FARMCOCINÉTICA Y FARMACODINAMIA DE LOS MEDICAMENTOS TÓPICOS
Tema 15 servicios de farmacia y otros servicios !!!
1. SERVICIOS DE FARMACIA, Y
OTROS
ESTABLECIMIETOS Y
SERVICIOS FARMACÉUTICOS
LEGISLACILEGISLACIÓÓN Y DEONTOLOGN DEONTOLOGÍÍA FARMACA FARMACÉÉUTICAUTICAGRUPO 2GRUPO 22009/20102009/2010Dra. ConsolaciDra. Consolacióón Martn Martíínez Garcnez Garcííaa
2. •• SERVICIOS DE FARMACIA DE HOSPITALES.
FARMACIAS HOSPITALARIAS
•• Como farmacias hospitalarias o servicios farmac farmacéuticos uticos
de hospital se conocen a las oficinas de farmacia
instaladas en los hospitales para la atenci atención n
farmac farmacéutica a los enfermos acogidos en ellos.
utica •• Son farmacias de hospitales, y por tanto acogidas a la
reglamentaci reglamentación hospitalaria general las de los hospitales
n del Estado, Provincia, las de las instituciones de la
Seguridad Social, las de los hospitales militares, las de
las instituciones paraestatales o privadas como las de la
Cruz Roja, hospitales de órdenes religiosas, fundaciones
rdenes ben benéfico fico-asistenciales, organizaciones de car carácter cter
mutual, etc.
3. •• En 1962 se promulg promulgó la Ley de Hospitales (de 21 de julio, B.O.E de
23 de julio), y con ella se sienta la base de la normativa vigente.
•• Esta Ley dice que en hospitales de m más de 200 camas podr s podrán existir
n servicios de farmacia para cubrir sus propias necesidades. Con posterioridad, en 1977 se da una orden por la que se regulan los
Servicios Farmac Farmacéuticos de Hospitales, en desarrollo de un art uticos artículo de
culo la Ley de Hospitales.
•• En ella se detallan los requisitos necesarios para la solicitud y
autorizaci autorización de nuevos servicios de farmacia, y se dan las n órdenes rdenes
referentes a su localizaci localización, instalaci n, instalación, funciones, personal,
n, adquisici adquisición y distribuci n distribución de medicamentos y art n artículos de uso
culos medicinal, as así como una relaci relación de faltas y sanciones.
n
4. •• En la derogada Ley del Medicamento de 1990 1990, se
, exig exigía un servicio de farmacia hospitalaria en los
a hospitales con 100 ó más camas s bajo la titularidad y
responsabilidad de un farmac farmacéutico especialista en
utico Farmacia Hospitalaria Hospitalaria.
•• En la actual Ley 29/2006 no se establece criterio ya que
la planificaci planificación la deja al criterio de cada comunidad
n aut autónoma. noma.
5. Ley 22/2007 de Farmacia de Andaluc Andalucía
•• Servicios farmac farmacéuticos en hospitales y centros de atenci uticos atención especializada.
n •• 1. Los hospitales y centros de atenci atención especializada deber n deberán contar con
n servicio farmac farmacéutico o, en su defecto, dep utico depósito de medicamentos de acuerdo
sito con los criterios que m más adelante se establecen.
s •• 2. Ser Será obligatorio disponer de servicio de farmacia hospitalaria en aq aquellos uellos
hospitales que dispongan de cien o m más camas. No obstante lo anterior, la
s Consejer Consejería competente en materia de salud podr a podrá autorizar un servicio de
farmacia hospitalaria, tanto en los hospitales de menos de cien camas como en
los centros de atenci atención especializada que as n así se considere necesario por la
complejidad o cantidad de medicaci medicación que se utilice en el centro.
n •• 3. Para la distribuci distribución de medicamentos, los servicios de farmacia hospitalaria
n podr podrán establecer dep n depósitos de medicamentos, como parte integrante de sus
sitos servicios.
•• 4. Los servicios de farmacia hospitalaria estar estarán bajo la responsabilidad de un
n especialista en farmacia hospitalaria.
6. Ley 22/2007 de Farmacia de Andaluc Andalucía
•• Dep Depósitos de medicamentos en hospitales y centros de atenci sitos atención especializada.
n •• 1. Los hospitales y centros de atenci atención especializada que no est n estén obligados a
n establecer servicios de farmacia hospitalaria deber deberán contar con un dep n depósito de
sito medicamentos legalmente autorizado por la Consejer Consejería competente en materia
a de salud.
•• 2. Los dep depósitos de medicamentos estar sitos estarán vinculados a una oficina de farmacia
n o a un servicio de farmacia hospitalaria u otro centro preferent preferentemente de la
emente misma área de salud.
rea •• 3. Los dep depósitos de medicamentos estar sitos estarán bajo la responsabilidad de un
n farmac farmacéutico. utico.
•• 4. La adquisici adquisición de medicamentos para estos dep n depósitos se efectuar sitos efectuará
obligatoriamente a trav través del servicio farmac s farmacéutico del hospital o centro o de la
utico oficina de farmacia al que est estén vinculados, quienes ser n serán responsables
n subsidiarios de la custodia, conservaci conservación y dispensaci n dispensación de los mismos.
n
7. FUNCIONES
•• Para contribuir al uso racional de los medicamentos las unidades o servicios de farmacia hospitalaria realizar realizarán las siguientes funciones:
n •• Garantizar y asumir la responsabilidad t técnica de la adquisici cnica adquisición, calidad, correcta n, conservaci conservación, cobertura de las necesidades, custodia, preparaci n, preparación de f n fórmulas magistrales o rmulas preparados oficinales y dispensaci dispensación de los medicamentos precisos para las actividades
n intrahospitalarias y de aquellos otros, para tratamientos extrahospitalarios extrahospitalarios, que requieran una , particular vigilancia, supervisi supervisión y control.
n •• Establecer un sistema eficaz y seguro de distribuci distribución de medicamentos, tomar las medidas n para garantizar su correcta administraci administración, custodiar y dispensar los productos en fase de n, investigaci investigación cl n clínica y velar por el cumplimiento de la legislaci nica legislación sobre medicamentos de
n sustancias psicoactivas psicoactivaso de cualquier otro medicamento que requiera un control especia o especial. l.
•• Formar parte de las comisiones hospitalarias en que puedan ser útiles sus conocimientos para
tiles la selecci selección y evaluaci n evaluación cient n científica de los medicamentos y de su empleo.
fica •• Establecer un servicio de informaci información de medicamentos para todo el personal del hospital, un
n sistema de farmacovigilancia farmacovigilanciaintrahospitalario intrahospitalario, estudios sistem , sistemáticos de utilizaci ticos utilización de
n medicamentos y actividades de farmacocin farmacocinética cl tica clínica. nica.
•• Llevar a cabo actividades educativas sobre cuestiones de su comp competencia dirigidas al personal
etencia sanitario del hospital y a los pacientes.
•• Efectuar trabajos de investigaci investigación propios o en colaboraci n colaboración con otras unidades o servicios y
n participar en los ensayos cl clínicos con medicamentos.
nicos •• Colaborar con las estructuras de atenci atención primaria y especializada de la zona Realizar cuantas
n funciones puedan redundar en un mejor uso y control de los medic medicamentos. amentos.
•• Participar y coordinar la gesti gestión de las compras de medicamentos y productos sanitarios del n hospital a efectos de asegurar la eficiencia de la misma.
8. •• La autorizaci autorización de un nuevo Servicio de Farmacia de Hospital ha de
n solicitarse a las Comunidades Aut Autónomas, haciendo constar los nomas, siguientes datos:
–– Nombre y domicilio del Organismo o Entidad gestora.
–– Denominaci Denominación y localizaci n localización del establecimiento.
n –– Tipo y especializaci especialización del hospital, n n número de camas y nivel asistencial
mero con que est esté catalogado.
–– Cuantos otros datos puedan aportar claridad y fundamentar la pet petici ición. n.
•• Deber Deberá adjuntarse la siguiente documentaci documentación: n:
–– Plano de los locales con detalle de las secciones.
–– Relaci Relación de material y utillaje de cada secci n sección. n.
–– Proyecto de plantilla de personal t técnico y auxiliar.
cnico –– Otros datos que se consideren oportunos.
PLANIFICACION Y ORGANIZACI ORGANIZACIÓN DE UN
N SERVICIO DE F. HOSPITALARIA
9. ••Antes de entrar en funcionamiento deberAntes deberáávisitarlo el Inspector visitarlo Provincial de Farmacia, levantando acta de conformidad con los pProvincial planos lanos y proyectos. La localizaciy localizacióón del servicio ha de ser adecuada y de fn fáácil cil acceso, ha de disponer de espacio suficiente y estar dotado del equipo y material necesario, siendo su superficie adecuada al tipo de hy hospital, ospital, nnúúmero de camas, etc.mero ••La farmacia debe distribuirse en varias zonas:––Almacenes generales y especiales (inflamables, estupefacientes, termoltermoláábilesbiles, gases de uso m, méédico y sanitario, dico radiofradiofáármacosrmacos, etc.), etc.) ––AdministraciAdministracióón o gestin gestióónn––Biblioteca y Centro de InformaciBiblioteca Informacióón de Medicamentos.n ––AnAnáálisis de medicamentoslisis medicamentos––FarmacotecniaFarmacotecnia.. ––DispensaciDispensacióón ( n extrahospitalariaextrahospitalariao ambulatoria o --para medicamentos de uso hospitalario y enfermedades como SIDA, fibrosis ququíísticastica, hemofilia, , etc.etc.--, e , intrahospitalariaintrahospitalaria)) ••Desde su autorizaciDesde autorizacióón, el Servicio Farmacn, Farmacééutico ha de estar integrado utico funcional y jerfuncional jeráárquicamente en el conjunto de servicios hospitalarios y rquicamente con la misma dependencia de la Jefatura o direccicon direccióón de los mismos.n
10. PERSONAL FACULTATIVO
•• Al frente del Servicio figura el farmac farmacéutico jefe utico jefe, con completa
, responsabilidad, que ha de estar colegiado en el Colegio Oficial de la
Provincia y est está sujeto a las incompatibilidades vigentes, no pudiendo en
ning ningún caso ser titular o regente de una farmacia abierta al p n público, ni ejercer
blico, la profesi profesión en otra actividad que precise el t n título para garantizar la (direcci tulo dirección n
técnica de laboratorio o de almac cnica almacén de distribuci n distribución). La Ley del medicamento
n). concreta que el ejercicio profesional del farmac farmacéutico de un servicio de
utico farmacia hospitalaria ser será incompatible con cualquier clase de intereses
econ económicos directos de los laboratorios farmac micos farmacéuticos. uticos.
•• Ha de cuidar de que el servicio est esté suficiente y permanentemente atendido a
cuyo efecto determinar determinará la presencia constante en el mismo de las personas
que estime conveniente.
•• De acuerdo con el n número de camas y el nivel asistencial del hospital, se
mero nombrar nombrarán uno o m n más farmac s farmacéuticos que colaboren con el uticos jefe de servicio servicio, ,
que podr podrán jerarquizarse en secciones y adjunt n adjuntías ( as jefes de secci sección y
adjuntos adjuntos). Deber ). Deberán estar colegiados y sujetos a las mismas
n incompatibilidades.
•• Por último dentro del personal facultativo pueden estar los ltimo residentes residentes, que
, son farmac farmacéuticos en per uticos período de formaci odo formación en su especialidad. Dependiendo
n de la fase de dicho per período pueden ser odo R-I, R R-II, R R-III y RIV.
12. Servicios de Farmacia en Instituciones
de la Seguridad Social
•• En 1967 se dict dictó una orden referida a la Seguridad Social que dice que se establ establecer ecerán oficinas de farmacia n en el seno de cada una de las instituciones cerradas de la Segur Seguridad Social que cuenten con un n idad número mero
superior a 200 camas, si bien en las provincias que no existan r residencias con este n esidencias número de camas se mero establecer establecerá una oficina de farmacia en la residencia de la capital de dicha dichaprovincia, sea cual sea el n provincia, número mero
de camas de que conste.
•• Hoy en d día los hospitales de la Seguridad Social, se rigen en este aspect a aspecto, como todos los hospitales, seg o, según n
lo establecido en cada C.A A.
•• En 1972 se aprob aprobó y public publicó el Reglamento General par R Régimen, Gobierno y Servicio de las Instituciones
gimen, Sanitarias de la Seguridad Social, y por él se coloca a la farmacia entre los Servicios Generales. La
l Seguridad Social tiene un r régimen econ gimen económico mico-administrativo propio e independiente del de la Administraci Administración n
del Estado. Por ello, los farmac farmacéuticos de la Seguridad Social no son funcionarios, sino que se r uticos rigen por el
igen Estatuto de personal facultativo, son por lo tanto personal esta estatutario. tutario.
•• Los servicios de farmacia deben estar regidos por el personal ti titulado correspondiente, que se jerarquiza
tulado igual que el de los m médicos en: jefe de servicio, jefes de secci dicos sección y adjuntos.
n •• Para optar a las plazas de la Seguridad Social hay que ser espec especialista. Estas plazas se convocan con cierta
ialista. periodicidad y se publican en el B.O.E E. y los Boletines de las Comunidades Aut . Autónomas. Las pruebas
nomas. selectivas constan con car carácter general de concurso y oposici cter oposición. n.
13. •• SERVICIOS DE FARMACIA EN INSTITUCIONES DEL ESTADO
El Estado pose poseía hospitales que dispon a disponían de servicios an farmac farmacéuticos, y consecuentemente de plazas de farmac uticos, farmacéuticos. uticos.
Pero se han ido transfiriendo a las Comunidades Aut Autónomas o la
nomas Seguridad Social, incluidos los hospitales cl clínicos de las Facultades
nicos de Medicina.
Sigue perteneciendo a un organismo del Estado, concretamente al
Instituto de Salud Carlos III, el Hospital del Rey, con servicio de
farmacia.
•• SERVICIOS DE FARMACIA PROVINCIALES
Las Diputaciones Provinciales pueden poseer farmacia para el
suministro de medicamentos con car carácter gratuito a los acogidos en
cter los establecimientos ben benéficos, como hospitales, ficos, hospitales
psiqui psiquiátricos, asilos, hogares de ancianos, orfanatos, etc.
tricos,
14. FORMACI FORMACIÓN DEL FARMAC N FARMACÉUTICO UTICO
DE HOSPITAL
•• La Farmacia Hospitalaria Hospitalariaes una especializaci es especialización farmac n farmacéutica que se ocupa de
utica servir a la poblaci población en sus necesidades farmac n farmacéuticas, a trav uticas, través de la selecci s selección n
preparaci preparación, adquisici n, adquisición, control, dispensaci n, dispensación, informaci n, información de medicamentos y
n otras actividades orientadas a conseguir una utilizaci utilización apropiada, segura y costo n costo-
efectiva de los medicamentos y productos sanitarios, en benefici beneficio de los pacientes
o atendidos en el hospital y en su ámbito de influencia.
mbito •• En 1982 sale el Decreto de Especializaciones ( R.D D. 2708/82 de 15 . de octubre), que regula los estudios para obtener el t título de especialista, que expedido por el tulo Ministerio de Educaci Educación y Ciencia se necesita para ejercer la profesi n profesión como tal, y
n para ocupar un puesto de trabajo en instituciones p públicas o privadas con tal
blicas denominaci denominación. n.
•• El texto enumera una serie de Especializaciones Farmac Farmacéuticas uticas estructuradas en
dos grandes grupos, dependiendo de si requieren o no de formaci formación hospitalaria,
n que deben ser desarrolladas y estructuradas. Dentro de estas esp especializaciones, en
ecializaciones, marzo de 2004, el Consejo de Ministros aprob aprobó el Real Decreto por el que se crea el título de Farmac tulo Farmacéutico Especialista en Inmunolog utico Inmunología, tras una larga etapa de
a, conversaciones y constantes peticiones desde el Consejo General para que esta
nueva especialidad viese la luz.
15. •• REQUIEREN Formaci Formación Hospitalaria
n •• •• An Análisis Cl lisis Clínicos nicos
•• •• Bioqu Bioquímica Cl mica Clínica nica
•• •• Microbiolog Microbiología y Parasitolog a Parasitología a
•• •• Farmacia Hospitalaria
•• •• Radiofarmacia
•• •• Inmunolog Inmunología a
•• NO REQUIEREN Formaci Formación Hospitalaria
n •• •• An Análisis y Control de Medicamentos y Drogas
lisis •• •• Farmacia Industrial y Gal Galénica nica
•• •• Farmacolog Farmacología experimental
a •• •• Microbiolog Microbiología Industrial
a •• •• Nutrici Nutrición y Diet n Dietética tica
•• •• Sanidad ambiental y Salud P Pública blica
•• •• Tecnolog Tecnología e higiene a alimentaria
•• •• Toxicolog Toxicología experimental y anal a analítica tica
16. •• Para obtenerlo se requiere la posesi posesión del t n título de
tulo Licenciado en Farmacia, haber cursado totalmente la
especialidad y superar las pruebas de evaluaci evaluación. n.
•• Para iniciar los estudios de especializaci especialización deber n deberá
superarse una prueba nacional selectiva de
conocimientos, que junto con la evaluaci evaluación del
n expediente acad académico dar mico dará lugar a una puntuaci puntuación y
n orden de prelaci prelación en la adjudicaci n adjudicación de la plaza.
n •• Hasta ahora, conseguir una plaza de residente es el
único modo oficial de alcanzar la especializaci nico especialización en
n Farmacia Hospitalaria
17. 7 Especialidades sanitarias:
Especialidad
Duración
Análisis Clínicos*
4 años
Bioquímica Clínica*
4 años
Farmacia Hospitalaria
4 años
Microbiología y Parasitología Clínicas*
4 años
RadiofarmaciaHospitalaria 2
años
Farmacia Industrial y Galénica
2 años
Inmunología*
4 años
*Especialidades a las que también pueden optar médicos, biólogos y químicos.
18. ¿Cómo se establece la puntuación para elegir plaza? Una prueba escritaÆ75% de la puntuación final: Consiste en un examen de tipo testcon preguntas de respuesta múltiple, con cinco posibilidades de respuesta. Las respuestas erróneas restan. La duración de la prueba es de cinco horas y el contenido versa sobre las asignaturas impartidas en la Licenciatura. Méritos académicosÆel 25% de la puntuación final. Se valoran las calificaciones de la carrera, el título de “Suficiencia Investigadora”, DEA y MásterOficial de Postgrado y la Tesis Doctoral, aplicando el baremo que aparece en las correspondientes Ordenes de convocatoria. La adjudicación de las plazas se efectúa siguiendo el orden de mayor a menor puntuación total individual de cada aspirante.
19. Convocatoria FIR 2010Convocatoria 2010
Orden SAS/2510/2009, de 14 deseptiembre, por la que se aprueba la convocatoria de pruebas selectivas 2009 para el acceso en el año 2010 a plazas de formación sanitaria especializada para Médicos, Farmacéuticos, Químicos, Biólogos, Bioquímicos, Psicólogos y RadiofísicosHospitalarios.
http://www.portalfarma.com/pfarma/taxonomia/general/gp000040.nsf/voDocumentos/A
41D92E2E462FDA5C125721800431B28/$File/convocatoria_pruebas_selectivas2009.pdfEn concreto, para farmacéuticos se han convocado 304 plazas de formación, distribuidas de la siguiente forma: ANÁLISIS CLÍNICOS: 44 plazas. BIOQUÍMICA CLÍNICA: 16 plazas. MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA: 35 plazas. FARMACIA HOSPITALARIA: 155 plazas. RADIOFARMACIA:5 plazas. INMUNOLOGÍA:5 plazas. FARMACIA INDUSTRIAL Y GALÉNICA: 44 plazas
En Modelo de examen http://sis.msc.es/fse/PaginasEstaticas/ConsultaCuadernos/Documentos/Cuaderno_2008_1_F. pdf?MenuId=QE‐00&SubMenuId=QE‐07‐AÑO 2008‐
20. FARMACIA MILITAR
•En 1940 se creóel Cuerpo de Farmacia Militar, que hoy no existe puesto que se ha creado un solo Cuerpo Militar de Sanidad.
•En 1988 se dispuso el acceso de la mujer a determinados cuerpos de las Fuerzas Armadas, entre ellos Sanidad, en las mismas convocatorias, sin más diferencia en el proceso de selección que las derivadas de las distintas condiciones físicas, pudiendo alcanzar todos los empleos.
21. Ingreso en un Centro Docente Militar de Formación
•La condición de militar de carrerase adquiere al obtener el primer empleo militar y éste se obtiene mediante la superación del plan de estudios del centro docente de formación correspondiente
•Los empleosdel Cuerpo Militar de Sanidad son los de Teniente a General de División en la Escala de Oficiales, todos ellos con las denominacionesdel empleo correspondiente seguidas del término médico, farmacéutico, veterinario, odontólogo, psicólogo o enfermero, según corresponda.
•Para ingresar en la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad es necesario se licenciado en Medicina, Farmacia, Psicología, Veterinaria u Odontología. Para hacerlo en la Escala de Oficiales es obligatorio estar en posesión del título de DUE.
22. El ingreso en estos centros se
efectúa mediante convocatoria
pública a través de los sistemas
de concurso, oposición o
concurso-oposición libre.
Convocatoria 2009
23. •La Escuela Militar de Sanidad (EMISAN), es el centro docente de la Sanidad en las Fuerzas Armadas. En sus instalaciones, se imparten las enseñanzas de formación, perfeccionamiento y especialización necesarias para el cumplimiento de las misiones asignadas al personal que sirve en cada una de las seis especialidades fundamentales que constituyen el Cuerpo Militar de Sanidad: Medicina, Farmacia, Veterinaria, Odontología, Psicología y Enfermería.
25. •• Las condiciones que deben reunir los candidatos a
realizar estas pruebas son las siguientes:
•• - Nacionalidad espa española ola
•• - Carecer de antecedentes penales
•• - No estar privado de los derechos civiles
•• - No estar separado del servicio de las Administraciones
Públicas, ni inhabilitado para el ejercicio de la funci blicas, función n
pública. blica.
•• - Acreditar buena conducta ciudadana
•• - Poseer la aptitud psicof psicofísica exigida
sica •• - No haber cumplido , ni cumplir dentro del a año 33 a o años os
de edad.
•• - No tener reconocida la condici condición de objeci n objeción de
n conciencia
•• - Título de Licenciado en Farmacia
tulo
26. Las pruebas selectivas a superar son las siguientes: •Aptitud psicofísica: –Reconocimiento médico y ejercicios físicos•Fase de oposición: –Prueba de conocimientos generales. Examen tipo testsobre las materias de la licenciatura o diplomaturacorrespondiente. Testde 250 preguntas sobre temas farmacéuticos en un máximo de 5 horas. Eliminatorio. –Prueba práctica (no para Medicina) –Prueba de lengua inglesa–Prueba psicológica. Aptitudes intelectuales y personalidad•Fase de concurso–Valoración de méritos académicos y profesionales de los aspirantes.
27. ENSEÑANZA MILITAR DE FORMACIÓNDirigida a formar los futuros oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, tras la superación del correspondiente proceso selectivo. Después de cursar una fase de preparación militar integral en las Academias Generales de los tres Ejércitos, los alumnos realizan un periodo de formación militar de carácter específico en la Escuela Militar de Sanidad. Este periodo estádirigido a la adaptación de la formación universitaria específica de cada especialidad a las competencias asignadas a éstas en el seno de las Fuerzas Armadas. A la finalización del periodo, los alumnos adquieren su primer empleo militar efectivo, alférez o teniente del Cuerpo Militar de Sanidad, asícomo el primer destino en las unidades de las Fuerzas Armadas.
28. ENSEÑANZA MILITAR DE PERFECCIONAMIENTOLa enseñanza militar de perfeccionamiento se desarrolla a través de cursos de capacitación, cursos de especialización y cursos informativos que pueden ser desarrollados en fases de enseñanza a distancia, presencial o mixta. Los cursos de capacitación preparan al militar profesional para el desempeño de los cometidos asignados a empleos superiores de la jerarquía militar. En base a la Ley 44/2003, de 21 denoviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, se desarrollan diversos cursos de especialización tendentes a la formación de especialistas en Medicina, Farmacia y Psicología, asícomo algunas especialidades no regladas en este ámbito pero de interés para las Fuerzas Armadas, tales como Medicina Aeroespacial, Medicina Subacuatica e Hiperbárica, Óptica y las correspondientes a la Especialidad Fundamental Veterinaria, cuya estructura docente exclusivamente estácontemplada en el seno de la Administración Militar. Los cursos informativos a modo de formación continuada, con la finalidad de ampliación y actualización de conocimientos en muy diversas materias sanitarias, se someten previo a su desarrollo, a la acreditación por parte de la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud (Ministerio de Sanidad y Consumo), como indicativo de la calidad y cumplimiento estricto de los contenidos docentes impartidos en cada actividad formativa programada.
29. •• Los tres ej ejércitos tienen todav rcitos todavía organizados sus servicios farmac a farmacéuticos con
uticos arreglo a una estructura peculiar, pero todos poseen oficinas de farmacia a
cuyo frente ha de figurar necesariamente un farmac farmacéutico, tambi utico, también poseen
n laboratorios de preparaci preparación de medicamentos y servicios administrativos
n farmac farmacéuticos. uticos.
•• Solo a los titulados bajo cuya responsabilidad funciona una ofic oficina de farmacia
ina militar, les est está prohibido el ejercicio civil, pero lo dem demás, o sea, los
s, farmac farmacéuticos militares en situaci uticos situación de excedencia y los que no tengan a su
n cargo ninguna farmacia militar ni presten servicios en estos est establecimientos ablecimientos
pueden ejercer civilmente la profesi profesión, aunque sujet n, sujetándose estrictamente a
ndose las disposiciones vigentes para los farmac farmacéuticos civiles, empezando por la
uticos colegiaci colegiación a la que no est n están obligados los militares cuando ejercen en su
n ej ejército. rcito.
•• Se condiciona la apertura de una Farmacia p pública de farmac blica farmacéutico militar al utico informe previo del Inspector Farmac Farmacéutico de Sanidad Militar. No se puede
utico nombrar a farmac farmacéuticos militares para inspectores de aduanas, y tampoco
uticos como regentes de farmacia mientras est estén en activo.
n
30. •• Circunstancialmente, y mientras no se cubran las plantillas con
tenientes farmac farmacéuticos profesionales, se autoriza a los Capitanes
uticos Generales para que puedan nombrar, a propuesta de los Jefes de
Farmacia, a farmac farmacéuticos civiles para cubrir las plazas de
uticos subalternos siendo indispensable que no tengan farmacia propia n ni i
regenten ninguna: se les abona el sueldo de alf alférez. rez.
•• Las Farmacias militares han sido siempre motivo de preocupaci preocupación n
por parte de las Farmacias p públicas, como lo fueron en siglos
blicas, pasados las de los monasterios y conventos, porque son
aprovechadas para proporcionar medicamentos a quienes no tienen derecho a ello y adem además en condiciones de desleal competencia s puesto que aquellas farmacias sirven a sus beneficiarios con una unafuerte bonificaci fuerte bonificación o descuento. Por ello ha sido preocupaci n preocupación n
constante de las autoridades farmac farmacéuticas civiles el solicitar la
uticas estricta reducci reducción del suministro a los beneficiarios legales y de las n autoridades militares la consecuci consecución de lo legislado mediante un n sistema de control adecuado.
31. SOBRE LAS FUERZAS ARMADAS (CRONOLÓGICAMENTE).
*) Real Decreto 1735/2000, de 20 deoctubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1735-2000.html#dau
*) ORDEN DEF/3407/2003, de 27 denoviembre, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales y a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad.
http://www.boe.es/boe/dias/2003/12/06/pdfs/A43603-43610.pdf
*) Real Decreto 249/2009, de 27 defebrero,por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2009.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd249-2009.html#a1
Y, finalmente, *) Resolución 452/38045/2009, de 10 demarzo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos selectivos para el ingreso en los diferentes Cuerpos y Escalas de las Fuerzas Armadas y en la Escala Superiorde Oficiales de la Guardia Civil y se aprueban las bases comunes y específicas que los regulan.
http://www.boe.es/boe/dias/2009/03/16/pdfs/BOE-A-2009-4378.pdf