Este documento discute los beneficios de establecer derechos de propiedad privada sobre el agua. Argumenta que la propiedad estatal del agua no crea incentivos para usarla de manera eficiente ni para distribuirla de la manera más productiva. En cambio, la propiedad privada incentivaría el ahorro de agua, su mejor distribución y aprovechamiento, facilitando que fluya hacia sus usos más valiosos.
2. REVISTA DE ECONOMÍA Y DERECHO
Veamos otras cifras globales. En 1995, según el Banco Mundial,
436 millones de personas de 29 países sufrieron de escasez de agua.
Para el 2025 esta institución estima que 48 países enfrentarán este
problema y más de 1,4 mil millones de personas se verán afectadas,
mientras que para el 2035 el número ascenderá a 3 mil millones4.
El acceso al agua potable es todavía más problemático. Mientras un
promedio de 99% de la población de los países de la Organización para
la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) tiene acceso a
agua potable, en los países en desarrollo solo 79% tiene acceso y entre
los menos desarrollados solo 61%5.
Debido a la escasez de agua, los más pobres tienen que destinar
mucho tiempo, esfuerzo y recursos para acceder a ella. En promedio,
una mujer de África o de Asia camina 6 kilómetros para recolectar
agua, cargando en su cabeza recipientes que llegan a pesar hasta 20
kilogramos6. En el Perú la situación no es muy distinta. Por ejemplo,
los pobladores del Comité de San Juan (en la ribera de la quebrada
Zaragoza) navegan media hora en canoa para buscar agua limpia. Y en
algunas áreas rurales de Chulucanas la gente sale a buscar agua a las
dos o tres de la madrugada para que le alcance el tiempo para realizar
sus actividades diarias7.
La falta de agua también tiene graves consecuencias en la agricul-
tura, pues destruye cultivos e impide que los agricultores incrementen
sus operaciones al no asegurar el acceso al agua en temporadas futuras.
Aparentemente estos problemas se volverán más graves, pues se estima
que en las próximas dos décadas el mundo necesitará 17% más agua de
la disponible para abastecer a la población de productos agrícolas8.
Para la agricultura peruana, estos son problemas importantes. En
el 2004 se perdieron 200 mil hectáreas de cultivos por sequías, y la
aridez por deficiencia de agua afecta 30 millones de hectáreas en la
costa9. Además, la desertificación en el Perú se estima en 45 millones
de hectáreas, lo que corresponde a 35% del territorio10.
No hay que olvidar tampoco que las industrias demandan gran can-
tidad de agua. De hecho, en los últimos 50 años el consumo indus-
trial de agua en el mundo se multiplicó por cinco11. Los países que
no pueden satisfacer esta demanda de agua dificultan la operación de
numerosas industrias que la necesitan para su proceso productivo, ya
sea para limpieza, para producir electricidad, calor, refrigerar, como
solvente, para generar vapor, para eliminar desechos, como materia
prima o para otros usos. Por eso, dificultan también la inversión, el
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3. AGUA: ¿POR QUÉ NECESITAMOS PROPIEDAD PRIVADA?
crecimiento económico, la generación de trabajo y el desarrollo de su
población.
Finalmente, hay que ser conscientes de que la escasez de agua puede
llevar a conflictos políticos. Más de 20 naciones dependen de fuentes
de agua que se encuentran en países vecinos y más de 300 cuencas
hidrográficas en el mundo son compartidas por dos o más países.
2 La propiedad sobre el agua
La escasez de agua es un problema que afecta especialmente a los
países en vías de desarrollo. Sin embargo, muchas veces los países
pobres tienen más agua que los ricos. En Camboya, Ruanda y Haití
solo 32%, 41% y 46% de la población, respectivamente, tiene acceso
a agua potable. Sin embargo, tienen más precipitaciones pluviales que
Australia, un país donde el 100% de las personas tiene acceso12.
Asimismo, China e India tienen gran cantidad de agua, pero sus
hogares y empresas solo utilizan el 16% y 18%, respectivamente.
Kenia, por su parte, tiene más agua de la que necesita, pero buena
parte de sus ciudadanos no tiene acceso a ella13.
¿Por qué los países ricos aprovechan mejor el agua que los pobres?
Buena parte de la explicación se encuentra en los incentivos que
genera el sistema legal. Generalmente en los países desarrollados el
sistema legal reconoce algún tipo de derechos de propiedad sobre el
agua, mientras que en los países pobres el agua es del Estado. Y la exis-
tencia o falta de derechos de propiedad sobre el agua, como veremos,
crea incentivos muy distintos para aprovechar este recurso.
2.1 El sistema de propiedad privada sobre el agua
En este sistema, el propietario tiene un derecho permanente a cierta
cantidad de agua de una determinada fuente. Por ejemplo, tiene
derecho a una determinada cantidad de litros por segundo del agua
de un río, a un porcentaje de su caudal o a una cantidad de metros
cúbicos del agua de un lago o un reservorio. A veces estos derechos
varían dependiendo de la cantidad de agua disponible en una determi-
nada época del año o están condicionados a que haya agua disponible
para un propietario que tiene un derecho previo. Pero, en todo caso, el
propietario tiene una expectativa razonable de cuánta agua le corres-
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4. REVISTA DE ECONOMÍA Y DERECHO
ponde y sabe que nadie le podrá quitar ese derecho arbitrariamente.
Su derecho no está sujeto a aprobaciones, premisos, decisiones o pla-
nificaciones estatales.
Además, el propietario puede decidir en qué utilizar el agua a la
que tiene derecho. Puede construir infraestructura para llevarla a
otros lados, puede venderla y puede decidir el precio de venta. Como
el propietario de cualquier recurso, tiene el poder de usarlo, disfru-
tarlo y disponer de él.
Como todo derecho de propiedad, el derecho de propiedad sobre el
agua suele estar sujeto a varias limitaciones. Por ejemplo, no se puede
contaminar la fuente de agua y no se pueden perjudicar derechos de
propiedad de terceros. Asimismo, no se puede impedir algunos usos
del recurso. Por ejemplo, no se puede evitar que un barco transite por
el río del que toman el agua los propietarios14.
Para “operativizar” este sistema generalmente se inscriben los dere-
chos y sus respectivas limitaciones en un registro. Además, se cons-
truyen canales que permitan desviar de la fuente de agua solamente la
cantidad a la que el propietario tiene derecho o se colocan medidores
que permitan verificar que no se apropia de más agua que la que le
corresponde. Por otro lado, suele existir una asociación de usuarios de
la fuente del agua que verifica que cada propietario no utilice más agua
que la que su derecho le permite, mantiene la infraestructura común y
resuelve los conflictos entre titulares de derechos sobre agua.
En algunos países no se crean derechos de propiedad, sino de dere-
chos de uso o concesiones. En la práctica muchas veces estas figuras
no son más que derechos de propiedad con un límite de tiempo o
con algunas restricciones adicionales. Esto suele suceder porque hoy
hablar de la privatización de un recurso puede ser polémico y por
razones políticas algunos gobiernos prefieren adoptar soluciones inter-
medias o camuflar un derecho de propiedad bajo otro nombre.
2.2 El sistema de propiedad estatal sobre el agua
Por lo general, cuando el Estado es titular de este recurso alguna
agencia administrativa decide cómo se asignará, a quién y para qué
usos. Usualmente, está prohibida la venta del agua que el Estado
asigna y es este el que decide cuánto se cobrará a cada usuario.
En el Perú, por ejemplo, no existen derechos de propiedad pri-
vada sobre el agua. Ese recurso está regulado por la Ley General de
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5. AGUA: ¿POR QUÉ NECESITAMOS PROPIEDAD PRIVADA?
Aguas, dictada en 1969 durante la dictadura socialista de Velasco15.
Su artículo 1 señala que “las aguas, sin excepción alguna, son de
propiedad del Estado; y su dominio es inalienable e imprescriptible.
No hay propiedad privada de las aguas ni derechos adquiridos sobre
ellas [...]”.
Esta norma incluso establece qué actividades tienen prioridad para
el aprovechamiento del agua. Su artículo 27 señala que el orden de
preferencia en el uso de agua es: a) para las necesidades primarias y
abastecimientos de poblaciones; b) para cría y explotación de animales;
c) para agricultura; d) para usos energéticos industriales y mineros; y
e) para otros usos.
La ley impide la venta de agua y el Ministerio de Agricultura asigna
los derechos de uso y establece las tarifas (en el caso de uso de agua
para fines energéticos lo hace el Organismo Supervisor de la Inversión
en Energía (Osinerg). En otras palabras, el agua no se comercia en
el mercado. La oferta de agua no depende de la demanda, sino de
la decisión de una entidad administrativa. La oferta se planifica cen-
tralizadamente, de forma similar a la que la producción de cualquier
bien se planifica en una economía comunista. Por eso, la actual regu-
lación del agua resulta extraña y excepcional dentro de un régimen
económico en el que prima la libertad económica, como es el caso del
peruano, pero se explica porque es un rezago legal de la época de una
dictadura de extrema izquierda.
Veremos a continuación qué incentivos crean los derechos de pro-
piedad sobre el agua y las ventajas de este sistema frente a la propiedad
estatal.
3 Las ventajas del sistema de propiedad privada
3.1 Ahorro de agua
Generalmente, cuando el Estado es el propietario del agua, su venta
está prohibida (como sucede en el Perú). Esta prohibición incentiva
inversiones agrícolas ineficientes. Por ejemplo, una hectárea de arroz
requiere de una cantidad de riego que permitiría que a 100 hogares
rurales no les faltase agua por cuatro años16. Sin embargo, en nuestro
país los cultivos de arroz ocupan alrededor de 300 mil hectáreas, un
área exorbitante para un país con problemas de escasez de agua.
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6. REVISTA DE ECONOMÍA Y DERECHO
Lo que sucede es que los agricultores que tienen derecho a usar
este recurso no pagan su precio real y no pueden venderla a un pueblo,
una empresa u otro agricultor que las necesite más. Por eso, a quienes
les sobra agua la desperdician y la utilizan de manera ineficiente. No se
incentiva el cultivo de especies que requieran menos riego, ni tampoco
el reciclaje de agua, el riego por goteo u otras formas más eficientes de
aprovechar el recurso.
Otra evidencia de que el sistema de propiedad estatal no incentiva
el ahorro del agua es que, según el Ministerio de Agricultura (Minag),
el Perú consume más agua que el resto de Latinoamérica, a pesar de
la escasez de este recurso. Y, según Zegarra, se estima que solo 30%
del agua de riego es aprovechada por la agricultura, perdiéndose 70%
en el mar debido a procesos ineficientes de distribución y uso predial
del agua17.
Además, la prohibición de comerciar con agua genera inversiones
ineficientes para almacenarla. Por ejemplo, hay quienes construyen
tanques de agua para almacenar lluvia a pesar de que algún vecino
cuenta con agua y estaría dispuesto a vendérselas. Y muchas personas
no saben cómo construir pozos, por lo que al poco tiempo se les secan
o destruyen. Además, el agua empozada que acumulan es fuente de
numerosas enfermedades.
3.2 Mejor distribución y aprovechamiento del agua
Bajo el sistema de derechos de propiedad privada quien tiene agua
puede vendérsela a quien le falta. Por ejemplo, un propietario de
agua puede venderle a su vecino que la necesita para su plantación
o su industria. O también puede tender una red de tuberías para
llevarla a personas que se encuentren todavía más lejos o a una
empresa de agua potable. De esta forma el agua se asigna a su uso
más productivo (y no al que a alguna agencia pública se le antoje) y
el agua sobrante llega a las manos de alguien que la necesite en vez
de desperdiciarse.
La ciudad chilena de La Serena, por ejemplo, ha cubierto su cre-
ciente demanda de agua comprándosela a agricultores de áreas adya-
centes a un costo menor que el proyecto público de construcción de
una represa que había sido originalmente planteado18.
Algunos de los principales beneficiados de introducir la propiedad
privada sobre este recurso son los habitantes de poblaciones margi-
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7. AGUA: ¿POR QUÉ NECESITAMOS PROPIEDAD PRIVADA?
nales, que se encuentran a pocos kilómetros de empresas o individuos
que tienen agua, pero que bajo el sistema de propiedad Estatal del
recurso se ven impedidos de comprarla legalmente. Hoy, en el mejor
de los casos, la compran de manera informal. Pero en el mercado
informal es difícil celebrar contratos a largo plazo para la provisión
de agua y es más complicado tender una red de tuberías o construir
canales para abastecerlos de agua, pues esto les facilitaría a las auto-
ridades detectar la venta ilegal. Si se crea un mercado de agua, esta
pobre gente ya no tendrá que caminar varios kilómetros para llegar
hasta la fuente del agua.
Además, los pobres podrían verse ampliamente beneficiados con
un sistema de propiedad privada, pues cuando el agua está solamente
en manos del Estado su asignación se realiza sobre la base de razones
políticas y no económicas. Por esta razón, es esperable que el Estado
otorgue derechos de uso a los grupos que tengan mayor poder de
presión o mayor cercanía con el poder político. Eso fuerza a muchos
pobres a tener que comprar agua informalmente a los beneficiados a
un precio mucho mayor que el precio de mercado.
Por otro lado, cuando el agua es de titularidad pública, el Estado es
el encargado de realizar las obras infraestructura que permitan llevar
el agua hacia quien la necesite. El primer problema de esto es la falta
de información. El Estado no tiene cómo conocer las necesidades de
todas las personas y empresas que demandan agua, ni cómo priorizar
qué asignación sería más eficiente. En cambio, cuando existen dere-
chos de propiedad, múltiples compradores tranzan con múltiples ven-
dedores libremente, lo que permite que la oferta satisfaga la demanda.
El segundo problema es que los funcionarios públicos que toman estas
decisiones no ganan ni pierden realizando una buena asignación, por
lo que sus incentivos para hacerlo son muy pobres. Por el contrario,
en un mercado de agua los vendedores tienen incentivos para llevar el
agua a quienes más la valore, pues podrán obtener un mejor precio y
una mayor ganancia.
Prueba del mal funcionamiento de la asignación estatal del agua es
que en el Perú los proyectos de irrigación estatales para llevar el agua
a zonas que la necesitan a menudo se han desarrollado sobre la base
de razones políticas y no técnicas. Por ejemplo, para fines de 1993 el
gobierno había gastado 3.400 millones de dólares en nueve proyectos
de irrigación. A pesar de que en algunos casos estos proyectos estu-
vieron en ejecución por décadas, solo lograron 6,6% de la expansión
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8. REVISTA DE ECONOMÍA Y DERECHO
planeada. El costo de irrigar cada hectárea de las tierras de estos pro-
yectos fue entre 10.000 y 56.000 dólares, pero su valor de mercado es
de alrededor de 3.00019.
Por el contrario, en Chile, donde existe propiedad privada sobre
el agua, se alcanzó un crecimiento anual del sector agrícola de 6%
durante la década de 1980 a pesar de no realizarse ninguna inversión
pública en proyectos hidráulicos de 1975 a 1990. En gran medida esto
sucedió gracias a que la que la posibilidad de ganar con la venta del
agua creó incentivos para que las personas la ahorren y tiendan redes
para llevarlas a otros lugares. De hecho, incluso las empresas de agua
potable abastecen a la ciudadanía, en parte mediante la compra de
agua a los agricultores20.
3.3 Más crédito
En el Perú, hoy en día, quien tiene permiso estatal para utilizar
agua no puede emplear el recurso como garantía para respaldar una
obligación. Impedir que el derecho sobre un bien tan valioso como
el agua sea utilizado como garantía es una política muy torpe si se
quiere fomentar el crédito y la contratación. Por el contrario, en
los países en los que existe propiedad privada sobre el agua, los
agricultores o empresarios pueden utilizar sus derechos como cola-
teral para acceder al financiamiento que necesitan para ampliar sus
operaciones.
Para darnos una idea de lo que estamos perdiendo podemos ver
el caso de India. En este país, se estima que las ganancias de las tran-
sacciones en los mercados informales de agua es de aproximadamente
1.380 millones de dólares al año21. Se trata de un bien valiosísimo que,
si pudiera ser entregado como garantía, permitiría el acceso al crédito
en gigantescas cantidades.
Sin embargo, en vez de eso, en el Perú el Estado sigue experimen-
tando con iniciativas ineficientes y que en el pasado han fracasado,
como bancos agrarios, subsidios, programas de rescates financieros (en
el que se premia a los malos pagadores perdonándoles deudas), exo-
neraciones tributarias o protecciones arancelarias. En vez de ayudar a
los agricultores ineficientes con esas medidas que perjudican a todos
los consumidores y contribuyentes, debería permitirse que cualquier
empresario utilice sus derechos sobre agua como colateral para acceder
a crédito.
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9. AGUA: ¿POR QUÉ NECESITAMOS PROPIEDAD PRIVADA?
3.4 Menos corrupción y mayor recaudación tributaria
La creación de mercados de agua reduciría la corrupción. Para realizar
transacciones en el mercado negro del agua, como en cualquier otro
mercado negro, suele ser necesario sobornar funcionarios públicos.
Además, como depende de una agencia estatal quién recibe agua,
en qué cantidad, para qué fines y a qué precio, se crean incentivos
para que las personas intenten corromper a las autoridades de las que
dependen esas decisiones. Si se permitiera la propiedad y la libre venta
del agua estos problemas desaparecerían.
Por otro lado, si se permitiera su venta sería posible gravarla y
recaudar tributos por esas operaciones.
3.5 Menos contaminación
El agua contaminada es fuente de enfermedades que afectan alre-
dedor de mil millones de personas al año y causan la muerte de 3
millones22. Anualmente, 1.500 millones de personas en el mundo
sufren de infecciones de parásitos provenientes de desechos sólidos
que están, a menudo, en fuentes de agua contaminadas. Estas infec-
ciones pueden causar diarrea, desnutrición, anemia y crecimiento
retardado. Asimismo, durante los últimos diez años, la diarrea ha
matado a más niñas y niños que todas las personas que murieron
durante la Segunda Guerra Mundial. No es extraño entonces que en
China, India e Indonesia mueran de diarrea el doble de las personas
que mueren de VIH-sida23.
Según el Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena), para el
2003 se estimaba que anualmente en el Perú se descargaba más de 960
millones de metros cúbicos de desagües sobre las aguas superficiales,
subterráneas y marinas, de los cuales 64% son desechos domésticos,
5,6% industriales, 4,4% pesqueros, 25,4% efluentes mineros y 0,2%
efluentes petroleros24.
La ausencia de derechos de propiedad privada sobre agua con-
tribuye a la contaminación. Cuando algo no tiene propietario, nadie
tiene incentivos para cuidarlo. Esta es la razón por la que la gente bota
basura en los parques, en las playas o en las calles, pero no en sus casas
o jardines. De la misma manera, cuando una fuente de agua no es de
nadie, las personas tienen menos incentivos para no contaminarla. Una
empresa que contamina un lago lo pensaría dos veces si fuera pro-
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10. REVISTA DE ECONOMÍA Y DERECHO
pietaria de parte del agua. Si pudiera venderla tendría más incentivos
para no contaminarla, pues si lo hiciera arruinaría un activo valioso.
Además, si el agua tuviera propietarios habría personas con mejores
incentivos y claros derechos para investigar y denunciar actos de con-
taminación, pues perderían dinero a raíz de esta.
Por otro lado, la escasez del agua obliga a las comunidades más
pobres que se encuentran alejadas de fuentes de agua limpia a utilizar
aquellas contaminadas. Cárdenas, por ejemplo, describe el caso de la
comunidad de Nauta, cuyos habitantes se ven forzados a cavar pozos
al no contar con otras fuentes de agua. Cuando llueve, estos pozos se
llenan de agua turbia colmada de lombrices y renacuajos. Y es común
que las corrientes subterráneas o desbordes producidos por las lluvias
hagan que los desechos de las letrinas cercanas se filtren a los pozos
que abastecen de agua a la población25. Si una persona que cuenta con
agua tuviera el derecho de venderle este recurso a esa comunidad,
quizá ellos no se verían expuestos a tales peligros.
La escasez de agua y la contaminación se convierten en un peligro
mayor cuando se juntan con la ignorancia. Por ejemplo, Cárdenas
también describe el caso de Chulucanas, donde incluso en las zonas
que tienen acceso a la red de agua potable, se cuenta con agua solo
unas cuatro horas diarias. Por eso, muchos pobladores compran agua
de carretas. A menudo, esta agua es depositada en cilindros que
fueron recipientes de fertilizantes y que originalmente tenían pintada
una calavera y en los que hoy se encuentra pintados los nombres del
distribuidor26.
Existen casos donde la falta de información es todavía más grave.
Según la Defensoría del Pueblo de la Región Loreto, hay lugares
donde la gente no acepta ponerle cloro al agua o hervirla pues cree
que puede causar diarreas y parasitosis. En la selva también hay
quienes creen que el agua, al igual que el resto de elementos de la
naturaleza, tiene un espíritu que interactúa con los demás y al que se
debe respetar. Hervir o clorar el agua supondría “matar” la vida que
hay en ella27.
Si existieran derechos de propiedad que permitieran el surgi-
miento de un mercado de agua, los afectados por fuentes de agua
contaminadas serían menos. No solo porque existirían vendedores de
agua que pondrían nuevas fuentes a su disposición. Además, porque
los consumidores cuentan con más información en un mercado lícito
que en un mercado negro. La razón es que en el primero existe publi-
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11. AGUA: ¿POR QUÉ NECESITAMOS PROPIEDAD PRIVADA?
cidad. En el mercado negro no se realiza publicidad, pues esta per-
mitiría que las autoridades ubiquen a las empresas que realizan acti-
vidades ilícitas.
No importa la cantidad de información que el Estado invierta en
campañas educativas, nunca logrará informar a la gente tanto como
la publicidad que hacen las empresas. No solo porque estas cuentan
con mayores recursos que el Estado para realizar campañas publici-
tarias. Además, porque las empresas tienen más gente –con mejores
incentivos– pensando constantemente cómo fijar en las cabezas de las
personas información sobre las bondades de sus productos.
La principal falta de información en el mercado negro del agua
es que la gente no sabe si está contaminada. Si este mercado fuera
lícito, los vendedores de agua podrían hacer publicidad respecto de la
fuente de la que proviene y su tratamiento. La publicidad comparativa,
además, permitiría destacar las ventajas frente al agua provista por un
competidor. Finalmente, la publicidad de la actividad permitiría a las
autoridades ambientales y de salud fiscalizar la calidad del agua ven-
dida, así como verificar la veracidad de la información brindada.
Por el contrario, en el mercado negro del agua que existe hoy hay
poca información y el Estado no puede cumplir un rol supervisor. El
vendedor de agua en cilindros contaminados tiene pocos obstáculos
para seguir envenenando gente.
Por otro lado, como señala Zegarra, el establecimiento de derechos
de propiedad privada sobre agua permitiría que grupos ecologistas
adquieran derechos sobre fuentes de agua para conservarlas como
reservas naturales, como sucede en otros países. Además, al reducirse
la escasez de agua gracias a los mejores incentivos que crea un sis-
tema de derechos de propiedad, los gobiernos no tendrían que rea-
lizar grandes obras de infraestructura para el control y distribución del
agua, las cuales a menudo tienen impactos ambientales negativos28.
4 Conclusión: ¿qué hacer?
Un sistema de derechos de propiedad sobre el agua crearía incentivos
para ahorrarla, distribuirla y aprovecharla mejor. Además, facilitaría
el acceso al crédito, reduciría la corrupción, elevaría la recaudación
tributaria y reduciría la contaminación. Por eso es tan importante
implementarlo.
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12. REVISTA DE ECONOMÍA Y DERECHO
Lamentablemente, al día de hoy, todas las iniciativas de ley en
este sentido han fracasado. Probablemente porque muchos grupos de
interés confunden a la gente y le hacen creer que la “privatización”
del agua perjudicará a los pobres y destruirá el agro. Por el contrario,
como hemos visto, el sistema actual perjudica especialmente a la gente
de pocos recursos y a la agricultura. Es necesario desenmascarar a esos
grupos de interés y demostrar los beneficios de la propiedad privada,
especialmente para los más necesitados.
Se necesita de agua para volver más productivos el agro y la indus-
tria, y para que los más pobres tengan agua limpia que beber. ¿Se les
puede negar a los pobres comprar pan? No. Entonces, ¿por qué se les
prohíbe comprar agua?
NOTAS
1 Global Water Partnership. “Entendiendo las causas de los problemas del agua”.
Citado por Cárdenas, Nora y otros. Construyendo ciudadanía. El derecho
humano al agua, CIES, 2005, p. 74.
2 Citado por Allison, Peter. “Water Wars. The Global Viewpoint”, en ITT In-
dustries Guidebook to Global Water Issues, p. 30.
3 Citado por Anderson, Terry L. y Clay J. Anderson. “The Rising Tide of Water
Markets”, en ITT Industries Guidebook to Global Water Issues, p. 71.
4 Citado por Allison, Peter. Op. cit., p. 30.
5 Segerfeldt, Friedrik. Water for Sale, CATO Institute, 2005, p. 15.
6 Global Water Partnership. “Entendiendo las causas de los problemas del
agua”. Citado por Cárdenas, Nora y otros. Construyendo ciudadanía. El dere-
cho humano al agua, CIES, 2005, p. 74.
7 Cárdenas, Nora y otros. Construyendo ciudadanía. El derecho humano al
agua, CIES, 2005.
8 Allison, Peter. Op. cit., p. 30.
9 La Revista Agraria, nro. 53, abril de 2004, en http://www.cepes.org.pe/re-
vista/r-agra53/coyu-01.htm.
10 Cárdenas, Nora y otros. Op. cit., p. 82.
11 “Water a Shared Responsibility. The United Nations World Water Report 2”,
UNESCO y Berghahn Books, 2006, p. 278.
12 Segerfeldt, Friedrik. Op. cit., p. 14.
13 Segerfeldt, Friedrik. Water for Sale, CATO Institute, 2005, p. 16.
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13. AGUA: ¿POR QUÉ NECESITAMOS PROPIEDAD PRIVADA?
14 Para un mayor detalle de cómo se definen estos derechos puede verse “Water
Rights Arrangements in Australia and Overseas”, Productivity Commission,
2003.
15 Decreto Ley 17752.
16 USAID. Water Policies and Agriculture.
17 Zegarra Méndes, Eduardo. “Mercado de aguas y desarrollo agrario: explo-
rando límites y posibilidades”, p. 12. Disponible en http://www.grade.org.pe/
download/pubs/EZ-Mercado%20de%20aguas.PDF.
18 Segerfeldt, Friedrik. Op. cit., p. 33.
19 Holden, Paul y Mateen Thobani. “Tradable Water Rights”, en The World
Bank. Policy Research Working Paper, nro. 1627, julio de 1996, p. 3.
20 Holden, Paul y Mateen Thobani. Op. cit., p. 13.
21 Segerfeldt, Friedrik. Water for Sale, op. cit., p. 33.
22 Holden, Paul y Mateen Thobani. Op. cit., p. 4.
23 Global Water Partnership. “Entendiendo las causas de los problemas del
agua”. Citado por Cárdenas, Nora y otros. Construyendo ciudadanía. El dere-
cho humano al agua, CIES, 2005, p. 74.
24 Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena). Informe de la situación de
los recursos hídricos en el Perú, 2003.
25 Cárdenas, Nora y otros. Op. cit., p. 153.
26 Cárdenas, Nora y otros. Op. cit., p. 190.
27 Cárdenas, Nora y otros. Op. cit., p. 156.
28 Zegarra, Eduardo. “Mercado y reforma de la gestión del agua en el Perú”, en
Revista de la CEPAL 83, agosto de 2004, p. 114.
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