 
En un mundo genéticamente discrecional, como es el de 
la Administración, el control por vía de la razonabilidad permite 
que la discrecionalidad sea usada en dosis necesarias e inocuas 
a la vez. Finalmente esta es la tarea esencial del Derecho admi­nistrativo, 
tal como decía Bernard Schwartz 1. Boulin Victoria lo 
expone con toda claridad y con gran sentido común, cuando des­taca 
que el problema no consiste en eliminar la discrecionalidad, 
que de suyo es un intento vano, sino en moderarla, permitiendo 
su ejercicio razonable, el cual, en ocasiones, es necesario para el 
buen gobierno. 
Analizada la discrecionalidad, el trabajo se interna en lo pro­fundo 
de su tema central, el control de la Administración por vía 
de la razonabilidad. Es aquí donde el concepto jurídico indeter­minado 
comienza a cobrar vitalidad, a encarnarse en lo concre­to. 
Merced a una exposición serena y ordenada van apareciendo 
todos sus sub principios. Esta exposición es de una gran riqueza 
doctrinaria, ya que permite comprender que la razonabilidad no 
1 «...what is administrative law about if not the control of discretion», 
B. Schwartz, Administrative Law, 3a ed., Little Brown and Co., 1991, p. 652.
PRÓLOGO 15 
se agota midiendo la razonable proporción que debe haber en­tre 
medios y fines, sino que tiene alcances más vastos. Todo ese 
bagaje permite finalmente el desembarco en el control de razona­bilidad 
y, más en particular, en la motivación de las decisiones 
administrativas. Con ello, a lo que se suma un capítulo final so­bre 
la experiencia en los Estados Unidos, Boulin Victoria cierra 
el círculo que había comenzado al explicar la importancia del 
Derecho administrativo en una democracia. 
Dije al comienzo que la razonabilidad necesita de concreción, 
de encarnación en el caso para poder ser presentada ante los tri­bunales. 
Pero esa misma concreción es necesaria también para 
que los propios jueces no abusen de ella, invocándola en abstrac­to 
y resolviendo finalmente con la misma discrecionalidad de la 
Administración. Cuántas veces habremos leído sentencias en las 
cuales el control de razonabilidad es apenas un ejercicio dogmáti­co 
donde la cuestión se resuelve con un conjunto de afirmaciones 
principistas. Pues bien, este libro demuestra que la razonabilidad 
es mucho más que un concepto jurídico indeterminado y otorga 
a los jueces herramientas sumamente eficaces para limitar el po­der 
de una Administración, que en la Argentina apenas enfrenta 
el límite de los jueces, ante una retirada casi completa de los con­troles 
legislativos. 
Con este libro Ignacio Boulin Victoria se incorpora a la grey 
de estudiosos que han dedicado muchas horas de reflexión a la 
razonabilidad. Lo que comenzó hace siete décadas Juan Fran­cisco 
Linares 2 y se ha nutrido y renovado con la contribución 
fecunda de Juan Cianciardo 3, recibe hoy este nuevo caudal de un 
joven e inspirado autor, que se ha desafiado en la travesía de un 
sendero ya trazado aportándole su propio surco. 
Sólo me resta agradecer a Ignacio la gentileza de haberme 
invitado a prologar esta obra de cuya lectura he disfrutado y 
aprendido. 
Alberto Bianchi 
Buenos Aires, marzo de 2013 
2 J. F. Linares, El Debido Proceso como garantía innominada en la Consti­tución 
Argentina. Razonabilidad de las leyes, Depalma, Buenos Aires, 1944. 
3 J. Cianciardo, El principio de razonabilidad. Del debido proceso sustantivo 
al moderno juicio de proporcionalidad, Ábaco, Buenos Aires, 2004.
Introducción 
La necesidad de democratizar 
la Administración Pública 
A medida que se profundiza en el estudio y la práctica del 
Derecho administrativo, se vuelve más clara la lucha por la jus-ticia 
que tantos libran contra los vicios de una Administración 
Pública rebelde a someterse al imperio de la juridicidad 1. 
Debe reconocerse que durante el siglo pasado muchas bata-llas 
se ganaron, sobre todo, en el frente del control jurisdiccio-nal 
de la función administrativa, donde surgieron y se perfec-cionaron 
técnicas que procuraron disminuir la arbitrariedad 
de la Administración —con razón se ha dicho que la historia 
del Derecho administrativo en el siglo xx puede resumirse en 
los avances del control de la discrecionalidad administrativa 
por parte de la Justicia 2—. 
Uno de los más grandes triunfos fue el refinamiento en la 
utilización del principio de razonabilidad (o de proporcionali-dad 
en el Derecho europeo) como método de fiscalización ju-dicial 
sobre la actividad administrativa. Este principio, que no 
es sino la medición de los actos estatales según una regla de 
sentido común 3, fue delineado por la doctrina y, en forma algo 
lenta pero constante, aplicado por los tribunales. 
1 Cfr. E. García de Enterría, «La lucha contra las inmunidades del poder 
en el Derecho administrativo (poderes discrecionales, poderes de gobierno, 
poderes normativos)», Revista de Administración Pública, España, núm. 38, 
1962, pp. 159-208, http://www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/revistaselectr 
onicas?IDR=1&IDN=38&IDA=22227. 
2 Cfr., entre otros, H. A. Mairal, Control judicial de la Administración Pú­blica, 
Depalma, Buenos Aires, 1984, vol. 2, p. 648. 
3 Cfr. G. Braibant, «Le principe de proportionnalité», en Le Juge et le Droit 
Public. Mélanges offerts a Marcel Waline, Paris, 1974, t. II, p. 298, citado por
18 IGNACIO A. BOULIN VICTORIA 
Pues bien, es en este punto donde se originó la intuición 
que motiva este libro: teniendo el dato de que el control de ra-zonabilidad 
constituye un excelente instrumento para la toma 
de decisiones judiciales, ¿es el juez el único que puede apro-vechar 
todas las potencialidades que el principio de razona-bilidad 
ofrece? ¿O el Poder Ejecutivo y el Congreso pueden, 
también, beneficiarse con su utilización? 
Este problema mostraba una senda, recorrida a través de 
horas de estudio, reflexión y diálogo, en las que se conjugaron 
dos temas de gran interés para quien esto escribe: el principio 
de razonabilidad y la motivación de las decisiones administra-tivas. 
Mi interés por el tema tiene varios orígenes. Por un lado, 
el afán de justicia que tiene cualquier estudiante de Derecho 
con verdadera vocación, me involucró, desde el principio de 
la carrera, en temas relacionados a la defensa de los derechos 
humanos. Conocí así algunas obras del Dr. Fernando Toller, en 
las que encaraba de manera novedosa el principio de razona-bilidad. 
Por otro lado, inquietudes académicas, compartidas 
con mi amigo Luis E. Dates (h.), focalizaron mi atención en la 
cuestión de la motivación de las decisiones públicas, requisito 
indispensable de un Estado respetuoso de la libertad y la digni-dad 
de sus ciudadanos. 
El camino termina con la idea central que pretende aportar 
este trabajo al vasto campo del Derecho: que el principio de ra-zonabilidad, 
estructurado a través de los juicios de idoneidad, 
necesidad, proporcionalidad en sentido estricto y garantía del 
contenido esencial, puede y debe ser utilizado por la Adminis-tración 
para motivar en forma adecuada sus decisiones. 
En este sentido, se propone aquí un cambio de enfoque so-bre 
el Derecho administrativo: no basta con examinarlo des-de 
el punto de vista del control jurisdiccional —casi siempre 
posterior— de decisiones ya tomadas; es necesario estudiar su 
funcionamiento y su discurso en los momentos previos a la 
adopción de las decisiones, para mejorarlas. Sin quitar un ápi-ce 
de trascendencia al control judicial, ante la magnitud de los 
R. Alonso García en el Prólogo al libro de D. Sarmiento Ramírez-Escudero, El 
Control de la Proporcionalidad de la Actividad Administrativa, Tirant lo Blanch, 
Valencia, 2004, p. 19.
La necesidad de democratizar la Administración Pública 19 
problemas que se enfrentan —problemas que afectan a gran-des 
porciones de población, incluso a escalas globales— es más 
urgente conseguir una Administración que camine con paso 
cierto y seguro, que lograr que los jueces enderecen los doble-ces 
y errores una vez que las malas decisiones han sido toma-das. 
Mejores decisiones por parte de la Administración Pública 
es, en definitiva, la meta a alcanzar. 
* * * 
Es realmente imperioso optimizar la calidad de la actuación 
administrativa, a fin de conseguir mejores decisiones públicas. 
Y debe pensarse el cómo desde los presupuestos políticos sobre 
los que se afirma el esquema de poder, uno de los cuales es la 
democracia. Por ende, en nuestro sistema político, esta mejora 
debe transitar por caminos que lleven a la Administración a 
incrementar la transparencia de su obrar y sus características 
democráticas. 
Mejores decisiones —más justas, democráticas y transpa-rentes— 
redundarán en efectos benéficos: menores costos de 
litigio, calidad en la gestión administrativa, disminución de las 
lesiones a los derechos individuales y colectivos, aumento de la 
legitimad política de quienes ejercen el poder. Un largo etcétera 
podría agregarse aquí. 
Este libro se pregunta, e intenta responder, cómo obtener 
esto. Cómo evitar que la Administración Pública actúe arbi-trariamente; 
de qué manera lograr que funcione de modo de-mocrático 
y transparente; qué herramienta idear para que la 
Administración decida de manera razonable. 
La respuesta que se propone consiste en democratizar la 
Administración Pública, requiriéndole justificar exhaustiva-mente 
sus medidas, estandarizando —podría decirse— un 
procedimiento argumentativo que dé certeza y previsibilidad 
a los ciudadanos. Esta argumentación debe estar contenida 
en la decisión, a efectos de mostrar públicamente el razona-miento 
seguido para adoptarla. El procedimiento que aquí se 
sugiere no es otro que el control de razonabilidad, que debe 
ser utilizado por la Administración en la motivación de sus 
decisiones. 
* * *
20 IGNACIO A. BOULIN VICTORIA 
En esta investigación he utilizado, parcialmente, un méto-do 
descriptivo, en el que se constata la situación actual, y doy 
por sabido a causa de su notoriedad que la Administración, en 
muchas ocasiones, restringe ilegítimamente derechos. Tam-bién 
he seguido un método prescriptivo, ofreciendo soluciones 
y alternativas a los problemas planteados. Continuando con lo 
referente a cuestiones metodológicas, he procurado brindar un 
ejemplo en cada una de las cuestiones que expongo, a fin de pro-bar 
la viabilidad empírica de los puntos teóricos pro­puestos. 
El plan del libro se estructura en ocho capítulos. Los pri-meros 
dos tratan de temas básicos del Derecho administrativo. 
Así, en el primer capítulo se indaga sobre las relaciones en-tre 
la democracia y la Administración Pública, examinándose 
algunas exigencias indispensables para que pueda predicarse 
que la Administración es, en rigor, democrática. Entre éstas se 
encuentran el requisito de la participación en el ejercicio del 
poder y, consecuentemente, la apertura de la Administración a 
la discusión pública, así como también la ineludible obligación 
de quienes ejercen funciones administrativas de dar las razo-nes 
de su obrar. 
El segundo capítulo versa sobre el papel que cumple la dis-crecionalidad 
en la Administración moderna. Las considera-ciones 
sobre este tema son necesarias, ya que el principio de 
razonabilidad cobra sentido cuando hay posibilidades de ele-gir 
distintas alternativas —no disponibles cuando se está frente 
a potestades regladas, ante las cuales el control se traslada a 
las normas fundantes de la actividad administrativa 4—. Debe 
señalarse que se proponen matices novedosos en el entendi-miento 
clásico de la noción de discrecionalidad: es criticable la 
concepción tradicional cuando sostiene que ante la existencia 
de una potestad discrecional la Administración puede realizar 
una elección entre varias alternativas igualmente adaptadas a 
la juridicidad. Por lo dicho, propondré aquí que tales alternati-vas 
no pueden, en buena lógica, resultar iguales —a menos que 
efectivamente lo sean— y, por ello, se deberá escoger la más 
conveniente de las opciones posibles. 
El principio de razonabilidad en sí es estudiado en el capí-tulo 
tercero. Se analizan sus orígenes, funciones y estructura 
4 Ver al respecto Sarmiento Ramírez-Escudero, p. 28.
La necesidad de democratizar la Administración Pública 21 
básica, mostrando su utilidad como pauta de control de las me-didas 
que afectan derechos y como forma de argumentación de 
las decisiones públicas. 
En el cuarto capítulo se analizan los alcances y posibilida-des 
del principio de razonabilidad en el control judicial, eva-luando 
la forma en que aquél se introduce en el cauce de la 
función constitucionalmente atribuida al juez. 
La motivación de las decisiones administrativas es vista en 
el capítulo quinto. Allí se considera la comprensión actual de 
la motivación y las deficiencias que la aquejan, que, a su vez, 
vienen dadas por una defectuosa visión de la discrecionalidad. 
La propuesta de utilización del principio de razonabilidad 
por parte de la Administración para superar los límites que 
la motivación tiene en la actualidad se expone en el sexto ca­pítulo. 
Queda, en el capítulo séptimo, el examen de la experiencia 
norteamericana en relación a la idea desarrollada, con sus par-ticularidades 
y matices propios; las conclusiones del libro se 
resumen en el capítulo octavo *. 5 
5* El autor quiere agradecer a F. M. Toller, A. Boulin, J. J. Carbajales, 
S. Duran Cassiet, J. H. Sarmiento García, J. Urrutigoity, S. Elías y A. Fer-nández 
Santander, con quienes ha conversado las ideas que aquí expone. Es-pecial 
agradecimiento es debido a L. E. Dates (h), con quien he tenido el doble 
gusto de escribir algunos artículos sobre el tema —que fueron el germen de 
este libro—, y de discutir en profundidad, a veces a la distancia, los conceptos 
vertidos en este trabajo. También quiere mencionar a V. Benegas, quien revisó 
lo referente a la redacción y estilo. Los posibles errores, es obvio, deben ser 
atribuidos únicamente al autor.
índice 
Pág. 
ABREVIATURAS.......................................................................... 9 
PRÓLOGO..................................................................................... 13 
INTRODUCCIÓN. LA NECESIDAD DE DEMOCRATIZAR 
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA....................................... 17 
CAPÍTULO I. EXIGENCIAS DEMOCRÁTICAS INDISPEN-SABLES 
EN LA ADOPCIÓN DE DECISIONES ADMI-NISTRATIVAS........................................................................ 
23 
1. LOS RECLAMOS DE LA DEMOCRACIA AL DERECHO 
ADMINISTRATIVO................................................................ 23 
A. La democracia como marco del Derecho Administra-tivo 
y el reclamo de la participación.............................. 23 
B. El reclamo de normas y procedimientos facilitadores 
de la discusión pública de los asuntos administra­tivos.................................................................................. 
26 
C. La democracia y el reclamo por el respeto de los de­rechos............................................................................... 
27 
D. La preponderancia de la actividad administrativa so-bre 
la actividad legislativa y el aumento de la poten-cialidad 
dañosa de la Administración............................ 28 
E. La exigencia de realzar la faceta republicana del art. 1 
de la Constitución........................................................... 29 
2. LA DEMOCRATIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN A 
TRAVÉS DE LA DISCUSIÓN PÚBLICA............................... 31 
A. La actuación del Estado —y la Administración— en 
base a razones................................................................. 31
190 índice 
Pág. 
B. La deliberación pública como herramienta para 
encontrar razones que conduzcan a decisiones co­rrectas........................................................................... 
32 
C. La deliberación pública como facilitador de buenas 
decisiones administrativas............................................. 32 
a) Planteo. La retórica del debate democrático.......... 32 
b) Los beneficios de la deliberación previa (o de 
cómo dos cabezas piensan más que una)............... 33 
c) El acatamiento de las decisiones administrativas 
y la mejoría de la gestión administrativa a través 
de la deliberación..................................................... 35 
D. La deliberación pública en la adopción de decisiones 
y el aumento de la legitimidad democrática en el ejer-cicio 
de la función administrativa.................................. 36 
a) Planteo de la cuestión. Breve nota sobre la legiti-midad 
política.......................................................... 36 
b) La situación argentina. Los déficits democráticos 
del sistema presidencialista y la transmisión de 
esos problemas a la Administración....................... 37 
c) La crisis de legitimidad democrática de la Admi-nistración 
causada por las leyes abiertas que dan 
amplios márgenes de decisión................................ 39 
d) La discusión pública como recurso que permite 
aumentar la legitimidad democrática de la Admi-nistración 
Pública.................................................... 40 
e) La legitimidad democrática de la Administración 
y la eficiencia............................................................ 41 
CAPÍTULO II. UNA COMPRENSIÓN DISTINTA DE LA 
DISCRECIONALIDAD ADMINISTRATIVA........................ 43 
1. EL SENTIDO DEL DERECHO ADMINISTRATIVO Y EL 
CONTROL JUDICIAL............................................................. 44 
2. LA VOCACIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO Y LA 
DEFENSA JUDICIAL DE LOS PARTICULARES................. 46 
3. EL OLVIDADO VALOR DE LA DISCRECIONALIDAD........ 46 
A. Las facultades discrecionales y regladas de la Admi-nistración 
Pública........................................................... 48 
B. El concepto tradicional de la discrecionalidad y la in-terdicción 
de la arbitrariedad......................................... 50
índice 191 
Pág. 
C. La falacia de la elección entre indiferentes: lo que es 
distinto no es igual.......................................................... 51 
D. Opciones diversas y elecciones convenientes................ 53 
E. Una explicación gráfica de la idea presentada.............. 54 
F. Una refinación del concepto de discrecionalidad como 
la facultad de escoger la alternativa más conveniente.. 57 
G. Una visión desde la filosofía del Derecho...................... 58 
H. El concepto de discrecionalidad propuesto y la teoría 
de los conceptos jurídicos indeterminados................... 60 
I. Un caso práctico que ejemplifica lo expuesto................ 64 
a) La decisión de llevar adelante los proyectos hi-droeléctricos 
Presidente Kirchner y Gobernador 
Cepernic en la provincia de Santa Cruz.................. 64 
b) Los problemas que presenta el entendimiento clá-sico 
de la discrecionalidad y su solución a través 
de la noción propuesta............................................. 66 
J. La función del Derecho administrativo en la actividad 
discrecional..................................................................... 67 
4. LA IMPORTANCIA DE LOS PROCEDIMIENTOS PRE-VIOS 
EN LA ACTIVIDAD DISCRECIONAL......................... 68 
A. El procedimiento previo como cauce de la función ad-ministrativa..................................................................... 
69 
B. El derecho a la participación ciudadana en los proce-dimientos 
administrativos y los deberes aparejados.... 70 
CAPÍTULO III. EL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD EN 
LAS DECISIONES PÚBLICAS COMO GARANTÍA CON-TRA 
LA ARBITRARIEDAD.................................................. 73 
1. UNA INTRODUCCIÓN AL PRINCIPIO DE RAZONABI­LIDAD..................................................................................... 
74 
A. Fundamento y orígenes del principio de razonabi­lidad................................................................................. 
77 
B. Doble función del principio de razonabilidad............... 77 
a) Pauta de control que determina el contenido esen-cial 
de los derechos.................................................. 78 
b) Forma de argumentación de decisiones................. 78 
2. LA ESTRUCTURA DEL PRINCIPIO DE RAZONABI­LIDAD..................................................................................... 
79
192 índice 
Pág. 
A. Subprincipio de idoneidad............................................. 80 
a) Existencia y publicidad de un fin............................ 80 
b) Fin constitucionalmente permisible....................... 81 
c) Idoneidad en la relación del medio al fin............... 81 
d) Un caso paradigmático: la inspección vaginal a 
las mujeres que visitan internos penitenciarios..... 82 
B. Subprincipio de necesidad............................................. 84 
a) Existencia de pluralidad de medidas idóneas para 
obtener el fin buscado.............................................. 84 
b) Eficacia de la medida para obtener el fin............... 85 
c) Incidencia de la medida elegida en los derechos 
del afectado.............................................................. 85 
d) El subprincipio de necesidad en el caso bajo 
­examen...................................................................... 
86 
C. Subprincipio de proporcionalidad en sentido es­tricto................................................................................ 
87 
a) El método de la ponderación.................................. 88 
b) El peso de los derechos............................................ 89 
c) El peso del fin que se quiere obtener con la medi-da 
estatal................................................................... 89 
d) La proporcionalidad en sentido estricto en el 
ejemplo estudiado en este capítulo......................... 90 
D. Los problemas de la ponderación para evaluar medi-das 
que afectan el contenido esencial de los derechos. 91 
a) El Derecho ante el dilema de la Justicia................. 91 
b) Interés público versus interés privado.................... 92 
E. La garantía del contenido esencial de los derechos 
como complemento al principio de proporcionalidad 
y la construcción del principio de razonabilidad.......... 93 
a) Una nueva forma de entender los derechos: en la 
situación concreta y en su funcionamiento real.... 94 
b) Claves para determinar el contenido esencial de 
los derechos y los bienes públicos........................... 95 
c) El error de inmolar los derechos en el altar del 
bien común............................................................... 96 
d) La armonización del bienestar general y los de­rechos........................................................................ 
97 
e) La armonización en el supuesto de las revisiones 
vaginales................................................................... 99
índice 193 
Pág. 
3. LAS CRÍTICAS A LA UTILIZACIÓN DEL PRINCIPIO DE 
RAZONABILIDAD COMO EL DISFRAZ DE LO IRRAZO-NADO 
Y DOS REFUTACIONES POSIBLES........................ 102 
A. Planteo de las críticas..................................................... 102 
B. Primera refutación: la utilización del principio de ra-zonabilidad 
no evita en forma absoluta las malas de-cisiones, 
pero brinda mayores garantías de adoptar 
decisiones correctas........................................................ 102 
C. Segunda refutación: el derecho siempre necesita de 
personas prudentes que lo apliquen.............................. 103 
CAPÍTULO IV. EL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD EN 
EL CONTROL JUDICIAL: SUS ALCANCES Y POSIBILI-DADES..................................................................................... 
105 
1. LOS ALCANCES DE LA APLICACIÓN JURISDICCIONAL 
DEL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD: SUS APORÍAS Y 
DIFICULTADES...................................................................... 105 
A. Subprincipio de idoneidad............................................. 106 
a) ¿Cuál es el alcance del control judicial sobre el fin 
de una medida?........................................................ 106 
b) ¿Debe el juez adivinar el fin de la medida?............. 107 
c) ¿Cuál es el alcance del examen judicial sobre la 
idoneidad de una medida?...................................... 108 
B. Subprincipio de necesidad en la fiscalización judicial: 
problemas que plantea el control de alternativas......... 109 
a) ¿Qué ocurre cuándo desde cierto punto de vista la 
medida es más benigna o eficaz y desde otro lo es 
menos?...................................................................... 110 
b) ¿Sobre qué momento en relación a la medida ad-ministrativa 
debe el juez aplicar el control?........... 111 
C. Las atribuciones del juez y el subprincipio de propor-cionalidad 
en sentido estricto en el control judicial..... 112 
D. Las dificultades intrínsecas del control del contenido 
esencial............................................................................ 113 
2. CONCLUSIONES SOBRE EL CONTROL JUDICIAL DE 
RAZONABILIDAD.................................................................. 113
194 índice 
Pág. 
CAPÍTULO V. LA MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES AD-MINISTRATIVAS 
Y LA SUPERACIÓN DE SUS CONFI-NES 
ACTUALES..................................................................... 117 
1. LA MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES ADMINISTRA-TIVAS 
EN EL DERECHO ARGENTINO............................... 119 
A. La motivación como exigencia constitucional.............. 119 
B. La motivación en la Ley Nacional de Procedimiento 
Administrativo................................................................. 119 
C. Autonomía del elemento de motivación en el acto ad-ministrativo..................................................................... 
121 
D. Breve nota sobre la discrecionalidad y la motivación.... 122 
2. LOS MOTIVOS DE LA MOTIVACIÓN: HACIA UNA LEC-TURA 
DEMOCRÁTICA DEL DISCURSO ADMINISTRA­TIVO........................................................................................ 
123 
A. La motivación como exigencia política y las carencias 
democráticas de la Administración................................ 124 
B. La Administración como juez y parte y la motivación.. 125 
C. La rendición de cuentas por parte de la Administra-ción.................................................................................. 
126 
D. La motivación y el examen judicial de las decisiones.... 126 
E. La motivación y la transparencia en el obrar estatal.... 127 
F. La motivación mejora el obrar administrativo............. 127 
3. LAS DEFICIENCIAS DE MOTIVACIÓN DE LAS DECISIO-NES 
ADMINISTRATIVAS Y SUS CONSECUENCIAS.......... 128 
A. La nulidad absoluta de la decisión inmotivada............. 129 
B. El sentido del agotamiento de la vía administrativa y 
la subsanación del vicio de falta de motivación............ 130 
C. El acto inmotivado o motivado en forma gravemente 
defectuosa y la presunción de legitimidad.................... 131 
D. La objeción de la nulidad por la nulidad misma en los 
casos de falta de motivación........................................... 131 
CAPÍTULO VI. EL USO DEL PRINCIPIO DE RAZONABI-LIDAD 
EN LA MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES AD-MINISTRATIVAS................................................................... 
135 
1. LA RAZONABILIDAD EN LA MOTIVACIÓN DE LAS DE-CISIONES 
QUE INCIDEN DIRECTAMENTE EN DERE-CHOS 
FUNDAMENTALES.................................................... 136
índice 195 
Pág. 
A. El subprincipio de idoneidad utilizado por la Adminis-tración 
y la operación sobre dos realidades dis­tintas.... 
136 
B. El subprincipio de necesidad en la motivación y las 
potencialidades comparativas........................................ 137 
C. El juicio de proporcionalidad en sentido estricto en la 
función administrativa y el salto de las estrecheces del 
proceso judicial............................................................... 139 
D. La garantía del contenido esencial en la motivación y 
el deber de armonizar..................................................... 140 
2. UN CASO PRÁCTICO. LA SANCIÓN A CONSULTORAS 
POR LA DIFUSIÓN DE ÍNDICES DE PRECIOS: LA UTI-LIZACIÓN 
DE LA RAZONABILIDAD EN DECISIONES 
QUE AFECTAN DERECHOS DE MODO DIRECTO............ 141 
A. Los hechos del caso......................................................... 141 
B. La aplicación del principio de razonabilidad en la de-cisión 
administrativa...................................................... 143 
C. La aplicación del subprincipio de idoneidad en la mo-tivación 
de la decisión que sanciona a la consultora.... 144 
a) La idoneidad comparativa....................................... 144 
b) Los fines expresos y los fines reales........................ 146 
c) La errónea evaluación de idoneidad del medio en 
relación al fin............................................................ 147 
d) Conclusiones en este paso....................................... 148 
D. La aplicación del subprincipio de necesidad................. 148 
a) El análisis comparativo de adecuación de las me-didas.......................................................................... 
148 
b) La incidencia en los derechos de las medidas al-ternativas.................................................................. 
149 
c) Conclusiones de este punto..................................... 150 
E. La aplicación del subprincipio de proporcionalidad 
en sentido estricto........................................................... 150 
a) El análisis de los costos........................................... 150 
b) La evaluación de los beneficios............................... 151 
c) Conclusiones relativas a la motivación en este 
paso........................................................................... 152 
F. La garantía del contenido esencial en la motivación de 
las decisiones administrativas........................................ 152 
a) La determinación del contenido esencial de los 
derechos involucrados............................................. 152
196 índice 
Pág. 
b) La determinación del contenido esencial del bien 
público...................................................................... 153 
c) La armonización entre los derechos y los bienes 
públicos.................................................................... 153 
d) Conclusiones relativas a la motivación en la veri-ficación 
del respeto del contenido esencial............ 153 
3. ALGUNOS MODOS TÍPICOS DE MOTIVAR DECISIONES 
ADMINISTRATIVAS Y SU RELACIÓN CON EL PRINCI-PIO 
DE RAZONABILIDAD.................................................... 154 
A. Motivación que refiere al dictamen................................ 154 
B. La motivación de medidas en las que existió cierta de-liberación 
pública previa................................................ 156 
C. Vinculación de la motivación al caso concreto............. 157 
D. El momento de la motivación........................................ 157 
4. ¿Y SI LA MOTIVACIÓN NO SE REALIZA COMO AQUÍ SE 
PROPONE?............................................................................. 158 
5. PROPUESTA SOBRE EL CONTROL JUDICIAL DE LA 
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA POR DEFECTOS EN LA 
MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES.................................. 159 
A. El control estricto sobre los procedimientos y la moti-vación............................................................................... 
159 
B. El control judicial oportuno de los procedimientos 
previos.............................................................................. 160 
CAPÍTULO VII. LA EXPERIENCIA COMPARADA: ESTA-DOS 
UNIDOS Y LA OFICINA DE INFORMACIÓN Y 
ASUNTOS REGULATORIOS................................................ 165 
1. INTRODUCCIÓN.................................................................... 165 
2. LA HISTORIA DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN Y 
ASUNTOS REGULATORIOS EN ESTADOS UNIDOS......... 166 
3. LA COORDINACIÓN DE LAS ACCIONES REGULATO-RIAS 
Y EL ESTUDIO DE RAZONABILIDAD DE LA MEDI-DA: 
REQUISITOS DE UNA ADMINISTRACIÓN JUSTA...... 167 
4. LA REGULACIÓN SEGÚN LA ORDEN EJECUTIVA 12.291 
DE 1981................................................................................... 168 
5. EL FUNCIONAMIENTO DE OIRA SEGÚN LA OR-DEN 
EJECUTIVA 12.866 DE 1993 DEL PRESIDENTE 
­CLINTON................................................................................ 
169
índice 197 
Pág. 
6. LA ADMINISTRACIÓN OBAMA Y LA OIRA........................ 171 
7. CONCLUSIONES................................................................... 172 
CONCLUSIONES. POR UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLI-CA 
INTELIGENTE................................................................. 175 
1. 20 REGLAS PARA MOTIVAR UNA DECISIÓN EN FOR-MA 
SUFICIENTE................................................................... 176 
2. DECISIONES CREATIVAS, JUSTAS Y RAZONABLES: 
LOS FRUTOS DE UNA ADMINISTRACIÓN DEMOCRÁ- 
TICA........................................................................................ 179 
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FALLOS.......................................................................................... 187

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Decisiones razonables. El uso del principio de razonabilidad en la motivación administrativa. Ignacio A Boulin Victoria. ISBN 9789871775187

  • 1. IGNACIO A. BOULIN VICTORIA DECISIONES RAZONABLES El uso del principio de razonabilidad en la motivación administrativa Prólogo de Alberto B. Bianchi Marcial Pons MADRID | BARCELONA | BUENOS AIRES | SÃO PAULO 2014
  • 2. Son muchas las personas a quienes quisiera dedicar públicamente este libro. Para no faltar a la justicia, limitaré los destinatarios. A Cecilia y Alejandro, mis padres, por todo. A María y Ceci, mis hermanas de la primera tanda. A Marcos y Tomás, que con su llegada me alegraron la vida. A Delfina, por aquel 6 de abril. Y a Guadalupe, que viene en camino mientras escribo estas líneas. Cambridge, Massachusetts, 20 de septiembre de 2013.
  • 3. aBREVIATURAS CSJN Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. ED Revista El Derecho. FDA Fundación de Derecho Administrativo. LL Revista Jurídica Argentina La Ley. LL online Revista Jurídica Argentina La Ley online. LNPA Ley Nacional de Procedimiento Administrativo 19.549. SCBA Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires SCJMza Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza. STC Sentencia del Tribunal Constitucional español.
  • 4. «El Derecho administrativo real no es, por descontado, el de los Boletines Oficiales, pero tampoco el de los repertorios jurisprudenciales. A mi entender, lo fundamental aquí es la Administración en marcha». Alejandro Nieto, «La vocación del Derecho Administrativo de nuestro tiempo», Revista de Administración Pública, España, núm. 76, 1975, p. 15. «Es preciso que el Derecho administrativo no sea un medio falaz de eliminar y escamotear las libertades y garantías constitucionales». Juan Bautista Alberdi, Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, (1852), Ciudad Argentina, Buenos Aires, 1998, p. 77 (§ XVI). «Los tiempos propios de cada uno de estos son: para el que delibera, el tiempo futuro —pues aconseja sobre cosas que han de ser, exhortando o disuadiendo—; para el que juzga, el tiempo pasado —pues el uno acusa y el otro defiende sobre cosas realizadas». Aristóteles, Retórica, libro 1, 1358 a/1359 b.
  • 5. PrÓlogo Ignacio Boulin Victoria es un jurista joven y talentoso. Su juventud es un dato objetivo, las otras dos condiciones se de­muestran con este libro. Quien se conceda el placer de leerlo —y me atrevo a recomendarlo fuertemente— encontrará en estas pá­ginas una prueba de aquello que decía Santiago Ramón y Cajal: no hay temas agotados, sino hombres agotados en los temas. Esto es muy cierto. A veces me he preguntado qué es más difí­cil, abordar un tema novedoso o encontrar novedades en un tema clásico. En ambos, por supuesto, hay un desafío intelectual, pero lo segundo es más arriesgado aún, exige superar el umbral de la repetición monótona, del adocenamiento. Hay que poner nuevas luces en un terreno ya iluminado. En este caso no era sencillo, la razonabilidad es un tema clá­sico del Derecho. Es más que eso aún. Me atrevería a decir que, junto con la buena fe, es como el agua lustral en la cual se baña todo el cuerpo del Derecho. Si las normas y las conductas no son razonables y no se las interpreta y aplica de buena fe, el Derecho, lejos de ser un instrumento de ordenación social encaminado al bienestar general, se convierte en un instrumento de opresión en donde el tirano construye o encuentra la legalidad que le con­viene. Por supuesto que con la invocación abstracta de la razona­bilidad no alcanza. No es una plegaria laica que podamos elevar con fe religiosa. Como todo concepto jurídico indeterminado, la razonabilidad necesita acuciantemente de concreción, de esa re­ducción al caso indispensable para habitar en el mundo jurídico y ser llevada ante los tribunales, que pueden —y deben— ser tem­plos de justicia, pero no son monasterios.
  • 6. 14 PRÓLOGO Esa tarea es la que encontrará el lector en este libro. Como toda mente ordenada y sistemática, el autor ha ido de lo general a lo particular. Comienza con un vibrante allegro que coloca al De­recho administrativo en el campo de la democracia y señala des­de allí lo que éste puede y debe aportar al arca de las libertades. Era necesario. Usualmente tendemos a asociar la democra­cia con los estudios de Derecho constitucional. Parecería que el oxígeno cívico de la República —si me permiten aludirla con las mayúsculas que merece— sólo se respira en el conducto del De­recho constitucional. No obstante, la democracia, que es uno de los edificios más costosos de levantar y más difíciles de mantener, necesita indispensablemente del Derecho administrativo. Es éste quien ordena a la Administración y es a ésta, a su arrolladora fuerza ejecutiva, a su discrecionalidad, a quien debe oponerse la razonabilidad. Por ello —siguiendo los postulados del buen orden expositi­vo— el segundo gran tema que aborda el trabajo es la discrecio­nalidad. Era inevitable. Las instituciones jurídicas nacen como fruto de la necesidad, no son una creación lúdica. Si acudimos a la razonabilidad, es porque debemos controlar la discreciona­lidad. En un mundo genéticamente discrecional, como es el de la Administración, el control por vía de la razonabilidad permite que la discrecionalidad sea usada en dosis necesarias e inocuas a la vez. Finalmente esta es la tarea esencial del Derecho admi­nistrativo, tal como decía Bernard Schwartz 1. Boulin Victoria lo expone con toda claridad y con gran sentido común, cuando des­taca que el problema no consiste en eliminar la discrecionalidad, que de suyo es un intento vano, sino en moderarla, permitiendo su ejercicio razonable, el cual, en ocasiones, es necesario para el buen gobierno. Analizada la discrecionalidad, el trabajo se interna en lo pro­fundo de su tema central, el control de la Administración por vía de la razonabilidad. Es aquí donde el concepto jurídico indeter­minado comienza a cobrar vitalidad, a encarnarse en lo concre­to. Merced a una exposición serena y ordenada van apareciendo todos sus sub principios. Esta exposición es de una gran riqueza doctrinaria, ya que permite comprender que la razonabilidad no 1 «...what is administrative law about if not the control of discretion», B. Schwartz, Administrative Law, 3a ed., Little Brown and Co., 1991, p. 652.
  • 7. PRÓLOGO 15 se agota midiendo la razonable proporción que debe haber en­tre medios y fines, sino que tiene alcances más vastos. Todo ese bagaje permite finalmente el desembarco en el control de razona­bilidad y, más en particular, en la motivación de las decisiones administrativas. Con ello, a lo que se suma un capítulo final so­bre la experiencia en los Estados Unidos, Boulin Victoria cierra el círculo que había comenzado al explicar la importancia del Derecho administrativo en una democracia. Dije al comienzo que la razonabilidad necesita de concreción, de encarnación en el caso para poder ser presentada ante los tri­bunales. Pero esa misma concreción es necesaria también para que los propios jueces no abusen de ella, invocándola en abstrac­to y resolviendo finalmente con la misma discrecionalidad de la Administración. Cuántas veces habremos leído sentencias en las cuales el control de razonabilidad es apenas un ejercicio dogmáti­co donde la cuestión se resuelve con un conjunto de afirmaciones principistas. Pues bien, este libro demuestra que la razonabilidad es mucho más que un concepto jurídico indeterminado y otorga a los jueces herramientas sumamente eficaces para limitar el po­der de una Administración, que en la Argentina apenas enfrenta el límite de los jueces, ante una retirada casi completa de los con­troles legislativos. Con este libro Ignacio Boulin Victoria se incorpora a la grey de estudiosos que han dedicado muchas horas de reflexión a la razonabilidad. Lo que comenzó hace siete décadas Juan Fran­cisco Linares 2 y se ha nutrido y renovado con la contribución fecunda de Juan Cianciardo 3, recibe hoy este nuevo caudal de un joven e inspirado autor, que se ha desafiado en la travesía de un sendero ya trazado aportándole su propio surco. Sólo me resta agradecer a Ignacio la gentileza de haberme invitado a prologar esta obra de cuya lectura he disfrutado y aprendido. Alberto Bianchi Buenos Aires, marzo de 2013 2 J. F. Linares, El Debido Proceso como garantía innominada en la Consti­tución Argentina. Razonabilidad de las leyes, Depalma, Buenos Aires, 1944. 3 J. Cianciardo, El principio de razonabilidad. Del debido proceso sustantivo al moderno juicio de proporcionalidad, Ábaco, Buenos Aires, 2004.
  • 8. Introducción La necesidad de democratizar la Administración Pública A medida que se profundiza en el estudio y la práctica del Derecho administrativo, se vuelve más clara la lucha por la jus-ticia que tantos libran contra los vicios de una Administración Pública rebelde a someterse al imperio de la juridicidad 1. Debe reconocerse que durante el siglo pasado muchas bata-llas se ganaron, sobre todo, en el frente del control jurisdiccio-nal de la función administrativa, donde surgieron y se perfec-cionaron técnicas que procuraron disminuir la arbitrariedad de la Administración —con razón se ha dicho que la historia del Derecho administrativo en el siglo xx puede resumirse en los avances del control de la discrecionalidad administrativa por parte de la Justicia 2—. Uno de los más grandes triunfos fue el refinamiento en la utilización del principio de razonabilidad (o de proporcionali-dad en el Derecho europeo) como método de fiscalización ju-dicial sobre la actividad administrativa. Este principio, que no es sino la medición de los actos estatales según una regla de sentido común 3, fue delineado por la doctrina y, en forma algo lenta pero constante, aplicado por los tribunales. 1 Cfr. E. García de Enterría, «La lucha contra las inmunidades del poder en el Derecho administrativo (poderes discrecionales, poderes de gobierno, poderes normativos)», Revista de Administración Pública, España, núm. 38, 1962, pp. 159-208, http://www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/revistaselectr onicas?IDR=1&IDN=38&IDA=22227. 2 Cfr., entre otros, H. A. Mairal, Control judicial de la Administración Pú­blica, Depalma, Buenos Aires, 1984, vol. 2, p. 648. 3 Cfr. G. Braibant, «Le principe de proportionnalité», en Le Juge et le Droit Public. Mélanges offerts a Marcel Waline, Paris, 1974, t. II, p. 298, citado por
  • 9. 18 IGNACIO A. BOULIN VICTORIA Pues bien, es en este punto donde se originó la intuición que motiva este libro: teniendo el dato de que el control de ra-zonabilidad constituye un excelente instrumento para la toma de decisiones judiciales, ¿es el juez el único que puede apro-vechar todas las potencialidades que el principio de razona-bilidad ofrece? ¿O el Poder Ejecutivo y el Congreso pueden, también, beneficiarse con su utilización? Este problema mostraba una senda, recorrida a través de horas de estudio, reflexión y diálogo, en las que se conjugaron dos temas de gran interés para quien esto escribe: el principio de razonabilidad y la motivación de las decisiones administra-tivas. Mi interés por el tema tiene varios orígenes. Por un lado, el afán de justicia que tiene cualquier estudiante de Derecho con verdadera vocación, me involucró, desde el principio de la carrera, en temas relacionados a la defensa de los derechos humanos. Conocí así algunas obras del Dr. Fernando Toller, en las que encaraba de manera novedosa el principio de razona-bilidad. Por otro lado, inquietudes académicas, compartidas con mi amigo Luis E. Dates (h.), focalizaron mi atención en la cuestión de la motivación de las decisiones públicas, requisito indispensable de un Estado respetuoso de la libertad y la digni-dad de sus ciudadanos. El camino termina con la idea central que pretende aportar este trabajo al vasto campo del Derecho: que el principio de ra-zonabilidad, estructurado a través de los juicios de idoneidad, necesidad, proporcionalidad en sentido estricto y garantía del contenido esencial, puede y debe ser utilizado por la Adminis-tración para motivar en forma adecuada sus decisiones. En este sentido, se propone aquí un cambio de enfoque so-bre el Derecho administrativo: no basta con examinarlo des-de el punto de vista del control jurisdiccional —casi siempre posterior— de decisiones ya tomadas; es necesario estudiar su funcionamiento y su discurso en los momentos previos a la adopción de las decisiones, para mejorarlas. Sin quitar un ápi-ce de trascendencia al control judicial, ante la magnitud de los R. Alonso García en el Prólogo al libro de D. Sarmiento Ramírez-Escudero, El Control de la Proporcionalidad de la Actividad Administrativa, Tirant lo Blanch, Valencia, 2004, p. 19.
  • 10. La necesidad de democratizar la Administración Pública 19 problemas que se enfrentan —problemas que afectan a gran-des porciones de población, incluso a escalas globales— es más urgente conseguir una Administración que camine con paso cierto y seguro, que lograr que los jueces enderecen los doble-ces y errores una vez que las malas decisiones han sido toma-das. Mejores decisiones por parte de la Administración Pública es, en definitiva, la meta a alcanzar. * * * Es realmente imperioso optimizar la calidad de la actuación administrativa, a fin de conseguir mejores decisiones públicas. Y debe pensarse el cómo desde los presupuestos políticos sobre los que se afirma el esquema de poder, uno de los cuales es la democracia. Por ende, en nuestro sistema político, esta mejora debe transitar por caminos que lleven a la Administración a incrementar la transparencia de su obrar y sus características democráticas. Mejores decisiones —más justas, democráticas y transpa-rentes— redundarán en efectos benéficos: menores costos de litigio, calidad en la gestión administrativa, disminución de las lesiones a los derechos individuales y colectivos, aumento de la legitimad política de quienes ejercen el poder. Un largo etcétera podría agregarse aquí. Este libro se pregunta, e intenta responder, cómo obtener esto. Cómo evitar que la Administración Pública actúe arbi-trariamente; de qué manera lograr que funcione de modo de-mocrático y transparente; qué herramienta idear para que la Administración decida de manera razonable. La respuesta que se propone consiste en democratizar la Administración Pública, requiriéndole justificar exhaustiva-mente sus medidas, estandarizando —podría decirse— un procedimiento argumentativo que dé certeza y previsibilidad a los ciudadanos. Esta argumentación debe estar contenida en la decisión, a efectos de mostrar públicamente el razona-miento seguido para adoptarla. El procedimiento que aquí se sugiere no es otro que el control de razonabilidad, que debe ser utilizado por la Administración en la motivación de sus decisiones. * * *
  • 11. 20 IGNACIO A. BOULIN VICTORIA En esta investigación he utilizado, parcialmente, un méto-do descriptivo, en el que se constata la situación actual, y doy por sabido a causa de su notoriedad que la Administración, en muchas ocasiones, restringe ilegítimamente derechos. Tam-bién he seguido un método prescriptivo, ofreciendo soluciones y alternativas a los problemas planteados. Continuando con lo referente a cuestiones metodológicas, he procurado brindar un ejemplo en cada una de las cuestiones que expongo, a fin de pro-bar la viabilidad empírica de los puntos teóricos pro­puestos. El plan del libro se estructura en ocho capítulos. Los pri-meros dos tratan de temas básicos del Derecho administrativo. Así, en el primer capítulo se indaga sobre las relaciones en-tre la democracia y la Administración Pública, examinándose algunas exigencias indispensables para que pueda predicarse que la Administración es, en rigor, democrática. Entre éstas se encuentran el requisito de la participación en el ejercicio del poder y, consecuentemente, la apertura de la Administración a la discusión pública, así como también la ineludible obligación de quienes ejercen funciones administrativas de dar las razo-nes de su obrar. El segundo capítulo versa sobre el papel que cumple la dis-crecionalidad en la Administración moderna. Las considera-ciones sobre este tema son necesarias, ya que el principio de razonabilidad cobra sentido cuando hay posibilidades de ele-gir distintas alternativas —no disponibles cuando se está frente a potestades regladas, ante las cuales el control se traslada a las normas fundantes de la actividad administrativa 4—. Debe señalarse que se proponen matices novedosos en el entendi-miento clásico de la noción de discrecionalidad: es criticable la concepción tradicional cuando sostiene que ante la existencia de una potestad discrecional la Administración puede realizar una elección entre varias alternativas igualmente adaptadas a la juridicidad. Por lo dicho, propondré aquí que tales alternati-vas no pueden, en buena lógica, resultar iguales —a menos que efectivamente lo sean— y, por ello, se deberá escoger la más conveniente de las opciones posibles. El principio de razonabilidad en sí es estudiado en el capí-tulo tercero. Se analizan sus orígenes, funciones y estructura 4 Ver al respecto Sarmiento Ramírez-Escudero, p. 28.
  • 12. La necesidad de democratizar la Administración Pública 21 básica, mostrando su utilidad como pauta de control de las me-didas que afectan derechos y como forma de argumentación de las decisiones públicas. En el cuarto capítulo se analizan los alcances y posibilida-des del principio de razonabilidad en el control judicial, eva-luando la forma en que aquél se introduce en el cauce de la función constitucionalmente atribuida al juez. La motivación de las decisiones administrativas es vista en el capítulo quinto. Allí se considera la comprensión actual de la motivación y las deficiencias que la aquejan, que, a su vez, vienen dadas por una defectuosa visión de la discrecionalidad. La propuesta de utilización del principio de razonabilidad por parte de la Administración para superar los límites que la motivación tiene en la actualidad se expone en el sexto ca­pítulo. Queda, en el capítulo séptimo, el examen de la experiencia norteamericana en relación a la idea desarrollada, con sus par-ticularidades y matices propios; las conclusiones del libro se resumen en el capítulo octavo *. 5 5* El autor quiere agradecer a F. M. Toller, A. Boulin, J. J. Carbajales, S. Duran Cassiet, J. H. Sarmiento García, J. Urrutigoity, S. Elías y A. Fer-nández Santander, con quienes ha conversado las ideas que aquí expone. Es-pecial agradecimiento es debido a L. E. Dates (h), con quien he tenido el doble gusto de escribir algunos artículos sobre el tema —que fueron el germen de este libro—, y de discutir en profundidad, a veces a la distancia, los conceptos vertidos en este trabajo. También quiere mencionar a V. Benegas, quien revisó lo referente a la redacción y estilo. Los posibles errores, es obvio, deben ser atribuidos únicamente al autor.
  • 13. índice Pág. ABREVIATURAS.......................................................................... 9 PRÓLOGO..................................................................................... 13 INTRODUCCIÓN. LA NECESIDAD DE DEMOCRATIZAR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA....................................... 17 CAPÍTULO I. EXIGENCIAS DEMOCRÁTICAS INDISPEN-SABLES EN LA ADOPCIÓN DE DECISIONES ADMI-NISTRATIVAS........................................................................ 23 1. LOS RECLAMOS DE LA DEMOCRACIA AL DERECHO ADMINISTRATIVO................................................................ 23 A. La democracia como marco del Derecho Administra-tivo y el reclamo de la participación.............................. 23 B. El reclamo de normas y procedimientos facilitadores de la discusión pública de los asuntos administra­tivos.................................................................................. 26 C. La democracia y el reclamo por el respeto de los de­rechos............................................................................... 27 D. La preponderancia de la actividad administrativa so-bre la actividad legislativa y el aumento de la poten-cialidad dañosa de la Administración............................ 28 E. La exigencia de realzar la faceta republicana del art. 1 de la Constitución........................................................... 29 2. LA DEMOCRATIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN A TRAVÉS DE LA DISCUSIÓN PÚBLICA............................... 31 A. La actuación del Estado —y la Administración— en base a razones................................................................. 31
  • 14. 190 índice Pág. B. La deliberación pública como herramienta para encontrar razones que conduzcan a decisiones co­rrectas........................................................................... 32 C. La deliberación pública como facilitador de buenas decisiones administrativas............................................. 32 a) Planteo. La retórica del debate democrático.......... 32 b) Los beneficios de la deliberación previa (o de cómo dos cabezas piensan más que una)............... 33 c) El acatamiento de las decisiones administrativas y la mejoría de la gestión administrativa a través de la deliberación..................................................... 35 D. La deliberación pública en la adopción de decisiones y el aumento de la legitimidad democrática en el ejer-cicio de la función administrativa.................................. 36 a) Planteo de la cuestión. Breve nota sobre la legiti-midad política.......................................................... 36 b) La situación argentina. Los déficits democráticos del sistema presidencialista y la transmisión de esos problemas a la Administración....................... 37 c) La crisis de legitimidad democrática de la Admi-nistración causada por las leyes abiertas que dan amplios márgenes de decisión................................ 39 d) La discusión pública como recurso que permite aumentar la legitimidad democrática de la Admi-nistración Pública.................................................... 40 e) La legitimidad democrática de la Administración y la eficiencia............................................................ 41 CAPÍTULO II. UNA COMPRENSIÓN DISTINTA DE LA DISCRECIONALIDAD ADMINISTRATIVA........................ 43 1. EL SENTIDO DEL DERECHO ADMINISTRATIVO Y EL CONTROL JUDICIAL............................................................. 44 2. LA VOCACIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO Y LA DEFENSA JUDICIAL DE LOS PARTICULARES................. 46 3. EL OLVIDADO VALOR DE LA DISCRECIONALIDAD........ 46 A. Las facultades discrecionales y regladas de la Admi-nistración Pública........................................................... 48 B. El concepto tradicional de la discrecionalidad y la in-terdicción de la arbitrariedad......................................... 50
  • 15. índice 191 Pág. C. La falacia de la elección entre indiferentes: lo que es distinto no es igual.......................................................... 51 D. Opciones diversas y elecciones convenientes................ 53 E. Una explicación gráfica de la idea presentada.............. 54 F. Una refinación del concepto de discrecionalidad como la facultad de escoger la alternativa más conveniente.. 57 G. Una visión desde la filosofía del Derecho...................... 58 H. El concepto de discrecionalidad propuesto y la teoría de los conceptos jurídicos indeterminados................... 60 I. Un caso práctico que ejemplifica lo expuesto................ 64 a) La decisión de llevar adelante los proyectos hi-droeléctricos Presidente Kirchner y Gobernador Cepernic en la provincia de Santa Cruz.................. 64 b) Los problemas que presenta el entendimiento clá-sico de la discrecionalidad y su solución a través de la noción propuesta............................................. 66 J. La función del Derecho administrativo en la actividad discrecional..................................................................... 67 4. LA IMPORTANCIA DE LOS PROCEDIMIENTOS PRE-VIOS EN LA ACTIVIDAD DISCRECIONAL......................... 68 A. El procedimiento previo como cauce de la función ad-ministrativa..................................................................... 69 B. El derecho a la participación ciudadana en los proce-dimientos administrativos y los deberes aparejados.... 70 CAPÍTULO III. EL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD EN LAS DECISIONES PÚBLICAS COMO GARANTÍA CON-TRA LA ARBITRARIEDAD.................................................. 73 1. UNA INTRODUCCIÓN AL PRINCIPIO DE RAZONABI­LIDAD..................................................................................... 74 A. Fundamento y orígenes del principio de razonabi­lidad................................................................................. 77 B. Doble función del principio de razonabilidad............... 77 a) Pauta de control que determina el contenido esen-cial de los derechos.................................................. 78 b) Forma de argumentación de decisiones................. 78 2. LA ESTRUCTURA DEL PRINCIPIO DE RAZONABI­LIDAD..................................................................................... 79
  • 16. 192 índice Pág. A. Subprincipio de idoneidad............................................. 80 a) Existencia y publicidad de un fin............................ 80 b) Fin constitucionalmente permisible....................... 81 c) Idoneidad en la relación del medio al fin............... 81 d) Un caso paradigmático: la inspección vaginal a las mujeres que visitan internos penitenciarios..... 82 B. Subprincipio de necesidad............................................. 84 a) Existencia de pluralidad de medidas idóneas para obtener el fin buscado.............................................. 84 b) Eficacia de la medida para obtener el fin............... 85 c) Incidencia de la medida elegida en los derechos del afectado.............................................................. 85 d) El subprincipio de necesidad en el caso bajo ­examen...................................................................... 86 C. Subprincipio de proporcionalidad en sentido es­tricto................................................................................ 87 a) El método de la ponderación.................................. 88 b) El peso de los derechos............................................ 89 c) El peso del fin que se quiere obtener con la medi-da estatal................................................................... 89 d) La proporcionalidad en sentido estricto en el ejemplo estudiado en este capítulo......................... 90 D. Los problemas de la ponderación para evaluar medi-das que afectan el contenido esencial de los derechos. 91 a) El Derecho ante el dilema de la Justicia................. 91 b) Interés público versus interés privado.................... 92 E. La garantía del contenido esencial de los derechos como complemento al principio de proporcionalidad y la construcción del principio de razonabilidad.......... 93 a) Una nueva forma de entender los derechos: en la situación concreta y en su funcionamiento real.... 94 b) Claves para determinar el contenido esencial de los derechos y los bienes públicos........................... 95 c) El error de inmolar los derechos en el altar del bien común............................................................... 96 d) La armonización del bienestar general y los de­rechos........................................................................ 97 e) La armonización en el supuesto de las revisiones vaginales................................................................... 99
  • 17. índice 193 Pág. 3. LAS CRÍTICAS A LA UTILIZACIÓN DEL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD COMO EL DISFRAZ DE LO IRRAZO-NADO Y DOS REFUTACIONES POSIBLES........................ 102 A. Planteo de las críticas..................................................... 102 B. Primera refutación: la utilización del principio de ra-zonabilidad no evita en forma absoluta las malas de-cisiones, pero brinda mayores garantías de adoptar decisiones correctas........................................................ 102 C. Segunda refutación: el derecho siempre necesita de personas prudentes que lo apliquen.............................. 103 CAPÍTULO IV. EL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD EN EL CONTROL JUDICIAL: SUS ALCANCES Y POSIBILI-DADES..................................................................................... 105 1. LOS ALCANCES DE LA APLICACIÓN JURISDICCIONAL DEL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD: SUS APORÍAS Y DIFICULTADES...................................................................... 105 A. Subprincipio de idoneidad............................................. 106 a) ¿Cuál es el alcance del control judicial sobre el fin de una medida?........................................................ 106 b) ¿Debe el juez adivinar el fin de la medida?............. 107 c) ¿Cuál es el alcance del examen judicial sobre la idoneidad de una medida?...................................... 108 B. Subprincipio de necesidad en la fiscalización judicial: problemas que plantea el control de alternativas......... 109 a) ¿Qué ocurre cuándo desde cierto punto de vista la medida es más benigna o eficaz y desde otro lo es menos?...................................................................... 110 b) ¿Sobre qué momento en relación a la medida ad-ministrativa debe el juez aplicar el control?........... 111 C. Las atribuciones del juez y el subprincipio de propor-cionalidad en sentido estricto en el control judicial..... 112 D. Las dificultades intrínsecas del control del contenido esencial............................................................................ 113 2. CONCLUSIONES SOBRE EL CONTROL JUDICIAL DE RAZONABILIDAD.................................................................. 113
  • 18. 194 índice Pág. CAPÍTULO V. LA MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES AD-MINISTRATIVAS Y LA SUPERACIÓN DE SUS CONFI-NES ACTUALES..................................................................... 117 1. LA MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES ADMINISTRA-TIVAS EN EL DERECHO ARGENTINO............................... 119 A. La motivación como exigencia constitucional.............. 119 B. La motivación en la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo................................................................. 119 C. Autonomía del elemento de motivación en el acto ad-ministrativo..................................................................... 121 D. Breve nota sobre la discrecionalidad y la motivación.... 122 2. LOS MOTIVOS DE LA MOTIVACIÓN: HACIA UNA LEC-TURA DEMOCRÁTICA DEL DISCURSO ADMINISTRA­TIVO........................................................................................ 123 A. La motivación como exigencia política y las carencias democráticas de la Administración................................ 124 B. La Administración como juez y parte y la motivación.. 125 C. La rendición de cuentas por parte de la Administra-ción.................................................................................. 126 D. La motivación y el examen judicial de las decisiones.... 126 E. La motivación y la transparencia en el obrar estatal.... 127 F. La motivación mejora el obrar administrativo............. 127 3. LAS DEFICIENCIAS DE MOTIVACIÓN DE LAS DECISIO-NES ADMINISTRATIVAS Y SUS CONSECUENCIAS.......... 128 A. La nulidad absoluta de la decisión inmotivada............. 129 B. El sentido del agotamiento de la vía administrativa y la subsanación del vicio de falta de motivación............ 130 C. El acto inmotivado o motivado en forma gravemente defectuosa y la presunción de legitimidad.................... 131 D. La objeción de la nulidad por la nulidad misma en los casos de falta de motivación........................................... 131 CAPÍTULO VI. EL USO DEL PRINCIPIO DE RAZONABI-LIDAD EN LA MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES AD-MINISTRATIVAS................................................................... 135 1. LA RAZONABILIDAD EN LA MOTIVACIÓN DE LAS DE-CISIONES QUE INCIDEN DIRECTAMENTE EN DERE-CHOS FUNDAMENTALES.................................................... 136
  • 19. índice 195 Pág. A. El subprincipio de idoneidad utilizado por la Adminis-tración y la operación sobre dos realidades dis­tintas.... 136 B. El subprincipio de necesidad en la motivación y las potencialidades comparativas........................................ 137 C. El juicio de proporcionalidad en sentido estricto en la función administrativa y el salto de las estrecheces del proceso judicial............................................................... 139 D. La garantía del contenido esencial en la motivación y el deber de armonizar..................................................... 140 2. UN CASO PRÁCTICO. LA SANCIÓN A CONSULTORAS POR LA DIFUSIÓN DE ÍNDICES DE PRECIOS: LA UTI-LIZACIÓN DE LA RAZONABILIDAD EN DECISIONES QUE AFECTAN DERECHOS DE MODO DIRECTO............ 141 A. Los hechos del caso......................................................... 141 B. La aplicación del principio de razonabilidad en la de-cisión administrativa...................................................... 143 C. La aplicación del subprincipio de idoneidad en la mo-tivación de la decisión que sanciona a la consultora.... 144 a) La idoneidad comparativa....................................... 144 b) Los fines expresos y los fines reales........................ 146 c) La errónea evaluación de idoneidad del medio en relación al fin............................................................ 147 d) Conclusiones en este paso....................................... 148 D. La aplicación del subprincipio de necesidad................. 148 a) El análisis comparativo de adecuación de las me-didas.......................................................................... 148 b) La incidencia en los derechos de las medidas al-ternativas.................................................................. 149 c) Conclusiones de este punto..................................... 150 E. La aplicación del subprincipio de proporcionalidad en sentido estricto........................................................... 150 a) El análisis de los costos........................................... 150 b) La evaluación de los beneficios............................... 151 c) Conclusiones relativas a la motivación en este paso........................................................................... 152 F. La garantía del contenido esencial en la motivación de las decisiones administrativas........................................ 152 a) La determinación del contenido esencial de los derechos involucrados............................................. 152
  • 20. 196 índice Pág. b) La determinación del contenido esencial del bien público...................................................................... 153 c) La armonización entre los derechos y los bienes públicos.................................................................... 153 d) Conclusiones relativas a la motivación en la veri-ficación del respeto del contenido esencial............ 153 3. ALGUNOS MODOS TÍPICOS DE MOTIVAR DECISIONES ADMINISTRATIVAS Y SU RELACIÓN CON EL PRINCI-PIO DE RAZONABILIDAD.................................................... 154 A. Motivación que refiere al dictamen................................ 154 B. La motivación de medidas en las que existió cierta de-liberación pública previa................................................ 156 C. Vinculación de la motivación al caso concreto............. 157 D. El momento de la motivación........................................ 157 4. ¿Y SI LA MOTIVACIÓN NO SE REALIZA COMO AQUÍ SE PROPONE?............................................................................. 158 5. PROPUESTA SOBRE EL CONTROL JUDICIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA POR DEFECTOS EN LA MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES.................................. 159 A. El control estricto sobre los procedimientos y la moti-vación............................................................................... 159 B. El control judicial oportuno de los procedimientos previos.............................................................................. 160 CAPÍTULO VII. LA EXPERIENCIA COMPARADA: ESTA-DOS UNIDOS Y LA OFICINA DE INFORMACIÓN Y ASUNTOS REGULATORIOS................................................ 165 1. INTRODUCCIÓN.................................................................... 165 2. LA HISTORIA DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN Y ASUNTOS REGULATORIOS EN ESTADOS UNIDOS......... 166 3. LA COORDINACIÓN DE LAS ACCIONES REGULATO-RIAS Y EL ESTUDIO DE RAZONABILIDAD DE LA MEDI-DA: REQUISITOS DE UNA ADMINISTRACIÓN JUSTA...... 167 4. LA REGULACIÓN SEGÚN LA ORDEN EJECUTIVA 12.291 DE 1981................................................................................... 168 5. EL FUNCIONAMIENTO DE OIRA SEGÚN LA OR-DEN EJECUTIVA 12.866 DE 1993 DEL PRESIDENTE ­CLINTON................................................................................ 169
  • 21. índice 197 Pág. 6. LA ADMINISTRACIÓN OBAMA Y LA OIRA........................ 171 7. CONCLUSIONES................................................................... 172 CONCLUSIONES. POR UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLI-CA INTELIGENTE................................................................. 175 1. 20 REGLAS PARA MOTIVAR UNA DECISIÓN EN FOR-MA SUFICIENTE................................................................... 176 2. DECISIONES CREATIVAS, JUSTAS Y RAZONABLES: LOS FRUTOS DE UNA ADMINISTRACIÓN DEMOCRÁ- TICA........................................................................................ 179 BIBLIOGRAFÍA............................................................................ 181 FALLOS.......................................................................................... 187