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Población víctima del conflicto armado en Colombia.pptx
1. Población víctima del
conflicto armado en
Colombia
El fondo es una estrategia para para la inclusión y atención de la población
víctima del conflicto armado en Colombia; con el fin de otorgar créditos
educativos de pregrado en respuesta a lo ordenado por la ley 1448 de 2011 “por
la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las
víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”.
2. Generalidades:
Que brinda? Ofrece créditos 100% condonables para estudios de pregrado en los niveles técnico profesional, tecnológico y
Universitario.
A quien va dirigido? Víctimas del conflicto armado interno colombiano incluidos en el Registro Único de Víctimas - RUV- o
reconocidos como tales en los procesos de Restitución de Tierras o de Justicia y Paz.
• Que financia? Financia un programa de Educación Superior en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario, en
modalidad presencial o a distancia, a partir de cualquier semestre o año académico.
Rubros financiados
Los rubros financiados son:
• Matrícula: hasta 11 smmlv por semestre.
Sostenimiento: por 1.5 smmlv por semestre
Requisitos:
• Ser ciudadano/a colombiano/a
• No tener apoyo económico adicional de entidades nacionales u otros organismos
• Estar incluido en el Registro Único de Víctimas -RUV- o reconocidos como tal en las Sentencias de Justicia y Paz, Restitución de
Tierras, Jurisdicción Especial para la Paz o en las de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
• Estar admitido/a o en proceso de admisión en una Institución de Educación Superior, reconocida por el Ministerio de Educación
Nacional
• Haber presentado la prueba Saber 11 o la prueba de estado equivalente.
• Ser bachiller.
• Tener su propio correo electrónico.
• Inscribirse a través de la página web del ICETEX, en las fechas y bajo las condiciones establecidas para tal fin.
3. CONVOCATORIA
• Apertura: 20 de junio del 2022
• Cierre: 26 de junio del 2022
• Número de cupos: Depende de los recursos disponibles
Documentos requeridos
En el proceso de inscripción a la convocatoria del fondo no se solicitan documentos al estudiante. En caso de ser aprobado,
deberá aportar los documentos señalados para la legalización del crédito condonable.
Criterios de selección
• Estrato socioeconómico
• Institución de Educación Superior
• Procedencia de la Institución de Educación Media: rural o urbana
• Tipo de Institución de Educación Superior: pública o privada
• Sujetos de Especial Protección Constitucional
• Reparación
• Las demás que apliquen en cada convocatoria
calendario
4. LEGALIZACION
El proceso de legalización es el cargue de documentos únicamente de los estudiantes que fueron aprobados en la
convocatoria
Pasos para el proceso de legalización
• Reunir toda la documentación solicitada.
• Cargar la documentación en la herramienta web dispuesta por el ICETEX dentro de los plazos establecidos.
• Los beneficiarios aprobados recibirán a través de correo electrónico: el link para el cargue de documentos,
usuario y contraseña para ingresar y realizar cargue de los documentos de legalización.
• El beneficiario deberá consultar el estado de su legalización en el link de cargue de documentos con el usuario y
contraseña de manera constante.
• En el link de legalización el beneficiario con su usuario y contraseña puede evidenciar si debe subsanar algún
documento, si registra estado subsanación debe ingresar a verificar que documentos debe subsanar para poder
continuar con el proceso de legalización.
5. Información importante del proceso de legalización
• El beneficio del crédito condonable no es retroactivo, éste iniciará exclusivamente a partir del momento en que
el crédito es legalizado por el/la aspirante adjudicado ante el ICETEX; es decir la legalización del crédito
condonable se deberá realizar en el período académico para el cual fue adjudicado.
• Aspirantes que se presentaron en la convocatoria y no fueron seleccionados/as, pueden iniciar el proceso en una
próxima convocatoria si la hubiere.
• Aspirantes que hayan sido beneficiarios/as de anteriores convocatorias y hayan perdido el beneficio por alguna
de las causales contempladas en el artículo décimo séptimo del presente Reglamento, no serán calificados.
• Los créditos condonables del Fondo, se legalizan por una ÚNICA vez.
• La información diligenciada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante por lo que, si al
momento de legalizar el crédito condonable se encuentran inconsistencias, dará lugar a la no legalización y
anulación de la aprobación de este sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya
lugar.
6. RENOVACION
Proceso de re novación
Inicia con la Actualización de Datos por parte del beneficiario, a través de la página web del ICETEX al iniciar un
nuevo periodo académico y de acuerdo con el calendario de renovación publicado a través de la página web del
ICETEX.
Culmina con la entrega de documentos a través de las oficinas de atención al Usuario en el ICETEX o en las
Instituciones de Educación Superior y el registro del estado RENOVADO IES.
Pasos para renovación
• Diligenciar el formulario de actualización datos en la página web del ICETEX.
• Reunir la documentación y entregarla en las oficinas de atención al usuario del ICETEX o en las Instituciones de
Educación Superior.
• Si está completa la documentación, se actualiza el estado a RENOVACIÓN IES.
• Desembolso de los rubros financiados.
7. Información importante del proceso de renovación
• El crédito educativo se renueva únicamente para la continuación del programa académico y en la
Institución académica inicialmente aprobado. Sin embargo, la Junta Administradora del Fondo
puede estudiar y aceptar cambios de Institución académica y/o de programa académico.
• En caso de que el beneficiario pierda una o varias materias en el correspondiente período
académico, sin que tal situación afecte la condición del estudiante exigida por este reglamento,
podrá continuar el programa. No obstante, si el desarrollo del programa de formación, le toma más
tiempo de lo previsto para la culminación del mismo, el pago de los semestres o materias adicionales
deben ser asumidas por el estudiante.
• El beneficiario no necesita de INTERMEDIARIOS para acceder a la información y servicios del
ICETEX.
• Los servicios del ICETEX no tienen ningún costo, SON GRATUITOS. Ante la actitud de terceros al
solicitarle dinero por ser beneficiario del Fondo, por favor DENUNCIE ante las autoridades
competentes.
8. DESSEMBOLSO
Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo
a los rubros solicitados por el beneficiario.
• Montos y cuando los desembolsan: Matrícula ordinaria: (hasta 11 SMMLV) por semestre
sostenimiento (1.5 SMMLV) por semestre.
¿Cuándo se realizan los desembolsos?
• Desembolsos por adjudicación: se hace una vez el estudiante culmine su proceso de legalización del crédito con
Viabilidad Jurídica. En caso de no obtener viabilidad jurídica, debe subsanar conforme las observaciones
resultado de la revisión, para lo cual cuenta con cinco días hábiles después del concepto "No viable".
Desembolsos por renovación: se realizan semestralmente, a partir del estado “RENOVACIÓN IES” que registra
la Institución de Educación Superior o el iCETEX, previa validación de la actualización de datos y entrega de los
documentos requeridos para la renovación del crédito.
Se realiza de la siguiente manera:
Matrícula: Hasta 11 smmlv por semestre, con destino a la Institución de Educación Superior.
Sostenimiento: Por 1,5 smmlv por semestre a favor del estudiante, a través de las Cuentas de Ahorro de Trámite
Simplificado -CATS- previa apertura y activación por parte del beneficiario.
9. QUE ES PRIMA DE GARANTIA
El ICETEX le descuenta a los beneficiarios del crédito condonable del Fondo el uno coma cinco por ciento (1,5%)
de los desembolsos efectuados, con destino al fondo de garantías del ICETEX para cubrir los riesgos de muerte o
invalidez física o mental total y permanente del beneficiario.
Causas de la suspensión de los desembolsos
El crédito condonable se puede suspender temporalmente por las siguientes causas:
• Retiro temporal del programa de estudios, debidamente justificado y autorizado por la Junta Administradora.
• Cierre temporal o definitivo de la Institución de Educación Superior y/o del programa académico.
• No presentación de los documentos requeridos en los plazos establecidos para la renovación y máximo por dos
periodos académicos.
• Por expresa voluntad del beneficiario y máximo por dos periodos académicos
• Hacer uso del recurso de sostenimiento sin permanecer en el programa académico
Son causales de suspensión definitiva de los desembolsos del crédito condonable los siguientes:
• Finalización de los periodos para los cuales se concedió el crédito condonable.
• Abandono injustificado del programa académico.
• Adulteración de documentos o la presentación de información inconsistente.
• Cambio de Institución de Educación Superior sin la previa revisión y autorización de la Junta Administradora.
• Cambio de programa académico sin la previa revisión y autorización de la Junta Administradora.
10. CONDONACION
En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido
con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.
PASOS DEL PROCESO:
• El procedimiento establecido para la condonación del crédito, es el siguiente:
• El beneficiario deberá entregar la documentación descrita en el Reglamento Operativo.
• El Ministerio de Educación Nacional procederá a realizar el cruce con el Sistema Nacional de Información de la
Educación Superior SNIES, para corroborar la veracidad del título y de las actas de grado presentadas por el
beneficiario.
• El ICETEX presenta a la Junta Administradora los valores a condonar.
• La Junta Administradora aprobará la condonación de los créditos.
• El ICETEX emitirá la resolución de condonación.
• Documentos requeridos para el proceso de condonación
• Información importante del proceso de condonación
• Otros proceso de Condonación
INFORMACION IMPORTANTE
Los beneficiarios que no cumplan con los requisitos de condonación del crédito en el plazo establecido o no
culminen el programa académico financiado, deberán cancelar al ICETEX el capital junto con los intereses que se
generen, en cuotas mensuales sucesivas a partir de la notificación realizada por el ICETEX.