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Software libre vs software propietario
Ventajas y desventajas

Culebro Ju´rez, Montserrat.
a
G´mez Herrera, Wendy Guadalupe.
o
Torres S´nchez, Susana.
a

M´xico, Mayo 2006.
e
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ii
´
Indice general
Agradecimientos.

VII

Pr´logo.
o

IX

Introducci´n.
o
1. Conceptos fundamentales sobre software.
1.1. Definici´n de software. . . . . . . . . . . . . . .
o
1.2. Definici´n de software libre. . . . . . . . . . . .
o
1.3. Definici´n de software propietario. . . . . . . .
o
1.3.1. Software propietario. . . . . . . . . . . .
1.3.2. Objeciones al t´rmino “propietario”. . .
e
1.3.3. Software privativo. . . . . . . . . . . . .
1.3.4. Objeciones al t´rmino “privativo”. . . .
e
1.3.5. Software no libre. . . . . . . . . . . . . .
1.3.6. Objeciones al t´rmino “no libre”. . . . .
e
1.3.7. Software privado. . . . . . . . . . . . . .
1.3.8. Objeciones al t´rmino “privado”. . . . .
e
1.3.9. Software con propietario. . . . . . . . .
1.3.10. Objeciones al t´rmino “con propietario”.
e
1.4. Software semilibre. . . . . . . . . . . . . . . . .
1.5. Freeware. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1.6. Shareware. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1.7. Abandonware. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1.8. Warez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

1

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2. Visi´n hist´rica del software.
o
o
2.1. La importancia del software. . . . . . . . . . . . . . . . .
2.2. Incursi´n de los hackers. . . . . . . . . . . . . . . . . . .
o
2.3. La cultura Unix. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.4. GNU. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.5. Libertad y costo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.6. Linux. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.7. Open Source (c´digo abierto). . . . . . . . . . . . . . . .
o
2.8. El papel del software libre en el crecimiento de Internet.
2.9. Formatos abiertos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.10. Visi´n hist´rica del Software propietario (Microsoft). . .
o
o

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10
10
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12
12
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14
15
15
iii
3. Copyright, copyleft y patentes.
3.1. Copyright. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.1.1. Derecho de autor y Copyright. . . . . . . . . . . . . . .
3.1.2. El contrato de copyright. . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.1.3. Ventajas del copyright. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.1.4. Desventajas del copyright. . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.2. Copyleft. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.2.1. Historia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.2.2. M´todos de aplicar copyleft. . . . . . . . . . . . . . . . .
e
3.2.3. Etimolog´ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ıa.
3.2.4. Tipos de copyleft y relaci´n con otras licencias. . . . . .
o
3.2.5. Ventajas del Copyleft. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.2.6. Desventajas del Copyleft. . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.2.7. Ideolog´ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ıa.
3.2.8. El efecto “v´
ırico” del copyleft. . . . . . . . . . . . . . . .
3.2.9. Explotaci´n comercial de creaciones con copyleft. . . . .
o
3.2.10. Desarrollo de productos industriales con copyleft. . . . .
3.2.11. Comercializaci´n de productos industriales con copyleft.
o
3.2.12. Comercializaci´n de arte con copyleft. . . . . . . . . . .
o
3.3. Definici´n de patentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
o
3.3.1. Patentes de programas de computo o software. . . . . .
3.3.2. Diferencias entre patentes y copyright. . . . . . . . . . .
3.4. Marcas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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4. An´lisis de la Ley Federal del Derecho de Autor mexicana.
a
4.1. Derechos de autor. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4.1.1. Contenido del derecho de autor. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4.1.2. Titulares del derecho de autor. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4.1.3. La regulaci´n de los programas de computaci´n en la Ley Federal del Derecho
o
o
de Autor de M´xico. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
e
4.2. Licencias de software. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4.2.1. Licencias libres. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4.2.2. Licencias propietarias. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5. Ventajas y desventajas del software libre y
5.1. Introducci´n. . . . . . . . . . . . . . . . . .
o
5.2. Ventajas del software libre. . . . . . . . . .
5.3. Desventajas del software libre. . . . . . . .
5.4. Ventajas del software propietario. . . . . . .
5.4.1. Del software propietario en general.
5.4.2. Del software de Microsoft. . . . . . .
5.5. Desventajas del software propietario. . . . .
5.5.1. Del software propietario en general.
5.5.2. Del software de Microsoft . . . . . .

del software
. . . . . . . .
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propietario.
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17
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47
47
48
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56
56
56
57
57
58

Conclusiones.

61

Anexos

69

La propiedad intelectual en el TLCAN.

71

Licencia P´ blica General GNU.
u

85

Licencia P´ blica General Menor.
u

91

iv
Licencia de Documentaci´n Libre GNU.
o

99

Opini´n de Microsoft.
o

105

Respuesta a Microsoft sobre su opini´n.
o

107

Equivalencias

117

Ap´ndices
e

143

Cartas.

145

Respuestas

149

Glosario.

153

Mesograf´
ıa.

157

v
vi
Agradecimientos.
A todos los miembros de la comunidad del software libre:
Por compartir su informaci´n.
o
A Richard Stallman:
Por haber compartido sus puntos de vista.
A Gengis Kanhg Toledo Ram´
ırez:
Por su asesor´ t´cnica.
ıa e

vii
viii
Pr´logo.
o
Las autoras plasman de manera sencilla los conceptos alrededor del software, con la intenci´n de
o
que cualquier persona que carezca de conocimientos t´cnicos logre penetrar en este campo.
e
Abordaron el tema no s´lo desde su aspecto t´cnico, tambi´n muestran el panorama acerca del uso
o
e
e
del software en el campo pr´ctico, econ´mico y social, se˜alando las ventajas y desventajas, dejando
a
o
n
que el lector tome la decisi´n de la viabilidad del uso del software libre o propietario, atendiendo a
o
sus necesidades.
Sin alejarse de la posici´n imparcial adoptada respecto a los dos tipos de software, libre y propietario,
o
han resaltado los beneficios que podr´ producirse en el sector social.
ıan
Las autoras siendo juristas mexicanas, se preocuparon por abordar el estudio y an´lisis del software
a
en el marco jur´
ıdico de M´xico (Ley Federal del Derecho de Autor), con la finalidad de que este
e
trabajo sea el inicio de muchos m´s que analicen y desarrollen el tema del software en M´xico,
a
e
colocando en la balanza los valores de justicia y libertad para la regulaci´n de su uso, creaci´n,
o
o
modificaci´n y redistribuci´n.
o
o
Gengis Kanhg Toledo Ram´
ırez, Junio 2006.

ix
x
Introducci´n.
o
Quisieramos iniciar este apartado comentando que la construcci´n del presente trabajo no se reao
liz´ de manera ortodoxa, ya que el mismo contiene b´squeda de informaci´n tanto en textos bio
u
o
bliogr´ficos como en textos en l´
a
ınea, siendo un soporte importante el uso de Internet, adem´s
a
contiene trabajo emp´
ırico ya que las tres participantes de la presente investigaci´n por muchos
o
a˜os habiamos utilizado software propietario, por ser el de mayor difusi´n y uso que se tiene en
n
o
todos los sectores. Cuando surge la idea de realizar este trabajo para la materia de Inform´tica
a
Jur´
ıdica, poco sab´
ıamos respecto del tema pero nuestra posici´n siempre fue abierta a conocer
o
otras alternativas en todo momento desde una visi´n imparcial, por lo que nos dimos a la tarea de
o
experimentar con dichas alternativas y decidimos utilizar software libre. En la b´squeda de varios
u
programas la elecci´n se encamin´ hacia un paquete de oficina denominado Openoffice.org, en lugar
o
o
del paquete de oficina “office” de Microsoft, y el navegador de internet Mozilla Firefox en lugar de
A
“internet explorer”, adem´s de haberse utilizado L TEXy emacs para la edici´n de este documento.
a
o
Al desarrollar nuestro trabajo de investigaci´n nos dimos a la tarea de b´scar qui´nes son los
o
u
e
principales exponentes tanto del software propietario como del software libre, lo anterior a efecto
de conocer sus posturas y su filosof´ informaci´n que nos servir´ para conformar nuestro marco
ıa,
o
ıa
hist´rico-conceptual y posteriormente poder realizar un an´lisis con la finalidad de establecer las
o
a
repercusiones jur´
ıdicas y sociales del uso de software.
Para tal efecto nos permitimos contactar v´ correo electr´nico -correos que pueden ser consultados
ıa
o
en el ap´ndice- a los siguientes conocedores del tema:
e
1. Mauricio Domingo Donovan (Director Jur´
ıdico de Microsoft M´xico), a qui´n se le solicit´ nos
e
e
o
compartiera tanto su postura como sus razones sobre las ventajas y desventajas de software libre y propietario, asimismo solicitamos su consentimiento para citarla e incluirla en el
trabajo, sin embargo no r ecibimos respuesta a nuestra petici´n.
o
2. Richard Stallman (Fundador del movimiento internacional del software libre, Estados Unidos), al cual se le pregunt´ textualmente lo siguiente: ¿Qu´ perspectivas cree usted que tiene
o
e
el software libre en M´xico y en especial en la administraci´n p´blica, es decir en los gobiere
o u
nos estatales, municipales y federal? Obtuvimos su respuesta de forma inmediata, la cual se
encuentra incluida en el texto del documento.
3. Jordi Masi Hern´ndez (Destacado miembro internacional de software libre, Espa˜a), se le
a
n
hizo una pregunta muy concreta siendo la siguiente ¿si en su opini´n M´xico podr´ impleo
e
ıa
mentar software libre en instituciones gubernamentales en funci´n a la experiencia espa˜ola?
o
n
Lamentablemente no obtuvimos respuesta.
4. Miguel de Icaza (Destacado miembro internacional de software libre, M´xico), al cual nos
e
dirigimos con el conocimiento de su postura en apoyo hacia el software libre ya que se consult´ una carta en la que se˜alaba las ventajas de la aplicaci´n de software libre en M´xico
o
n
o
e
antes de que decidiera el gobierno Foxista iniciar la aplicaci´n del programa e-M´xico deo
e
cidiendo utilizar software propietario (Microsoft). Se le solicit´ nos compartiera su opini´n
o
o
1
respecto a las ventajas o desventajas de haber optado el gobierno por esa opci´n, sin embargo
o
no obtuvimos respuesta alguna.
5. C´ceres Nieto (Profesor-investigador del Instituto de Investigaciones Jur´
a
ıdicas de la UNAM,
M´xico), a qui´n se le solicit´ nos compartiera tanto su postura como sus razones sobre el
e
e
o
tema del presente trabajo, asimismo solicitamos su consentimiento para citarla e incluirla en
el trabajo, sin embargo no recibimos respuesta.
6. Alejandro Pisanty Baruch (Director General de Servicios de C´mputo de la UNAM, M´xico),
o
e
a qui´n se le solicit´ nos comentara su postura as´ como las razones que la sustentaban acerca
e
o
ı
del tema de software, asimismo solicitamos su consentimiento para citarla e incluirla en el
trabajo, sin embargo no recibimos respuesta.
7. Lawrence Lessig (Creador de la figura jur´
ıdica de Creative Commons, Estados Unidos). Su
opini´n es de gran inter´s para nosotras en virtud de que la profesi´n de Lawrence Lessig es
o
e
o
la de abogado, por lo que buscamos su postura legal y para tal efecto se le pregunt´ ¿cu´l era
o
a
su opini´n acerca de las ventajas y desventajas del colpyleft, asimismo qu´ opini´n le merec´
o
e
o
ıa
el tema de las patentes de software? Sin embargo tampoco emiti´ respuesta alguna.
o
Como se observ´, s´lo recibimos respuesta de Richard Stallman y por supuesto nos fue de gran
o o
ayuda para fijar ciertas posturas sobre el tema de software tanto libre como propietario.
Retomando la frase de software propietario quisieramos hacer hincapi´ en este t´rmino, ya que
e
e
fue el que decidimos utilizar para el desarrollo del presente trabajo, razones que se explican en el
cap´
ıtulo primero.
El documento que presentamos como trabajo final fue construido siguiendo par´metros que ayudan
a
a aquellas personas que desconocen tanto el tema como los conceptos y vocabulario utilizado en
la materia de inform´tica, por supuesto no a un nivel de especialista sino dirigido al lector con
a
conocimientos m´s generales.
a
En esta l´gica el texto qued´ dividido en cinco cap´
o
o
ıtulos, los cuales persiguen la finalidad de brindar
al lector, en inicio, el contexto b´sico tanto en un soporte t´cnico inform´tico como en un soporte
a
e
a
legal.
Los dos primero cap´
ıtulos contienen nociones conceptuales sobre los tipos de software que existen en
el mercado, as´ como la evoluci´n del mismo y el momento en el cual se dividen en dos tendencias:
ı
o
el software libre y el software propietario.
El tercer cap´
ıtulo se refiere a las figuras copyrigt, copyleft y patentes, defini´ndolas desde el origen
e
de la palabra asi como su contexto jur´
ıdico, adem´s de su aplicaci´n a los programas de c´mputo.
a
o
o
En el cap´
ıtulo cuarto se efectu´ un an´lisis del marco jur´
o
a
ıdico acerca de las patentes de software y
derechos de autor, las consecuencias de patentar software y su relaci´n con los derechos de autor.
o
El an´lisis consisti´ en la regulaci´n de los programas de c´mputo en la Ley Federal del Derecho
a
o
o
o
de Autor en M´xico y la aplicaci´n de las licencias al software libre, haciendo especial ´nfasis en la
e
o
e
regulaci´n en M´xico.
o
e
Por lo que hace al quinto y ultimo cap´
´
ıtulo, el mismo contiene un an´lisis acerca de las ventajas
a
y desventajas del software libre y propietario, particularizando el papel que Microsoft juega en la
industria del software. Para ello se llev´ a cabo su revisi´n desde los aspectos t´cnicos, econ´micos,
o
o
e
o
pr´cticos, sociales y jur´
a
ıdicos con la finalidad de obtener una visi´n integral e imparcial del objeto
o
de estudio.
Esta obra es libre y esta sometida a las condiciones de una licencia Creative Commons. Este libro puede redistribuirse, copiarse, reutilizarse y mezclarse siempre que se haga con fines
no comerciales y dando cr´dito a sus autoras Montserrat Culebro Ju´rez, Wendy Guadalupe
e
a
G´mez Herrera y Susana Torres S´nchez. Para una copia completa de la licencia visitar la p´gina
o
a
a
http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/mx.
2
Cap´
ıtulo 1

Conceptos fundamentales sobre
software.
1.1.

Definici´n de software.
o

Probablemente la definici´n m´s formal de software es la atribuida a la IEEE (Instituto de Ingeo
a
nieros El´ctricos y Electr´nicos), en su est´ndar 729: la suma total de los programas de c´mputo,
e
o
a
o
procedimientos, reglas, documentaci´n y datos asociados que forman parte de las operaciones de un
o
sistema de c´mputo.1 Bajo esta definici´n el concepto de software va m´s all´ de los programas de
o
o
a
a
c´mputo en sus distintas formas: c´digo fuente, binario o c´digo ejecutable, adem´s de su documeno
o
o
a
taci´n. Es decir, el software es todo lo intangible.2 Software es tambi´n conocido como program´tica
o
e
a
o equipamiento l´gico, esto es el conjunto de programas que puede ejecutar el hardware para la
o
realizaci´n de las tareas de computaci´n a las que se destina. Se trata del conjunto de instrucciones
o
o
que permite la utilizaci´n del ordenador o computador (pc, personal computer). El software es la
o
parte intangible de la computadora, es decir, programas, aplicaciones, etc.

1.2.

Definici´n de software libre.
o

El software libre es aquel que puede ser distribuido, modificado, copiado y usado; por lo tanto, debe
venir acompa˜ado del c´digo fuente para hacer efectivas las libertades que lo caracterizan. Dentro
n
o
de software libre hay, a su vez, matices que es necesario tener en cuenta. Por ejemplo, el software
de dominio p´blico significa que no est´ protegido por el copyright, por lo tanto, podr´ generarse
u
a
ıan
versiones no libres del mismo, en cambio el software libre protegido con copyleft impide a los
redistribuidores incluir alg´n tipo de restricci´n a las libertades propias del software as´ concebido,
u
o
ı
es decir, garantiza que las modificaciones seguir´n siendo software libre. Tambi´n es conveniente no
a
e
confundir el software libre con el software gratuito, ´ste no cuesta nada, hecho que no lo convierte
e
en software libre, porque no es una cuesti´n de precio, sino de libertad.3 Para Richard Stallman el
o
software libre es una cuesti´n de libertad, no de precio. Para comprender este concepto, debemos
o
pensar en la acepci´n de libre como en “libertad de expresi´n”. En t´rminos del citado autor el
o
o
e
software libre se refiere a la libertad de los usuarios para ejecutar, copiar, distribuir, estudiar,
cambiar y mejorar el software. Y se refiere especialmente a cuatro clases de libertad para los
usuarios de software: 1. Libertad 0: la libertad para ejecutar el programa sea cual sea nuestro
1 IEEE Std 729-1993, IEEE Software Engineering Standard 729-1993: Glossary of Software Engineering Terminology. IEEE Computer Society Press, 1993.
2 Software. http://es.wikipedia.org/wiki/Software. Fecha de consulta 24 de mayo de 2006.
3 Stallman, Richard M. Software libre para una sociedad libre. Ed. Traficantes de Sue˜ os. Espa˜ a. 2004. p.99.
n
n

3
Cap´
ıtulo 1
prop´sito. 2. Libertad 1: la libertad para estudiar el funcionamiento del programa y adaptarlo a
o
tus necesidades -el acceso al c´digo fuente es condici´n indispensable para esto-. 3. Libertad 2: la
o
o
libertad para redistribuir copias y ayudar as´ a tu vecino. 4. Libertad 3: la libertad para mejorar
ı
el programa y luego publicarlo para el bien de toda la comunidad -el acceso al c´digo fuente es
o
condici´n indispensable para esto. Software libre es cualquier programa cuyos usuarios gocen de
o
estas libertades. De modo que deber´ ser libre de redistribuir copias con o sin modificaciones,
ıas
de forma gratuita o cobrando por su distribuci´n, a cualquiera y en cualquier lugar. Gozar de
o
esta libertad significa, entre otras cosas, no tener que pedir permiso ni pagar para ello. Asimismo,
deber´ ser libre para introducir modificaciones y utilizarlas de forma privada, ya sea en tu trabajo
ıas
o en tu tiempo libre, sin siquiera tener que mencionar su existencia. Si se decidiera publicar estos
cambios, no se deber´ estar obligado a notific´rselo a ninguna persona ni de ninguna forma en
ıa
a
particular. La libertad para utilizar un programa significa que cualquier individuo u organizaci´n
o
podr´n ejecutarlo desde cualquier sistema inform´tico, con cualquier fin y sin la obligaci´n de
a
a
o
comunic´rselo subsiguientemente ni al desarrollador ni a ninguna entidad en concreto. La libertad
a
para redistribuir copias supone incluir las formas binarias o ejecutables del programa y el c´digo
o
fuente tanto de las versiones modificadas, como de las originales, ya que debemos tener la libertad
para redistribuir tales formas si se encuentra el modo de hacerlo, pues las libertades para hacer
cambios y para publicar las versiones mejoradas requieren de la accesibilidad de c´digo fuente,
o
por supuesto de manera libre, condici´n necesaria del software libre. Cuando hablamos de software
o
libre, debemos evitar utilizar expresiones como “regalar” o “gratis”, ya que se puede caer en el error
de interpretarlo como una mera cuesti´n de precio y no de libertad.4
o

1.3.

Definici´n de software propietario.
o

El software no libre tambi´n es llamado software propietario, software privativo, software privado o
e
software con propietario. Se refiere a cualquier programa inform´tico en el que los usuarios tienen
a
limitadas las posibilidades de usarlo, modificarlo o redistribuirlo (con o sin modificaciones), o que
su c´digo fuente no est´ disponible o el acceso a ´ste se encuentra restringido. En el software no
o
a
e
libre una persona f´
ısica o jur´
ıdica (por nombrar algunos: compa˜´ corporaci´n, fundaci´n) posee
nıa,
o
o
los derechos de autor sobre un software negando o no otorgando, al mismo tiempo, los derechos de
usar el programa con cualquier prop´sito; de estudiar c´mo funciona el programa y adaptarlo a las
o
o
propias necesidades (donde el acceso al c´digo fuente es una condici´n previa); de distribuir copias;
o
o
o de mejorar el programa y hacer p´blicas las mejoras (para esto el acceso al c´digo fuente es un
u
o
requisito previo). De esta manera, un software sigue siendo no libre a´n si el c´digo fuente es hecho
u
o
p´blico, cuando se mantiene la reserva de derechos sobre el uso, modificaci´n o distribuci´n (por
u
o
o
ejemplo, el programa de licencias shared source de Microsoft). No existe consenso sobre el t´rmino
e
a utilizar para referirse al opuesto del software libre. Entre los t´rminos m´s usados, en orden de
e
a
frecuencia de uso (usando como fuente oficiosa una serie de consultas con el buscador Google en
mayo de 2005) se encuentran:

1.3.1.

Software propietario.

La expresi´n software propietario proviene del t´rmino en ingl´s “proprietary software”. En la
o
e
e
lengua anglosajona, “proprietary” significa ((pose´ o controlado privadamente)) (((privately owned
ıdo
and controlled))), que destaca la mantenci´n de la reserva de derechos sobre el uso, modificaci´n
o
o
o redistribuci´n del software. Inicialmente utilizado, pero con el inconveniente que la acepci´n
o
o
proviene de una traducci´n literal del ingl´s, no correspondiendo su uso como adjetivo en el espa˜ol,
o
e
n
de manera que puede ser considerado como un barbarismo. Sin embargo, todav´ es el t´rmino
ıa
e
preferido por cerca del 73 % de los sitios en Internet.
4 Idem.

4
Conceptos fundamentales sobre software.

1.3.2.

Objeciones al t´rmino “propietario”.
e

El t´rmino propietario en espa˜ol resultar´ inadecuado, pues significa que ((tiene derecho de proe
n
ıa
piedad sobre una cosa)), por lo que no podr´ calificarse de “propietario” al software, porque ´ste
ıa
e
no tiene propiedad sobre nada (es decir, no es due˜o de nada) y, adem´s, no podr´ serlo (porque
n
a
ıa
es cosa y no persona). Asimismo, la expresi´n “software propietario” podr´ ser interpretada como
o
ıa
“software sujeto a propiedad” (derechos o titularidad) y su opuesto, el software libre, est´ sujeto al
a
derecho de autor.

1.3.3.

Software privativo.

La expresi´n software privativo fue comenzada a ser utilizada por Richard Stallman, desde el a˜o
o
n
2003, en sus conferencias sobre software libre, pues ser´ m´s adecuada que “software propietario”
ıa a
para definir en espa˜ol al software que no es libre (“proprietary software” en ingl´s). Se realiz´ este
n
e
o
cambio idiom´tico, b´sicamente por las siguientes razones: El t´rmino “privativo” significa que
a
a
e
causa privaci´n o restricci´n de derechos o libertades, es justamente lo que se pretende describir
o
o
con ´l (privaci´n a los usuarios de sus libertades en relaci´n al software). Su uso ha ido en aumento
e
o
o
constante y actualmente se puede constatar que cerca de 20 % de los sitios en Internet lo utilizan.

1.3.4.

Objeciones al t´rmino “privativo”.
e

Este t´rmino har´ referencia a una propiedad diferente a la de ser un software no libre, ya que
e
ıa
la principal acepci´n de “privativo” es que ((causa privaci´n o la significa)). En este sentido, el
o
o
contrario de “software privativo” ser´ “software no privativo”, es decir, sin limitaciones o como se
ıa
le conoce: de dominio p´blico. As´ software libre y su opuesto ser´ ambos conceptos diferentes a
u
ı,
ıan
los sugeridos por “software privativo”. Asimismo, este t´rmino ser´ aplicable, de modo figurativo,
e
ıa
al software cuyo coste es realmente elevado, no pudiendo ser soportado por un particular, caso muy
com´n en el software dise˜ado para realizar labores muy espec´
u
n
ıficas, con independencia a si ´ste es
e
libre o no.

1.3.5.

Software no libre.

La expresi´n software no libre o software no-libre (en ingl´s “non-free software”), actualmente se
o
e
utiliza en 5,5 % de los sitios Internet encontrados.

1.3.6.

Objeciones al t´rmino “no libre”.
e

El t´rmino no libre es usado por la Free Software Foundation “FSF” (Fundaci´n para el Software
e
o
Libre), aunque para agrupar todo el software que no es libre, es decir, incluye al llamado en ingl´s
e
“semi-free software” (software semilibre) y al “propietary software” (puede verse esto en Categories
of Free and Non-Free Software de la FSF, en ingl´s).
e

1.3.7.

Software privado.

La expresi´n software privado es usada por la relaci´n entre los conceptos de (tener) propietario
o
o
y ser privado. Su utilizaci´n es poco difundida, cerca del 1 % de los sitios Internet utilizan este
o
t´rmino.
e
5
Cap´
ıtulo 1

1.3.8.

Objeciones al t´rmino “privado”.
e

Este t´rmino ser´ inadecuado debido a que, en una de sus acepciones, la palabra “privado” se
e
ıa
entiende como ant´nimo de “p´blico”, o sea, que ((no es de propiedad p´blica o estatal, sino que
o
u
u
pertenece a particulares)), provocando que esta categor´ se interprete como no referente al Estado,
ıa
lo que producir´ la exclusi´n del software (no libre) generado por el aparato estatal. Adem´s, al
ıa
o
a
igual que con el t´rmino “software privativo”, el contrario “literal” de “software privado”, es decir,
e
el “software p´blico” se asocia generalmente con software de dominio p´blico.
u
u

1.3.9.

Software con propietario.

La expresi´n software con propietario pretende corregir el defecto de la expresi´n “software propieo
o
tario”, y ser´ m´s cercana al t´rmino m´s utilizado (“propietario”), el cual se podr´ considerar
ıa a
e
a
ıa
una abreviaci´n de ´ste. Su uso sin embargo est´ muy poco difundido (0,1 %).
o
e
a

1.3.10.

Objeciones al t´rmino “con propietario”.
e

Se argumenta en contra del t´rmino “con propietario” justamente su similitud con “proprietary”
e
en ingl´s, que s´lo har´ referencia a un aspecto del software que no es libre, manteniendo una
e
o
ıa
de las principales cr´
ıticas a ´ste (de “software sujeto a derechos” o “propiedad”). Adicionalmente,
e
si “propietario” refiere al titular de los derechos de autor (y est´ claro que no puede referir al
a
usuario, en tanto ´ste es simplemente un cesionario), no resuelve la contradicci´n: todo el software
e
o
libre tiene tambi´n titulares de derechos de autor. En conclusi´n, respecto a los problemas de esta
e
o
acepci´n y para los efectos del presente trabajo tomaremos la concepci´n de “software propietario”,
o
o
tal como lo define la Free Software Foundation “FSF” (Fundaci´n para el software libre), aunque
o
como ya hemos explicado no es la definici´n m´s correcta, si es la que m´s se utiliza en la red
o
a
a
y se refiere a todo software que no satisface los criterios para el software libre establecidos en
la propia fundaci´n. “Propietario” significa que alg´n individuo o compa˜´ tiene la titularidad
o
u
nıa
de los derechos exclusivos de autor sobre una porci´n del software, y al mismo tiempo, niega a
o
otras personas el acceso al c´digo fuente del software y al derecho a copiar, modificar y estudiar el
o
software. El t´rmino “propietario” significa “privadamente apropiado y controlado”.5 Es aquel que
e
no es libre ni semilibre; por lo tanto, su redistribuci´n, modificaci´n y copia est´n prohibidas o,
o
o
a
al menos, tan restringidas que es imposible hacerlas efectivas. Ahora enunciaremos y explicaremos
otros tipos de software que existen, a efecto de proporcionar mayor claridad en cuanto al tema que
nos ocupa en el presente apartado.

1.4.

Software semilibre.

Es aquel que mantiene las mismas caracter´
ısticas que el software libre para los usuarios individuales,
entidades educativas o sin ´nimo de lucro, sin embargo proh´ esas libertades para su uso comercial
a
ıbe
o empresarial.6

1.5.

Freeware.

No tiene una definici´n clara y precisa, sin embargo suele usarse para clasificar al software que
o
puede redistribuirse libremente pero no modificarse, entre otras cosas, porque no est´ disponible su
a
5 Carranza

Torres, Mart´ Problem´tica Jur´
ın.
a
ıdica del software libre. Argentina, LexisNexis, p.102.
Fecha de consulta 24 de
mayo de 2006.
6 http://www.juntadeandalucia.es/averroes/manuales/guadaconceptos.html#GlossG.

6
Conceptos fundamentales sobre software.
c´digo fuente. El freeware no es software libre.7
o

1.6.

Shareware.

Es un software que permite su redistribuci´n, sin embargo no viene acompa˜ado de su c´digo
o
n
o
fuente y, por tanto, no puede ser modificado. Adem´s, pasado un periodo de tiempo, normalmente
a
es necesario pagar una licencia para continuar us´ndolo, luego tampoco es software libre.8
a

1.7.

Abandonware.

El abandonware es “software cuyos derechos de autor ya no son defendido o que ya no est´ siendo
a
vendido por la compa˜´ que lo hizo”, y por eso, se dice que ha sido “abandonado”9 .
nıa

1.8.

Warez.

Si bien “ware” es un sufijo empleado en la jerga inform´tica para formar t´rminos que aluden
a
e
a categor´ de software, “warez” refiere a una categor´ de software distinta de las anteriores.
ıas
ıa
“Warez” es un t´rmino muy usado en las subculturas cracker para aludir a versiones crackeadas de
e
software comercial, versiones en las cuales la protecci´n de los derechos de autor ha sido quitada. Los
o
hackers reconocen este t´rmino, pero no lo usan. Los warez son distribuciones de software sujetas a
e
los derechos de autor, comercializadas en violaci´n a la licencia de derechos de autor del software,
o
en muchos casos la distribuci´n de los warez es ilegal. Las justificaci´n que dan los crackers para
o
o
el uso de los warez incluye la alegada posibilidad de la protecci´n de los derechos de autor y la
o
percibida injusticia de no compartir la informaci´n con aquellos que no podr´ obtenerlo de otra
o
ıan
manera que a trav´s de la compra.10
e

7 Idem.
8 Idem.
9 Carranza
10 Idem,

Torres, Mart´ Problem´tica Jur´
ın.
a
ıdica del Software Libre, op cit., p.119
p.120.

7
8
Cap´
ıtulo 2

Visi´n hist´rica del software.
o
o
2.1.

La importancia del software.

La transici´n que estamos viviendo actualmente hacia una sociedad del conocimiento ha modificado
o
profundamente las relaciones entre las personas, empresas y gobiernos: las empresas usan la Red
para relacionarse con clientes y proveedores, utilizan tambi´n herramientas de gesti´n del conoe
o
cimiento para ser m´s eficientes, los gobiernos mejoran su presencia en Internet y los servicios a
a
los ciudadanos a trav´s de la Red, los usuarios usan las herramientas para mejorar sus relaciones
e
personales. Vamos hacia una sociedad altamente interconectada donde el eje fundamental es la
informaci´n. El software es cada vez m´s el gran intermediario entre la informaci´n y la inteligencia
o
a
o
humana. De forma similar, nos preocupa la libertad para poder acceder a la informaci´n y, si existe
o
censura, nos debe preocupar con igual intensidad qui´n controla este intermediario y qu´ garant´
e
e
ıas
tenemos de su transparencia y fiabilidad. En principio, el software es un programa o un conjunto de
programas inform´ticos que tienen una tarea determinada. Es el procesador de textos que usamos,
a
el controlador de grabaci´n de nuestros espacios televisivos favoritos o las aplicaciones que permiten
o
operar un tel´fono m´vil. El software est´ compuesto por un conjunto de instrucciones que un ordee
o
a
nador ejecuta para poder realizar una funci´n espec´
o
ıfica. Normalmente los programadores escriben
en un lenguaje que los humanos podemos entender y que posteriormente es traducido a secuencias
de unos y ceros que es el unico lenguaje que las m´quinas entienden. El conjunto de ´rdenes en
´
a
o
el lenguaje que los humanos trabajamos se llama c´digo fuente. Sin acceso al c´digo s´lo podemos
o
o
o
usar el programa, no podemos ver c´mo esta hecho o introducir mejoras. Un s´
o
ımil muy utilizado
es el de la receta de cocina, en que el c´digo fuente ser´ las instrucciones que permite confeccionar
o
ıa
un plato. Sin la receta s´lo se puede degustar el plato, pero no sabemos si, al a˜adirle algo, vamos
o
n
en contra de alguno de sus ingredientes, ya que se desconoce su composici´n y la proporci´n. En
o
o
este sentido, el c´digo fuente juega un papel fundamental en c´mo entendemos las libertades del
o
o
software. Para entender la importancia del software se podr´ poner varios ejemplos. A finales de
ıan
los 90 pudimos ver en todo el mundo la preocupaci´n por parte de empresas y gobiernos por las
o
repercusiones que pod´ tener el llamado efecto 2000. El ya famoso error inform´tico era causado
ıa
a
por el hecho de que muchos programas almacenaban la parte de la fecha correspondiente al a˜o
n
usando unicamente dos d´
´
ıgitos, de tal forma, que despu´s del a˜o 99 (el 1999) pod´
e
n
ıamos pasar al
a˜o 00 (¿a˜o 2000 o a˜o 1900?) causando todo tipo de errores en el c´lculo de per´
n
n
n
a
ıodos de tiempo.
Los ordenadores de empresas el´ctricas, centrales nucleares, sistemas de control de aviaci´n, bancos
e
o
y, en general, todo el software de uso cotidiano, tuvieron que ser revisados. Finalmente, algunas
aplicaciones fueron corregidas, otras ya funcionaban correctamente y no hubo que lamentar ninguna
cat´strofe, pero hubo miles de predicciones apocal´
a
ıpticas sobre las consecuencias que pod´ llegar a
ıa
tener este error. Y as´ podr´ haber sido si no se hubiera reparado a tiempo. Cuando los ingenieros
ı
ıa
de software se encuentran ante un programa que no da acceso al c´digo fuente -es decir, que no es
o
libre - no lo pueden entender, y por tanto que no lo pueden arreglar aunque hubieran descubierto un
9
Cap´
ıtulo 2
error y conocieran su soluci´n. Es decir, aunque conocieran la soluci´n se encuentran incapacitados
o
o
para aplicarlo. El software tiene un papel muy destacado en la sociedad y es importante garantizar
m´todos transparentes en sus diferentes fases de producci´n y explotaci´n. El software libre, al dar
e
o
o
acceso al c´digo, es el unico que puede garantizar esta transparencia.
o
´

2.2.

Incursi´n de los hackers.
o

Durante los a˜os 60, los sistemas inform´ticos medianos se popularizaron en algunas universidades.
n
a
Eran todav´ muy caros y estaban b´sicamente destinados a un uso cient´
ıa
a
ıfico. Uno de los centros
de investigaci´n m´s importantes de aquella ´poca era el Massachusetts Institute of Technology
o
a
e
(Instituto de Tecnolog´ de Massachusetts), popularmente conocido por sus siglas MIT, donde
ıa
se realizaban destacados proyectos de investigaci´n. Los sistemas inform´ticos eran en modo de
o
a
texto y las interfaces gr´ficas todav´ no exist´
a
ıa
ıan. De hecho, no exist´ ni siquiera los estudios
ıan
de inform´tica como disciplina. Alrededor de los centros de c´lculo se fueron formando grupos de
a
a
expertos que eran capaces de llevar estas m´quinas hasta l´
a
ımites insospechados y que eran, por
encima de todo, entusiastas de la tecnolog´ Estas personas se denominaron hackers, en el sentido
ıa.
de que eran capaces de encontrar soluciones ingeniosas a problemas complejos. Desgraciadamente,
a˜os m´s tarde, esta palabra se empez´ a utilizar para nombrar a los intrusos inform´ticos que
n
a
o
a
robaban datos o programadores que escrib´ virus, a quienes realmente se debe llamar crackers.
ıan
Durante los a˜os 60 y parte de los 70 era habitual distribuir las aplicaciones junto con su c´digo
n
o
fuente. De esta manera, todo el mundo pod´ participar en el proceso de mejora del software, el
ıa
intercambio de trucos y compartir un esp´
ıritu muy extendido de ayuda entre usuarios que queda
reflejado en los mensajes que circulaban en aquella ´poca en redes como UUNET o Fidonet. Los
e
hackers tienen su propio c´digo de conducta. Para ellos es fundamental garantizar el acceso a
o
la informaci´n y los recursos inform´ticos a todo el mundo. Richard Stallman, por ejemplo, se
o
a
sinti´ especialmente ofendido cuando en su laboratorio de investigaci´n en el Instituto de Tecnolog´
o
o
ıa
de Massachusetts (Massachusetts Institute of Technology, MIT) comenzaron a instaurar contrase˜as
n
para acceder a los sistemas inform´ticos. Stallman propuso a los usuarios del sistema que utilizaran
a
la tecla retorno como contrase˜a que era el equivalente a no utilizarla. Finalmente, las contrase˜as
n
n
fueran instauradas y compartir la informaci´n entre usuarios ya no fue posible como lo hab´ sido
o
ıa
hasta entonces en aquel laboratorio. Para los hackers los retos intelectuales son importantes como
tambi´n lo es ser capaces de compartir sus resultados con el resto de la comunidad. Este modelo,
e
donde prima la compartici´n de informaci´n y el trabajo cooperativo, es bastante similar al que
o
o
tradicionalmente se ha usado en el mundo acad´mico y cient´
e
ıfico. En estos ´mbitos, los resultados
a
de las investigaciones se publican y se divulgan en publicaciones cient´
ıficas, y sirven de base para
´
nuevas investigaciones. Este es principalmente el modelo sobre el que la humanidad ha innovado y
avanzado. Los hackers, a´n hoy en d´ son los principales impulsores y desarrolladores de software
u
ıa,
libre y su ´tica se ha convertido en el c´digo ´tico impl´
e
o
e
ıcito sobre el cual se ha forjado el movimiento.

2.3.

La cultura Unix.

El sistema operativo es el programa que interacciona entre el hardware, el usuario y las aplicaciones.
Sin sistema operativo, un ordenador es s´lo un amasijo de cables y hierro. Unix ha sido el sistema
o
operativo que m´s influencia ha tenido en la historia de la microinform´tica y constituye los funa
a
damentos t´cnicos y, en parte filos´ficos, sobre los cuales se desarroll´ el software libre a principios
e
o
o
de la d´cada de los 80. Actualmente existen en el mercado desde organizadores personales hasta
e
supercomputadores que usan sistemas basados en Unix. Linux es un familiar cercano de los sistemas
Unix. A finales de los a˜os 60, la empresa AT&T se enfrentaba a los crecientes problemas de inten
roperabilidad que representaba tener diferentes ordenadores de diferentes fabricantes con distintos
sistemas operativos. Para solucionarlo crearon el proyecto Multics (Multiplexed Information and
Computing Service) que fracas´ por su extremada complejidad. En 1969, Ken Thompson y Dennis
o
10
Visi´n hist´rica del software.
o
o
Ritchie, dos ingenieros que hab´ trabajado en Multics en los laboratorios Bell, crearon la primera
ıan
versi´n del sistema operativo Unix. Entre las caracter´
o
ısticas que lo hac´ un verdadero avance en
ıan
su tiempo destacan la posibilidad de utilizarlo en diferentes plataformas de hardware y su capacidad
multiusuario y multiproceso. La simplicidad y elegancia en su dise˜o hacen que, m´s de treinta a˜os
n
a
n
despu´s, a´n sea un sistema de ampl´
e
u
ısimo uso, aunque ha sufrido muchas mejoras desde entonces.
Durante los siguientes a˜os, Unix fue evolucionando pero su uso sigui´ limit´ndose exclusivamente
n
o
a
a sistemas ubicados en AT&T. En 1974, Thompson y Ritchie publicaron en el simposium de la
Association for Computing Machinery - ACM - de sistemas operativos un art´
ıculo sobre el sistema
Unix que hab´ dise˜ado. Este fue un punto de inflexi´n, ya que empezaron a recibir peticiones de
ıan
n
o
universidades y centros de c´lculo para poder obtener una copia en cinta de aquel sistema llamado
a
Unix. Gracias a esto, se fue extendiendo progresivamente. AT&T no facilitaba soporte de Unix.
Era un software que deb´ ser mantenido por los propios usuarios. As´ se inici´ la tradici´n de
ıa
ı,
o
o
ayuda entre los propios usuarios que intentaban solucionarse mutuamente problemas fomentando
el intercambio de informaci´n a trav´s de diferentes foros. AT&T tambi´n facilitaba una copia del
o
e
e
c´digo fuente de Unix, al principio por unos pocos d´lares, lo que permiti´ que el sistema pudiera
o
o
o
ser adaptado en las universidades y centros de computaci´n. Una de las universidades que fue pioo
nera en la adopci´n y desarrollo de Unix fue la Universidad de Berkeley. En 1978, liber´ la primera
o
o
versi´n del Unix BSD (Berkeley Software Distribution) que inclu´ varias herramientas dise˜adas
o
ıa
n
en la propia universidad y que mejoraba considerablemente la versi´n original de Unix. Uno de los
o
hackers involucrados en el desarrollo de las primeras versiones de BSD fue Hill Joy, que a˜os m´s
n
a
tarde crear´ Sun Microsystems, donde usar´ Unix como sistema operativo para toda la gama de
ıa
ıan
su hardware. Con el tiempo se formalizaron dos grandes ramas de Unix, una producida en los laboratorios Bell de AT&T y la otra producida en Berkeley bajo el nombre de BSD que estaba basada
en c´digo fuente que AT&T que les proporcion´ a˜os atr´s. Ambas versiones requer´ un pago
o
o n
a
ıan
para obtener una copia del c´digo fuente, aunque la BSD era mucho m´s asequible. En 1979, AT&T
o
a
liber´ la versi´n 7 de su versi´n de Unix y empez´ a poner grandes trabas en la distribuci´n del
o
o
o
o
o
c´digo fuente. Desde Berkeley siguieron innovando, desarrollando mejoras como la implementaci´n
o
o
de sockets y protocolo TCP/IP, sobre el cual se basa la infraestructura de Internet. A principios de
los a˜os ochenta, proliferaron los fabricantes de sistemas como IBM o Hewlett-Packard que facilin
taban con su hardware versiones personalizadas del sistema operativo Unix basadas en la versi´n
o
de AT&T. Algunos otros, como Sun Microsystems o Cray Inc., se basaron en la versi´n de Bero
keley. Esto cre´ un periodo de unos a˜os donde estas versiones de Unix eran incompatibles entre
o
n
s´ pero que luego se solucionar´ al definirse y acordarse la implementaci´n de est´ndares. AT&T
ı
ıa
o
a
fue forjando una actitud de fabricante de software propietario y lleg´ incluso a querellarse contra
o
los autores de BSD Unix. Estas actitudes crearon muchos recelos hac´ AT&T entre la comunidad
ıa
cient´
ıfica y universitaria.

2.4.

GNU.

Con la explosi´n de la microinform´tica, el descenso de precio de los sistemas inform´ticos y su
o
a
a
popularizaci´n entre las empresas, aparecieron las primeras compa˜´ de software. Muchas de ellas
o
nıas
empezaron contratando hackers que estaban alrededor de los centros de c´lculo de las universidades,
a
de forma que ´stas se fueron despoblando de aquellos pioneros. Pero, adem´s, muchas de estas
e
a
empresas creyeron que si denegaban el acceso a los usuarios y a otros desarrolladores al c´digo
o
fuente de las aplicaciones que mejoraban o desarrollaban, podr´ realmente conseguir una ventaja
ıan
´
competitiva. Este fue un punto de inflexi´n importante, ya que se rompi´ con la tradici´n de
o
o
o
compartir el c´digo que hab´ imperado hasta entonces y consecuentemente con la propia ´tica
o
ıa
e
hacker. Poco a poco se fue extendiendo un modelo de c´digo cerrado en el cual el software se vend´
o
ıa
sin el c´digo fuente y, cada vez m´s, las libertades de los usuarios se fueron acortando. Esta fue la
o
a
´poca en que aparecieron t´cnicas como, por ejemplo, las bombas de tiempo que limitaban el periodo
e
e
durante el cual un usuario pod´ utilizar un producto. Los programas shareware popularizar´ m´s
ıa
ıan a
tarde estas bombas de tiempo como sistema para obligar a los usuarios a adquirir una licencia. Una
11
Cap´
ıtulo 2
de las personas que hab´ vivido de cerca toda aquella evoluci´n era Richard Stallman, quien fue
ıa
o
pionero en defender las libertades que se hab´ perdido y acu˜´ el t´rmino “software libre”. El 27
ıan
no
e
de septiembre de 1983 Richard Stallman, muy preocupado por esta p´rdida de libertades, anunciaba
e
en el foro Usenet net-unix.wizards, que empezaba a trabajar sobre una implementaci´n libre de un
o
sistema inspirado en Unix que denominar´ GNU y que estar´ libre de c´digo de AT&T, es decir,
ıa
ıa
o
una implementaci´n desde cero sin posibles problemas legales con AT&T. En el mensaje a Usenet,
o
Stallman explicaba detalladamente su experiencia como desarrollador de sistemas y ped´ la ayuda
ıa
de todo el mundo que quisiera ofrecer parte de su tiempo, dinero o hardware. El 1984, Stallman
cre´ la Free Software Foundation (FSF) con el objetivo de crear el sistema Unix libre GNU y
o
la potenciaci´n del software libre. La definici´n de software libre propuesta por la Free Software
o
o
Foundation, se basa en cuatro libertades b´sicas que cualquier programa considerado libre debe
a
proporcionar:
0: libertad para utilizar el programa para cualquier prop´sito.
o
1: libertad para poder estudiar c´mo funciona el programa. Implica acceso al c´digo fuente
o
o
del mismo.
2: libertad para redistribuir el programa.
3: libertad para hacer modificaciones y distribuir las mejoras. Implica tambi´n acceso al c´digo
e
o
fuente del mismo.
El software libre se basa en la cooperaci´n y la transparencia y garantiza una serie de libertades a
o
los usuarios. Estos aspectos, junto al hecho de que su desarrollo ha sido paralelo al de Internet, han
causado que sea abanderado para un gran n´mero de usuarios que tienen una concepci´n libertaria
u
o
del uso de las nuevas tecnolog´
ıas. Los programas que no son libres se les llaman propietarios o
privativos. Por ejemplo, todas las versiones de Microsoft Windows o Adobe Acrobat son ejemplos
de software propietario.

2.5.

Libertad y costo.

Es habitual que los usuarios confundan el software libre con el software gratuito. Es importante
distinguir entre las libertades que nos proporciona un software y el coste del mismo. Un programa,
por el simple hecho de ser gratuito, no es ni mucho menos libre. Por ejemplo, Internet Explorer
de Microsoft es un programa gratuito pero no es libre, ya que no da a sus usuarios la posibilidad
de estudiarlo (incluyendo el acceso a su c´digo fuente), ni de mejorarlo, ni de hacer p´blicas estas
o
u
mejoras con el c´digo fuente correspondiente, de manera que todo el mundo se pueda beneficiar.
o
Internet Explorer es un programa propietario - en cuanto a las libertades - y gratuito - en cuanto
a su costo -.Existe una distinci´n fundamental entre los programas que garantizan los derechos
o
de distribuci´n y modificaci´n, el software libre, y los que no los garantizan que consideramos
o
o
propietarios. Respecto al coste, cualquier software libre se puede vender, siempre y cuando se
respeten las libertades originales que lo definen. Por ejemplo, la empresa francesa Mandrake o la
norteamericana Novell venden distribuciones de GNU/Linux, y se trata de software libre porque
conserva las libertades que lo definen.

2.6.

Linux.

Durante los a˜os 80, Stallman continu´ trabajando en el desarrollo de las herramientas necesarias
n
o
para crear un sistema operativo completamente libre. Public´ una versi´n del editor GNU Emacs
o
o
y trabaj´ en herramientas que son fundamentales para el movimiento del software libre, como, por
o
12
Visi´n hist´rica del software.
o
o
ejemplo, el compilador GCC o el depurador GDB. Ya en sus inicios Stallman identific´ la necesidad
o
de crear las protecciones jur´
ıdicas necesarias para el software libre. En 1989, public´ la versi´n 1.0
o
o
de la licencia GPL(General Public License)- un proyecto que elaboraba desde el 1985 y que consist´
ıa
en un contrato entre el autor del software y el usuario que garantizaba la cesi´n de los derechos
o
que defin´ al software libre. La licencia GPL era una herramienta legal muy importante dado
ıan
que Stallman hab´ padecido mucho viendo c´mo algunos programadores cog´ c´digo que era
ıa
o
ıan o
software libre, hac´ modificaciones y no aportaban estas modificaciones a la comunidad. En 1991,
ıan
un estudiante finland´s de 21 a˜os llamado Linus Torvalds publicaba en la Red su propio n´cleo de
e
n
u
sistema operativo inspirado en Unix que m´s tarde se denominar´ Linux. R´pidamente, muchos
a
ıa
a
hackers se sumaron a un esfuerzo colectivo para ayudarle a mejorar el n´cleo del sistema operativo y
u
´
creci´ en importancia. Este era precisamente el coraz´n que le faltaba al sistema GNU que Stallman
o
o
estaba dise˜ando. As´ los hackers de Linux fueron adaptando las herramientas de GNU al n´cleo
n
ı,
u
de Linux y crearon las primeras distribuciones GNU/Linux. Estas distribuciones inclu´ Linux
ıan
y todas las herramientas necesarias para que un usuario lo pudiera utilizar. Richard Stallman ha
insistido mucho en el hecho de que el sistema GNU/Linux existe gracias a las aportaciones de la
Free Software Foundation y propone usar la denominaci´n GNU/Linux para referirnos a sistemas
o
completos que incorporan un n´cleo Linux. La mayor´ de usuarios y distribuciones comerciales
u
ıa
siguen hablando de Linux para referirse al sistema y al n´cleo. Linux se ha convertido en el buque
u
insignia del movimiento del software libre, ya que es un sistema operativo completamente libre que
incluye todo tipo de herramientas para servidores y usuarios finales. En 1993, Jordan Hubbard
y otros desarrolladores, bas´ndose en el trabajo previo de la versi´n de Unix de BSD, crearon el
a
o
proyecto FreeBSD con el objetivo de construir una comunidad alrededor de una versi´n libre del ya
o
hist´rico Unix BSD. Sin embargo, para evitar problemas legales tuvieron que reescribir una parte
o
importante del sistema y no fue hasta 1995 que pudieron empezar a ofrecer un sistema libre de
problemas legales. El sistema operativo libre FreeBSD nunca ha gozado de la popularidad de Linux
pero es de amplio uso en Internet y es usado en sitios web como Yahoo!, Hotmail o Apache. Tambi´n
e
es la base para las nuevas versiones del sistema operativo Mac dentro del proyecto Darwin. En 1996,
se inicia el proyecto KDE con el objetivo de desarrollar un entorno de escritorio moderno y sencillo
de usar para Linux. Su decisi´n m´s pol´mica fue basarlo en la librer´ QT escrita por la empresa
o
a
e
ıa
TrollTech. Esta librer´ era entonces gratuita para el uso no comercial pero no era software libre.
ıa
Esta decisi´n enoj´ a la comunidad de software libre, ya que para muchos hackers el objetivo era
o
o
hacer un sistema operativo completamente libre, y una parte tan importante del mismo no pod´
ıa
basarse en software propietario. En 1997, el mexicano Miguel de Icaza lanz´ el proyecto GNOME
o
con el objetivo de desarrollar tambi´n un escritorio moderno y sencillo de usar pero basado en la
e
librer´ GTK que era completamente libre. En septiembre del 2000, TrollTech anunci´ que licenciaba
ıa
o
la librer´ QT bajo la licencia GPL, lo cual la convert´ en libre, pero s´lo para usos libres. Tanto
ıa
ıa
o
KDE como GNOME hoy en d´ son escritorios usados ampliamente en Linux y han alcanzado un
ıa
grado importante de madurez y solidez. El a˜o 1998 fue a˜o especialmente importante para el
n
n
software libre. Netscape anunci´ la publicaci´n bajo licencia libre de su navegador web Netscape
o
o
Communicator 4, hasta ese momento un producto comercial, as´ como la publicaci´n de su c´digo
ı
o
o
fuente bajo el nombre de Mozilla. Este anuncio sorprendi´ a muchos analistas, ya que no ten´
o
ıa
un antecedente en la industria del software. Fue un momento de inflexi´n para el software libre,
o
porque una empresa importante en aquel momento como Netscape hac´ una apuesta firme por
ıa
el movimiento y pon´ a disposici´n de la comunidad un navegador de Internet con las ultimas
ıa
o
´
tecnolog´ El siguiente a˜o Sun Microsystems hacia lo propio con Star Office, creando el proyecto
ıas.
n
OpenOffice.org. En los siguientes meses los mayores fabricantes de bases de datos como IBM y
Oracle anunciaban que soportar´ Linux como plataforma. Lo que supuso un aval ante su uso en
ıan
el mundo empresarial.

13
Cap´
ıtulo 2

2.7.

Open Source (c´digo abierto).
o

Durante el a˜o 1998, Eric S. Raymond, Bruce Pernees y otros hackers involucrados en el desarrollo
n
de software libre lanzaron la Open Software Initiative y propusieron el uso de t´rmino open soure
ce (c´digo abierto) en contraposici´n al t´rmino free software (software libre) como t´rmino m´s
o
o
e
e
a
atractivo al entorno empresarial. El t´rmino free software en el mundo angl´fono creaba una situae
o
ci´n inc´moda debido a la doble acepci´n que en ingl´s tiene el t´rmino free (que puede significar
o
o
o
e
e
gratuito o libre). La gran mayor´ de empresas en Estados Unidos usan principalmente el t´rmino
ıa
e
c´digo abierto para evitar dar la percepci´n que el software libre es un recurso totalmente gratuito
o
o
y para poner ´nfasis en valor diferencial que representa el hecho de que el c´digo fuente est´ dispoe
o
a
nible. Bruce Perens, de la Open Source Iniciative y antiguo coordinador de la distribuci´n de Linux
o
Debian, cre´ una lista de condiciones que debe cumplir un programa para poder ser considerado
o
Open Source. Estas condiciones son muy similares y, de hecho est´n basadas, en las directrices de
a
software libre de Debian. Estas condiciones tambi´n son aplicables a cualquier programa que sea
e
software libre y pueden ayudarnos a matizar sus implicaciones:
1. Libre distribuci´n. No se puede impedir la venta o distribuci´n del programa o parte de ´l.
o
o
e
As´ mismo, tampoco se puede exigir el pago de un canon o tasa a cambio de su distribuci´n
ı
o
por parte de terceros.
2. C´digo fuente. El programa debe incluir su c´digo fuente y no se puede restringir su redistrio
o
buci´n.
o
3. Trabajos derivados. No debe impedirse realizar modificaciones o trabajos derivados del programa y debe permitirse que ´stos sean distribuidos bajo mismos t´rminos del software original.
e
e
4. Integridad del c´digo de fuente original. Puede exigirse que una versi´n modificada del proo
o
grama tenga un nombre y n´mero de versi´n diferente que el programa original para poder
u
o
proteger al autor original de la responsabilidad de estas versiones.
5. No discriminaci´n contra personas o grupos. Las condiciones de uso del programa no pueden
o
discriminar contra una persona o un grupo de personas.
6. No discriminaci´n contra usos. No se puede negar a ninguna persona hacer uso del programa
o
para ning´n fin como, por ejemplo, comercial o militar.
u
7. Distribuci´n de la licencia. Los derechos del programa deben aplicarse a todos quienes se
o
redistribuyen el programa sin ninguna condici´n adicional.
o
8. La licencia no debe ser espec´
ıfica de un producto. Los derechos garantizados al usuario del
programa no deben depender de que el programa forme parte de una distribuci´n o paquete
o
particular de software.
9. La licencia no debe restringir otro software. La licencia no debe poner restricciones en otros
programas que se distribuyen junto con el software licenciado.
10. La licencia debe ser tecnol´gicamente neutra. No puede existir ninguna disposici´n de la
o
o
licencia que obligue al uso de una tecnolog´ concreta.
ıa

2.8.

El papel del software libre en el crecimiento de Internet.

El software libre ha tenido un papel fundamental en el crecimiento y extensi´n de la Red, porque la
o
mayor parte de la infraestructura de Internet se basa en protocolos abiertos. Aproximadamente el
67 % de servidores web emplean Apache, otro gran n´mero usan SendMail para gestionar el env´
u
ıo
de correo electr´nico y pr´cticamente la totalidad de los servidores de nombres (DNS), esenciales
o
a
14
Visi´n hist´rica del software.
o
o
en el funcionamiento de la Red, utilizan el programa BIND o derivados de su c´digo fuente. Tim
o
Berners-Lee, creador de la web, describe c´mo en el a˜o 1993 decidi´ presionar al CERN, donde
o
n
o
trabajaba, para que cediera bajo la licencia GPL, creada por la Free Software Foundation, todo el
software que hab´ creado para realizar la infraestructura de la web hasta entonces. Finalmente, en
ıa
abril de ese mismo a˜o el CERN accedi´ a permitir Es indiscutible la importancia que ha tenido
n
o
el software libre en la extensi´n y el desarrollo de Internet desde sus inicios. Sin la existencia del
o
software libre Internet hoy en d´ probablemente no existir´ Ha sido igualmente importante el
ıa
ıa.
hecho de que los protocolos que definen la arquitectura de Internet sean abiertos y que no hayan
sido controlados por una o varias empresas.

2.9.

Formatos abiertos.

A menudo nos encontramos con creadores de sitios que s´lo prueban sus p´ginas con Microsoft
o
a
Internet Explorer, muchas veces por desconocimiento de la existencia y del grado de implantaci´n
o
de otros navegadores o, en ocasiones, simplemente porque no consideran la compatibilidad como un
tema importante. Internet ha creado sus propios mecanismos para evitar este tipo de situaciones.
En 1994 se cre´ el World Wide Consortium (W3), que agrupa a los principales fabricantes de
o
software de Internet, con la misi´n principal de definir y promover la creaci´n de est´ndares para la
o
o
a
Web. En realidad, cuando hablamos de est´ndares web nos referimos casi siempre a las definiciones
a
y recomendaciones de este consorcio, que ha conseguido que pr´cticamente todos los navegadores
a
modernos funcionen en un grado aceptable con los est´ndares m´s recientes. Esto que hemos visto
a
a
que sucede en la Web, ocurre tambi´n en un ´mbito muy importante: en el intercambio de datos
e
a
entre aplicaciones. Normalmente se definen formatos de intercambio que permiten operar entre
ellas. Pese a que lo deseable ser´ que estos formatos, contenedores de nuestra informaci´n, fueran
ıa
o
conocidos por todos y que no tuvieran restricciones de uso, en ocasiones pueden tener limitaciones
de uso o simplemente no estar documentados. Los formatos libres garantizan la libertad de los
usuarios para intercambiar informaci´n con todo el mundo independientemente de la aplicaci´n
o
o
que utilicen, ya que permiten a cualquier programador desarrollar software que trabaje con estos
formatos. La restricci´n en el acceso de la informaci´n a un determinado navegador o formato
o
o
representa una discriminaci´n contra los usuarios de los otros navegadores o aplicaciones y es un
o
hecho que afecta y preocupa especialmente al mundo del software libre.1

2.10.

Visi´n hist´rica del Software propietario (Microsoft).
o
o

Con la explosi´n de la microinform´tica y con el descenso de precio de los sistemas inform´ticos y
o
a
a
su popularizaci´n entre las empresas, aparecieron las primeras compa˜´ de software. Muchas de
o
nıas
ellas empezaron contratando hackers que estaban alrededor de los centros de c´lculo de las univera
sidades, de forma que ´stas se fueron despoblando de aquellos pioneros. Estas empresas al negar el
e
acceso a los usuarios y a otros desarrolladores al c´digo fuente de las aplicaciones que mejoraban o
o
desarrollaban, comenzaron a conseguir una ventaja competitiva. En ese momento se rompi´ la trao
dici´n de compartir el c´digo que hab´ imperado hasta entonces y consecuentemente con la propia
o
o
ıa
´tica hacker. Se fue extendiendo ese modelo de c´digo cerrado en el cual el software se vend´ sin
e
o
ıa
el c´digo fuente acortando cada vez mas las libertades a los usuarios oblig´ndolos a adquirir una
o
a
licencia. Actualmente, en la inform´tica existe una situaci´n de monopolio en dos de las ´reas m´s
a
o
a
a
importantes para los usuarios: sistemas operativos y aplicaciones ofim´ticas. Cada ordenador del
a
mundo necesita un sistema operativo para poder funcionar. Existen incluso personas que piensan
que el sistema operativo es algo tan b´sico y fundamental en la Sociedad de la Informaci´n que
a
o
1 Masi
Hern´ndez,
a
Jordi.
Software
libre:
t´cnicamente
e
te
sostenible
y
socialmente
justo.
Infonomia.
Espa˜a.
n
2005.
http://www.juntadeandalucia.es/averroes/manuales/guadaconceptos.html#GlossG.

viable,
p.76.

econ´micameno
Disponible
en

15
Cap´
ıtulo 2
deber´ ser declarado un bien p´blico. Microsoft, con las diversas versiones del sistema operativo
ıa
u
Windows, goza de una base instalada de m´s del un 90 % del total de los sistemas operativos del
a
mundo. Esta situaci´n le sit´a en una posici´n de control del mercado muy por delante de sus
o
u
o
competidores. Al ser productor del sistema operativo Windows y de aplicaciones que se ejecutan
sobre ´l -como Microsoft Office-. La multinacional conoce mejor que nadie c´mo sacar provecho
e
o
del sistema. Conoce detalles de su dise˜o a los que nadie m´s tiene acceso al ser un programa
n
a
propietario. Adem´s, sabe con mucha m´s antelaci´n qu´ nuevas funcionalidades tendr´n futuras
a
a
o
e
a
versiones del sistema y c´mo explotarlas. Durante los juicios antimonopolio que Microsoft tuvo en
o
Estados Unidos se propuso que la compa˜´ se dividiera en dos empresas: una que dise˜ar´ los
nıa
n a
sistemas operativos y otra las aplicaciones. Microsoft no s´lo ha utilizado esta ventaja evidente,
o
sino que adem´s en multitud de ocasiones ha tenido pr´cticas ´ticamente cuestionables. Sirva a
a
a
e
modo de ejemplo el caso de DR-DOS. A principios de los 90 Microsoft vend´ MS-DOS como
ıa
principal sistema operativo y empezaba tambi´n a vender Windows 3.1que se ejecutaba encima
e
de MS-DOS. En aquel entonces, la empresa Digital Research comercializaba DR-DOS, un sistema
alternativo y compatible MS-DOS mucho m´s barato y t´cnicamente superior. La alternativa de
a
e
Digital Research fue ganando aceptaci´n y empez´ a ser una amenaza para las ventas de MS-DOS.
o
o
Microsoft decidi´ a˜adir deliberadamente unas instrucciones en el programa Windows 3.1 para que
o n
s´lo se ejecutar´ correctamente 22 si se ejecutaba sobre MS-DOS y diera un mensaje de error si se
o
a
ejecutaba en DR-DOS. Digital Research demand´ a Microsoft. Es simplemente uno de los muchos
o
ejemplos donde Microsoft ha usado su poder sobre la plataforma Windows para da˜ar a la compen
tencia. Otra tendencia de Microsoft es utilizar el sistema operativo como plataforma para integrar
aplicaciones e imponer su tecnolog´ As´ Microsoft decidi´ integrar Internet Explorer en Windows
ıa. ı,
o
dejando a Netscape fuera del mercado o integrar Windows Media Player dejando Real Audio fuera
del sistema. Ambas empresas llevaron a juicio a Microsoft. Despu´s del sistema operativo, la see
gunda aplicaci´n m´s usada por los usuarios es el paquete ofim´tico, es decir, un procesador de
o
a
a
textos, una hoja de c´lculo y las herramientas asociadas. Aqu´ de nuevo Microsoft con su producto
a
ı
Microsoft Office goza de una cuota de mercado similar a la de Windows, es decir, tambi´n de moe
nopolio. Microsoft tiene diversos juicios en Estados Unidos y Europa por pr´cticas monopol´
a
ısticas.
Gobiernos, empresas, y usuarios de todo el mundo dependen de forma exclusiva de este software
propietario. Muchas personas ven en el software libre una soluci´n para romper esta situaci´n de
o
o
monopolio y que el mercado y los usuarios puedan recuperar su libertad. No es de extra˜ar que
n
Microsoft y la comunidad del software libre tengan a menudo roces y discrepancias, ya que la visi´n
o
de la ´tica en el mundo del software son contrapuestas. Ver con recelo a Microsoft es una tendencia
e
en general de la industria inform´tica.2
a

2 Masi

cit.

16

Hern´ndez, Jordi.“Software libre: t´cnicamente viable, econ´micamente sostenible y socialmente justo” op.
a
e
o
Cap´
ıtulo 3

Copyright, copyleft y patentes.
3.1.

Copyright.

El s´
ımbolo del copyright “ c ”, es usado para indicar que una obra est´ sujeta al derecho de autor.
a
El derecho de autor (del franc´s droit d’auteur) es un conjunto de normas y principios que regulan
e
los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el
solo hecho de la creaci´n de una obra literaria, art´
o
ıstica o cient´
ıfica, tanto publicada o que todav´
ıa
no se haya publicado. En el derecho anglosaj´n se utiliza la noci´n de copyright que, por lo general,
o
o
comprende la parte patrimonial de los derechos de autor. Una obra pasa al dominio p´blico cuando
u
los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la
muerte del autor (post mortem auctoris).

3.1.1.

Derecho de autor y Copyright.

El derecho de autor y copyright constituyen dos concepciones sobre la propiedad literaria y art´
ıstica.
El primero proviene de la familia del derecho continental, particularmente del derecho franc´s,
e
mientras que el segundo proviene del derecho anglosaj´n (o common law). El derecho de autor se
o
basa en la idea de un derecho personal del autor, fundado en una forma de identidad entre el autor
y su creaci´n. El derecho moral est´ constituido como emanaci´n de la persona del autor; reconoce
o
a
o
que la obra es expresi´n de la persona del autor y as´ se le protege. La protecci´n del copyright se
o
ı
o
limita estrictamente a la obra, sin considerar atributos morales del autor en relaci´n con su obra,
o
excepto la paternidad; no lo considera como un autor propiamente tal, pero tiene derechos que
determinan las modalidades de utilizaci´n de una obra.
o
Antecedentes hist´ricos.
o
Aunque en la antig¨edad es posible encontrar incipientes ideas acerca de un derecho sobre las obras
u
intelectuales, no es hasta la aparici´n de la imprenta, que permiti´ la distribuci´n y copia masiva
o
o
o
de las obras, cuando surge la necesidad de proteger las obras no como objetos materiales, sino como
fuentes de propiedad intelectual. Formalmente se sit´a el nacimiento del derecho de autor y del
u
copyright durante el siglo XVIII. En la Inglaterra del siglo XVIII los editores de obras (los libreros)
argumentaban la existencia de un derecho a perpetuidad a controlar la copia de los libros que hab´
ıan
adquirido de los autores. Dicho derecho implicaba que nadie m´s pod´ imprimir copias de las obras
a
ıa
sobre las cuales tuvieran el copyright (traducido literalmente como derecho de copia). El Estatuto
de la Reina Ana, aprobado por el parlamento ingl´s en 1710, fue la primera norma sobre copyright
e
de la historia. Esta ley establec´ que todas la obras publicadas recibir´ un plazo de copyright
ıa
ıan
17
Cap´
ıtulo 3
de 14 a˜os, renovable por una vez si el autor se manten´ con vida (o, sea, un m´ximo de 28 a˜os
n
ıa
a
n
de protecci´n). Mientras que todas las obras publicadas antes de 1710 recibir´ un plazo unico
o
ıan
´
de 21 a˜os a contar de esa fecha. Sin embargo, el dominio p´blico en el derecho anglosaj´n s´lo
n
u
o o
naci´ en 1774, tras el caso Donaldson contra Beckett en que se discuti´ la existencia del copyright a
o
o
perpetuidad (la C´mara de los Lores resolvi´ 22 votos a 11 en contra de esa idea). Estados Unidos
a
o
incorpor´ los principios sentados en Inglaterra sobre el copyright. As´ la Constituci´n de 1787, en el
o
ı
o
art´
ıculo I, secci´n 8, cl´usula 8 (la cl´usula del progreso) permite establecer en favor de los autores
o
a
a
“derechos sobre la propiedad creativa” por tiempo limitado. En 1790, el Congreso de Estados Unidos
promulg´ la primera Copyright Act (Ley sobre copyright), creando un sistema federal de copyright
o
y protegi´ndolo por un plazo de catorce a˜os, renovable por igual t´rmino si el autor estaba vivo
e
n
e
a su vencimiento (o, sea, un m´ximo de 28 a˜os de protecci´n). Si no exist´ renovaci´n, su obra
a
n
o
ıa
o
pasaba al dominio p´blico. Mientras, en Estados Unidos, el copyright se convirti´ en un derecho
u
o
de propiedad comerciable, en Francia y Alemania se desarroll´ el derecho de autor, bajo la idea
o
de expresi´n unica del autor. En esa l´
o ´
ınea, el fil´sofo alem´n Kant dec´ que “una obra de arte no
o
a
ıa
puede separarse de su autor”. En Francia en 1777, Beaumarchais (autor la comedia El Barbero de
Sevilla) junto a otros dramaturgos, fund´ la primera organizaci´n para promover el reconocimiento
o
o
de los derechos de los autores. Pero hubo que esperar al final de la Revoluci´n Francesa para que la
o
Asamblea Nacional aprobara la primera Loi du droit d’auteur (Ley de derecho de autor) en 1791.
Evoluci´n del copyright.
o
En 1790, la obras protegidas por la Copyright Act de Estados Unidos eran s´lo los “mapas, cartas
o
de navegaci´n y libros” (no cubr´ las obras musicales o de arquitectura). Este copyright otorgaba al
o
ıa
autor el derecho exclusivo a “publicar” las obras, por lo que s´lo se violaba tal derecho si reimprim´
o
ıa
la obra sin el permiso de su titular. Adem´s, este derecho no se extend´ a las “obras derivadas”
a
ıa
(era un derecho exclusivo sobre la obra en particular), por lo que no imped´ las traducciones o
ıa
adaptaciones de dicho texto. Con los a˜os, el titular del copyright obtuvo el derecho exclusivo a
n
controlar cualquier “publicaci´n” de su obra. Sus derechos se extendieron, de la obra en particular,
o
a cualquier “obra derivada” que pudiera surgir en base a la “obra original”. Asimismo, el Congreso
de Estados Unidos increment´ en 1831 el plazo inicial del copyright de 14 a 28 a˜os (o sea, se lleg´ a
o
n
o
un m´ximo de 42 a˜os de protecci´n) y en 1909 extendi´ el plazo de renovaci´n de 14 a 28 a˜os
a
n
o
o
o
n
(obteni´ndose un m´ximo de 56 a˜os de protecci´n). Y, a partir de los a˜os 50, comenz´ a extender
e
a
n
o
n
o
los plazos existentes en forma habitual (1962, 1976 y 1998).
Campo de aplicaci´n.
o
La protecci´n del derecho de autor abarca unicamente la expresi´n de un contenido, pero no las
o
´
o
ideas. Para su nacimiento no necesita de ninguna formalidad, es decir, no requiere de la inscripci´n
o
en un registro o el dep´sito de copias, los derechos de autor nacen con la creaci´n de la obra. Son
o
o
objeto de protecci´n las obras originales, del campo literario, art´
o
ıstico y cient´
ıfico, cualquiera que
sea su forma de expresi´n, soporte o medio. Entre otras:
o
Libros, folletos y otros escritos;
Obras dram´ticas o dram´tico-musicales;
a
a
Obras coreogr´ficas y las pantomimas;
a
Composiciones musicales con o sin letra;
Obras musicales y otras grabaciones sonoras;
Obras cinematogr´ficas y otras obras audiovisuales;
a
Obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litograf´
ıa;
18
Copyright, copyleft y patentes.
Obras fotogr´ficas;
a
Ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras pl´sticas relativos a la geograf´ a la topograf´
a
ıa,
ıa,
a la arquitectura o a las ciencias;
Programas inform´ticos.
a
Hay varias categor´ de materiales que generalmente no son elegibles para la protecci´n de derecho
ıas
o
´
de autor. Estas incluyen entre otras:
Trabajos que no han sido fijados en una forma de expresi´n tangible. Por ejemplo: obras
o
coreogr´ficas que no han sido escritas o grabadas, o discursos improvisados o presentaciones
a
que no han sido escritas o grabadas.
T´
ıtulos, nombres, frases cortas y lemas, s´
ımbolos o dise˜os familiares, meras variantes de
n
decoraci´n tipogr´fica, letras o colores; meras listas de ingredientes o contenidos.
o
a
Ideas, procedimientos, m´todos, sistemas, procesos, conceptos, principios, descubrimientos,
e
aparatos, como diferenciaciones de una descripci´n, explicaci´n o ilustraci´n.
o
o
o
Obras que consisten totalmente de informaci´n que es de conocimiento p´blico y no repreo
u
sentan un trabajo que tenga un autor original. (Por ejemplo: calendarios, tablas de peso y
estatura, cintas m´tricas o reglas, y listas o tablas obtenidas de documentos p´blicos u otras
e
u
fuentes de uso com´n).
u
Las leyes, reglamentos y dem´s normas. Se pueden publicar pero no dan exclusividad: otros
a
pueden tambi´n publicar ediciones de las leyes. En los casos de obras como concordancias,
e
correlaciones, comentarios y estudios comparativos de las leyes, s´ pueden ser protegidas en
ı
lo que tengan de trabajo original del autor.
Los derechos de autor.
Generalmente le da al due˜o del derecho de autor el derecho exclusivo para hacer y para autorizar
n
a otros a hacer lo siguiente:
Reproducir la obra en copias o fonogramas.
Preparar obras derivadas basadas en la obra.
Distribuir copias o fonogramas de la obra al p´blico vendi´ndolas o haciendo otro tipo de
u
e
transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias.
Presentar la obra p´blicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dram´ticas y cou
a
reogr´ficas, pantomimas, pel´
a
ıculas y otras producciones audiovisuales.
Mostrar la obra p´blicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dram´ticas coreogr´fiu
a
a
cas, pantomimas, obras pict´ricas, gr´ficas y esculturales, incluyendo im´genes individuales
o
a
a
de pel´
ıculas u otras producciones audiovisuales.
En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra p´blicamente a trav´s de la transmisi´n
u
e
o
audiodigital.
La protecci´n del derecho de autor existe desde que la obra es creada de una forma fijada. El derecho
o
de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor que cre´ dicha
o
obra. S´lo el autor o aquellos cuyos derechos derivan del autor pueden reclamar propiedad. Los
o
autores de una obra colectiva son co-due˜os del derecho de autor de dicha obra a menos que haya
n
19
Cap´
ıtulo 3
un acuerdo que indique lo contrario. El derecho de autor de cada contribuci´n individual de una
o
publicaci´n peri´dica o en serie, o cualquier otra obra colectiva, existen a parte del derecho de autor
o
o
de una obra colectiva en su totalidad y est´n conferidos inicialmente al autor de cada contribuci´n.
a
o
La mera posesi´n de un libro, manuscrito, pintura o cualquier otra copia o fonograma le otorga al
o
due˜o el derecho de autor. Los menores de edad pueden reclamar derecho de autor pero las leyes del
n
estado pueden reglamentar cualquier transacci´n relacionada con este tema que incluya a menores.
o
Derechos Patrimoniales: Son aquellos que permiten de manera exclusiva la explotaci´n de la
o
obra hasta un plazo contado a partir de la muerte del ultimo de los autores, posteriormente
´
pasan a formar parte del dominio p´blico pudiendo cualquier persona explotar la obra.
u
Derechos Morales: Los cuales son ligados al autor de manera permanente y son irrenunciables e
imprescriptibles.
Derechos Conexos: Son aquellos que protegen a personas distintas al autor, como pueden ser los
artistas, interpretes, traductores, editores, productores, etc.1

3.1.2.

El contrato de copyright.

El sistema de copyright funciona mediante la concesi´n de privilegios y por lo tanto de beneficios,
o
a los editores y a los autores, pero no lo hace en su provecho. M´s bien lo hace para modificar su
a
comportamiento: proporciona un incentivo a los autores para escribir y editar m´s. En la pr´ctica,
a
a
el gobierno emplea los derechos naturales del p´blico, en nombre del p´blico, como parte de un
u
u
trato para ofrecerle un mayor n´mero de obras editadas. Los expertos en derecho llaman a este
u
concepto el ((contrato de copyright)); como la adquisici´n estatal de una autopista o un avi´n
o
o
usando el dinero de los contribuyentes, excepto que en este caso el gobierno gasta nuestra libertad
en lugar de nuestro dinero. Pero ¿tal y como existe en la actualidad, el contrato supone un buen
trato para el p´blico? Son posibles muchos contratos alternativos; ¿cu´l es el mejor? Cualquier
u
a
medida en relaci´n a la pol´
o
ıtica de copyright es parte de esta cuesti´n. Normalmente los autores
o
se los ceden a los editores; son los editores, y no los autores, quienes suelen ejercer los derechos
y quienes se quedan con la mayor´ de los beneficios, aunque los autores consigan una peque˜a
ıa
n
porci´n. Por eso los editores son los que con frecuencia presionan m´s para aumentar los poderes
o
a
del copyright. Para reflejar mejor la realidad del copyright en lugar del mito, este art´
ıculo se refiere
a los editores antes que a los autores como sujetos de los derechos del copyright. Tambi´n se refiere
e
a los usuarios de las obras protegidas por el copyright como “lectores”, a´n cuando este uso no
u
siempre signifique su lectura, en la medida en que el t´rmino “usuario” resulta lejano y abstracto.
e
¿Cu´l es la manera adecuada de decidir la pol´
a
ıtica de copyright? Si el copyright es un contrato hecho
en nombre del p´blico, deber´ servir ante todo al inter´s p´blico. Dado que no podemos encontrar
u
ıa
e u
este precio m´
ınimo en t´rminos de libertad a trav´s de un concurso p´blico como se hace con
e
e
u
los proyectos de construcci´n, ¿qu´ podemos hacer? Un m´todo posible es reducir los privilegios
o
e
e
del copyright por etapas y observar los resultados. Observando si hay disminuciones apreciables
en el volumen de publicaci´n, aprenderemos que extensi´n del copyright es realmente necesaria
o
o
para llevar a cabo los prop´sitos del p´blico. Esto se debe valorar por medio de la observaci´n
o
u
o
pr´ctica, no por lo que los editores digan que ocurrir´, ya que tienen todos los motivos para hacer
a
a
predicciones exageradas de perdidas si sus poderes se ven reducidos de alg´n modo. La pol´
u
ıtica de
copyright tiene varias dimensiones independientes que pueden ajustarse de forma separada. Despu´s
e
de encontrar el m´
ınimo necesario para una vertiente de esta pol´
ıtica, todav´ ser´ posible reducir
ıa
ıa
otras dimensiones del copyright a la vez que se mantiene el nivel de publicaci´n deseado. Una
o
dimensi´n importante del copyright es su duraci´n, que ahora se encuentra en torno a un siglo de
o
o
media. Reducir el monopolio sobre la copia a diez a˜os, desde la fecha en que una obra es publicada,
n
ser´ un buen primer paso. Otro aspecto del copyright, que cubre la realizaci´n de obras derivadas,
ıa
o
podr´ extenderse por m´s tiempo. ¿Por qu´ contar desde la fecha de publicaci´n? Por que el
ıa
a
e
o
1 Copyright.

20

http://es.wikipedia.org/wiki/Copyright. Fecha de consulta 24 de mayo de 2006.
Copyright, copyleft y patentes.
copyright de las obras no publicadas no limita directamente la libertad los lectores; que tengamos
libertad para copiar una obra es una cuesti´n in´til cuando aun no tenemos una copia. As´ que
o
u
ı
dar a los autores m´s tiempo para publicar un trabajo no hace ning´n da˜o. Los autores -que por
a
u
n
lo general s´ poseen el copyright antes de publicar rara vez elegir´n retrasar la publicaci´n s´lo
ı
a
o o
para alejar el fin del plazo del copyright. ¿Por qu´ diez a˜os? Porque esta es una propuesta segura;
e
n
podemos confiar en el terreno pr´ctico que esta reducci´n tendr´, hoy en d´ poco impacto en la
a
o
a
ıa,
viabilidad general de la edici´n. En muchos medios y g´neros, las obras de ´xito son muy rentables
o
e
e
unos pocos a˜os, y normalmente incluso las obras de ´xito ya no se editan pasados los diez a˜os.
n
e
n
Incluso para las obras de referencia, cuya vida util puede ser de muchas d´cadas, el copyright de
´
e
diez a˜os deber´ de bastar: las ediciones actualizadas se lanzan con regularidad y muchos lectores
n
ıa
comprar´n la ultima versi´n con copyright antes que copiar una versi´n de dominio p´blico con
a
´
o
o
u
diez a˜os de antig¨edad. Diez a˜os todav´ puede ser m´s tiempo del necesario; una vez que las
n
u
n
ıa
a
cosas se estabilicen, podremos probar mayores reducciones para ajustar el sistema. Pero no tenemos
por qu´ aplicar el mismo lapso de tiempo para todas las obras. Mantener la uniformidad extrema
e
de las pol´
ıticas de copyright no es crucial para el inter´s p´blico y la legislaci´n de copyright ya
e u
o
incluye muchas excepciones para medios y usos espec´
ıficos. Ser´ absurdo pagar por cada proyecto
ıa
de autopista al precio de los proyectos m´s dif´
a
ıciles y en las regiones m´s caras de cada pa´ es
a
ıs;
igualmente absurdo “pagar” por todo tipo de arte el precio m´s alto, en t´rminos de libertad,
a
e
que consideramos necesario para un caso determinado. As´ quiz´s las novelas, los diccionarios,
ı,
a
los programas inform´ticos, las canciones, las sinfon´ y las pel´
a
ıas
ıculas deber´ tener un copyright
ıan
con distintas duraciones, de modo que podamos reducir la duraci´n en cada tipo de obra a lo que
o
sea necesario para ese tipo de obras se publiquen. Quiz´ las pel´
a
ıculas con duraci´n mayor de una
o
hora podr´ tener un copyright de 20 a˜os, debido a los costos de producci´n. En el campo de la
ıan
n
o
programaci´n inform´tica, tres a˜os deber´ bastar, dado que los ciclos de un producto son incluso
o
a
n
ıan
m´s cortos. Otra dimensi´n de la pol´
a
o
ıtica de copyright es la magnitud del uso razonable: algunas
formas legalmente permitidas de reproducci´n de un trabajo, total o parcialmente, a´n cuando ´ste
o
u
e
est´ protegido por el copyright. El primer paso natural para reducir este aspecto del copyright es
a
permitir la copia privada sin animo de lucro, ocasional y en peque˜a cantidad, para su distribuci´n
´
n
o
entre individuos. Esto eliminar´ la intrusi´n de la polic´ del copyright en la vida privada de la gente,
ıa
o
ıa
pero probablemente tendr´ poco efecto en las ventas de las obras publicadas. Para las novelas, y en
ıa
general para las obras que se utilizan como entretenimiento, la redistribuci´n textual no comercial
o
podr´ ser una libertad suficiente para los lectores. Los programas inform´ticos, al ser usados
ıa
a
para fines funcionales como para trabajar, exigen libertades adicionales, incluyendo la libertad de
publicar una versi´n mejorada. Sin embargo, en relaci´n a estas libertades un compromiso aceptable
o
o
podr´ ser que estuvieran disponibles universalmente unicamente despu´s de una retraso de dos o
ıa
´
e
tres a˜os con respecto a la publicaci´n del programa. Al igual que consideramos la reducci´n de
n
o
o
la extensi´n del copyright, debemos asegurarnos de que simplemente las empresas medi´ticas no
o
a
lo reemplazar´n con acuerdos de licencia para el usuario final. Ser´ necesario prohibir el uso de
a
ıa
contratos que aplican a la copia restricciones que van m´s all´ que las reguladas por el copyright.
a
a
Dichas limitaciones, que pueden ser prescritas por los contratos no negociados del mercado de
masas, son una parte est´ndar del sistema legal de los Estados Unidos.
a

3.1.3.

Ventajas del copyright.

Si no se utilizara copyright muchos artistas podr´ temer que su trabajo pudiera ser copiado y
ıan
modificado sin reconocer el trabajo al artista inicial. Sin embargo, esto puede traer problemas:
el trabajo del artista podr´ utilizarse de manera contraria a su voluntad, poniendo una
ıa
fotograf´ est´ndar en un cartel racista. Si el artista es reconocido, ser´ entonces asociado
ıa
a
a
aparentemente con un grupo y una ideolog´ que tal vez no comparta. Asimismo, tampoco
ıa
hay garant´ de que se le atribuya el m´rito de su trabajo.
ıa
e
El due˜o o la persona que ha escrito una obra tiene derecho a cobrar por la misma, as´ como
n
ı
por su reproducciones.
21
Cap´
ıtulo 3
Las compa˜´ que distribuyen software propietarios responden ante cualquier problema legal
nıas
que se suscite respecto al posibles reclamos de propiedad intelectual.
Frente a problemas con los programas de los cuales se han comprado sus licencias propietarias,
existe un responsable frente al cual se puede fincar alguna acci´n legal.
o

3.1.4.

Desventajas del copyright.

Origina que en el mercado se generen monopolios, ejemplo de esto es el claro desarrollo
de Microsoft. Los distribuidores de programas generan mercados cautivos, ya que insertan
problemas a sus propios programas a efecto de que se requiera alguna actualizaci´n.
o
Debido al constante cambio tecnol´gico los programas se vuelven obsoletos sumamente r´pido
o
a
por lo que es necesario comprar las nuevas versiones de los programas, o bien, los nuevos
programas que salgan al mercado; por lo que implica un gran gasto para los usuarios. Debido
a las pr´cticas monopolicas que se ejercen actualmente respecto a los programas propietarios,
a
las compa˜´ se aprovechan de ello y fijan altos costos para sus productos, que en muchos
nıas
casos son inaccesibles para muchas personas.
Los altos costos derivados de las pr´cticas monopolicas de los software propietarios han cona
tribuido a la proliferaci´n de la pirateria.
o

3.2.

Copyleft.

El s´
ımbolo del copyleft es “ c ”, es decir, el s´
ımbolo del copyright invertido, viendo hacia la izquierda.
Es utilizado como la contrapartida del s´
ımbolo del copyright, sin embargo no posee reconocimiento
legal.
El t´rmino copyleft describe un grupo de licencias que se aplican a una diversidad de trabajos tales
e
como el software, la literatura, la m´sica y el arte. Una licencia copyleft se basa en las normas
u
sobre el derecho de autor, las cuales son vistas por los defensores del copyleft como una manera
de restringir el derecho de hacer y redistribuir copias de un trabajo determinado, para garantizar
que cada persona que recibe una copia o una versi´n derivada de un trabajo, pueda a su vez usar,
o
modificar y redistribuir tanto el propio trabajo como las versiones derivadas del mismo. As´ y
ı,
en un entorno no legal, el copyleft puede considerarse como opuesto al copyright. Los vocablos
ingleses “right” y “left” adem´s significan “derecha” e “izquierda” respectivamente, lo que acent´a
a
u
la diferencia entre ambos conceptos. Una posible traducci´n al espa˜ol ser´ “izquierdos de autor”,
o
n
ıa
en contraste con los derechos de autor. En la pr´ctica sin embargo el t´rmino se deja sin traducir.
a
e
Curiosamente, “left” tambi´n se puede traducir como dejado o abandonado mientras que “right” es
e
derecho o recto. Los autores y desarrolladores usan el copyleft en sus creaciones como medio para
que otros puedan continuar el proceso de ampliar y mejorar su trabajo.

3.2.1.

Historia.

Pese a que el concepto de copyleft puede aplicarse hoy en d´ a una amplia variedad de trabajos,
ıa
sus ra´
ıces se encuentran en el mundo del software, m´s concretamente en la ´poca en la que el
a
e
padre del software libre, Richard Stallman, trabajaba en un int´rprete de Lisp. Por aquel entonces,
e
la compa˜´ Symbolics se interes´ por el trabajo de Stallman y ´ste, accedi´ a proporcionarles una
nıa
o
e
o
versi´n del int´rprete bajo dominio p´blico. M´s tarde, Symbolics ampli´ y mejor´ el software de
o
e
u
a
o
o
Stallman, pero cuando ´ste ultimo quiso acceder a dichas modificaciones, la compa˜´ se neg´. Fue
e
´
nıa
o
entonces, en 1984, cuando Stallman decidi´ ponerse a trabajar para erradicar este tipo de como
portamiento, al que bautiz´ con el nombre de “acaparamiento del software” (“software hoarding”).
o
22
Copyright, copyleft y patentes.
Como a Stallman le pareci´ poco viable, a corto plazo, eliminar las leyes del copyright as´ como
o
ı
las injusticias que consideraba provocadas por su perpetuamiento, decidi´ trabajar dentro del maro
co legal existente y cre´ as´ su propia licencia de copyright, la Licencia P´blica General de GNU
o ı
u
(GPL), la primera licencia copyleft. Por primera vez, el titular de los derechos de autor pod´ si
ıa,
as´ lo deseaba, transferir de manera permanente el m´ximo n´mero de derechos al usuario de un
ı
a
u
programa, sin importar cualquier revisi´n posterior que alguien pudiera hacer sobre el programa
o
original. Con esta medida no se conced´ derechos al p´blico en general, solamente a aquellos que
ıan
u
ya hab´ recibido una copia del programa, pero era lo mejor que pod´ hacerse bajo la ley existente.
ıan
ıa
A la nueva licencia no se le puso a´n la etiqueta de copyleft. El copyleft es un m´todo para convertir
u
e
un programa en software libre y exigir que todas las versiones del mismo, modificadas o ampliadas,
tambi´n lo sean. La forma m´s sencilla de hacer que un programa sea libre es ponerlo en el dominio
e
a
p´blico, sin derechos reservados. Esto permite a la gente compartir el programa y sus mejoras, si
u
as´ lo desean. Pero asimismo permite, a quienes no crean en la cooperaci´n, convertir el programa
ı
o
en software propietario. Pueden hacer cambios, muchos o pocos, y distribuir su resultado como un
producto propietario. Las personas que reciben el programa con esas modificaciones no gozan de
la libertad que les dio el autor original; el intermediario les ha despojado de ella. En el proyecto
GNU, el objetivo es proporcionarle a todos los usuarios la libertad para redistribuir y modificar el
software GNU. Si los intermediarios pudieran eliminar esa libertad, ver´
ıamos aumentar el n´mero
u
de usuarios, pero esos usuarios no dispondr´ de libertad. As´ que, en vez de poner software GNU
ıan
ı
en el dominio p´blico, se protege con copyleft. De acuerdo con el copyleft, cualquiera que distribuya
u
software, con o sin modificaciones, debe traspasar con ´l la libertad para copiarlo y modificarlo.
e
El copyleft garantiza que cada usuario goce de esta libertad. El copyleft tambi´n incentiva a otros
e
usuarios a introducir mejoras en el software libre. Programas importantes como el compilador GNU
existen gracias a esto. El copyleft tambi´n ayuda a estos usuarios que deseen contribuir a mejorar
e
el software libre al darles autorizaci´n para ello. Un usuario puede querer aportar sus cambios a
o
la comunidad, pero su empresa preferir´ convertir sus modificaciones en un producto de software
a
propietario. Cuando le explicamos a la empresa que es ilegal distribuir la versi´n mejorada a menos
o
que sea en forma de software libre, normalmente ´sta optar´ por distribuirla como software libre
e
a
antes que desecharla. Para aplicar el copyleft a un programa, primero reservamos los derechos; luego
a˜adimos los t´rminos de distribuci´n, un instrumento legal que otorga a todo el mundo el derecho
n
e
o
a utilizar, modificar y redistribuir el c´digo del programa o cualquier programa derivado del mismo,
o
siempre que no se alteren los t´rminos de distribuci´n. De esta forma, el c´digo y las libertades
e
o
o
se convierten en elementos legalmente inseparables. El software propietario usa el copyright para
restar libertad a los usuarios; el software libre usa copyleft recurre a los derechos reservados para garantizarla. Por eso invertieron el nombre, convirtiendo los derechos reservados -copyright- en
copyleft. El copyleft es un concepto general. Hay muchas maneras de interpretarlo. En el proyecto
GNU, los t´rminos de distribuci´n espec´
e
o
ıficos que se utilizan est´n contenidos en la General Public
a
License GNU (GNU GPL). La General Public License GNU es llamada muchas veces GNU-GPL
para abreviar. Existe una p´gina de consulta sobre la GNU GPL. La FSF obtiene la cesi´n de los
a
o
derechos de copyright de aquellos que quieren contribuir con ella. La GNU Free Documentation
License FDL es una forma de copyleft dise˜ada para manuales, libros de texto u otros documenn
tos, que asegura a cualquiera la libertad de copia y de distribuci´n, con o sin modificaciones, ya
o
sea en de forma comercial o no comercial. La GPL GNU est´ dise˜ada para que se pueda aplicar
a
n
f´cilmente al programa siempre y cuando se tenga derechos sobre ´l. No tienes que modificar la
a
e
GPL GNU para hacerlo, basta con a˜adir una nota en ese programa que haga referencia a ella.
n
Emplear los mismos t´rminos de distribuci´n para muchos programas diferentes facilita la copia del
e
o
c´digo entre varios programas. Ya que todos comparten id´nticos t´rminos de distribuci´n, no es
o
e
e
o
necesario preocuparse por si los t´rminos son compatibles o no. La LGPL permite adem´s alterar
e
a
los t´rminos de distribuci´n de la GPL ordinaria, de modo que pueda copiarse el c´digo dentro
e
o
o
de otro programa cubierto por la GPL. S´ alguien desea poner un copyleft se debe usar la licencia
ı
completa, no est´n permitidas las copias parciales.
a

23
Cap´
ıtulo 3

3.2.2.

M´todos de aplicar copyleft.
e

La pr´ctica habitual para conseguir este objetivo de explotaci´n sin trabas, copia y distribuci´n
a
o
o
de una creaci´n o de un trabajo y sus derivados es la de distribuirlo junto con una licencia. Dicha
o
licencia deber´ estipular que cada propietario de una copia del trabajo pudiera:
ıa
1. usarla sin ninguna limitaci´n.
o
2. (re)distribuir cuantas copias desee, y
3. modificarla de la manera que crea conveniente.
Estas tres libertades, sin embargo, no son suficientes a´n para asegurar que un trabajo derivado
u
de una creaci´n sea distribuido bajo las mismas condiciones no restrictivas: con este fin, la licencia
o
debe asegurar que el propietario del trabajo derivado lo distribuir´ bajo el mismo tipo de licencia.
a
Otras condiciones de licencia adicionales que podr´ evitar posibles impedimentos al uso sin trabas,
ıan
distribuci´n y modificaci´n del trabajo incluir´
o
o
ıan:
asegurar que las condiciones de la licencia copyleft no pueden ser revocadas;
asegurar que el trabajo y sus derivados son siempre puestos a disposici´n de manera que se
o
facilite su modificaci´n, para el software, esta facilidad suele asociarse a la disponibilidad del
o
c´digo fuente, donde incluso la compilaci´n de dicho c´digo deber´ permitirse sin ninguna
o
o
o
ıa
clase de impedimento.
idear un sistema m´s o menos obligatorio para documentar adecuadamente la creaci´n y sus
a
o
modificaciones, por medio de manuales de usuario, descripciones, etc.
En la pr´ctica, para que estas licencias copyleft tuvieran alg´n tipo de efecto, necesitar´ hacer un
a
u
ıan
uso creativo de las reglas y leyes que rigen la propiedad intelectual, cuando nos referimos a las leyes
del copyright, todas las personas que de alguna manera han contribuido al trabajo con copyleft
se convertir´ en titulares de los derechos de autor, pero, al mismo tiempo, si nos atenemos a
ıan
la licencia, tambi´n renunciar´ deliberadamente a algunos de los derechos que normalmente se
e
ıan
derivan de los derechos de autor, por ejemplo, el derecho a ser el unico distribuidor de las copias del
´
trabajo. Aunque depende de las leyes que rigen la propiedad intelectual, que pueden ser diferentes
de un pa´ a otro, la licencia final, que no es m´s que un m´todo para alcanzar los objetivos del
ıs
a
e
copyleft, tambi´n puede diferir de un pa´ a otro.2
e
ıs

3.2.3.

Etimolog´
ıa.

Seg´n algunas fuentes, el t´rmino copyleft proviene de un mensaje contenido en el programa Tiny
u
e
BASIC, una versi´n de BASIC distribuida libremente y escrita por el Dr. Li-Chen Wang a finales
o
de los a˜os setenta. El listado del programa conten´ las frases “@COPYLEFT” y “TODOS LOS
n
ıa
PERJUICIOS RESERVADOS”, en contraposici´n a “copyright” y “todos los derechos reservados”,
o
t´rminos ´stos usados habitualmente en los comunicados de copyright. El propio Richard Stallman
e
e
asegura que la palabra proviene de Don Hopkins, al que considera un compa˜ero muy imaginativo,
n
el cual le envi´ en 1984 ´ 1985 una carta en la que pod´ leerse: “Copyleft-todos los derechos invero
o
ıa
tidos.” (“Copyleft-all rights reversed.”) El t´rmino kopyleft con la anotaci´n “Todos los derechos
e
o
invertidos” fue utilizado tambi´n a principios de los a˜os setenta dentro del Principia Discordia, texe
n
to que tal vez inspirara a Hopkins. Hay algunos problemas con la definici´n del t´rmino “copyleft”
o
e
que contribuyen a crear controversia alrededor de ´l. El t´rmino, que en su origen fue un nombre,
e
e
se cre´ como una transformaci´n chistosa del t´rmino “copyright”, queriendo abarcar los t´rminos
o
o
e
e
2 Stallman,

24

M, Richard. “Software libre para una sociedad libre” op. cit.
Software libre vs software propietario
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  • 1. Software libre vs software propietario Ventajas y desventajas Culebro Ju´rez, Montserrat. a G´mez Herrera, Wendy Guadalupe. o Torres S´nchez, Susana. a M´xico, Mayo 2006. e
  • 2. .
  • 3. .
  • 5. ´ Indice general Agradecimientos. VII Pr´logo. o IX Introducci´n. o 1. Conceptos fundamentales sobre software. 1.1. Definici´n de software. . . . . . . . . . . . . . . o 1.2. Definici´n de software libre. . . . . . . . . . . . o 1.3. Definici´n de software propietario. . . . . . . . o 1.3.1. Software propietario. . . . . . . . . . . . 1.3.2. Objeciones al t´rmino “propietario”. . . e 1.3.3. Software privativo. . . . . . . . . . . . . 1.3.4. Objeciones al t´rmino “privativo”. . . . e 1.3.5. Software no libre. . . . . . . . . . . . . . 1.3.6. Objeciones al t´rmino “no libre”. . . . . e 1.3.7. Software privado. . . . . . . . . . . . . . 1.3.8. Objeciones al t´rmino “privado”. . . . . e 1.3.9. Software con propietario. . . . . . . . . 1.3.10. Objeciones al t´rmino “con propietario”. e 1.4. Software semilibre. . . . . . . . . . . . . . . . . 1.5. Freeware. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.6. Shareware. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.7. Abandonware. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.8. Warez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2. Visi´n hist´rica del software. o o 2.1. La importancia del software. . . . . . . . . . . . . . . . . 2.2. Incursi´n de los hackers. . . . . . . . . . . . . . . . . . . o 2.3. La cultura Unix. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4. GNU. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.5. Libertad y costo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.6. Linux. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.7. Open Source (c´digo abierto). . . . . . . . . . . . . . . . o 2.8. El papel del software libre en el crecimiento de Internet. 2.9. Formatos abiertos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.10. Visi´n hist´rica del Software propietario (Microsoft). . . o o . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 3 3 4 4 5 5 5 5 5 5 6 6 6 6 6 7 7 7 . . . . . . . . . . 9 9 10 10 11 12 12 14 14 15 15 iii
  • 6. 3. Copyright, copyleft y patentes. 3.1. Copyright. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.1.1. Derecho de autor y Copyright. . . . . . . . . . . . . . . 3.1.2. El contrato de copyright. . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.1.3. Ventajas del copyright. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.1.4. Desventajas del copyright. . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2. Copyleft. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2.1. Historia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2.2. M´todos de aplicar copyleft. . . . . . . . . . . . . . . . . e 3.2.3. Etimolog´ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ıa. 3.2.4. Tipos de copyleft y relaci´n con otras licencias. . . . . . o 3.2.5. Ventajas del Copyleft. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2.6. Desventajas del Copyleft. . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2.7. Ideolog´ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ıa. 3.2.8. El efecto “v´ ırico” del copyleft. . . . . . . . . . . . . . . . 3.2.9. Explotaci´n comercial de creaciones con copyleft. . . . . o 3.2.10. Desarrollo de productos industriales con copyleft. . . . . 3.2.11. Comercializaci´n de productos industriales con copyleft. o 3.2.12. Comercializaci´n de arte con copyleft. . . . . . . . . . . o 3.3. Definici´n de patentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . o 3.3.1. Patentes de programas de computo o software. . . . . . 3.3.2. Diferencias entre patentes y copyright. . . . . . . . . . . 3.4. Marcas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4. An´lisis de la Ley Federal del Derecho de Autor mexicana. a 4.1. Derechos de autor. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.1.1. Contenido del derecho de autor. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.1.2. Titulares del derecho de autor. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.1.3. La regulaci´n de los programas de computaci´n en la Ley Federal del Derecho o o de Autor de M´xico. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . e 4.2. Licencias de software. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.2.1. Licencias libres. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.2.2. Licencias propietarias. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5. Ventajas y desventajas del software libre y 5.1. Introducci´n. . . . . . . . . . . . . . . . . . o 5.2. Ventajas del software libre. . . . . . . . . . 5.3. Desventajas del software libre. . . . . . . . 5.4. Ventajas del software propietario. . . . . . . 5.4.1. Del software propietario en general. 5.4.2. Del software de Microsoft. . . . . . . 5.5. Desventajas del software propietario. . . . . 5.5.1. Del software propietario en general. 5.5.2. Del software de Microsoft . . . . . . del software . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . propietario. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17 17 17 20 21 22 22 22 24 24 25 25 26 26 26 27 27 27 28 29 31 32 33 35 . 35 . 36 . 37 . . . . 39 40 41 45 . . . . . . . . . 47 47 48 55 56 56 56 57 57 58 Conclusiones. 61 Anexos 69 La propiedad intelectual en el TLCAN. 71 Licencia P´ blica General GNU. u 85 Licencia P´ blica General Menor. u 91 iv
  • 7. Licencia de Documentaci´n Libre GNU. o 99 Opini´n de Microsoft. o 105 Respuesta a Microsoft sobre su opini´n. o 107 Equivalencias 117 Ap´ndices e 143 Cartas. 145 Respuestas 149 Glosario. 153 Mesograf´ ıa. 157 v
  • 8. vi
  • 9. Agradecimientos. A todos los miembros de la comunidad del software libre: Por compartir su informaci´n. o A Richard Stallman: Por haber compartido sus puntos de vista. A Gengis Kanhg Toledo Ram´ ırez: Por su asesor´ t´cnica. ıa e vii
  • 10. viii
  • 11. Pr´logo. o Las autoras plasman de manera sencilla los conceptos alrededor del software, con la intenci´n de o que cualquier persona que carezca de conocimientos t´cnicos logre penetrar en este campo. e Abordaron el tema no s´lo desde su aspecto t´cnico, tambi´n muestran el panorama acerca del uso o e e del software en el campo pr´ctico, econ´mico y social, se˜alando las ventajas y desventajas, dejando a o n que el lector tome la decisi´n de la viabilidad del uso del software libre o propietario, atendiendo a o sus necesidades. Sin alejarse de la posici´n imparcial adoptada respecto a los dos tipos de software, libre y propietario, o han resaltado los beneficios que podr´ producirse en el sector social. ıan Las autoras siendo juristas mexicanas, se preocuparon por abordar el estudio y an´lisis del software a en el marco jur´ ıdico de M´xico (Ley Federal del Derecho de Autor), con la finalidad de que este e trabajo sea el inicio de muchos m´s que analicen y desarrollen el tema del software en M´xico, a e colocando en la balanza los valores de justicia y libertad para la regulaci´n de su uso, creaci´n, o o modificaci´n y redistribuci´n. o o Gengis Kanhg Toledo Ram´ ırez, Junio 2006. ix
  • 12. x
  • 13. Introducci´n. o Quisieramos iniciar este apartado comentando que la construcci´n del presente trabajo no se reao liz´ de manera ortodoxa, ya que el mismo contiene b´squeda de informaci´n tanto en textos bio u o bliogr´ficos como en textos en l´ a ınea, siendo un soporte importante el uso de Internet, adem´s a contiene trabajo emp´ ırico ya que las tres participantes de la presente investigaci´n por muchos o a˜os habiamos utilizado software propietario, por ser el de mayor difusi´n y uso que se tiene en n o todos los sectores. Cuando surge la idea de realizar este trabajo para la materia de Inform´tica a Jur´ ıdica, poco sab´ ıamos respecto del tema pero nuestra posici´n siempre fue abierta a conocer o otras alternativas en todo momento desde una visi´n imparcial, por lo que nos dimos a la tarea de o experimentar con dichas alternativas y decidimos utilizar software libre. En la b´squeda de varios u programas la elecci´n se encamin´ hacia un paquete de oficina denominado Openoffice.org, en lugar o o del paquete de oficina “office” de Microsoft, y el navegador de internet Mozilla Firefox en lugar de A “internet explorer”, adem´s de haberse utilizado L TEXy emacs para la edici´n de este documento. a o Al desarrollar nuestro trabajo de investigaci´n nos dimos a la tarea de b´scar qui´nes son los o u e principales exponentes tanto del software propietario como del software libre, lo anterior a efecto de conocer sus posturas y su filosof´ informaci´n que nos servir´ para conformar nuestro marco ıa, o ıa hist´rico-conceptual y posteriormente poder realizar un an´lisis con la finalidad de establecer las o a repercusiones jur´ ıdicas y sociales del uso de software. Para tal efecto nos permitimos contactar v´ correo electr´nico -correos que pueden ser consultados ıa o en el ap´ndice- a los siguientes conocedores del tema: e 1. Mauricio Domingo Donovan (Director Jur´ ıdico de Microsoft M´xico), a qui´n se le solicit´ nos e e o compartiera tanto su postura como sus razones sobre las ventajas y desventajas de software libre y propietario, asimismo solicitamos su consentimiento para citarla e incluirla en el trabajo, sin embargo no r ecibimos respuesta a nuestra petici´n. o 2. Richard Stallman (Fundador del movimiento internacional del software libre, Estados Unidos), al cual se le pregunt´ textualmente lo siguiente: ¿Qu´ perspectivas cree usted que tiene o e el software libre en M´xico y en especial en la administraci´n p´blica, es decir en los gobiere o u nos estatales, municipales y federal? Obtuvimos su respuesta de forma inmediata, la cual se encuentra incluida en el texto del documento. 3. Jordi Masi Hern´ndez (Destacado miembro internacional de software libre, Espa˜a), se le a n hizo una pregunta muy concreta siendo la siguiente ¿si en su opini´n M´xico podr´ impleo e ıa mentar software libre en instituciones gubernamentales en funci´n a la experiencia espa˜ola? o n Lamentablemente no obtuvimos respuesta. 4. Miguel de Icaza (Destacado miembro internacional de software libre, M´xico), al cual nos e dirigimos con el conocimiento de su postura en apoyo hacia el software libre ya que se consult´ una carta en la que se˜alaba las ventajas de la aplicaci´n de software libre en M´xico o n o e antes de que decidiera el gobierno Foxista iniciar la aplicaci´n del programa e-M´xico deo e cidiendo utilizar software propietario (Microsoft). Se le solicit´ nos compartiera su opini´n o o 1
  • 14. respecto a las ventajas o desventajas de haber optado el gobierno por esa opci´n, sin embargo o no obtuvimos respuesta alguna. 5. C´ceres Nieto (Profesor-investigador del Instituto de Investigaciones Jur´ a ıdicas de la UNAM, M´xico), a qui´n se le solicit´ nos compartiera tanto su postura como sus razones sobre el e e o tema del presente trabajo, asimismo solicitamos su consentimiento para citarla e incluirla en el trabajo, sin embargo no recibimos respuesta. 6. Alejandro Pisanty Baruch (Director General de Servicios de C´mputo de la UNAM, M´xico), o e a qui´n se le solicit´ nos comentara su postura as´ como las razones que la sustentaban acerca e o ı del tema de software, asimismo solicitamos su consentimiento para citarla e incluirla en el trabajo, sin embargo no recibimos respuesta. 7. Lawrence Lessig (Creador de la figura jur´ ıdica de Creative Commons, Estados Unidos). Su opini´n es de gran inter´s para nosotras en virtud de que la profesi´n de Lawrence Lessig es o e o la de abogado, por lo que buscamos su postura legal y para tal efecto se le pregunt´ ¿cu´l era o a su opini´n acerca de las ventajas y desventajas del colpyleft, asimismo qu´ opini´n le merec´ o e o ıa el tema de las patentes de software? Sin embargo tampoco emiti´ respuesta alguna. o Como se observ´, s´lo recibimos respuesta de Richard Stallman y por supuesto nos fue de gran o o ayuda para fijar ciertas posturas sobre el tema de software tanto libre como propietario. Retomando la frase de software propietario quisieramos hacer hincapi´ en este t´rmino, ya que e e fue el que decidimos utilizar para el desarrollo del presente trabajo, razones que se explican en el cap´ ıtulo primero. El documento que presentamos como trabajo final fue construido siguiendo par´metros que ayudan a a aquellas personas que desconocen tanto el tema como los conceptos y vocabulario utilizado en la materia de inform´tica, por supuesto no a un nivel de especialista sino dirigido al lector con a conocimientos m´s generales. a En esta l´gica el texto qued´ dividido en cinco cap´ o o ıtulos, los cuales persiguen la finalidad de brindar al lector, en inicio, el contexto b´sico tanto en un soporte t´cnico inform´tico como en un soporte a e a legal. Los dos primero cap´ ıtulos contienen nociones conceptuales sobre los tipos de software que existen en el mercado, as´ como la evoluci´n del mismo y el momento en el cual se dividen en dos tendencias: ı o el software libre y el software propietario. El tercer cap´ ıtulo se refiere a las figuras copyrigt, copyleft y patentes, defini´ndolas desde el origen e de la palabra asi como su contexto jur´ ıdico, adem´s de su aplicaci´n a los programas de c´mputo. a o o En el cap´ ıtulo cuarto se efectu´ un an´lisis del marco jur´ o a ıdico acerca de las patentes de software y derechos de autor, las consecuencias de patentar software y su relaci´n con los derechos de autor. o El an´lisis consisti´ en la regulaci´n de los programas de c´mputo en la Ley Federal del Derecho a o o o de Autor en M´xico y la aplicaci´n de las licencias al software libre, haciendo especial ´nfasis en la e o e regulaci´n en M´xico. o e Por lo que hace al quinto y ultimo cap´ ´ ıtulo, el mismo contiene un an´lisis acerca de las ventajas a y desventajas del software libre y propietario, particularizando el papel que Microsoft juega en la industria del software. Para ello se llev´ a cabo su revisi´n desde los aspectos t´cnicos, econ´micos, o o e o pr´cticos, sociales y jur´ a ıdicos con la finalidad de obtener una visi´n integral e imparcial del objeto o de estudio. Esta obra es libre y esta sometida a las condiciones de una licencia Creative Commons. Este libro puede redistribuirse, copiarse, reutilizarse y mezclarse siempre que se haga con fines no comerciales y dando cr´dito a sus autoras Montserrat Culebro Ju´rez, Wendy Guadalupe e a G´mez Herrera y Susana Torres S´nchez. Para una copia completa de la licencia visitar la p´gina o a a http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/mx. 2
  • 15. Cap´ ıtulo 1 Conceptos fundamentales sobre software. 1.1. Definici´n de software. o Probablemente la definici´n m´s formal de software es la atribuida a la IEEE (Instituto de Ingeo a nieros El´ctricos y Electr´nicos), en su est´ndar 729: la suma total de los programas de c´mputo, e o a o procedimientos, reglas, documentaci´n y datos asociados que forman parte de las operaciones de un o sistema de c´mputo.1 Bajo esta definici´n el concepto de software va m´s all´ de los programas de o o a a c´mputo en sus distintas formas: c´digo fuente, binario o c´digo ejecutable, adem´s de su documeno o o a taci´n. Es decir, el software es todo lo intangible.2 Software es tambi´n conocido como program´tica o e a o equipamiento l´gico, esto es el conjunto de programas que puede ejecutar el hardware para la o realizaci´n de las tareas de computaci´n a las que se destina. Se trata del conjunto de instrucciones o o que permite la utilizaci´n del ordenador o computador (pc, personal computer). El software es la o parte intangible de la computadora, es decir, programas, aplicaciones, etc. 1.2. Definici´n de software libre. o El software libre es aquel que puede ser distribuido, modificado, copiado y usado; por lo tanto, debe venir acompa˜ado del c´digo fuente para hacer efectivas las libertades que lo caracterizan. Dentro n o de software libre hay, a su vez, matices que es necesario tener en cuenta. Por ejemplo, el software de dominio p´blico significa que no est´ protegido por el copyright, por lo tanto, podr´ generarse u a ıan versiones no libres del mismo, en cambio el software libre protegido con copyleft impide a los redistribuidores incluir alg´n tipo de restricci´n a las libertades propias del software as´ concebido, u o ı es decir, garantiza que las modificaciones seguir´n siendo software libre. Tambi´n es conveniente no a e confundir el software libre con el software gratuito, ´ste no cuesta nada, hecho que no lo convierte e en software libre, porque no es una cuesti´n de precio, sino de libertad.3 Para Richard Stallman el o software libre es una cuesti´n de libertad, no de precio. Para comprender este concepto, debemos o pensar en la acepci´n de libre como en “libertad de expresi´n”. En t´rminos del citado autor el o o e software libre se refiere a la libertad de los usuarios para ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, cambiar y mejorar el software. Y se refiere especialmente a cuatro clases de libertad para los usuarios de software: 1. Libertad 0: la libertad para ejecutar el programa sea cual sea nuestro 1 IEEE Std 729-1993, IEEE Software Engineering Standard 729-1993: Glossary of Software Engineering Terminology. IEEE Computer Society Press, 1993. 2 Software. http://es.wikipedia.org/wiki/Software. Fecha de consulta 24 de mayo de 2006. 3 Stallman, Richard M. Software libre para una sociedad libre. Ed. Traficantes de Sue˜ os. Espa˜ a. 2004. p.99. n n 3
  • 16. Cap´ ıtulo 1 prop´sito. 2. Libertad 1: la libertad para estudiar el funcionamiento del programa y adaptarlo a o tus necesidades -el acceso al c´digo fuente es condici´n indispensable para esto-. 3. Libertad 2: la o o libertad para redistribuir copias y ayudar as´ a tu vecino. 4. Libertad 3: la libertad para mejorar ı el programa y luego publicarlo para el bien de toda la comunidad -el acceso al c´digo fuente es o condici´n indispensable para esto. Software libre es cualquier programa cuyos usuarios gocen de o estas libertades. De modo que deber´ ser libre de redistribuir copias con o sin modificaciones, ıas de forma gratuita o cobrando por su distribuci´n, a cualquiera y en cualquier lugar. Gozar de o esta libertad significa, entre otras cosas, no tener que pedir permiso ni pagar para ello. Asimismo, deber´ ser libre para introducir modificaciones y utilizarlas de forma privada, ya sea en tu trabajo ıas o en tu tiempo libre, sin siquiera tener que mencionar su existencia. Si se decidiera publicar estos cambios, no se deber´ estar obligado a notific´rselo a ninguna persona ni de ninguna forma en ıa a particular. La libertad para utilizar un programa significa que cualquier individuo u organizaci´n o podr´n ejecutarlo desde cualquier sistema inform´tico, con cualquier fin y sin la obligaci´n de a a o comunic´rselo subsiguientemente ni al desarrollador ni a ninguna entidad en concreto. La libertad a para redistribuir copias supone incluir las formas binarias o ejecutables del programa y el c´digo o fuente tanto de las versiones modificadas, como de las originales, ya que debemos tener la libertad para redistribuir tales formas si se encuentra el modo de hacerlo, pues las libertades para hacer cambios y para publicar las versiones mejoradas requieren de la accesibilidad de c´digo fuente, o por supuesto de manera libre, condici´n necesaria del software libre. Cuando hablamos de software o libre, debemos evitar utilizar expresiones como “regalar” o “gratis”, ya que se puede caer en el error de interpretarlo como una mera cuesti´n de precio y no de libertad.4 o 1.3. Definici´n de software propietario. o El software no libre tambi´n es llamado software propietario, software privativo, software privado o e software con propietario. Se refiere a cualquier programa inform´tico en el que los usuarios tienen a limitadas las posibilidades de usarlo, modificarlo o redistribuirlo (con o sin modificaciones), o que su c´digo fuente no est´ disponible o el acceso a ´ste se encuentra restringido. En el software no o a e libre una persona f´ ısica o jur´ ıdica (por nombrar algunos: compa˜´ corporaci´n, fundaci´n) posee nıa, o o los derechos de autor sobre un software negando o no otorgando, al mismo tiempo, los derechos de usar el programa con cualquier prop´sito; de estudiar c´mo funciona el programa y adaptarlo a las o o propias necesidades (donde el acceso al c´digo fuente es una condici´n previa); de distribuir copias; o o o de mejorar el programa y hacer p´blicas las mejoras (para esto el acceso al c´digo fuente es un u o requisito previo). De esta manera, un software sigue siendo no libre a´n si el c´digo fuente es hecho u o p´blico, cuando se mantiene la reserva de derechos sobre el uso, modificaci´n o distribuci´n (por u o o ejemplo, el programa de licencias shared source de Microsoft). No existe consenso sobre el t´rmino e a utilizar para referirse al opuesto del software libre. Entre los t´rminos m´s usados, en orden de e a frecuencia de uso (usando como fuente oficiosa una serie de consultas con el buscador Google en mayo de 2005) se encuentran: 1.3.1. Software propietario. La expresi´n software propietario proviene del t´rmino en ingl´s “proprietary software”. En la o e e lengua anglosajona, “proprietary” significa ((pose´ o controlado privadamente)) (((privately owned ıdo and controlled))), que destaca la mantenci´n de la reserva de derechos sobre el uso, modificaci´n o o o redistribuci´n del software. Inicialmente utilizado, pero con el inconveniente que la acepci´n o o proviene de una traducci´n literal del ingl´s, no correspondiendo su uso como adjetivo en el espa˜ol, o e n de manera que puede ser considerado como un barbarismo. Sin embargo, todav´ es el t´rmino ıa e preferido por cerca del 73 % de los sitios en Internet. 4 Idem. 4
  • 17. Conceptos fundamentales sobre software. 1.3.2. Objeciones al t´rmino “propietario”. e El t´rmino propietario en espa˜ol resultar´ inadecuado, pues significa que ((tiene derecho de proe n ıa piedad sobre una cosa)), por lo que no podr´ calificarse de “propietario” al software, porque ´ste ıa e no tiene propiedad sobre nada (es decir, no es due˜o de nada) y, adem´s, no podr´ serlo (porque n a ıa es cosa y no persona). Asimismo, la expresi´n “software propietario” podr´ ser interpretada como o ıa “software sujeto a propiedad” (derechos o titularidad) y su opuesto, el software libre, est´ sujeto al a derecho de autor. 1.3.3. Software privativo. La expresi´n software privativo fue comenzada a ser utilizada por Richard Stallman, desde el a˜o o n 2003, en sus conferencias sobre software libre, pues ser´ m´s adecuada que “software propietario” ıa a para definir en espa˜ol al software que no es libre (“proprietary software” en ingl´s). Se realiz´ este n e o cambio idiom´tico, b´sicamente por las siguientes razones: El t´rmino “privativo” significa que a a e causa privaci´n o restricci´n de derechos o libertades, es justamente lo que se pretende describir o o con ´l (privaci´n a los usuarios de sus libertades en relaci´n al software). Su uso ha ido en aumento e o o constante y actualmente se puede constatar que cerca de 20 % de los sitios en Internet lo utilizan. 1.3.4. Objeciones al t´rmino “privativo”. e Este t´rmino har´ referencia a una propiedad diferente a la de ser un software no libre, ya que e ıa la principal acepci´n de “privativo” es que ((causa privaci´n o la significa)). En este sentido, el o o contrario de “software privativo” ser´ “software no privativo”, es decir, sin limitaciones o como se ıa le conoce: de dominio p´blico. As´ software libre y su opuesto ser´ ambos conceptos diferentes a u ı, ıan los sugeridos por “software privativo”. Asimismo, este t´rmino ser´ aplicable, de modo figurativo, e ıa al software cuyo coste es realmente elevado, no pudiendo ser soportado por un particular, caso muy com´n en el software dise˜ado para realizar labores muy espec´ u n ıficas, con independencia a si ´ste es e libre o no. 1.3.5. Software no libre. La expresi´n software no libre o software no-libre (en ingl´s “non-free software”), actualmente se o e utiliza en 5,5 % de los sitios Internet encontrados. 1.3.6. Objeciones al t´rmino “no libre”. e El t´rmino no libre es usado por la Free Software Foundation “FSF” (Fundaci´n para el Software e o Libre), aunque para agrupar todo el software que no es libre, es decir, incluye al llamado en ingl´s e “semi-free software” (software semilibre) y al “propietary software” (puede verse esto en Categories of Free and Non-Free Software de la FSF, en ingl´s). e 1.3.7. Software privado. La expresi´n software privado es usada por la relaci´n entre los conceptos de (tener) propietario o o y ser privado. Su utilizaci´n es poco difundida, cerca del 1 % de los sitios Internet utilizan este o t´rmino. e 5
  • 18. Cap´ ıtulo 1 1.3.8. Objeciones al t´rmino “privado”. e Este t´rmino ser´ inadecuado debido a que, en una de sus acepciones, la palabra “privado” se e ıa entiende como ant´nimo de “p´blico”, o sea, que ((no es de propiedad p´blica o estatal, sino que o u u pertenece a particulares)), provocando que esta categor´ se interprete como no referente al Estado, ıa lo que producir´ la exclusi´n del software (no libre) generado por el aparato estatal. Adem´s, al ıa o a igual que con el t´rmino “software privativo”, el contrario “literal” de “software privado”, es decir, e el “software p´blico” se asocia generalmente con software de dominio p´blico. u u 1.3.9. Software con propietario. La expresi´n software con propietario pretende corregir el defecto de la expresi´n “software propieo o tario”, y ser´ m´s cercana al t´rmino m´s utilizado (“propietario”), el cual se podr´ considerar ıa a e a ıa una abreviaci´n de ´ste. Su uso sin embargo est´ muy poco difundido (0,1 %). o e a 1.3.10. Objeciones al t´rmino “con propietario”. e Se argumenta en contra del t´rmino “con propietario” justamente su similitud con “proprietary” e en ingl´s, que s´lo har´ referencia a un aspecto del software que no es libre, manteniendo una e o ıa de las principales cr´ ıticas a ´ste (de “software sujeto a derechos” o “propiedad”). Adicionalmente, e si “propietario” refiere al titular de los derechos de autor (y est´ claro que no puede referir al a usuario, en tanto ´ste es simplemente un cesionario), no resuelve la contradicci´n: todo el software e o libre tiene tambi´n titulares de derechos de autor. En conclusi´n, respecto a los problemas de esta e o acepci´n y para los efectos del presente trabajo tomaremos la concepci´n de “software propietario”, o o tal como lo define la Free Software Foundation “FSF” (Fundaci´n para el software libre), aunque o como ya hemos explicado no es la definici´n m´s correcta, si es la que m´s se utiliza en la red o a a y se refiere a todo software que no satisface los criterios para el software libre establecidos en la propia fundaci´n. “Propietario” significa que alg´n individuo o compa˜´ tiene la titularidad o u nıa de los derechos exclusivos de autor sobre una porci´n del software, y al mismo tiempo, niega a o otras personas el acceso al c´digo fuente del software y al derecho a copiar, modificar y estudiar el o software. El t´rmino “propietario” significa “privadamente apropiado y controlado”.5 Es aquel que e no es libre ni semilibre; por lo tanto, su redistribuci´n, modificaci´n y copia est´n prohibidas o, o o a al menos, tan restringidas que es imposible hacerlas efectivas. Ahora enunciaremos y explicaremos otros tipos de software que existen, a efecto de proporcionar mayor claridad en cuanto al tema que nos ocupa en el presente apartado. 1.4. Software semilibre. Es aquel que mantiene las mismas caracter´ ısticas que el software libre para los usuarios individuales, entidades educativas o sin ´nimo de lucro, sin embargo proh´ esas libertades para su uso comercial a ıbe o empresarial.6 1.5. Freeware. No tiene una definici´n clara y precisa, sin embargo suele usarse para clasificar al software que o puede redistribuirse libremente pero no modificarse, entre otras cosas, porque no est´ disponible su a 5 Carranza Torres, Mart´ Problem´tica Jur´ ın. a ıdica del software libre. Argentina, LexisNexis, p.102. Fecha de consulta 24 de mayo de 2006. 6 http://www.juntadeandalucia.es/averroes/manuales/guadaconceptos.html#GlossG. 6
  • 19. Conceptos fundamentales sobre software. c´digo fuente. El freeware no es software libre.7 o 1.6. Shareware. Es un software que permite su redistribuci´n, sin embargo no viene acompa˜ado de su c´digo o n o fuente y, por tanto, no puede ser modificado. Adem´s, pasado un periodo de tiempo, normalmente a es necesario pagar una licencia para continuar us´ndolo, luego tampoco es software libre.8 a 1.7. Abandonware. El abandonware es “software cuyos derechos de autor ya no son defendido o que ya no est´ siendo a vendido por la compa˜´ que lo hizo”, y por eso, se dice que ha sido “abandonado”9 . nıa 1.8. Warez. Si bien “ware” es un sufijo empleado en la jerga inform´tica para formar t´rminos que aluden a e a categor´ de software, “warez” refiere a una categor´ de software distinta de las anteriores. ıas ıa “Warez” es un t´rmino muy usado en las subculturas cracker para aludir a versiones crackeadas de e software comercial, versiones en las cuales la protecci´n de los derechos de autor ha sido quitada. Los o hackers reconocen este t´rmino, pero no lo usan. Los warez son distribuciones de software sujetas a e los derechos de autor, comercializadas en violaci´n a la licencia de derechos de autor del software, o en muchos casos la distribuci´n de los warez es ilegal. Las justificaci´n que dan los crackers para o o el uso de los warez incluye la alegada posibilidad de la protecci´n de los derechos de autor y la o percibida injusticia de no compartir la informaci´n con aquellos que no podr´ obtenerlo de otra o ıan manera que a trav´s de la compra.10 e 7 Idem. 8 Idem. 9 Carranza 10 Idem, Torres, Mart´ Problem´tica Jur´ ın. a ıdica del Software Libre, op cit., p.119 p.120. 7
  • 20. 8
  • 21. Cap´ ıtulo 2 Visi´n hist´rica del software. o o 2.1. La importancia del software. La transici´n que estamos viviendo actualmente hacia una sociedad del conocimiento ha modificado o profundamente las relaciones entre las personas, empresas y gobiernos: las empresas usan la Red para relacionarse con clientes y proveedores, utilizan tambi´n herramientas de gesti´n del conoe o cimiento para ser m´s eficientes, los gobiernos mejoran su presencia en Internet y los servicios a a los ciudadanos a trav´s de la Red, los usuarios usan las herramientas para mejorar sus relaciones e personales. Vamos hacia una sociedad altamente interconectada donde el eje fundamental es la informaci´n. El software es cada vez m´s el gran intermediario entre la informaci´n y la inteligencia o a o humana. De forma similar, nos preocupa la libertad para poder acceder a la informaci´n y, si existe o censura, nos debe preocupar con igual intensidad qui´n controla este intermediario y qu´ garant´ e e ıas tenemos de su transparencia y fiabilidad. En principio, el software es un programa o un conjunto de programas inform´ticos que tienen una tarea determinada. Es el procesador de textos que usamos, a el controlador de grabaci´n de nuestros espacios televisivos favoritos o las aplicaciones que permiten o operar un tel´fono m´vil. El software est´ compuesto por un conjunto de instrucciones que un ordee o a nador ejecuta para poder realizar una funci´n espec´ o ıfica. Normalmente los programadores escriben en un lenguaje que los humanos podemos entender y que posteriormente es traducido a secuencias de unos y ceros que es el unico lenguaje que las m´quinas entienden. El conjunto de ´rdenes en ´ a o el lenguaje que los humanos trabajamos se llama c´digo fuente. Sin acceso al c´digo s´lo podemos o o o usar el programa, no podemos ver c´mo esta hecho o introducir mejoras. Un s´ o ımil muy utilizado es el de la receta de cocina, en que el c´digo fuente ser´ las instrucciones que permite confeccionar o ıa un plato. Sin la receta s´lo se puede degustar el plato, pero no sabemos si, al a˜adirle algo, vamos o n en contra de alguno de sus ingredientes, ya que se desconoce su composici´n y la proporci´n. En o o este sentido, el c´digo fuente juega un papel fundamental en c´mo entendemos las libertades del o o software. Para entender la importancia del software se podr´ poner varios ejemplos. A finales de ıan los 90 pudimos ver en todo el mundo la preocupaci´n por parte de empresas y gobiernos por las o repercusiones que pod´ tener el llamado efecto 2000. El ya famoso error inform´tico era causado ıa a por el hecho de que muchos programas almacenaban la parte de la fecha correspondiente al a˜o n usando unicamente dos d´ ´ ıgitos, de tal forma, que despu´s del a˜o 99 (el 1999) pod´ e n ıamos pasar al a˜o 00 (¿a˜o 2000 o a˜o 1900?) causando todo tipo de errores en el c´lculo de per´ n n n a ıodos de tiempo. Los ordenadores de empresas el´ctricas, centrales nucleares, sistemas de control de aviaci´n, bancos e o y, en general, todo el software de uso cotidiano, tuvieron que ser revisados. Finalmente, algunas aplicaciones fueron corregidas, otras ya funcionaban correctamente y no hubo que lamentar ninguna cat´strofe, pero hubo miles de predicciones apocal´ a ıpticas sobre las consecuencias que pod´ llegar a ıa tener este error. Y as´ podr´ haber sido si no se hubiera reparado a tiempo. Cuando los ingenieros ı ıa de software se encuentran ante un programa que no da acceso al c´digo fuente -es decir, que no es o libre - no lo pueden entender, y por tanto que no lo pueden arreglar aunque hubieran descubierto un 9
  • 22. Cap´ ıtulo 2 error y conocieran su soluci´n. Es decir, aunque conocieran la soluci´n se encuentran incapacitados o o para aplicarlo. El software tiene un papel muy destacado en la sociedad y es importante garantizar m´todos transparentes en sus diferentes fases de producci´n y explotaci´n. El software libre, al dar e o o acceso al c´digo, es el unico que puede garantizar esta transparencia. o ´ 2.2. Incursi´n de los hackers. o Durante los a˜os 60, los sistemas inform´ticos medianos se popularizaron en algunas universidades. n a Eran todav´ muy caros y estaban b´sicamente destinados a un uso cient´ ıa a ıfico. Uno de los centros de investigaci´n m´s importantes de aquella ´poca era el Massachusetts Institute of Technology o a e (Instituto de Tecnolog´ de Massachusetts), popularmente conocido por sus siglas MIT, donde ıa se realizaban destacados proyectos de investigaci´n. Los sistemas inform´ticos eran en modo de o a texto y las interfaces gr´ficas todav´ no exist´ a ıa ıan. De hecho, no exist´ ni siquiera los estudios ıan de inform´tica como disciplina. Alrededor de los centros de c´lculo se fueron formando grupos de a a expertos que eran capaces de llevar estas m´quinas hasta l´ a ımites insospechados y que eran, por encima de todo, entusiastas de la tecnolog´ Estas personas se denominaron hackers, en el sentido ıa. de que eran capaces de encontrar soluciones ingeniosas a problemas complejos. Desgraciadamente, a˜os m´s tarde, esta palabra se empez´ a utilizar para nombrar a los intrusos inform´ticos que n a o a robaban datos o programadores que escrib´ virus, a quienes realmente se debe llamar crackers. ıan Durante los a˜os 60 y parte de los 70 era habitual distribuir las aplicaciones junto con su c´digo n o fuente. De esta manera, todo el mundo pod´ participar en el proceso de mejora del software, el ıa intercambio de trucos y compartir un esp´ ıritu muy extendido de ayuda entre usuarios que queda reflejado en los mensajes que circulaban en aquella ´poca en redes como UUNET o Fidonet. Los e hackers tienen su propio c´digo de conducta. Para ellos es fundamental garantizar el acceso a o la informaci´n y los recursos inform´ticos a todo el mundo. Richard Stallman, por ejemplo, se o a sinti´ especialmente ofendido cuando en su laboratorio de investigaci´n en el Instituto de Tecnolog´ o o ıa de Massachusetts (Massachusetts Institute of Technology, MIT) comenzaron a instaurar contrase˜as n para acceder a los sistemas inform´ticos. Stallman propuso a los usuarios del sistema que utilizaran a la tecla retorno como contrase˜a que era el equivalente a no utilizarla. Finalmente, las contrase˜as n n fueran instauradas y compartir la informaci´n entre usuarios ya no fue posible como lo hab´ sido o ıa hasta entonces en aquel laboratorio. Para los hackers los retos intelectuales son importantes como tambi´n lo es ser capaces de compartir sus resultados con el resto de la comunidad. Este modelo, e donde prima la compartici´n de informaci´n y el trabajo cooperativo, es bastante similar al que o o tradicionalmente se ha usado en el mundo acad´mico y cient´ e ıfico. En estos ´mbitos, los resultados a de las investigaciones se publican y se divulgan en publicaciones cient´ ıficas, y sirven de base para ´ nuevas investigaciones. Este es principalmente el modelo sobre el que la humanidad ha innovado y avanzado. Los hackers, a´n hoy en d´ son los principales impulsores y desarrolladores de software u ıa, libre y su ´tica se ha convertido en el c´digo ´tico impl´ e o e ıcito sobre el cual se ha forjado el movimiento. 2.3. La cultura Unix. El sistema operativo es el programa que interacciona entre el hardware, el usuario y las aplicaciones. Sin sistema operativo, un ordenador es s´lo un amasijo de cables y hierro. Unix ha sido el sistema o operativo que m´s influencia ha tenido en la historia de la microinform´tica y constituye los funa a damentos t´cnicos y, en parte filos´ficos, sobre los cuales se desarroll´ el software libre a principios e o o de la d´cada de los 80. Actualmente existen en el mercado desde organizadores personales hasta e supercomputadores que usan sistemas basados en Unix. Linux es un familiar cercano de los sistemas Unix. A finales de los a˜os 60, la empresa AT&T se enfrentaba a los crecientes problemas de inten roperabilidad que representaba tener diferentes ordenadores de diferentes fabricantes con distintos sistemas operativos. Para solucionarlo crearon el proyecto Multics (Multiplexed Information and Computing Service) que fracas´ por su extremada complejidad. En 1969, Ken Thompson y Dennis o 10
  • 23. Visi´n hist´rica del software. o o Ritchie, dos ingenieros que hab´ trabajado en Multics en los laboratorios Bell, crearon la primera ıan versi´n del sistema operativo Unix. Entre las caracter´ o ısticas que lo hac´ un verdadero avance en ıan su tiempo destacan la posibilidad de utilizarlo en diferentes plataformas de hardware y su capacidad multiusuario y multiproceso. La simplicidad y elegancia en su dise˜o hacen que, m´s de treinta a˜os n a n despu´s, a´n sea un sistema de ampl´ e u ısimo uso, aunque ha sufrido muchas mejoras desde entonces. Durante los siguientes a˜os, Unix fue evolucionando pero su uso sigui´ limit´ndose exclusivamente n o a a sistemas ubicados en AT&T. En 1974, Thompson y Ritchie publicaron en el simposium de la Association for Computing Machinery - ACM - de sistemas operativos un art´ ıculo sobre el sistema Unix que hab´ dise˜ado. Este fue un punto de inflexi´n, ya que empezaron a recibir peticiones de ıan n o universidades y centros de c´lculo para poder obtener una copia en cinta de aquel sistema llamado a Unix. Gracias a esto, se fue extendiendo progresivamente. AT&T no facilitaba soporte de Unix. Era un software que deb´ ser mantenido por los propios usuarios. As´ se inici´ la tradici´n de ıa ı, o o ayuda entre los propios usuarios que intentaban solucionarse mutuamente problemas fomentando el intercambio de informaci´n a trav´s de diferentes foros. AT&T tambi´n facilitaba una copia del o e e c´digo fuente de Unix, al principio por unos pocos d´lares, lo que permiti´ que el sistema pudiera o o o ser adaptado en las universidades y centros de computaci´n. Una de las universidades que fue pioo nera en la adopci´n y desarrollo de Unix fue la Universidad de Berkeley. En 1978, liber´ la primera o o versi´n del Unix BSD (Berkeley Software Distribution) que inclu´ varias herramientas dise˜adas o ıa n en la propia universidad y que mejoraba considerablemente la versi´n original de Unix. Uno de los o hackers involucrados en el desarrollo de las primeras versiones de BSD fue Hill Joy, que a˜os m´s n a tarde crear´ Sun Microsystems, donde usar´ Unix como sistema operativo para toda la gama de ıa ıan su hardware. Con el tiempo se formalizaron dos grandes ramas de Unix, una producida en los laboratorios Bell de AT&T y la otra producida en Berkeley bajo el nombre de BSD que estaba basada en c´digo fuente que AT&T que les proporcion´ a˜os atr´s. Ambas versiones requer´ un pago o o n a ıan para obtener una copia del c´digo fuente, aunque la BSD era mucho m´s asequible. En 1979, AT&T o a liber´ la versi´n 7 de su versi´n de Unix y empez´ a poner grandes trabas en la distribuci´n del o o o o o c´digo fuente. Desde Berkeley siguieron innovando, desarrollando mejoras como la implementaci´n o o de sockets y protocolo TCP/IP, sobre el cual se basa la infraestructura de Internet. A principios de los a˜os ochenta, proliferaron los fabricantes de sistemas como IBM o Hewlett-Packard que facilin taban con su hardware versiones personalizadas del sistema operativo Unix basadas en la versi´n o de AT&T. Algunos otros, como Sun Microsystems o Cray Inc., se basaron en la versi´n de Bero keley. Esto cre´ un periodo de unos a˜os donde estas versiones de Unix eran incompatibles entre o n s´ pero que luego se solucionar´ al definirse y acordarse la implementaci´n de est´ndares. AT&T ı ıa o a fue forjando una actitud de fabricante de software propietario y lleg´ incluso a querellarse contra o los autores de BSD Unix. Estas actitudes crearon muchos recelos hac´ AT&T entre la comunidad ıa cient´ ıfica y universitaria. 2.4. GNU. Con la explosi´n de la microinform´tica, el descenso de precio de los sistemas inform´ticos y su o a a popularizaci´n entre las empresas, aparecieron las primeras compa˜´ de software. Muchas de ellas o nıas empezaron contratando hackers que estaban alrededor de los centros de c´lculo de las universidades, a de forma que ´stas se fueron despoblando de aquellos pioneros. Pero, adem´s, muchas de estas e a empresas creyeron que si denegaban el acceso a los usuarios y a otros desarrolladores al c´digo o fuente de las aplicaciones que mejoraban o desarrollaban, podr´ realmente conseguir una ventaja ıan ´ competitiva. Este fue un punto de inflexi´n importante, ya que se rompi´ con la tradici´n de o o o compartir el c´digo que hab´ imperado hasta entonces y consecuentemente con la propia ´tica o ıa e hacker. Poco a poco se fue extendiendo un modelo de c´digo cerrado en el cual el software se vend´ o ıa sin el c´digo fuente y, cada vez m´s, las libertades de los usuarios se fueron acortando. Esta fue la o a ´poca en que aparecieron t´cnicas como, por ejemplo, las bombas de tiempo que limitaban el periodo e e durante el cual un usuario pod´ utilizar un producto. Los programas shareware popularizar´ m´s ıa ıan a tarde estas bombas de tiempo como sistema para obligar a los usuarios a adquirir una licencia. Una 11
  • 24. Cap´ ıtulo 2 de las personas que hab´ vivido de cerca toda aquella evoluci´n era Richard Stallman, quien fue ıa o pionero en defender las libertades que se hab´ perdido y acu˜´ el t´rmino “software libre”. El 27 ıan no e de septiembre de 1983 Richard Stallman, muy preocupado por esta p´rdida de libertades, anunciaba e en el foro Usenet net-unix.wizards, que empezaba a trabajar sobre una implementaci´n libre de un o sistema inspirado en Unix que denominar´ GNU y que estar´ libre de c´digo de AT&T, es decir, ıa ıa o una implementaci´n desde cero sin posibles problemas legales con AT&T. En el mensaje a Usenet, o Stallman explicaba detalladamente su experiencia como desarrollador de sistemas y ped´ la ayuda ıa de todo el mundo que quisiera ofrecer parte de su tiempo, dinero o hardware. El 1984, Stallman cre´ la Free Software Foundation (FSF) con el objetivo de crear el sistema Unix libre GNU y o la potenciaci´n del software libre. La definici´n de software libre propuesta por la Free Software o o Foundation, se basa en cuatro libertades b´sicas que cualquier programa considerado libre debe a proporcionar: 0: libertad para utilizar el programa para cualquier prop´sito. o 1: libertad para poder estudiar c´mo funciona el programa. Implica acceso al c´digo fuente o o del mismo. 2: libertad para redistribuir el programa. 3: libertad para hacer modificaciones y distribuir las mejoras. Implica tambi´n acceso al c´digo e o fuente del mismo. El software libre se basa en la cooperaci´n y la transparencia y garantiza una serie de libertades a o los usuarios. Estos aspectos, junto al hecho de que su desarrollo ha sido paralelo al de Internet, han causado que sea abanderado para un gran n´mero de usuarios que tienen una concepci´n libertaria u o del uso de las nuevas tecnolog´ ıas. Los programas que no son libres se les llaman propietarios o privativos. Por ejemplo, todas las versiones de Microsoft Windows o Adobe Acrobat son ejemplos de software propietario. 2.5. Libertad y costo. Es habitual que los usuarios confundan el software libre con el software gratuito. Es importante distinguir entre las libertades que nos proporciona un software y el coste del mismo. Un programa, por el simple hecho de ser gratuito, no es ni mucho menos libre. Por ejemplo, Internet Explorer de Microsoft es un programa gratuito pero no es libre, ya que no da a sus usuarios la posibilidad de estudiarlo (incluyendo el acceso a su c´digo fuente), ni de mejorarlo, ni de hacer p´blicas estas o u mejoras con el c´digo fuente correspondiente, de manera que todo el mundo se pueda beneficiar. o Internet Explorer es un programa propietario - en cuanto a las libertades - y gratuito - en cuanto a su costo -.Existe una distinci´n fundamental entre los programas que garantizan los derechos o de distribuci´n y modificaci´n, el software libre, y los que no los garantizan que consideramos o o propietarios. Respecto al coste, cualquier software libre se puede vender, siempre y cuando se respeten las libertades originales que lo definen. Por ejemplo, la empresa francesa Mandrake o la norteamericana Novell venden distribuciones de GNU/Linux, y se trata de software libre porque conserva las libertades que lo definen. 2.6. Linux. Durante los a˜os 80, Stallman continu´ trabajando en el desarrollo de las herramientas necesarias n o para crear un sistema operativo completamente libre. Public´ una versi´n del editor GNU Emacs o o y trabaj´ en herramientas que son fundamentales para el movimiento del software libre, como, por o 12
  • 25. Visi´n hist´rica del software. o o ejemplo, el compilador GCC o el depurador GDB. Ya en sus inicios Stallman identific´ la necesidad o de crear las protecciones jur´ ıdicas necesarias para el software libre. En 1989, public´ la versi´n 1.0 o o de la licencia GPL(General Public License)- un proyecto que elaboraba desde el 1985 y que consist´ ıa en un contrato entre el autor del software y el usuario que garantizaba la cesi´n de los derechos o que defin´ al software libre. La licencia GPL era una herramienta legal muy importante dado ıan que Stallman hab´ padecido mucho viendo c´mo algunos programadores cog´ c´digo que era ıa o ıan o software libre, hac´ modificaciones y no aportaban estas modificaciones a la comunidad. En 1991, ıan un estudiante finland´s de 21 a˜os llamado Linus Torvalds publicaba en la Red su propio n´cleo de e n u sistema operativo inspirado en Unix que m´s tarde se denominar´ Linux. R´pidamente, muchos a ıa a hackers se sumaron a un esfuerzo colectivo para ayudarle a mejorar el n´cleo del sistema operativo y u ´ creci´ en importancia. Este era precisamente el coraz´n que le faltaba al sistema GNU que Stallman o o estaba dise˜ando. As´ los hackers de Linux fueron adaptando las herramientas de GNU al n´cleo n ı, u de Linux y crearon las primeras distribuciones GNU/Linux. Estas distribuciones inclu´ Linux ıan y todas las herramientas necesarias para que un usuario lo pudiera utilizar. Richard Stallman ha insistido mucho en el hecho de que el sistema GNU/Linux existe gracias a las aportaciones de la Free Software Foundation y propone usar la denominaci´n GNU/Linux para referirnos a sistemas o completos que incorporan un n´cleo Linux. La mayor´ de usuarios y distribuciones comerciales u ıa siguen hablando de Linux para referirse al sistema y al n´cleo. Linux se ha convertido en el buque u insignia del movimiento del software libre, ya que es un sistema operativo completamente libre que incluye todo tipo de herramientas para servidores y usuarios finales. En 1993, Jordan Hubbard y otros desarrolladores, bas´ndose en el trabajo previo de la versi´n de Unix de BSD, crearon el a o proyecto FreeBSD con el objetivo de construir una comunidad alrededor de una versi´n libre del ya o hist´rico Unix BSD. Sin embargo, para evitar problemas legales tuvieron que reescribir una parte o importante del sistema y no fue hasta 1995 que pudieron empezar a ofrecer un sistema libre de problemas legales. El sistema operativo libre FreeBSD nunca ha gozado de la popularidad de Linux pero es de amplio uso en Internet y es usado en sitios web como Yahoo!, Hotmail o Apache. Tambi´n e es la base para las nuevas versiones del sistema operativo Mac dentro del proyecto Darwin. En 1996, se inicia el proyecto KDE con el objetivo de desarrollar un entorno de escritorio moderno y sencillo de usar para Linux. Su decisi´n m´s pol´mica fue basarlo en la librer´ QT escrita por la empresa o a e ıa TrollTech. Esta librer´ era entonces gratuita para el uso no comercial pero no era software libre. ıa Esta decisi´n enoj´ a la comunidad de software libre, ya que para muchos hackers el objetivo era o o hacer un sistema operativo completamente libre, y una parte tan importante del mismo no pod´ ıa basarse en software propietario. En 1997, el mexicano Miguel de Icaza lanz´ el proyecto GNOME o con el objetivo de desarrollar tambi´n un escritorio moderno y sencillo de usar pero basado en la e librer´ GTK que era completamente libre. En septiembre del 2000, TrollTech anunci´ que licenciaba ıa o la librer´ QT bajo la licencia GPL, lo cual la convert´ en libre, pero s´lo para usos libres. Tanto ıa ıa o KDE como GNOME hoy en d´ son escritorios usados ampliamente en Linux y han alcanzado un ıa grado importante de madurez y solidez. El a˜o 1998 fue a˜o especialmente importante para el n n software libre. Netscape anunci´ la publicaci´n bajo licencia libre de su navegador web Netscape o o Communicator 4, hasta ese momento un producto comercial, as´ como la publicaci´n de su c´digo ı o o fuente bajo el nombre de Mozilla. Este anuncio sorprendi´ a muchos analistas, ya que no ten´ o ıa un antecedente en la industria del software. Fue un momento de inflexi´n para el software libre, o porque una empresa importante en aquel momento como Netscape hac´ una apuesta firme por ıa el movimiento y pon´ a disposici´n de la comunidad un navegador de Internet con las ultimas ıa o ´ tecnolog´ El siguiente a˜o Sun Microsystems hacia lo propio con Star Office, creando el proyecto ıas. n OpenOffice.org. En los siguientes meses los mayores fabricantes de bases de datos como IBM y Oracle anunciaban que soportar´ Linux como plataforma. Lo que supuso un aval ante su uso en ıan el mundo empresarial. 13
  • 26. Cap´ ıtulo 2 2.7. Open Source (c´digo abierto). o Durante el a˜o 1998, Eric S. Raymond, Bruce Pernees y otros hackers involucrados en el desarrollo n de software libre lanzaron la Open Software Initiative y propusieron el uso de t´rmino open soure ce (c´digo abierto) en contraposici´n al t´rmino free software (software libre) como t´rmino m´s o o e e a atractivo al entorno empresarial. El t´rmino free software en el mundo angl´fono creaba una situae o ci´n inc´moda debido a la doble acepci´n que en ingl´s tiene el t´rmino free (que puede significar o o o e e gratuito o libre). La gran mayor´ de empresas en Estados Unidos usan principalmente el t´rmino ıa e c´digo abierto para evitar dar la percepci´n que el software libre es un recurso totalmente gratuito o o y para poner ´nfasis en valor diferencial que representa el hecho de que el c´digo fuente est´ dispoe o a nible. Bruce Perens, de la Open Source Iniciative y antiguo coordinador de la distribuci´n de Linux o Debian, cre´ una lista de condiciones que debe cumplir un programa para poder ser considerado o Open Source. Estas condiciones son muy similares y, de hecho est´n basadas, en las directrices de a software libre de Debian. Estas condiciones tambi´n son aplicables a cualquier programa que sea e software libre y pueden ayudarnos a matizar sus implicaciones: 1. Libre distribuci´n. No se puede impedir la venta o distribuci´n del programa o parte de ´l. o o e As´ mismo, tampoco se puede exigir el pago de un canon o tasa a cambio de su distribuci´n ı o por parte de terceros. 2. C´digo fuente. El programa debe incluir su c´digo fuente y no se puede restringir su redistrio o buci´n. o 3. Trabajos derivados. No debe impedirse realizar modificaciones o trabajos derivados del programa y debe permitirse que ´stos sean distribuidos bajo mismos t´rminos del software original. e e 4. Integridad del c´digo de fuente original. Puede exigirse que una versi´n modificada del proo o grama tenga un nombre y n´mero de versi´n diferente que el programa original para poder u o proteger al autor original de la responsabilidad de estas versiones. 5. No discriminaci´n contra personas o grupos. Las condiciones de uso del programa no pueden o discriminar contra una persona o un grupo de personas. 6. No discriminaci´n contra usos. No se puede negar a ninguna persona hacer uso del programa o para ning´n fin como, por ejemplo, comercial o militar. u 7. Distribuci´n de la licencia. Los derechos del programa deben aplicarse a todos quienes se o redistribuyen el programa sin ninguna condici´n adicional. o 8. La licencia no debe ser espec´ ıfica de un producto. Los derechos garantizados al usuario del programa no deben depender de que el programa forme parte de una distribuci´n o paquete o particular de software. 9. La licencia no debe restringir otro software. La licencia no debe poner restricciones en otros programas que se distribuyen junto con el software licenciado. 10. La licencia debe ser tecnol´gicamente neutra. No puede existir ninguna disposici´n de la o o licencia que obligue al uso de una tecnolog´ concreta. ıa 2.8. El papel del software libre en el crecimiento de Internet. El software libre ha tenido un papel fundamental en el crecimiento y extensi´n de la Red, porque la o mayor parte de la infraestructura de Internet se basa en protocolos abiertos. Aproximadamente el 67 % de servidores web emplean Apache, otro gran n´mero usan SendMail para gestionar el env´ u ıo de correo electr´nico y pr´cticamente la totalidad de los servidores de nombres (DNS), esenciales o a 14
  • 27. Visi´n hist´rica del software. o o en el funcionamiento de la Red, utilizan el programa BIND o derivados de su c´digo fuente. Tim o Berners-Lee, creador de la web, describe c´mo en el a˜o 1993 decidi´ presionar al CERN, donde o n o trabajaba, para que cediera bajo la licencia GPL, creada por la Free Software Foundation, todo el software que hab´ creado para realizar la infraestructura de la web hasta entonces. Finalmente, en ıa abril de ese mismo a˜o el CERN accedi´ a permitir Es indiscutible la importancia que ha tenido n o el software libre en la extensi´n y el desarrollo de Internet desde sus inicios. Sin la existencia del o software libre Internet hoy en d´ probablemente no existir´ Ha sido igualmente importante el ıa ıa. hecho de que los protocolos que definen la arquitectura de Internet sean abiertos y que no hayan sido controlados por una o varias empresas. 2.9. Formatos abiertos. A menudo nos encontramos con creadores de sitios que s´lo prueban sus p´ginas con Microsoft o a Internet Explorer, muchas veces por desconocimiento de la existencia y del grado de implantaci´n o de otros navegadores o, en ocasiones, simplemente porque no consideran la compatibilidad como un tema importante. Internet ha creado sus propios mecanismos para evitar este tipo de situaciones. En 1994 se cre´ el World Wide Consortium (W3), que agrupa a los principales fabricantes de o software de Internet, con la misi´n principal de definir y promover la creaci´n de est´ndares para la o o a Web. En realidad, cuando hablamos de est´ndares web nos referimos casi siempre a las definiciones a y recomendaciones de este consorcio, que ha conseguido que pr´cticamente todos los navegadores a modernos funcionen en un grado aceptable con los est´ndares m´s recientes. Esto que hemos visto a a que sucede en la Web, ocurre tambi´n en un ´mbito muy importante: en el intercambio de datos e a entre aplicaciones. Normalmente se definen formatos de intercambio que permiten operar entre ellas. Pese a que lo deseable ser´ que estos formatos, contenedores de nuestra informaci´n, fueran ıa o conocidos por todos y que no tuvieran restricciones de uso, en ocasiones pueden tener limitaciones de uso o simplemente no estar documentados. Los formatos libres garantizan la libertad de los usuarios para intercambiar informaci´n con todo el mundo independientemente de la aplicaci´n o o que utilicen, ya que permiten a cualquier programador desarrollar software que trabaje con estos formatos. La restricci´n en el acceso de la informaci´n a un determinado navegador o formato o o representa una discriminaci´n contra los usuarios de los otros navegadores o aplicaciones y es un o hecho que afecta y preocupa especialmente al mundo del software libre.1 2.10. Visi´n hist´rica del Software propietario (Microsoft). o o Con la explosi´n de la microinform´tica y con el descenso de precio de los sistemas inform´ticos y o a a su popularizaci´n entre las empresas, aparecieron las primeras compa˜´ de software. Muchas de o nıas ellas empezaron contratando hackers que estaban alrededor de los centros de c´lculo de las univera sidades, de forma que ´stas se fueron despoblando de aquellos pioneros. Estas empresas al negar el e acceso a los usuarios y a otros desarrolladores al c´digo fuente de las aplicaciones que mejoraban o o desarrollaban, comenzaron a conseguir una ventaja competitiva. En ese momento se rompi´ la trao dici´n de compartir el c´digo que hab´ imperado hasta entonces y consecuentemente con la propia o o ıa ´tica hacker. Se fue extendiendo ese modelo de c´digo cerrado en el cual el software se vend´ sin e o ıa el c´digo fuente acortando cada vez mas las libertades a los usuarios oblig´ndolos a adquirir una o a licencia. Actualmente, en la inform´tica existe una situaci´n de monopolio en dos de las ´reas m´s a o a a importantes para los usuarios: sistemas operativos y aplicaciones ofim´ticas. Cada ordenador del a mundo necesita un sistema operativo para poder funcionar. Existen incluso personas que piensan que el sistema operativo es algo tan b´sico y fundamental en la Sociedad de la Informaci´n que a o 1 Masi Hern´ndez, a Jordi. Software libre: t´cnicamente e te sostenible y socialmente justo. Infonomia. Espa˜a. n 2005. http://www.juntadeandalucia.es/averroes/manuales/guadaconceptos.html#GlossG. viable, p.76. econ´micameno Disponible en 15
  • 28. Cap´ ıtulo 2 deber´ ser declarado un bien p´blico. Microsoft, con las diversas versiones del sistema operativo ıa u Windows, goza de una base instalada de m´s del un 90 % del total de los sistemas operativos del a mundo. Esta situaci´n le sit´a en una posici´n de control del mercado muy por delante de sus o u o competidores. Al ser productor del sistema operativo Windows y de aplicaciones que se ejecutan sobre ´l -como Microsoft Office-. La multinacional conoce mejor que nadie c´mo sacar provecho e o del sistema. Conoce detalles de su dise˜o a los que nadie m´s tiene acceso al ser un programa n a propietario. Adem´s, sabe con mucha m´s antelaci´n qu´ nuevas funcionalidades tendr´n futuras a a o e a versiones del sistema y c´mo explotarlas. Durante los juicios antimonopolio que Microsoft tuvo en o Estados Unidos se propuso que la compa˜´ se dividiera en dos empresas: una que dise˜ar´ los nıa n a sistemas operativos y otra las aplicaciones. Microsoft no s´lo ha utilizado esta ventaja evidente, o sino que adem´s en multitud de ocasiones ha tenido pr´cticas ´ticamente cuestionables. Sirva a a a e modo de ejemplo el caso de DR-DOS. A principios de los 90 Microsoft vend´ MS-DOS como ıa principal sistema operativo y empezaba tambi´n a vender Windows 3.1que se ejecutaba encima e de MS-DOS. En aquel entonces, la empresa Digital Research comercializaba DR-DOS, un sistema alternativo y compatible MS-DOS mucho m´s barato y t´cnicamente superior. La alternativa de a e Digital Research fue ganando aceptaci´n y empez´ a ser una amenaza para las ventas de MS-DOS. o o Microsoft decidi´ a˜adir deliberadamente unas instrucciones en el programa Windows 3.1 para que o n s´lo se ejecutar´ correctamente 22 si se ejecutaba sobre MS-DOS y diera un mensaje de error si se o a ejecutaba en DR-DOS. Digital Research demand´ a Microsoft. Es simplemente uno de los muchos o ejemplos donde Microsoft ha usado su poder sobre la plataforma Windows para da˜ar a la compen tencia. Otra tendencia de Microsoft es utilizar el sistema operativo como plataforma para integrar aplicaciones e imponer su tecnolog´ As´ Microsoft decidi´ integrar Internet Explorer en Windows ıa. ı, o dejando a Netscape fuera del mercado o integrar Windows Media Player dejando Real Audio fuera del sistema. Ambas empresas llevaron a juicio a Microsoft. Despu´s del sistema operativo, la see gunda aplicaci´n m´s usada por los usuarios es el paquete ofim´tico, es decir, un procesador de o a a textos, una hoja de c´lculo y las herramientas asociadas. Aqu´ de nuevo Microsoft con su producto a ı Microsoft Office goza de una cuota de mercado similar a la de Windows, es decir, tambi´n de moe nopolio. Microsoft tiene diversos juicios en Estados Unidos y Europa por pr´cticas monopol´ a ısticas. Gobiernos, empresas, y usuarios de todo el mundo dependen de forma exclusiva de este software propietario. Muchas personas ven en el software libre una soluci´n para romper esta situaci´n de o o monopolio y que el mercado y los usuarios puedan recuperar su libertad. No es de extra˜ar que n Microsoft y la comunidad del software libre tengan a menudo roces y discrepancias, ya que la visi´n o de la ´tica en el mundo del software son contrapuestas. Ver con recelo a Microsoft es una tendencia e en general de la industria inform´tica.2 a 2 Masi cit. 16 Hern´ndez, Jordi.“Software libre: t´cnicamente viable, econ´micamente sostenible y socialmente justo” op. a e o
  • 29. Cap´ ıtulo 3 Copyright, copyleft y patentes. 3.1. Copyright. El s´ ımbolo del copyright “ c ”, es usado para indicar que una obra est´ sujeta al derecho de autor. a El derecho de autor (del franc´s droit d’auteur) es un conjunto de normas y principios que regulan e los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creaci´n de una obra literaria, art´ o ıstica o cient´ ıfica, tanto publicada o que todav´ ıa no se haya publicado. En el derecho anglosaj´n se utiliza la noci´n de copyright que, por lo general, o o comprende la parte patrimonial de los derechos de autor. Una obra pasa al dominio p´blico cuando u los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris). 3.1.1. Derecho de autor y Copyright. El derecho de autor y copyright constituyen dos concepciones sobre la propiedad literaria y art´ ıstica. El primero proviene de la familia del derecho continental, particularmente del derecho franc´s, e mientras que el segundo proviene del derecho anglosaj´n (o common law). El derecho de autor se o basa en la idea de un derecho personal del autor, fundado en una forma de identidad entre el autor y su creaci´n. El derecho moral est´ constituido como emanaci´n de la persona del autor; reconoce o a o que la obra es expresi´n de la persona del autor y as´ se le protege. La protecci´n del copyright se o ı o limita estrictamente a la obra, sin considerar atributos morales del autor en relaci´n con su obra, o excepto la paternidad; no lo considera como un autor propiamente tal, pero tiene derechos que determinan las modalidades de utilizaci´n de una obra. o Antecedentes hist´ricos. o Aunque en la antig¨edad es posible encontrar incipientes ideas acerca de un derecho sobre las obras u intelectuales, no es hasta la aparici´n de la imprenta, que permiti´ la distribuci´n y copia masiva o o o de las obras, cuando surge la necesidad de proteger las obras no como objetos materiales, sino como fuentes de propiedad intelectual. Formalmente se sit´a el nacimiento del derecho de autor y del u copyright durante el siglo XVIII. En la Inglaterra del siglo XVIII los editores de obras (los libreros) argumentaban la existencia de un derecho a perpetuidad a controlar la copia de los libros que hab´ ıan adquirido de los autores. Dicho derecho implicaba que nadie m´s pod´ imprimir copias de las obras a ıa sobre las cuales tuvieran el copyright (traducido literalmente como derecho de copia). El Estatuto de la Reina Ana, aprobado por el parlamento ingl´s en 1710, fue la primera norma sobre copyright e de la historia. Esta ley establec´ que todas la obras publicadas recibir´ un plazo de copyright ıa ıan 17
  • 30. Cap´ ıtulo 3 de 14 a˜os, renovable por una vez si el autor se manten´ con vida (o, sea, un m´ximo de 28 a˜os n ıa a n de protecci´n). Mientras que todas las obras publicadas antes de 1710 recibir´ un plazo unico o ıan ´ de 21 a˜os a contar de esa fecha. Sin embargo, el dominio p´blico en el derecho anglosaj´n s´lo n u o o naci´ en 1774, tras el caso Donaldson contra Beckett en que se discuti´ la existencia del copyright a o o perpetuidad (la C´mara de los Lores resolvi´ 22 votos a 11 en contra de esa idea). Estados Unidos a o incorpor´ los principios sentados en Inglaterra sobre el copyright. As´ la Constituci´n de 1787, en el o ı o art´ ıculo I, secci´n 8, cl´usula 8 (la cl´usula del progreso) permite establecer en favor de los autores o a a “derechos sobre la propiedad creativa” por tiempo limitado. En 1790, el Congreso de Estados Unidos promulg´ la primera Copyright Act (Ley sobre copyright), creando un sistema federal de copyright o y protegi´ndolo por un plazo de catorce a˜os, renovable por igual t´rmino si el autor estaba vivo e n e a su vencimiento (o, sea, un m´ximo de 28 a˜os de protecci´n). Si no exist´ renovaci´n, su obra a n o ıa o pasaba al dominio p´blico. Mientras, en Estados Unidos, el copyright se convirti´ en un derecho u o de propiedad comerciable, en Francia y Alemania se desarroll´ el derecho de autor, bajo la idea o de expresi´n unica del autor. En esa l´ o ´ ınea, el fil´sofo alem´n Kant dec´ que “una obra de arte no o a ıa puede separarse de su autor”. En Francia en 1777, Beaumarchais (autor la comedia El Barbero de Sevilla) junto a otros dramaturgos, fund´ la primera organizaci´n para promover el reconocimiento o o de los derechos de los autores. Pero hubo que esperar al final de la Revoluci´n Francesa para que la o Asamblea Nacional aprobara la primera Loi du droit d’auteur (Ley de derecho de autor) en 1791. Evoluci´n del copyright. o En 1790, la obras protegidas por la Copyright Act de Estados Unidos eran s´lo los “mapas, cartas o de navegaci´n y libros” (no cubr´ las obras musicales o de arquitectura). Este copyright otorgaba al o ıa autor el derecho exclusivo a “publicar” las obras, por lo que s´lo se violaba tal derecho si reimprim´ o ıa la obra sin el permiso de su titular. Adem´s, este derecho no se extend´ a las “obras derivadas” a ıa (era un derecho exclusivo sobre la obra en particular), por lo que no imped´ las traducciones o ıa adaptaciones de dicho texto. Con los a˜os, el titular del copyright obtuvo el derecho exclusivo a n controlar cualquier “publicaci´n” de su obra. Sus derechos se extendieron, de la obra en particular, o a cualquier “obra derivada” que pudiera surgir en base a la “obra original”. Asimismo, el Congreso de Estados Unidos increment´ en 1831 el plazo inicial del copyright de 14 a 28 a˜os (o sea, se lleg´ a o n o un m´ximo de 42 a˜os de protecci´n) y en 1909 extendi´ el plazo de renovaci´n de 14 a 28 a˜os a n o o o n (obteni´ndose un m´ximo de 56 a˜os de protecci´n). Y, a partir de los a˜os 50, comenz´ a extender e a n o n o los plazos existentes en forma habitual (1962, 1976 y 1998). Campo de aplicaci´n. o La protecci´n del derecho de autor abarca unicamente la expresi´n de un contenido, pero no las o ´ o ideas. Para su nacimiento no necesita de ninguna formalidad, es decir, no requiere de la inscripci´n o en un registro o el dep´sito de copias, los derechos de autor nacen con la creaci´n de la obra. Son o o objeto de protecci´n las obras originales, del campo literario, art´ o ıstico y cient´ ıfico, cualquiera que sea su forma de expresi´n, soporte o medio. Entre otras: o Libros, folletos y otros escritos; Obras dram´ticas o dram´tico-musicales; a a Obras coreogr´ficas y las pantomimas; a Composiciones musicales con o sin letra; Obras musicales y otras grabaciones sonoras; Obras cinematogr´ficas y otras obras audiovisuales; a Obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litograf´ ıa; 18
  • 31. Copyright, copyleft y patentes. Obras fotogr´ficas; a Ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras pl´sticas relativos a la geograf´ a la topograf´ a ıa, ıa, a la arquitectura o a las ciencias; Programas inform´ticos. a Hay varias categor´ de materiales que generalmente no son elegibles para la protecci´n de derecho ıas o ´ de autor. Estas incluyen entre otras: Trabajos que no han sido fijados en una forma de expresi´n tangible. Por ejemplo: obras o coreogr´ficas que no han sido escritas o grabadas, o discursos improvisados o presentaciones a que no han sido escritas o grabadas. T´ ıtulos, nombres, frases cortas y lemas, s´ ımbolos o dise˜os familiares, meras variantes de n decoraci´n tipogr´fica, letras o colores; meras listas de ingredientes o contenidos. o a Ideas, procedimientos, m´todos, sistemas, procesos, conceptos, principios, descubrimientos, e aparatos, como diferenciaciones de una descripci´n, explicaci´n o ilustraci´n. o o o Obras que consisten totalmente de informaci´n que es de conocimiento p´blico y no repreo u sentan un trabajo que tenga un autor original. (Por ejemplo: calendarios, tablas de peso y estatura, cintas m´tricas o reglas, y listas o tablas obtenidas de documentos p´blicos u otras e u fuentes de uso com´n). u Las leyes, reglamentos y dem´s normas. Se pueden publicar pero no dan exclusividad: otros a pueden tambi´n publicar ediciones de las leyes. En los casos de obras como concordancias, e correlaciones, comentarios y estudios comparativos de las leyes, s´ pueden ser protegidas en ı lo que tengan de trabajo original del autor. Los derechos de autor. Generalmente le da al due˜o del derecho de autor el derecho exclusivo para hacer y para autorizar n a otros a hacer lo siguiente: Reproducir la obra en copias o fonogramas. Preparar obras derivadas basadas en la obra. Distribuir copias o fonogramas de la obra al p´blico vendi´ndolas o haciendo otro tipo de u e transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias. Presentar la obra p´blicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dram´ticas y cou a reogr´ficas, pantomimas, pel´ a ıculas y otras producciones audiovisuales. Mostrar la obra p´blicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dram´ticas coreogr´fiu a a cas, pantomimas, obras pict´ricas, gr´ficas y esculturales, incluyendo im´genes individuales o a a de pel´ ıculas u otras producciones audiovisuales. En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra p´blicamente a trav´s de la transmisi´n u e o audiodigital. La protecci´n del derecho de autor existe desde que la obra es creada de una forma fijada. El derecho o de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor que cre´ dicha o obra. S´lo el autor o aquellos cuyos derechos derivan del autor pueden reclamar propiedad. Los o autores de una obra colectiva son co-due˜os del derecho de autor de dicha obra a menos que haya n 19
  • 32. Cap´ ıtulo 3 un acuerdo que indique lo contrario. El derecho de autor de cada contribuci´n individual de una o publicaci´n peri´dica o en serie, o cualquier otra obra colectiva, existen a parte del derecho de autor o o de una obra colectiva en su totalidad y est´n conferidos inicialmente al autor de cada contribuci´n. a o La mera posesi´n de un libro, manuscrito, pintura o cualquier otra copia o fonograma le otorga al o due˜o el derecho de autor. Los menores de edad pueden reclamar derecho de autor pero las leyes del n estado pueden reglamentar cualquier transacci´n relacionada con este tema que incluya a menores. o Derechos Patrimoniales: Son aquellos que permiten de manera exclusiva la explotaci´n de la o obra hasta un plazo contado a partir de la muerte del ultimo de los autores, posteriormente ´ pasan a formar parte del dominio p´blico pudiendo cualquier persona explotar la obra. u Derechos Morales: Los cuales son ligados al autor de manera permanente y son irrenunciables e imprescriptibles. Derechos Conexos: Son aquellos que protegen a personas distintas al autor, como pueden ser los artistas, interpretes, traductores, editores, productores, etc.1 3.1.2. El contrato de copyright. El sistema de copyright funciona mediante la concesi´n de privilegios y por lo tanto de beneficios, o a los editores y a los autores, pero no lo hace en su provecho. M´s bien lo hace para modificar su a comportamiento: proporciona un incentivo a los autores para escribir y editar m´s. En la pr´ctica, a a el gobierno emplea los derechos naturales del p´blico, en nombre del p´blico, como parte de un u u trato para ofrecerle un mayor n´mero de obras editadas. Los expertos en derecho llaman a este u concepto el ((contrato de copyright)); como la adquisici´n estatal de una autopista o un avi´n o o usando el dinero de los contribuyentes, excepto que en este caso el gobierno gasta nuestra libertad en lugar de nuestro dinero. Pero ¿tal y como existe en la actualidad, el contrato supone un buen trato para el p´blico? Son posibles muchos contratos alternativos; ¿cu´l es el mejor? Cualquier u a medida en relaci´n a la pol´ o ıtica de copyright es parte de esta cuesti´n. Normalmente los autores o se los ceden a los editores; son los editores, y no los autores, quienes suelen ejercer los derechos y quienes se quedan con la mayor´ de los beneficios, aunque los autores consigan una peque˜a ıa n porci´n. Por eso los editores son los que con frecuencia presionan m´s para aumentar los poderes o a del copyright. Para reflejar mejor la realidad del copyright en lugar del mito, este art´ ıculo se refiere a los editores antes que a los autores como sujetos de los derechos del copyright. Tambi´n se refiere e a los usuarios de las obras protegidas por el copyright como “lectores”, a´n cuando este uso no u siempre signifique su lectura, en la medida en que el t´rmino “usuario” resulta lejano y abstracto. e ¿Cu´l es la manera adecuada de decidir la pol´ a ıtica de copyright? Si el copyright es un contrato hecho en nombre del p´blico, deber´ servir ante todo al inter´s p´blico. Dado que no podemos encontrar u ıa e u este precio m´ ınimo en t´rminos de libertad a trav´s de un concurso p´blico como se hace con e e u los proyectos de construcci´n, ¿qu´ podemos hacer? Un m´todo posible es reducir los privilegios o e e del copyright por etapas y observar los resultados. Observando si hay disminuciones apreciables en el volumen de publicaci´n, aprenderemos que extensi´n del copyright es realmente necesaria o o para llevar a cabo los prop´sitos del p´blico. Esto se debe valorar por medio de la observaci´n o u o pr´ctica, no por lo que los editores digan que ocurrir´, ya que tienen todos los motivos para hacer a a predicciones exageradas de perdidas si sus poderes se ven reducidos de alg´n modo. La pol´ u ıtica de copyright tiene varias dimensiones independientes que pueden ajustarse de forma separada. Despu´s e de encontrar el m´ ınimo necesario para una vertiente de esta pol´ ıtica, todav´ ser´ posible reducir ıa ıa otras dimensiones del copyright a la vez que se mantiene el nivel de publicaci´n deseado. Una o dimensi´n importante del copyright es su duraci´n, que ahora se encuentra en torno a un siglo de o o media. Reducir el monopolio sobre la copia a diez a˜os, desde la fecha en que una obra es publicada, n ser´ un buen primer paso. Otro aspecto del copyright, que cubre la realizaci´n de obras derivadas, ıa o podr´ extenderse por m´s tiempo. ¿Por qu´ contar desde la fecha de publicaci´n? Por que el ıa a e o 1 Copyright. 20 http://es.wikipedia.org/wiki/Copyright. Fecha de consulta 24 de mayo de 2006.
  • 33. Copyright, copyleft y patentes. copyright de las obras no publicadas no limita directamente la libertad los lectores; que tengamos libertad para copiar una obra es una cuesti´n in´til cuando aun no tenemos una copia. As´ que o u ı dar a los autores m´s tiempo para publicar un trabajo no hace ning´n da˜o. Los autores -que por a u n lo general s´ poseen el copyright antes de publicar rara vez elegir´n retrasar la publicaci´n s´lo ı a o o para alejar el fin del plazo del copyright. ¿Por qu´ diez a˜os? Porque esta es una propuesta segura; e n podemos confiar en el terreno pr´ctico que esta reducci´n tendr´, hoy en d´ poco impacto en la a o a ıa, viabilidad general de la edici´n. En muchos medios y g´neros, las obras de ´xito son muy rentables o e e unos pocos a˜os, y normalmente incluso las obras de ´xito ya no se editan pasados los diez a˜os. n e n Incluso para las obras de referencia, cuya vida util puede ser de muchas d´cadas, el copyright de ´ e diez a˜os deber´ de bastar: las ediciones actualizadas se lanzan con regularidad y muchos lectores n ıa comprar´n la ultima versi´n con copyright antes que copiar una versi´n de dominio p´blico con a ´ o o u diez a˜os de antig¨edad. Diez a˜os todav´ puede ser m´s tiempo del necesario; una vez que las n u n ıa a cosas se estabilicen, podremos probar mayores reducciones para ajustar el sistema. Pero no tenemos por qu´ aplicar el mismo lapso de tiempo para todas las obras. Mantener la uniformidad extrema e de las pol´ ıticas de copyright no es crucial para el inter´s p´blico y la legislaci´n de copyright ya e u o incluye muchas excepciones para medios y usos espec´ ıficos. Ser´ absurdo pagar por cada proyecto ıa de autopista al precio de los proyectos m´s dif´ a ıciles y en las regiones m´s caras de cada pa´ es a ıs; igualmente absurdo “pagar” por todo tipo de arte el precio m´s alto, en t´rminos de libertad, a e que consideramos necesario para un caso determinado. As´ quiz´s las novelas, los diccionarios, ı, a los programas inform´ticos, las canciones, las sinfon´ y las pel´ a ıas ıculas deber´ tener un copyright ıan con distintas duraciones, de modo que podamos reducir la duraci´n en cada tipo de obra a lo que o sea necesario para ese tipo de obras se publiquen. Quiz´ las pel´ a ıculas con duraci´n mayor de una o hora podr´ tener un copyright de 20 a˜os, debido a los costos de producci´n. En el campo de la ıan n o programaci´n inform´tica, tres a˜os deber´ bastar, dado que los ciclos de un producto son incluso o a n ıan m´s cortos. Otra dimensi´n de la pol´ a o ıtica de copyright es la magnitud del uso razonable: algunas formas legalmente permitidas de reproducci´n de un trabajo, total o parcialmente, a´n cuando ´ste o u e est´ protegido por el copyright. El primer paso natural para reducir este aspecto del copyright es a permitir la copia privada sin animo de lucro, ocasional y en peque˜a cantidad, para su distribuci´n ´ n o entre individuos. Esto eliminar´ la intrusi´n de la polic´ del copyright en la vida privada de la gente, ıa o ıa pero probablemente tendr´ poco efecto en las ventas de las obras publicadas. Para las novelas, y en ıa general para las obras que se utilizan como entretenimiento, la redistribuci´n textual no comercial o podr´ ser una libertad suficiente para los lectores. Los programas inform´ticos, al ser usados ıa a para fines funcionales como para trabajar, exigen libertades adicionales, incluyendo la libertad de publicar una versi´n mejorada. Sin embargo, en relaci´n a estas libertades un compromiso aceptable o o podr´ ser que estuvieran disponibles universalmente unicamente despu´s de una retraso de dos o ıa ´ e tres a˜os con respecto a la publicaci´n del programa. Al igual que consideramos la reducci´n de n o o la extensi´n del copyright, debemos asegurarnos de que simplemente las empresas medi´ticas no o a lo reemplazar´n con acuerdos de licencia para el usuario final. Ser´ necesario prohibir el uso de a ıa contratos que aplican a la copia restricciones que van m´s all´ que las reguladas por el copyright. a a Dichas limitaciones, que pueden ser prescritas por los contratos no negociados del mercado de masas, son una parte est´ndar del sistema legal de los Estados Unidos. a 3.1.3. Ventajas del copyright. Si no se utilizara copyright muchos artistas podr´ temer que su trabajo pudiera ser copiado y ıan modificado sin reconocer el trabajo al artista inicial. Sin embargo, esto puede traer problemas: el trabajo del artista podr´ utilizarse de manera contraria a su voluntad, poniendo una ıa fotograf´ est´ndar en un cartel racista. Si el artista es reconocido, ser´ entonces asociado ıa a a aparentemente con un grupo y una ideolog´ que tal vez no comparta. Asimismo, tampoco ıa hay garant´ de que se le atribuya el m´rito de su trabajo. ıa e El due˜o o la persona que ha escrito una obra tiene derecho a cobrar por la misma, as´ como n ı por su reproducciones. 21
  • 34. Cap´ ıtulo 3 Las compa˜´ que distribuyen software propietarios responden ante cualquier problema legal nıas que se suscite respecto al posibles reclamos de propiedad intelectual. Frente a problemas con los programas de los cuales se han comprado sus licencias propietarias, existe un responsable frente al cual se puede fincar alguna acci´n legal. o 3.1.4. Desventajas del copyright. Origina que en el mercado se generen monopolios, ejemplo de esto es el claro desarrollo de Microsoft. Los distribuidores de programas generan mercados cautivos, ya que insertan problemas a sus propios programas a efecto de que se requiera alguna actualizaci´n. o Debido al constante cambio tecnol´gico los programas se vuelven obsoletos sumamente r´pido o a por lo que es necesario comprar las nuevas versiones de los programas, o bien, los nuevos programas que salgan al mercado; por lo que implica un gran gasto para los usuarios. Debido a las pr´cticas monopolicas que se ejercen actualmente respecto a los programas propietarios, a las compa˜´ se aprovechan de ello y fijan altos costos para sus productos, que en muchos nıas casos son inaccesibles para muchas personas. Los altos costos derivados de las pr´cticas monopolicas de los software propietarios han cona tribuido a la proliferaci´n de la pirateria. o 3.2. Copyleft. El s´ ımbolo del copyleft es “ c ”, es decir, el s´ ımbolo del copyright invertido, viendo hacia la izquierda. Es utilizado como la contrapartida del s´ ımbolo del copyright, sin embargo no posee reconocimiento legal. El t´rmino copyleft describe un grupo de licencias que se aplican a una diversidad de trabajos tales e como el software, la literatura, la m´sica y el arte. Una licencia copyleft se basa en las normas u sobre el derecho de autor, las cuales son vistas por los defensores del copyleft como una manera de restringir el derecho de hacer y redistribuir copias de un trabajo determinado, para garantizar que cada persona que recibe una copia o una versi´n derivada de un trabajo, pueda a su vez usar, o modificar y redistribuir tanto el propio trabajo como las versiones derivadas del mismo. As´ y ı, en un entorno no legal, el copyleft puede considerarse como opuesto al copyright. Los vocablos ingleses “right” y “left” adem´s significan “derecha” e “izquierda” respectivamente, lo que acent´a a u la diferencia entre ambos conceptos. Una posible traducci´n al espa˜ol ser´ “izquierdos de autor”, o n ıa en contraste con los derechos de autor. En la pr´ctica sin embargo el t´rmino se deja sin traducir. a e Curiosamente, “left” tambi´n se puede traducir como dejado o abandonado mientras que “right” es e derecho o recto. Los autores y desarrolladores usan el copyleft en sus creaciones como medio para que otros puedan continuar el proceso de ampliar y mejorar su trabajo. 3.2.1. Historia. Pese a que el concepto de copyleft puede aplicarse hoy en d´ a una amplia variedad de trabajos, ıa sus ra´ ıces se encuentran en el mundo del software, m´s concretamente en la ´poca en la que el a e padre del software libre, Richard Stallman, trabajaba en un int´rprete de Lisp. Por aquel entonces, e la compa˜´ Symbolics se interes´ por el trabajo de Stallman y ´ste, accedi´ a proporcionarles una nıa o e o versi´n del int´rprete bajo dominio p´blico. M´s tarde, Symbolics ampli´ y mejor´ el software de o e u a o o Stallman, pero cuando ´ste ultimo quiso acceder a dichas modificaciones, la compa˜´ se neg´. Fue e ´ nıa o entonces, en 1984, cuando Stallman decidi´ ponerse a trabajar para erradicar este tipo de como portamiento, al que bautiz´ con el nombre de “acaparamiento del software” (“software hoarding”). o 22
  • 35. Copyright, copyleft y patentes. Como a Stallman le pareci´ poco viable, a corto plazo, eliminar las leyes del copyright as´ como o ı las injusticias que consideraba provocadas por su perpetuamiento, decidi´ trabajar dentro del maro co legal existente y cre´ as´ su propia licencia de copyright, la Licencia P´blica General de GNU o ı u (GPL), la primera licencia copyleft. Por primera vez, el titular de los derechos de autor pod´ si ıa, as´ lo deseaba, transferir de manera permanente el m´ximo n´mero de derechos al usuario de un ı a u programa, sin importar cualquier revisi´n posterior que alguien pudiera hacer sobre el programa o original. Con esta medida no se conced´ derechos al p´blico en general, solamente a aquellos que ıan u ya hab´ recibido una copia del programa, pero era lo mejor que pod´ hacerse bajo la ley existente. ıan ıa A la nueva licencia no se le puso a´n la etiqueta de copyleft. El copyleft es un m´todo para convertir u e un programa en software libre y exigir que todas las versiones del mismo, modificadas o ampliadas, tambi´n lo sean. La forma m´s sencilla de hacer que un programa sea libre es ponerlo en el dominio e a p´blico, sin derechos reservados. Esto permite a la gente compartir el programa y sus mejoras, si u as´ lo desean. Pero asimismo permite, a quienes no crean en la cooperaci´n, convertir el programa ı o en software propietario. Pueden hacer cambios, muchos o pocos, y distribuir su resultado como un producto propietario. Las personas que reciben el programa con esas modificaciones no gozan de la libertad que les dio el autor original; el intermediario les ha despojado de ella. En el proyecto GNU, el objetivo es proporcionarle a todos los usuarios la libertad para redistribuir y modificar el software GNU. Si los intermediarios pudieran eliminar esa libertad, ver´ ıamos aumentar el n´mero u de usuarios, pero esos usuarios no dispondr´ de libertad. As´ que, en vez de poner software GNU ıan ı en el dominio p´blico, se protege con copyleft. De acuerdo con el copyleft, cualquiera que distribuya u software, con o sin modificaciones, debe traspasar con ´l la libertad para copiarlo y modificarlo. e El copyleft garantiza que cada usuario goce de esta libertad. El copyleft tambi´n incentiva a otros e usuarios a introducir mejoras en el software libre. Programas importantes como el compilador GNU existen gracias a esto. El copyleft tambi´n ayuda a estos usuarios que deseen contribuir a mejorar e el software libre al darles autorizaci´n para ello. Un usuario puede querer aportar sus cambios a o la comunidad, pero su empresa preferir´ convertir sus modificaciones en un producto de software a propietario. Cuando le explicamos a la empresa que es ilegal distribuir la versi´n mejorada a menos o que sea en forma de software libre, normalmente ´sta optar´ por distribuirla como software libre e a antes que desecharla. Para aplicar el copyleft a un programa, primero reservamos los derechos; luego a˜adimos los t´rminos de distribuci´n, un instrumento legal que otorga a todo el mundo el derecho n e o a utilizar, modificar y redistribuir el c´digo del programa o cualquier programa derivado del mismo, o siempre que no se alteren los t´rminos de distribuci´n. De esta forma, el c´digo y las libertades e o o se convierten en elementos legalmente inseparables. El software propietario usa el copyright para restar libertad a los usuarios; el software libre usa copyleft recurre a los derechos reservados para garantizarla. Por eso invertieron el nombre, convirtiendo los derechos reservados -copyright- en copyleft. El copyleft es un concepto general. Hay muchas maneras de interpretarlo. En el proyecto GNU, los t´rminos de distribuci´n espec´ e o ıficos que se utilizan est´n contenidos en la General Public a License GNU (GNU GPL). La General Public License GNU es llamada muchas veces GNU-GPL para abreviar. Existe una p´gina de consulta sobre la GNU GPL. La FSF obtiene la cesi´n de los a o derechos de copyright de aquellos que quieren contribuir con ella. La GNU Free Documentation License FDL es una forma de copyleft dise˜ada para manuales, libros de texto u otros documenn tos, que asegura a cualquiera la libertad de copia y de distribuci´n, con o sin modificaciones, ya o sea en de forma comercial o no comercial. La GPL GNU est´ dise˜ada para que se pueda aplicar a n f´cilmente al programa siempre y cuando se tenga derechos sobre ´l. No tienes que modificar la a e GPL GNU para hacerlo, basta con a˜adir una nota en ese programa que haga referencia a ella. n Emplear los mismos t´rminos de distribuci´n para muchos programas diferentes facilita la copia del e o c´digo entre varios programas. Ya que todos comparten id´nticos t´rminos de distribuci´n, no es o e e o necesario preocuparse por si los t´rminos son compatibles o no. La LGPL permite adem´s alterar e a los t´rminos de distribuci´n de la GPL ordinaria, de modo que pueda copiarse el c´digo dentro e o o de otro programa cubierto por la GPL. S´ alguien desea poner un copyleft se debe usar la licencia ı completa, no est´n permitidas las copias parciales. a 23
  • 36. Cap´ ıtulo 3 3.2.2. M´todos de aplicar copyleft. e La pr´ctica habitual para conseguir este objetivo de explotaci´n sin trabas, copia y distribuci´n a o o de una creaci´n o de un trabajo y sus derivados es la de distribuirlo junto con una licencia. Dicha o licencia deber´ estipular que cada propietario de una copia del trabajo pudiera: ıa 1. usarla sin ninguna limitaci´n. o 2. (re)distribuir cuantas copias desee, y 3. modificarla de la manera que crea conveniente. Estas tres libertades, sin embargo, no son suficientes a´n para asegurar que un trabajo derivado u de una creaci´n sea distribuido bajo las mismas condiciones no restrictivas: con este fin, la licencia o debe asegurar que el propietario del trabajo derivado lo distribuir´ bajo el mismo tipo de licencia. a Otras condiciones de licencia adicionales que podr´ evitar posibles impedimentos al uso sin trabas, ıan distribuci´n y modificaci´n del trabajo incluir´ o o ıan: asegurar que las condiciones de la licencia copyleft no pueden ser revocadas; asegurar que el trabajo y sus derivados son siempre puestos a disposici´n de manera que se o facilite su modificaci´n, para el software, esta facilidad suele asociarse a la disponibilidad del o c´digo fuente, donde incluso la compilaci´n de dicho c´digo deber´ permitirse sin ninguna o o o ıa clase de impedimento. idear un sistema m´s o menos obligatorio para documentar adecuadamente la creaci´n y sus a o modificaciones, por medio de manuales de usuario, descripciones, etc. En la pr´ctica, para que estas licencias copyleft tuvieran alg´n tipo de efecto, necesitar´ hacer un a u ıan uso creativo de las reglas y leyes que rigen la propiedad intelectual, cuando nos referimos a las leyes del copyright, todas las personas que de alguna manera han contribuido al trabajo con copyleft se convertir´ en titulares de los derechos de autor, pero, al mismo tiempo, si nos atenemos a ıan la licencia, tambi´n renunciar´ deliberadamente a algunos de los derechos que normalmente se e ıan derivan de los derechos de autor, por ejemplo, el derecho a ser el unico distribuidor de las copias del ´ trabajo. Aunque depende de las leyes que rigen la propiedad intelectual, que pueden ser diferentes de un pa´ a otro, la licencia final, que no es m´s que un m´todo para alcanzar los objetivos del ıs a e copyleft, tambi´n puede diferir de un pa´ a otro.2 e ıs 3.2.3. Etimolog´ ıa. Seg´n algunas fuentes, el t´rmino copyleft proviene de un mensaje contenido en el programa Tiny u e BASIC, una versi´n de BASIC distribuida libremente y escrita por el Dr. Li-Chen Wang a finales o de los a˜os setenta. El listado del programa conten´ las frases “@COPYLEFT” y “TODOS LOS n ıa PERJUICIOS RESERVADOS”, en contraposici´n a “copyright” y “todos los derechos reservados”, o t´rminos ´stos usados habitualmente en los comunicados de copyright. El propio Richard Stallman e e asegura que la palabra proviene de Don Hopkins, al que considera un compa˜ero muy imaginativo, n el cual le envi´ en 1984 ´ 1985 una carta en la que pod´ leerse: “Copyleft-todos los derechos invero o ıa tidos.” (“Copyleft-all rights reversed.”) El t´rmino kopyleft con la anotaci´n “Todos los derechos e o invertidos” fue utilizado tambi´n a principios de los a˜os setenta dentro del Principia Discordia, texe n to que tal vez inspirara a Hopkins. Hay algunos problemas con la definici´n del t´rmino “copyleft” o e que contribuyen a crear controversia alrededor de ´l. El t´rmino, que en su origen fue un nombre, e e se cre´ como una transformaci´n chistosa del t´rmino “copyright”, queriendo abarcar los t´rminos o o e e 2 Stallman, 24 M, Richard. “Software libre para una sociedad libre” op. cit.